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Derecho Penal Presentacion de Generalidades

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Cuadro Sinóptico
Samuel Ebenezer Martinez Paredes
6°B | Derecho | Derecho Penal
Introducción
• El presente documento se refiere a la presentación de unos temas que tienen que ver con la materia en curso, referida al derecho
penal; se desarrollaran tres temas que, aunque estén relacionados en si, son temas que prácticamente se tienen que tomar por
separado, una vez mencionando lo anterior, es necesario que se muestren los temas que se presentaran a continuación:
• El Derecho Penal y su Evolución Histórica a través de las Ideas.
• Glosario de términos y conceptos jurídicos.
• Antecedentes Históricos de las Ideas Penales.
• Para lograr el desarrollo de esta actividad, se utilizara el material proporcionado por la plataforma de la universidad y por el docente,
utilizando como referencia los puntos además, buscare en algunos otros medios un poco mas de información para poder enriquecer
mas los temas y que los temas queden mejor comprendidos por los lectores del presente documento, además con el propósito de
organizar la información y que de cierta forma queden un poco mejor explicada; una vez mencionado todo lo anterior, es necesario que
comience a desarrollar los temas uno por uno.
DERECHO PENAL.
• Comencemos este tema brindando dos definiciones de lo que es el Derecho penal, nos centraremos en las definiciones desde el punto
de vista Subjetivo o Ius Puniendi y el punto de vista Objetivo Ius Poenale, de diferentes autores:
• Desde el punto de vista Subjetivo (Ius Puniendi):
“Es donde el estado es el único ente soberano que tiene la facultad de imponer penas a aquellas personas que transgredan la
norma jurídica. Se ha establecido que es Derecho del Estado determinar los delitos, señalarlos como tal, imponiendo y ejecutando
las penas correspondientes o bien las medidas de seguridad en su caso.”
• Desde el punto de vista Objetivo (Ius Poenale):
Hans Welzel: “El Derecho Penal es la parte del ordenamiento jurídico que determina las acciones de naturaleza criminal y las
vincula con una pena o medida de seguridad.”.
Claus Roxin: “El Derecho Penal trata las conductas conminadas con pena en cuanto a sus presupuestos y consecuencias.”
Caracteristicas del 
Derecho Penal.
Normativo. Valorativo. Finalista.
Derecho 
Público.
Carácter 
Positivo.
Sancionador.
Preventivo y
Rehabilitador. Subsidiario y de Intervención Mínima.
Ya que cuenta con preceptos legales
que contienen mandatos dirigidos a la
persona sobre su conducta humana en
la que pretenden condicionarlo por
medio de sanciones.
Porque se encuentra ordenado conforme a una jerarquía, dentro
de la cual existen valores de mayor o menor importancia. Al
Derecho Penal le corresponde la protección de los valores de
mayor importancia dentro del conglomerado, por eso su naturaleza
es eminentemente valorativa. Este funciona como un sistema
tutelar de los valores más altos, interviene ante las infracciones
que vulneran los valores fundamentales de una sociedad.
Asienta sus normas sobre la realidad,
para hacerlas más justas y eficaces, sin
embargo no es la realidad social el
objeto influyente de las preocupaciones
científicas del Derecho. El Derecho trata
sobre conductas y por lo mismo tiene un
carácter finalista.
Porque sólo el Estado es capaz
de crear normas que definan los
delitos y por consiguiente les
imponga sanciones a aquellas
personas que trasgredan las
normas jurídicas, atendiendo el
principio de legalidad.
Puesto que es
fundamentalmente jurídico, ya
que es un Derecho Penal
vigente que solamente el
Estado ha promulgado con ese
carácter.
Ya que cuenta con preceptos legales
que contienen mandatos dirigidos a la
persona sobre su conducta humana en
la que pretenden condicionarlo por
medio de sanciones.
Se ha caracterizado, por castigar, reprimir, imponer una pena, con
carácter retributivo a la comisión de un delito, y por tal
circunstancia es de naturaleza sancionadora, entendido que la
pena era la única consecuencia del Delito.
Ya que se debe utilizar únicamente de
forma supletoria en caso que los medios
de control social no hayan servido para
neutralizar las conductas antisociales
ósea que, debe ser aplicado como un
último recurso del Estado contra la
agresión delictiva.
• Época Primitiva: El hombre primitivo en esta época tuvo a menos la importancia de la causalidad de los hechos antisociales y
delictuosos y cuando la descubrió, siempre la atribuyó a la acción de potencias míticas, donde nació el Tabú y el Tótem.
• Tabú: Tenía diferentes finalidades entre las que se encuentran la prohibición de comer determinados alimentos, la protección de
los personajes importantes, la prohibición de realizar determinadas prácticas familiares, la defensa de las personas débiles, etc.
