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SEMINARIO - GRUPO 1

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La Convención sobre los Derechos de las 
Personas con Discapacidad
CURSO:
SEMINARIO IV
DOCENTE:
EDITH CALDERÓN
INTEGRANTES:
• Castañeda Vilca, María Salomé
• Corimayhua Luque, Diana
• Tapia Limonchi, Mariella Elizabeth
• Ventura Araujo, Olenka Xiomara
• Vilca Morán, Alexandra Nicol
contenido
ESTRUCTURA Y 
CONTENIDOS
LA CONVENCIÓN SOBRE LOS 
DERECHOS DE LAS PERSONAS 
CON DISCAPACIDAD
I II
I
LA CONVENCIÓN SOBRE LOS 
DERECHOS DE LAS PERSONAS 
CON DISCAPACIDAD
• La CDPD representa el instrumento
internacional de derechos humanos más
avanzado sobre los derechos de las
personas con discapacidad en términos
de alcance y profundidad.
• Proporciona estándares de protección
para los derechos civiles, culturales,
económicos, políticos y sociales de las
personas con discapacidad.
• Innova el enfoque estándar adoptado en
tratados anteriores de derechos
humanos.
• La Convención está supervisada por el
Comité de Expertos de la ONU sobre
Derechos de las Personas con
Discapacidad.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con 
Discapacidad
Aprobación y ratificación
• La Asamblea General de las 
Naciones Unidas aprobó la CDPD el 
13 de diciembre de 2006, en su Sede 
en Nueva York, y se abrió para la 
firma el 30 de marzo de 2007.
• La Convención entra en vigor 
cuando fue ratificada por 20 países 
el 3 de mayo de 2008
• A este año cuenta con 182 estados 
parte.
Aprobación y ratificación en el Perú
• Fue aprobada por el Congreso de la 
República mediante la Resolución 
Legislativa N° 29127 de fecha 30 de 
Octubre del 2007, publicado en el 
diario oficial EI Peruano el 01 de 
noviembre del 2007.
• Fue ratificada por el Presidente de 
la República, según el Decreto 
Supremo N° 073-2007-RE de fecha 
30 de diciembre de 2007, publicado 
en el diario oficial EI Peruano el 31 
de diciembre de 2007. 
¿Por qué se necesita?
La Convención se necesita para promover, proteger y 
asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de 
todos los derechos humanos y libertades 
fundamentales por todas las personas con 
discapacidad, y promover el espeto de su dignidad 
inherente. 
¿Por qué es importante?
La Convención es 
importante porque es un 
instrumento para 
garantizar que tengan 
acceso a los mismos 
derechos y 
oportunidades que los 
demás.
Estructura y 
contenidos
Artículos 1-2 y 4- 7
Artículo 1 Propósito
Artículo 2 Definiciones
Artículo 4 Recopilación de datos y estadísticas
Artículo 5 Igualdad y no discriminación
Artículo 6 Mujeres con discapacidad
Artículo 7 Niños y niñas con discapacidad 
Las obligaciones de los Estados Partes con respecto a los derechos de las 
personas con discapacidad.
Artículos especiales 8 – 9 y 19 - 20
La aplicación de los derechos específicos establecidos en la convención incluyen el derecho a 
vivir independientemente y ser incluido en la comunidad, a la movilidad de las personas, 
habilitación y rehabilitación , y al derecho a un nivel de vida adecuado , y a la participación en la 
vida política y pública, y la vida cultural , la recreación y el deporte (y Cultura Sorda)
Artículo 8 Toma de conciencia
Artículo 9 Accesibilidad
Artículo 
19
Derecho a vivir de forma independiente y a ser 
incluido en la comunidad 
Artículo 
20
Movilidad personal 
ARTICULO 24 - Educación
Los Estados Partes deben velar por que las personas 
con discapacidad tengan acceso en condiciones de 
igualdad a una educación inclusiva y a un proceso de 
aprendizaje durante toda la vida, que incluya el 
acceso a instituciones de enseñanza primaria, 
secundaria, terciaria y profesional. Ello comprende 
facilitar el acceso a modos de comunicación 
alternativos, realizando ajustes razonables y 
capacitando a profesionales en la educación de 
personas con discapacidad.
Artículos especiales 26 y 29-31
En la convención deben crear conciencia de los derechos humanos de las personas con 
discapacidad, y garantizar el acceso a las carreteras, edificios, y la información.
Artículo 
26
Habilitación y rehabilitación 
Artículo 
29
Participación en la vida política y pública 
Artículo 
30
Participación en la vida cultural, las actividades 
recreativas, el esparcimiento y el deporte
Artículo 
31
Recopilación de datos y estadísticas
Artículos 33 - 39
Regulan la presentación de informes y el seguimiento de la convención, incluida 
instituciones nacionales de derechos humanos.
Artículo 33 Aplicación y seguimiento nacionales 
Artículo 34 Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 
Artículo 35 Informes presentados por los Estados Partes 
Artículo 36 Consideración de los informes 
Artículo 37 Cooperación entre los Estados Partes y el Comité 
Artículo 38 Relación del Comité con otros órganos 
Artículo 39 Informe del Comité 
Artículos 40-50
Gobernar la ratificación, entrada en vigor, y la enmienda de la Convención. 
Artículo 40 Conferencia de los Estados Partes 
Artículo 41 Depositario
Artículo 42 Firma (abierta a la firma desde el 30 de marzo de 2007)
Artículo 43 Consentimiento en obligarse 
Artículo 44 Organizaciones regionales de integración 
Artículo 45 Entrada en vigor 
Artículo 46 Reservas (No se permitirán reservas incompatibles con el objeto y el propósito)
Artículo 47 Enmiendas (podrá ser enmendada si dos tercios de los Estados Partes están de acuerdo)
Artículo 48 Denuncia (Los Estados pueden decidir dejar de ser partes, mediante notificación escrita)
Artículo 49 Formato accesible (El texto de la Convención se difundirá en formatos accesibles)
Artículo 50 Textos auténticos (Los textos en diferentes idiomas serán igualmente auténticos)
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