Logo Studenta

Ahorro para el Retiro_Resumen

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

Página 1 de 11 
 
 
VI. Ahorro para el Retiro 
 
VI.I Antecedentes 
¿Qué es el retiro?, ¿De qué vas a vivir cuando te retires? o ¿Qué estás haciendo para 
construir un retiro digno? En este tema se revisará información relacionada con el 
ahorro para la vejez y el retiro, los beneficios de contar con una cuenta individual 
en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y de la importancia de hacer 
aportaciones adicionales a dicha cuenta, así como las formas de pensión, entre otras 
cosas. 
 
El retiro se define como la etapa de la vida en la que una persona deja de trabajar. 
Lo ideal es que para ese entonces se tengan los ahorros suficientes o una pensión 
suficiente para vivir tranquilo. Sin embargo, para poder ahorrar para el retiro y tener 
una vejez tranquila, es necesario definir una meta, la cual permitirá saber qué es lo 
que se quiere alcanzar y en qué tiempo será posible lograrlo. Es posible que las solas 
aportaciones que bimestralmente el patrón te retiene para tu cuenta individual 
serán insuficientes para alcanzar este objetivo. 
 
VI.II Pensiones 
Una manera de asegurar que se tendrán los recursos necesarios cuando llegue el 
retiro es la pensión, la cual es el resultado del dinero ahorrado durante la vida 
laboral del trabajador. 
Si se cotiza en alguna de las instituciones de seguridad social, debe contarse con 
una cuenta individual administrada por una Afore, en la cual se concentran los 
recursos que permitirán contar con una pensión al momento del retiro. 
 
Retiro Etapa de la vida en donde se llega al fin de la vida laboral para esta 
etapa se deben tener los ahorros suficientes o una pensión suficiente para vivir 
tranquilo 
 
Las Cuentas Individuales son aquellas en donde se acumulan las aportaciones 
bimestrales que con base en el salario mensual. Cuando se comienza a cotizar, las 
aportaciones se irán depositando en la cuenta individual, se haya o no elegido una. 
Si no se eligió una Afore, loa recursos serán asignados a una de las administradoras 
con mejor desempeño. 
 
La cuenta individual está constituida por las siguientes subcuentas: 
•Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV). 
•Subcuenta de Aportaciones Voluntarias. 
 
Página 2 de 11 
 
 
•Subcuenta de Vivienda. 
 
Por otro lado, otro elemento imprescindible son las AFORES (Administradoras de 
Fondos para el Retiro), las cuales son instituciones financieras privadas dedicadas y 
especializadas a la administración de fondos para el retiro, dicho de otra forma, son 
entidades que administran las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los 
trabajadores. 
 
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el retiro (CONSAR) es el organismo 
que se encarga de regular y supervisar a las Afores. 
CONDUTIPS Si no sabes en que Afore estás, puedes consultar la página de CONSAR: 
www.e-sar.com.mx (Necesitas tener a la mano tu NSS o CURP y dirección de correo 
electrónico) o comunícate, sin costo a: SARTEL 13-28-5000 (Necesitas tener a la 
mano tu NSS). 
 
En la página de CONSAR: www.e-sar.com.mx Afore 
Ten a la mano tu NSS o CURP y dirección de correo electrónico o comunícate, 
a: SARTEL 13-28-5000 
 
VI.III Trabajadores independientes 
Si no se encuentra cotizando en el IMSS o en el ISSSTE, también se puede contar 
con una Afore, la cual se encargará de administrar los recursos que se depositen 
en la cuenta individual. No existen cantidades mínimas y máximas, por lo tanto, se 
puede depositar la cantidad deseada, solo debe verificarse que la Afore en la que 
se quiere ahorrar reciba a trabajadores independientes. Es un trámite que 
directamente deberás realizar tú para darte de alta. 
 
