Logo Studenta

CRAWFORD La Republica romana Caps

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

usuario3
Cuadro de texto
A diferencia de los esclavos, esos labriegos tenían derecho a votar y 
se puede presumir que algunos de los servicios que proporcionaban 
eran de naturaleza política. 
Con el dinero que ganaban, esos desplazados cons-tituían un mer-
cado para algunos de los productos de las propiedades de los ricos. 
Pero no pueden haber absorbido sino una parte de esa producción y 
se vuelve urgente de terminar cómo vendían los productores pudientes 
el resto de los bienes de consumo de que disponían, en particular en 
vista del aparente predominio de la ganadería entre las actividades 
agrícolas (documentado por el aforismo de Catón 5 regis trado por 
Cicerón en De officiis, n, 89). ¿Dónde vendían la lana o la carne? 
La Ital ia del sur era, desde tiempo atrás, una fuente mayor de 
productos laneros (las ovejas tarentinas aparecen ya en Plauto, Tru-
culentus, 649) y la aristocracia tomana sin duda hasta cierto punto 
se apoderó de los mercados tradicionales; pero sospecho que en gran 
proporción las lanas y los cueros eran vendidos a los abastecedores 
det ejército romano; en otras palabras: la aristocracia romana utili-
zaba la producción de sus propiedades como otra vía , indirecta en 
este caso, para aprovecharse de los ingresos provenientes del -imperio" 
S Catón es también el autor de De agri culfura, un tr.nado de t:st ruclUra 
imperfecta accrCll de! nuevo est ilo de cuhivos rentables, utilizando .1 esclavos 
como elemento más importante de la muno de obra . 
!O8 
10 
REFORMA Y REVOLUCION 
Intentar una reforma no constituía una novedad i(en el 145, Lici· 
nio Craso había propuesto, sin éxi to, que el nombramiento de los 
sacerdotes fuera confiado a un procedimiento de el;ección, en reem-
plazo del de la coopta/io); Jo que singulariza los tribunados de Tibe-
rio Graco en el 133 Y de su hermano pequeño, Cayo) en el 123 es, 
en ambos casos, un grado de determinaci6n que datía origen a una 
oposición dura y que conduciría por fin a la muerte violenta de los 
dos y, en el caso de Cayo Graco, a un campo de acción del interés 
reformador, nunca antes conocido en ninguna figura; anterior. _ 
El núcleo de la ley agraria propuesta por Tiberio Graco era eIf 
res tablecimiento de una prohibición antigua (eL pág. 104) : el máximo 
de tierra pública que podía poseer una persona no debía superar los 
500 iugera (aproximadamente 126 Ha); los hijos, :tal vez hasta el 
número de dos, recibían otros 250 iugera cada un0; una comÍsión 
de tres hombres debía distribuir la tierra recuperada por el Estado ".>V 
entre los labriegos desposeídos en las zonas rurales. ; Ni el contenido 71' 
de la ley propues ta ni su promulgación fueron frívolos; Apio Claudia 
Púlquer> que había sido cónsul en el 143 }' censor :en el 136 y era 
princeps senatus desde el 136, Publio Mucio Escévol~, que era cónsul 
en el 13 3, y Publio Licinio Craso, que habría de ser cónsul en el 131, 
apoyaban a T iberio Graco; otros sostenedores del proyecto, menosl 
conocidos, aparecen en las fuentes. --.J 
Los labriegos pobres desprovis tos de tierras acu¿Jie ron desde las 
c~lmpiñas a Roma para votar a favor de la ley (Apiabo, Guerras civi~ 
/e.<, 1, 10 , 38; D iodoro, XXXIV-XXXV, 6, 1-2); t,1 dest ino de 1,\ 
P!.C!~tlesta de Cayo I..c:lio (eL pág . 95) indujo II Tiber"io· ·Gt:aco a pre- i 
~entar su propues ta dIrec tamente ante el conálium p(ebis, sin cor,sul- i 
tar al senado. ~ Estab~.3E~~" 9~~~~h9 ... al.""h~c~.t:lo, pe~o no era ésa l~ 
"'1 
pc
Rectangle
,~t~ ?W~)( ty;On. e, (M éL ÜtuL 0;-5l:Ut47ze; .f!#. ~'.dl aot;, , tJ 
+'ófe~<'<n..L \ .4.( '7-mo~ Wr>W e.f::d&' d( ,~'f8 .ad.!htC:~·I4..¿í\JJ 
Ijj 4 [f¡j)t!... tzau .. eetIV'IA' X ~ COaC#E<J) '7t-O X af"fJZtirJ. 