• Tótem: Constituyó la base de organización social primitiva; de él emanaron normas de respeto (prohibición de relaciones
sexuales entre los integrantes de un mismo tótem), mutua consideración entre los miembros del grupo y un sentido de
solidaridad ante los hechos antisociales. Cuando se cometía un delito, todos los miembros del clan debían responder por el
infractor, y el clan del ofendido podía exigir solidariamente la expiación del hecho.
• La venganza de la sangre: En esta época, fue cuando se cometía un delito se consideraba que constituía una ofensa a la
víctima y a sus parientes, quienes estaban facultados para hacerse justicia por mano propia.
SU EVOLUCIÓN HISTÓRICA A TRAVÉS DE LAS IDEAS O 
CORRIENTES PENALES.
• Expulsión de la comunidad de paz (o persecución): se dio contra los integrantes de un mismo clan o tribu que violaban o
perturbaban la paz del grupo social al que pertenecían y por lo mismo se hacían acreedores a la expulsión del seno del grupo al
que pertenecían. La expulsión de la comunidad de la paz, hecha por la misma tribu, condenaba al culpable a la pérdida de toda
protección social y a una vida errante, solitaria y expuesta a peligros como la muerte y la esclavitud como castigo a su mala
conducta.
• La Ley del Talión: Es la reacción ilimitada de los grupos que por medio de la venganza de la sangre se masacraban
inmisericordemente; esta postuló como principio rector de la vida social la retribución de un mal por otro igual: “Ojo por ojo;
diente por diente; mano por mano”.
• La composición: Consiste en sustituir la pena por un delito cometido, pagando el ofensor una cantidad en dinero a los
parientes de la víctima y así resarcir el daño causado y prevenir un castigo o bien una sanción. Esta suma recibió los nombres
de “Cantidad de Expiación” y de “Dinero de la Paz”.
• Época de la Venganza Divina: La justicia penal se ejecutó en el nombre de Dios, los jueces juzgan en su nombre (generalmente eran
sacerdotes, los que representando a la voluntad divina administraban justicia), y las penas se imponían para que el delincuente
expresara o reconociera su delito y la divinidad depusiera su cólera y castigo.
• Época de la Venganza Pública: El poder público (representado por el Estado), ejerce la venganza en nombre de la colectividad o de
los individuos cuyos bienes jurídicos han sido lesionados o puestos en peligro. La pena para ciertos delitos trascendía hacia los
descendientes del reo; y ni la tranquilidad de las tumbas se respetaba, pues se desenterraban los cadáveres y se les procesaba.
• Época Humanitaria: La etapa humanitaria del Derecho Penal
comienza a finales del siglo XVIII con la corriente intelectual del
“Iluminismo” y los escritos de Montesquieu, D. A Lambert, Voltaire y
Rousseau.
• Período Científico del Derecho Penal: Produjo una gran
transformación en el contenido y estudio del Derecho Penal,
este campo fue invadido por las ciencias naturales agrupadas
a lo que más tarde se le denominó la Enciclopedia de Ciencias
Penales. Estaban en contra del Derecho Penal Clásico y como
reacción contra las ideas postuladas durante el período
humanitario de nuestra ciencia.
• La escuela Clásica: Se consideró al Derecho Penal como una
ciencia jurídicaque debía formar parte de los límites que marca la ley,
sin dejar nada al arbitrio del juez, cuyo fundamento debía ser la
justicia limitada a las necesidades de defensa, buscando con ello la
tutela jurídica, a través del estudio de tres temas fundamentales: el
delito, la pena y el juicio penal, se analizaron temas con respecto al
método, al delito, a la pena y al delincuente.
• La Escuela Positivista: Esta disciplina pierde su autonomía, como
ciencia jurídica, y se considera como una parte de las ciencias
fenomenalitas, especialmente como una simple rama de la Sociología
Criminal. Enrico Ferri sostenía: “la Antropología y la Estadística
Criminal, así como el Derecho Criminal y Penal, no son más que
capítulos diferentes de una ciencia única que estudia el delito
considerado como fenómeno natural y social”. Donde también se
analizaron temas con respecto al método, al delito, a la pena y al
delincuente, intentando contradecir a la escuela clásica o bien, crear
un nuevo sistema de pensamiento.
• Escuelas Intermedias: Se analizaran solo dos escuelas intermedias,
estas escuelas fueron creadas con el propósito de conciliar los
postulados de las dos escuelas referidas anteriormente utilizando
postulados de ambas escuelas.
• La Terza Scuola Italiana: concuerda y tiene intima relación con
la Escuela Positiva estimando el delito como fenómeno
individual y social, no como un ente jurídico y reconoce que
sobre el delincuente influyen una serie de factores.
