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La discapacidad y su oportunidad de emprendimiento

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Las personas que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, 
mentales o intelectuales de carácter permanente se consideran personas 
con discapacidad según la Ley General de la Persona con Discapacidad 
(Nº 29973). Esta norma, además, señala que el Estado peruano garantiza 
el ejercicio de sus derechos, su inclusión plena y efectiva en la sociedad, 
en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos peruanos.
Para poder garantizar el ejercicio laboral de este grupo de peruanos, la ley 
Nº 29973 da directivas específicas sobre la contratación y el trabajo para 
discapacitados. En tal sentido, el Estado peruano ordena que las 
empresas privadas con más de 50 trabajadores deberán contratar a 
personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3%.
De la misma forma el trabajo para discapacitados está garantizado en 
las entidades públicas ya que están obligadas a contratar personas con 
discapacidad en una proporción no inferior al 5% de todo su personal.
La ceremonia de premiación a los mejores emprendedores del 
proyecto ‘Emprende sin límites’, cuyo objetivo es visibilizar la 
importancia de la capacitación para la insertar laboralmente a 
personas con discapacidad.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, junto con la Cámara 
de Comercio Americana del Perú (Amcham), Centrum Graduate Business 
School y la Asociación Aprenda, puso en marcha el proyecto con el fin de 
promover el emprendimiento de las personas con discapacidad y ampliar 
sus oportunidades de empleabilidad
Trabajo para discapacitados en empresas
La ley Nº 29973 señala que para cumplir con la cuota de 3% de 
trabajadores discapacitados, una empresa debe tener más de 50 
trabajadores en su planilla electrónica y, además, se deben generar 
nuevos puestos de trabajo en el período comprendido entre el 1 de enero y 
el 31 de diciembre de cada año.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) 
estará a cargo de las inspecciones laborales para verificar que realmente 
se esté cumpliendo la norma que tiene la finalidad de asegurar el trabajo 
para discapacitados.
Las sanciones para las empresas que incumplen con las normas de 
trabajo para discapacitados comenzarán a emitirse desde el 1 de enero de 
2016, pero se verificará que estas leyes se hayan cumplido en el periodo 
que va desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015.

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