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Migrantes_Unidad5

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Diplomado en derechos
de los migrantes en Colombia
y aplicación de garantías en la atención 
pública para una gobernanza local de 
migración integral: caso venezolano
Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los 
derechos fundamentales: garantías jurídicas que ofrece 
el Estado colombiano a los inmigrantes para
garantizar sus derechos fundamentales.
UNIDAD 5
Agencia de Estados Unidos para el 
Desarrollo Internacional -USAID
Programa de Derechos Humanos de 
USAID Colombia
Escuela Superior de Administración
Pública -ESAP
Unidad didáctica #5 
Rutas de atención y acceso al ejercicio 
y goce de los derechos fundamentales: 
garantías jurídicas que ofrece el Estado 
colombiano para garantizar sus derechos 
fundamentales
Autores
Diego Chaves González
Juan Sebastián Brizneda Henao
Fecha última revisión 
Junio 2023
Rutas de atención y acceso al ejercicio 
y goce de los derechos fundamentales: 
garantías jurídicas que ofrece el Estado 
colombiano a los inmigrantes para 
garantizar sus derechos fundamentales.
UNIDAD 5
4
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
JUSTIFICACIÓN
Desde 2015, la migración venezolana en Colombia ha 
venido creciendo. Incluso si debido a la pandemia del 
COVID-19 hay migrantes que se han devuelto a Ve-
nezuela, todavía hay alrededor de 2.5 millones de ve-
nezolanos con vocación de permanencia en Colombia 
(Migración Colombia, 2022). Además, existe el índice 
de presión de casi 8 millones de personas que se ha 
explicado a lo largo de las unidades. En ese orden de 
ideas, existe un grupo grande de personas que está 
demandando servicios al Estado colombiano.
Es por este motivo que es importante para el funcio-
nario público tener claras las rutas de atención para 
poder garantizarle los derechos y los servicios a la po-
blación migrante. Esta unidad se encargará de enlazar 
las anteriores unidades al resaltar la economía del com-
portamiento con el fin de describir dichas rutas de 
atención, pero también para identificar los 
obstáculos que estas puedan tener, y 
así proponer recomendaciones.
 Aunque el trabajo que se ha hecho en el tema de mi-
gración ha sido importante para garantizarle los dere-
chos a la población migrante venezolana, todavía hay 
venezolanos en Colombia en condición irregular. Esto 
ha contribuido a que a esta población en específico no 
se le haya podido garantizar servicios y derechos como 
la educación, la salud o el trabajo en el país. Es más, la 
condición irregular hace a los migrantes más propensos 
a sufrir de abusos e inseguridad.
En muchas ocasiones, la condición de irregularidad, y 
todo lo que esta trae, se debe a que las rutas de aten-
ción no son claras, a que el voz a voz no es siempre 
preciso y a la desinformación. En otras palabras, la irre-
gularidad también se da porque el migrante en condi-
ción irregular no sabe exactamente cómo regularizar 
su situación. Por tanto, continuando con lo propuesto 
en la unidad 3, es necesario hacer una serie de reco-
mendaciones para que las rutas de acceso a servicios 
y derechos estén mejor ajustadas para que el migrante 
pueda beneficiarse de ellas
5
Esta unidad, es un eslabón entre las anteriores uni- 
dades, puesto que considerando lo aprendido sobre 
normas, contexto social e integración de la migración 
venezolana en Colombia, se describirá en la práctica 
cómo esto se ve reflejado a la hora de la metodología y 
las rutas de atención que tienen los migrantes venezo-
lanos para acceder a los servicios.
Para describir las rutas de atención de una manera en 
que se conecten con lo que se ha explicado a lo largo 
del diplomado, se traerán a colación las distintas leyes 
nacionales e internacionales que dieron paso a que exis-
tan los avances en cuanto a instrumentos para ofrecerle 
servicios a la población migrante. Es importante recor-
dar, que dentro de la población migrante existen varios 
tipos de migrantes y perfiles migratorios que requieren 
distintos tipos de rutas de atención debido a sus dife-
rentes particularidades. Una vez se haga énfasis en el 
instrumento, se explicará la ruta práctica y específica 
que se necesita para tener acceso a dicho instrumento.
En detalle, siguiendo el hilo conductor de los sectores 
de los cuales se han hablado en las anteriores unidades, 
dichas rutas de acceso estarán divididas sectorialmente 
en regularización, educación, salud y trabajo.
Todo lo anterior estará enmarcado bajo los principios 
que se han desarrollado en el diplomado, es decir aque-
llos de la economía del comportamiento que buscan 
explicar la forma en que las personas reciben, retie-
nen, procesan y recuerdan la información a partir de 
sus tipos de pensamiento, por un lado; y por el otro, el 
principio que dice que la comunicación juega un papel 
importante a la hora de no solo la formulación de polí-
ticas públicas, sino también en su implementación.
Finalmente, la unidad, además de reconocer los avan- 
ces que se han hecho en todo el contexto de la mi- 
gración venezolana en Colombia, terminará por hacer 
una serie de recomendaciones en cuanto a las rutas de 
atención se refiere. En otras palabras, se hará hincapié 
en los pasos u obstáculos que en caso de que se mo-
dificaran, generarían un mayor alcance en el acceso a 
servicios para la población migrante
INTRODUCCIÓN
6
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Para efectos de regularizar a la población migrante que 
proviene de Venezuela, el Estado colombiano habilitó 
una serie de documentos para poder integrar a los ve-
nezolanos en el país y para ofrecerles derechos y ser-
vicios. 
El Permiso Especial de Permanencia (PEP) creado me-
diante la Resolución 5797 de 2017 autorizaba a los 
migrantes venezolanos a quedarse en territorio colom-
biano por un tiempo determinado de dos años.
El PEP no funcionaba necesariamente como una visa, y 
hasta el momento, no daba un acceso a una residencia 
permanente en el país. Este fue una herramienta del 
gobierno colombiano para regularizar la permanencia 
de venezolanos en Colombia, antes de 2021. No obs-
REGULARIZACIÓN
Permiso especial de permanencia
El trámite para solicitar el PEP fue muy sencillo. Para solicitarlo 
el migrante debía seguir los siguientes pasos:
1. Ir a la página web de Migración Colombia,
2. Dar clic en “solicite aquí su PEP”
3. Escoger un tipo de documento y dar su nú-
mero.
4. Diligenciar los datos que le piden (nombre, 
fecha de nacimieto, sexo, correo electrónico, 
teléfono, departamento, ciudad).
5. Dar clic en “Actualizar y Generar Certificado”
6. El permiso fue solicitado después de hacer 
el paso 5, una vez le sale una ventana dicien-
do: “Usted ha realizado satisfactoriamente 
la solicitud de su Permiso Especial de Per-
manencia (PEP).”
