Logo Studenta

ensayo cogestion judicial

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Formando humanos en conciencia.
Una de las mayores problemáticas vistas desde un
ambito ya sea nacional o universal, se debe a esos ele‐
mentos que repercuten en el fenómeno del "desgaste
judicial" como efecto de que se han venido saturando
los juzgados, despachos u ordenamientos judiciales,
por medio de distintos medios interpuestos desde
acciones a nombre propio como la tutela y demás,
hasta aquellos que requieren de un representante legal
como es el caso de las demandas. De esta manera, se
manifiesta uno de los tantos problemas evidenciado
en la sociedad que si bien se puede solventar por otros
medios, la primera vía que las personas recurren es la
judicial para arreglar sus conflictos. ¿Cuál es la razón
entonces del desconocimiento de los otros medios
ignorados? Y ¿Cuál es el origen principal de este
fenómeno?.
En primera medida es importante hablar entonces
de la responsabilidad que tienen las academias de
formación, a la mayoría de las personas los moldean
con la mentalidad de denunciar o demandar en la
primera controversia y discordia que se presente. Y
esto bajo efecto de que sabemos mucho teóricamente
sobre la dignidad humana, pero cuando vamos a la
realidad, la práctica de la dignidad humana no importa.
Los derechos de las personas valen, pero cuando se
trata de nosotros y están jugando con los derechos de
nuestra persona se olvidan los derechos de los demás.
En este orden de ideas, ¿cuál sería la responsabilidad
de las academias desde este enfoque? La respuesta
debida es: formar la parte humana, la ética, la moral
de un ser humano. Es decir, formar profesionales
íntegros porque el buen conocimiento de una persona
debe ser complementada por la humanidad que éste
posea. Como dijo el filósofo griego Aristóteles: "Educar
la mente sin educar el corazón, no es educación en
absoluto". O sea, una persona con los conocimientos
básicos del derecho puede solucionar aspectos
legales, pero hay otros métodos alternativos de
solución de conflictos básicos de la humanidad.
Si analizamos, mucho antes de que existiera el
derecho las personas recurrían a estos medios
ignorados. Un ejemplo histórico se evidencia en el
libro de Moisés, él era la representación de la figura
del juez y aunque no existía un tribunal en sí, así era
considerado en ese momento. En los conflictos una
persona se presentaba frente a otra y tenían una serie
de diálogo, cuando no llegaban a un común acuerdo
posteriormente se dirigían ahora sí ante Moisés. 
Esas costumbres en la actualidad pasan por alto y
parece que la sociedad se está volviendo retrógrada,
lo importante en primera instancia es demandar y
se olvidan de esos medios tales como el diálogo,
que efectivamente pueden redimir una controversia.
A nivel judicial existen asuntos que más allá de
ser cláusulas de protocolo en las demandas o
procesos judiciales, deben acudir a algo que se llama
conciliación. Sin embargo, si nos fueran culturizado el
saber conciliar antes de demandar, la comunidad fuera
diferente y no hubieran tantos procesos en espera que
sí son de mayor relevancia.
¿Cómo se defienden las personas con algo que no
tienen idea de su existencia? ¿Cómo acudir a unos
métodos alternativos de solución de conflictos si no
se tiene al menos el conocimiento? Por esta razón es
un cotidiano y hasta se ha integrado en el lenguaje
común de las personas. Esto se representa claro
cuando los vendedores ambulantes, trabajadores
informales o peatones dicen: "te voy a meter una
demanda". Empero, ¿ellos sabrán siquiera que es una
demanda y el procedimiento requerido para tal? La
mayoría sabe que tiene derechos pero ignoran que
poseen además deberes, todos conocen que tienen
categorías absolutas a su favor pero no saben que
disponen de un compromiso con la sociedad. 
Entrando en materia de derecho, esto además es el
tema de discusión que repercute y origina al desgaste
judicial. Cuando se habla de la acción de tutela, es
básicamente preguntarse de entrada si realmente el
problema es la acción de tutela como mecanismo para
garantía de derechos fundamentales, como consagra
la constitución colombiana como un mecanismo abier‐
to a la ciudadanía, de fácil acceso y de pronta respues‐
ta. O más bien el problema es a nivel de cómo opera
la administración, del incumplimiento de los fines
esenciales del estado y sus obligaciones en materia de
garantía de protección de derechos, que básicamente
es el que lleva en últimas a que la población recurra al
único mecanismo judicial que al menos garantiza una
respuesta en un término prudente (10 días)
La acción de tutela a nivel constitucional se plantea
como un mecanismo de ultima opción a la que el
ciudadano accede cuando ya ha buscado por todos