Considera que también puedes incorporarte al régimen obligatorio del seguro 
social en forma voluntaria y acceder a los beneficios y prestaciones (asistencia 
médica, pensiones de invalidez y/o de viudez, retiro en cesantía en edad avanzada 
(60 años) o vejez (65 años), orfandad y ascendencia) para ti y tus beneficiarios 
pagando una cuota anual. Este trámite se podrá realizar directamente en la 
subdelegación del IMSS que te corresponde de acuerdo a tu domicilio (puedes 
consultarlo en la página del IMSS www.imss.gob.mx/ tramites/IMSS). 
 
CONDUTIPS. Para saber cuáles Afores ofrecen este beneficio, ingresa al portal 
www.gob.mx/consar en servicios que prestan las afores para trabajadores 
independientes. Si no cotizas en el IMSS o en el ISSSTE, puedes depositar en una 
http://www.e-sar.com.mx/
http://www.imss.gob.mx/
http://www.gob.mx/CONSAR
 
Página 3 de 11 
 
 
cuenta individual. Se puede depositar la cantidad deseada, solo debe verificarse que 
la Afore en la que se quiere ahorrar reciba a trabajadores independientes. 
O al régimen obligatorio del seguro social de forma voluntaria y acceder a los 
beneficios y pagando una cuota anual. 
El trámite se realiza a la subdelegación del IMSS que corresponde de acuerdo a tu 
domicilio o consultarlo www.imss.gob.mx/ tramites/IMSS. Página del IMSS. 
 
VI.IV ¿Sabías qué los niños ya pueden tener una cuenta afore? 
A continuación se presentan los siguientes pasos para comenzar a utilizar esta 
herramienta financiera. 
 
• Acudir a la AFORE que administra tu cuenta individual para hacer el registro de 
una cuenta para un hijo (a). 
• Presentar los documentos, identificación oficial, acta de nacimiento o pasaporte 
del menor o un documento que acredite la tutela del menor. 
• A partir de ese momento, es posible comenzar a trazar metas de ahorro y hacer 
crecer los recursos con aportaciones voluntarias a través de las diferentes vías 
(ventanilla de la Afore, depósitos en tiendas como 7-Eleven, Círculo K, Farmacias del 
Ahorro, o cuando acudan por la despensa en Chedraui o Walmart). 
 
Cuando el niño comienza su vida laboral, los recursos acumulados en su “Cuenta 
Afore Niños” serán transferidos a la “Cuenta Individual” y continuaran 
invirtiéndose. Lo anterior le ayudará a no comenzar en ceros al iniciar su vida laboral. 
 
V.V ¿He elegido la Afore adecuada? 
Para seleccionar una Afore, deben considerarse los siguientes 3 aspectos: 
 
1. Comisiones. Es el cobro que hacen las Afores por administrar cuentas individuales 
(las AFORES, como cualquier otra empresa, cobran por sus servicios). 
 
2. Rendimientos. Son las “ganancias” o intereses que obtienes durante el periodo 
que el ahorro está en la AFORE, con base en la edad, el Rendimiento neto se 
actualiza el día 15 de cada mes. Para comparar el Rendimiento Neto de las Afores, 
3. Servicios. Medidor de Atributos y Servicios de las AFORES (+MAS AFORE) 
 
 
Al elegir una Afore considera: 
1. Comisiones 
2. Rendimientos o “ganancias” 
 
Página 4 de 11 
 
 
3. Servicios 
www.gob.mx/consar 
 
 
O consulta. Cómo elegir la mejor Afore la dirección www.gob.mx/consar 
 
Información Comisiones: 
https://www.gob.mx/consar/es/articulos/comisiones-vigentes-en-2020?idiom=es 
Consulta las comisiones que cobrarán las AFORE durante 2020. CONSAR [En línea 
24-01-2020] 
 
Información Indicador de Rendimiento Neto (SIEFORES Generacionales): 
https://www.gob.mx/consar/articulos/indicador-de-rendimiento-neto 
 