Una vez el migrante recibía su PEP, debía im-
primirlo y adjuntarle una foto de 3x4 cm con 
fondo blanco y plastificarlo. Puesto que el 
PEP era válido solo por dos años, el gobierno 
habilitó varias rondas en las cuales les dieron 
la posibilidad a los migrantes venezolanos de 
renovar su PEP. En la imagen a continuación, 
podrán ver detalladamente cómo se procedía 
para renovarlo.
tante, el PEP le permitía al venezolano entrar al sistema 
de salud, trabajar, estudiar y abrir servicios financieros 
(Migración Colombia, 2020).
7
Debido a que los perfiles migratorios y los tipos de mi-
grantes de los venezolanos que llegaron a Colombia 
eran tan diversos, se crearon más tipos de permisos 
especiales para poder adaptarse a cada situación de 
me- jor forma. Como por el ejemplo el PEP RAMV, el 
PEPFF, o la Tarjeta de Movilidad Fronteriza.
Permiso Especial de Permanencia RAMV
Con la Resolución 1288 de 2018 el Estado colombia-
no autorizó que los migrantes venezolanos que fueron 
inscritos en el RAMV, pudieran utilizar dicho registro 
como sustento para solicitar el Permiso Especial de Per-
manencia. Cabe aclarar que la medida del RAMV fue un 
proceso que buscaba ampliar la informaciónsobre la 
migración de venezolanos en el país, específicamente 
de aquellos en condición irregular.
EL PEP-RAMV estuvo dirigido para aquellos migran- 
tes que alcanzaron a registrarse antes del 8 de junio 
de 2018 en el RAMV. Este permiso habilitó la perma- 
nencia de más de 280.000 venezolanos. 
Requisitos:
• Haberse registrado en el RAMV y tener su 
certificado.
• Encontrarse en Colombia al momento de 
iniciar la expedición del PEP-RAMV.
• NO tener antecedentes judiciales en Co-
lombia.
• NO ser buscado por autoridades co- lom-
bianas o internacionales.
• NO tener una medida de deportación o ex-
pulsión vigente.
1. Ir a la página web de Migración Colombia.
2. Colocar a continuación el ID-Persona o 
Número de Formulario que aparece en su 
Comprobante de Registro – RAMV.
3. Llenar los datos.
Los pasos para solicitar el PEP-RAVM 
eran sencillos:
8
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Permiso Especial de Permanencia para el Fo-
mento de la Formalización
Este permiso fue un sistema diseñado en conjunto entre 
dos instituciones colombianas: el Ministerio del Traba-
jo y Migración Colombia. Tenía por objetivo, como su 
nombre lo indica, la formalización de todos aquellos mi-
grantes venezolanos en edad productiva y profesionales 
que, por diversas razones, carecían de los instrumentos 
de identificación usuales: la cédula de extranjería, visa 
de trabajo o el PEP. Se dirigía a migrantes que buscaran 
empleo pero que no tuvieran PEP, trabajaran sin per-
miso legal o estuvieran terminando estudios y fueran 
a salir a buscar empleo. Fue un proceso de carácter 
nacional, aplicable en todo el país, ya que se realizó de 
manera virtual. La empresa realizaba el procedimiento 
ante el Ministerio del Trabajo para manifestar su inten-
ción de contratar al migrante venezolano en condición 
irregular.
Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF)
Para los migrantes pendulares, Migración Colombia creó 
las Tarjetas de Movilidad Fronteriza a través de la Reso-
lución 1220 de 2016, un documento que les permite 
ingresar, transitar y permanecer, hasta por 7 días, en las 
zonas delimitadas en la frontera colombiana. 5.2 millo-
nes de migrantes venezolanos tienen una tarjeta de este 
tipo. Este trámite está a cargo de Migración Colombia.
Permiso de Ingreso y Permanencia de Tránsito 
Temporal
Por medio de la Resolución 3346 de diciembre 21 de 
2018, la Unidad Administrativa Especial Migración Co-
lombia adicionó al artículo 4º de la Resolución 1220 de 
2016 para crear el Permiso de Ingreso y Permanencia de 
Tránsito Temporal (PIP-TT). Esta medida dio respuesta 
a la dinámica migratoria compuesta por varios tipos de 
migrantes. 
En este caso, se intentó ajustar el marco normativo de 
permisos de ingreso al país de aquellos migrantes en 
tránsito que entraban a Colombia a través de los pues-
tos de control migratorio, en calidad de tránsito, y que 
no pretendían permanecer en territorio colombiano.
Permiso Temporal de Protección (PPT)
El Permiso de Protección Temporal, saliente del Esta- 
tuto Temporal de Protección para Migrantes Venezola-
nos, es un mecanismo de regularización migratoria y do-
cumento de identificación que autoriza a los migrantes 
venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones 
de regularidad migratoria especial por su término de 
vigencia (10 años). 
Este permiso le permite al migrante ejercer durante di-
cho período cualquier actividad u ocupación legal en el 
país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de 
una vinculación o de contrato laboral, así como acceder 
a educación y a salud. En cuanto a los requisitos y hoja 
de ruta sobre cómo acceder al PPT, la Unidad sobre el 
Estatuto esclarecerá el paso a paso para que los migran-
tes venezolanos se acojan a sus beneficios.
9
Retornados Colombianos
Aparte de los venezolanos que migraron hacia Colom-
bia, también hubo alrededor de 500.000 colombianos 
que residían en Venezuela y decidieron regresar al país 
luego de que estallara la crisis. Estas personas llegaron 
a territorio colombiano en situación de vulnerabilidad y 
para estos también existe una ruta de atención.
La Ley 1565 De 2012 o la Ley Retorno tiene como 
objeto brindar un acompañamiento integral a aquellos 
colombianos que voluntariamente desean retornar al 
país. Además, crea incentivos de carácter aduanero, 
tributario y financiero concernientes al retorno de los 
connacionales (Colombia Nos Une, 2020).
Si se cumplen los requisitos, a continuación, el retor-
nado colombiano debe inscribirse en el Registro Único 
de Retorno (RUR) en la página web de la Cancillería. En 
esta debe diligenciar datos como su tipo de documento 
de identificación, el número y el lugar y fecha de expe-
dición del mismo.
Una vez diligenciado el Registro Único de Retorno, la 
postulación pasa a ser analizada por la Comisión Inter-
sectorial para el Retorno. Si el colombiano postulado 
reúne todos los requisitos, esta Comisión le otorga un 
certificado que lo avala como beneficiario de la Ley. 
Dicho certificado es enviado al correo electrónico re-
gistrado en el RUR (Colombia Nos Une, 2020).
Ahora bien, dentro del fenómeno de los retornados co-
lombianos, también está el hecho de que estas personas 
que se fueron de Colombia hacia Venezuela también 
decidieron formar sus familias en territorio venezola-
no. Es decir, que tuvieron hijos en el vecino país. En el 
contexto de este éxodo migratorio, estos colombianos 
retornaron al país con hijos que habían nacido y crecido 
en Venezuela, generando así incógnitas de cómo admi-
nistrar este asunto.
Es por este motivo, que la Registraduría a través de 
la Circular 067 de 2017 inició una medida excepcio-
Para ser beneficiario de la Ley Retorno 
es necesario cumplir con los siguientes 
requisitos:
Ser mayor de edad.
