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Supuestos y hechos Juridicos resumen

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Naturaleza y alcances del poder de reforma constitucional 
El escrito plantea preguntas relacionadas a el alcance del poder constitucional 
para poder cambiar o mantener reformas constitucionales haciendo mucho 
hincapié en el artículo número 135 de la carta magna dando a entender que el 
poder ya no se puede ver de una manera como si fuera un “poder constituyente 
permanente” ya que tanto como el país como la comunidad y las necesidades 
cambian constantemente por lo que se necesita un órgano público cualquiera 
establecido para la tutela de los derechos humanos de los mexicanos. Por lo que 
a la falta de una representación auténtica debido a que no existe una carrera 
verdaderamente parlamentaria no solo trajo consigo que no se sienta una buena 
representación preparada si no también a creado un pueblo que no está 
consciente de leyes, ni que se mantiene informado por lo que está mezclado 
entre aquellas personas que solo justifican las decisiones de unos cuantos 
poderes fácticos y no tan fácticos haciendo omisión de algunos problemas del 
sistema. Por lo que muchas veces los consenso para las reformas constitucionales 
nunca serán muy amplias o convincentes y es el propio poder que se encarga de 
reformar que se auto concede el título de pueblo por ende no existe un verdadero 
censo. En el siguiente punto se aborda la limitación que se puede generar al 
querer cambiar leyes y de igual forma hasta donde debe de llegar su límite de 
poder para negar una petición de cambio tal como que se sometiera a un análisis 
de el amparo en contra de la reforma constitucional (que a mi entender se refiere 
que algunas personas no querían que se cambiara esa ley sin embargo y a pesar 
que la mayoría de decisiones deben ser de a cuerdo al pueblo y su soberanía 
popular siendo esta la soberanía de derechos universales no se tomó en cuenta 
y se prefirió titubear poniendo en mando que quienes escogen son ellos). Por lo 
que ahí comienzan los límites haciendo visible el problema con la corrupta 
libertad de los medios de comunicación para contribuir al desprestigio de los 
mecanismos democráticos de México. La definición de constitución es un tema 
arriesgado en la cual México se encuentra atrasado sin embargo si en algún 
momento es posible poder definirlo y aceptarlo en conjunto esa definición logrará 
crear un límite bien estructuralizado sobre la actividad controladora de un tribunal 
constitucional siendo esta un puente fundamental entre el pueblo y el 
ordenamiento jurídico. La mayoría de intentos de organización jurídica se han 
vuelto una mezcla de sacrificio de unos derechos de el pueblo por pueblo que 
beneficien a las instituciones por lo que una limitación que se podría tomar en 
cuenta es que si se puede reformar en su totalidad una constitución ya existente 
o crear una nueva sin embargo este cambio no podrá ser explicado en un término 
jurídico sino deberá ser hecho mediante una revolución social si así se requiere 
siendo así de este modo que el estado, en consecuencia solo tiene el deber de 
vigilar de manera jurídica, que la referida transformación al menos se haya evado 
a cabo con apego a las normas. 
Samantha Arazola Salomon 659

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