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UND 2 GESTION DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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MANEJO DE ÁREAS 
PROTEGIDAS Y ECOTURISMO
LEONE FUENTES MONGE
UND II
GESTION DE LAS ÁREAS 
NATURALES PROTEGIDAS
2
LAS ANP EN EL PERÚ
3
TIPOS DE ANPS SEGÚN LA 
AUTORIDAD QUE LAS ESTABLECE
• Áreas Naturales Protegidas del Sistema
Nacional de Areas Naturales Protegidas por el
Estado.
• Áreas de Conservación Regional se crean por
Ordenanza Regional y deben ser reconocidas
por Decreto Supremo.
• Áreas de Conservación Local, su regulación ha
sido derogada.
• Áreas de Conservación Privada se establecen
sobre predios de propiedad individual o
comunal.
EL SINANPE
4
LAS ACR Y LAS ACL
• La Ley de Áreas Naturales
Protegidas y su reglamento
regulan las categorías,
zonificación interna, usos
permitidos, planes maestro,
comité de gestión de las áreas del
SINANPE.
• No sucede lo mismo con las áreas
de nivel regional y local para las
cuales solo hay unas pocas
referencias en la ley y su
reglamento.
5
Es un espacio reconocido por el Estado para... 
Mantener por muchos años...
Diferentes tipos de animales, plantas, 
hongos, bosques, desiertos, nevados, 
lagos, ríos, mares... 
¿Qué es un área natural protegida?
Recursos importantes para las 
personas de diferentes pueblos, que 
habitan esos bosques, desiertos, 
lagos...
Relaciones entre animales, 
plantas, humanos, con el clima, 
agua, fuego, aire y tierra
6
¿Para qué se crean 
Áreas Naturales Protegidas?
Para contribuir a la
CONSERVACIÓN de la
diversidad natural y
cultural del Perú
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OBJETIVOS DE LAS ANP
Las Áreas Naturales Protegidas tiene como objetivos:
a. Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, dentro de áreas
suficientemente extensas y representativas de cada una de las unidades
ecológicas del país;
b. Mantener muestras de los distintos tipos de comunidad natural, paisajes y formas
fisiográficas, en especial de aquellos que representen la diversidad única y
distintiva del país;
c. Evitar extinción de flora y fauna silvestre, en especial aquellas de distribución
restringida o amenazadas;
d. Evitar la pérdida de la diversidad genética;
e. Manejar la flora silvestre, asegurando una producción estable y sostenible;
f. Manejar la fauna silvestre, recursos hidrobiológicos, para alimentos y actividades
económicas, incluyendo las recreativas y deportivas;
g. Mantener de recursos, incluyendo los genéticos, para mejorar sistemas
productivos, adaptaciones frente a cambios climáticos perniciosos y sustentar
investigaciones científicas, tecnológicas e industriales;
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h) Mantener y manejar cuencas hidrográficas asegurando captación, flujo y calidad del agua, y
control de la erosión y sedimentación;
i) Para actividades educativas, así como para investigación científica;
j) Proporcionar monitoreo del estado del ambiente;
k) Proporcionar recreación y esparcimiento al aire libre, así como turísmo basado en las
características naturales y culturales del país;
l) Mantener el entorno natural de recursos culturales, arqueológicos e históricos;
m) Restaurar ecosistemas deteriorados;
n) Proteger, cuidar o mejorar sitios de reproducción o de refugio, rutas de migración, fuentes
de agua o de alimento en épocas críticas;
o) Proteger sitios frágiles;
p) Proteger monumentos y sitios históricos;
q) Conservar formaciones geológicas y geomorfológicas; y,
r) Asegurar continuidad de servicios ambientales .
OBJETIVOS DE LAS ANP
9
Es una manera de vivir, usando 
nuestros recursos sin que esto 
malogre nuestro ambiente o dañe a 
las personas, animales y 
plantas...para que podamos seguir 
usándolos hoy, mañana y siempre. 
PERO... ¿QUÉ ES CONSERVACIÓN?