Acreditar una permanencia en el exterior 
de por lo menos tres (3) años.
No tener condenas vigentes en Colombia 
o en el exterior y que no hayan sido con-
denados por delitos contra la administra-
ción pública.
No tener más de doce (12) meses resi-
diendo en el territorio nacional después 
de haber retornado.
Manifestar a la autoridad competente el 
interés de retornar al país acogiéndose a 
la ley 1565 de 2012.
nal para la inscripción extemporánea en el registro civil 
de los hijos de padre o madre colombianos nacidos en 
Venezuela. En primer lugar, en cuanto a los requisitos, 
se pide que se presente una prueba de la nacionalidad 
colombiana de los padres, la cual se hace por medio de 
la cédula de ciudadanía de acuerdo con lo consagrado 
en el artículo 3 de la Ley 43 de 1993. En caso de que 
los padres sean menores de edad, la nacionalidad se 
prueba con tarjeta de identidad.
10
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Otra cuestión que generó una ruta de atención para 
tratar una problemática en específico fue el tema de la 
apatridia. A partir de la llegada de venezolanos a Co-
lombia, se dio una situación en la cual había un riesgo 
latente de que un número grande de niños estuvieran 
¿Quién puede solicitar la inscripción?
Únicamente podrán solicitar la inscrip-
ción en el registro...
1. El padre debidamente identificado
2. La madre debidamente identificada
3. Los demás ascendientes debidamen-
te identificados
4. Los parientes mayores más próximos 
debidamente identificados
5.El propio interesado mayor de diecio-
cho años debidamente identificado.
¿En dónde? Cuando se trate del trámite de inscripcio-
nes de menores de siete (7) años, se podrá adelantar 
ante cualquier Registraduría del país. Si la inscripción 
es para una persona mayor de siete (7) años, el trámi-
te se debe adelantar únicamente en las Registradurías 
Especiales de cada Departamento y, excepcionalmente, 
en las Registradurías Municipales de Villa del Rosario y 
Los Patios (Norte de Santander), y en las Registradurías 
Auxiliares de Chapinero, Suba Niza, Teusaquillo, Antonio 
Nariño y Ciudad Bolívar en Bogotá
¿Qué documentos setienen que llevar? El registro 
ci- vil venezolano, debidamente apostillado. A falta del 
requisito de apostille en el registro civil de nacimiento 
venezolano, podrá solicitarse la inscripción mediante la 
presentación de dos testigos hábiles quienes prestarán 
Apatridia
Antes de hablar de apatridia, los invitamos 
a que primero vean este video:
https://www.youtube.com/watch?v=- 
QOxy0YMq8pc
declaración bajo juramento mediante la cual manifiesten 
haber presenciado, asistido o tenido noticia directa y 
fidedigna del nacimiento de quien se pretenda inscri-
bir, aportando una copia del Registro Civil sin apostillar. 
Después la Registraduría toma im- presiones dactila-
res y datos biográficos de la persona que se pretende 
inscribir para efectuar validaciones correspondientes 
(Registraduría, 2020).
https://www.youtube.com/watch?v=- QOxy0YMq8pc
https://www.youtube.com/watch?v=- QOxy0YMq8pc
11
en condición de apatridia. Para explicar lo anterior, pri-
mero se tiene que mencionar lo siguiente: si una familia 
venezolana entra de manera regular a Colombia y se so-
mete a todo el proceso de regularización, cuando alguna 
mujer venezolana en condición de embarazo da a luz en 
territorio colombiano, existen normas para que el recién 
nacido pueda adquirir la nacionalidad colombiana .
En cambio, si una migrante embarazada entra a Co- 
lombia de otro modo diferente a los puntos de entrada 
regulares, (lo que la convierte en una migrante en con-
dición irregular), y da a luz en territorio colombiano, el 
recién nacido queda expuesto a la posibilidad a nacer 
en apatridia. Como respuesta a esto, en 2019, la Re-
gistraduría por medio de la Resolución 8470 de 2019 
adoptó una medida administrativa de carácter temporal 
y excepcional, para darle la nacionalidad a niños hijos de 
padres venezolanos nacidos en Colombia.
Esta medida se consolidó en la Ley 1997 de 2019, en 
la cual se ajustaron las fechas de la resolución, don- de 
se prorrogó de agosto 19, fecha estipulada en la misma, 
a septiembre 16, fecha estipulada en la ley. Es decir, a 
partir de esta ley, hubo un cambio en el período, del 
1ero de enero de 2015, hasta el 16 de septiembre de 
2021.
• Total de Registros por intervenir: 27.825
• Registros intervenidos en terreno: 10.040
• Registros intervenidos sede central (Bogotá): 
4.965
• Del 20 de agosto al 29 de sep- tiembre de 2019 
se expidieron 3573 nuevos
• Registros civiles bajo la medida excepcional. 
(Son los que no se habían registrado o nuevos 
nacimientos).
A octubre de 2019, el estado de avance de implementación de 
esta medida fue la siguiente:
¿C
uá
le
s s
on
 lo
s r
eq
ui
si
to
s?
12
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Ahora, ¿cómo se lleva a cabo este trámite?
Estatus de refugiado
El artículo 2.2.3.1.1.1. del Decreto 1067 de 2015 esti-
pula qué requisitos necesita una persona para adquirir 
el estatus de refugiado.
¿Quién está encargado de todo este proceso? El Minis-
terio de Relaciones Exteriores a través de la Comisión 
Asesora para la Determinación de la Condición de Re-
fugiado (Conare) conformada por 7 dependencias del 
Ministerio de Relaciones Exteriores.
 Este ministerio toma la decisión sobre las 
solicitudes de reconocimiento de la 
condición de refugiado. El GIT-Refugio que hace las 
veces de secretaría técnica de la Conare: recibe las soli-
citudes, entrevista a las solicitantes; analiza y estudia los 
casos; proyecta las decisiones de la Conare y autoriza 
la expedición del salvoconducto.
¿Cómo debe proceder una persona si cumple con 
aque- llos requisitos? En primer lugar, se debe ha-
cer la solicitud por escrito al Ministerio de Relaciones 
Exteriores, o a Migración Colombia si la persona está 
fuera de Bogotá. Una vez esa solicitud se haya hecho, 
el Ministerio la analiza y puede autorizar a Migración 
Colombia a expedir un salvoconducto gratuito por 3 
13
meses prorrogables hasta que se tome una decisión 
final sobre la solicitud. Cabe aclarar que este trámite se 
hace de manera gratuita.
La persona que esté solicitando el estatus de refugia-
do cuenta con un plazo de dos meses una vez entre a 
Colombia, pero aun así puede presentar una solicitud 
extemporánea. Debe incluir un párrafo en el que expli-
que los motivos por los cuales no presentó la solicitud 
dentro del plazo establecido. La Conare evaluará estos 
motivos y decidirá si admite o no la solicitud.
