Logo Studenta

bolilla 8

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

BOLILLA 8
Participación y representación política 
Representación 
Concepto: es la acción de representar que significa la relación de los miembros de un grupo humano jurídicamente organizado (representado) con un órgano (representante) en virtud de la cual la voluntad de este último se considera como expresión de aquellos.
Participación
Concepto: es tomar parte o tomar parte en algo, o sea actor o ser un participe como integrante de un todo, pero cuando se habla de participación en el gobierno o participaciones políticas, se piensa en una intervención directa del sujeto en aquel o en la adopción de estos, la participación asi pensada seria: 
Participación: modo de acción propia del ciudadano en la democracia directa
Representación: modo de acción propia del ciudadano indirecta
En sentido amplio la expresión de participación política se usa para designar aquellas actividades en que la gente común toma o puede tomar parte tales como: votar en las selecciones, militar en un partido político, asistir a actos políticos, apoyar a candidatos, presionar sobre los dirigentes, difundir información política, etc.
Hay diversos niveles de participación, según la intensidad de compromiso implícito y la actividad desplegada: 
· Presencia: comportamientos perceptivos o pasivos sin aporte personal
· Activación: asumir actividades políticas, ser delegados para ellas, promoverlas.
· Participación propiamente dicha: contribuir directa e indirectamente a la estructuración y dinamización de situaciones políticas.
La participación política dentro del sistema tiene dos efectos principales:
· Por una parte, facilita el plena cumplimiento de la normativa electoral, con lo que el gobierno es legal
· Por otra parte, permite la emergencia del consenso, con lo que el gobierno alcanza legitimidad. Como consecuencia de la legalidad, legitimidad el gobierno es representativo
Formas
Representación territorial: 
· Teoría del mandatario: 
· mandato imperativo: solo confiere al mandatario la representación del grupo o del distrito que lo designe y lo sujeta en todas sus consecuencias a las instrucciones que recibe sus particulares mandantes.
· Mandatario representativo: en oposición al imperativo, la representación política del mandatario no representa fragmentariamente a grupos o distritos aislados, sino a la nación entera.
· Teoría del órgano: el pueblo puede ser concebido como un órgano del estado y puede actuar por sí mismo o por medio de un órgano secundario representativo. De ser asi el órgano secundario representativo expresa la voluntad del órgano primario (pueblo) y ambos órganos forman una unidad, de ahí que todo miembro de la cámara representa al pueblo en unidad, cuya voluntad es la voluntad de su pueblo y no de su grupo.
Representacion funcional: Lo hacen de acuerdo a los intereses.
· Guidilmo: el inglés cole considera que la guida (gremio) es el grupo fundamental de la estructura social y organización política.
· Catolicismo social: la iglesia católica a través de sus encíclicas y otros documentos propugna la institucionalización estatal de los pueblos sociales 
· Corporativismo: significa siempre una representación funcional. 
a) Corporativismo fascista italiano: las corporaciones serás las bases del nuevo órgano que remplazara la cámara de diputados. Partido único y estado totalitarista.
b) Corporación portugués: los elementos naturales de la sociedad son la familia, los grupos sociales y locales y las corporaciones, tanto morales como económicas. Niegan al partido único y al estado totalitario y la confusión de un partido único con el estado o nación.
c) Corporativismo español: todos los españoles participan en el estado a través de sus funciones familiares, municipales y judiciales, esas instituciones son las bases de la comunidad nacional.
Sufragio
Es un derecho público subjetivo de naturaleza política. Consiste en el derecho que tienen los ciudadanos de elegir de ser elegidos y participar en la organización y la actividad del poder en el estado. También puede ser conceptuado como la energía política reconocida a ciertos hombres para que elijan y participen en el gobierno en la comunidad. 
Naturaleza jurídica
Según Sánchez agesta: enumera las siguientes concepciones:
· Concepción historia o medievalista: el sugragio es un privilegio personal, estamento o clase
· Concepción clásica: el sufragio es un derecho de la cuidadania.
