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semana 5 teorico juridica

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Teorico 
Prevención especial actua de 3 maneras
· Corrigiendo al corregible: resocialización
· Intimidando al intimidable
· Haciendo inofensivos 
Teorías mixtas: se intenta que cada trasgresor tenga una sanción sobre si y sirva de prevención para la sociedad. Hoy en día están en juego las mixtas. Son teorías pluridimensionales de la pena que supone una combinación de fines preventivos y retributivos e intentan configurar un sistema que recoja los efectos más positivos de cada una de las concepciones puras hasta aquí analizadas. Que son las penas a actuales.
Degano plantea que antes que una pregunta sobre la prevención por via de la eficacia punitiva, es necesaria una interrogación estructural sobre la posibilidad del “reposicionamiento subjetivo”.
Pena privativa de libertad: es una medida precautoria (prisión preventiva) o de seguridad por la cual, se recluye al condenado en un establecimiento especial, sometiéndolo a un régimen determinado.
Penas restrictivas de libertad (por ejemplo orden de restricción): aquellas que sin suprimir por completo la libertad, la limitan imponiendo al condenado el cumplimiento de ciertas obligaciones y prohibiéndole determinados actos.
Condena condicional: menor a 3 años sin antecedentes. Presenta restricciones especificas.
El seguimiento por el patronato de libertad.
Probation: suspensión del juicio a prueba. Menor a 3 años y compromiso a cumplir actividades resarcitorias en la sociedad.
Borde sinuoso entre víctima y victimario (con recorrido de victimización por no haber obtenido la atención necesaria, el respeto por sus derechos etc pero de todos modos siempre debemos ver el caso a caso).
En mar del plata, tenemos cerca Batan que es para penados pero también hay procesados (espera al juicio sin sentencia aun). Aquellos sancionados entran a la unidad con un periodo de observación donde se hace un diagnostico (post haber pasado por un informe pericial que se hizo en el proceso) y donde se evalúa que posibilidades de adaptación tendrá dentro de la institución para fijar un programa de tratamiento. Lo hace el equipo de clasificación criminológico (interdisciplinar). Se ven cuestiones como máxima o mediana seguridad, que pabellón (grupo de evangelistas, policías, consumo problemático, diversidad sexual, etc). Se fija el tratamiento con distintas fases y de acuerdo al cumplimiento, puede atenuarse la pena.
Procesados: había (no se si sigue actual) un 2x1 por ser sometidos a una situación que no se sabe si la merecen. Por eso, se hacía que cada 2 años pasados como procesados, se descuente uno del total.
Programas de tratamiento: talleres, cumplimiento de horas, también puede ser terminar la escuela o tener clases con la facultad de derecho, taller de autos, taller de zapatillas, etc. Es depende interés, capacidad y lo que haya disponible.
Luego de cumplida los 2/3 de la pena, comienza el periodo de prueba, con posibilidad de salidas transitorias. También se puede llegar a lograr un egreso anticipado (libertad transitoria). Recibe visitas del patronato de liberados al domicilio para hacer el control.
Comenzó con un comisario y un asistente. Hoy en día está incorporado el equipo interdisciplinario. Se supone que previo a esto comienza a recibir visitas para comenzar la reinserción no solo social sino familiar. Hay que pensar que la familia también hizo una reorganización y precisa ser re integrado. El patronato lo va a asistir y también a evaluar. El patronato pertenece al poder ejecutivo, a desarrollo social. Todo lo supervisado en las instituciones carcelarias son supervisadas por un juez de ejecución.
Sexualidad en la cárcel: 
Las posibilidades que las cárceles ofrecen son:
· Abstinencia
· Homosexualidad
· Masturbación
· Visita higiénica, intima o conyugal (de acuerdo a nivel de comportamiento a 10 pueden recibir la visita).
Practicas
· Visitas: quincenales de familia, amigos
· Requisas: a visitantes e internos
· Beneficios: 
· Poder solicitar las visitas
· Pedir modificación de la sanción
Debemos verlo como una persona con posibilidades, y el estado debe geferar espacios para que se cumpla.
El rol asignado a los psicólogos:
Hace unos 10 años se dividio el equipo criminológico porque antes era el mismo que los evaluaba al inicio y para salir. Los psicólogos desconfiaban y el penado pensaba que todo lo que dijera iba a trascender por ende era muy restrictivo. Se creo un área de salud mental dentro de la cárcel que trabaja clínicamente para el poder ejecutivo desde desarrollo social. Si el juez, deriva al sujeto para que haga tratamiento, ese psicólogo se transforma en un psicólogo jurídico (recordemos siempre que dependemos de la demanda judicial).
El desafío está entre lo que nos asignan y el rol que asumimos, ejecutando el rol posible que será el factible de realizar. No debemos perder la identidad profesional. Debemos poder contribuir a que el sujeto algo se pregunte para que resignifique el acto y se evite la repetición. 
Las leyes por si no se modifican las practicas aunque ponen el tema a debate. Será necesario un cambio en las políticas públicas. El proyecto de batan por ejemplo era muy bueno pero en la práctica no lo fue.

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