• La Terza Scuola Italiana: El delito debe ser considerado como un fenómeno individual y social; la imputabilidad no puede
asentarse sobre el libre albedrío y debe basarse en la responsabilidad moral y no en la responsabilidad social; la pena cumple
una función importante como lo es la defensa social que actúa mediante la coacción psicológica, sentida por los asociados
como sanción; los responsables deben ser sometidos a medidas defensivas penales y los irresponsables deben ser sometidos a
medidas defensivas pero no penales; el Derecho Penal es una ciencia jurídica y no forma parte de la Sociología Criminal.
• La Escuela de la Política Criminal: Su misión particular del Derecho Penal es la defensa de los intereses especialmente dignos y
necesitados de protección, por medio de la amenaza y la ejecución de la pena, se consideraba como un mal contra el
delincuente. Una definición de política criminal es el “Conjunto sistematizado de principios conforme a los cuales debe el Estado
organizar la lucha contra la criminalidad”.
• Época del Derecho Penal Autoritario: Es lo contrario al Derecho Penal Individualista, Liberal, nacido de la influencia del siglo de las
Luces y de la Revolución Francesa. Postuló de manera fanática el culto a la protección y respeto del Estado y para tal finalidad nulificó
el principio de legalidad y aceptó, en contra de la corriente dominante la aplicación de la analogía, lo cual en la actualidad es totalmente
prohibida.
• El Derecho Penal Contemporáneo: actualmente existe unidad de criterio en toda la doctrina en cuanto a que el Derecho Penal es una
ciencia autónoma eminentemente jurídica para tratar los problemas relativos al delito, al delincuente, a la pena y a las medidas de
seguridad; mientras que las ciencias penales o criminológicas que tienen el mismo objeto de estudio, lo deben hacer desde el punto de
vista antropológico, sociológico y psicológico criminal.
Glosario de términos y conceptos 
jurídicos.
• Absolución perentoria: Facultad de un tribunal para examinar la suficiencia de la prueba de cargo y decretar a base de dicho examen, la no
culpabilidad de un acusado.
• Acusada: Persona imputada de delito contra quien se ha presentado una acusación.
• Afidávit: Declaración jurada.
• Agravio Ofensa o perjuicio.
• Agresión: Toda persona que ilegalmente, por cualquier medio o forma, cause a otra una lesión a su integridad corporal.
• Corpus delicti Expresión latina que significa “cuerpo del delito”; objeto que prueba la existencia del delito: en un asesinato, el cadáver.
• Cuerpo del delito Cuerpo del delito se llama a todos los elementos mediante los cuales se cometió un acto criminal y que permiten probarlo,
evidenciando su existencia, pueden ser elementos materiales, huellas, rastros, o todo indicio que la criminalística pueda recoger. Constituye el
conjunto de elementos materiales que permite al juez obtener certidumbre sobre la comisión de un delito. El cuerpo del delito es particular para
cada acto criminal, por ejemplo, la cosa robada; el cuerpo de la víctima, ETC.
• Declaración Jurada: Manifestación personal escrita, donde el declarante asegura la veracidad de su contenido bajo juramento, ante
notarios, autoridades administrativas o judiciales. Como consecuencia se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que
se pueda acreditar lo contrario.
• Denuncia: Es la querella que formula la policía, la cual sirve de base para la determinación de causa probable para arrestar.
• Doble exposición: Precepto según el cual una persona no puede ser expuesta a juicio más de una vez por el mismo delito.
• Dolo: Engaño, simulación, fraude. En los delitos, voluntad intencional, propósito de cometerlos; engaño que influye sobre la voluntad
de otro para la celebración de aquéllos; también la infracción maliciosa en el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
• Fianza en el ámbito criminal, (Rama Judicial): La fianza es el derecho constitucional que tiene toda persona arrestada por la supuesta
comisión de un delito a permanecer en libertad hasta que se le celebre juicio y se dicte sentencia, mediante el pago de una suma de
dinero o garantizando dicho pago con una propiedad o por mediación de una compañía de fianzas o quedado sujeto a las condiciones
impuestas por la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio.
• Fraude: Engaño, inexactitud consciente, dolo, abuso de confianza, que produce o prepara un daño, generalmente material.
• Homicidio: Toda muerte intencional causada como resultado de súbita pendencia o arrebato de cólera.
• Homicidio negligente: Toda persona que ocasione la muerte a otra por negligencia incurrirá en delito menos grave.
• Venia: Permiso o licencia que un abogado solicita al Tribunal para dirigirse a él.
Antecedentes Históricos de las Ideas 
Penales.
• LA VENGANZA PRIVADA: Se le conoce también conoce también como la venganza de la sangre por que sin dudase originó por el
homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre.
• LA VENGANZA DIVINA: Se estima el delito una de las causas del descontento de los dioses; por eso los jueces y tribunales juzgan en
nombre de la divinidad ofendida pronunciando sus sentencias imponiendo las penas para satisfacer su ira logrando el desistimiento de
su justa indignación.
