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Diplomado en derechos de los migrantes en Colombia y aplicación de garantías en la atención pública para una gobernanza local de migración integral: caso venezolano Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales: garantías jurídicas que ofrece el Estado colombiano a los inmigrantes para garantizar sus derechos fundamentales. UNIDAD 5 Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional -USAID Programa de Derechos Humanos de USAID Colombia Escuela Superior de Administración Pública -ESAP Unidad didáctica #5 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales: garantías jurídicas que ofrece el Estado colombiano para garantizar sus derechos fundamentales Autores Diego Chaves González Juan Sebastián Brizneda Henao Fecha última revisión Junio 2023 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales: garantías jurídicas que ofrece el Estado colombiano a los inmigrantes para garantizar sus derechos fundamentales. UNIDAD 5 4 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 JUSTIFICACIÓN Desde 2015, la migración venezolana en Colombia ha venido creciendo. Incluso si debido a la pandemia del COVID-19 hay migrantes que se han devuelto a Ve- nezuela, todavía hay alrededor de 2.5 millones de ve- nezolanos con vocación de permanencia en Colombia (Migración Colombia, 2022). Además, existe el índice de presión de casi 8 millones de personas que se ha explicado a lo largo de las unidades. En ese orden de ideas, existe un grupo grande de personas que está demandando servicios al Estado colombiano. Es por este motivo que es importante para el funcio- nario público tener claras las rutas de atención para poder garantizarle los derechos y los servicios a la po- blación migrante. Esta unidad se encargará de enlazar las anteriores unidades al resaltar la economía del com- portamiento con el fin de describir dichas rutas de atención, pero también para identificar los obstáculos que estas puedan tener, y así proponer recomendaciones. Aunque el trabajo que se ha hecho en el tema de mi- gración ha sido importante para garantizarle los dere- chos a la población migrante venezolana, todavía hay venezolanos en Colombia en condición irregular. Esto ha contribuido a que a esta población en específico no se le haya podido garantizar servicios y derechos como la educación, la salud o el trabajo en el país. Es más, la condición irregular hace a los migrantes más propensos a sufrir de abusos e inseguridad. En muchas ocasiones, la condición de irregularidad, y todo lo que esta trae, se debe a que las rutas de aten- ción no son claras, a que el voz a voz no es siempre preciso y a la desinformación. En otras palabras, la irre- gularidad también se da porque el migrante en condi- ción irregular no sabe exactamente cómo regularizar su situación. Por tanto, continuando con lo propuesto en la unidad 3, es necesario hacer una serie de reco- mendaciones para que las rutas de acceso a servicios y derechos estén mejor ajustadas para que el migrante pueda beneficiarse de ellas 5 Esta unidad, es un eslabón entre las anteriores uni- dades, puesto que considerando lo aprendido sobre normas, contexto social e integración de la migración venezolana en Colombia, se describirá en la práctica cómo esto se ve reflejado a la hora de la metodología y las rutas de atención que tienen los migrantes venezo- lanos para acceder a los servicios. Para describir las rutas de atención de una manera en que se conecten con lo que se ha explicado a lo largo del diplomado, se traerán a colación las distintas leyes nacionales e internacionales que dieron paso a que exis- tan los avances en cuanto a instrumentos para ofrecerle servicios a la población migrante. Es importante recor- dar, que dentro de la población migrante existen varios tipos de migrantes y perfiles migratorios que requieren distintos tipos de rutas de atención debido a sus dife- rentes particularidades. Una vez se haga énfasis en el instrumento, se explicará la ruta práctica y específica que se necesita para tener acceso a dicho instrumento. En detalle, siguiendo el hilo conductor de los sectores de los cuales se han hablado en las anteriores unidades, dichas rutas de acceso estarán divididas sectorialmente en regularización, educación, salud y trabajo. Todo lo anterior estará enmarcado bajo los principios que se han desarrollado en el diplomado, es decir aque- llos de la economía del comportamiento que buscan explicar la forma en que las personas reciben, retie- nen, procesan y recuerdan la información a partir de sus tipos de pensamiento, por un lado; y por el otro, el principio que dice que la comunicación juega un papel importante a la hora de no solo la formulación de polí- ticas públicas, sino también en su implementación. Finalmente, la unidad, además de reconocer los avan- ces que se han hecho en todo el contexto de la mi- gración venezolana en Colombia, terminará por hacer una serie de recomendaciones en cuanto a las rutas de atención se refiere. En otras palabras, se hará hincapié en los pasos u obstáculos que en caso de que se mo- dificaran, generarían un mayor alcance en el acceso a servicios para la población migrante INTRODUCCIÓN 6 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Para efectos de regularizar a la población migrante que proviene de Venezuela, el Estado colombiano habilitó una serie de documentos para poder integrar a los ve- nezolanos en el país y para ofrecerles derechos y ser- vicios. El Permiso Especial de Permanencia (PEP) creado me- diante la Resolución 5797 de 2017 autorizaba a los migrantes venezolanos a quedarse en territorio colom- biano por un tiempo determinado de dos años. El PEP no funcionaba necesariamente como una visa, y hasta el momento, no daba un acceso a una residencia permanente en el país. Este fue una herramienta del gobierno colombiano para regularizar la permanencia de venezolanos en Colombia, antes de 2021. No obs- REGULARIZACIÓN Permiso especial de permanencia El trámite para solicitar el PEP fue muy sencillo. Para solicitarlo el migrante debía seguir los siguientes pasos: 1. Ir a la página web de Migración Colombia, 2. Dar clic en “solicite aquí su PEP” 3. Escoger un tipo de documento y dar su nú- mero. 4. Diligenciar los datos que le piden (nombre, fecha de nacimieto, sexo, correo electrónico, teléfono, departamento, ciudad). 5. Dar clic en “Actualizar y Generar Certificado” 6. El permiso fue solicitado después de hacer el paso 5, una vez le sale una ventana dicien- do: “Usted ha realizado satisfactoriamente la solicitud de su Permiso Especial de Per- manencia (PEP).” Una vez el migrante recibía su PEP, debía im- primirlo y adjuntarle una foto de 3x4 cm con fondo blanco y plastificarlo. Puesto que el PEP era válido solo por dos años, el gobierno habilitó varias rondas en las cuales les dieron la posibilidad a los migrantes venezolanos de renovar su PEP. En la imagen a continuación, podrán ver detalladamente cómo se procedía para renovarlo. tante, el PEP le permitía al venezolano entrar al sistema de salud, trabajar, estudiar y abrir servicios financieros (Migración Colombia, 2020). 