Indicador de Rendimiento Neto (SIEFORES Generacionales) 
El Rendimiento Neto se refiere a la resta simple del rendimiento bruto que otorga 
la AFORE, menos la comisión que cobra. Es un indicador que permite comparar a 
las AFORE entre sí. Indicador de Rendimiento Neto (SIEFORES Generacionales) [En 
línea 24-01-2020] 
 
VI.VI ¿Cada cuánto tiempo puedo cambiar de Afore? 
En primera instancia, es posible cambiar la cuenta individual Afore una vez al año 
(únicamente será posible realizar un segundo cambio en el mismo periodo de 12 
meses, la primera vez). Posteriormente a ese traspaso y periodo trascurrido –y en 
caso de que otras Afores tengan un mayor rendimiento-, en el próximo cambio de 
Afore, se deberá permanecer al menos 12 meses. Actualmente se cuenta con la 
opción de cambiar a la Siefore Básica que se prefiera, distinta a la que le corresponde 
con base en su edad. 
 
Se puedecambiar la cuenta individual Afore una vez al año solo se puede 
realizar un segundo cambio en el mismo periodo de 12 meses, en el próximo 
cambio de Afore, se deberá permanecer al menos 12 meses 
La otra opción es el cambio a Siefore Básica y corresponde con base en su 
edad. 
 
Procedimiento para el cambio de SIEFORE: 
 
• La transferencia de recursos se hará a través del portal www.e-sar.com.mx en la 
opción “Selección de cambio de Siefore”. 
http://www.gob.mx/consar
http://www.gob.mx/consar
https://www.gob.mx/consar/es/articulos/comisiones-vigentes-en-2020?idiom=es
https://www.gob.mx/consar/articulos/indicador-de-rendimiento-neto
 
Página 5 de 11 
 
 
• Se llenará un formato con sus datos personales (CURP, Afore, nombre completo, 
correo electrónico, teléfono móvil). 
• Posteriormente se deberá seleccionar la Siefore que se encargará de invertir los 
recursos (El portal mostrará las reglas de inversión que maneja cada una de las 
Siefores con la finalidad de que el trabajador identifique en que se está invirtiendo 
su dinero). 
 
Recuerde que el cambio podrá realizarse una vez cada 3 años y el trabajador que 
no se cambie, permanecerá en la Siefore que le corresponde con base en su edad. 
Asimismo, es importante que el trabajador se informe y compare los beneficios y 
desventajas que traerá un cambio de Siefore ya que es una decisión importante al 
tratarse del dinero acumulado durante su vida laboral. 
 
 
Checar conforme a los Fondos Generacionales. 
•La transferencia de recursos se hará a través del portal www.e-sar.com.mx. 
“Selección cambio de Siefore”. 
•Llenar formato con datos personales 
•Seleccionar la Siefore que se encargará de invertir los recursos (El portal 
mostrará las reglas de inversión) 
•El cambio podrá realizarse una vez cada 3 años 
•Es importante que el trabajador se informe y compare los beneficios. 
 
VI.VII Aportaciones Voluntarias 
e) Aportaciones Voluntarias 
Es importante considerar que además de los recursos de la cuenta individual, 
pueden efectuarse aportaciones adicionales con la finalidad de incrementar el 
ahorro para el retiro. 
Estas aportaciones son: 
 
¿Cómo hacer aportaciones voluntarias? Es posible realizar tus aportaciones 
voluntarias en: 
• Ventanilla. 
• Domiciliación electrónica. 
• Por la empresa o institución en la que se labora. 
• Por internet ingresando al portal de tu Afore (verifica las Afores que cuentan 
con este servicio). 
• En sucursales de Bansefi. 
 