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ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DEL 
SINANPE
• Según sus objetivos de manejo pueden ser:
• a) Áreas de Uso Indirecto:
• Parques Nacionales;
• Santuarios Nacionales; y,
• Santuarios Históricos.
• b) Áreas de Uso Directo:
• Reservas Nacionales;
• Reservas Paisajísticas;
• Refugios de Vida Silvestre;
• Reservas Comunales;
• Bosques de Protección, y;
• Cotos de Caza. 
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Zonas Reservadas
Artículo 59º.- Zonas Reservadas
59.1 El Ministerio de Agricultura podrá establecer de forma transitoria, Zonas Reservadas, en aquella áreas
que reuniendo las condiciones para ser consideradas como Áreas Naturales Protegidas, requieren de la
realización de estudios complementarios para determinar, entre otras, la extensión y categoría que les
corresponderá como tales.
59.2 Las Zonas Reservadas son del SINANPE, el dispositivo legal de establecimiento debe contener cuando
menos:
a) Expediente técnico justificatorio, incluyen mapa y memoria descriptiva;
b) Objetivos y usos permitidos compatibles con su fin;
c) Comisión para definir la(s) categoría(s) y extensión definitiva, que incluirá la participación de las 
poblaciones locales, Gobiernos Regionales y Municipales;
d) El plazo máximo a la comisión para categoría definitiva, extensión y limites, y si la misma debe o no ser 
incluida en el SINANPE; 
e) Evaluación de presencia de comunidades campesinas o nativas así como grupos humanos en aislamiento 
voluntario.
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Zonas de Amortiguamiento
Artículo 61º.-
61.1 Son aquellos espacios adyacentes a las Áreas Naturales Protegidas del
SINANPE, que por su naturaleza y ubicación, requieren un tratamiento especial que
garantice la conservación del Área Natural Protegida.
61.2 Las actividades realizadas en las Zonas de Amortiguamiento no deben poner
en riesgo el cumplimiento de los fines del Área Natural Protegida.
61.3 La Zona de Amortiguamiento es establecida en el Plan Maestro del Área
Natural Protegida. La delimitación de la misma se realiza de manera
georeferenciada utilizando coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) y
descriptiva utilizando en lo posible, accidentes geográficos de fácil identificación en
el terreno.
61.4 El INRENA mediante Resolución Jefatural, en aplicación del principio
precautorio, puede establecer de manera temporal la extensión de la Zona de
Amortiguamiento en tanto no se apruebe el Plan Maestro correspondiente.
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Limitaciones al derecho de propiedad
Articulo 44°.- De los derechos de propiedad y posesión
44.1 El ejercicio del derecho de propiedad preexistente a la creación de un Área Natural
Protegida debe ser compatible con su carácter de Patrimonio de la Nación.
44.2 En todos los casos se respetan las disposiciones señaladas en los artículos 53° y
54° del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales - Decreto Legislativo N°
613.
Artículo 45°.- Inscripción registral
45.2 Los Registradores Públicos realizan las inscripciones correspondientes, a sólo
mérito de la presentación de la solicitud e instrumento legal que la sustenta, bajo
responsabilidad.
45.3 No se desconoce el derecho de posesión previamente adquirido al establecimiento
de un Área Natural Protegida, pero no procede la adquisición de la propiedad por
prescripción.
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Artículo 46°.- Limitaciones y restricciones de uso
• 46.1 Las limitaciones y restricciones al uso de predios de propiedad privada ubicados al interior
de un Área Natural Protegida, cuya existencia es posterior a la propiedad, son establecidas en
el dispositivo legal de su creación, en el respectivo Plan Maestro o mediante Resolución
Jefatural específica del INRENA. En este último caso se debe tomar en consideración la
categoría del Área Natural Protegida, la situación legal del titular y el contenido de los
instrumentos de planificación.
• 46.2 No se permite el establecimiento de nuevos asentamientos humanos dentro de las Áreas
Naturales Protegidas posteriores a su creación.