7 Debido a que los perfiles migratorios y los tipos de mi- grantes de los venezolanos que llegaron a Colombia eran tan diversos, se crearon más tipos de permisos especiales para poder adaptarse a cada situación de me- jor forma. Como por el ejemplo el PEP RAMV, el PEPFF, o la Tarjeta de Movilidad Fronteriza. Permiso Especial de Permanencia RAMV Con la Resolución 1288 de 2018 el Estado colombia- no autorizó que los migrantes venezolanos que fueron inscritos en el RAMV, pudieran utilizar dicho registro como sustento para solicitar el Permiso Especial de Per- manencia. Cabe aclarar que la medida del RAMV fue un proceso que buscaba ampliar la informaciónsobre la migración de venezolanos en el país, específicamente de aquellos en condición irregular. EL PEP-RAMV estuvo dirigido para aquellos migran- tes que alcanzaron a registrarse antes del 8 de junio de 2018 en el RAMV. Este permiso habilitó la perma- nencia de más de 280.000 venezolanos. Requisitos: • Haberse registrado en el RAMV y tener su certificado. • Encontrarse en Colombia al momento de iniciar la expedición del PEP-RAMV. • NO tener antecedentes judiciales en Co- lombia. • NO ser buscado por autoridades co- lom- bianas o internacionales. • NO tener una medida de deportación o ex- pulsión vigente. 1. Ir a la página web de Migración Colombia. 2. Colocar a continuación el ID-Persona o Número de Formulario que aparece en su Comprobante de Registro – RAMV. 3. Llenar los datos. Los pasos para solicitar el PEP-RAVM eran sencillos: 8 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Permiso Especial de Permanencia para el Fo- mento de la Formalización Este permiso fue un sistema diseñado en conjunto entre dos instituciones colombianas: el Ministerio del Traba- jo y Migración Colombia. Tenía por objetivo, como su nombre lo indica, la formalización de todos aquellos mi- grantes venezolanos en edad productiva y profesionales que, por diversas razones, carecían de los instrumentos de identificación usuales: la cédula de extranjería, visa de trabajo o el PEP. Se dirigía a migrantes que buscaran empleo pero que no tuvieran PEP, trabajaran sin per- miso legal o estuvieran terminando estudios y fueran a salir a buscar empleo. Fue un proceso de carácter nacional, aplicable en todo el país, ya que se realizó de manera virtual. La empresa realizaba el procedimiento ante el Ministerio del Trabajo para manifestar su inten- ción de contratar al migrante venezolano en condición irregular. Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF) Para los migrantes pendulares, Migración Colombia creó las Tarjetas de Movilidad Fronteriza a través de la Reso- lución 1220 de 2016, un documento que les permite ingresar, transitar y permanecer, hasta por 7 días, en las zonas delimitadas en la frontera colombiana. 5.2 millo- nes de migrantes venezolanos tienen una tarjeta de este tipo. Este trámite está a cargo de Migración Colombia. Permiso de Ingreso y Permanencia de Tránsito Temporal Por medio de la Resolución 3346 de diciembre 21 de 2018, la Unidad Administrativa Especial Migración Co- lombia adicionó al artículo 4º de la Resolución 1220 de 2016 para crear el Permiso de Ingreso y Permanencia de Tránsito Temporal (PIP-TT). Esta medida dio respuesta a la dinámica migratoria compuesta por varios tipos de migrantes. En este caso, se intentó ajustar el marco normativo de permisos de ingreso al país de aquellos migrantes en tránsito que entraban a Colombia a través de los pues- tos de control migratorio, en calidad de tránsito, y que no pretendían permanecer en territorio colombiano. Permiso Temporal de Protección (PPT) El Permiso de Protección Temporal, saliente del Esta- tuto Temporal de Protección para Migrantes Venezola- nos, es un mecanismo de regularización migratoria y do- cumento de identificación que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especial por su término de vigencia (10 años). Este permiso le permite al migrante ejercer durante di- cho período cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, así como acceder a educación y a salud. En cuanto a los requisitos y hoja de ruta sobre cómo acceder al PPT, la Unidad sobre el Estatuto esclarecerá el paso a paso para que los migran- tes venezolanos se acojan a sus beneficios. 9 Retornados Colombianos Aparte de los venezolanos que migraron hacia Colom- bia, también hubo alrededor de 500.000 colombianos que residían en Venezuela y decidieron regresar al país luego de que estallara la crisis. Estas personas llegaron a territorio colombiano en situación de vulnerabilidad y para estos también existe una ruta de atención. La Ley 1565 De 2012 o la Ley Retorno tiene como objeto brindar un acompañamiento integral a aquellos colombianos que voluntariamente desean retornar al país. Además, crea incentivos de carácter aduanero, tributario y financiero concernientes al retorno de los connacionales (Colombia Nos Une, 2020). Si se cumplen los requisitos, a continuación, el retor- nado colombiano debe inscribirse en el Registro Único de Retorno (RUR) en la página web de la Cancillería. En esta debe diligenciar datos como su tipo de documento de identificación, el número y el lugar y fecha de expe- dición del mismo. Una vez diligenciado el Registro Único de Retorno, la postulación pasa a ser analizada por la Comisión Inter- sectorial para el Retorno. Si el colombiano postulado reúne todos los requisitos, esta Comisión le otorga un certificado que lo avala como beneficiario de la Ley. Dicho certificado es enviado al correo electrónico re- gistrado en el RUR (Colombia Nos Une, 2020). Ahora bien, dentro del fenómeno de los retornados co- lombianos, también está el hecho de que estas personas que se fueron de Colombia hacia Venezuela también decidieron formar sus familias en territorio venezola- no. Es decir, que tuvieron hijos en el vecino país. En el contexto de este éxodo migratorio, estos colombianos retornaron al país con hijos que habían nacido y crecido en Venezuela, generando así incógnitas de cómo admi- nistrar este asunto. Es por este motivo, que la Registraduría a través de la Circular 067 de 2017 inició una medida excepcio- Para ser beneficiario de la Ley Retorno es necesario cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayor de edad. Acreditar una permanencia en el exterior de por lo menos tres (3) años. No tener condenas vigentes en Colombia o en el exterior y que no hayan sido con- denados por delitos contra la administra- ción pública. No tener más de doce (12) meses resi- diendo en el territorio nacional después de haber retornado. Manifestar a la autoridad competente el interés de retornar al país acogiéndose a la ley 1565 de 2012. nal para la inscripción extemporánea en el registro civil de los hijos de padre o madre colombianos nacidos en Venezuela. En primer lugar, en cuanto a los requisitos, se pide que se presente una prueba de la nacionalidad colombiana de los padres, la cual se hace por medio de la cédula de ciudadanía de acuerdo con lo consagrado en el artículo 3 de la Ley 43 de 1993. En caso de que los padres sean menores de edad, la nacionalidad se prueba con tarjeta de identidad. 