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1 
 
Empresas de Participación Estatal .................................................................................................. 3 
Las empresas de participación estatal mayoritaria ......................................................................... 3 
Características ............................................................................................................................... 3 
Integrantes .................................................................................................................................... 4 
Ejemplos ........................................................................................................................................ 4 
Empresas de Participación Estatal Minoritaria ................................................................................ 4 
Organización de las empresas de participación estatal ................................................................... 5 
Conclusiones: ................................................................................................................................. 5 
Las instituciones nacionales de crédito........................................................................................... 6 
Antecedentes................................................................................................................................. 6 
Elementos ...................................................................................................................................... 7 
Características ............................................................................................................................... 7 
Fundamentos Constitucionales ...................................................................................................... 7 
Integrantes .................................................................................................................................... 8 
Ejemplos ........................................................................................................................................ 8 
Conclusiones .................................................................................................................................. 8 
Las Organizaciones auxiliares nacionales de crédito ....................................................................... 9 
Las organizaciones auxiliares de crédito y sus actividades .............................................................. 9 
Almacenes Generales de Deposito ................................................................................................. 9 
Empresas de Factoraje Financiero ................................................................................................ 10 
Arrendadoras Financieras ............................................................................................................ 10 
Casas de Cambio .......................................................................................................................... 11 
Integración: ................................................................................................................................. 12 
Conclusiones ................................................................................................................................ 12 
Las Instituciones Nacionales de Seguros y Finanzas ...................................................................... 13 
Objetivo ....................................................................................................................................... 14 
Integración .................................................................................................................................. 14 
Ejemplos ...................................................................................................................................... 14 
Conclusiones ................................................................................................................................ 15 
Los Fideicomisos .......................................................................................................................... 16 
Características/ Elementos ........................................................................................................... 16 
Integrantes .................................................................................................................................. 17 
¿Posee personalidad jurídica? ...................................................................................................... 18 
2 
 
Ejemplos ...................................................................................................................................... 19 
Conclusiones ................................................................................................................................ 19 
Referencias .................................................................................................................................. 20 
Legislación ................................................................................................................................... 20 
Páginas de Internet ...................................................................................................................... 20 
 
 
 
3 
 
Empresas de Participación Estatal 
En México existen dos tipos de Empresas de Participación Estatal, las cuales son conocidas 
como Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y las Empresas de Participación Estatal 
Minoritaria. 
Las empresas de participación estatal mayoritaria 
Las empresas de participación estatal mayoritaria son aquellas instituciones o personas 
morales, donde el Gobierno Federal, o entidades paraestatales, posean acciones que 
superen el 50 por ciento del capital social de la empresa. Tienen por objeto la atención de 
áreas prioritarias, particularmente la satisfacción de los intereses nacionales y las 
necesidades de la población. 
Algunas de las actividades que realizan estas empresas son: 
▪ Agropecuarias 
▪ Comerciales 
▪ Comunicaciones 
▪ Culturales 
▪ Energéticos 
▪ Financieras 
▪ Industriales 
▪ Inmobiliaria.1 
Son un ejemplo de las actividades que pueden llevar a cabo, ya que la actividad que pueden 
realizar no está limitada, pero debido auge del neoliberalismo la mayoría de las actividades 
que no se contemplaron son realizadas por empresas privadas, un ejemplo podría ser el 
turismo. 
Características 
✓ Poseen Personalidad Jurídica 
✓ Poseen un patrimonio propio 
 
