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TEORÍA DEL CASO

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TEORÍA DEL CASO
El día viernes 17 de febrero siendo las 6:30 de la mañana Laura Zúñiga Hernández se encontraba caminando por la avenida la Amistad hacia la universidad, de pronto un sujeto de nombre Ignacio Pérez Beltrán quien es una persona desconocida para la víctima, quiso someterla con ayuda de una navaja para arrebatar le sus pertenencias, Laura forcejeo con Ignacio y logro empujarlo y este al momento de caer se enterró la navaja en el abdomen, Laura llamó a emergencias y se puso a la disposición de las autoridades para las investigaciones correspondientes. 
Ignacio se encuentra estable en el hospital del municipio de Zimapán Hgo. 
La defensa de Laura alega que actuó en legítima defensa ya que sintió que su vida estaba en peligro. 
Legítima defensa artículo 25 apartado B párrafo II.- Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor. 
Y alega que la acción penal cometida por Ignacio Pérez Beltrán se adecua al asalto. 
Artículo 173.- Asalto 
Al que haga uso de violencia sobre una o más personas con el propósito de causarles un mal o exigir su asentimiento para cualquier fin ilícito, en un lugar en que a determinada hora del día o de la noche no fuere posible el auxilio oportuno, se le impondrá prisión de 6 a 12 años y multa de 60 a 140 días.

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