{J [j!..., costumbre' ante tal deteW1LnacL®~CQ...caminQ_,ilbi!:no para la * ~p_osicíó~_ ~~rsu!!.~~?.- t~~~~~_ P3E~_ . .9u.e_yetara la propuesta 
y uno de los diez fue persuadIdo para hacerlo . 
-}- cntrentaoocQñ-ervetÓ._· dé~-su colega, Tiberio Graco lo hizo des ti-
(,) ..' tuir-j)ór -~I - vot~ -ael·. ~oiícililln¡ plebi~; la medjda no COOOCí'aJ)re"Ce-
~. deines -ro ...... no "'se ' día definirla como ile al. Sin embargo, esta 
..,. r \ situación ejó descubierto una fuente fatal de conflictos en el 
~ sistema político romano, que surge con mayor claridad aún de los 
\acontecimientos que rodearon la muerte de Tiberio Graco: si se 
: aceptaba el principio de la soberanía popular, sin duda era . de~~Cho 
.,' de! 'pueblo tomar 10 que había otorgado; de igual manera, el bloqueo 
. \del peder de un magistrado dentro de un colegio de magistrados ':y, 
( ~) ~ por un proceso de asimilación, de un tribuno dentro de un colegi? .~~ 
i tribunos, era una regla básica de trabajo de la república, equivaIen~e 
a un principio. ._. -
. La ley, por fin, fue promulgada y la comisión de tres hombres se 
constituyó, con Tiberio Graco, su hermano y Apio Claudio; pero 
continuaba la oposición, bajo la forma de litigios acerca de la situa-
ción de las tierras consideradas públicas por los comisionados. Una 
ley posterior en su promulgación confería poderes judiciales a Jos 
comisionados. Sin embargo, sus inconvenientes no terminaron allí: 
«Los poderosos estaban irritados por _ todo 10 que habí¡l ocur rido y temían la 
influencia creciente de Tiberio (Graco); de modo que adoptaron una actitud 
insultante hacia él en el senado, para lo que urilizaron como subterfugio la 
petic ión h3bitual de una tienda que debía ser provis ta a expensas del erarío 
público, para que él la llevara durante el período de distribución de las tierras; 
a pesar de que Otros a menudo habían formulado ese pedido con motivos mu-
cho menos importantes, la tienda fue negada en su caso y se fijó una dieta de 
nueve ases (tres ases para cada comisionado: la paga diaria para un soldado 
romano ... ). En aquel momento, Eudemo de Pérgamo llevó a Roma el testamento 
de AtA lo !Ir, que había muerto, en el que el pueblo romnno era nombrado 
heredero del rey; Tiberio (Graco), de inmediato, como líder del pueblo emit ió 
un decreto por el que se disponía que el tesoro real fuera llevado a Roma y 
entregado a aquellos ciudadanos que recibiesen la tierra n distribuir, con el fi n 
de que pudieran comprar equipos y semillas par3 sus pllrcelns» l . (PLUTARCO, 
Tiberio Grllco, 13-14; es tendenciosa, sin duda, la versión de 'Tito Livio, por 
la que Ulla cantidad de dinero habría de sus tituir la entrega de parcelas.) 
Los comisionados comenzaron, por último, su tarea (véase la 
figura 6) Y la oposición comenzó a hablar de una venganza en la per-
I Un hijo ilegíti mo de Atajo III, Aristónico, trató de reclamar su herencia. 