1 Rafael I. Martínez Morales. (2012). Derecho Administrativo, Primer Curso. México: OXFORD, pág. 121 
4 
 
✓ Este tipo de empresa puede suscribir en forma exclusiva acciones de serie especia 
✓ El Gobierno Federal tendrá la facultad de nombrar a la mayoría de los miembros del 
órgano de gobierno o su equivalente, o bien designar al presidente o director 
general2 
Integrantes 
1) Los accionistas 
2) Consejo de administración 
3) Directores generales 
4) Gerentes generales 
5) Consejeros delegados 
Ejemplos 
El artículo 46 de La Ley Orgánica de la Administración Publica nos dice que cuales se 
consideran como empresas de participación estatal mayoritaria entre los cuales están las 
sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito; así 
como las instituciones nacionales de seguros y fianzas de las cuales hablaremos más 
adelante. 
Empresas de Participación Estatal Minoritaria 
Existen también empresas de participación estatal minoritarias en las que el gobierno 
federal es propietario de menos del 50 por ciento de capital, y en las que intervienen 
mediante un comisario o representante que realiza labores de vigilancia. 
No se toma en cuenta este tipo de empresas debido a que el Estado tiende a abandonar 
esta forma de entes por razones técnicas de control y por orientación política.En la Ley 
Orgánica de la Administración Publica ya no se les cataloga como entidades paraestatales. 
 
2 Art 46 de la Ley Orgánica de la Administración Publica 
5 
 
El número de tales empresas es sumamente reducido: en la actualidad podríamos citar 
pocos ejemplos, pues casi todas las acciones del Estado en las mismas han sido vendidas o 
traspasadas a los particulares. 
Organización de las empresas de participación estatal 
El volumen de empresas en las cuales, mayoritaria o minoritariamente, tiene participación 
el gobierno federal, ha originado que para su mejor control, se clasifiquen en: 
 
❖ Sujetas a control presupuestal. Son empresas que por su participación en la 
economía del país, se consideran prioritarias y que los recursos totales que 
administran son muy elevados, justificando su control individual y específico en los 
presupuestos públicos. 
❖ No sujetas a control presupuestal. Son empresas que, comparativamente, manejan 
menos recursos y que representan un volumen muy elevado, difícil de controlar en 
lo individual. De acuerdo a sus actividades, se adscriben sectorialmente a las 
Secretarías de Estado correspondiente. 
❖ Fideicomisos públicos 
❖ Instituciones nacionales de crédito 
Conclusiones: 
Estas empresas ayudan a que el Gobierno Federal pueda realizar sus distintas actividades 
junto con el capital de particulares pero siendo el socio mayoritario para que sea más 
eficaz y realmente sea para el beneficio de la población. 
 
 
 
 
 
6 
 
Las instituciones nacionales de crédito 
En el ámbito de la contabilidad, el de derecho financiero mexicano y otros afines, se 
define a las Instituciones Nacionales de Crédito como sociedades con personalidad jurídica 
y patrimonio propio, que presta servicio y crédito con apoyo a las prácticas y usos 
bancarios pero operan según directrices de política económica por el ejecutivo federal.3 
Este tipo de sociedades participan en la interno y canalizarlo hacia aquellas actividades 
estratégicas y prioritarias que se señalan en el Plan Nacional de Desarrollo y los Programas 
de Mediano Plazo. 
Estas instituciones realizan el ejercicio y las finalidades públicas que el Estado le asigna 
bajo la forma de una sociedad mercantil principalmente la S, A. 
Antecedentes 
Colonia 
Una primera institución de crédito de corta duración en 1973 a instancia de los mineros 
de la Nueva España para financiar a la industria minera. 
México independiente 
Se creó el 16 de octubre de 1830 el Banco de Avilo para el fomento de la industria textil 
que duro doce años. 
El 29 de julio de 1857 se constituyó un banco de emisión bajo el nombre de Banco de 
México. S.A, también de vida efímera 
En el siglo XX 
El 25 de agosto de 1925 se expido la Ley Orgánica del Banco de México, para armonizar los 
principios de la economía bancaria con la Constitución y obtener los recursos financieros 
de la institución. 
Posteriormente se crearon El Banco Nacional de Comercio, S.A y el Banco Nacional de 
comercio Exterior, S.A. decreto que autorízala creación del Banco Nacional Agropecuario, 
 