10 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Otra cuestión que generó una ruta de atención para tratar una problemática en específico fue el tema de la apatridia. A partir de la llegada de venezolanos a Co- lombia, se dio una situación en la cual había un riesgo latente de que un número grande de niños estuvieran ¿Quién puede solicitar la inscripción? Únicamente podrán solicitar la inscrip- ción en el registro... 1. El padre debidamente identificado 2. La madre debidamente identificada 3. Los demás ascendientes debidamen- te identificados 4. Los parientes mayores más próximos debidamente identificados 5.El propio interesado mayor de diecio- cho años debidamente identificado. ¿En dónde? Cuando se trate del trámite de inscripcio- nes de menores de siete (7) años, se podrá adelantar ante cualquier Registraduría del país. Si la inscripción es para una persona mayor de siete (7) años, el trámi- te se debe adelantar únicamente en las Registradurías Especiales de cada Departamento y, excepcionalmente, en las Registradurías Municipales de Villa del Rosario y Los Patios (Norte de Santander), y en las Registradurías Auxiliares de Chapinero, Suba Niza, Teusaquillo, Antonio Nariño y Ciudad Bolívar en Bogotá ¿Qué documentos setienen que llevar? El registro ci- vil venezolano, debidamente apostillado. A falta del requisito de apostille en el registro civil de nacimiento venezolano, podrá solicitarse la inscripción mediante la presentación de dos testigos hábiles quienes prestarán Apatridia Antes de hablar de apatridia, los invitamos a que primero vean este video: https://www.youtube.com/watch?v=- QOxy0YMq8pc declaración bajo juramento mediante la cual manifiesten haber presenciado, asistido o tenido noticia directa y fidedigna del nacimiento de quien se pretenda inscri- bir, aportando una copia del Registro Civil sin apostillar. Después la Registraduría toma im- presiones dactila- res y datos biográficos de la persona que se pretende inscribir para efectuar validaciones correspondientes (Registraduría, 2020). https://www.youtube.com/watch?v=- QOxy0YMq8pc https://www.youtube.com/watch?v=- QOxy0YMq8pc 11 en condición de apatridia. Para explicar lo anterior, pri- mero se tiene que mencionar lo siguiente: si una familia venezolana entra de manera regular a Colombia y se so- mete a todo el proceso de regularización, cuando alguna mujer venezolana en condición de embarazo da a luz en territorio colombiano, existen normas para que el recién nacido pueda adquirir la nacionalidad colombiana . En cambio, si una migrante embarazada entra a Co- lombia de otro modo diferente a los puntos de entrada regulares, (lo que la convierte en una migrante en con- dición irregular), y da a luz en territorio colombiano, el recién nacido queda expuesto a la posibilidad a nacer en apatridia. Como respuesta a esto, en 2019, la Re- gistraduría por medio de la Resolución 8470 de 2019 adoptó una medida administrativa de carácter temporal y excepcional, para darle la nacionalidad a niños hijos de padres venezolanos nacidos en Colombia. Esta medida se consolidó en la Ley 1997 de 2019, en la cual se ajustaron las fechas de la resolución, don- de se prorrogó de agosto 19, fecha estipulada en la misma, a septiembre 16, fecha estipulada en la ley. Es decir, a partir de esta ley, hubo un cambio en el período, del 1ero de enero de 2015, hasta el 16 de septiembre de 2021. • Total de Registros por intervenir: 27.825 • Registros intervenidos en terreno: 10.040 • Registros intervenidos sede central (Bogotá): 4.965 • Del 20 de agosto al 29 de sep- tiembre de 2019 se expidieron 3573 nuevos • Registros civiles bajo la medida excepcional. (Son los que no se habían registrado o nuevos nacimientos). A octubre de 2019, el estado de avance de implementación de esta medida fue la siguiente: ¿C uá le s s on lo s r eq ui si to s? 12 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Ahora, ¿cómo se lleva a cabo este trámite? Estatus de refugiado El artículo 2.2.3.1.1.1. del Decreto 1067 de 2015 esti- pula qué requisitos necesita una persona para adquirir el estatus de refugiado. ¿Quién está encargado de todo este proceso? El Minis- terio de Relaciones Exteriores a través de la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Re- fugiado (Conare) conformada por 7 dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores. Este ministerio toma la decisión sobre las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado. El GIT-Refugio que hace las veces de secretaría técnica de la Conare: recibe las soli- citudes, entrevista a las solicitantes; analiza y estudia los casos; proyecta las decisiones de la Conare y autoriza la expedición del salvoconducto. ¿Cómo debe proceder una persona si cumple con aque- llos requisitos? En primer lugar, se debe ha- cer la solicitud por escrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, o a Migración Colombia si la persona está fuera de Bogotá. Una vez esa solicitud se haya hecho, el Ministerio la analiza y puede autorizar a Migración Colombia a expedir un salvoconducto gratuito por 3 13 meses prorrogables hasta que se tome una decisión final sobre la solicitud. Cabe aclarar que este trámite se hace de manera gratuita. La persona que esté solicitando el estatus de refugia- do cuenta con un plazo de dos meses una vez entre a Colombia, pero aun así puede presentar una solicitud extemporánea. Debe incluir un párrafo en el que expli- que los motivos por los cuales no presentó la solicitud dentro del plazo establecido. La Conare evaluará estos motivos y decidirá si admite o no la solicitud. Después de haber evaluado la solicitud, el GIT-Refugio citará a la persona para una entrevista personal. La ci- tación se enviará a los datos de contacto que se hayan indicado en la solicitud escrita o a los datos actualizados que hayan sido informados al GIT-Refugio. Si la persona no se presenta a la entrevista, se interpretará como falta de interés en continuar con el proceso y se archivará el caso. Si el Ministerio de Relaciones Exteriores aprueba el proceso expidiendo un documento de viaje y visa con los cuales podrá solicitarle una cédula de extranjería a Migración Colombia. En dado caso de que la solicitud haya sido rechazada, se puede presentar un recurso de reposición dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (ACNUR, 2020). Si llega a presentarse la situación en la cual el migrante desee ayuda con respecto a los trámites y procedimien- tos del estatus de refugiado en Colombia, es el Alto Co- misionado de las Naciones Unidas (ACNUR), la agencia encargada de brindar una asesoría sobre el proceso. Sería importante, si se tiene información, consignar: cada cuanto se reúne la comisión y que tanto tiempo puede tardarse este proceso. • Nombres y apellidos completos del intere- sado sus beneficiarios. • Fotocopia del pasaporte y/o documento de identidad del país de origen o de residen- cia habitual. • Si el solicitante no puede aportar la docu- mentación (de identidad) se recibirá decla- ración bajo la gravedad del juramento sobre su identidad. • Fecha y forma de ingreso al país. • Dirección, número telefónico y/o correo electrónico de contacto. • Relato escrito, completo y detallado de los hechos en los cuales apoya su solicitud. • Documentos que respalden la solicitud, si los tuviere. • Fotografía reciente a color 3x4 cm, fondo azul. • Firma del interesado. • Manifestación expresa sobre su voluntad de ser o no notificado o contactado median- te correo electrónico. ¿Cómo se llena la solicitud de recono- cimiento de la condición de refugiado? 