Después de haber evaluado la solicitud, el GIT-Refugio 
citará a la persona para una entrevista personal. La ci-
tación se enviará a los datos de contacto que se hayan 
indicado en la solicitud escrita o a los datos actualizados 
que hayan sido informados al GIT-Refugio. Si la persona 
no se presenta a la entrevista, se interpretará como falta 
de interés en continuar con el proceso y se archivará 
el caso.
Si el Ministerio de Relaciones Exteriores aprueba el 
proceso expidiendo un documento de viaje y visa con 
los cuales podrá solicitarle una cédula de extranjería a 
Migración Colombia. En dado caso de que la solicitud 
haya sido rechazada, se puede presentar un recurso 
de reposición dentro de un plazo máximo de 10 días 
hábiles siguientes a la notificación de la decisión ante 
el Ministerio de Relaciones Exteriores (ACNUR, 2020).
Si llega a presentarse la situación en la cual el migrante 
desee ayuda con respecto a los trámites y procedimien-
tos del estatus de refugiado en Colombia, es el Alto Co-
misionado de las Naciones Unidas (ACNUR), la agencia 
encargada de brindar una asesoría sobre el proceso. 
Sería importante, si se tiene información, consignar: 
cada cuanto se reúne la comisión y que tanto tiempo 
puede tardarse este proceso.
• Nombres y apellidos completos del intere-
sado sus beneficiarios.
• Fotocopia del pasaporte y/o documento
de identidad del país de origen o de residen-
cia habitual.
• Si el solicitante no puede aportar la docu-
mentación (de identidad) se recibirá decla-
ración bajo la gravedad del juramento sobre 
su identidad.
• Fecha y forma de ingreso al país.
• Dirección, número telefónico y/o correo 
electrónico de contacto.
• Relato escrito, completo y detallado de los 
hechos en los cuales apoya su solicitud.
• Documentos que respalden la solicitud, si 
los tuviere.
• Fotografía reciente a color 3x4 cm, fondo 
azul.
• Firma del interesado.
• Manifestación expresa sobre su voluntad 
de ser o no notificado o contactado median-
te correo electrónico.
¿Cómo se llena la solicitud de recono-
cimiento de la condición de refugiado?
14
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Salud
En Colombia, el acceso a la salud para los migrantes 
provenientes de Venezuela es un derecho. La consti- 
tución colombiana claramente dice que la salud es un 
derecho en territorio colombiano y no se le puede ne- 
gar a nadie sin importar su nacionalidad. En el caso de 
los migrantes venezolanos, incluso con el PPT pueden 
registrarse al régimen contributivo o subsidiado de sa-
lud, que les ofrecen casi que los mismos servicios que 
a los colombianos.
Ahora bien, ¿qué rutas de atención debe tomar el mi- 
grante venezolano para tener acceso a estos derechos 
mencionados anteriormente? En primer lugar, al mo- 
mento de ingresar al país el migrante deberá contar 
con una póliza de salud que permita la cobertura ante 
cualquier contingencia de salud. No obstante, si no la 
adquirió y no tiene capacidad de pago, se le garantiza- 
rá la atención inicial de urgencias. Todo lo anterior, de 
acuerdo con lo estipulado en el artículo 168 de la Ley 
100 de 1993, y en concordancia con el artículo 67 de 
la Ley 715 de 2001 y Ley 1751 de 2015. 
Como se dijo anteriormente, los venezolanos pueden 
tener acceso a los beneficios del Sistema Gene-
ral de Seguridad Social en Salud (SGSSS), pero para esto 
es necesario que se inscriban a una Entidad Promotora 
de Salud (EPS).
• Cédula de extranjería, carné diplomá- tico 
o salvoconducto de permanencia, según co-
rresponda.
•Pasaporte de la Organización de las Nacio-
nes Unidas para quienes tengan la calidad de 
refugiados o asilados.
• Pasaporte para menores de siete (7) años.
• Permiso de Protección Temporal (PPT) ex-
pedido por Migración Colombia.
• Para realizar la afiliación de su núcleo fa-
miliar debe presentar los respectivos docu-
mentos de identificación, así como aquellos 
que acrediten el parentesco con el cotizante 
o cabeza de familia.
La ruta de afiliación a la EPS comienza por demostrar 
uno de los siguientes documentos de identificación:
15
Para realizar la afiliación de su núcleo familiar, deben 
presentar los respectivos documentos de identifica- 
ción, así como aquellos que acrediten el parentesco con 
el cotizante o cabeza de familia.
Los colombianos retornados también deben seguir el 
mismo procedimiento, y como requisito también pue-
den utilizar el registro civil de nacimiento o en su defec-
to, el certificado de nacido vivo para menores de tres 
meses; el registro civil de nacimiento para los mayores 
de tres meses y menores de siete años; y tarjeta de 
identidad para los mayores de siete años y menores de 
dieciocho años.
Con la adopción del Estatuto Temporal de Protección 
para Migrantes Venezolanos, el Ministerio de Salud y 
Protección Social, a través de la Resolución 572 de 
2022 incluyó el PPT como documento válido de iden-
tificación de migrantes venezolanos en los sistemas de 
información del Sistema de Protección Social. 
Contando con un documento válido, el migrante vene-
zolano podrá afiliarse al SGSSS en la EPS de su elección 
que se encuentre autorizada en el lugar de residencia, 
teniendo en cuenta lo siguiente:
Si tiene trabajo formal o es trabajador independiente 
con capacidad de pago, debe afiliarse al Régimen Con-
tributivo, donde aportará al sistema de salud acorde 
a sus ingresos, esto le permitirá afiliar a beneficiarios, 
como hijos o cónyuge, sin costo adicional.
Si no cuenta con capacidad de pago para cubrir el mon-
to total de la cotización al Régimen Contributivo y no 
tiene las calidades para estar en el Régimen Especial o 
de Excepción, y/o está clasificado en el SISBÉN como: 
i) pobre o vulnerable; ii) no pobre o no vulnerable que 
contribuya solidariamente al SGSSS, y iii) Persona foca-
lizada e identificada a través de listados censales, puede 
afiliarse al Régimen Subsidiado.
En el caso de una urgencia, el sistema es mucho más 
flexible puesto que no hay ninguna restricción. Todos 
los ciudadanos colombianos o extranjeros que requieran 
este tipo de atención pueden acceder a ella siempre y 
cuando el médico defina que una atención es urgente.
Una vez se tenga la aprobación del médico, le permite 
al migrante venezolano atención de urgencias en toda 
la red pública hospitalaria del departamento, distrito o 
municipio. Para solicitar el servicio solo se debe acudir 
a cualquier institución que preste servicios de urgen-
cias en el país, pero se recomienda para aquellos sin 
capacidad de pago, que asistan a hospitales públicos 
(UNGRD, 2020).
Desafíos y recomendaciones 
Dentro de los principales retos que encuentra la migra-
ción venezolana en el tema de salud en Colombia tiene 
que ver con la cobertura de este derecho. Para 2018 
había tasas generalizadas de desnutrición en niños, ni-
ñas y mujeres en gestación sin control prenatal, casos 
de malaria, sarampión, difteria o tuberculosis, incluso 
enfermedades crónicas de difícil y costoso tratamiento.
