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Derecho occidental Influencia

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DERECHO
OCCIDENTAL:
INFLUENCIA
ACTIVIDAD 5.
Historia del derecho
Unidad 3
Abigail Castillo Cortes
Matrícula: 202108378
INTRODUCCIÓN
 
La historia y los efectos del derecho occidental
nacieron a partir de hechos históricos que
provocaron cambios, para bien o para mal (por
ejemplo, la Edad Media), para poder conocer y
comprender mejor durante este período fue
necesario definir conceptos, dar ejemplos, y se
moldean en el tiempo y el espacio, por lo que
construí un cuestionario.
 ¿QUÉ ES EL DERECHO
ROMANO?
1.
Es el conjunto de normas jurídicas que regularon
al pueblo romano desde su fundación hasta la
caída del imperio de oriente.
2. MENCIONA LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO
ROMANO
Es el primer cuerpo de normas que diferencia entre derecho público y
privado. Se diferencia las normas que deben regir cuando existen poderes
públicos y cuando solo es un pleito entre personas durante sus relaciones
privadas.
Es un derecho discriminatorio ya que no concede la igualdad a todos los
individuos.
Es la primera vez que se codifican normas según su función y objeto.
Es un derecho realista. Esto significaba que, si las normas no podían
resolver el conflicto, se podía acudir a la tradición. Por ello, también es un
derecho tradicionalista.
Las características del derecho romano son:
3. ¿QUÉ ES LA COSTUMBRE BÁRBARA Y SU ORIGEN?
Los griegos les habían comenzado a denostar con el termino “barbaros”,
una onomatopeya sobre como el idioma persa se asemejaba al balbuceo
de un retoño y significaba “extranjero”. Tampoco los Romanos se
acercaros demasiado a los pueblos exteriores porque observaban mucho
caos. Los pueblos barbaros habitaron 
En 476, los bárbaros derrocaron al emperador Romulus
Augustus, El gobernante de los territorios romanos
occidentales, este evento marcó Antigüedad y comienzo
de la Edad Media europea. Algunas razones La invasión de
los bárbaros supuso el declive del Imperio Romano En
Occidente hay una gran cantidad de soldados y ejércitos
de los bárbaros en los planos político, social y militar, así
como en las legiones romanas. 
https://economipedia.com/definiciones/norma-juridica.html
Los territorios europeos, incluidos el Mar
Báltico, el Danubio y los Urales, son
básicamente de origen germánico. 
Algunas de sus costumbres son: comer con las manos, no usar
utensilios, practicar la lucha diaria y gobernar el patriarcado (los
hombres suelen ser masculinos ) Y predominantemente, las
mujeres cuidan a los niños y las medicinas, y tienen la costumbre
de construir casas con estiércol, porque les hace sentir más
cálidas en invierno.
4. ¿QUÉ FUERON LAS INVASIONES BÁRBARAS Y SUS
CONSECUENCIAS?
Se llama invasión bárbara al grupo de migraciones a gran escala desarrollado en
Europa entre los siglos III y VIII d.C. y la cuenca mediterránea, que marca la
historia antigua y La Edad Media se llama Antigüedad Tardía. 
Consecuencia principal: la desintegración del Imperio Romano Occidental, El
surgimiento de naciones bárbaras o germánicas, el desarrollo del comercio y La
aparición de la lengua romance.
5. ¿QUÉ ES EL DERECHO ANGLOSAJÓN (COMMON LAW)?
Es el sistema legal actual en Inglaterra y en la mayoría de los países con
tradiciones anglosajonas. 
 Estrictamente hablando, se puede decir que es el sistema legal establecido en
Inglaterra después de la conquista normanda (1066). Se llama common porque se
convirtió en la ley de la corte del rey que es universalmente aplicable en todo el
reino, siguiendo el mismo conjunto de Principios y normas legales. 
En un sentido más amplio se refiere a un sistema legal
basado principalmente en decisiones adoptadas. Por
los tribunales, en contraste con el sistema de derecho
civil (o tradición romano-germánica), como el nuestro,
donde la fuente principal La ley es la ley.
6. ¿CUÁL ES EL ORIGEN DEL
DERECHO ANGLOSAJÓN O
INGLÉS? 
Surgió en el siglo V con la caída del imperio romano, Roma
tuvo presencia en esa parte del mundo pero casi no se notó su
presencia en el derecho, más bien en el ejercicio del derecho
por parte de los habitantes de ciertos grupos bárbaros
7. ¿QUÉ PROVOCÓ EL COMMOM NOW DERECHO
COMÚN EN INGLATERRA?
La corte creada por el rey Guillermo el Conquistador provocó muchos
conflictos sociales, y en el siglo XVII el rey tuvo que seguir utilizando la Corte
Real; la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones y revocar en los
tribunales locales era limitada. Antes de eso, los ciudadanos instaron a la El rey
se impuso a estas injustas cortes locales, antes de eso, el rey creó la corte de
ministros: adoptaron una forma y mecanismo similar a la corte imperial.