• 46.3 Son inscribibles las limitaciones y restricciones de uso sobre derechos que consten en
cualquier registro público.
Articulo 47°.- Opción de compra
• En caso de venta de predios privados al interior de un área natural protegida, el propietario
deberá otorgar una primera opción de compra al Estado, mediante carta notarial a la Jefatura
del Área, por un plazo no menor a sesenta (60) días. En caso que el Estado no ejerza la opción
de compra, siempre le corresponderá el derecho de retracto,
de acuerdo al artículo 5° de la
Ley 26834.
Limitaciones al derecho de propiedad
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Reconocimiento internacional
Para promover la conservación de la naturaleza en ANPs.
Reservas de Biosfera
7.1 Las Reservas de Biosfera son los
ecosistemas terrestres o marinos, o
ambos, reconocidos por la UNESCO en el
marco del “Programa sobre el Hombre y
la Biosfera” – MaB.
7.2 Las Reservas de Biosfera constituyen
modelos de gestión del territorio que
integran el mantenimiento de la
diversidad biológica con su
aprovechamiento sostenible. Cumplen
tres funciones básicas: de conservación,
de desarrollo y logística como base para la
ciencia y la investigación.
Sitios de Patrimonio Mundial
8.1 Los Sitios de Patrimonio Mundial
Natural son ANP reconocidos en la “Lista
del Patrimonio Mundial” administrada por
el Comité del Patrimonio Mundial de la
UNESCO a proposición de SERNANP.
• Para Sitios de Patrimonio Mundial
Natural y Cultural, debe presentarse
expediente en coordinación con el
Ministerio de Cultura
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Reconocimiento internacional
Corredor biológico
• Es la conectividad entre una sucesión de áreas naturales
protegidas para contrarrestar la fragmentación de los hábitats
y permitir que biodiversidad se relacione entre diferentes
ecosistemas.
Hot Spots
• Son sitios que contienen mega biodiversidad a nivel mundial y
por ello deben ser prioritariamente conservados.
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Comité de Gestión 
del ANP
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¿Qué es el Comité de Gestión?
El Comité de Gestión somos todas las personas 
que estamos relacionados con el ANP
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Características principales
1. Cuenta con una Comisión Ejecutiva .
2. Son reconocidos mediante Resolución del 
SERNANP (cada dos años).
3. No tiene personería jurídica.
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¿Quiénes conforman el Comité 
de Gestión?
Representantes del Sector público y 
privado, así como la población local y de 
manera especial los miembros de las 
comunidades campesinas o nativas que 
desarrollan sus actividades en el ámbito del 
área natural protegida
Artículo 17.1 del Reglamento de la
Ley de Áreas Naturales Protegidas
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Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión –
MDD del Parque Nacional Bahuaja Sonene
# Apellidos y nombre Cargo
Comunidad o 
institución
Grupo de interés
1 Pérez Pérez, Jesús Provisional Fitzcarral Agricultores (carretera inicio)
2 Carasas Chauca, Félix Provisional Tahuantinsuyo Agricultores (carretera media baja)
3 Mamani, Benigno Provisional Florida Alta Agricultores (carretera media)
4 Condori Solórzano, Narcisa Provisional Unión Progreso Agricultores (carretera media alta)
5 Huanca Huamani, Ceferino Titular Santa Rosa Agricultores (carretera alta)
6 Limachi Chuco, María Provisional Alto Manuani Agricultores, mineros, nativos
7 Zambrano Gonzáles, Víctor Saliente FADEMAD Agricultores (Tambopata bajo)
8 Tito Ticona, Julián Titular Sachavacayoc Agricultores (Tambopata medio)
9 Salas García, Miltón Titural J. V. Alvarado Agricultores (Madre de Dios bajo)
10 Herrera Sangama, Benigno Titular ASCART Castañeros
11 Chaetá Shanocua, Arturo Provisional C.N. Palma Real Nativos
12 Chávez Moreno, Kleber Titular AMATAF Medianos mineros
13 Carpio Torres, Armando Titular APAYLOM Mineros artesanles
14 Zavalo Cancho, Eduardo Titular Municipalidad Municipios
15 Cáceres Gallegos, Edgardo Titular MEM Entidades públicas
16 Dueñas Linares, Hugo Titular UNAMAD Universidades
17 Ascorra Guanira, César Saliente CI Organismo no gubernamentales
18 Aguilar Pérez, Carlo Titular Inv. Maldonado Empresas turísticas
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¿Qué hace el Comité de Gestión?
