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Resumen de Código de ética de CPAU Teoría de los principios: Esas reglas del código expresan algo que darían cuenta o son una manifestación de ciertos principios éticos, que no están expresados en el código Principios prima facie: Ninguno de estos principios es prioritario por sobre otro, debo respetar los 4 principios: Autonomía Nos dice que toda persona humana es un agente autónomo y en medida que es un agente autónomo debemos tener respeto. El respeto por un agente autónomo implica reconocer las capacidades y perspectivas de esa persona, incluyendo su derecho a mantener posiciones, a elegir y realizar acciones basados en sus valores personales y creencias. No maleficencia No se debe infligir daño o mal. La mayoría de las personas tiene la convicción de que ciertas obligaciones de no dañar a otros no solo son diferentes, sino que además son más fuertes que las obligaciones que implican dar pasos positivos para beneficiar a otros. Beneficencia Se debe contribuir al bienestar de las personas. Este ppio requiere pasos positivos para ayudar a otros, brindar beneficios o prevenir daños. El ppio de beneficencia podría avalar prácticas paternalistas fuertes, si bien el derecho a actuar autónomamente casi siempre sobrepasa las obligaciones de beneficencia. Justicia Se debe proveer los bienes en cuestión a todos los ciudadanos según sus necesidades. No obstante, resulta difícil establecer principios de justicia con precisión, dados los distintos modos de entender el principio material de justicia (igualitarista, libertario, utilitarista). justicia como equidad: ponerse en el lugar de cualquiera, y desde ese lugar anónimo, decidir que me parecería justo, y tomar lugar desde esa posición neutral. Análisis del Código de ética de CPAU: • para ingenieros, arquitectos y agrimensores orden de deberes del profesional: • para con la dignidad de la profesión: mantener esa percepción social. • para con los demás profesionales • para con los clientes y el público en general Pareciera que tienen mayor jerarquía la dignidad de la profesión que el deber hacia los clientes, debido al orden en el cual son escritas las reglas en el código. Artículos del código para debatir: 2.1.1.1 - dejar bien parada a la profesión por todos los medios que podamos. 2.1.1.5 - si nos damos cuenta q en un concurso hay algo en contra de lo q dice el código bien no participo. El tema es que es tan general, que cualquier cosa que yo haga podría estar violando una disposición tácita de este código. 2.1.1.10 - este caso se conecta también con la relación del arquitecto con la constructora. el arq tiene q hacerse cargo de su accionar, pero la constructora tmb tiene obligaciones, quien tiene el poder sobre quién? ¿cómo logra el arq para imponer lo que considera que debe hacerse con la constructora? el arq es el que debería tener los hilos para llevar todo, pero en ciertas ocasiones esto no es así. 2.2.1.1 - plagio. acá corre el principio de justicia, estoy tomando algo como si fuera mío mientras que no lo es. 2.2.1.2 - no es crítica constructiva. difamar, sin la intención de analizar su obra sino de atacar directamente. Tiene que ver con el principio de no-maleficencia. 2.2.1.6 - no podrían hacer crítica sobre la arquitectura, alguien q escribe un artículo critico podría ser acusados de violar esta disposición del Código. deberes para con el cliente y el público en general: 2.3.1.4 - principio de justicia (toda persona tiene derecho a que no se haga público el proyecto o lo que sea que tiene con el cliente) y no-maleficencia. 2.3.1.7 - principio de beneficencia. Ser beneficente con el cliente es dedicarle toda mi capacidad a resolver todos los problemas que le surgen a mi cliente. deberes para con los profesionales ligados entre si por relación de jerarquía: 2.6.3 - principio de justicia. de las faltas de ética: 2.8 - o sea moralidad de sentido común, no dañar no difamar no tratar mal a otros, todo eso tmb está prohibido por el código.
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