· Concepción jurídica: el sufragio es la función de un órgano (cuerpo electoral) para la formación de otro órgano (órgano representativo).
· Concepción personalista: el sufragio es un derecho individual o personal a participar y ser oídos en las decisiones políticas.
 Xifra Heras clasifica las concepciones en: 
- Doctrina clásica greco-romana: el sufragio es un atributo de la ciudadanía y la ciudadanía el privilegio de unos pocos 
- Doctrina medieval: el sufragio es un privilegio feudal inherente a un status concreto, como el derivado de la tierra a la pertenencia o a una clase determinada. 
- Doctrina Iusnaturalista: el sufragio es un derecho natural del individuo 
- Doctrina de la soberanía nacional: el sufragio es un derecho de la ciudadanía, y la ciudadanía una investidura conferida en función de la nación, titular concreto de la soberanía 
- Doctrina del positivismo jurídico: el sufragio es un derecho individual que se traduce en el reconocimiento por parte del Estado de la calidad de elector que reviste el titular 
- Doctrina de la contraprestación: el sufragio es la contrapartida de deberes públicos como el pago de un impuesto y el servicio militar 
- Doctrina funcionalista: el sufragio es un derecho de carácter funcional. Tiene dos variantes: 
a. La que sostiene que el sufragio es una función pública no estatal 
b. La que lo define como una función pública estatal 
Las distintas concepciones se polarizan en considerar al sufragio: 
- Como un derecho 
- Como una función 
- Calificados autores enlazan el sentido individual y social del sufragio y lo consideran un derecho y una función simultánea, sucesiva o separadamente
Bases jurídicas del sufragio 
- La universalidad, la igualdad, la obligatoriedad y el secreto constituyen las bases jurídicas del sufragio 
Requisitos generales del sufragio 
- La ciudadanía 
- La edad 
- La inscripción en el registro o padrón electoral 
• El sexo debido al reconocimiento universal del voto femenino, ha dejado de ser requisito general
Requisitos especiales 
Son requisitos que se aplican al sufragio restringido o calificado, y están fundados en exigencias económicas, intelectuales o sociales. En los estados modernos se da el sufragio universal, opuesto al restringido, por lo que no están condicionados por tales exigencias.
Clasificación 
· Voto público: el sufragio se emite en voz alta o por llamamiento personal. Individualiza el voto, permitiendo toda clase de presiones sobre el elector. 
· Voto secreto: el sufragio se emite con la garantía de no poderse individualizar el voto. 
· Sufragio facultativo: el elector puede abstenerse de votar sin que se sancione su omisión. (voto no obligatorio) 
· Sufragio obligatorio: el elector se encuentra legalmente obligado a votar, con posibilidad de sanciones morales o pecuniarias. Lo obligatorio es el ejercicio. 
· Sufragio individual: el sufragio es un derecho político cuyo titular es el individuo, en cuanto es miembro activo de la comunidad política. 
· Sufragio corporativo: pretende sustituir al individuo por la asociación. Fatalmente conduce al totalitarismo o a la dictadura. 
· Sufragio directo: elige directamente, sin intermediarios, a sus representantes. 
· Sufragio indirecto: el elector elige a terceros que proceden a elegir al representante. 
· Sufragio uninominal: el elector vota por un candidato en una circunscripción determinado. 
· Sufragio plurinominal: el elector vota por una lista de candidatos.
Incapacitados para votar: 
- Por falta de discernimiento (sordomudos) 
- Por su estado o condición (eclesiásticos regulares, detenidos, mendigos) 
- Por su indignidad (quebrados, fraudulentos, testimoniofalso, etc.) 
Sistema electoral 
Son los distintos métodos utilizados para el cómputo de los votos y la elección de los candidatos. 
Cuerpo electoral 
Es el nombre con el que se designa a aquel sector del pueblo que es sujeto de votaciones, es por lo tanto una pluralidad de ciudadanos.