• LA VENGANZA PÚBLICA: En este período la humanidad, puntualiza Carranza y Trujillo agudizo su ingenio para inventar suplicios,
para vengarse con refinado encarnizamiento; la tortura era una cuestión preparatoria durante la instrucción y una cuestión previa antes
de la ejecución, a fin de obtener revelaciones o confecciones. Nacieron los calabozos ("Oubliettes" de oublier, olvidar, donde las
víctimas sufrían prisión perpetua en subterráneos); la jaula, de hierro o de madera; la argolla pesada, pieza de madera cerrada al
cuello; el "pilori", rrollo o picota en que cabeza y manos quedaban sujetas y la víctima de pie.
• - LA ETAPA CIENTÍFICA: Se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto del
delincuente. Considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere llevar a cabo un estudio de
personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el por qué del crimen, saber cuál es el tratamiento adecuado
para readaptar al sujeto y, sobre todo, prevenirla posible comisión de delitos.
• ESCUELAS JURÍDICOPENALES: Igualdad de derechos se colige que el hombre nace en igualdad en cuanto a sus derechos,por lo
cual, la ley debe de aplicarse de la misma manera a todos los hombres, por provenir de la misma circunstancia de igualdad. El delito
como eje y como entidad jurídica El punto de partida de la problemática penal, lo constituye el delito, que es una entidad meramente
jurídica; así, importa más lo objetivo que lo subjetivo. Método empleado el objeto determina el método en la investigación, de manera
que esta escuela sigue el deductivo (ir de lo general a lo particular). También se conoce como método especulativo, lógico abstracto,
teleológico o finalista.
• ESCUELAS ECLÉCTICAS: aceptan y niegan postulados, tanto de la escuela clásica como de la positivista y excepcionalmente aportan
algo propio y significativo. El delito es un hecho individual y social, se e interesa por el delincuente, más que por el delito, señala las
ventajas del método inductivo, adopta la investigación científica del delincuente, considera la responsabilidad moral, distingue entre
imputables e inimputables, etc.
• ESCUELA SOCIOLÓGICA: Nace en Alemania y postula que la pena tiene como fin conservar el orden jurídico, emplea los métodos
jurídico y experimental, concibe al delito como fenómeno jurídico y natural, considera que los factores criminógenos son individuales,
físicos, sociales y económicos, afirma que la pena es una necesidad, al derecho penal le debe interesar el conocimiento científico de
los delitos y las penas, la responsabilidad penal de debe basar en la capacidad para entender y querer.
Conclusión
• Como conclusión, puedo mencionar que el estudio dedicado a esta rama del derecho, tiene muchas situaciones por analizar, no solo al
delito como tal, si no que también el comportamiento o la acción de la persona, así como también intentar explicar el ¿Porque?,
además de la imposición de las penas y la investigación del imputado.
• Para ser honesto, este es uno de los temas en las que las corrientes del pensamiento se han elaborado mas teorías acerca de esto
mismo, y para ser honesto, se necesita un estudio mas detallado, ya que realmente se tiene que buscar una nueva forma para poder
mejorar el derecho penal, establecer nuevas formas de aplicarlo, etc.
• Los estudiosos del derecho penal a mi punto de vista, tienen que fijarse en muchas otras ramas del derecho también, y no solo eso, si
no que tienen que realizar un estudio completo hasta en otras materias del derecho, así como también un estudio y un análisis en otras
disciplinas que se encuentran hermanadas, por lo que a mi punto de vista, es una de las ramas del derecho con mayor complejidad y
en la practica se necesita tener un conocimiento muy amplio de la teoría, para poder buscar una alternativa distinta de solución al
conflicto mas eficiente.
Bibliografía
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95127/mod_resource/content/0/3.1%20Derecho%20Penal%20y%20su%20Evolucion%20Histotica%20a%20traves%20de%
20las%20Ideas.pdf
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95130/mod_resource/content/0/3.2%20Glosario%20de%20terminos%20y%20conceptos%20juridicos.pdf
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95126/mod_resource/content/0/3.3%20Antecedentes%20Historicos%20de%20las%20Ideas%20Penales.pdf
• https://www.youtube.com/watch?v=Vzs5AXz9xnY
• http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95128/mod_resource/content/0/3-A%20Historia%20del%20Derecho%20Penal.pdf
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95127/mod_resource/content/0/3.1 Derecho Penal y su Evolucion Histotica a traves de las Ideas.pdf
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95130/mod_resource/content/0/3.2 Glosario de terminos y conceptos juridicos.pdf
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95126/mod_resource/content/0/3.3 Antecedentes Historicos de las Ideas Penales.pdf
https://www.youtube.com/watch?v=Vzs5AXz9xnY
http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/95128/mod_resource/content/0/3-A%20Historia%20del%20Derecho%20Penal.pdf

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