Como se ha explicado a lo largo del diplomado, la ma-
yoría de los migrantes venezolanos entran por la fron-
tera colombiana de manera irregular o en una migración 
pendular. Teniendo en cuenta lo anterior, 
puede que los migrantes lleguen a generar 
un riesgo epidemiológico no solo en 
Colombia, sino también en toda 
la región.
16
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Colombia, como el país receptor con más venezolanos 
llegando a su territorio, requiere el apalancamiento de 
recursos internacionales y la toma de medidas preven-
tivas, sanitarias y de atención inmediata que han de re-
percutir en la seguridad y el bienestar de los migrantes, 
los connacionales y la población continental (Ramos & 
Rodríguez & Robayo, 2018).
De los desafíos más grandes que tiene el sistema de 
salud en Colombia, es que la migración genera presión 
sobre el ya crítico y rígido sistema que, entre sus pro-
blemas de déficit presupuestal, falta de subespecia-
listas y desequilibrios entre el sector subsidiado y el 
contributivo, debe garantizar la atención de urgencias, 
el control prenatal para mujeres gestantes, la aplicación 
del esquema de vacunación y la afiliación al sistema de 
miles de migrantes. Además, al ser una población que 
presenta cada vez en mayor proporción enfermedades 
crónicas y niveles de desnutrición, los tratamientos para 
atenderlos se vuelven más costosos y complejos.
Aunque la Constitución considere la salud como un de-
recho en Colombia para extranjeros, asegurando por 
lo menos el servicio de atención en urgencias, todavía 
existen casos que no se están atendiendo. 
Si bien existen rutas de atención para garantizarle estos 
servicios a los migrantes indocumentados, todavía se 
presentan situaciones de personas que no acceden al 
sistema de salud por no tener pasaporte, o de pacien-
tes crónicos que no reciben cuidados médicos ni trata-
mientos porque padecen enfermedades renales, VIH, 
cáncer, o afecciones de alto costo que no constituyen 
para el sistema de salud una “urgencia médica”. De esta 
manera, debido a sus condiciones precarias, migrantes 
caminantes, por ejemplo, solo ven su salud empeorar 
puesto que están expuestos a extenuantes jornadas 
y fuertes cambios climáticos sin acceso a alimentos, 
higiene y servicios médicos.
Por último, entender que la población migrante pasa 
por una situación muy difícil a la hora de migrar es vital, 
entendiéndola no solo como una cuestión física, sino 
también psicológica. Dentro de los retornados, refugia-
dos, solicitantes de refugio y migrantes se han identifi-
cado problemas de salud mental que se manifiestan en 
estrés postraumático, delirio de persecución, ansiedad, 
depresión, etc. Lo anterior además representa un reto 
porque aumentan el desarraigo, la desintegración fa-
miliar y dificulta los procesos de integración social de 
los migrantes. Colombia aún tiene una reducida oferta 
17
nacional de servicios y rutas de atención en esta área y 
carece de programas psicosociales especializados para 
migrantes.
Considerando los desafíos aquí expuestos, en primer 
lugar, se recomendaría revisar el tema de cómo las co-
municaciones están dándose con respecto al tema de 
salud. A pesar de que se han hecho avances importan-
tes para darle cobertura a los migrantes venezolanos, la 
información con respecto a todo el proceso migratorio 
está sectorizada y fragmentada. En otras palabras, para 
que el migrante comprenda a cabalidad qué necesita 
para acceder a la salud no está del todo claro. Por eso 
es vital una comunicación conjunta y coordinada de las 
distintas instituciones.
Bajo la misma lógica que dice que, aunque los sectores 
sean distintos, el migrante es el mismo y necesita de to-
das las instituciones, es fundamental optimizar estrate-
gias de regulación y formalidad laboral que terminen no 
solo por regularizar al migrante en Colombia, sino que 
faciliten su afiliación al sistema contributivo de salud.
En ese orden de ideas, ya que el sistema de salud co- 
lombiano carece de personal capacitado para tratar 
todos los problemas de salud tanto de colombianos, 
como de migrantes venezolanos, pues la migración pue-
de terminar por ayudar si se facilitan mecanismos para la 
inserción laboral de médicos especialistas migrantes. In-
cluso en el tema de la salud mental, también se pueden 
abrir canales y programas de voluntariado o de trabajo 
remunerado para migrantes profesionales en psicología, 
interesados en aportar con su trabajo y conocimiento.
Continuando con lo anterior,para trata de mejor ma- 
nera el tema de salud mental en la población migrante, 
se puede poner en marcha brigadas de atención y se-
guimiento psicosocial, en zonas de frontera, colegios, 
albergues, juntas de acción comunal, centros de salud y 
de atención al migrante. Estos fomentarían la atención 
específica de migrantes, retornados, refugiados y víc-
timas de desplazamiento interno, con el fin de facilitar 
su efectiva integración social (Ramos & Rodríguez & 
Robayo, 2018).
18
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Educación
La educación es un instrumento vital para la integración 
de los migrantes venezolanos en la sociedad colombia-
na. Tanto para los niños y adolescentes que crecerán 
en territorio colombiano, como para aquellos migrantes 
que necesitan validar sus títulos profesionales en Co-
lombia. Afortunadamente, la educación de los migrantes 
venezolanos tiene una ruta de atención para que los dos 
elementos anteriormente mencionados puedan llevarse 
a cabo.
Para que los niños, niñas y adolescentes migrantes ve-
nezolanos puedan ser matriculados en una escuela, ya 
sea preescolar, básica o media, necesitan que alguno 
de sus padres de familia se presente en la institución 
educativa, o en la Secretaría de Educación con el fin 
de solicitar un cupo. Una vez se haga lo anterior, para 
que el estudiante pueda ser registrado en el Sistema 
de Matriculas Estudiantil (SIMAT), depende de qué tipo 
de documentación tiene el estudiante. Si el estudiante 
venezolano cuenta con su situación migratoria legali-
zada deberá registrarse con su Cédula de Extranjería. 
No obstante, el PPT también es un documento válido 
para registrarse.
En dado caso que el estudiante no cuente 
con un documento de identificación vá-
lido, la Secretaría de Educación 
le puede dar al estudiante un 
código NES (Número Establecido por la Secretaría) para 
terminar con el proceso de registro. No obstante, esta 
situación se monitoreará puesto que los padres de fa-
milia deben avanzar en todas las gestiones necesarias 
orientadas a normalizar la situación migratoria de los 
menores, de tal forma que una vez han logrado obte- 
ner este tipo de documentación, puedan remitirla a la 
institución educativa para normalizar la condición del 
estudiante ante el sistema educativo. Una vez matricu-
lado, el rector de la institución educativa deberá, dentro 
de los 30 días calendario siguiente a la matrícula, realizar 
el reporte de este estudiante en Sistema de Información 
para el Reporte de Extranjeros (SIRE) de Migración Co-
lombia (UNGRD, 2020).