3 Rafael I. Martínez Morales. (2012). Derecho Administrativo, Primer Curso. México: OXFORD, Pág. 199 l 
7 
 
D.O.F., del 8 de marzo de 1965; Reglas para el establecimiento y operación de Bancos 
Múltiples y otras importantes instituciones nacionales de crédito. 
Elementos 
• Personalidad jurídica 
• Patrimonio propio 
• Régimen jurídico adecuado 
• Realización de servicios técnicos 
• Mantienen un régimen designado de la acción del Estado 
• El Estado solo reserva determinadas facultades para el ejercicio del poder de 
vigilancia y control de dichos organismos. 
Características 
a) Las instituciones nacionales de crédito son instituciones públicas y su régimen 
jurídico es el derecho publico 
b) Realizan finalidades o propósitos del Estado que corresponden a las nuevas 
modalidades del intervencionismo publico 
c) El régimen de derecho privado, que en parte las regula, obedece a una necesidad 
de armonizar el interés privado y el publico 
d) Los delitos que se cometan contra las instituciones nacionales de crédito son 
delitos federales 
e) No requieren de concesión o autorización especial del Estado para funcionar. El 
régimen de las instituciones nacionales de crédito es legal. 
f) No se puede ser a la vez empresa de participación estatal y organismo 
descentralizado porque corresponden a regímenes diversos y contradictorios. 
Fundamentos Constitucionales 
El artículo 28 constitucional en su primer párrafo ordena: “en los Estadios Unidos 
Mexicanos no habrá monopolios ni estancos de ninguna clase; ni exención de 
impuestos; ni prohibiciones a título de protección a la industria; (…) 
8 
 
Por otra parte la facción XXIX, inciso 30 de artículo 73 constitucional faculta al 
Congreso de la Unión, para establecer contribuciones: sobre instituciones de crédito y 
sociedades de seguros”. 
Integrantes 
a) Director general: designado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico 
encargado de la administración y representación legal de estas instituciones 
b) Comisariado: se encarga de la vigilancia de la administración. 
c) El consejo directivo: en el cual se designas consejeros por ambas series de 
certificados 
d) El comité de auditoría: podrá someter directamente a la consideración del 
consejo directivo los proyectos y programas. 
e) comité de recursos humanos y desarrollo institucional: éste recomendará 
f) al consejo directivo el monto de la remuneración que corresponda a los 
consejeros externos con carácter de independientes4 
Ejemplos 
a) Patronato del desarrollo Nacional, S.A 
Conclusiones 
 Este tipo de instituciones puede financiar créditos para cierto bloque de desarrollo del país, 
es decir al sector popular para el crecimiento de este ya sea para una vivienda, para el 
impulso y apoyo de este sector del país, es por eso que son conocidas como instituciones 
de desarrollo o banca de desarrollo 
 
4 Art 41 de la Ley de las Instituciones de Crédito 
9 
 
 
Las Organizaciones auxiliares nacionales de crédito 
Se consideran como tales las arrendadoras financieras, almacenes de depósito, empresas 
de factoraje financiero, uniones de crédito y afianzadoras en que el estado participe de 
modo mayoritario. A la fecha es otro renglón prácticamente privatizado del todo.5 
Algunas de las actividades que realizan estas organizaciones son: la compraventa habitual 
y profesional de divisas; la realización habitual y profesional de operaciones de crédito, 
arrendamiento financiero o factoraje financiero, y transmisión de fondos. 
Las organizaciones auxiliares nacionales de crédito se regirán por sus leyes orgánicas y, si 
no llegan a contar con ellas, serán regidas por la Ley General de las Organizaciones Y 
actividades Auxiliares del Crédito. Se dividen en públicas y privadas. 
 Las organizaciones auxiliares de crédito y sus actividades 
Almacenes Generales de Deposito 
Los Almacenes generales de depósito tienen por objeto el almacenamiento, guarda o 
conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo 
su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el 
otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos. 
Los almacenes también pueden realizar procesos de incorporación de valor agregado, así 
como la transformación, reparación y ensamble de las mercancías depositadas a fin de 
aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza. Sólo los almacenes generales de 
depósito están facultados para expedir certificados de depósito y bonos de prenda. 
Además de las actividades señaladas en los párrafos anteriores, los almacenes generales de 
depósito pueden realizar una serie de actividades que para mayor detalle se sugiere 
consultar la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. 
 