1. Colabora y apoya en la gestión del ANP.
2. Coordina el trabajo conjunto entre las diferentes personas o
instituciones relacionadas al ANP.
3. Promueve la participación de las poblaciones locales.
4. Propone e incentiva procesos para la elaboración de normas
que apoyen a la gestión del ANP.
5. Apoya a la administración en la difusión de la conservación
del ANP y la resolución de conflictos.
6. Participa en la elaboración del Plan Maestro.
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Plan Maestro
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¿Qué son los Planes Maestros?
Son herramientas de planificación que sirve 
para ordenar las actividades que se realizan
en las áreas naturales protegidas.
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¿Qué principios base se siguió para formular los 
Planes Maestros del PNBS y la RNTAMB? 
“La conservación debe tender al mantenimiento 
tanto de procesos ecológicos como socio-culturales”
“La conservación debe ser una desición social 
y no una imposición”
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¿Qué definen los Planes Maestros?
1. Percepciones de los actores involucrados (Visión), para
construir metas.
2. Fortalezas, oportunidades, debilidades y amenzas
(FODA)
3. Prioridades de Gestión para la Conservación
4. Zonificación (definir las diferentes zonas)
5. Programas (objetivos, acciones e indicadores de
impactos de los programas y subprogramas)
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¿Qué definen los Planes Maestros
en la zona de amortiguamiento?
1. Establece la zona de amortiguamiento (límites y
área).
2. Establece los lineamientos generales para
implementar las actividades en la zona de
amortiguamiento.
Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas 
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Zonificación interna 
del ANP
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¿Qué es zonificación?
Es el proceso de definición del uso de un 
territorio, usando distintos criterios, según el 
objetivo del área a zonificar.
La zonificación es una forma de planificación del uso de la tierra
La zonificación debe ser dinámica y participativa
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¿Para qué se zonifica?
2. Para definir:
• ¿Dónde?
• ¿Cómo?
• ¿Cuándo? 
• ¿Quién?
Puede usar los 
recursos del ANP
La zonificación es fundamental para el ordenamiento territorial
1. Para cumplir los objetivos del ANP
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¿Qué criterios se usan para zonificar?
