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usuario3 Cuadro de texto A diferencia de los esclavos, esos labriegos tenían derecho a votar y se puede presumir que algunos de los servicios que proporcionaban eran de naturaleza política. Con el dinero que ganaban, esos desplazados cons-tituían un mer- cado para algunos de los productos de las propiedades de los ricos. Pero no pueden haber absorbido sino una parte de esa producción y se vuelve urgente de terminar cómo vendían los productores pudientes el resto de los bienes de consumo de que disponían, en particular en vista del aparente predominio de la ganadería entre las actividades agrícolas (documentado por el aforismo de Catón 5 regis trado por Cicerón en De officiis, n, 89). ¿Dónde vendían la lana o la carne? La Ital ia del sur era, desde tiempo atrás, una fuente mayor de productos laneros (las ovejas tarentinas aparecen ya en Plauto, Tru- culentus, 649) y la aristocracia tomana sin duda hasta cierto punto se apoderó de los mercados tradicionales; pero sospecho que en gran proporción las lanas y los cueros eran vendidos a los abastecedores det ejército romano; en otras palabras: la aristocracia romana utili- zaba la producción de sus propiedades como otra vía , indirecta en este caso, para aprovecharse de los ingresos provenientes del -imperio" S Catón es también el autor de De agri culfura, un tr.nado de t:st ruclUra imperfecta accrCll de! nuevo est ilo de cuhivos rentables, utilizando .1 esclavos como elemento más importante de la muno de obra . !O8 10 REFORMA Y REVOLUCION Intentar una reforma no constituía una novedad i(en el 145, Lici· nio Craso había propuesto, sin éxi to, que el nombramiento de los sacerdotes fuera confiado a un procedimiento de el;ección, en reem- plazo del de la coopta/io); Jo que singulariza los tribunados de Tibe- rio Graco en el 133 Y de su hermano pequeño, Cayo) en el 123 es, en ambos casos, un grado de determinaci6n que datía origen a una oposición dura y que conduciría por fin a la muerte violenta de los dos y, en el caso de Cayo Graco, a un campo de acción del interés reformador, nunca antes conocido en ninguna figura; anterior. _ El núcleo de la ley agraria propuesta por Tiberio Graco era eIf res tablecimiento de una prohibición antigua (eL pág. 104) : el máximo de tierra pública que podía poseer una persona no debía superar los 500 iugera (aproximadamente 126 Ha); los hijos, :tal vez hasta el número de dos, recibían otros 250 iugera cada un0; una comÍsión de tres hombres debía distribuir la tierra recuperada por el Estado ".>V entre los labriegos desposeídos en las zonas rurales. ; Ni el contenido 71' de la ley propues ta ni su promulgación fueron frívolos; Apio Claudia Púlquer> que había sido cónsul en el 143 }' censor :en el 136 y era princeps senatus desde el 136, Publio Mucio Escévol~, que era cónsul en el 13 3, y Publio Licinio Craso, que habría de ser cónsul en el 131, apoyaban a T iberio Graco; otros sostenedores del proyecto, menosl conocidos, aparecen en las fuentes. --.J Los labriegos pobres desprovis tos de tierras acu¿Jie ron desde las c~lmpiñas a Roma para votar a favor de la ley (Apiabo, Guerras civi~ /e.<, 1, 10 , 38; D iodoro, XXXIV-XXXV, 6, 1-2); t,1 dest ino de 1,\ P!.C!~tlesta de Cayo I..c:lio (eL pág . 95) indujo II Tiber"io· ·Gt:aco a pre- i ~entar su propues ta dIrec tamente ante el conálium p(ebis, sin cor,sul- i tar al senado. ~ Estab~.3E~~" 9~~~~h9 ... al.""h~c~.t:lo, pe~o no era ésa l~ "'1 pc Rectangle ,~t~ ?W~)( ty;On. e, (M éL ÜtuL 0;-5l:Ut47ze; .f!#. ~'.dl aot;, , tJ +'ófe~<'<n..L \ .4.( '7-mo~ Wr>W e.f::d&' d( ,~'f8 .ad.!htC:~·I4..¿í\JJ Ijj 4 [f¡j)t!... tzau .. eetIV'IA' X ~ COaC#E<J) '7t-O X af"fJZtirJ. {J [j!..., costumbre' ante tal deteW1LnacL®~CQ...caminQ_,ilbi!:no para la * ~p_osicíó~_ ~~rsu!!.~~?.- t~~~~~_ P3E~_ . .9u.e_yetara la propuesta y uno de los diez fue persuadIdo para hacerlo . -}- cntrentaoocQñ-ervetÓ._· dé~-su colega, Tiberio Graco lo hizo des ti- (,) ..' tuir-j)ór -~I - vot~ -ael·. ~oiícililln¡ plebi~; la medjda no COOOCí'aJ)re"Ce- ~. deines -ro ...... no "'se ' día definirla como ile al. Sin embargo, esta ..,. r \ situación ejó descubierto una fuente fatal de conflictos en el ~ sistema político romano, que surge con mayor claridad aún de los \acontecimientos que rodearon la muerte de Tiberio Graco: si se : aceptaba el principio de la soberanía popular, sin duda era . de~~Cho .,' de! 'pueblo tomar 10 que había otorgado; de igual manera, el bloqueo . \del peder de un magistrado dentro de un colegio de magistrados ':y, ( ~) ~ por un proceso de asimilación, de un tribuno dentro de un colegi? .~~ i tribunos, era una regla básica de trabajo de la república, equivaIen~e a un principio. ._. - . La ley, por fin, fue promulgada y la comisión de tres hombres se constituyó, con Tiberio Graco, su hermano y Apio Claudio; pero continuaba la oposición, bajo la forma de litigios acerca de la situa- ción de las tierras consideradas públicas por los comisionados. Una ley posterior en su promulgación confería poderes judiciales a Jos comisionados. Sin embargo, sus inconvenientes no terminaron allí: «Los poderosos estaban irritados por _ todo 10 que habí¡l ocur rido y temían la influencia creciente de Tiberio (Graco); de modo que adoptaron una actitud insultante hacia él en el senado, para lo que urilizaron como subterfugio la petic ión h3bitual de una tienda que debía ser provis ta a expensas del erarío público, para que él la llevara durante el período de distribución de las tierras; a pesar de que Otros a menudo habían formulado ese pedido con motivos mu- cho menos importantes, la tienda fue negada en su caso y se fijó una dieta de nueve ases (tres ases para cada comisionado: la paga diaria para un soldado romano ... ). En aquel momento, Eudemo de Pérgamo llevó a Roma el testamento de AtA lo !Ir, que había muerto, en el que el pueblo romnno era nombrado heredero del rey; Tiberio (Graco), de inmediato, como líder del pueblo emit ió un decreto por el que se disponía que el tesoro real fuera llevado a Roma y entregado a aquellos ciudadanos que recibiesen la tierra n distribuir, con el fi n de que pudieran comprar equipos y semillas par3 sus pllrcelns» l . (PLUTARCO, Tiberio Grllco, 13-14; es tendenciosa, sin duda, la versión de 'Tito Livio, por la que Ulla cantidad de dinero habría de sus tituir la entrega de parcelas.) Los comisionados comenzaron, por último, su tarea (véase la figura 6) Y la oposición comenzó a hablar de una venganza en la per- I Un hijo ilegíti mo de Atajo III, Aristónico, trató de reclamar su herencia. Su campaña, que de manera errónea y con un puma de vista centrado en lo romllno recibió el nombre de rebelión, sólo tuvo fin en el 129; hacia su última etapa , esa campaña llegó a implicar un intento, interesante y mal documentado, de alzar a las clases humildes en contra de Roma.. sana de Tiberio Graco, cuando éste volvió a ser y, por ende, pasible de ser enjuiciado: ciudadano común «y cuando 'Sus amigos, al ver que se hacían amenazas contra él y que sus enemigos unian fuerzas, expresaron la necesidad de que obtuvier3 otros t ribu- nados en el futuro, Tiberio G raco buscó el favor del pueblo una vez más pro- metiendo otras leyes .. . » (Las propuestas específicas atriQuidas aquí a Tiberio Graco, casi con certeza, son unas proyecciones al pasado [de d ementas del pro- grama. de su hermano.) (PLUTARCO, Tiberio Croco, 16.) Los que en sus orígenes habían apoyado la ley: agraria estaban ya}' de regreso en el campo, para ganar dinero por su trabajo en las cose- chas, y Tiberio Graco se vio forzado a depender, 'en la mayor parte, de los votos de los habitantes de la ciudad. Aun así podría haber sido reelecto; sus con:r~rios in~entaron impedir la. ~elebraci?n de. ~os ( asambleas y, por ulrlmo, baJO el mando de Pubbo, Corneho Esclpl6n¿ Naslca, atacaron y aseSInaron al tnbuno y a sus sqgllldores. ~\\ \ N :;\11111\\\;/ ) I t »''/' // nll \\\I1III/I\\\~' \\\\ \ \ ,/ --' \ / ./ Fig.6.Plano de la división en centurias al noroeste de Lyceria (cL mapa 21. El plano muestra la división en centurias sobre dos ali'neaciones. una de las cuales quizá data de la fundación de la colonia. y la btra tal vez refleja las a.c:; ignac iones de T. Graco; las divis iones internas y , las parcelas ind io v iduales aparecen dentro de los bloques principales de terreno; las exca· vaciones muestran que las granjas ocuparon los lugares de asientos ant i· guas y en algunos casos se dedicaron al cult ivo de viñedos y árboles frutales. Antiqulty, 1949, 67, fig. 2. 1 11 tI" .lltUiV· · (¿Por qué Quinto Ello Tubero no preguntó) «por qué hay en un estado dos dl f~,d;-~·~ sena~os y casi dos pueblos? Po~que. ya lo sabéis, la muene de Tiberio Graco y .it tü - [,a~blén toda su c?nducta antenor a lo largo del tribunado dividió a un pueblo s.LJ.iet- ~.· :\ umco en dos facciones.» (CICE~ÓN> De re publica, 1, 31, la obra presenta una autL ~~píntura dramática de1129.)-~ ~--'-----~ ~--_.-----'--'" t.·~I'~I()~· ~'t'M.1 ') Para Nasica, la ruptura del principio de las magistraturas anuales ~ ~ " ' d bl "<"- constltUJa un mtento e esta eeer el regnum el mando individual· 1'/'" ;,at<"l " '. - y para Graco, constituía el derecho del pueblo de confiar el tribunado a quien qu isiera . • , 4<.