Su campaña, que de manera errónea y con un puma de vista centrado en lo 
romllno recibió el nombre de rebelión, sólo tuvo fin en el 129; hacia su última 
etapa , esa campaña llegó a implicar un intento, interesante y mal documentado, 
de alzar a las clases humildes en contra de Roma.. 
sana de Tiberio Graco, cuando éste volvió a ser 
y, por ende, pasible de ser enjuiciado: 
ciudadano común 
«y cuando 'Sus amigos, al ver que se hacían amenazas contra él y que sus 
enemigos unian fuerzas, expresaron la necesidad de que obtuvier3 otros t ribu-
nados en el futuro, Tiberio G raco buscó el favor del pueblo una vez más pro-
metiendo otras leyes .. . » (Las propuestas específicas atriQuidas aquí a Tiberio 
Graco, casi con certeza, son unas proyecciones al pasado [de d ementas del pro-
grama. de su hermano.) (PLUTARCO, Tiberio Croco, 16.) 
Los que en sus orígenes habían apoyado la ley: agraria estaban ya}' 
de regreso en el campo, para ganar dinero por su trabajo en las cose-
chas, y Tiberio Graco se vio forzado a depender, 'en la mayor parte, 
de los votos de los habitantes de la ciudad. Aun así podría haber sido 
reelecto; sus con:r~rios in~entaron impedir la. ~elebraci?n de. ~os ( 
asambleas y, por ulrlmo, baJO el mando de Pubbo, Corneho Esclpl6n¿ 
Naslca, atacaron y aseSInaron al tnbuno y a sus sqgllldores. 
~\\ \ N 
:;\11111\\\;/ ) I t »''/' // nll \\\I1III/I\\\~' \\\\ \ 
\ 
,/ --' \ / ./ 
Fig.6.Plano de la división en centurias al noroeste de Lyceria (cL mapa 21. 
El plano muestra la división en centurias sobre dos ali'neaciones. una de 
las cuales quizá data de la fundación de la colonia. y la btra tal vez refleja 
las a.c:; ignac iones de T. Graco; las divis iones internas y , las parcelas ind io 
v iduales aparecen dentro de los bloques principales de terreno; las exca· 
vaciones muestran que las granjas ocuparon los lugares de asientos ant i· 
guas y en algunos casos se dedicaron al cult ivo de viñedos y árboles 
frutales. 
Antiqulty, 1949, 67, fig. 2. 
1 11 
tI" .lltUiV· · (¿Por qué Quinto Ello Tubero no preguntó) «por qué hay en un estado dos 
dl f~,d;-~·~ sena~os y casi dos pueblos? Po~que. ya lo sabéis, la muene de Tiberio Graco y 
.it tü - [,a~blén toda su c?nducta antenor a lo largo del tribunado dividió a un pueblo 
s.LJ.iet- ~.· :\ umco en dos facciones.» (CICE~ÓN> De re publica, 1, 31, la obra presenta una 
autL ~~píntura dramática de1129.)-~ ~--'-----~ ~--_.-----'--'" 
t.·~I'~I()~· ~'t'M.1 ') Para Nasica, la ruptura del principio de las magistraturas anuales ~ ~ " ' d bl "<"- constltUJa un mtento e esta eeer el regnum el mando individual· 1'/'" ;,at<"l " '. - y para Graco, constituía el derecho del pueblo de confiar el tribunado 
a quien qu isiera . 