 
Página 6 de 11 
 
 
• Aportaciones voluntarias: Depósitos adicionales a la cuenta que pueden 
retirarse de 2 o 6 meses (aportaciones voluntarias de corto plazo) o después de 5 
años del primer depósito (aportaciones voluntarias de mediano plazo). Se puede 
aportar de acuerdo con las posibilidades de cada trabajador ya que la mayoría de 
las Afores no establecen montos mínimos o máximos y se puede ahorrar en 
cualquier momento. 
 
• Aportaciones complementarias: Aquellas que sólo se podrán retirar los recursos 
cuando se tenga el derecho a obtener una pensión. Estas aportaciones ayudarán a 
complementar los recursos destinados al pago de la pensión o podrán retirarse en 
una solo exhibición. 
 
• Ahorro solidario: Aportaciones adicionales que pueden efectuarse sólo si se 
cotiza al ISSSTE. En este esquema, el trabajador podrá elegir ahorrar 1% o 2% y la 
dependencia en la cual laboras aportará 3.25% o 6.5% del salario base de cotización, 
respectivamente. 
 
Esta opción aplica para los trabajadores que seleccionaron el régimen de cuentas 
individuales para pensionarse o comenzaron a cotizar a partir del 1 de abril del 
2007. 
 
¿Cómo hacer aportaciones voluntarias? 
Es posible realizar tus aportaciones voluntarias en: 
 
• Ventanilla. 
• Domiciliación electrónica. 
• A través de la empresa o institución en la que se labora. 
• Por internet ingresando al portal de tu Afore (verifica las Afores que cuentan con 
este servicio). 
• En sucursales de Bansefi. 
• A través de la plataforma Transfer y Afore Móvil. 
• Tiendas 7-eleven, sucursales Telecomm, tiendas Extra, Farmacias del ahorro y 
Círculo K, Chedraui, Walmart (sólo necesitas tu CURP y el monto que deseas 
aportar). La aportación mínima es de $50 pesos. 
A través del corresponsal bancario YASTÁS, en el cual sólo necesitas tu CURP o 
número de celular (sólo si tienes instalada la App de Afore Móvil). El monto mínimo 
son $50 pesos. 
 
VI.VIII Estados de Cuenta y Retiros Parciales 
 
Página 7 de 11 
 
 
Será obligación de las Afores enviar estados de cuenta al domicilio que tenga 
registrado del trabajador, al menos 3 veces al año. Este documento contiene 
información relativa al saldo y movimientos de la cuenta individual. 
 
Revisa detalladamente los datos que aparecen en el estado de cuenta (nombre, 
dirección, número de seguridad social, etc.), ya que cualquier error podría 
convertirse en un problema al momento de disponer de los recursos. 
 
Estados de cuenta de los trabajadores: 
 
IMSS: 
Generación Afore: Si empezó a cotizar al IMSS a partir del 1 de julio de 1997. 
Generación de Transición: Si cotiza al IMSS antes del 1 de julio de 1997 y continúa 
cotizando después de esa fecha. 
 
ISSSTE: 
Generación AFORE: Si eligió el régimen pensionario de Cuentas Individuales 
(acreditación de Bono de Pensión) o empezó a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril 
de 2007. 
Décimo transitorio: Si elegiste el régimen pensionario anterior (establecido en el 
artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE) o no elegiste tipo de régimen. 
 
MIXTO: Si has cotizado para el IMSS y el ISSSTE y tu ahorro para el retiro generado 
por cotizar a ambos institutos se encuentran en tu cuenta individual 
 
Conoce tu nuevo estado de cuenta: 
https://www.gob.mx/consar/articulos/lo-que-necesitas-saber Aquí podrás 
encontrar lo que necesitas saber sobre los principales temas del Sistema de Ahorro 
para el Retiro (SAR)[En línea 24-01-2020] 
 
Existen dos tipos de retiros parciales que se pueden realizar de la cuenta de la 
AFORE, el de desempleo o el de matrimonio. 
 