5 Rafael I. Martínez Morales. (2012). Derecho Administrativo, PrimerCurso. México: OXFORD pág. 199 
10 
 
Empresas de Factoraje Financiero 
Son instituciones financieras especializadas, autorizadas por la Secretaría de Hacienda 
y Crédito Público, que adquieren de sus clientes derechos de crédito a favor de estos 
últimos relacionados a la proveeduría de bienes o servicios, pactándose dicha operación 
en un contrato de factoraje. La empresa de factoraje financiero conviene con el cliente 
adquirir derechos de crédito que éste tenga a su favor por un precio determinado, en 
moneda nacional o extranjera, con independencia de la fecha y la forma en que se 
pague, siendo posible pactar cualquiera de las modalidades siguientes: 
a) Que el cliente no quede obligado a responder por el pago de los derechos de crédito 
transmitidos a la empresa de factoraje financiero; o 
b) Que el cliente quede obligado solidariamente con el deudor, a responder del pago 
puntual y oportuno de los derechos de crédito transmitidos a la empresa de 
factoraje financiero. 
Es importante señalar que a partir del 18 de julio de 2013, debido a la derogación de los 
apartados de la Ley que les dan origen, las empresas de factoraje financiero dejaron de 
ser consideradas como organizaciones auxiliares y en consecuencia dejaron de ser 
supervisadas por la CNBV. Aquellas empresas de factoraje financiero que continúen en 
operación reformaron sus estatutos sociales para reputarse como sociedad financiera 
de objeto múltiple o SOFOM en los términos de la Ley General de Organizaciones y 
Actividades Auxiliares del Crédito. 
Arrendadoras Financieras 
Las Arrendadoras Financieras son instituciones financieras especializadas, autorizadas por 
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar operaciones de arrendamiento 
financiero. En el contrato de arrendamiento financiero, la entidad se obliga a adquirir 
determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, a una persona 
física o moral, obligándose ésta a pagar una contraprestación, que se liquidará en pagos 
parciales, que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás 
accesorios. 
11 
 
Al vencimiento del contrato de arrendamiento se adopta alguna de las opciones siguientes: 
I. La compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición, que quedará 
fijado en el contrato. En caso de que no se haya fijado, el precio debe ser inferior al 
valor marcado a la fecha de compra, conforme a las bases que se establezcan en el 
contrato; 
II. A prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta 
inferior a los pagos periódicos que venía haciendo, conforme a las bases que se 
establezcan en el contrato; y 
III. A participar con la arrendadora financiera en el precio de la venta de los bienes a un 
tercero, en las proporciones y términos que se convengan en el contrato. 
Es importante señalar que a partir del 18 de julio de 2013, debido a la derogación de los 
apartados de la Ley que les dan origen, las arrendadoras financieras dejaron de ser 
consideradas como organizaciones auxiliares y en consecuencia dejaron de ser 
supervisadas por la CNBV. Aquellas empresas de arrendamiento financiero que 
continúen en operación reformaron sus estatutos sociales para reputarse como 
sociedad financiera de objeto múltiple o SOFOM en los términos de la Ley General de 
Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. 
Casas de Cambio 
Las casas de cambio son aquellas sociedades que se encuentran autorizadas por la 
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para realizar en forma habitual y profesional 
operaciones de compra, venta y cambio de divisas, incluyendo las que se lleven a cabo 
mediante transferencia o transmisión de fondos, con el público dentro del territorio 
nacional. 
El objeto social de las casas de cambio deberá contemplar exclusivamente la realización, en 
forma habitual y profesional, de las operaciones siguientes: 
a) Compra o cobranzas de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda 
extranjera, a cargo de entidades financieras, sin límite por documento; 
12 
 
