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Tratamiento de aguas residuales Presentacion

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TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
GUTIERREZ CONTRERAS FERNANDA BERENICE
ÍNDICE DEL
DOCUMENTO
COMPETENCIAS
INTRODUCCION 
AUTORIDADES COMPETENTES
NORMATIVIDAD APLICABLE
BIBLIOGRAFIAS
PROCESO
COMPETENCIAS1
PROFESIONALES
DISCIPLINARES
GENERICAS
Básicas
18. Interpreta los resultados de los análisis practicados al agua.
19. Revisa y monitorea sistemáticamente la calidad de las aguas de abastecimiento y de las descargas de aguas
residuales.
20. Vigila el cumplimiento de la normatividad vigente en los afluentes de las plantas potabilizadoras y de
tratamiento de aguas residuales.
21. Vigila el correcto funcionamiento de los procesos de tratamiento de agua en las plantas y realizan los ajustes
de operación que determina el laboratorio de control de proceso.
Extendida
3. Supervisa la operación de plantas de potabilización y tratamiento de aguas residuales para el control de
procesos de calidad del agua.
Básica:
Ciencias Experimentales
4. Obtiene, registra y sistematiza la información para responder a preguntas de carácter científico, consultando
fuentes relevantes y realizando experimentos pertinentes.
Participa con responsabilidad en la sociedad
11. Contribuye al desarrollo sustentable de manera crítica, con acciones responsables.
Atributos:
11.2 Reconoce y comprende las implicaciones biológicas, económicas, políticas y sociales del daño ambiental en un
contexto global interdependiente. 
COMPETENCIAS
INTRODUCCION 2
IMPORTANCIA E
IMPACTO DE LAS
PLANTAS DE
TRATAMIENTO DE
AGUAS RESIDUALES
(PTAR)
Una Planta de Tratamiento de Aguas
Residuales (PTAR) tanto Industrial
(PTARI) como Doméstica (PTARD) es
un requisito importante para la
conservación de vida en el planeta y
el cuidado del agua. Con el tiempo, se
han mejorado los métodos y
aplicaciones para el tratamiento de
aguas residuales. Muchas de estas
tecnologías para el tratamiento de
aguas, permiten una recuperación de
recursos y se dan un valor importante
al residuo que se genera.
Una Planta de Tratamiento de
Aguas Residuales – PTAR realiza la
limpieza del agua usada y las aguas
residuales para que pueda ser
devuelto de forma segura a nuestro
medio ambiente.
Tratamiento preliminar y primario,
que elimina 40-60% de los sólidos.
Tratamiento secundario, que
elimina aproximadamente el 90%
de los contaminantes y completa
el proceso para la parte líquida de
las aguas residuales separadas.
Tratamiento Terciario y
eliminación de lodos (biosólidos).
El tratamiento de aguas residuales se
realiza básicamente en tres etapas:
Eliminación de sólidos
Reducción de la materia orgánica y
los contaminantes – bacterias útiles y
otros microorganismos naturales que
consumen materia orgánica en las
aguas residuales y que luego se
separan del agua.
Restaurar el oxígeno – el proceso de
tratamiento asegura que el agua
puesta de nuevo en nuestros ríos o
lagos tiene suficiente oxígeno para
soportar la vida.
https://spenagroup.com/planta-de-tratamiento-de-aguas-residuales/
https://spenagroup.com/tipos-tratamiento-agua-aguas-residuales/
PROCESOS3
Asentamiento de sól idos
PROCESO
 Consiste en la eliminación
de sólidos gruesos,
resultando en una
reducción de la carga
contaminante en sus
aguas residuales.
 TRATAMIENTO PRIMARIO
Tratamiento biologico
 Este tipo de Tratamiento
hace uso de Bacterias para
remover materia
Biodegradable Disuelta en
su Agua Residual.