• , 
4<.-
• 
r:: Otras reflexiones retrospectivas se sugieren por sí mismas. El 
• desarrollo del tribunado de Tiberio Graco expuso a todas las miradas 
las ;onseCl~en~ias de l~_~ispersión de los ciudadanos romanos . .P.9E..,~. a 
pemnsuJa !tabana. Los cIUdadanos romanos habían sido establecidos 
r¡iritim, en parcelasín-divíduales, _ !nás _qüe -en . ~oJoni3s ·_ organizad~\s', 
cada vez más lejos de Roma,--y las colonias romanas no habían sido 
fundadas al igual que en el pasado comó-_ meras- guarniciones sobre la" 
eos_ta , sino que, mas bien, consti tuían asientos importantes , a menudo 
alcl:ldos dc Huma . Eslc lí lt illlO dcs¡n rolln :\1.: rdl(,~j¡\ por III institlici{m, 
den tro de las colonias romnnns a principios del siglo JI, de una es-
tructura de gobierno local complera, bajo el mando de los duoviri, un 
cuerpo de dos magls trados; las comunidades brtstante lejanas de 
cives sine wllragio, Arpino, Fundos y Formjas recibieron el derecho 
tde voto en el 188_ (Quizá eran las últimas comunidades poseedoras de 
i~~.? condición que quedaban_) 
r L'dd' ó ' a C1U a ama que te rIcamente era una ciudadanía rotal se había 
aparta o e a OS1l1 a e acto e votar- e resll ta o ue lIe el 
nIvel de f)art icin~ción de cuerpo de ciudadanos romanos como un 
~Elr:.2t~.en los procesos de . Qobierno se vio reducido v la reDresen~ 
tattvú:la : de una reunión normal de la asamblea disminuvó. Este últi~ 
mo hecho emerge de la desaparición de gran parte de los seguidores 
de Tiberio Graco en cuanto fue votada la ley. Todo el u.roceso es 
una triste consecue~ia de algo que, en su [Otalidad, había sidO- una 
Iuente de forta leza paca Roma en- sus inicios: el mét9ÓO con -que 
haóía orJtaniz.do.la !tilia kf Jlá~ 42) , 
~ 
( El (rlbunado de TIberiO Graco tambIén es Importante porque 
(marca un paso en la he1enización_ 4e la _ aristocracia romana· es pro-
'-.. (b~~IC-..S:~~ _la apelací?n al príricrpiü- de-la -soberanía-popular '~n el caso 
;> ... ~ ª--:._~~~!ler a ~n tr~buno f~eca hecha con pleno conocimiento de J~ 
~ ~xlstencla de dISC USiones grIegas de los problemas de la política_ No 
) se trata, por supuesto, de que la filosofía griega haya ejercido una 
11 2 
influencia importante sobre Tiberio Graco; pero, .?:'n icerteza, le pro, ? 
porcionó las municiones útiles para la batall~ .polluca, en ~oma;. del ~ 
mismo modo y en el mismo pedodo, las habilidades h te ranas grIegas ¡ 
seguían sirviendo a los fines de la aristocracia romana Y las .ha?ilida-;' 
des artísticas griegas eran cada vez más utilizadas con el obJeuvo de:'. 
divulgar las pretensiones de ese gru po_ 
Pero quizá la reflexión más importante que puede provocar el 
tribunado de Tiberio Graco sea un intento de estirn~r la verdadera 
importancia simbólica del pasaje a tra;és de la asa~blea del decreto 
que ponía el legado de Atalo III de Pergamo (ef. pag j 11.0) en manos 
de los comisionados agrarios; el apoyo con que contq Tlbeno Graco 
provino, en primera instancia, de hombres que reCibían cada vez 
menos recompensa del imperio que se había ganado ~on la ayuda de 
ellos mismos; una main-mise directa en algunas de e~as recompensas 
apenas si podría parecer una reacción sorprendente. '¡ • • 
De hecho, fue el imperio lo que posibilitó las la~gitiones, dIstrI-
bución de los dineros públicos con finalidades políti~as, y con ellas 
la popular;s ratio, el planteamiento político q~e bt4scaba el apoyo 
aumentando el bienestar del pueblo, Desde el tlemp<f de los Gracos 
en adelante existe un nexo reiterado entre los dirigentes popularis y 
los programas de edíficación, y la pres teza con que: Tiberio Graco 
echó mano de los recursos del imperio tuvO eco en sus sucesores. La 
colonización de Narbo (Narbona) en el lI 8 Y hts colqnias propucstas 
por Lucio Saturnino implicaban el uso de las tie rras provinciales; las 
rentas de Cirene fueron utilizadas para las distribuciones de trigo de 
la década del 70, el asiento agrario de Rullus, plalleado en el 63, 
también contaba con el uso de las tierras provincialeS, Marco Catón, 
el joven, y su enemigo Publío Clodio recurrieron pm¡ igual al erario 
imperial para las distribuciones de trigo. !¡ . ", : 
Por el momento, la república romana se apartó !.del a~lsmo; a : 
pesar de algunas persecuciones contra los _seguidores ¡¡ lnrnedla.tos más 
humildes o los asociados extraños a Tibeno Graco, ~mprendidas por 
Publio Popillo Lenas la comisión agraria fue autori~ada a proseguir 
con sus tareas y Publio Escipión Emiliano, que se pabía permitido 
verter una cita salvaíe de un trozo de Homero, p~ra expresar su 
aprobaci6n al tener nuevas sobre 1~ muerte de Gdco, se encontró ¡ 
con que no se le dejaba el monopolio del senado: _~i 
«Los detractores de E6cipi6n y quienes lo denigraban, guiados por Pubüo 
Craso y Apio Claudio, aun después de la muerte de est OS dos m~~vieron. a 
una parte del senado hostil a vosotros (los que piensan como Esclp16n), baJO 
el mando de (Quinto) Metelo (Macedónico) y Publio Muelo .(Es~évola ) ... » (C~­
CERÓN, De re publica, 1, 31, muy tendencioso, sigue al pasaJe citado en la pa-
gina 112.) 