- • r:: Otras reflexiones retrospectivas se sugieren por sí mismas. El • desarrollo del tribunado de Tiberio Graco expuso a todas las miradas las ;onseCl~en~ias de l~_~ispersión de los ciudadanos romanos . .P.9E..,~. a pemnsuJa !tabana. Los cIUdadanos romanos habían sido establecidos r¡iritim, en parcelasín-divíduales, _ !nás _qüe -en . ~oJoni3s ·_ organizad~\s', cada vez más lejos de Roma,--y las colonias romanas no habían sido fundadas al igual que en el pasado comó-_ meras- guarniciones sobre la" eos_ta , sino que, mas bien, consti tuían asientos importantes , a menudo alcl:ldos dc Huma . Eslc lí lt illlO dcs¡n rolln :\1.: rdl(,~j¡\ por III institlici{m, den tro de las colonias romnnns a principios del siglo JI, de una es- tructura de gobierno local complera, bajo el mando de los duoviri, un cuerpo de dos magls trados; las comunidades brtstante lejanas de cives sine wllragio, Arpino, Fundos y Formjas recibieron el derecho tde voto en el 188_ (Quizá eran las últimas comunidades poseedoras de i~~.? condición que quedaban_) r L'dd' ó ' a C1U a ama que te rIcamente era una ciudadanía rotal se había aparta o e a OS1l1 a e acto e votar- e resll ta o ue lIe el nIvel de f)art icin~ción de cuerpo de ciudadanos romanos como un ~Elr:.2t~.en los procesos de . Qobierno se vio reducido v la reDresen~ tattvú:la : de una reunión normal de la asamblea disminuvó. Este últi~ mo hecho emerge de la desaparición de gran parte de los seguidores de Tiberio Graco en cuanto fue votada la ley. Todo el u.roceso es una triste consecue~ia de algo que, en su [Otalidad, había sidO- una Iuente de forta leza paca Roma en- sus inicios: el mét9ÓO con -que haóía orJtaniz.do.la !tilia kf Jlá~ 42) , ~ ( El (rlbunado de TIberiO Graco tambIén es Importante porque (marca un paso en la he1enización_ 4e la _ aristocracia romana· es pro- '-.. (b~~IC-..S:~~ _la apelací?n al príricrpiü- de-la -soberanía-popular '~n el caso ;> ... ~ ª--:._~~~!ler a ~n tr~buno f~eca hecha con pleno conocimiento de J~ ~ ~xlstencla de dISC USiones grIegas de los problemas de la política_ No ) se trata, por supuesto, de que la filosofía griega haya ejercido una 11 2 influencia importante sobre Tiberio Graco; pero, .?:'n icerteza, le pro, ? porcionó las municiones útiles para la batall~ .polluca, en ~oma;. del ~ mismo modo y en el mismo pedodo, las habilidades h te ranas grIegas ¡ seguían sirviendo a los fines de la aristocracia romana Y las .ha?ilida-;' des artísticas griegas eran cada vez más utilizadas con el obJeuvo de:'. divulgar las pretensiones de ese gru po_ Pero quizá la reflexión más importante que puede provocar el tribunado de Tiberio Graco sea un intento de estirn~r la verdadera importancia simbólica del pasaje a tra;és de la asa~blea del decreto que ponía el legado de Atalo III de Pergamo (ef. pag j 11.0) en manos de los comisionados agrarios; el apoyo con que contq Tlbeno Graco provino, en primera instancia, de hombres que reCibían cada vez menos recompensa del imperio que se había ganado ~on la ayuda de ellos mismos; una main-mise directa en algunas de e~as recompensas apenas si podría parecer una reacción sorprendente. '¡ • • De hecho, fue el imperio lo que posibilitó las la~gitiones, dIstrI- bución de los dineros públicos con finalidades políti~as, y con ellas la popular;s ratio, el planteamiento político q~e bt4scaba el apoyo aumentando el bienestar del pueblo, Desde el tlemp<f de los Gracos en adelante existe un nexo reiterado entre los dirigentes popularis y los programas de edíficación, y la pres teza con que: Tiberio Graco echó mano de los recursos del imperio tuvO eco en sus sucesores. La colonización de Narbo (Narbona) en el lI 8 Y hts colqnias propucstas por Lucio Saturnino implicaban el uso de las tie rras provinciales; las rentas de Cirene fueron utilizadas para las distribuciones de trigo de la década del 70, el asiento agrario de Rullus, plalleado en el 63, también contaba con el uso de las tierras provincialeS, Marco Catón, el joven, y su enemigo Publío Clodio recurrieron pm¡ igual al erario imperial para las distribuciones de trigo. !¡ . ", : Por el momento, la república romana se apartó !.del a~lsmo; a : pesar de algunas persecuciones contra los _seguidores ¡¡ lnrnedla.tos más humildes o los asociados extraños a Tibeno Graco, ~mprendidas por Publio Popillo Lenas la comisión agraria fue autori~ada a proseguir con sus tareas y Publio Escipión Emiliano, que se pabía permitido verter una cita salvaíe de un trozo de Homero, p~ra expresar su aprobaci6n al tener nuevas sobre 1~ muerte de Gdco, se encontró ¡ con que no se le dejaba el monopolio del senado: _~i «Los detractores de E6cipi6n y quienes lo denigraban, guiados por Pubüo Craso y Apio Claudio, aun después de la muerte de est OS dos m~~vieron. a una parte del senado hostil a vosotros (los que piensan como Esclp16n), baJO el mando de (Quinto) Metelo (Macedónico) y Publio Muelo .(Es~évola ) ... » (C~ CERÓN, De re publica, 1, 31, muy tendencioso, sigue al pasaJe citado en la pa- gina 112.) La actitud de Publio Escévola es particularmente ~lamativa _ Había 113 ... rechazado su aprobación a la idea de utilizar la fuerza para impedir la reelección de Tiberio Graco, aun cuando se encontraba muy preo- cupado por esa posibilidad, y más tarde se asociaría con Macedónico un hombre que no había sido antes su aliado político, para salvar 1; · esencia de la reforma de Graco, que en sus comienzos había apoyado. La ausencia de una animosidad personal contra Emiliano surge con claridad particular en el caso de Macedónico, quien ordenó a sus hijos que llevaran el féretro cuando Emiliano murió de una enfer- medad en e! 129. Escévola fue uno de los primeros y también uno de los más grandes juristas romanos; e! compromiso del legislador con la aplicación de la leyes un principio vigente todavía. 114 l I 11 ROMA E ITALIA Una vez establecida, la popularis ratio ·resultaba demasiado atrac- tiva para ser ignorada por los ambiciosos miembros de! grupo selecto romano y los ejemplos asentados por Tiberio Graco hallaron imita- dores con presteza. Pero la índole horrible de! camino por e! que~ avanzara e! tribunado, entre tanto, hizo _qu.<;~e. politizara la mayorí~ r ~E!!.~h~(!Ilte pasiva de! senado y produjo un clima de opinión que se: mostraba hostil a . una reforma gradual. ".: ~ ·----·t~nibléri durante e! siglo II se originó la identificación de do~\ áreas de gobierno que necesitaban una atención urgente: la relación ' de Italia con Roma y la organización de! mando romano en e! oriente griego. Algunos de los problemas de esas áreas fueron tratados según los métodos tradicionales y por políticos popularis,a menudo en forma directa; pero se invirtió mucha energía en una fútil provisión de efectivos de choque para las líneas de batalla entre los optimates, tradicionalistas, y los populares. Al mismo tiempo, e! período de rela- tiva calma en e! exterior, que siguió a la toma de Numancia en el 133, al fin de la guerra siciliana de esclavos en el 132 y a la supresión de las fuerzas de Aristónico en el 129 (cf. pág. 110), quedó quebrantado en e! 112 por e! estallido de una guerra en e! Africa (que se extendió hasta. que Cayo Mario le puso fin, siendo cónsul, en e! 107 y procón- sul en el 106-105), y por la derrota estrepitosa de Quinto Servilio Caepio y Cneo Mallio Máximo, a manos de los cimbribs y teutones en Arausio (Orange) en el 105; esta derrota fue vengada sólo con las victorias de Cneo Mario y Quinto Lutacio Cátulo en el 102 y en el lO!. A pesar de los esfuerzos romanos por hacer algo a favor del orien- te y también de Italia, en el 91 Italia se alzó en guerra contra Roma y en el 88 Mitrídates invadía el Asia. Las medidas de Cayo Graco durante sus dos tribunados del 123- 122 son, en parte, los desarrollos del programa agrario de su hermano y. en parte promulgaciones menores provocadas por los aspectos par- tIculares de las experiencias de Tiberio Graco; pero también confi- guran un intento de variar en forma radical la distribución del poder dentro del estado romano e incluyen un propósito de dar solución al programa del 133; sin embargo, las raíces del problema eran mucho más profundas. . Después de .la derrota de ~íbal, Roma había castigado con seve- nda~ a cOl;nuOlda~es que hablan permanecido leales, pero que no hablan podido satIsfacer. sus compromisos militares con la metrópoli (cl. pág. 58); el tratamIento que se deparó a las comunidades que se habían rebelado fue más salvaje, incluso; desde la destrucción hasta la privación. ~e la tierra o de l~s ~erechos y la imposición de algunas. ~argas a~lclOnales. El corolarto mmediato fue que, para la generaclOn postenor a la guerra de Aru'bal, los ejércitos que lucharon por Roma estaban compuestos por una proporción de no romanos mayor que la de romanos; no es so~rendente que haya habido pro- tes.tas entre el 187 y el 177 proveOlentes de algunas comunidades latinas acerca de la pérdida de población merced a emigraciones hacia Roma y en el 177 algunas comunidades itálicas se quejaron de haber perdido población por las migraciones hacia Fregellas. c: La eficacia del control romano so~e Ita!~~.1 ,co~. t?d()!.e~t~~emos trada po~ la rude~~~o~que !':_~P~~c<?_ ~~ _de<:.~SIÓ? ampli~de .s1Jprimir la ad~r~.9.9':1 _ª~ .ª-~~~~n .~fii1I.a,. ,a~~pt~aa , ~~ e11~7 de~p.ués de la pa.:¡:. con 5ma; ~~lto di()~~~t:~slllt..a~ .. pe!'..~!!.rb.~49.r P9r muCh~.s r.~o~es'y, e~r esto s10 aÜ<fa, su represión. resultó violenta en ~1réúIar .'"Sus adherentes esúo:iñ (Ji ' imizados ' de u~ modo ' lié ' o¿Íía ~ serviSfi)'como una ternatlva el esta o o una amenaza al mismo' ti moral:tdad no convencional ue se asociaba con el culto tambié71 ;rr;resenta a una orma e re e ía. a orma que tomó a represion óiece un contraste marcado con el esquema de los juicios por bruje- ría en los comienzos históricos de la Europa actual, donde la histeria popular generaba un proceso de autoalimentación. En la Italia del año 187, todo el movimiento c.ontra las bacanales fu; artícUTado por ~ e a arato es tata y e o a un. lOa a ru, o ando quedó rea Irma a la~egun ad.:. Por lo tanto, bIen se podrla du ar ae que a Isemina- Cíón de! ciílto dionisiaco deba ser vista como el resultado de una respuesta entusiasta de los marginados de una u otra clase ante la disponibilidad de un escape religioso; más bien, la expansión del culto fue el resultado de que una perspectiva nueva se hubiera im- I ~~esto en forma gradual y (hasta que el estado romano se convirtió ~ la excepción) no controvertida. Sin embargo, quedaban semillas de inquietud en Italia a comien- 116 zos del siglo Il; pero, por el momento, el senado mantenía aún el control. A medida que avanzaba el siglo, la fundación de colonias y la concreción de -asignaciones individuales de tierras (d. pág. 43) fueron, diseininando a los romanos y mezclándolos con las poblaciones no romanas de Italia; el diseño fragmentado resultante constituía una fuerza de mucho peso para la 1'0mamzaClón gradual de la penfnsüIa, en partICüIar combinada con el hecho de la exlstenCla de un gobIern~ romano. - 'Mi(;'ntras tanto, se había iniciado una emigración numerosa desde~ Italia hacia el orien.te grie.go:. iban los que ansiaban explotar las OP()E.