Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
MEDIOS PROBATORIOS ° Declaración que una persona acerca de lo que ha tenido conocimiento por medio de la percepción ° Declaración judicial de la víctima de la comisión del delito. TESTIMONIO PREVENTIVA CAREO CONFESIÓN ° Reconocimiento personal, libre y consciente del imputado de su participación en la comisión del delito. . ° Se dispone cuando existen discrepancias entre ciertas declaraciones. El Código de Procedimientos Penales vigente lo denomina erróneamente “Confrontación”. ° El Juez toma conocimiento personal e inmediato con el escenario del delito. ° Es la reproducción artificial del hecho delictivo, o de circunstancias o episodios de éste para verificar su exactitud, posibilidad o verosimilitud. INSPECCIÓN JUDICIAL RECONSTRUCCIÓN RECONOCIMIENTO DOCUMENTOS ° Cualquier medio u objeto que constituye una manifestación de la voluntad que sirve para comprobar algo. . ° Identificación de personas y cosas por parte del inculpado o testigos. PERICIA ° Dictamen fundado en especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos, útil para el descubrimiento o valoración de un elemento de prueba. .
Compartir