14 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Salud En Colombia, el acceso a la salud para los migrantes provenientes de Venezuela es un derecho. La consti- tución colombiana claramente dice que la salud es un derecho en territorio colombiano y no se le puede ne- gar a nadie sin importar su nacionalidad. En el caso de los migrantes venezolanos, incluso con el PPT pueden registrarse al régimen contributivo o subsidiado de sa- lud, que les ofrecen casi que los mismos servicios que a los colombianos. Ahora bien, ¿qué rutas de atención debe tomar el mi- grante venezolano para tener acceso a estos derechos mencionados anteriormente? En primer lugar, al mo- mento de ingresar al país el migrante deberá contar con una póliza de salud que permita la cobertura ante cualquier contingencia de salud. No obstante, si no la adquirió y no tiene capacidad de pago, se le garantiza- rá la atención inicial de urgencias. Todo lo anterior, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 168 de la Ley 100 de 1993, y en concordancia con el artículo 67 de la Ley 715 de 2001 y Ley 1751 de 2015. Como se dijo anteriormente, los venezolanos pueden tener acceso a los beneficios del Sistema Gene- ral de Seguridad Social en Salud (SGSSS), pero para esto es necesario que se inscriban a una Entidad Promotora de Salud (EPS). • Cédula de extranjería, carné diplomá- tico o salvoconducto de permanencia, según co- rresponda. •Pasaporte de la Organización de las Nacio- nes Unidas para quienes tengan la calidad de refugiados o asilados. • Pasaporte para menores de siete (7) años. • Permiso de Protección Temporal (PPT) ex- pedido por Migración Colombia. • Para realizar la afiliación de su núcleo fa- miliar debe presentar los respectivos docu- mentos de identificación, así como aquellos que acrediten el parentesco con el cotizante o cabeza de familia. La ruta de afiliación a la EPS comienza por demostrar uno de los siguientes documentos de identificación: 15 Para realizar la afiliación de su núcleo familiar, deben presentar los respectivos documentos de identifica- ción, así como aquellos que acrediten el parentesco con el cotizante o cabeza de familia. Los colombianos retornados también deben seguir el mismo procedimiento, y como requisito también pue- den utilizar el registro civil de nacimiento o en su defec- to, el certificado de nacido vivo para menores de tres meses; el registro civil de nacimiento para los mayores de tres meses y menores de siete años; y tarjeta de identidad para los mayores de siete años y menores de dieciocho años. Con la adopción del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 572 de 2022 incluyó el PPT como documento válido de iden- tificación de migrantes venezolanos en los sistemas de información del Sistema de Protección Social. Contando con un documento válido, el migrante vene- zolano podrá afiliarse al SGSSS en la EPS de su elección que se encuentre autorizada en el lugar de residencia, teniendo en cuenta lo siguiente: Si tiene trabajo formal o es trabajador independiente con capacidad de pago, debe afiliarse al Régimen Con- tributivo, donde aportará al sistema de salud acorde a sus ingresos, esto le permitirá afiliar a beneficiarios, como hijos o cónyuge, sin costo adicional. Si no cuenta con capacidad de pago para cubrir el mon- to total de la cotización al Régimen Contributivo y no tiene las calidades para estar en el Régimen Especial o de Excepción, y/o está clasificado en el SISBÉN como: i) pobre o vulnerable; ii) no pobre o no vulnerable que contribuya solidariamente al SGSSS, y iii) Persona foca- lizada e identificada a través de listados censales, puede afiliarse al Régimen Subsidiado. En el caso de una urgencia, el sistema es mucho más flexible puesto que no hay ninguna restricción. Todos los ciudadanos colombianos o extranjeros que requieran este tipo de atención pueden acceder a ella siempre y cuando el médico defina que una atención es urgente. Una vez se tenga la aprobación del médico, le permite al migrante venezolano atención de urgencias en toda la red pública hospitalaria del departamento, distrito o municipio. Para solicitar el servicio solo se debe acudir a cualquier institución que preste servicios de urgen- cias en el país, pero se recomienda para aquellos sin capacidad de pago, que asistan a hospitales públicos (UNGRD, 2020). Desafíos y recomendaciones Dentro de los principales retos que encuentra la migra- ción venezolana en el tema de salud en Colombia tiene que ver con la cobertura de este derecho. Para 2018 había tasas generalizadas de desnutrición en niños, ni- ñas y mujeres en gestación sin control prenatal, casos de malaria, sarampión, difteria o tuberculosis, incluso enfermedades crónicas de difícil y costoso tratamiento. Como se ha explicado a lo largo del diplomado, la ma- yoría de los migrantes venezolanos entran por la fron- tera colombiana de manera irregular o en una migración pendular. Teniendo en cuenta lo anterior, puede que los migrantes lleguen a generar un riesgo epidemiológico no solo en Colombia, sino también en toda la región. 16 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Colombia, como el país receptor con más venezolanos llegando a su territorio, requiere el apalancamiento de recursos internacionales y la toma de medidas preven- tivas, sanitarias y de atención inmediata que han de re- percutir en la seguridad y el bienestar de los migrantes, los connacionales y la población continental (Ramos & Rodríguez & Robayo, 2018). De los desafíos más grandes que tiene el sistema de salud en Colombia, es que la migración genera presión sobre el ya crítico y rígido sistema que, entre sus pro- blemas de déficit presupuestal, falta de subespecia- listas y desequilibrios entre el sector subsidiado y el contributivo, debe garantizar la atención de urgencias, el control prenatal para mujeres gestantes, la aplicación del esquema de vacunación y la afiliación al sistema de miles de migrantes. Además, al ser una población que presenta cada vez en mayor proporción enfermedades crónicas y niveles de desnutrición, los tratamientos para atenderlos se vuelven más costosos y complejos. Aunque la Constitución considere la salud como un de- recho en Colombia para extranjeros, asegurando por lo menos el servicio de atención en urgencias, todavía existen casos que no se están atendiendo. Si bien existen rutas de atención para garantizarle estos servicios a los migrantes indocumentados, todavía se presentan situaciones de personas que no acceden al sistema de salud por no tener pasaporte, o de pacien- tes crónicos que no reciben cuidados médicos ni trata- mientos porque padecen enfermedades renales, VIH, cáncer, o afecciones de alto costo que no constituyen para el sistema de salud una “urgencia médica”. De esta manera, debido a sus condiciones precarias, migrantes caminantes, por ejemplo, solo ven su salud empeorar puesto que están expuestos a extenuantes jornadas y fuertes cambios climáticos sin acceso a alimentos, higiene