-~ tunidades que se ofrecían a los hombres d~ negoClos i en ese núme:o señalliibañ~'-síñ-auda:;-lós 'róril~Il()s. _ 'i los italianos 4esposeídos de tIe- . rraspor 'l¡¡- -difusíón-Oe lás •. grandes propiedades, .con .,o_~~compensa-) ción, pero tambi¿nmarcnabari en ' número creciente los itáliCOs '-qüe ) ló Fiidan por su voluntad, ,en busca ~e las recompensas del imperio, a ) i:ravés de la actitud privada, unas recompensas que llegaban de modo ~ automatico al pueblo imperial. Una vez en el extranjero, romanos e\ itálicos 'por igual eran considerados como Romatoi por los griegos y se mezclaban sobre una base de igualdad; así también, la distinción entre romano e' itálico vino a parecer menos importante en. términos! prácticos y su perpetuación jurídica llegó a resentirse por f1O. Con persistencia, Apiano afirma que los itálicos eran los destina- tarios, en teoda y de hecho, de los beneficios derivados de la ley agraria de Tiberio Graco; por cuanto, según Cicerón: [Los enemigos de Escipión] «no están preparados para permitirle que ofrez- ca su ayuda en una situación de tanto peligro como ésta (en el 129), aun cuando él es la única persona en condiciones de hacer algo; los aliados y los latinos se vieron impulsados a manifestar su ira, los tratados habían sido traicionados, los comisionados están perturbándolo todo y elucubran algo nuevo cada día, todos los ciudadanos que son hombres de bien se encuentran en un estado de angus- tia,>. (De re publica, l, 31, recoge el pasaje citado en la pág. 113.) y con más vigor aún: [Tiberio Graco] «se mostraba resuelto en la ayuda a los ciudadanos, pero ignoraba los derechos y los tratados de los aliados y de los latinos.'> (De re publica, nI. 41.) De hecho, el dilema puede resolverse argument~ndo q~e a.lg~~os\ italianos humildes se beneficiaron, ~E~ .. 9~e_)lis . 3!ls~q<;E¡¡9¡¡s. 1~@~ª~\ Q~k~ª~9.º que existía una amenaza para ,elcontrolqu!! . .- detent~b~i sobre sus clientes y también para su propioacc.~sq , ªJ~~ .. J!5!.I:I_aJ~.I1lJ.bh- ! ~i; De la ley agra'riadd 111, preserva~a por vía epigr.áfic~ ~ <!ue po- \ nía tin al programa de los Gracos) se 10fIere que el nco Itálico, tal , 117 rr'· H· . ~como el rico de Roma había ocu ado la tierra ública los comi- SIOna os, en su momento comenzaron a recu erarIa distri uir a' parte e a tierra tam ién había si o ven i a (a romanos) o s tri- buida (a aliados), y en la mayoría de los casos el título legal era oscuro en aquellas circunstancias. A instancias de Emiliano, la jurisdicción fue transferida ,de los comisionados a uno de los cónsules; quizá después, tras la muerte de Emiliano, volviera a ser transferida. La amplitud y la gravedad de la agitación de los aliados tal vez pueda inferirse de la medida de · emergencia del 126, que excluía a los extranjeros de Roma. En el 125, uno de los cónsules de ese año, Marco Fulvio Flaco, propuso que se ofreciera la ciudadanía a los itálicos, con la opción de la provocatio (cf. pág. 95) para quienes no quisieran la ciudada- nía; la propuesta no tuvo éxito y la colonia latina de Fregellas se rebeló y fue destruida. Era necesaria una acometida más sistemática contra el problema; ésa fue una de las tareas a las que se abocó Cayo Graco en sus tribunados del 123-122. Aun cuando las acusaciones contra Cayo Graco registradas por Plutarco, en las que se dice que el tribuno había animado a los aliadosde Roma para que se rebelaran y que se había comprometido en la revuelta de Fregellas, no sean más que invenciones cuyo fin consiste en oscurecer su nombre después de su muerte, es probable que los problemas relacionados con los latinos y con los itálicos, surgidos durante el tribunado de su hermano y puestos de relieve por la rebelión de Fregellas, estuvieran en el campo focal de su mente cuan- do, en el 124, se presentó como candidato para el tribunado del 123. Los derechos de los latinos y de los itálicos y los abusos de Roma en Italia constituyen la mayor parte de los fragmentos que se conservan de sus discursos, aunque esto en cierta medida pueda ser el resultado del hecho de que la decisión de otorgar la ciudadanía romana a los latinos y los derechos latinos (cf. pág. 122) a los itálicos fuera el tema por el que Cayo Graco había perdido su influencia durante su segun- do tribunado, en el 122. . Si~ ;mbargo, en todo caso, sería erróneo suponer que las otras diSposlClones de Cayo Graco fueron adoptadas sólo para que repre- sentaran un apoyo para esta medida. Después del 125, un hombre preparado para enfrentarse con el problema urticante de los derechos de los latinos y de los itálicos tenía que ser proclive a las soluciones temerarias con respecto a los demás problemas. y por cierto que el rango de los problemas que abord6 es asom- broso y, casi con certeza, fue mucho mayor que lo que ahora pode- mos imaginar. Conocemos dos medidas de importancia máxima a través de una única fuente en cada caso; para el resto a menudo las fuentes son poco adecuadas y se hallan ,en conflicto entre sí. 10 que es peor aún, esas fuentes no brindan una cronología firme para las 118 medidas de sus dos tribunados y así dejan en la oscuridad cualquier proceso de desarrollo de su pensamiento que pueda haberse producido . Dos leyes propuestas surgen, como resulta evidente, de las expe- riencias de su hermano; una de ellas establecía que a los magistrados depuestos por el pueblo les quedara prohibido ejercer cualquier otro cargo posteriormente (esta medida fue revocada), y la otra volvía a establecer el punto de vista tradicional (Polibio, VI, 16, 2) por el que las cortes de justicia autorizadas para dictar sentencias capitales no podían ser establecidas sino por el pueblo (esta disposición fue aplicada de modo retroactivo a Publio Popilio Lenas, que había perseguido a los seguidores de Tiberio Graco). Otras dos leyesa'pun- tan a dejar sentadas las intenciones básicas de Tiberio Graco; se trata de otra ley agraria, que quizá implicaba los arreglos necesarios y con- secuentes para la construcción de carreteras 1, y de una ley que esta- blecía varias colonias, incluida una en el mismo emplazamiento de Cartago: «Considero que el aspecto más pernicioso de la legislación de Cayo Graco estriba en la fundación de colonias fuera de Italia (en rigor s610 una). Las gene· raciones anteriores evitaron esto con cuidado, ya que comprendían que muchas colonias se habían convertido en ciudades más poderosas que su propia ciudad- madre: Cartago con respecto a Tiro, Massalia con respecto a Focea, Siracusa frente a Corinto, Cízico y Bizando frente a Mileto; los antiguos también insis· tieron siempre en que los ciudadanos romanos (que se hallaran ausentes en fonna temporal) regresaran a Italia desde las provincias para cumplir con el censo. Pero Cartago fue la primera colonia fundada fuera de Italia; Narbo Martius fue fundada inmediatamente después del consulado de Porcio y Marcio [118].» (VELEYO PATÉRCULO, 11. 7, 7-8.) Hemos visto que, después de la guerra contra Aníbal, Roma adop- tó una nueva forma de control, mediante magistrados y ejércitos per- manentes, para los territorios que adquiriera en ultramar, en contraste con la forma de control utilizada en Italia, merced a colonias y asigna- ciones particulares (cf. pág. 73). En los tiempos de Veleyo Patérculo (que escribió bajo el reinado del emperador Tiberio), las colonias de ultramar ya habían perdido su notoriedad; esa diatriba debe remon- tarse a argumentos contemporáneos, o casi contemporáneos, contra Cayo Graco y proporciona un ejemplo interesante del uso de los hechos tomados de la historia griega en las disputas de la aristocracia romana. Hacia finales del 123, pocas eran las áreas de gobierno en Roma que no hubiesen sido tocadas por Cayo Graco. Una lex frumentaria se ocupaba del almacenaje de trigo y de la venta de una cantidad 1 Las disposiciones adoptadas por Cayo Graco para el mantenimiento de carreteras subsidiarias quizá implica, como algunas otras medidas suyas, el inte- rés de aprovechar las experiencias griegas, 119 limitada en Roma a un precio fijo y, sin duda, hasta cierto punto apoyado por un subsidio. El crecimiento de Roma quizá había hecho imposible que la empresa privada se ocupara de modo adecuado del aprovisionamiento de la ciudad y se tornaba necesario un sistema para equilibrar las fluctuaciones del precio del mercado; sin duda, esa disposición conocía precedentes griegos. En ese momento o posterior- mente, Cayo Graco intentó mitigar el problema de la deuda. Una lex militaris dispuso que los soldados fueran provistos de ropas en forma gratuita y que nadie de menos de diecisiete años fuera reclu- tado; ambas facetas de esta disposición ilustran la circunstancia deses- perante por la que atravesaba el reclutamiento para el ejército romano, pobres que necesitaban cada quadrans * de su paga y jóvenes que eran casi niños. La necesidad de una legislación agraria no había dismi- nuido su índole apremiante en la década mediada entre el 133 y el 123. En el campo del gobierno provincial, Cayo Graco estableció un procedimiento general para la distribución anual de las provincias y al mismo tiempo estipuló que la recaudación del impuesto de la nueva provincia de Asia (creada sobre el territorio del reino de Pér- gamo) fuera confiada a los publicani, recaudadores de impuestos; ya se había