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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CARRERA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA TABLA PARA EL ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO DE INGRESOS TRIBUTARIOS DE UN GAD NOMBRE DEL GAD: GADM FRANCISCO DE ORELLANA INTEGRANTES DEL GRUPO: GRUPO 9 DAVID COYAGO –JEFFERSON PANCHI – DANIEL SILVA – AMEDD SISALEMA Nº TIPO DE RECURSO DENOMINACIÓN DEL TRIBUTO DEFINICIÓN TARIFA BREVE EXPLICACIÓN DE LA FORMA DE CÁLCULO VALOR DE RECAUDACIÓN ESTIMADO (2017) NÚMERO DE ORDENANZA MUNICIPAL Y FECHA (Impuesto / tasa / contribución especial) 1 Impuesto A La Utilidad Por La Venta De Predios Urbanos Ingresos por Impuestos a la utilidad generada en la venta de predios ubicados dentro de los perímetros urbanos. TARIFA.- La tarifa de cobro del impuesto a la utilidad se establece en función de los siguientes casos:- Caso Nro. 1.- La tarifa general del impuesto a la utilidad es el cinco por ciento (5%) que se aplicará a la base imponible. Caso Nro. 2.- Para el caso de las transferencias de nuevas construcciones, se calculará el valor de utilidad únicamente del terreno” De acuerdo al Art. 556 COOTAD, se establece el ˂diez por ciento (10%) sobre las utilidades y plusvalía que provengan de la transferencia de inmuebles urbanos, porcentaje que se podrá modificar mediante ordenanza˃ El municipio de Loja, mediante ordenanza modificó este porcentaje. En el artículo 8 de esta norma local, se dice: 185.433,12 23 DE SEPT. 008-2015 2 Impuesto IMPUESTOS PREDIALES URBANOS Y RURALES El catastro predial es el inventario o censo, debidamente actualizado y clasificado de los bienes inmuebles pertenecientes al Estado y a los particulares, con el propósito de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica. Tiene por objeto, regular la formación, organización, funcionamiento, desarrollo y conservación del catastro inmobiliario urbano y rural en el territorio del cantón. Cada año, con descuentos graduales según la fecha de pago. Si pagas en la primera quincena de enero el descuento es 10%. Si pagas en la segunda quincena de junio es 1%. Los impuestos prediales urbanos y rurales, una banda impositiva con un porcentaje que oscilara entre el 0,25 por mil hasta el 5 por mil para los predios urbanos y un porcentaje de 0,25 por mil hasta el 3 por mil para los predios rurales. Si un bien esta evaluado en $20000 el impuesto predial a pagar etara en un promedio de $50 (0.25 x 1000 de avaluo) y $100 ( 0.5 x 1000 de avaluo) 232.894,73 Ordenanza que regula la formación de los catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos y rurales para el bienio 2018-2019. OM 002-2018 3 Impuesto IMPUESTO A LAS ALCABALAS Ingresos por el impuesto que grava los actos y contratos en el ámbito de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, incluye adicionales. La base del impuesto será el valor contractual. 1% se aplicará el uno por ciento (1%) sobre la base imponible, sin execeder el 50% de la tarifa basica 93319,79 ordenanza que reglamenta la determinación, recaudación, administración y control del impuesto de alcabala om016-2013 4 Impuesto A Los Activos Totales Ingresos provenientes del gravamen a la tenencia de riqueza o de capital, de las personas naturales o jurídicas que ejercen habitualmente actividades de tipo comercial, industrial o financiero. 1.5 x 1000 VALOR PAGAR = (ACTIVO TOTAL – OBLIG. HASTA 1 AÑO Y PASIVOS CONTINGENTE) X 1.5/1000 3501183,23 Ordenanza que reglamenta la determinación, recaudación y cobro del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales en el cantón Francisco de Orellana. OM-001-2018 5 Impuesto A Los Espectáculos Públicos Ingresos provenientes de gravámenes a los espectáculos públicos. Lo habitual es que los espectáculos se lleven a cabo en teatros, estadios, circos o recintos semejantes. 0.25 x (total boletos vendidos) Total voleteria x 0.25 15551.44 La Ordenanza sobre de regulación de protección de los espacios públicos y convivencia ciudadana. OM-001-2015 6 Impuesto Al Desposte De Ganado Ingresos provenientes de la imposición por el faenamiento de ganado. • Uso de corrales de ganado mayor 1,00 • Uso de corrales de ganado menor 0,50 • Salida de ganado mayor en pie fuera de la provincia 1,25 • Sellaje de ganado porcino en mercado 10,00 • Sellaje de ganado ovino 2,00 PARA EL DESPOSTE DEPENDIENDO LA CANTIDAD SE MULTIPLICARAN (X LAS LIBRAS DE DESPOSTE) Desposte de camales autorizados ganado bovino 6,50 • Desposte de camales autorizados ganado porcino 3,00 • Ocupación de puestos en feria 0,50 • Uso de cámaras de frío 1,50 • Tasa por lavado de vísceras 1,00 • Desposte de ganado bovino (por libra) 0,06 • Desposte de ganado porcino (por libra) 0,06 156558,61 La Ordenanza de faenamiento de ganado bovino y porcino del Cantón Francisco de Orellana. OM-019-2015 7 TASA Ocupación de Lugares Públicos por publicidad la propaganda exterior la que tiene por objeto la difusión de un mensaje en espacios públicos, en áreas afectadas al servicio del público, que afecten el espacio visual. El pago se efectuará por metro cuadrado, del 1 % del SBU. El cálculo se realiza en base a las dimensiones establecidas para el uso de lugares públicos por publicidad tomando en cuenta el SBU. 80 La Ordenanza que regula la utilización de espacios para la propaganda y publicidad electoral. OM-004-2013 8 Tasa Conexión y reconexión de Servicios de Agua potable. conexión de guía de agua potable a las personas naturales o jurídicas, patrimonios autónomos o sociedades de hecho consumo basico hasta 10m3=0.71xm3 El precio de Conexion Y Reconexion Del Servicio De Agua Potable estará comprometido por los costos reales de los materiales, mano de obra y costos de administrativos, al momento de la obra, valores que constaran en la planilla emitida, la misma que deberá ser cancelada por el usuario. 