los medios que garantiza el derecho. Pero esto es
una utopía, nuestra realidad es alterna. Al ser esto
un mecanismo expedito, el juez tiene 10 días para
fallarla, por lo tanto su eficacia la convierte en la de
primera opción. Y con esto muchas veces se tiene
que suspender el despacho, frenar los procesos
jurisdiccionales que se esté haciendo por resolver
dichas tutelas porque los mismos términos hacen
que ameriten un especial tratamiento por parte de los
despachos judiciales.
Aunque, ¿Deberíamos en sí culpar a los ciudadanos
por la sobre utilización debida o indebida del
mecanismo? Cuando en realidad el escenario es
que estamos en un Estado violador de derechos
fundamentales de manera sistemática, que no brinda
a los ciudadanos unas verdaderas garantías para que
sus derechos los pueda gozar de una forma efectiva
sin tener que recurrir a los mecanismos judiciales.
Como afirman Delgadillo y Hernández (2015) que:
La cantidad de tutelas instauradas por los
ciudadanos están saturando el sistema judicial,
debido a que las personas utilizan este recurso no
solo preservar sus derechos fundamentales, sino
para solucionar problemas cotidianos. Ante las
numerosas problemáticas vigentes en Colombia, se
busca la vía rápida como lo es la tutela cuando la
administración pública no resuelve los conflictos por
las vías normales. (P.16)
Recalcando una vez más la ignorancia y poca concien‐
tización de las personas al instaurar de manera arbitra‐
ria una demanda u otros, sobre casos innecesarios de
presencia judicial; cuando existen más 4 millones de
procesos archivados, más de 1 millón de casos de ho‐
micidios y violaciones sin resolver aún. Es caótico vivir
en una sociedad que atienden primero una demanda
de hurto de un objeto que no pasa de los mil pesos, a
una demanda sobre un homicidio que está desde hace
décadas y aún no se resuelve. Y es que en la sentencia
T-1539/00 el uso desmedido y arbitrario establece
que: la conducta adelantada por una persona que de
manera desmedida emplea la acción de tutela con la
simple intención de lograr una decisión favorable, se
encuentra marcada con el sino de la mala fe, cuando
la pluralidad de acciones, desvirtúa la finalidad propia
de este mecanismo judicial excepcional y genera un
desgaste absurdo del aparato judicial del país.
Se está logrando con esto una degeneración de la
cultura jurídica, pero es que también por parte de
las mismas entidades del estado y las personas que
prestan servicios, hasta que no ven un fallo judicial
tampoco demuestran la intención de cumplir. Esto es
visto en todas las materias: salud, educación, trabajo,
entre otros.
En conclusión el verdadero problema que origina el
desgate judicial es el incumplimiento de los fines
del Estado; y cómo este mismo, termina por medio
de su inoperancia forzando de manera directa e
indirecta al ciudadano a sobre utilizar los mecanismos,
volviéndose esto en una carga para los juzgados
afectando la apropiada y eficiente administración de
justicia. No obstante, para disminuir esto, se necesita
abogados y personas más humanas, academias mas
educativas que lleven dentro de su plan de estudio
esa información a las personas del común de que
existen métodos para defender sus derechos sin
ser arbitrarios, sin generar tanto estancamiento y
reflexionar además sobreel problema estatal de
incompetencia en el que estamos.
Se quiere llegar con esto que se necesita de abogados
y personas más humanas. Y es que un papel
fundamental y que pueden hacer los integrantes de
la academia e instituciones educativas es fomentar
ese conocimiento a la comunidad, servir a la sociedad
llevando esa información a las personas del común de
que existen métodos de cómo defender sus derechos
sin ser arbitrarios 
y esto haciéndolo de una manera estratégica, es decir
como las personas no manejan un lenguaje o el léxico
técnico que un abogado utiliza es rigoroso compartir
la información de una manera coloquial, entendible
y que a la final tenga el mismo propósito de la
impartición del saber los distintos medios de solución
de conflictos y que ésta es la forma principal de dirimir
una controversia de cualquier índole, desde vecinos
hasta empresas, entidades públicas, etc. Mencionan‐
do además cuando Carlos Gaviria en una conferencia
sobre Educar en democracia realizado en la ciudad
de Bogotá comentó QUE: "Es importante la educación
para que las personas sepan cuál es su posición" 
12 FIGUEROA MARTÍNEZ, HENRY LEANDRO.
“Análisis a la problemática de congestión judicial
en Colombia a partir de las políticas establecidas
por las leyes de descongestión judicial”. Ensayo.
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.
Facultad de Derecho. Seminario de Investigación
Jurídica. Bogotá. D.C. 2011. pág. 05. 
Última modificación: 20 de marzo de 2020

Continuar navegando