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MEDIOS DE CONTROL DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL

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MEDIOS DE CONTROL DE LA CONSTITUCIÓN 
FEDERAL
Aluden a los mecanismos jurídicos mediante
los cuales se garantiza la preservación de la
regularidad constitucional, se traducen lisa y
llanamente en el medio de defensa de la
misma, a través de la salvaguarda de las
normas generales y de los actos de autoridad
como vértice del Estado democrático
MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL DE ORDEN 
JURISDICCIONAL (VÍA JURISDICCIÓN FEDERAL)
Juicio de Amparo Acción de 
inconstitucionalidad 
Controversia 
constitucional
Juicio para la 
protección de los 
Derechos 
Político-
electorales
Juicio de 
Revisión 
constitucional
electoral
Juicio de 
Amparo
Plantea la resolución de
controversias entre normas
generales y actos u
omisiones de autoridades
que contravengan o vulneren
los derechos humanos o
restrinjan la soberanía de los
Estados o la Federación y
sus esferas de competencias
(Art. 103 y 107)
Acción de 
inconstitucionalidad
■ Se tramitan ante la Suprema
Corte de Justicia de la Nación
■ Aluden al control abstracto de
constitucionalidad
■ No es necesario que exista un
agravio concreto
■ Se interpone contra normas
de nueva creación, a los 30
días siguientes de la
publicación la norma general
o Tratado Internacional que se
impugne.
Controversia 
constitucional
■ Objetivo: resolver los conflictos competenciales que
surjan entre Poderes y órganos Federales o
Estatales
■ Art. 105: corresponde a la Suprema Corte de Justicia
de la Nación conocer de las Controversias
Constitucionales que puedan surgir
■ El plazo para la interposición de la demanda será de
treinta días cuando se impugne la constitucionalidad
de actos, contados al día siguiente de la notificación
de la resolución o acuerdo que se reclame, que se
haya tenido conocimiento de los mismos o de su
ejecución, o que el actor o promovente se ostente
sabedor.
Juicio para la protección 
de los Derechos Político-
electorales
■ El ciudadano tiene el derecho de
acudir ante órganos jurisdiccionales
para que, mediante una sentencia
dictada dentro de un proceso, sea
resuelto el litigio que verse sobre la
conculcación de derechos político-
electorales y, en su caso, se realice
la ejecución forzada de lo juzgado.
■ Los fallos tienen la calidad de
definitivos e inatacables.
Juicio de Revisión 
Constitucional Electoral
■ Objetivo: garantizar que los 
actos o resoluciones 
definitivas que emitan las 
autoridades competentes 
de las entidades 
federativas encargadas de 
organizar y calificar los 
comicios se encuentren 
apegados a la Constitución, 
o bien, resolver las 
controversias que surjan 
durante los mismos.
■ La Sala Superior del 
Tribunal Electoral será la 
autoridad competente para 
resolver este tipo de Juicio

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