y servicios médicos. Por último, entender que la población migrante pasa por una situación muy difícil a la hora de migrar es vital, entendiéndola no solo como una cuestión física, sino también psicológica. Dentro de los retornados, refugia- dos, solicitantes de refugio y migrantes se han identifi- cado problemas de salud mental que se manifiestan en estrés postraumático, delirio de persecución, ansiedad, depresión, etc. Lo anterior además representa un reto porque aumentan el desarraigo, la desintegración fa- miliar y dificulta los procesos de integración social de los migrantes. Colombia aún tiene una reducida oferta 17 nacional de servicios y rutas de atención en esta área y carece de programas psicosociales especializados para migrantes. Considerando los desafíos aquí expuestos, en primer lugar, se recomendaría revisar el tema de cómo las co- municaciones están dándose con respecto al tema de salud. A pesar de que se han hecho avances importan- tes para darle cobertura a los migrantes venezolanos, la información con respecto a todo el proceso migratorio está sectorizada y fragmentada. En otras palabras, para que el migrante comprenda a cabalidad qué necesita para acceder a la salud no está del todo claro. Por eso es vital una comunicación conjunta y coordinada de las distintas instituciones. Bajo la misma lógica que dice que, aunque los sectores sean distintos, el migrante es el mismo y necesita de to- das las instituciones, es fundamental optimizar estrate- gias de regulación y formalidad laboral que terminen no solo por regularizar al migrante en Colombia, sino que faciliten su afiliación al sistema contributivo de salud. En ese orden de ideas, ya que el sistema de salud co- lombiano carece de personal capacitado para tratar todos los problemas de salud tanto de colombianos, como de migrantes venezolanos, pues la migración pue- de terminar por ayudar si se facilitan mecanismos para la inserción laboral de médicos especialistas migrantes. In- cluso en el tema de la salud mental, también se pueden abrir canales y programas de voluntariado o de trabajo remunerado para migrantes profesionales en psicología, interesados en aportar con su trabajo y conocimiento. Continuando con lo anterior,para trata de mejor ma- nera el tema de salud mental en la población migrante, se puede poner en marcha brigadas de atención y se- guimiento psicosocial, en zonas de frontera, colegios, albergues, juntas de acción comunal, centros de salud y de atención al migrante. Estos fomentarían la atención específica de migrantes, retornados, refugiados y víc- timas de desplazamiento interno, con el fin de facilitar su efectiva integración social (Ramos & Rodríguez & Robayo, 2018). 18 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Educación La educación es un instrumento vital para la integración de los migrantes venezolanos en la sociedad colombia- na. Tanto para los niños y adolescentes que crecerán en territorio colombiano, como para aquellos migrantes que necesitan validar sus títulos profesionales en Co- lombia. Afortunadamente, la educación de los migrantes venezolanos tiene una ruta de atención para que los dos elementos anteriormente mencionados puedan llevarse a cabo. Para que los niños, niñas y adolescentes migrantes ve- nezolanos puedan ser matriculados en una escuela, ya sea preescolar, básica o media, necesitan que alguno de sus padres de familia se presente en la institución educativa, o en la Secretaría de Educación con el fin de solicitar un cupo. Una vez se haga lo anterior, para que el estudiante pueda ser registrado en el Sistema de Matriculas Estudiantil (SIMAT), depende de qué tipo de documentación tiene el estudiante. Si el estudiante venezolano cuenta con su situación migratoria legali- zada deberá registrarse con su Cédula de Extranjería. No obstante, el PPT también es un documento válido para registrarse. En dado caso que el estudiante no cuente con un documento de identificación vá- lido, la Secretaría de Educación le puede dar al estudiante un código NES (Número Establecido por la Secretaría) para terminar con el proceso de registro. No obstante, esta situación se monitoreará puesto que los padres de fa- milia deben avanzar en todas las gestiones necesarias orientadas a normalizar la situación migratoria de los menores, de tal forma que una vez han logrado obte- ner este tipo de documentación, puedan remitirla a la institución educativa para normalizar la condición del estudiante ante el sistema educativo. Una vez matricu- lado, el rector de la institución educativa deberá, dentro de los 30 días calendario siguiente a la matrícula, realizar el reporte de este estudiante en Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros (SIRE) de Migración Co- lombia (UNGRD, 2020). Por otro lado, también existen rutas para validar en Colombia los estudios cursados y que hayan sido he- chos en Venezuela. En el caso que el padre de familia y/o acudiente tenga documentos y/o certificados de- bidamente legalizados y apostillados, que demuestren la terminación y aprobación de los estudios de prees- colar, básica y media realizados por el estudiante en Venezuela, deberá solicitar en un plazo no mayor a seis meses la solicitud de convalidación ante el Ministerio de Educación Nacional. Aunque, si los estudios no se encuentren debidamente legalizados, el establecimiento educativo receptor deberá efectuar, gratuitamente, la 19 validación de estudios por grados, mediante evaluacio- nes o actividades académicas de los migrantes y así, normalizar su condición en el sistema educativo. Ahora bien, para terminar el bachillerato en Colombia, a través de la Resolución 000298 de 2020 del Insti- tuto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), los nacionales venezolanos podrán presentar las pruebas del Icfes usando solo su cédula de identidad venezolana. Esta medida beneficiará a los venezolanos que no posean aún un documento válido de identifi- cación. Sin embargo, para reclamar los resultados, es obligatorio presentar algún documento, certificación o acto administrativo para corroborar la identidad de la persona (Galvis, 2020) En caso de inscribirse y aprobar, el resultado no tendrá efecto alguno en el estatus migratorio de la persona y solo funcionará para la expedición del título de bachiller en Colombia. El acta de grado y título de bachiller re- cibido serán expedidos con el DNI venezolano inscrito para realizar la prueba (Galvis, 2020). En caso de contar con PPT, los estudiantes podrán ob- tener su título de bachillerato, abriendo la posibilidad de acceder a la Educación Superior en centros de estudios tecnológicos como el SENA o en universidades públicas o privadas. Desafíos y recomendaciones En educación, también hay una serie de puntos que requieren atención y representan un reto en cuanto a la situación migratoria venezolana en el país. Uno de ellos es la cobertura, que tiene mucho que ver con otros sectores que también representan un reto para mejorar las condiciones y derechos de los migrantes. Debido a los problemas con los encuentran a la hora de migrar, como la informalidad laboral y situaciones socioeco- nómicas precarias, en muchas ocasiones los menores trabajan también