dado el paso, según lo señala E. Badian, en interés de la eficiencia y quizá incluía la recaudación de los nuevos puertos, que debía pagar Asia. Es verdad que un fragmento conservado de un discurso de Cayo Graco brinda testimonio de la preocupación por aumentar los recursos romanos; se trata de un discurso contra una Lex Aufeia (Aulo Gelio, XI, 10, 1), que desde mi punto de vista se puede considerar como una ley que otorgaba gran parte de la Frigia a Mitddates V de Ponto, como recompensa por la ayuda prestada a Roma al aplastar la «rebelión» de Aristónico. Una pintura retros- pectiva griega del cambio en el método de recaudar los tribu tos de Asia es breve y amarga: «Al someter las provincias [sólo una, en rigor] a la arrogancia y la codicia de los publicani, provoc6 un odio justo contra el imperio romano entre los pue- blos subyugados.,. (DIODORO, XXXIV-XXXV, 25, probablemente tomado de Po- sidonio.) Roma cosechó el resultado de aquei odio cuando Mitrfdates VI de Ponto invadió el Asia en el 88. Pero ésa no puede haber sido la intención de Cayo Graco. Habfa hecho que el senado devolviera a las ciudades de España el costo del grano incautado por el gobernador y enviado a Roma (sin duda en un esfuerzo para ganar popularidad, por oposición a la lex frumentaria) y parte de su discurso ante el pueblo * Moneda de cobre que valía la cuarta parté de un as. [N. de la T.l 120 después de su regreso del servicio como oficial financiero, quaestor, para el gobernador de Sardinia recuerda los discursos de Catón: «y así, Quirites, cuando partí hacia Roma, traje de las prOVinCIas vacios aquellos cinturones de dinero que había llevado llenos de monedas de plata; otros trajeron a Roma unas ánforas llenas de monedas de plata, las mismas que habían llevado llenas de vino» [la anécdota proporciona un testimonio intere· sante de la poca calidad del vino lacale de Sardinia, a los ojos de la aristocracia romana]. (ORF, 48, V, 28.) En consonancia con esta actitud, Cayo Graco quiso reformar elprocedimiento para los procesos por mal gobierno de las provincias en el .149 (d. pág. 80). Su ley de extorsión establecía que quienes entendieran en esos casos debían ser jurados, con interés por pro- nunciarse acerca de la culpabilidad, y no recuperatores, que sólo po- dían pronunciarse acerca de los perjuicios. Los jurados no debían ser elegidos entre los senadores, sino entre los equites equo publico (d. pág. 195); el objetivo tal vez consistía en excluir a los senadores que podían ser inclinados a favor de sus pares 2. De acuerdo con el nuevo procedimiento, el pretor, magistrado presidente, no tenía in- fluencia en el curso del juicio; los jurados decidían el caso por simple mayoría, en votación secreta 3. Una pena que duplicaba el mon- to de la extorsión era lo prescrito. Los mismos provincianos podían llevar adelante la causa y no tenían necesidad del apoyo de unos pa- troni del orden senatorial. El interés general de Cayo Graco en el procedimiento de justicia también está atestiguado por una ley contra la conspiración judicial que procurase obtener una condena, pero su ley acerca de las extor- siones resulta uno de los elementos más controvertidos de su legis- lación. Permitió la connivencia moral entre los publicani en una provincia y los equites en Roma; porque un gobernador que temía una acusación ante un jurado de equites era capaz de cerrar los ojos ante los abusos de los publicani (d. pág. 137). La medida fue muy resistida por el senado, que la consideraba un agravio de lesa majestad, y la composición de los jurados de los tribunales de extorsión y, por asociación, de otros jurados fue motivo de protestas amargas y dispu- 2 No resulta razonable suponer que en ésta o en su precedente proyecto de legislación Cayo Graco intentaba obtener el apoyo de los · equites como grupo, y mucho menos se puede suponer que una presunta clase nueva de hombres de negocios se alineara en la oposición a la nobleza, dentro de l.as filas de Cayo Graco. Pocos de los equítes eran publican; u hombres de ?~gOCIOS (c~ . pág. 195) Y pocos de cualquiera de las dos clases estaban en condiCIOnes de Integrar los nuevos jurados para los tribunales en los juicios por extorsión; los votos. ~e los equites como cuerpo quizá fueran influyentes en la asamblea que deCIdió absolver a Lucio Opimio (cf. pág. 123). . . . 3 La posición precisa acerca del carácter permISIble de un aplazanuento (que favorecía al acusado), en esta ley y en otras posteriores, resulta oscura. 121 tas a lo largo de los sigUientes cincuenta años, poco más o menos. Cayo Graco fue acusado, probablemente en falso, de decir que se proponía atacar la posición del senado. La ley de extorsión produjo, con toda claridad, cierto desplaza- miento en el equilibrio de poder dentro del estado romano. Una propuesta más radical fracasó; se trataba de fijar por sorteo e} orden en el que votaban las centuriae en los comitia centuriata (d. pág. 169), con lo cual se eliminaba la influencia automática adquirida por los ricos en las centuriae de equites y de la prima classis, cuando todos votaban en primer término. La propuesta más radical de todas también fracasó; era la que pretendía otorgar la ciudadanía a los latinos y los derechos latinos a los aliados; en un discurso descrito por Cicerón como bona et nobilis, honesto y conocido, Cayo Fanio, cónsul en el 122 y en cierto tiempo amigo de Cayo Graco, jugaba con los sentimientos romanos de ex- clusividad: «Si otorgáis la ciudadanía a los latinos ¿creéis que después habrá para vos· otros, en la asamblea, el mismo espacio del que ahora disponéis o que estaréis en condiciones de asistir a juegos y festivales? ¿No pensáis que ellos os arreba- tarán vuestro lugar?» (QRF, 32, 1, 3.) . Cayo Graco no pudo salir airoso de la prueba y perdió su influen- c~a, co:n? resultado; Marco Livio Druso fue instado a que procurara slstematlcamente restarle el apoyo general; Druso ya era: tribuno y «propuso leyes, con el fin único y la intención de superar a Cayo Graco en lo q.ue a gratificación y agrado de las masas se refería, como uno de los demagogos rIvales en Los caballeros de Aristófanes ... El senado había acusado a Cayo de demagogia cuando éste propuso que dos colonias (al parecer, Plutarco selecciona aquí las colonias de Capua y Cartago, problemáticas en particular) fueran abier· tas a los ciudadanos que eran adinerados (tal vez entre otros), pero cooperó con Druso en su propuesta para doce colonias y para el establecimiento de ellas' el senado era hostil a Cayo, al que consideraba un buscador servil de los fav; r;s de la plebe, porque distribuía la tierra entre los pobres, en tanto que insis- tia en que ca~a residente pagara una renta al tesoro, pero la propuesta de Druso, de abohr la renta pagada por los residentes, les parecía aceptable a los senadores; la propuesta de Cayo acerca de otorgar"la ciudadanía a los latinos era un anatema para el senado, pero sus integrantes instigaron a Druso cuando promulg6 una ley que prohibía que se flagelara con las varas a un latino incluso durante el servicio militar (d. pág. 95). Y, en efecto, el mismo Druso al hablar ante el pueblo siempre aseguraba que hacía sus propuestas con la anuencia del senado, quien se preocupaba de verdad por el pueblo». (PLUTARCO, Cayo Cra- ca, 9.) El senado no necesitaba instrucciones con respecto a los métodos de disolución del apoyo revolucionario. 122 Cayo Graco no logró ser reelegido como tribuno por un tercer término, en el 121; sabía de qué manera había terminado su herma- no y, en lugar de negarse a adoptar las medidas de Tiberio, armó a sus seguidores y se volcó a la violencia. Cayo Graco, Marco Fulvio Flaco y otros partidarios fueron asesinados en forma sumaria, des- pués que el senado hubiera hecho la promulgación del que se deno- minaba senatus consultum ultimum, un decreto que otorgaba un apo- yo moral a los cónsules en cualquier disposición que pudieran adoptar y que había sido establecido a causa de la desaparición de la dictadura (d. pág. 51), hecho que eliminara una de las posibles vías de enfrentar una emergencia. Lucio Opimio, que desempeñó un papel importante en el pogrom, fue absuelto por el pueblo en el juicio que se le siguió al año siguiente; la victoria de la oligarquía era, al parecer, completa. 123 12 EL FINAL DEL CONSENSO Los años iniciales del siglo 1 A. C. no sólo asistieron al estallido de Italia y del este ante los ojos mismos de Roma, sino q.u~ también vieron dos períodos de guerra civil dentro del cuerpo origmal. de la ciudadanía romana, precedidos en el año 100 por otro estallido de violencia inconcebible tan sólo veintiún años antes. En aquella oca- sión, la ~ligarquía romana se había apartado del abismo. Las disputas de los años posteriores al 121 fueron dirimidas en la·s cortes de jus- ticia, pero su agudeza se profundizó, en lugar de disminuir, cU,a,:do los miembros de la oligarquía procuraron explotar las armas poht1cas que dejaran a su disposición Tiberio y Cayo Graco. Al mismo tiempo, el abandono gradual de un programa de asentamientos agrarios pre- pararía el camino para el desarrollo del ejército personal que Lucio Sila utilizó para iniciar la primera guerra civil en el 88. Lucio Opimio fue acusado por Publio Decio Súbulo y absuelto en el 120 'f por las circunstancias que implicaba ese éxito, Publio Popilio Lenas (d. pág. 119) fue llamado del exilio. Al año siguiente los éxitos estuvieron muy repartidos: Súbulo mismo fue acusado y absuelto, Cayo Mario, como tribuno, logró promulgar una ley ,u~ impedía una supervisión informal del voto «secreto» (véase lami- na 7 c), pero no pudo detener una ley que ponía fin al programa de distribución de tierras y ofrecía distribuciones de metálico al pueblo a modo de soborno (véase abajo; Plutarco, Mario, 4, entiende mallos motivos del tribuno); un intento de someter a juicio a Cayo Papiri~ Carbón, que había abandonado su sociedad con Cayo