Legales
Categoría del ANP: Objetivos de conservación del ANP
Zonas permitidas según categoría
Usos permitidos según zonas
Derechos: Ancestrales y adquiridos
Naturales y 
Sociales
Prioridades de Gestión para la Conservación
Dinámica natural: Procesos ecológicos
Dinámica cultural: Uso de los recursos, expectativas de 
uso del territorio y los recursos
Políticos
Rol catalizador: Opciones de desarrollo en la zona de 
amortiguamiento
Posibilidad de alianzas: Opciones de manejo dentro y 
fuera del ANP
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Metodología 
1. Revisión de propuestas de zonificación anteriores.
2. Delimitación de las zonas, analizando la siguiente información:
• Prioridades de Gestión para la Conservación
• Tipos de bosque
• Estratos fisiográficos
• Gradiente Altitudinal
• Testimonio arqueológico y uso ancestral
• Uso de recursos
• Uso del territorio (pasado, presente y futuro)
• Población
• Áreas críticas
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Participación
1. Revisión de la propuesta, por parte:
• El Comité Técnico, 
• El Comité de Coordinación
• La Jefatura del ANP 
Región 
• El Comité de Gestión (Comisión ejecutiva y C.G. ampliado -
bases-)
• Usuarios directos (CCNN, ASCART, entre otros),
• Oficina de Medio Ambiente de la region
• Consejeros regionales
2. Revisión de la zonificación por parte de SERNANP
3. Ajuste de límites
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Tipos de zonas
En los Parques Nacionales no pueden existir zonas de 
aprovechamiento directo, porque son áreas naturales 
protegidas de Uso Indirecto
1. Zona de Protección Estricta
2. Zona Silvestre
3. Zona de Uso Turístico y Recreativo
4. Zona de Aprovechamiento Directo
5. Zona de Uso Especial
6. Zona de Recuperación
7. Zona Histórico - Cultural
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Categorías de 
Zonificación
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Zona de Uso Especial
Definición según la Ley de Áreas 
Naturales Protegidas (Artículo 23)
“Espacios ocupados por asentamientos
humanos preexistentes al establecimiento
del Área Natural Protegida, o en los que por
situaciones especiales, ocurre algún tipo de
uso agrícola, pecuario, agrosilvopastoril u
otras actividades que implican la
transformación del ecosistema original”
Lugares donde había pobladores viviendo
o usando los recursos antes que se creara
el Área Natural Protegida.
También pueden ser lugares en los que
por situaciones especiales hay algún tipo
de uso que cambia el monte original.
Es 
decir...
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Zona de Uso Especial
Objetivos:
Reconocer derechos adquiridos de los pobladores.
Realizar el uso sostenible de fauna y flora, para generar
procesos de conservación con la población.
Realizar actividades de tipo recreativo y turístico, respetando
estándares ambientales y sociales
Realizar proyectos de carácter educativo, que beneficie a los
pobladores y la Zona de Amortiguamiento.
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Zona de Uso Especial
Normas de Uso y manejo específicas:
1. La población previamente establecida y debidamente empadronada
por la Jefatura del ANP puede realizar actividades agrícolas
tradicionales, según la aptitud de la tierra y previa comunicación al
Jefe del ANP.
2. No se podrá ampliar ni habilitar nuevas áreas para realizar agricultura.
3. No se permite el establecimiento de nuevos asentamientos humanos,
ni la expansión de los actuales
4. El uso forestal maderable no está permitido.
5. El uso forestal no maderable es permitido a pequeña escala para fines
de subsistencia, con planes de manejo.
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Zona de Uso Especial
Normas de Uso y manejo específicas:
5. Los recursos aprovechables no podrán encontrarse en vías de
extinción según la UICN y la lista de especies amenazadas para el
Perú.
6. La actividad turística deberá ser definida de acuerdo a:
• El Plan de Uso Turístico y el Plan de Recreación, acordes a
los Sub Programas de Turismo y Recreación del Plan Maestro
• La identificación de las áreas susceptibles a la actividad
turística
• La definición de los Términos de Referencia
• Los planes de sitio
• Los estándares ambientales y sociales.
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Zona de Recuperación
Definición según la Ley de Áreas 
Naturales Protegidas (Artículo 23)
“Zona transitoria, aplicable a ámbitos que por
causas naturales o intervención humana, han
sufrido daños importantes y requieren un
manejo especial para recuperar su calidad y
estabilidad ambiental, y asignarle la
zonificación que corresponde a su
naturaleza”
Lugares que han sufrido daños y necesitan
un manejo especial para recuperarlos.
Es una zona temporal, porque, después de
recuperarla se le dará la categoría que le
corresponda.
Es 
decir...
41
Zona de Recuperación
Objetivos:
Evaluar y definir quienes poseen derechos adquiridos y
en que lugares.
Evaluar la designación final a una Zona de Uso Especial,
Zona Silvestre o Zona de Uso Turístico y Recreativo.
Evaluar las zonas que requieren una recuperación de su
ecosistema original.
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Zona de Recuperación
Normas de Uso y manejo específicas:
1. No se podrá ampliar ni habilitar nuevas áreas para realizar
agricultura.
2. La población previamente establecida y debidamente
empadronada por la Jefatura del ANP es la única que puede
realizar actividades agrícolas tradicionales, previa comunicación al
Jefe del ANP.
3. No se permite el establecimiento de nuevos asentamientos
humanos, ni la expansión de los actuales.