Por otro lado, también existen rutas para validar en 
Colombia los estudios cursados y que hayan sido he-
chos en Venezuela. En el caso que el padre de familia 
y/o acudiente tenga documentos y/o certificados de-
bidamente legalizados y apostillados, que demuestren 
la terminación y aprobación de los estudios de prees-
colar, básica y media realizados por el estudiante en 
Venezuela, deberá solicitar en un plazo no mayor a seis 
meses la solicitud de convalidación ante el Ministerio 
de Educación Nacional. Aunque, si los estudios no se 
encuentren debidamente legalizados, el establecimiento 
educativo receptor deberá efectuar, gratuitamente, la 
19
validación de estudios por grados, mediante evaluacio-
nes o actividades académicas de los migrantes y así, 
normalizar su condición en el sistema educativo.
Ahora bien, para terminar el bachillerato en Colombia, 
a través de la Resolución 000298 de 2020 del Insti-
tuto Colombiano para la Evaluación de la Educación 
(Icfes), los nacionales venezolanos podrán presentar las 
pruebas del Icfes usando solo su cédula de identidad 
venezolana. Esta medida beneficiará a los venezolanos 
que no posean aún un documento válido de identifi-
cación. Sin embargo, para reclamar los resultados, es 
obligatorio presentar algún documento, certificación o 
acto administrativo para corroborar la identidad de la 
persona (Galvis, 2020)
En caso de inscribirse y aprobar, el resultado no tendrá 
efecto alguno en el estatus migratorio de la persona y 
solo funcionará para la expedición del título de bachiller 
en Colombia. El acta de grado y título de bachiller re-
cibido serán expedidos con el DNI venezolano inscrito 
para realizar la prueba (Galvis, 2020).
En caso de contar con PPT, los estudiantes podrán ob-
tener su título de bachillerato, abriendo la posibilidad de 
acceder a la Educación Superior en centros de estudios 
tecnológicos como el SENA o en universidades públicas 
o privadas. 
Desafíos y recomendaciones 
En educación, también hay una serie de puntos que 
requieren atención y representan un reto en cuanto a 
la situación migratoria venezolana en el país. Uno de 
ellos es la cobertura, que tiene mucho que ver con otros 
sectores que también representan un reto para mejorar 
las condiciones y derechos de los migrantes. Debido a 
los problemas con los encuentran a la hora de migrar, 
como la informalidad laboral y situaciones socioeco-
nómicas precarias, en muchas ocasiones los menores 
trabajan también para aumentar los recursos familiares. 
O, por otro lado, los padres evitan llevar a sus hijos 
a las instituciones educativas, puesto que temen que 
su registro pueda terminar en la deportación (Banco 
Mundial, 2018).
Asimismo, en algunas zonas del país, aumentan los ries-
gos a la deserción escolar y a la cooptación y los abu-
sos por parte de grupos armados organizados, bandas 
emergentes, economías ilícitas, redes de prostitución 
y de trata de personas. O de igual forma, la deserción 
escolar de migrantes venezolanos en Colombia también 
se ha dado por casos de xenofobia y al rechazo de los 
venezolanos por los mismos estudiantes colombianos 
(ACNUR, 2020).
Aunque se ha facilitado el acceso a colegios públicos y 
privados a través de flexibilizar el proceso de inscrip-
ciones en instituciones educativas a través de ciertas 
directrices del Ministerio de Educación, a nivel local 
todavía suceden casos en los cuales los colegios están 
negando el acceso a la educación a migrantes irregu-
lares al no permitir procesos de matriculación fuera de 
los cronogramas escolares.
Esto sucede más por desinformación de las rutas de 
atención que existen y que ha facilitado el gobierno 
nacional, que porque no existan mecanismos para ma-
tricular a migrantes venezolanos en las instituciones 
educativas colombianas. No obstante, también hay que 
reconocer que hay ciertas instituciones educativas que 
no cuentan con los recursos suficientes para poder in-
tegrar más estudiantes a sus escuelas.
Otro desafío esta relacionado con el tipo de documen-
tación de los NNA matriculados en el Simat, ya que, se-
gún el Ministerio de Educación (2022), el 67,2 % están 
matriculados con tipo de documento (Número de iden-
tificación establecido por la Secretaría de Educación), 
lo cual puede implicar que (i) no han accedido al ETPV; 
(ii) que están a la espera del PPT; o (iii) que cuentan con 
PEP, pero no han realizado la actualización de tipo de 
documento en la institución educativa.
Ahora bien, la apostilla, como requisito para la lega- li-
zación de documentos extranjeros, constituye hoy una 
barrera para que miles de profesionales 
venezolanos puedan ejercer sus carreras 
en Colombia. Puesto que no pueden 
validar sus títulos en Colombia. 
20
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
fácilmente, estos migrantes que podrían contribuir en 
temas críticos como salud o educación, terminan por 
insertarse al mercado laboral a través de la informalidad 
y en puestos que no tienen que ver con sus perfiles 
profesionales. Esto también ha llevado a que los migran-
tes cualificados terminen por irse a otros países donde 
los procesos de validación de títulos son más flexibles 
(Ramos & Rodríguez & Robayo, 2018).
Teniendo en cuenta los anteriores retos, se recomen- 
daría no solo mejorar la infraestructura educativa en 
Colombia, sino trabajar en que las alianzasy la coor- 
dinación entre todas las instituciones colombianas sea 
más fuerte. Es claro que se tiene que ampliar la cober-
tura educativa nacional de acuerdo con las necesidades 
departamentales y municipales, pero también debe ha-
ber congruencia entre lo que se trabaja a nivel nacional, 
con lo que se implementa a nivel local.
Además, existen otro tipo de estrategias en que 
los migrantes pueden colaborar con la situación. Por 
ejemplo, para evitar que algunos niños, niñas y adoles-
centes no puedan ir al colegio por estar cuidando a sus 
hermanos menores, se pueden aumentar los cupos de 
guarderías y jardines infantiles e involucrar a madres 
comunitarias migrantes en el cuidado de niños y niñas 
migrantes.
Igualmente, para eliminar las respuestas negativas de los 
colegios hacia la aceptación de migrantes venezolanos 
irregulares en sus instituciones, se podría desvincular a 
los colegios de las posibles acciones sancionatorias de 
Migración Colombia. El hecho de que existan sanciones 
de por medio, aleja a los migrantes y desincentiva a 
las instituciones educativas a aceptar estudiantes mi-
grantes en condición irregular. Por último, como se ha 
explicado a lo largo del diplomado, las campañas comu-
nicativas, considerando los postulados de la economía 
del comportamiento, deben formar parte esencial de 
las estrategias para divulgar la información tanto a las 
instituciones educativas, como a los migrantes.