Graco, fracaso igualmente.Cayo Mario y Súbulo tuvieron acceso a la pretura en el 115, y mientras el primero se comportaba con corrección, el se- gundo hacía lo contrario: 124 I I I I I 1 [Un cónsul] «ordenó que se pusiera en pie a Publio Decio Súbulo, pretor por entonces, ya que había permanecido sentado al paso del magistrado; (cuan- do se negó a hacerlo] sus ropas oficiales fueron desgarradas 'f destrozada su .silla de pretor; el cónsul decretó que nadie acudiera a Súbulo en busca de decisiones legales,.. (De viris iltustribus, 72.) Un incidente infantil, se podría pensar, pero se trata de una marca de la disolución de la oligarquía, tal vez. Dentro de un contexto dis- tinto es visible la histeria al año siguiente, cuando se restauró la institución del sacrificio humano, conectada con la denuncia contra tres vírgenes vestales acusad~s de faltas a la castidad; los sacrificios humanos sólo se habían celebrado en Roma en los momento de las crisis militares de finales del siglo lIT A. C. _ Sin embargo, la fuente mayor de refriegas dentro de la oligarquía romana fue la guerra contra Yugurta, un reyezuelo númida que se excediera en su comportamiento y contra el cual Roma declarara la guerra en el 112. Los alegatos de traición, venalidad e incompetencia a lo largo de la campaña romana indujeron, en el 109, al tribuno Cayo Mamilio Limetano a organizar una quaestio; en la investigación actuaban los equites, los «jurados de Graco» que intervenían en toda quaestio que debía entender en asuntos de mal gobierno provincial después del 123. El resentimiento nacido de la severidad de aquellos . jurados permitió que en el 106 esta última quaestio y toda otra quaestio especial, organizada de acuerdo con tal modelo, fuera qui- tada del control de los equites, aunque de modo efímero 1, un éxito que se vio facilitado, en gran parte, por la oratoria de Lucio Licinio Craso: «Rescatadnos (senadores) de nuestros sufrimientos, hberadnos de las garras de hombres cuyo apetito salvaje sólo se verá satisfecho con nuestra sangre; -no permitáis que rindamos homenaje a nadie, con excepción del ·pueblo romano en su totalidad, a quien rendir homenaje es lógico y justo.» (CICERÓN, De orato- re, l, 225.) Pero en ·ei 107, el pueblo también votó a Cayo Mario en su pri- mer consulado para que se enfrentara con Yugurta; en el'curso de su magistratura, Mario sentó las bases de su futura preminencia y a la vez dio un paso que marcaría la aceptación abierta del fracaso del programa de emplazamientos agrarios iniciado por Tiberio Graco y continuado por su hermano: «La revolución iniciada por el más jov~n de los Gracos terminó de esa 1 El cambio fue revertido probablemente hacia el 104 y sin duda en el 101, por una ley de Cayo. Servilio Glaucia, en su momento asociado con Lucio Sa- turnino. No hay motivo, por otra parte, para suponer que los dos cortejaran a los equites. 125 manera; no mucho tiempo después, fue promulgada una ley que permitía, a quienes haQían recibido parcelas de ager publicus, venderlas, acerca de lo cual se habían librado antes muchas disputas, dado que el mayor de los Gracos había legislado contra ello;' y de inmediato los ricos compraron las parcelas de los pobres u obligaron a éstos a marcharse de ellas, bajo la cobertura de una compra simulada. De esta manera, las cosas se tomaron peores aún para los humildes, hasta que Espurio Torio, en sus funciones de tribuno (probablemente en el 119), introdujo una ley por la que ya nO'se distribuirla más ager publicus, el cual quedaría en manos de los que ahora lo poseían quienes, a su vez, ten. drÚln que pagar un vectigal, tributo, por esas tierras al estado y ese dinero tendrfa que utilizarse para las distribuciones de dinero entre los pobres. El resultado fue cierto alivio para las clases humildes, a causa de las distribuciones de dinero pero no se dio apoyo a un crecimiento de la población. La legislación de l~ Gracos fue rechazada, pues, por entonces, con recursos de esa índole, a pesar de que hubiera sido admirable en sus consecuencias totales en el caso. de haber sido llevada adelante; no mucho más tarde (en el 111, por una ley de cuyo texto gran parte se halla conservada en una tablilla de bronce, FIRA, r, núm. 8), otro tribuno abolió el vectigal (en rigor no en todos los casos) y el pueblo romano 10 perdió todo. De modo que Roma estaba en aquellos tiempos más falta que nunca de ciudadanos y soldados y babía perdido los ingresos de la tierra, junto con la posibilidad de las distribuciones .... (APIANO, Guerru civiles, r, 27, 121-124.) En el 107 Cayo Mario decidió enrolar a los capite censi, aquellos que no poseían propiedades y que s610 estaban inscritos en el censo; ese paso era lógico y no carecía por completo de precedentes [d. En- nía, Annales, verso 183 V, acerca de la guerra contra Pirro: «el pro· letarius (otra palabra para designar al capite census) va equipado con un escudo y una espada fatal, a expensas públicas, y todos ellos vigilan las murallas, la ciudad y el foro»] y la calificación acorde con las propiedades había pasado a tener cada vez menos significación a medida que avanzaba el siglo n. Pero es de presumir que esa medida abda las puertas del servicio militar a algunos hombres excluidos an- tes; también marcó el abandono de uno de los tres caminos (d. pá- gina 166) según los cuales el cuerpo de ciudadanos romanos había sido articulado al · menos desde el siglo IV A. C. y suscitó una controversia retrospectiva; la tradición hostil aseveraba que Cayo Mario había cambiado el método de reclutamiento tan sólo para obte· ner la popularidad o para borrar sus propios orígenes humildes; sus defensores sostenían que <;1 nuevo sistema era más democrático y que no había reclutas propietarios e incluso cambiaban la circunstancia de aquella medida al 104, con el fin de justificarla relacionándola con la amenaza planteada por los cimbrios y los teutones, mayor que la que representaba Yugurta. De todas formas, el proletarius, que había esperado que la legisla- ci6n de los Gracos le proporcionara tierras, ahora era instado a unirse a las filas ' del ejército; armada, una vez más, a expensas públicas, ya 126 no ~gila?a las murallas, la ciudad y el foro, sino que velaba por sus propIOS mtereses: «Algunos decían de viva voz que Cayo Mario habfa obrado tal como 10 babIa hecho a causa de una disminución en el · número de los reclutas propie- tarios de tierras; otros, porque deseaba obtener el favor popular durante el consulado, ya que habla sido apoyado y elevado al poder por los humildes, y cuanto más pobre es un hombre, mejor seguidor resulta para los hombres ansio- sos de. poder; sus bienes personaleo; no 10 detienen, porque no tiene nada y cualqUler hecho le parecerla justificable si mediante él obtuviera una recomo pensa .• (SALt1STIO, BeUum IuguTthi/Jum, 86, 3.) La recompensa deseada, pOl' supuesto, no era la simple paga de un s?~dado, sino un título de propiedad ad hoe, al fin del período del servlC1O: «Lucio Apuleyo Saturnino, un tribuno sedicioso del pueblo, dispuesto a ga· narse el favor de los soldados de Cayo Mario, promulgó una ley por la que se babrían de asignar cien iugeTa de tierra en el Africa a cada veterano; cuando su colega M. (?) Bebio intentó interponer su veto, lo hizo quitar de en medio organizando una lluvia de piedras arrojada por el populacho .• (De viTis illus- tribus, 73.) Es probable que la ley colonial del 103 haya fomentado el poste- rior reclutamiento de los capite censi y Lucio Saturnino propuso el asentamiento agrario y el colonial, en su carácter de tribuno, otra vez en el 100 (después de haber asesinado a otro candidato al cargo durante la elección); la ley anterior fue promulgada, sin duda, me- diante la violencia. Cayo Mario necesitaba las leyes para sus vetera- nos; pero cuando el tribuno ejecutó otro asesinato para asegurar la elección de Cayo Servillo Glaucia como c6nsul para el 99, Cayo Mario se vio forzado a doblegarse antela opinión pública y a actuar contra ambos políticos y sus seguidores; éstos tomaron las armas y se refugiaron en el Capitolio, se rindieron después de recibir la pro- mesa de que se respetarían sus vidas y, en su momento, fueron linchados. . Desde mi punto de vista, Cayo Mario había obtenido de los cau- dillos senatoriales, antes de actuar, la promesa de que sus veteranos serían recompensados con tierras donde asentarse. Una vez más la oligarquía se apartó del abismo del desastre, pero su ambición cre- ciente y su escrupulosidad decreciente todavía continuaban operando. Ahora, las clases romanas humildes estaban armadas y eran ajenas a los esquemas tradicionales de comportamiento, como lo demuestra la pronta apelación a la violencia de los años posteriores al 130 2• 2 La seriedad del empeño reformador manifiesto en algunas leyes de Saturo nino y Glaucia necesita ser reconciliada con los hechos; ambos sabían lo que habla ocurrido a Tiberio y a Cayo Graco. 127 5. Monumento triunfal de Sila, Musei del Campldoglio. Roma. La cabeza de Roma, tocada con un yelmo, simboliza la afirmación de que la victoria de Sila era la de la res publica. 6. Monumento triunfal de SlIa, Musel del Campldog/lo. Roma. El águila es el ave de Júpiter. deidad suprema de Roma; los dos Cupidos Que sostie- nen una placa. sin duda pintada con alguna Inscripción en su tiempo. refle- jan la relación personal de SlIa con Venus. 7 B.) Denarios (Fltzwll/lam Museum), Denario emitido por el acuñador Publio Nerva. 113 ó 112 A.C .. reverso -La ley de [C.l Mario construyó puentes [sobre los que pasó el votante] estrechos [para prevenir interfe· rencias].- (Cicerón, De legibus. 111. 38.) La escena muestra un votante que recibe la bola de un asistente. abajo. y otro votante Que echa su bola en la caja; en la parte superior. un letrero muestra la letra Inicial de la tribu en la que se realiza la votación. (M. H. Crawford. Roman Repub/lcan Coinage. Cambridge, 1974, núm. 292.) . 