TRATAMIENTO SECUNDARIO
Procesos f is icos y
quimicos
Consisten en procesos
físicos y químicos
especiales con los que se
consigue limpiar las aguas
de contaminantes
concretos: fósforo,
nitrógeno, minerales,
metales pesados, virus,
compuestos orgánicos,
etc.
TRATAMIENTO TERCIARIO
Remocion de sol idos
Eliminación del hierro 
Eliminación del
oxígeno 
Eliminación de los
fosfatos de las aguas
residuales domésticas.
Eliminación de nitratos
de las aguas 
 procedentes de la
industria.
TRATAMIENTO QUIMICO 
PROCESO
 Lechos oxidantes o
sistemas aeróbicos.
Post – precipitación.
Liberación al medio de
efluentes, con o sin
desinfección según las
normas de cada
jurisdicción.
 TRATAMIENTO BIOLOGICO
 Remoción de sólidos.
Remoción de arena.
Precipitación con o sin
ayuda de coagulantes o
floculantes.
Separación y filtración
de sólidos, el agregado
de cloruro férrico ayuda
a precipitar en gran
parte a la remoción de
fósforo y ayuda a
precipitar biosólidos.
TRATAMIENTO
FISICOQUIMICO
AUTORIDADES COMPETENTES4
INSTITUTO MEXICANO
DE TECNOLOGIA DEL
AGUA ( IMTA)
LA COMISION
NACIONAL DEL AGUA
(CONAGUA)
PROCURADURIA
FEDERAL DE
PROTECCION AL
AMBIENTE (PROFEPA)
COMISION FEDERAL
PARA LA
PROTECCION
CONTRA RIESGOS
SANITARIOS
(COFEPRIS)
AUTORIDADES COMPETENTES
NOM-001-SEMARNAT-2021
INSTITUTO NACIONAL
DE ECOLOGIA Y
CAMBIO CLIMATICO
(INECC)
SECRETARIA DE
MEDIO AMBIENTE Y
RECURSOS
NATURALES
(SEMARNAT)
SISTEMA
INTERMUNICIPAL DE
LOS SERVICIOS DE
AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO
(SIAPA)
AUTORIDADES COMPETENTES
NOM-001-SEMARNAT-2021
NORMATIVIDAD APLICABLE5
1
NORMA OFICIAL MEXICANA
NOM-001-SEMARNAT-2021, QUE
ESTABLECE LOS LÍMITES
PERMISIBLES DE
CONTAMINANTES EN LAS
DESCARGAS DE AGUAS
RESIDUALES EN CUERPOS
RECEPTORES PROPIEDAD DE LA
NACIÓN
OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION
La Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los
límites permisibles de contaminantes en las descargas de
aguas residuales, con el fin de proteger, conservar y
mejorar la calidad de las aguas y bienes nacionales.
Es de observancia obligatoria para los responsables de las
descargas de aguas residuales en cualquier tipo de cuerpo
receptor propiedad de la Nación.
La Norma no aplica a las descargas de aguas provenientes
de drenajes destinados exclusivamente para aguas
pluviales ni a las descargas que se vierten directamente a
sistemas de drenaje y alcantarillado municipales.
2
NORMA OFICIAL MEXICANA
NOM-001-SEMARNAT-2021, QUE
ESTABLECE LOS LÍMITES
PERMISIBLES DE
CONTAMINANTES EN LAS
DESCARGAS DE AGUAS
RESIDUALES EN CUERPOS
RECEPTORES PROPIEDAD DE LA
NACIÓN
OBSERVANCIA DE ESTA NORMA
La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial
Mexicana corresponde a la Secretaría, por conducto de la
Comisión y la Procuraduría, en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Las violaciones a la misma se sancionarán en los términos de
la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización y sus respectivos Reglamentos
en la materia, así como demás ordenamientos jurídicos
aplicables.
BIBLIOGRAFIAS
https://spenagroup.com/planta-tratamiento-aguas-residuales-ptar/ 
https://agua.org.mx/wp-content/uploads/2022/03/DOF-NOM-001-SEMARNAT-2021.pdf

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