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Zona de Recuperación
Acciones inmediatas:
Conformar una comisión para:
 Empadronar a las personas que viven en el sector, y definir
quienes realmente tienen derechos adquiridos (títulos o
posesión).
 Verificar la existencia de posesiones o títulos de las mismas
personas en la zona de amortiguamiento
1. Paralelamente Coordinar con el saneamiento de la zona de
amortiguamiento.
2. Coordinar con organismo del Estado y ONGs, estrategias e
implementar programas en la zona de amortiguamiento, para
minimizar la presión sobre los recursos naturales del ANP.
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Zona de Uso Silvestre
Definición según la Ley de Áreas 
Naturales Protegidas (Artículo 23)
“Zonas que han sufrido poca o nula
intervención humana y en las que predomina
el carácter silvestre; pero que son menos
vulnerables que las áreas incluidas en la
zona de protección estricta. En estas zonas
es posible, además de las actividades de
administración y control, la investigación
científica, educación y la recreación sin
infraestructura permanente ni vehículos
motorizados”
Estos también son lugares casi vírgenes,
con diferentes tipos de monte y animales,
la diferencia es que son menos frágiles que
las zonas de protección estricta.
Se permiten actividades propias del manejo
y el monitoreo, la investigación científica,
educación y recreación sin infraestructura
ni vehículos motorizados.
Es 
decir...
45
Zona de Uso Silvestre
Objetivos:
 Proteger las cabeceras de las microcuencas.
 Proteger áreas de reproducción de peces de importancia ecológica y económica
 Desarrollar actividades de investigación básica y aplicada, orientadas a
desarrollar prácticas de aprovechamiento sostenible en la Zona de
Amortiguamiento.
 Desarrollar actividades de educación ambiental con la población asentada en la 
zona de amortiguamiento.
 Conservar áreas con alta diversidad de animales y plantas.
 Proteger una muestra de la sabana tropical (Pampas del Heath)
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Zona de Uso Silvestre
Normas de Uso y manejo específicas:
1. Sólo se permite realizar las siguientes actividades:
• Administración y control,
• Investigación científica,
• Educación y
• Recreación
2. No se puede instalar infraestructura
3. No se permite el ingreso de vehículos motorizados.
4. Está prohibido la introducción de especies exóticas.
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Zona de Protección Estricta
Definición según la Ley de Áreas 
Naturales Protegidas (Artículo 23)
“Aquellos espacios donde los ecosistemas
han sido poco o nada intervenidos, o
incluyen lugares con especies o
ecosistemas únicos, raros o frágiles, los que
para mantener sus valores, requieren estar
libres de la influencia de factores ajenos a
los procesos naturales mismos, debiendo
mantenerse las características y calidad del
ambiente original.
En estas zonas solo se permiten actividades
propias del manejo del área y de monitoreo
del ambiente, y excepcionalmente la
investigación científica”
Son los lugares donde el monte está casi
virgen y es la zona que más tenemos que
cuidar porque los animales , plantas o
bosques que están allí son únicos o
frágiles.
Para cuidar a esos animales y plantas no
debemos alterar estas zonas..
Sólo se permiten actividades propias del 
manejo y el monitoreo y la investigación 
científica.
Es 
decir...
48
Zona de Protección Estricta
Objetivos:
 Proteger las cabeceras de los ríos.
 Conservar la diversidad de plantas y animales.
 Conservar tipos de bosques muy especiales.
 Fuente de semillas de plantas de importancia
sociocultural.
49
Zona de Protección Estricta
Normas de Uso y manejo específicas:
1. Sólo se permite realizar las siguientes actividades: 
• Propias del manejo, 
• Monitoreo del ambiente e
• Investigación científica excepcionalmente 
2. No se pueden otorgar concesiones para la prestación de servicios 
turísticos y recreativos.
3. No se puede instalar infraestructura
4. No se permite el ingreso de vehículos motorizados.
5. Está prohibido la introducción de especies exóticas.
GRACIAS

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