7 b). Denario emitido por el cuestor Cayo Fundanlo. 101 A. C., reverso. La escena representa a Cayo Mario como trlumphator. con su hijo cabal- gando en uno de los caballos. según la costumbre. (M. H. Crawford, nú- mero 326.) 7 ej. Denario emitido por los italianos, 90-89 A. C .. reverso. La represen- tación del toro pisoteando al lobo simboliza la destrucción de Roma lleva- da acabo por . Italia. (Historia Numorum 3, Oxford, -The Social War-.) 7 d), Denario emitido por los acuñadores Caleno y Cordo, 70 A. C., re- verso. La impronta representa la reconciliación de Roma e Italia; la pri- mera tiene . su pie apoyado sobre un globo. como Indicación de su poder sobre el mundo. (M. H. Crawford, núm. 403.) 7 e). Denario emitido por el acuñador Quinto Pomponlo Musa. 66 A. C., reverso. La impronta es una de las nueve que representan a las nueve musas. una clara alusión al nombre del acuñador; el tema también cons- tituye un ejemplo de la actividad artfstlca bajo el patronazgo de la él/te romana. (M. H. Crawford. núm. 410/2.) 7 f). Denario emitido por el acuñador Lucio Emilio Buca. 44 A. C .• anver- so. Representa el más antiguo de los retratos conocidos de César. (M. H, Crawford. núm. 480/6.) 8. Estatua Barberlnl. Musel del Campldog/lo. Roma. La estatua representa a un aristócrata romano con los bustos de dos de sus antepasados. (Helblg 4. 11, 1615. Mansel/ Col/ectlon.) - ¡ ¡ 7a 7b 7e 7d 7e 7f 8 Entre tanto, el consenso que había mantenido unida a la Italia romana, ante la sacudida de los acontecimientos de la década mediada entre el 133 y el 123, también se desmoronaba. Tal como los pobres habían luchado en beneficio de la oligarquía, del mismo modo itálicos y romanos habían luchados unos junto a otros para crear uniniperio mediterráneo, que en aquellos momentos se hallaba en poder de Roma; pero gran parte de los ingresos tributarios de ese imperio se gastaba en Roma. En Italia perduraban los efectos de un proceso híbrido, que había permitido a los aliados unirse a las colonias látinas y a los latinos unirse a las colonias romanas o ir a Roma, aun cuando el proceso en sí mismo hubiera tocado ya a su fin (d. pág. 116) Y la barrera entre los romanos y los demás habitantes se hubiera agran- dado como efecto general, aunque la infiltración de extranjeros en las colonias era una caracterfstica permanente de la vida en Italia. Tiberio Graco quizá había advertido que los problemas agrarios de Roma no podían ser tratados en forma aislada con respecto a los de Italia {d. págs. 117-118) yen el 125 la idea de otorgar la ciudadanía romana a los italianos, con el fin de que las clases pudientes de Italia se avi- nieran a perder el acceso al ager publicus, ya se había esbozado. No resulta un hechó sorprendente el que los itálicos se llegaran a sentir molestos por su sujeción simbólica a Roma, dado que no tenían voto en Roma y no proporcionaban magistrados a la metrópoli pero se hallaban sujetos a las órdenes de la ciudad y de sus magistrados, y por los que sin duda constituían abusos de poder por parte dé Roma y los romanos. ' El mayor abuso del poder por parte de Roma fue la convocátoria de una proporción creciente de tropas aliadas, hacia finales del si- glo II. En Grecia, en el 146, los aliados superaban levemente a los romanos en el ejército; en España, a mediados del siglo,'los efecti- vos eran poco más o menos iguales; en Iliria, en el 135, también se daba esa proporción. Pero en Roma la Crisis agraria se profundizaba y la disminución de assidui era mayor cada vez; cuando Tiberio Gra- co fracasó en su intento de mejorar la situación, la reacción romana consistió en convocar más aliados a filas y en las guerras contra Yu- gurta y contra los cimbrios y teutones la proporción de aliados y romanos era de dos a uno, aproximadamente. La decisión de Mario de enroiar a los capile censi romanos no determinó ninguna diferen- cia en la carga que debíari soportar los aliados. También en cuan- to a este tema, Veleyo Patérculo transmite, según las , palabras de P. A. Brunt, la «retórica indignada» de la polémica contemporánea; la naturaleza del modo en que Italia percibía la situación es impor- tante: «El destino de los itálicos resultaba tan cruel como justa era su causa; los pueblos de la península pedían la ciudadanía en un estado cuyo imperio hablan 129 defendido con sus propias armas. En cada año y en cada campaña bélica servían con el doble de soldados de infantería y caballería que los romanos y ni aWi así habían obtenido el derecho de ciudadanía dentro del mismo estado que, gracias a los esfuerzos de ellos, había llegado a taJl elevada posición, que se permitían mirar con desprecio a los hombres de la misma raza y de la misma sangre, como si éstos fueran intrusos y extranjeros.» (lI, 1.5, 2.) Un recuerdo sombrío de la naturaleza de los desarrollos agrarios en Italia surgió a fines del siglo II A. C. a causa del estallido de otra guerra de esclavos en Sicilia. Al mismo tiempo, los abusos de poder, individuales, de algunos magistrados, puestos en evidencia por Cayo Graco, continuaban: «Habla cierto latino, llamado Saunio, un comediante ... pero los pícenos, con el de:seo de: privar a los romanos (que estaban entre: el público) del placer y deleite: de: verlo actuar, re:solvieron asesinarlo. El comediante, cuando compren- dió lo que iba a ocurrir, salió al escenario (y dijo) "no soy romano, pero como vosotros estoy sometido a ser castigado con la flagelación por los magistrados romanos .. . " ... (DroDORo, XXXVII, 12, 3; este es otto pasaje: importante para comprender cómo veían la situación los itálicos.) La anécdota también ilustra otro hecho importante: los desarrollos culturales que se habían producido en Roma, como resultado de un contacto estrecho y prolongado con el mundo griego, habían afectado a Italia al mismo tiempo. Además de un actor del Lacio entre los picenos, se puede citar la distribución en Italia, llevada a cabo por Lucio Murnmio,de obras de arte robadas en Grecia; en algunos aspectos, incluso, Italia se hallaba en una situación de avanzada con respecto a Roma. La ciudad samnita de Pompeya, muy ínfima en su categoría, tuvo un teatro de piedra desde finales del siglo II A. C. (véase fig. 7), planeado como parte de un enorme complejo monu- mental (quizá no terminado hasta la época de Sila); el gran santuario de Palestrina también pertenece al siglo II A. c., como ocurre con los monumentales complejos de Pietrabbondante y Vastogirardi, en el corazón del territorio samnita. Los recursos financieros derivados de la explotaci6n del oriente griego por hombres de negocios italianos (como así también los que provenían de comercios, como el de vino, enviados desde Pompeya a la Galia) se volcaban en proyectos osten- tosos en las ciudades nativas de esos mercaderes; no se puede pensar en la guerra social sin la existencia de aquellos recursos financieros, pero los primeros fines a los que fueron dedicados son también un indicio de la confianza en sí mismas que abrigaban las ciudades de Italia. Esa confianza, al parecer, debe de haber aumentado con la carrera de Cayo Mario, un novus homo de la comunidad de Arpino, recien- temente (188) liberada. Después de unos comienzos poco brillantes 130 Fig. 7. Plano del complejO de ediliCIOS públicos en POl11peya. -el tribunado militar junto con Publió Escipi6n Emiliano cumplido en Numancia, el tribunado (d. pág. 124), un fracaso cuando fue candidato al cargo de edil, una pretura obtenida con dificultades, la plaza de legado de Quinto Metelo en Numidia-:-, el consulado del 107 proporcionó a Cayo Mario un trampolin que lo elevaría a una posición jamás antes detentada por ningún romano. Cinco consulados poste- riores y consecutivos, del 104 al 100, fueron testigos de la derrota de los cimbrios y los teutones; como resultado de esto, cierta forma de un culto fue ofrecida de modo espontáneo al vencedor ' (es de notar que la actividad religiosa comienza a evadirse del control senatorial) y un fen6meno por completo nuevo hizo su aparición en las monedas de la república romana: la celebración de un hombre y de sus proezas, realizada por acuñadores que ninguna relaci6n tenían con él; un acuñador incluso llegó a retratar a Cayo Mario como triumphator (véase lámina 7 b). '. .... " , Al mismo tiempo, el propio Cayo Mario, al otorgar el derecho de 131 voto romano como recompensa al valor desplegado en batalla, demos_ traba con sus acciones que no se cuidaba de las distinciones aceréa de la ciudadaIÚa. Una indiferencia similar quizá fue la característica de algunos de los censos de este período, en los que no se intentaba comprobar la aseveración de un hombre acerca de su condición de ciudadano romano, que lo autorizaba a ser registrado 3. Los censores del 97-96 tal vez sospecharan algo y dedicaran su atención al problema; de todas maneras, Lucio Licinio Craso y Quin- to Mucio Escévola, cónsules en el 95, tomaron las medidas necesarias para reafirmar la posición legal: .. En efecto, promulgaron durante su consulado esa ley acerca de la cual babIa Cicer6n en este pasaje, ley que trataba de la restauraci6n de los aliados a sus propias ciudadanlas. En vista de que los pueblos de Italia estaban inva- didos por un deseo intenso de poseer la ciudadanía romana y, como resultado, gran cantidad de ellos se comportaban como si fueran ciudadanos romanos, se imponía dictar una ley para que cada uno tornara a tener su propia ciudadanía. Pero las lealtades de las clases altas de los pueblos de Italia estaban tan irritadas contra esa ley que quizá ésa haya sido la causa básica de la guerra social que estallarla tres años más tarde.» (AsCONIo, 67 C.) De cualquier forma, la protesta dio lugar a cierto cambio de acti- tud; en el 91 Lucio Licinio Craso fue uno de los principales sostene- dores de Marco Livio Druso en su intento de libertar a los itálicos; Druso disponía de un apoyo medular en el senado, aunque por fin no resultara bastante, en tanto que en el 95 la opinión senatorial estaba quizá por entero a favor de la ley de Craso y Escévola. Cierto deseo de considerar una reforma y cierta flexibilidad frente a los problemas todavía resulta aparente dentro de la oligarquía romana; ambas cir- cunstancias pueden documentarse también en el ámbito de los asun- tos provinciales. La oligarquía romana, después del 121, no sólo estaba preocupada por las fisuras puestas al descubierto por los tribunados de Tiberio y Cayo Graco y por las nuevas posibilidades de actividadpoHtica, previstas por el surgimiento de la popularis ratio; por cualquier razón que fuera, los oligarcas se hallaban en la incapacidad de producir una solución rápida para el problema planteado por Yugurta y, muy poco después, quedaron enfrentados con el cataclismo de la migración de los cimbrios y los teutones. No resulta sorprendente que el este que- dara relativamente abandonado. La frontera norte de la provincia de Macedonia se hallaba bajo un ataque continuo y a menudo era pene- 3 No 'existen testimonios de que la ordenanza colonial de Lucio Saturnino llegara hasta más allá de la previsión tradicional, que permitía la liberaci6n de tres hombres en cada colonia. 