Desempleo. En este caso se puede hacer un retiro parcial de entre 30 y 90 días 
como máximo de tu Salario Base de Cotización. La cantidad depende del Salario 
Base de Cotización, el tiempo que se tiene con la cuenta individual y las semanas 
de cotización. Los requisitos para tener derecho a esta prestación son: solicitarlo 
46 días después de que se ha quedado desempleado. Este beneficio puede 
otorgarse cada 5 años. Si se hace uso de esta prestación, se descontarán semanas 
https://www.gob.mx/consar/articulos/lo-que-necesitas-saber
 
Página 8 de 11 
 
 
de cotización, lo cual podría postergar la jubilación, sin embargo, es posible 
recuperarlas si se realizan aportaciones voluntarias adicionales. 
 
Matrimonio. Si el usuario ha contraído matrimonio, puede hacer un retiro para 
gastos por este concepto equivalente a 30 días de Salario Mínimo Vigente a la fecha 
de la celebración del matrimonio. Podrán solicitarlo los trabajadores que tengan un 
mínimo de 150 semanas cotizadas a partir del 1º de julio de 1997, que se haya 
contraído matrimonio civil, no haber cobrado el retiro anteriormente y que estén 
vigentes como asegurados. Los trabajadores que ya no estén laborando, podrán 
hacerlo efectivo dentro de los 90 días hábiles a partir de su baja ante el IMSS. En 
este caso no se descuentan semanas de cotización por esta ayuda y solo se puede 
pedir una vez. Aplicando únicamente para trabajadores del IMSS. 
 
VI.IX Otros aspectos importantes 
Conservación de derechos (IMSS): Las personas que ya no cotizan dentro del 
régimen obligatorio conservarán sus derechos para la obtención de una pensión en 
el seguro de invalidez y vida, por un periodo igual a la cuarta parte de las semanas 
cotizadas en el seguro social a la fecha de baja. 
Reconocimiento de derechos (IMSS): La personas que dejen de cotizar al régimen 
obligatorio y reingresen posteriormente, se le reconocerán las semanas de 
cotización a partir de lo siguiente: 
• Si el periodo en el queno cotizó no es mayor a tres años, se le reconocerán de 
inmediato. 
• Si el periodo en el que no cotizó fuera mayor de 3 años pero menor de 6, tendrá 
que cotizar 26 semanas para el reconocimiento. 
• Si el periodo en el que no cotizó fuera mayor a 6 años, tendrá que cotizar 52 
semanas para el reconocimiento de las semanas. 
Conservación de derechos. 
(ISSSTE): El trabajador dado de baja por renuncia, término del contrato o que 
disfrute de licencia sin goce de sueldo, pero que haya prestado servicios durante un 
mínimo de seis meses, conservará en los dos meses siguientes el derecho a recibir 
los beneficios de salud. 
 
V.X Formas de pensionarte 
Renta Vitalicia: Una aseguradora especializada en este producto pagará la pensión. 
Retiro Programado: La Afore pagará la pensión. 
Pensión Mínima Garantizada: Si los recursos son insuficientes, se tendrá derecho a 
una Pensión Garantizada con cargo al saldo acumulado en tu Cuenta Individual, una 
vez agotados los recursos, el Gobierno Federal pagará tu pensión. (1SMGV) 
 
Página 9 de 11 
 
 
Negativa de Pensión: Se extiende a un trabajador cuando al cumplir con la edad de 
retiro, no ha cumplido con los requisitos en semanas o años de cotización, 
necesarios para disfrutar de una pensión. 
 
V.XI Siefores Generacionales 
A partir de diciembre de 2019 cambiaron los mecanismos de inversión del ahorro 
para el retiro. Las Siefores Básicas evolucionan a una modalidad de Siefore 
Generacional. 
 