21
Trabajo
El tema laboral casi que sufre del mismo obstáculo que 
los anteriores sectores. Aunque el gobierno ha hecho 
un avance para facilitar la integración de los migrantes 
venezolanos al mercado laboral colombiano, las rutas 
de atención todavía siguen siendo desconocidas tanto 
para las empresas del país como para los migrantes ve-
nezolanos. Es importante recalcar de nuevo el hecho de 
que la inserción del migrante al mercado laboral juega 
un rol crucial para la integración de estos a la sociedad 
colombiana y así poder acceder a los beneficios que trae 
la migración. Para agosto de 2020, todavía la inmensa 
mayoría de venezolanos trabaja en el sector informal.
El Permiso Especial de Permanencia (PEP) fue la pri-
mera herramienta con la que cuentó el migrante. Ac-
tualmente, los ciudadanos venezolanos podrán trabajar 
en Colombia si tienen una visa que se los permita o el 
PPT. Una vez una persona venezolana sea contratada 
en Colombia, esta puede dirigirse a la Cancillería para 
expedir una visa de trabajo.
No obstante, un previo contrato laboral es necesario, ya 
que sin este soporte no se puede tramitar la visa (Can-
cillería, 2020). Este proceso también se puede hacer en 
línea en la página web de la Cancillería.
Cabe aclarar, de nuevo, que, si el ciudadano venezolano 
tiene PPT, la empresa puede contratarlo con ese docu-
mento de identificación. En este punto es la empresa 
o las personas naturales, las que están encargadas, en 
primer lugar, de pedirle la identificación al ciudadano 
venezolano, y de gestionar la visa de trabajo para el 
potencial empleado con el Ministerio de Relaciones Ex-
teriores en Bogotá. 
Posteriormente, estas deberán realizar el reporte de su 
contratación y salida de la empresa ante Migración Co-
lombia, ingresando la información a la plataforma Siste-
ma de Información de Registros de Extranjeros (SIRE) de 
esta entidad, dentro de los quince (15) días calendario 
siguiente al inicio o terminación del vínculo. Esto quiere 
decir que sí está permitido contratar a los venezolanos 
que posean el PPT.
22
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Ahora bien, ¿qué pasa con los migrantes en condición 
irregular? Mediante el Decreto 117 de 2020, los minis-
terios de Trabajo y Relaciones Exteriores de Colombia 
crearon el Permiso Especial de Permanencia para el Fo-
mento de la Formalización (PEPFF). Este fue un meca-
nismo excepcional y transitorio diseñado para beneficiar 
a los venezolanos en condición irregular. Una vez una 
empresa o persona natural requieran contratar mano de 
obra venezolana de forma legal deben hacer la solicitud 
del PEPFF ante la página Web del Ministerio del Trabajo.
Para esto, en el proceso se requiere que el empleador 
especifique la duración del contrato, el cargo a desem-
peñar y el rango salarial. Además, este debe presentar 
el contrato laboral o de prestación servicios, copia de la 
cédula o del pasaporte del aspirante venezolano, copia 
del Registro Único Tributario vigente (si es persona na-
tural). Si el empleador o contratante es persona jurídica, 
el Ministerio del Trabajo debe verificarlo en el Registro 
Único Empresarial (RUES).
Si el Ministerio de Trabajo aprueba la solicitud, el ciu-
dadano venezolano deberá presentarse ante uno de 
los Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de 
Migración Colombia. En esa instancia se verificará la 
solicitud y en caso de ser aprobada, expedirán su PEPFF. 
Es importante tener en cuenta que el Permiso Especial 
de Permanencia para el Fomento de la Formalización 
(PEPFF) no reemplaza el pasaporte y no será válido 
como documento de viaje para salir y entrar al país. La 
vigencia corresponde al mismo tiempo de duración del 
contrato, que puede ser de dos meses a dos años. Este 
puede ser renovado y al hacerlo quedará a nombre del 
titular del documento.
Si superado el término de vigencia del Permiso Especial 
de Permanencia para el Fomento de la Formalización el 
venezolano continúa en el país sin haber regularizado 
su situación migratoria, incurrirá en permanencia irre-
gular y será objeto del proceso administrativo corres-
pondiente.
Los PEPs y PEPFFs que se encuentren vi-
gentes al 1º de junio de 2021 tendrán una 
vigencia extendida hasta el 28 de febrero 
de 2023 y durante este tiempo el emplea-
dor podrá contratar al trabajador con este 
documento, es decir, con PEP o PEPFF. 
Una vez el venezolano reciba el PPT, el 
PEP o PEPFF que tenía se cancelará y será 
reemplazado por el PPT.
Las solicitudes para tramitar PEPFF fueron 
recibidas hasta el 21 de mayo de 2021 y se 
expidieron los mismos
hasta el 28 de mayo de 2021;, posterior 
a esta fecha, en Colombia no se podrán 
expedir más PEPFF
Para más información puede acceder a la 
Guia para la contratación laboral de refu-
giados y migrantes venezolanos en la Re-
pública de Colombia en el siguiente link:
https://acortar.link/dEaY4X
Para tener en cuenta...
https://acortar.link/dEaY4X
23
Desafíos y recomendaciones 
Los desafíos con respecto al sector laboral y la migración 
venezolana empiezan, como en los otros sectores ya es-
tudiados a lo largo de la unidad, por la desinformación. 
Aparte de que ni los migrantes, ni las empresas tienen 
claro cómo proceder para una contratación, tampoco 
existe un sistema de registro para retornados y migran-
tes que proporcione información sobre sus perfiles 
laborales y formativos con el fin de tener un mapeo 
que permita orientar al migrante. (Proyecto Capstone, 
2018).
Además, que la mayoría de los venezolanos en Colom-
bia estén en altas condiciones de vulnerabilidad y en 
ocasiones sin resolver su situación migratoria, estimula 
la informalidad, el subempleo y el desempleo; facilita 
el abuso laboral, la trata de personas y la inserción en 
economías ilícitas. 
A partir de que los migrantes opten por la informalidad 
en el trabajo, termina por imponer más obstáculos en 
otro sector, como por ejemplo en la afiliación y la cotiza-
ción de estos al sistema de seguridad social. Esto genera 
un círculo vicioso, ya que al final esto representa ma-
yores riesgos porque el migrante venezolano perpetúa 
su vulnerabilidad y costos para el Estado porque debe 
seguir gastando recursos para aliviar la crisis humanita-
ria (Ramos & Rodríguez & Robayo, 2018).
Por otro lado, no portar documentos, cartas de reco-
mendación y/o certificados laborales de fácil comproba-
ción, se ha convertido en uno de los mayores obstácu-
los que impiden a los migrantes ingresar a un mercado 
laboral formal acorde a sus competencias. Portal moti-
vo, resulta importante continuar con la flexibilización del 
reconocimiento de competencias y estudios laborales; 
apuesta del CONPES 4100 de 2022. 
Teniendo en cuenta lo anterior, se le debe dar prioridad 
a las campañas comunicativas de amplia difusión, na-
cional, regional y local en las que se encuentren formas 
ingeniosas de comunicar tanto la información sobre las 
rutas de atención, pero también sobre la integración 
de los migrantes. Estas deben ser hechas a partir de 
la comprensión de los tipos de pensamientos de los 
migrantes y de las empresas contratantes. Así se pue-
de consolidar un sistema de información que agrupe 
las vacantes públicas y privadas ofertadas para que los 
migrantes puedan acceder.