132 trada; la piratería que a su debido tiempo alimentara la trata de esclavos en Roma permanecía sin control desde la década del 140: «Tryph6n fue el responsable de que los cilicios comenzaran a organizar sus bandas de piratas, junto con la incompetencia de los reyes que por entonces, en forma sucesiva, gobernaron en Siria y tambi6n en Cilicia; en raZón del éxito de la actividad revolucionaria, otros, asimismo, se empeñaron en iniciar revolu- ciones y las disputas entre hermanos lúcieron que el país quedara a merced de quienes quisieran atacarlo. La exportaci6n de esclavos dio ánimos a los cilicios para que, por sobre todo, se entregaran a la piraterla (en lugar de pedir rescates, por ejemplo), porque les produda unos beneficios elevados; era muy fácil cap- turar esclavos y no estaba lejos un mercado importante y rico, en Delos, que podía recibir y despachar decenas de miles de esclavos en un solo día. _. La causa estribaba en el enriquecimiento de los romanos, después de la destrucci6n de Cartago y de Corinto, con lo que estaban en condiciones de usar grandes cantidades de .esclavos; y los piratas, al ver que todo ello resultaba muy simple, florecieron todos a una, organizando las capturas y vendiendo ellos mismos a sus prisioneros. Y los reyes de Clúpre y de Egipto cooperaron con los piratas en todo esto, ya que eran enemigos de los reyes de Siria; tampoco los radios eran amigos de los reyes de Siria, de modo que no prestaron su ayuda para solucionar el problema. Y al mismo tiempo, los piratas aspiraban a convertirse en traficantes de esclavos y así no experimentaban incomodidad por sus acciones malignas. y por aquellos tiempos, ni siquiera los romanos ponían demasiada atenci6n en las comarcas más allli de Tauro; pero aun as!, enviaron a Escipi6n Emiliano, para que observara lo que ocurría en las tribus y en las ciudades de esa regi6n, y después de él fueron otros; y Roma decidi6 que la piraterla cons- tituía el resultado de la incompetencia de los reyes, aunque le pareda vergonzoso anebatar la sucesi6n al 'heredero de Seleuco 1, Nicator, toda vez que Roma misma lo había confirmado en el poder ... Por fin, los romanos se vieron obli- gados a terminar con los piratas por la fuerza, mediante un ejército, en vista de que la piraterla habla llegado a poseer un poderlo muy grande, y aun cuando Roma no había adoptado las medidas necesarias para impedir que se produjera ese poderío_ Con todo, resulta dif{ci! condenar a los romanos bajo el cargo de negligencia, porque se hallaban absorbidos pOr otros asuntos mis inmediatos y más urgentes, cesa que les estorb6 el prestarla atención debida a unos sucesos que se produdan tan lejos.» (ESTRABÓN, XIV, 5, 2.) Quizá lo más serio de todo haya sido quela extorsión que lleva- ban a cabo los gobernadores y las exacciones de los publicani, recau- dadores de impuestos en especial en la provincia de Asia, cumplfan un proceso por el que las poblaciones provinciales se distanciaban de Roma. Las riquezas provenientes del este volvían, en parte, al este, a cambio de bienes de consumo que pod1a proporcionar el orien- te, con lo que la próxima extorsión de un gobernador y las exacciones de los publicani llegaban a verse satisfechas; los bienes en cuestión eran obras de arte para decorar los lugares públicos y las mansiones privadas de Italia, tierras ' en el oriente, adquiridas a ritmo creciente por los romanos e itálicos, y esclavos. 133 Pero gran parte de esas. riquezas iba hacia el occidente, para alimentar las ansias de lujo de las clases altas: «Sergio Orata fue la primera persona que estableció criaderos de ostras en la comarca de Baias, en los tiempos del orador Lucio Craso, antes de la guerra social; no lo hizo para halagar su propio gusto, sino para ganar dinero y por cierto que obtuvo sumas enormes, gracias a su notable talento; también fue el primero en instalar los baños de ducha y adquirió muchas villas para equi. parlas con esas instalaciones y venderlas de inmediato.lO (PLINIO, Naturalis His. toria, IX, 168.) Esta pintura del surgimiento de la edificación especulativa para los ricos hacia finales de siglo está corroborada por la observación de F. Coarelli, que sostiene que la difusión concomitante del estilo de edificación en opus quasi-reticuJatum y opus reticuJatum es el resultado de la edificación «industrial», es decir, la producción en gran escala de unidades similares (véase Hg. 8). Flg. 8. Estilos romanos de construcción: opus quasl·retlcu/atum y opus retlcu/atum. Sin embargo, la riqueza que llegaba al occidente también alimen- taba, a través de la competencia en el despliegue de riquezas y me- diante el soborno en las elecciones y en los juicios, el conflicto inter- no de la oligarquía romana; por ende fue favorecido un abandono posterior del este. Como en el caso de Italia, se advierten una conciencia clara acerca de los problemas y una voluntad de buscar soluciones. La segunda guerra siciliana de esclavos fue provocada en el 103, cuando Cayo Mario pidió a Nicomedes de Bitinia que le enviara tropas para luchar contra los cimbrios y los teutones: Nicomedes replicó. que sus súbdi- tos habían sido capturados por traficantes de esclavos; el senado proclamó entonces que ningún aliado libre podía ser un esclavo en una provincia romana y las expectativas que se habían suscitado, al no recibir una satisfacción, condujeron a la guerra. Pero Roma también decidió hacer algo con respecto a la piratería 134 o • • ; en el oriente, y en el 102 un pretor, Marco Antonio, fue enviado a enfrentarse con ella; en el 101 se promulgó una ley que anunciaba, en el contexto de las medidas de amplio alcance relacionadas con el gobierno del este: .cEl cónsul mayor ha de enviar cartas a los pueblos y a los estados, a los que considere conveniente hacerlo, para anunciar que el pueblo romano ha adoptado las medidas necesarias para asegurar que los ciudadanos de Roma, los aliados latinos y los de las naciones exteriores a Italia, que cultivan la amistad del pueblo romano, puedan navegar los mares con toda seguridad; y ha convertido, por esta razón, a Cilicia en una provincia pretoriana merced a . esta ley ... lO (fRS, 1.974,207.) Conocida como la «Ley de la Piratería», además de anunciar la intención romana de enfrentarse con la piratería, esta ley establece diversos arreglos para Macedonia y el Asia, a consecuencia de los éxitos de Tito Didio y Marco Antonio respectivamente, y regula diversos aspectos de la posición de un gobernador; también se refiere a una Lex Porcia, algo anterior pero del mismo año, que al parecer ha sido la primera ley que intentaba prescribir normas de conducta para un gobernador. Del mismo modo, la legislación referida a las extorsiones, presentada por Cayo Servilla Glaucia en el 104 o en el 101, va más allá de las preyisiones pensadas para que los ciudadan~s de las provincias recuperaran lo que se les había arrebatado y, aSl· mismo, trata de reglamentar la conducta de un gobernador. Las tres leyes integran ese mismo esquema de fines de siglo, por el que se pre· tendía revivir el interés por el gobierno de las provincias, sobre todo en el oriente. Es probable que el decreto del senado por el que se dictaba sen- tencia en el juicio entre la ciudad de Pérgamo y los publicani, a favor de la primera, deba ser fechado en ellOl. Efeso apeló con éxito al senado contra los publicani durante ese mismo período general, otras apelaciones similares, también coronadas con el éxito, elevadas por Priene y por Ilium pertenecen a las décadas del 90 y del 80. La reno· vación de un tratado entre Roma y la pequeña comunidad isleña Astypalea, en el Egeo, fechada en el 105, y la firma de un tratado con Thyrrheium en Acarnania (Grecia occidental), en el 94, parecen constituir los resultados de unos intentos felices hechos por las comu- nidades provinciales con el fin de salvaguardar su posición. En el mismo año 94 un decreto del senado determinaba que los préstamos (con el propósito de sobornar a romanos poderosos), hechos a envia· dos de las comunidades provinciales, quedaban prohibidos. Una ley del 68 relacionada con Termesso, en el sudoeste de Asia Menor, hace una referencia al año 91, con toda certidumbre un momento en que el estado de Ter~esso se había visto sometido a una regulación im- portante. 