b) Venta de documentos a la vista y pagaderos en moneda extranjera que las casas de 
cambio expidan a cargo de instituciones de crédito del país, sucursales y agencias en 
el exterior de estas últimas, o bancos del exterior; 
c) Compra y venta de divisas mediante transferencias de fondos sobre cuentas 
bancarias 
Las señaladas en el artículo 81-A de la Ley General de Organizaciones y Actividades 
Auxiliares del Crédito; Las demás que autorice el Banco de México, mediante disposiciones 
de carácter general. 
Integración: 
• Órgano de vigilancia: el cual estará integrado por lo menos un comisario 
• Comisario: el deberá contar con calidad técnica, honorabilidad e historial crediticio 
satisfactorio, además de tener los conocimientos y experiencia en materia 
financiera, contable, legal o administrativa y ser residentes del territorio mexicano 
• Directores generales o gerentes 
• Consejo de administración, propietarios y suplentes 
Conclusiones 
Cono nos hemos dado cuenta estas organizaciones auxiliares nacionales de crédito al igual 
que las instituciones nacionales de crédito tiene como fin el apoyo crediticio para el sector 
más vulnerable de la población. 
Pero a diferencia de las segundas, las auxiliares son más como una segunda forma de apoyo, 
es por eso que se les da el nombre de auxiliares, debido que para las instituciones debes de 
pertenecer ya sea al ejército para recibir cierto crédito o querer una vivienda o apoyo para 
al campo un fin específico. 
Es que hace que sean ya que sin importar el motivo por el cual se necesite el crédito, se les 
dará a las personas que lo soliciten. Esto con el fin de fomentar el desarrollo es por ello que 
también estas organizaciones entran en el rubro de Banca de desarrollo. 
13 
 
Las Instituciones Nacionales de Seguros y Finanzas 
Constituyen sociedades anónimas, lo mismo que el grupo anterior. En ellas, la federación 
participa de manera mayoritaria. Dentro de la política de fomento a la iniciativa privada, 
México ha abandonado casi por completo su intervención en las aseguradoras, alejándose 
del estado social de derecho. 
Este tipo de instituciones realizan únicamente operaciones de seguros en territorio 
nacional, la Ley de las Instituciones de Seguros y Fianzas en su artículo 20 nos dice que es 
una operación activa de seguros; esta consiste que cuando en caso de que se presente un 
acontecimiento futuro e incierto previsto por las partes, una persona, contra el pago de 
una cantidad de dinero, se obliga a resarcir a otra un daño, de manera directa o indirecta 
o a pagar una suma de dinero. 
Algunas de las operaciones y ramos de seguro que estas instituciones llevaran a cabo son: 
I. Vida; 
II. Accidentes y enfermedades, en algo o algunos de los ramos siguientes: 
• Accidentes personales; 
• b) Gastos médicos, y 
• c) Salud, y 
III. Daños, en alguno o algunos de los ramos siguientes: 
✓ Responsabilidad civil y riesgos profesionales; 
✓ b) Marítimo y transportes; 
✓ c) Incendio; 
✓ d) Agrícola y de animales; 
✓ e) Automóviles; 
✓ etc. 
No hay que olvidar a las instituciones de fianza tienen como objeto otorgar fianzas a 
título oneroso, a las Instituciones que sean autorizadas para practicar operaciones de re 
afianzamiento, en términos de lo previsto en el artículo 1 de la ley antes mencionada. 
14 
 
Todos los contratos que estas instituciones lleven a cabo serán mercantiles para todas las 
partes que intervengan ya sea como beneficiarios, solicitantes, fiadas, contrafiadoras u 
obligadas solidarias, excepción hecha de la garantía hipotecaria. 
Cebe resaltar que la ley nos marca una estricta prohibición a contratar empresas 
extranjeras fianzas para garantizar actos de personas físicas o morales que en territorio 
nacional deban cumplir obligaciones, salvo los casos de re afianzamiento. 
ObjetivoEs supervisar, de manera eficiente, que la operación de los sectores se apegue al marco 
normativo, preservando la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones, para 
garantizar los intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos 
sectores, con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor parte 
posible de la población. 
La función supervisora de la CNSF, debe operar bajo principios de eficiencia, eficacia y 
calidad, acordes con los estándares internacionales en la materia, con el objeto de 
coadyuvar a la estabilidad y solvencia financiera de las industrias aseguradora y 
afianzadora, como elemento para estimular la seguridad y confianza del público usuario 
de estos servicios financieros. 
Integración 
a) Director general: serán designados por el Ejecutivo Federal a través de la 
Secretaría de Hacienda y Crédito Público 
b) Consejo de administración: la mayoría de los consejeros deberá ser mexicano o 
extranjeros residentes en el territorio nacional 
c) Accionistas 
d) Comité de auditorias 
Ejemplos 
✓ Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV): es un órgano desconcentrado de 
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con facultades en materia de 
15 
 