para aumentar los recursos familiares. O, por otro lado, los padres evitan llevar a sus hijos a las instituciones educativas, puesto que temen que su registro pueda terminar en la deportación (Banco Mundial, 2018). Asimismo, en algunas zonas del país, aumentan los ries- gos a la deserción escolar y a la cooptación y los abu- sos por parte de grupos armados organizados, bandas emergentes, economías ilícitas, redes de prostitución y de trata de personas. O de igual forma, la deserción escolar de migrantes venezolanos en Colombia también se ha dado por casos de xenofobia y al rechazo de los venezolanos por los mismos estudiantes colombianos (ACNUR, 2020). Aunque se ha facilitado el acceso a colegios públicos y privados a través de flexibilizar el proceso de inscrip- ciones en instituciones educativas a través de ciertas directrices del Ministerio de Educación, a nivel local todavía suceden casos en los cuales los colegios están negando el acceso a la educación a migrantes irregu- lares al no permitir procesos de matriculación fuera de los cronogramas escolares. Esto sucede más por desinformación de las rutas de atención que existen y que ha facilitado el gobierno nacional, que porque no existan mecanismos para ma- tricular a migrantes venezolanos en las instituciones educativas colombianas. No obstante, también hay que reconocer que hay ciertas instituciones educativas que no cuentan con los recursos suficientes para poder in- tegrar más estudiantes a sus escuelas. Otro desafío esta relacionado con el tipo de documen- tación de los NNA matriculados en el Simat, ya que, se- gún el Ministerio de Educación (2022), el 67,2 % están matriculados con tipo de documento (Número de iden- tificación establecido por la Secretaría de Educación), lo cual puede implicar que (i) no han accedido al ETPV; (ii) que están a la espera del PPT; o (iii) que cuentan con PEP, pero no han realizado la actualización de tipo de documento en la institución educativa. Ahora bien, la apostilla, como requisito para la lega- li- zación de documentos extranjeros, constituye hoy una barrera para que miles de profesionales venezolanos puedan ejercer sus carreras en Colombia. Puesto que no pueden validar sus títulos en Colombia. 20 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 fácilmente, estos migrantes que podrían contribuir en temas críticos como salud o educación, terminan por insertarse al mercado laboral a través de la informalidad y en puestos que no tienen que ver con sus perfiles profesionales. Esto también ha llevado a que los migran- tes cualificados terminen por irse a otros países donde los procesos de validación de títulos son más flexibles (Ramos & Rodríguez & Robayo, 2018). Teniendo en cuenta los anteriores retos, se recomen- daría no solo mejorar la infraestructura educativa en Colombia, sino trabajar en que las alianzasy la coor- dinación entre todas las instituciones colombianas sea más fuerte. Es claro que se tiene que ampliar la cober- tura educativa nacional de acuerdo con las necesidades departamentales y municipales, pero también debe ha- ber congruencia entre lo que se trabaja a nivel nacional, con lo que se implementa a nivel local. Además, existen otro tipo de estrategias en que los migrantes pueden colaborar con la situación. Por ejemplo, para evitar que algunos niños, niñas y adoles- centes no puedan ir al colegio por estar cuidando a sus hermanos menores, se pueden aumentar los cupos de guarderías y jardines infantiles e involucrar a madres comunitarias migrantes en el cuidado de niños y niñas migrantes. Igualmente, para eliminar las respuestas negativas de los colegios hacia la aceptación de migrantes venezolanos irregulares en sus instituciones, se podría desvincular a los colegios de las posibles acciones sancionatorias de Migración Colombia. El hecho de que existan sanciones de por medio, aleja a los migrantes y desincentiva a las instituciones educativas a aceptar estudiantes mi- grantes en condición irregular. Por último, como se ha explicado a lo largo del diplomado, las campañas comu- nicativas, considerando los postulados de la economía del comportamiento, deben formar parte esencial de las estrategias para divulgar la información tanto a las instituciones educativas, como a los migrantes. 21 Trabajo El tema laboral casi que sufre del mismo obstáculo que los anteriores sectores. Aunque el gobierno ha hecho un avance para facilitar la integración de los migrantes venezolanos al mercado laboral colombiano, las rutas de atención todavía siguen siendo desconocidas tanto para las empresas del país como para los migrantes ve- nezolanos. Es importante recalcar de nuevo el hecho de que la inserción del migrante al mercado laboral juega un rol crucial para la integración de estos a la sociedad colombiana y así poder acceder a los beneficios que trae la migración. Para agosto de 2020, todavía la inmensa mayoría de venezolanos trabaja en el sector informal. El Permiso Especial de Permanencia (PEP) fue la pri- mera herramienta con la que cuentó el migrante. Ac- tualmente, los ciudadanos venezolanos podrán trabajar en Colombia si tienen una visa que se los permita o el PPT. Una vez una persona venezolana sea contratada en Colombia, esta puede dirigirse a la Cancillería para expedir una visa de trabajo. No obstante, un previo contrato laboral es necesario, ya que sin este soporte no se puede tramitar la visa (Can- cillería, 2020). Este proceso también se puede hacer en línea en la página web de la Cancillería. Cabe aclarar, de nuevo, que, si el ciudadano venezolano tiene PPT, la empresa puede contratarlo con ese docu- mento de identificación. En este punto es la empresa o las personas naturales, las que están encargadas, en primer lugar, de pedirle la identificación al ciudadano venezolano, y de gestionar la visa de trabajo para el potencial empleado con el Ministerio de Relaciones Ex- teriores en Bogotá. Posteriormente, estas deberán realizar el reporte de su contratación y salida de la empresa ante Migración Co- lombia, ingresando la información a la plataforma Siste- ma de Información de Registros de Extranjeros (SIRE) de esta entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguiente al inicio o terminación del vínculo. Esto quiere decir que sí está permitido contratar a los venezolanos que posean el PPT. 22 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Ahora bien, ¿qué pasa con los migrantes en condición irregular? Mediante el Decreto 117 de 2020, los minis- terios de Trabajo y Relaciones Exteriores de Colombia crearon el Permiso Especial de Permanencia para el Fo- mento de la Formalización (PEPFF). Este fue un meca- nismo excepcional y transitorio diseñado para beneficiar a los venezolanos en condición irregular. Una vez una empresa o persona natural requieran contratar mano de obra venezolana de forma legal deben hacer la solicitud del PEPFF ante la página Web del Ministerio del Trabajo. Para esto, en el proceso se requiere que el empleador especifique la duración del contrato, el cargo a desem- peñar y el rango salarial. Además, este debe presentar el contrato laboral o de prestación servicios, copia de la cédula o del pasaporte del aspirante venezolano, copia