24
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Rutas de atención de venezolanos en caso de sufrir abusos a sus derechos 
en territorio colombiano
Más allá de las rutas de atención para garantizarle salud, 
trabajo o educación a los venezolanos que han migra-
do a Colombia, también existen instrumentos para que 
estos puedan denunciar cualquier tipo de abuso que 
puedan haber experimentado en territorio colombiano. 
Entre estos se pueden encontrar casos de estafas, ro-
bos, trata de personas, tráfico de personas, abuso sexual 
o incluso feminicidios. Por ejemplo, según el reporte de 
casos de trata de personas del Observatorio de Trata 
del Ministerio del Interior, para diciembre de 2020, se 
presentaron 104 caos de víctimas de trata, de las cuales, 
34 eran de origen venezolano. 
La orientación, atención y protección de derechos en 
Colombia cubre, por supuesto, también a los migrantes. 
Si se es víctima de algún delito, si se necesita interponer 
una denuncia o una demanda o si busca orientación 
para un caso puntual, existen vías para llevarlo a cabo. 
Entonces, ¿qué debe hacer entonces el migrante vene-
zolano si es víctima de algún abuso? Para esto, existen 
una serie de instancias dentro del marco institucional 
colombiano al que pueden acudir.
En primer lugar, están las personerías municipales que 
no exigen ningún tipo de requisito de nacionalidad para 
presentar alguna de estas quejas. En dichas personerías 
pueden recibir orientación, asistencia y protección de 
los derechos humanos; activación de rutas de atención 
y el restablecimiento de derechos; u orientación y remi-
sión a las rutas de atención institucional. Para acceder 
a estas ayudas, basta con acercarse a la personería del 
municipio donde se encuentre el migrante (Fundación 
Panamericana para el Desarrollo, 2019).
En segundo lugar, la Defensoría del Pueblo, de igual 
manera puede ofrecerle a los migrantes orientación, 
asistencia y protección de los derechos humanos; ase-
soría jurídica con especialidad en: derechos humanos, 
civil, familia, administrativo, laboral y penal; acompaña-
miento psicosocial con enfoque de género; orientación 
y remisión a las rutas de atención institucional para per-
sonas provenientes de Venezuela. De igual forma, no 
se necesita de ningún requisito, ni ninguna restricción 
para acercarse a su oficina en busca de la ayuda men-
cionada anteriormente (Fundación Panamericana para 
el Desarrollo, 2019).
Por último, la Fiscalía General de la Nación es el ente 
encargado de la recepción, trámite e investigación de 
denuncias por delitos que vulneren derechos humanos 
y delitos de violencia sexual basados en género. En ca-
sos de tráfico y trata de personas la Fiscalía ha dispuesto 
una línea gratuita nacional para poner en conocimiento 
de las autoridades cualquier situación de aquella natu-
raleza: línea gratuita nacional: 018000522020 y línea 
de emergencia: 122.
25
En conclusión, la migración venezolana en Colombia 
es un asunto que no tiene precedentes en la historia 
del país. Incluso, Colombia ha sido reconocido por las 
Naciones Unidas como el segundo país con más refugia-
dos en el mundo, solo por debajo de Turquía (ACNUR, 
2021). El flujo migratorio de venezolanos ha resulta-
do en una demanda masiva de servicios y derechos al 
Estado colombiano. Es por este motivo que se hace 
imperativo el trabajo conjunto y coordinado de todas 
las instituciones colombianas.
Colombia, voluntariamente, se ha inscrito a una serie de 
responsabilidades jurídicas internacionales para tener 
unos parámetros de cómo responder ante un contexto 
migratorio como este como se explicó en la Unidad 1. 
Estas obligaciones, que valga la redundancia deben ser 
cumplidas, no solo fueron ratificados en el plano inter-
nacional, sino que generaron leyes y normas en la cons-
titución colombiana y hacen parte del marco jurídico 
por el cual se rige el Estado en temas como refugiados, 
apátridas, entre otros.
Ahora bien, tal cual como se desarrolló en la unidad 2, el 
fenómeno migratorio en Colombia es mixto. Esto quiere 
decir que existen varios perfiles migratorios, los cuales 
merecen un enfoque diferente para atender sus nece-
sidades básicas, así como su integración en la sociedad. 
Es más, que existan estos perfiles migratorios, hace que 
los números que maneja la comunidad internacional con 
respecto a Colombia y el flujo migratorio venezolano, 
queden cortos.
Además de los 2.5 millones de migrantes con vocación 
de permanencia (Migración Colombia, 2022), también 
están los migrantes en tránsito, los colombianos re-
tornados y los migrantes pendulares. En ese orden de 
ideas, como la unidad 2 lo resalta, se necesita de solu-
ciones no solo en el plano humanitario, sino también 
en el plano del desarrollo. Si se integra al grueso de la 
migración venezolana en la sociedad colombiana, con 
esta vendrán beneficios para el país como el crecimiento 
económico.
No obstante, detrás de estas soluciones, quienes las 
diseñan y las implementan, así como quienes viven las 
consecuencias de esta toma de decisión son seres hu-
manos. Esto quiere decir que, en un tema, que va mu-
cho más allá de solo lo económico, se deben entender 
las motivaciones y los tipos de pensamiento de los suje-
tos involucrados en este proceso. La economía del com-
portamiento da herramientas para comprender cómo 
el pensamiento automático, la sociedad o los modelos 
mentales influyen en la manera en que la información 
se absorbe, se procesa y se recuerda.
CONCLUSIONES 
26
Rutas de atención y acceso al ejercicio y 
goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5
Debido a lo anterior, la unidad 7 trae la economía del 
comportamiento a colación. El Estado colombiano ha 
tenido avances significativos, así como soluciones inge-
niosas y creativas en la forma de abordar la migración 
venezolana en el país. Estos avances, aunque están vi-
gentes en las normativas colombianas, muchas veces no 
llegan al conocimiento de los migrantes, de las comuni-
dades de acogida, e incluso de ciertos gobiernos locales.
Esta es la razón por la cual la unidad 7 toma la econo-
mía del comportamiento como base para poder idear 
estrategias comunicativas que contribuyan a que dichos 
avances se reflejen en las mentes de las personas. De 
esta forma, se apuntaría a incrementar la integración 
de los migrantes a la sociedad colombiana, así como 
a combatir los brotes de xenofobia en contra de los 
venezolanos en el país.
Por último, la unidad 5 toma nota de las anteriores uni-
dades y explica las rutas de atención que tienen los 
migrantes para acceder a sus derechos en Colombia 
en cuanto a regularización, salud, educación y trabajo. 
Asimismo, se resaltan los diferentes retos que todavía 
existen a pesar del gran esfuerzo del gobierno colom-
biano, y se hacen una serie de recomendaciones para 
poder superar estos obstáculos. La coordinación insti-
tucional y la forma en que se transmite la información 
es un asunto vital.
27
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