autorización, regulación, supervisión y sanción sobre los diversos sectores y 
entidades que integran el sistema financiero en México, así como sobre aquellas 
personas físicas y morales que realicen actividades previstas en las leyes relativas al 
sistema financiero. La Comisión se rige por la Ley de la CNBV.6 
 
✓ Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) : es un Órgano Desconcentrado de la 
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargada de supervisar que la operación 
de los sectores asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservando 
la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones de Seguros y Fianzas, para 
garantizar los intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo 
de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la 
mayor parte posible de la población.7 
 
✓ Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR): su labor 
fundamental es la de regular el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que está 
constituido por las cuentas individuales a nombre de los trabajadores que manejan 
las AFORE.8 
Conclusiones 
Actualmente la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas a tener un mejor 
entendimiento de lo que son las instituciones nacionales de seguros y fianzas y sobre 
todo a los usuarios les ayuda al momento de toma de decisiones en el momento de 
contratación de sus seguros y fianzas. 
 
6 https://www.gob.mx/cnbv/que-hacemos 
7 https://www.gob.mx/cnsf/que-hacemos 
8 https://www.gob.mx/consar/que-hacemos 
16 
 
Los Fideicomisos 
Es un contrato mediante el cual el fideicomitente transfiere al fiduciario parte de su 
patrimonio, con el propósito de que éste realice un fi n lícito, el que en ocasiones consiste 
en beneficiar a un fideicomisario. 
Los fideicomisos públicos son aquellos que establece la administración pública federal, los 
cuales se estructuran de forma análoga a los organismos descentralizados o a las empresas 
de participación estatal, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras 
entidades y que tengan comités técnicos.9 
Este tipo de fideicomiso ha servido para que el Estado pueda alcanzar ciertas metas afines 
a su labor de administrador público. Son colocados bajo la tutela de una coordinadora de 
sector, según sea el fin para el que se haya constituido. La cual realizara respecto a ellos, las 
tareas de vigilancia.10 
Entendido desde una perspectiva más monetaria el fideicomiso transmite a una institución 
fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, 
para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos 
fines a la propia institución fiduciaria11 
Características/ Elementos 
I. Se divide en dos categorías las cuales son el fideicomiso público y el privado; 
atendiendo a la persona jurídica que constituye, que puede ser el Estado o un 
particular, respectivamente. 
 
II. El fideicomitente. En el caso de la federación, es el ejecutivo por medio de la 
secretaria de hacienda y crédito público12. Por lo que se refiere a los estados, serán 
sus respectivos gobiernos, y los ayuntamientos en el supuesto de los municipios. El 
 
9 Rafael I. Martínez Morales. (2012). Derecho Administrativo, Primer Curso. México: OXFORD pág. 131 
10 Rafael I. Martínez Morales. (2012). Derecho Administrativo, Primer Curso. México: OXFORD, pág. 130 
11 Art 381 de Ley General de títulos y Operaciones de Crédito 
12 Arts 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 41 de la Ley Federal de las Entidades 
Paraestatales 
17 
 
poder judicial de la federación realiza la parte de sus actividades a través de 
fideicomisos; lo mismo el legislativo. 
 
III. Patrimonio fiduciario: este patrimonio estará constituido por el conjunto de bienes 
y derechos que el estado ( fideicomitente) transmita a la institución fiduciaria para 
el cumplimiento de sus labores 
 
IV. El fiduciario: será cualquier sociedad nacional de crédito, esta podrá fungir como tal 
para los fideicomisos públicos. 
 