Familias neorromanistas, aplicaron la igualdad y dieron a todos algo
correspondiente al derecho común. Los procedimientos de equidad y escritos
se llevan a cabo en procedimientos orales y penales por tribunales de equidad y
de derecho consuetudinario.
8. DESCRIBE CADA UNA DE LAS FUENTES DEL DERECHO
CANÓNICO
Divinas. Son aquellas que vienen directamente de Dios; esto es el
derecho revelado que se encuentran en las sagradas escrituras.
Las fuentes del derecho canónico se agrupan en dos tipos:
Humanas. Son las emanadas de la autoridad de la
Iglesia las cuales pueden ser universales (emanan del
papa o sumo pontífece y son de obligatorio
cumplimiento para toda la comunidad católica) o
locales (son expedidas o destinadas sólo a una
porción de la iglesia).
La causa del surgimiento fue la aparición en el siglo I de
una nueva religión (el cristianismo) primera en la historia
que nació con fines de universalización y de proteción de
las clases desposeídas.
9. ¿QUÉ CAUSO EL
SURGIMIENTO DEL DERECHO
CANÓNICO?
10. ¿CUÁL ES LA INFLUENCIA DEL CRISTIANISMO EN EL
DERECHO ROMANO POSTCLÁSICO?
Esta influencia puede resumirse de la siguiente manera: en el ámbito del
derecho público el cristianismo aportó, nada más y nada menos, que la
génesis de los principios de dignidad e igualdad de las personas al considerar
a todos, libres o esclavos, señores o siervos, eran iguales ante Dios, así como
en el desarrollo de los conceptos de piedad y de caridad. En el campo del
derecho familiar, fue determinante en el establecimiento del principio de la
indisolubilidad del matrimonio, de la legitimación de los hijos naturales, de la
obligación de los pares e hijos. En el ámbito del derecho privado, en el
otorgamiento de personalidad jurídica a las fundaciones pías, en el desarrollo
del principio del favor debitoris que implicaba que en cualquier transacción
jurídica se interpretaría a favor del deudor, en la creación de la figura jurídica
de la laesio enormis, que favorecía al vendedor en caso de que el comprador
se aproveche de su ignorancia. así como en la prohibición de ceder créditos a
los poderosos por la facilidad que tenían estos de hacer efectivo. En el ámbito
del derecho penal, elevó a crimina (delitos perseguidos de oficio) a una serie 
de delicta (delitos perseguidos a instancia de parte
interesada) a determinados actos considerados
delicitivos por atentar contra la moral cristiana,
como el adulterio y el aborto.
11. ¿CUÁLES SON LOS
OBJETIVOS DE LA REFORMA
GREGORIANA?
Su principales objetivos fueron, por un lado, fortalecer
el poder del pontífice sobre los otros poderes; esto es, el
de los obispos y las iglesias locales, y por el otro,
unificar el derecho canónico para convertirlo en un
ordenamiento jurídico vigente para todo el mundo
cristiano, superando así los particularismo de la Alta
Edad Media.
12 ¿QUÉ EL DECRETO DE GRACIANO?
Se trata del trabajo del monje Graciano el cual contiene los escritos de los
apostoles, parte de la patrística (obras de los padres de la Iglesia), decretos
pontificios, cánones conciliares y parte de otras colecciones. Este trabajo
no tuvo carácter oficial, pero si gozo de gran autoridad.
13. ¿CÓMO SE COMPONE EL IUS COMMUNE?
Es conocido como derecho común el cual esta compuesto por: el Corpus
Iuris Civilis de Justiniano, el derecho canónico clásico, esto es, el Corpus Iuris
Canonci, la jurisprudencia o doctrina de los doctores, esto es,la obra de los 
glosadores y los postglosadores, así como la de los canonistas, tanto
decretitas como decretalistas y, en mínima escala, el derecho feudal
contenido en los Libri Feudorum.
http://www.enciclopedia-juridica.com/d/trabajo/trabajo.htm
http://www.enciclopedia-juridica.com/d/escritos/escritos.htm
http://www.enciclopedia-juridica.com/d/decretos/decretos.htm
http://www.enciclopedia-juridica.com/d/trabajo/trabajo.htm
http://www.enciclopedia-juridica.com/d/autoridad/autoridad.htm
14 ¿CUÁLES FUERON LAS
CAUSAS DE LA DIFUSIÓN
DEL DERECHO COMÚN?
La primera causa fue de carácter político y consistió en
el apoyo de los reyes de los nacientes países europeos
al derecho imperial contenido en la compilación
justinianea.
La segunda de carácter socio-jurídico fue la fundación y el desarrollo de las
universidades y la afluencia de ellas de estudiantes de todo el continente que
se formaban analizando e interpretando los dos cuerpos del derecho ya
integrados: el civil y el canónico.
La tercera fue la inserción de los estudiantes ultramontanos en las Cortes de
los reyes europeos. 
La cuarta fue la difusión de los libros de derecho como consecuencia de la
aparición de la imprenta.
15. ¿QUÉ ES EL IUSNATURALISMO? 