Clasificación del sistema electoral – sistemas mayoritarios, minoritarios y mixtos 
Mayoritarios: parten del principio de que la representación corresponde al candidato, grupo o partido que obtiene mayor cantidad de votos. La mayoría puede ser: 
- Absoluta: gana el candidato o partido que obtiene la mitad más uno de los votos válidos. Da origen a repetir las elecciones hasta que se obtenga dicha mayoría. –ballotage
- Relativa: atenúan la rigidez de la mayoría absoluta. Quién obtiene la simple mayoría gana la elección.
Minoritarios
Tipo empírico:
Lista incompleta o voto restringido: confiere cierta participación a algunas de las minorías, confiere las dos tercias partes de las bancas que reuniera mayor número de votos y el tercio restante a la expresión que concluye en el segundo lugar.
Proporcional: apuestan a que la representación política obtenida por un partido sea un fiel reflejo de número de votos obtenidos. Los dos tipos más conocidos son:
· Hagbach: se sujeta a un procedimiento que consta de tres etapas:
1- Se suman los votos obtenidos por cada uno de los competidores, para determinar el total de sus fragantes
2- Se divide esa cantidad por el número de bancas a llenar
3- Tal cifra repartidora es la que, tantas veces este comprendida en el número de votos de los partidos, le permite definir cuantas bancas obtienen.
· D´hont: empezó a aplicarse a partir de 1857 en nuestro país y es utilizado para la elección de diputados su procedimiento consta de tres pasos
1- Se divide el número de votos obtenidos por cada parcialidad por 1,2, 3 y así hasta llegar al número de bancas a cubrir.
2- Se ordenan de modo decreciente los cocientes obtenidos hasta llegar al número de bancas a cubrir
3- Las veces que este la cifra repartidora en la división de cada uno de los partidos determina el número de bancas que alcanza cada partido.
Mixto: tratan de armonizar el principio mayoritario con la representación proporcional, y se basan preferentemente en los sistemas de listas.
· Plurinominales: esta metodología permite la división del distrito o territorio nacional en una pluralidad de circunscripciones para lo cual se utiliza un conjunto o listas de candidatos.
· Uninominales: para este sistema se toma una unidad geográfica determinada de todo el estado, y se divide en distintos distritos como tantos cargos haya que cubrir, de manera que cada lector dispone del voto para elegir a un solo candidato entre las diversas formas electorales que se le ofrece. 
La opinión pública u opinión popular
Es un estado de conciencia colectivo acerca de cuestiones de interés público, que se caracteriza por ser racional e irracional a la vez, calificada, móvil, socialmente condicionada y sujeta a estímulos externos. Es un juicio que se exterioriza.
 Elementos esenciales
1) Sujeto titular: el sujeto de la opinión público no es cuantitativo; ese sujeto está constituido por una serie de conjuntos humanos, por lo tanto la opinión pública tiene un sujeto múltiple anónimo e indeterminado, sin límites precisos, pudiendo ser nacional, vecinal, regional, mundial, etc.
2) Objeto o contenido: estado de conciencia sobre cuestiones o hechos de interés publico 
· Opinión: un saber intermedio entre la certeza y la ignorancia
· Publica: no es individual, no es secreto, y es de interés general. 
3) Caracteres: 
· Racional: solo se expresa por medio de la actividad intelectual de razonamiento. Irracional debido a su naturaleza controvertible
· Calificada: no es opinión de la mayoría
· Móvil y fructuable: nunca se la puede conquistar definitivamente por sus varios cambios y estímulos que recepta.
· Obedece estímulos externos: influye en ella su educación, la propaganda, información, la acción de las fuerzas políticas, etc
· Es socialmente condicional pues según la estructura social existente varia el carácter de la opinión publica 
Importancia de la opinión pública: es necesaria para el buen funcionamiento de la democracia, es una de las nociones fundamentales de la ciencia política y uno de los factores esenciales de la sociedad humana. Constituye un elemento fundamental para la justificación de la autoridad.

Continuar navegando