V. La duración de los fideicomisos públicos será de una vigencia indefinida, igual a la 
de los que persiguen fines de beneficia social, la cual es también indefinida 
Integrantes 
Para tener una idea más simple de cómo esta constituido el fideicomiso público, que 
anteriormente se mencionó en los elementos del fideicomiso público; se hablara de la 
integración del fideicomiso privado para poder así darnos cuenta de cómo cada sujeto juega 
un papel y como lo lleva a cabo. 
a) fideicomitente, que es la persona que transfiere parte de su patrimonio para 
la realización de un fin licito; 
 
b) El fiduciario, que es aquel a quien se le ha transferido la propiedad de dichos 
bienes y sobre el que recae la obligación de realizar un fin determinado, por 
lo general es casi siempre es una institución bancaria o casa de bolsa y; 
 
c) El fideicomisario, al que se define como la persona que recibe los beneficios 
de la realización del fin encomendado 
 
18 
 
d) Comité técnico, es el órgano creado en el acto constitutivo de un fideicomiso 
o en sus reformas, cuyo objetivo es coadyuvar al logro de los fines propios 
del fideicomiso, de acuerdo con la integración, los deberes y la competencia 
que le confiera. Su existencia es potestativa en los fideicomisos de 
particulares. Para los fideicomisos públicos existirá un representante de la 
Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, uno de la fiduciaria y otro de la 
coordinadora de sector. Cabe mencionar que La ley Federal de las Entidades 
Paraestatales dispone la prohibición, a la fiduciaria, de ejecutar acuerdos 
dictados por el comité técnico cuando este exceda en su competencia o 
viole el contrato del fideicomiso 
 
e) Los delegados fiduciarios, son funcionarios designados por las instituciones 
fiduciarias, a los que se les encomienda realizar los fines del fideicomiso; 
llamados también delegados fiduciarios normales para diferenciarlos de los 
especiales 
Actualmente en su carácter de entidad de la administración pública paraestatal, el 
fideicomiso gubernamental debe ser inscrito en el registro público, que lleva la secretaria 
de hacienda y Crédito Público. 
¿Posee personalidad jurídica? 
Como se ha mencionado y con base en la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal, 
se contempla al fideicomiso como una entidad paraestatal, dicho esto, hay una corriente 
opinión que sostiene que esto es un gran error, debido a que el legislador le otorgo 
tácitamente la personalidad jurídica, además el hecho de que exista un comité técnico lleva, 
erróneamente y superficialmente a reforzar este argumento. 
En cambiola corriente opuesta afirma que el fideicomiso, en sí, constituye un acto mercantil 
y, por tanto, no pese carácter propio de una persona moral, con lo cual viene siendo 
únicamente un instrumento de operación de quienes lo constituyen o se beneficial con él. 
19 
 
Ejemplos 
➢ En la Secretaría de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación: 
 1. Fideicomiso de riesgo compartido. 
 2. Fondo de empresas expropiadas del sector azucarero. 
➢ En la Secretaría de comunicaciones y transportes: 
 3. Fideicomiso de formación y capacitación para el personal de la marina mercante 
Nacional. 
Conclusiones 
El fideicomiso ayudara a que la administración pública pueda realizar las políticas públicas 
y las actividades que sean consideradas como prioritarias por el Estado, como lo son la 
prestación de servicios, ejecutar obras, etc. Con el fin de que estas ayuden a la población 
en general. 
 
20 
 
Referencias 
Rafael I. Martínez Morales. (2012). Derecho Administrativo, Primer Curso. Mexico: OXFORD 
Legislación 
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 
Ley Federal de las Entidades Paraestatales 
Ley General de títulos y Operaciones de Crédito 
Ley de las Instituciones de Crédito 
Ley de las Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito 
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas 
 
Páginas de Internet 
https://www.gob.mx/cnbv/que-hacemos 
 
1 https://www.gob.mx/cnsf/que-hacemos 
 
1 https://www.gob.mx/consar/que-hacemos 
 
https://www.gob.mx/cnbv/que-hacemos
https://www.gob.mx/cnsf/que-hacemos
https://www.gob.mx/consar/que-hacemos

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