17643.43 ORDENANZA QUE REGULA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE AGUA POTABLE que establece las tasas por el servicio de agua potable y alcantarillado. OM-007-2015 20/ABRIL/2015 9 Tasa Por Administracion Servicios técnicos administrativos que se soliciten en la unidad de planificación 10% Sueldo Básico Unificado ($ 38.40) el 3% de una remuneración básica unificada (incluido IVA) por fraccionamiento restructuración y unificación. 11807,23 La Ordenanza que regula la administración y control del fondo fijo de caja chica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Francisco de Orellana. OM-005-2013 10 Contribución especiales de mejora CONTRIBUCIÓN ESPECIALES DE MEJORA Apertura, pavimentación, repavimentación, adoquinado, ensanche o construcción de vías de toda clase; b) Repavimentación urbana; b) Aceras-bordillos y cercas; c) Obras de alcantarillado; d) Construcción y ampliación de obras y sistemas de agua potable; e) Desecación de pantanos y rellenos de quebradas; f) Plazas, parques y jardines; g) Escalinatas y miradores 75% de la obra personas naturales o jurídicas y 25% GAD 75% * valor de la mejora realizada 4895410,36 ROE 0365 – 14 DEE AGOSTO 2016 11 TASA Patente De Conservacion Minera Ingresos anuales provenientes de la tarifa de conservación por cada hectárea minera aplicada a los concesionarios mineros. Mineria Pequeña=2% de un SBU por cadahectárea minera Mediana Y A Gran Escala=2.5%-10% de un SBU por cada hectárea LOS TITULARES DE UNA O VARIAS CONSECIONES MINERAS DEBERAN PAGAR CADA AÑO UNA PATENTE DE CONSERVACION MINERA CUALQUIERA SEA SU FASE Y MODALIDAD 14625 SRI LEY MINERA AL 2017 ARTS 34,36,37 12 Tasa Conexión Y Reconexión Del Servicio De Alcantarillado Y Canalización Ingresos provenientes de la tasa de conexión y reconexión de las redes de alcantarillado y canalización. pago de taza por alcantarillado y saneamiento por 0.8m3 es de 0.57 El precio de Conexión Y Reconexión Del Servicio De Alcantarillado Y Canalización estará comprometido por los costos reales de los materiales, mano de obra y costos de administrativos, al momento de la obra, valores que constaran en la planilla emitida, la misma que deberá ser cancelada por el usuario. 14328.59 OM-007-2015 20/ABRIL/2015 13 TASA Patentes comerciales Licencia única de funcionamiento de actividades económicas Es el documento que habilita a las personas naturales y jurídicas para el ejercicio de las actividades económicas, profesionales o de servicios en el Cantón ORELLANA, autorizando el funcionamiento de sus establecimientos en razón de haber cumplido con los requisitos Exigidos, de acuerdo a su categoría, inspecciones y controles realizados 2,5% Tendrá un costo por el servicio de 2.5% de una Remuneración Básica Unificada Mensual 646.278,91 Código Tributario, ratifica en el orden de la ley, la potestad legislativa tributaria de los gobiernos autónomos descentralizados en su artículo 3 14 TASA Agua potable para consumo humano La captación, reserva y distribución del agua 5,68 – 6,20 Cada metro cubico tendrá un valor de 0,26 centavos la tarifa residencial; 0.32, la tarifa comercial y 0.54 la tarifa industrial. 2.630,30 Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Orellana, conforme lo prescribe el artículo 270 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 163 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización 15 TASA Tasa de aprobación de planos Para construir nuevas edificaciones, ampliar, modificar, o reparar construcciones existentes, se requiere la prestación de planos arquitectónicos elaborados de acuerdo con las normas y ordenanzas municipales contempladas en el Plan de Desarrollo Vigente 5 El costo varía de acuerdo al acabado de la vivienda y al número de viviendas que existan en el predio 25.158,99 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en su Art. 215 BIBLIOGRAFIA Y NETGRAFIA: GAD DE ORELLANA http://www.orellana.gob.ec/es/canton/historia-y-simbolos-1 http://www.orellana.gob.ec/es/index.php?option=com_content&view=article&layout=edit&id=115 DEFINICIONES http://www.forosecuador.ec/forum/ecuador/econom%C3%ADa-y-finanzas/145192-clasificador-presupuestario-2019-ecuador-ministerio-de-finanzas MINERIA http://www.sri.gob.ec/web/guest/patentes-de-conservacion-para-concesion-minera AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO , CANALIZACION Y SANEAMIENTO. http://www.orellana.gob.ec/docs/Ordenanzas/ORD%20N%C2%B0%207-2015-REGULA%20Y%20CONTROLA%20EL%20SERVICIO%20DE%20GUA%20POTABLE%20Y%20ALCANTARILLADO%20SANITARIO.PDF
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