Las Siefores son las Sociedades de Inversión de Fondos para el Retiro, son fondos de 
inversión donde se depositan los ahorros de los trabajadores a lo largo de su vida 
laboral y quien administra estos recursos son empresas privadas que reciben el 
nombre de Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore). 
¿Cómo funcionarán? En el modelo actual, cada Afore cuenta con cinco fondos de 
inversión que se asignan a las personas de acuerdo a su edad. Es importante saber 
que cada Siefore tiene reglas y límites de inversión para cada tipo de instrumento 
en los que invierte el dinero. 
 
De esta manera, el dinero ahorrado se invierte en diferentes productos. Entre más 
joven es un grupo, por ejemplo el de la Siefore Básica 4, su dinero se invierte en 
instrumentos de largo plazo, con mayor rendimiento, aunque con mayor riesgo. 
 
A medida que el grupo se acerca al retiro, en este caso las Siefores básicas 1 y 0, su 
ahorro es invertido en modalidades de corto plazo, con un menor nivel de riesgo, 
aunque por lo general obtienen menos rendimientos. 
 
¿Cuál será la diferencia con el cambio a los Fondos Generacionales? De acuerdo con 
la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), los cambios 
fundamentales en este nuevo modelo o esquema serán: 
 
Ya no habrá cinco Siefores, el número aumentará a 10. Los recursos de cada 
trabajador serán asignados a la Siefore asociada a su fecha de nacimiento y se 
mantendrá en ésta durante toda la vida laboral de la persona. Cada Siefore 
contempla un régimen de inversión, el cual se adecua a la edad del trabajador y se 
vuelve más conservador conforme se acerca a su retiro. Debido a que en la 
actualidad se permite pasar de una Siefore a otro cada determinado número de 
años, se reduce también el tiempo en que la cuenta de un trabajador participa en 
un mecanismo de inversión. Ahora, con la Siefore generacional, se tendrá la 
oportunidad de generar mayores rendimientos en ciertas inversiones, 
 
Página 10 de 11 
 
 
especialmente aquellas que requieren de un tiempo de maduración más alto (como 
el caso de obras de ingeniería e infraestructura). 
 
La Asociación Mexicana de Afores (AMAFORE) puntualiza que el esquema de 
Fondos Generacionales ya se implementa en cinco países en el mundo: Estados 
Unidos, Hong Kong, Australia, Reino Unido y Nueva Zelanda, con buenos resultados. 
El cambio no representa un riesgo para el ahorro y amplía las posibilidades de 
inversión. 
 
La CONSAR precisa que de acuerdo con esta nueva disposición, la asignación de 
cada Siefore, conforme a la edad del trabajador, quedará de la siguiente manera: 
 
Las disposiciones de carácter general, que establecen el nuevo Régimen de 
Inversión al que deberán sujetarse las Siefores, comenzaron a operar a partir del 13 
de diciembre del 2019. 
 
CONDUTIPS 
No es necesario solicitar el cambio a este régimen de inversión, ya que se hará de 
forma automática. Los cambios se verán reflejados en los estados de cuenta en el 
momento en que entren en vigor dichas disposiciones. 
Si se tiene alguna duda o se requiere alguna aclaración sobre el cambio del sistema 
de Siefores, puedes comunicarte al Sartel: 55 13 28 50 00, sin costo desde cualquier 
parte del país o consultar la página de la CONSAR en: www.gob.mx/consar 
 
Siefores Generacionales 
A partir de diciembre de 2019 cambiaron Siefores Básicas cambian a una 
Siefore Generacional. 
Las Siefores son las Sociedades de Inversión de Fondos para el Retiro, donde 
depositan los ahorros de los trabajadores a lo largo de su vida laboral y quien 
administra son empresas privadas Administradoras de Fondo para el Retiro 
(Afore). Cada Afore cuenta con cinco fondos de inversión asignan a las 
personas de acuerdo a su edad. 
Cada Siefore tiene reglas y límites de inversión 
 
 
 
 
 
 
http://www.gob.mx/consar
 
Página 11 de 11

Continuar navegando