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Ley de enfermeria (incumbencia, competencia, deberes y derechos) ejemplos

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Ley de enfermeria (incumbencia, competencia, deberes y derechos) ejemplos
Ley 12.245/24.004
Artículo 2: cumplir funciones de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud,
así como la prevención de enfermedades realizadas de forma autónoma dentro de
los límites de competencia.
Artículo 3 : dos niveles para el ejercicio de la enfermería..
- Profesional: Aplicación de un cuerpo sistemático de conocimientos para la
identificación y resolución de las situaciones de salud enfermedad sometidas
al ámbito de su competencia.
- Auxiliar: consiste en la práctica de técnicas y conocimientos que contribuyan
al cuidado de enfermería, planificados y dispuestos por el nivel profesional y
ejecutados bajo su supervisión.
Incumbencia: son el marco legal que determina el ejercicio profesional e indica la
capacidad potencial que posee dichos profesionales y que han adquirido durante la
formación teórico-práctica.
Competencia: brindar cuidados de enfermería a las personas con problemas de
salud de mayor complejidad asignando el personal a su cargo acciones de
enfermería de acuerdo a la situación de las personas a nivel de preparación y
experiencia.
Ejemplo: asesorar sobre los aspectos de su competencia.
Responsabilidad legal: hacerse responsable del incumplimiento de y daños teniendo
que pagar o indemnizar el error causado.
El código de las normas morales exigen obligatoriedad, es decir que el sujeto está
obligado a cumplir con el deber moral.
La ignorancia no exime la responsabilidad moral.
Hay que hacerse cargo de las necesidades básicas del paciente como
responsabilidad civil.
ejercer enfermería como profesional conlleva el riesgo de incurrir en conductas que
constituyen infracciones a la normativa jurídica. Pueden suceder tanto voluntaria
como involuntariamente al igual que una mala práctica.
Derecho a ejercer:
- Libre elección de la profesión.
- Acceso al colegio profesional.
- Trato igualitario ( tanto al ingresante como ejerciendo la profesión).
- Libre cambio de profesión.
- Derecho a la promoción profesional.
- Derecho económico con respecto al ejercicio de la profesión.
- Derecho a ejercer y prestar sus servicios en cualquier parte del territorio
nacional ( Argentina).
Conceptos de negligencia, impericia, mala praxis e imprudencia.
Negligencia: por descuido, omisión o abandono del paciente que le provoque un
daño.
Impericia: debido a la falta de habilidad.
Ignorancia: no cuenta con los conocimientos necesarios y esperados.
Delito culposo: se ocasionan daños pero sin intención de dañar debido a las
anteriores puntos.
Código internacional de enfermería ( principios éticos)
Principios éticos:
- Integridad: actuar con el mayor sentido de moralidad y el comportamiento
debe ser profesional.
- Objetividad: ser honesto, justo y estar libre de todo conflicto personal cuando
dirige la intervención a los usuarios.
- Beneficencia: hacer el bien, defender la vida y brindar cuidados que ayuden a
restablecer la salud del individuo.
- Respeto a las personas. Respetar sin distinción de credo, sexo, respetar su
vida e individualidad.
Secreto profesional: “ aquellos que jamás se debe trascender” Hace referencia al
compromiso, a la promesa o el pacto tácito de no divagar lo conocido durante el
desempeño de una profesión. el secreto como obligación del profesional y la
confidencialidad como un derecho del usuario.
Consentimiento informado (que es? características, Cuáles son los casos en
los que no son necesarios la firma de cl
Es “ la aceptación autónoma de una intervención o la elección entre cursos
alternativos posibles”.
El Ci es una forma distinta de resolver el problema de quien toma las decisiones el
ci es un derecho del enfermo, pero no es un derecho limitado.
Comité de bioética, ¿de qué es responsable? objetivos.
Son grupos interdisciplinarios con una visión amplia ante los dilemas analizando
casos soluciones teniendo en cuenta la revisión ética aprobación y seguimiento de
obligaciones.
Su fin es proteger integridad, bienestar y dignidad de los derechos humanos y
libertades fundamentales. Su competencia es elevar la pertenencia y revisión
metodológica y ética.
Código deontológico
La enfermera y las
personas
La enfermera y la
práctica
La enfermera y la
profesión
La enfermera y
sus compañeros
de trabajo
Responsabilidad
profesional para
todas las personas
que necesiten
cuidados de
enfermería.
Ser responsable y
rendir cuentas de
la práctica y del
mantenimiento de
su competencia
mediante la
formación
continua.
Función principal
al establecer y
aplicar normas
aceptables de la
práctica clínica,
gestión,investigaci
ón y formación de
enfermería.
Mantener una
relación
respetuosa de
cooperación con
las personas con
las que trabaje y
en sus sectores.

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