del Registro Único Tributario vigente (si es persona na- tural). Si el empleador o contratante es persona jurídica, el Ministerio del Trabajo debe verificarlo en el Registro Único Empresarial (RUES). Si el Ministerio de Trabajo aprueba la solicitud, el ciu- dadano venezolano deberá presentarse ante uno de los Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia. En esa instancia se verificará la solicitud y en caso de ser aprobada, expedirán su PEPFF. Es importante tener en cuenta que el Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF) no reemplaza el pasaporte y no será válido como documento de viaje para salir y entrar al país. La vigencia corresponde al mismo tiempo de duración del contrato, que puede ser de dos meses a dos años. Este puede ser renovado y al hacerlo quedará a nombre del titular del documento. Si superado el término de vigencia del Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización el venezolano continúa en el país sin haber regularizado su situación migratoria, incurrirá en permanencia irre- gular y será objeto del proceso administrativo corres- pondiente. Los PEPs y PEPFFs que se encuentren vi- gentes al 1º de junio de 2021 tendrán una vigencia extendida hasta el 28 de febrero de 2023 y durante este tiempo el emplea- dor podrá contratar al trabajador con este documento, es decir, con PEP o PEPFF. Una vez el venezolano reciba el PPT, el PEP o PEPFF que tenía se cancelará y será reemplazado por el PPT. Las solicitudes para tramitar PEPFF fueron recibidas hasta el 21 de mayo de 2021 y se expidieron los mismos hasta el 28 de mayo de 2021;, posterior a esta fecha, en Colombia no se podrán expedir más PEPFF Para más información puede acceder a la Guia para la contratación laboral de refu- giados y migrantes venezolanos en la Re- pública de Colombia en el siguiente link: https://acortar.link/dEaY4X Para tener en cuenta... https://acortar.link/dEaY4X 23 Desafíos y recomendaciones Los desafíos con respecto al sector laboral y la migración venezolana empiezan, como en los otros sectores ya es- tudiados a lo largo de la unidad, por la desinformación. Aparte de que ni los migrantes, ni las empresas tienen claro cómo proceder para una contratación, tampoco existe un sistema de registro para retornados y migran- tes que proporcione información sobre sus perfiles laborales y formativos con el fin de tener un mapeo que permita orientar al migrante. (Proyecto Capstone, 2018). Además, que la mayoría de los venezolanos en Colom- bia estén en altas condiciones de vulnerabilidad y en ocasiones sin resolver su situación migratoria, estimula la informalidad, el subempleo y el desempleo; facilita el abuso laboral, la trata de personas y la inserción en economías ilícitas. A partir de que los migrantes opten por la informalidad en el trabajo, termina por imponer más obstáculos en otro sector, como por ejemplo en la afiliación y la cotiza- ción de estos al sistema de seguridad social. Esto genera un círculo vicioso, ya que al final esto representa ma- yores riesgos porque el migrante venezolano perpetúa su vulnerabilidad y costos para el Estado porque debe seguir gastando recursos para aliviar la crisis humanita- ria (Ramos & Rodríguez & Robayo, 2018). Por otro lado, no portar documentos, cartas de reco- mendación y/o certificados laborales de fácil comproba- ción, se ha convertido en uno de los mayores obstácu- los que impiden a los migrantes ingresar a un mercado laboral formal acorde a sus competencias. Portal moti- vo, resulta importante continuar con la flexibilización del reconocimiento de competencias y estudios laborales; apuesta del CONPES 4100 de 2022. Teniendo en cuenta lo anterior, se le debe dar prioridad a las campañas comunicativas de amplia difusión, na- cional, regional y local en las que se encuentren formas ingeniosas de comunicar tanto la información sobre las rutas de atención, pero también sobre la integración de los migrantes. Estas deben ser hechas a partir de la comprensión de los tipos de pensamientos de los migrantes y de las empresas contratantes. Así se pue- de consolidar un sistema de información que agrupe las vacantes públicas y privadas ofertadas para que los migrantes puedan acceder. 24 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Rutas de atención de venezolanos en caso de sufrir abusos a sus derechos en territorio colombiano Más allá de las rutas de atención para garantizarle salud, trabajo o educación a los venezolanos que han migra- do a Colombia, también existen instrumentos para que estos puedan denunciar cualquier tipo de abuso que puedan haber experimentado en territorio colombiano. Entre estos se pueden encontrar casos de estafas, ro- bos, trata de personas, tráfico de personas, abuso sexual o incluso feminicidios. Por ejemplo, según el reporte de casos de trata de personas del Observatorio de Trata del Ministerio del Interior, para diciembre de 2020, se presentaron 104 caos de víctimas de trata, de las cuales, 34 eran de origen venezolano. La orientación, atención y protección de derechos en Colombia cubre, por supuesto, también a los migrantes. Si se es víctima de algún delito, si se necesita interponer una denuncia o una demanda o si busca orientación para un caso puntual, existen vías para llevarlo a cabo. Entonces, ¿qué debe hacer entonces el migrante vene- zolano si es víctima de algún abuso? Para esto, existen una serie de instancias dentro del marco institucional colombiano al que pueden acudir. En primer lugar, están las personerías municipales que no exigen ningún tipo de requisito de nacionalidad para presentar alguna de estas quejas. En dichas personerías pueden recibir orientación, asistencia y protección de los derechos humanos; activación de rutas de atención y el restablecimiento de derechos; u orientación y remi- sión a las rutas de atención institucional. Para acceder a estas ayudas, basta con acercarse a la personería del municipio donde se encuentre el migrante (Fundación Panamericana para el Desarrollo, 2019). En segundo lugar, la Defensoría del Pueblo, de igual manera puede ofrecerle a los migrantes orientación, asistencia y protección de los derechos humanos; ase- soría jurídica con especialidad en: derechos humanos, civil, familia, administrativo, laboral y penal; acompaña- miento psicosocial con enfoque de género; orientación y remisión a las rutas de atención institucional para per- sonas provenientes de Venezuela. De igual forma, no se necesita de ningún requisito, ni ninguna restricción para acercarse a su oficina en busca de la ayuda men- cionada anteriormente (Fundación Panamericana para el Desarrollo, 2019). Por último, la Fiscalía General de la Nación es el ente encargado de la recepción, trámite e investigación de denuncias por delitos que vulneren derechos humanos y delitos de violencia sexual basados en género. En ca- sos de tráfico y trata de personas la Fiscalía ha dispuesto una línea gratuita nacional para poner en conocimiento de las autoridades cualquier situación de aquella natu- raleza: línea gratuita nacional: 018000522020 y línea de emergencia: 122. 