Se puede definir como la creencia de que hay leyes, no establecidas por la
voluntad humana y como tales, preceden a la formación de cualquier grupo
social, que puede ser identificado mediante un estudio razonable, y del cual
infieren, a partir de cualquier ley moral o legal, derechos y obligaciones
derivados de la ley natural y los derechos y deberes naturales.
La existencia y vigencia del derecho natural, en relación con la
dignidad humana, se reconoce de manera inequívoca, sin
distinción de ningún tipo por razón de edad y sexo, En definitiva,
el estado de salud, religión o secta política, reconociendo la
calidad y el respeto que todo ser humano merece
16. ¿CUÁL ES EL ORIGEN DEL
IUSNATURALISMO? 
Es una doctrina filosófica tan antigua como el
argumento de que Sócrates y los sofistas tenían que
distinguir entre ellos. determinado por la naturaleza
(fphysis) de lo creado y aceptado por el hombre (thesis); 
 pero al mismo tiempo es tan moderno como las teorías
La política de los siglos XVII y XVIII ilustra el origen y los fundamentos del
poder político sobre la base de la existencia de los derechos naturales,
antes de la formación del estado. Y aunque los representantes de la ley
natural han desarrollado diferentes interpretaciones,
Sin embargo, comparten un punto esencial: la ley natural no solo es
diferente de la ley positiva, sino que es superior a ella porque
Derivado de una naturaleza divina o racional (según varios autores) que
define lo que es verdadero y universalmente verdadero, es decir, con
La independencia de los dictados específicos de cada cantón (Bobbio, 1991:
836-837).
17. ¿CUÁLES SON LAS CORRIENTES DEL IUSNATURALISMO?
 Teológico: En la consolidación de la tradición romano-canónica en
occidente convergieron como su propio nombre indica: el derecho -civil
romano y el derecho canónico. Sin lugar a dudas, la historia de occidente
está determinada en gran parte por la influencia de la cultura helénica en
Roma y de la religión cristiana. Cabe recordar que el Antiguo Testamento
presenta al derecho como la voluntad de Dios, y el Nuevo Testamento
consolidó la idea que la voluntad divina era la creadora del derecho.
Laico o racional: En el desarrollo de las leyes de la naturaleza,
se puede ver el denominador común Permitir la transición de
la ley teológica natural a la ley secular, o responsable. Hugo
Grocio se encarga de separar el derecho de su ciencia,
Religión y teología, por eso depende del trabajo Conoce a los
filósofos que abrieron la puerta a la racionalidad. El ser
humano es un componente esencial del derecho.
18. ¿CUÁLES FUERON LOS
PRINCIPIOS DEL
IUSNATURALISMO?
Principio ético del iusnaturalismo: En consecuencia, hay
una serie de símbolos que predeterminan lo que es bueno o
malo. Por lo tanto, no existen leyes ni regulaciones
indiferente a los conceptos del bien y del mal. Se puede
acceder en la conciencia y la razón humanas.
Principio del derecho: Este principio establece que los derechos y aclare
que estos asuntos preceden a la promulgación de leyes y reglamentos. Por
lo tanto, no puede crear una regla que ignore estos códigos en todo el
mundo
19. ¿QUÉ LE IMPORTA AL IUSPOSITIVISMO?
El valor jurídico “oficial”, “social” o “institucional” derivado de varias fuentes
para expresar, distribuir o mostrar la base jurídica.
El valor "físico", "racional" o "moral" (VR) derivado del valor contenido ético
de las normas y esto no es lo mismo que validez formalmente, puede ser de
mayor o menor tamaño; Esto significa de esto opinión, la validez de los
criterios puede ser más o menos importante y tiene varias consecuencias en
la vida jurídica
El iuspositivismo a diferencia de el iusnaturalismo intenta ver la ley "desde
afuera".
20. ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE IUSNATURALISMO Y
IUSPOSITIVISMO?
La diferencia entre iusnaturalismo e iuspositivismo radica
en el origen de la ley y la norma. En cuanto a la ley de la
naturaleza, el original es natural, viene está dado por el
hecho de que el hombre, mientras que para el
iuspositivismo, el derecho es de su creación.
CONCLUSIÓN
Cada tema discutido es de gran importancia en
el futuro, hoy conocemos como el presente, así
como los eventos, un ejemplo de este
fue la caída del Imperio Romano lo que dejó
algunos efectos políticos y culturales
el cual sigue vigente hasta el día de hoy, como
base de la ley.
BIBLIOGRAFÍA
El desarrollo del derecho canónico. (s. f.).
Revistas jurídicas UNAM. Recuperado 27 de
septiembre de 2021, de
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libr
os/7/3263/9.pdf
EL COMMON LAW DEL IMPERIO FRANCO. (s. f.).
Revistas jurídicas UNAM. Recuperado 27 de
septiembre de 2021, de
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libr
os/12/5639/7.pdf
Trujillo, E. (2021, 6 julio). Derecho romano.
Economipedia.
https://economipedia.com/definiciones/derech
o-romano.html
Jurídica, T. (2021, 9 junio). Qué es el Common
Law. Traducción Jurídica.
https://traduccionjuridica.es/que-es-el-
common-law/

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