135 Es, aSlIDlsmo, de mucho peso señalar que la voluntad de hacer algo acerca de! oriente se muestra en medidas de origen popularis, como la «Ley de la Piratería», y, a la vez, en otras senatoriales; el motivo central de preocupación de aquellos a los que afectaba la popularis ratio y el de sus opositores era, en última instancia, la res publica y los primeros pueden ser observados en sus pasos iniciales en la actividad de vigilar los movimientos de la clase gobernante; el flujo consiguiente de la legislación sobre los detalles administrativos, más adecuados a los decretos senatoriales, está dentro de la misma tradición. Dentro de este contexto resulta interesante que E. Gabba haya sido capaz de dibujar un grupo de figuras populares de finales del siglo II y comienzos de! 1 A. C., personas que se hallaban al fren- te de! desarrollo de la cultura romana, a la vez herederas y competi- doras de la aristocracia helenizante de comienzos del siglo II y período subsiguiente. Por otra parte, constituye todo un síntoma e! hecho de que Lucio Marcia Filipo, el futuro cónsul del 91, propusiera en su tribunado una ordenanza agraria; aun un optimate podía tener la idea de robar las ropas de su enemigo. Todo el proceso de volver a asumir la responsabilidad en e! oriente culminó con e! período de Quinto Mucio Escévola como gobernador del Asia, probablemente en e! 94: «Cuando fue enviado al Asia como gobernador, eligi6 al mejor de sus amigos, Publio Rutilio, como consejero y se sentaba con él en el concejo, entendiendo en todas las cosas y juzgando los casos que se presentaban en la provincia. Y de- cidi6 que él y sus colaboradores debían pagar todos los gastos de sus propios dineros. Además, gracias a la frugalidad y a la sencillez de su estilo de vida, por su incorruptibilidad y su sentido de la justicia restableci6 a la provincia de sus anteriores penurias. Sus antecesores en el Asia hablan obtenido secuaces entre los recaudadores de tributos, los hombres que oficiaban de jurados en las quaes- tiones, en Roma, y hablan inundado la provincia con los ejemplos de su falta de respeto por la ley. Pero Escévola era incorruptible y observante de la ley en su jurisdicci6n y no s610 logro que todos en la provincia disiparan sus temo- res a los informantes, sino que también puso freno a las prácticas ilegales de los recaudadores de tributos. Para ello, asegur6juicios ecuánimes a los que hablan sido perjudicados y en todos los casos hall6 culpables a los recaudadores, obligándoles a reembolsar los perjuicios materiales a aquellos que hablan sido estafados, en tanto que aseguraba que los cargos que implicaran una ofensa capital tendrlan, de verdad, una sentencia capital. Y, en efecto, impidi6 la libe- raci6n del principal representante de los recaudadores, que se habla preparado para ofrecer una gran cantidad de dinero por su libertad y había llegado a concertar con su amo un arreglo; Escévola lo conden6 a muerte y lo hizo cru- cificar. .. Asl, el odio que antes existIa contra el imperio disminuy6 como resultado de su sabiduría y de su virtud y por la ayuda que pudo brindar, de modo que recibi6 culto entre aquellos a los que habla beneficiado y también obtuvo el reconocimiento total de su buen desempeño, de parte de sus conciu- dadanos.,. (DIODORO, XXXVII, 5 Y 6.) 136 ;~. ; El énfasis en la hostilidad de Escévola hacia los publicani quizá derive de Posidonio; al parecer habían sido una de sus bétes noires junto con los equítes como cuerpo, sin duda merecidamente en part:_ De todas maneras, Publio Rutilio Rufo fue condenado a su regreso, bajo la ley mucho más amplia de repetundis, la ley de extorsión, qui- zá bajo el cargo de haber aceptado un soborno, mientras se celebraban los juicios de los publicani. Entretanto, los habitantes del Asia ofrecían un culto a Escévola, tal vez considerándolo un nuevo fundador de sus existencias, y e! senado refrendaba e! edicto en el que Escévola establecía los princi- pios de acuerdo con los cuales proponía que se desarrollara el gobier- no, como un ejemplo para los gobernadores posteriores del Asia; Cicerón lo tomaría en cuenta al ir a Cilicia, en e! 51. Sin embargo, Escévola no era único; en Sicilia~ un gobernador que quizá fuera Lucio Sempronio Asellio, adquirió una reputación similar a la de Escévola: .. Aunque s610 ·era hijo de un cuestor, él mismo lleg6 a la pretura y fue enviado como gobernador de Sicilia; hall6 la provincia en ruinas, pero llev6 a la isla a la prosReridad a través de los mejores medios posibles. Tal como Escévola, eligi6 al mejor de sus amigos como legado y consejero, un hombre llamado Cayo (Semproruo) Longo, que vivla de manera sobria y acorde con las antiguas costumbres, y también llev6 consigo a un hombre llamado Publio, que era ' el que gozaba de mejor reputaci6n entre todos los equites que vivlan en Siracusa; este último era un hombre de virtud moral descollante, muy lejos de haber sido dotado por la fortuna con las cosas buenas de la vida (un punto de vista estoico característico, tal vez derivado de Posidoruo) ... ,. (DIODORO, XXXVII,8.) También en e! 95, Sicilia fue e! escenario de la actividad romana, que ilustra uno de los principios fundamentales impulsores de! go- bierno romano, cuando éste tenía la ocasión de intervenir en los asun- tos de las comunidades sometidas a la metrópoli: «Los habitantes de Halaesa como pago por los suyos propios y por los mu- chos servicios importantes prestados por sus abuelos a nuestro estado han decidido por sI recientemente (en el 95; Cicer6n habla en el 70) pedir a nuestro senado que dicte leyes para ellos, en momentos en que estaban discutiendo acerca de la elecci6n de un senado propio. Con palabras de elogio, el senado decret6 que Cayo Claudio Apio Púlquer, que era pretor, establecerla las normas para que ellos eligieran el senado. Cayo Claudio Púlquer form6 un consilium de todos los Claudii Marcelli que estaban en condiciones de integrarlo (para la Ú16tituci6n del consilium d. pág. 33) Y después de consultarlos estableci6 las normas para el pueblo de Halaesa, en las que se incluían reglas detalladas acerca de la edad de los candidatos, que nadie por debajo de los treinta años podía ser elegido, acerca del "comercio', porque nadie que se dedicara a él debla ser elegido, acer- ca de la calificaci6n 'de los propietarios y otras." (CICERÓN, II in Verrem, lI, 122.) 137 ' :1 :~ ;~ ;r ifi l' ; ~r :~ :Q :i :¡ : :i :'1 r! J ' ¡¡ : !I 1 , .;.¡ ¡: ' 1 l.; " ., " ' i j: La injerencia romana en los asunt~s provinciales. fue. ~otivada por d interés propio tanto como por d 1Ilterés de la ]UStlCla; cad.a vez que le fue posible, puso d control en manos de los .terra~eruentes locales y se aseguró de que ellos supieran que su supervlvenCla depen- día de la perpetuación dd dominio romano. R?m~ degía b~en a sus aliados; pero ni aun así pudo salvar la prOV1IlCla dd ~sla de las manos de Mitrídates en d 88, a pesar de la lealtad apasionada y d sacrificio personal de muchos de esos aliados: «El rey Mitr!dates saluda a su sátrapa Leonippo. Chaerem6n, hijo de Pito- ' doro, ya ha enviado a la ciudad de R?das, para salvarlos, a aqu~os ~e los romanos que escaparan, junto con sus hiJOS, y ahora, al saber de nu veruda, ~ mismo se ha acogido al templo de Artemis de Efeso y desde allI envía cartas a los romanos los enemigos comunes de la humanidad. El hecho de que haya salido inc6lum~ a pesar de todas las fechadas que ha cometido ya le da ánimos para continuar ofendiéndonos. Mira cuál es la mejor manera de que lo tr~gas a nuestra presencia o mantenlo en prisi6n, vigilado, hasta que me "ea posible ver su caso.lO (B. WELLESJ Royal CorrespondenceJ núm. 74.) 138 ' . . ' "'" 13 EL MUNDO AL REVES En d 91, los aliados itálicos declararon la guerra a Roma; en el 88, Mitrfdates VI Eupator de Ponto invadió la provincia del Asia. La guerra contra los aliados itálicos resultó, en todos sus aspectos prác. ticos una guerra civil y fue seguida, en ·el 88, por la marcha sobre Roma de Lucio Cornelio Sila. En esa ocasión Sila detentó el poder sólo por poco tiempo y después marchó a enfrentarse con Mitrídates, pero regresó en d 84 Y en ese momento depositó el poder en las manos dd grupo que, según su criterio, tenía el derecho de controlar la res publica. Una generación más tarde, en el 49, César cruzaría el Rubicón; después de ello, abandonaría una res publica que habría , de ser disputada por los que se proclamaban herederos de Julio César, hasta que su hijo adoptivo estableciera una monarquía que habría de perdurar sin interrupción, tanto como la misma Roma. Después de su muerte, a finales del 91, ocurrida en el año de su tribunado, el nombre de Marco Livio Druso se convirtió en un sinó- nimo de una actividad obsesiva y una ambición arrolladora; al mismo tiempo, el mundo romano tenía que hallar una explicación para el cataclismo de la guerra social. La tradición de los optimates, represen- tada por Cicerón y quizá también por Posidonio, recordaba a Druso como una persona que había realizado otro esfuerzo más por que- brantar d dominio de los equites en las cortes de justicia 1, y de hecho como un senatus patronus, un patrón del senado. Esta tradición esta- ba preparada para perdonarle una ley acerca de la distribución del 1 Tal vez organizando un albu1'l1 [lista] mixto de senadores y de equites (Cicer6n, Pro Rabino Postumo, 16; Pro Cluentio, 153); los equites que hablan prestado servicios como jurados quedaron, por primera vez, sujetos a la posibi- lidad de que se les ~ siguiera juicio por corrupción judicial. Un album mixto fue creado, de hecho, por la Le" Plautia del 89. 139 trigo y una ley agraria tendente a ganarle apoyo. (otro tribuno, .en asociación con él, también promulgó una ley agrana, la Lex Saufeta) . Un elemento de la trac4ción incluso consideraba que la ley para con- ceder derechos políticos a los pueblos itálicos había sido promulgada con esa misma finalidad. Sin embargo, otro elemento de esa tradición, veía a Druso como responsable de la guerra social: .. Y así fue que, cuando la ciudadanía prometida a los alia~os no 1l~6 a concretarse, los itálicos en su ira comenzaron a planear una re~6n. Este li?ro consiste en un relato de sus reuniones, de sus planes y de los discursos realiza- dos en las juntas celebradas por
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