25 En conclusión, la migración venezolana en Colombia es un asunto que no tiene precedentes en la historia del país. Incluso, Colombia ha sido reconocido por las Naciones Unidas como el segundo país con más refugia- dos en el mundo, solo por debajo de Turquía (ACNUR, 2021). El flujo migratorio de venezolanos ha resulta- do en una demanda masiva de servicios y derechos al Estado colombiano. Es por este motivo que se hace imperativo el trabajo conjunto y coordinado de todas las instituciones colombianas. Colombia, voluntariamente, se ha inscrito a una serie de responsabilidades jurídicas internacionales para tener unos parámetros de cómo responder ante un contexto migratorio como este como se explicó en la Unidad 1. Estas obligaciones, que valga la redundancia deben ser cumplidas, no solo fueron ratificados en el plano inter- nacional, sino que generaron leyes y normas en la cons- titución colombiana y hacen parte del marco jurídico por el cual se rige el Estado en temas como refugiados, apátridas, entre otros. Ahora bien, tal cual como se desarrolló en la unidad 2, el fenómeno migratorio en Colombia es mixto. Esto quiere decir que existen varios perfiles migratorios, los cuales merecen un enfoque diferente para atender sus nece- sidades básicas, así como su integración en la sociedad. Es más, que existan estos perfiles migratorios, hace que los números que maneja la comunidad internacional con respecto a Colombia y el flujo migratorio venezolano, queden cortos. Además de los 2.5 millones de migrantes con vocación de permanencia (Migración Colombia, 2022), también están los migrantes en tránsito, los colombianos re- tornados y los migrantes pendulares. En ese orden de ideas, como la unidad 2 lo resalta, se necesita de solu- ciones no solo en el plano humanitario, sino también en el plano del desarrollo. Si se integra al grueso de la migración venezolana en la sociedad colombiana, con esta vendrán beneficios para el país como el crecimiento económico. No obstante, detrás de estas soluciones, quienes las diseñan y las implementan, así como quienes viven las consecuencias de esta toma de decisión son seres hu- manos. Esto quiere decir que, en un tema, que va mu- cho más allá de solo lo económico, se deben entender las motivaciones y los tipos de pensamiento de los suje- tos involucrados en este proceso. La economía del com- portamiento da herramientas para comprender cómo el pensamiento automático, la sociedad o los modelos mentales influyen en la manera en que la información se absorbe, se procesa y se recuerda. CONCLUSIONES 26 Rutas de atención y acceso al ejercicio y goce de los derechos fundamentales.UNIDAD 5 Debido a lo anterior, la unidad 7 trae la economía del comportamiento a colación. El Estado colombiano ha tenido avances significativos, así como soluciones inge- niosas y creativas en la forma de abordar la migración venezolana en el país. Estos avances, aunque están vi- gentes en las normativas colombianas, muchas veces no llegan al conocimiento de los migrantes, de las comuni- dades de acogida, e incluso de ciertos gobiernos locales. Esta es la razón por la cual la unidad 7 toma la econo- mía del comportamiento como base para poder idear estrategias comunicativas que contribuyan a que dichos avances se reflejen en las mentes de las personas. De esta forma, se apuntaría a incrementar la integración de los migrantes a la sociedad colombiana, así como a combatir los brotes de xenofobia en contra de los venezolanos en el país. Por último, la unidad 5 toma nota de las anteriores uni- dades y explica las rutas de atención que tienen los migrantes para acceder a sus derechos en Colombia en cuanto a regularización, salud, educación y trabajo. Asimismo, se resaltan los diferentes retos que todavía existen a pesar del gran esfuerzo del gobierno colom- biano, y se hacen una serie de recomendaciones para poder superar estos obstáculos. La coordinación insti- tucional y la forma en que se transmite la información es un asunto vital. 27 ACNUR (2020) Guía para los solicitantes de la condición de refugiado en Colombia. https://www.acnur.org/5b- 6ca2554.pdf Banco Mundial, (2018). Migración desde Venezuela a Colombia. Im- pactos y Estrategia de Respuesta en el Corto y Mediano Plazo. https://openknowledge.world-bank.org/bitstream/handle/10986/30651/131472SP. pdf?sequence=3&isAllowed=y Colombia Nos Une (2020) Lo que usted debería saber sobre la Ley Re- torno: la Ley de los colombianos que regresan del exterior. https://www.colombianosune. com/noticia/lo-que-usted-deberia-saber-sobre-la- ley-retorno-la-ley-de-los-colombianos-que-regresan- del-exterior#:~:text=La%20Ley%201565%20de%20 2012,al%20retorno%20de%20los%20connacionales Fundación Panamericana para el Desarrollo (2019) El Acceso a los De- rechos de los Migrantes en Colombia. Cartilla Práctica e Informativa. Universidad del Rosa- rio. Organización para los Estados Americanos. https:// www.oas.org/es/sadye/documentos/FUPAD_Carti- llaDerechos.pdf Galvis, D (2020) Venezolanos podrán presentar prueba Icfes solo con su cédula de identidad. Proyecto Migra- ción Venezuela. https://migravenezuela.com/web/arti- culo/venezolanos-podran-presentar-prueba-icfes-so- lo-con-su-cedula-de-identidad-/2047 Migración Colombia (2020) Permiso Especial de Perma- nencia. Exclusivo para ciudadanos venezolanos. https:// apps.migracioncolombia.gov.co/certificadosVEN/pu- blic/permisoEspecial.jsf Ministerio de Educación (2020) Proyecto de Decreto, Permiso Especial de Permanencia-E. https://www.mi- neducacion.gov.co/portal/secciones-complementa- rias/Proyectos-normativos-para-observaciones-ciu- dadanas/393214:Proyecto-de-decreto Ministerio del Interior. Observatorio de trata de Perso- nas (2020). https://tratadepersonas.mininterior.gov.co/ sites/default/files/vtp-30-12-2020.pdf Ministerio de Salud (2020) Afiliación al sistema gene- ral de seguridad social en salud de extranjeros y co- lombianos retornados. https://www.minsalud.gov.co/ proteccionsocial/Paginas/afiliacion-al-sistema-de-se- guridad-social-en-salud-de-extranjeros-y-colombia- nos-retornados.aspx Ramos, F, Rodríguez, R & Robayo, M (2018) Retos y Oportunidades de la Movilidad Humana Venezolana en la Construcción de una Política Migratoria Colombiana. 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Las políticas de Colombia frente a la migración prove- niente de Venezuela: https://www.minsalud.gov.co/ sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/IGUB/ politica-migracion-acoger-integracion-crecer.pdf SISBEN (2020) Sisbén para venezolanos. https://con- sultarsisben.com/sisben-para-venezolanos/ Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos y Desas- tres (2020) Preguntas frecuentes de ciudadanos vene- zolanos, http://portal.gestiondelriesgo.gov.co/RAMV/ SiteAssets/SitePages/Documentos/Ruta%20de%20 atencio%CC%81n%20para%20migrantes%20venezo- lanos%20en%20Colombia%20-%20Final.pdf REFERENCIAS https://www.acnur.org/5b6ca2554.pdf https://www.acnur.org/5b6ca2554.pdf https://openknowledge.worldbank.org/bitstream/handle/10986/30651/131472SP.pdf?sequence=3&isAllowed=y https://openknowledge.worldbank.org/bitstream/handle/10986/30651/131472SP.pdf?sequence=3&isAllowed=y https://openknowledge.worldbank.org/bitstream/handle/10986/30651/131472SP.pdf?sequence=3&isAllowed=y 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