La actitud de Publio Escévola es particularmente ~lamativa _ Había 
113 
... 
rechazado su aprobación a la idea de utilizar la fuerza para impedir 
la reelección de Tiberio Graco, aun cuando se encontraba muy preo-
cupado por esa posibilidad, y más tarde se asociaría con Macedónico 
un hombre que no había sido antes su aliado político, para salvar 1; · 
esencia de la reforma de Graco, que en sus comienzos había apoyado. 
La ausencia de una animosidad personal contra Emiliano surge con 
claridad particular en el caso de Macedónico, quien ordenó a sus 
hijos que llevaran el féretro cuando Emiliano murió de una enfer-
medad en e! 129. Escévola fue uno de los primeros y también uno 
de los más grandes juristas romanos; e! compromiso del legislador 
con la aplicación de la leyes un principio vigente todavía. 
114 
l 
I 
11 
ROMA E ITALIA 
Una vez establecida, la popularis ratio ·resultaba demasiado atrac-
tiva para ser ignorada por los ambiciosos miembros de! grupo selecto 
romano y los ejemplos asentados por Tiberio Graco hallaron imita-
dores con presteza. Pero la índole horrible de! camino por e! que~ 
avanzara e! tribunado, entre tanto, hizo _qu.<;~e. politizara la mayorí~ r 
~E!!.~h~(!Ilte pasiva de! senado y produjo un clima de opinión que se: 
mostraba hostil a . una reforma gradual. ".: ~ 
·----·t~nibléri durante e! siglo II se originó la identificación de do~\ 
áreas de gobierno que necesitaban una atención urgente: la relación ' 
de Italia con Roma y la organización de! mando romano en e! oriente 
griego. Algunos de los problemas de esas áreas fueron tratados según 
los métodos tradicionales y por políticos popularis,a menudo en 
forma directa; pero se invirtió mucha energía en una fútil provisión 
de efectivos de choque para las líneas de batalla entre los optimates, 
tradicionalistas, y los populares. Al mismo tiempo, e! período de rela-
tiva calma en e! exterior, que siguió a la toma de Numancia en el 133, 
al fin de la guerra siciliana de esclavos en el 132 y a la supresión de 
las fuerzas de Aristónico en el 129 (cf. pág. 110), quedó quebrantado 
en e! 112 por e! estallido de una guerra en e! Africa (que se extendió 
hasta. que Cayo Mario le puso fin, siendo cónsul, en e! 107 y procón-
sul en el 106-105), y por la derrota estrepitosa de Quinto Servilio 
Caepio y Cneo Mallio Máximo, a manos de los cimbribs y teutones 
en Arausio (Orange) en el 105; esta derrota fue vengada sólo con las 
victorias de Cneo Mario y Quinto Lutacio Cátulo en el 102 y en 
el lO!. 
A pesar de los esfuerzos romanos por hacer algo a favor del orien-
te y también de Italia, en el 91 Italia se alzó en guerra contra Roma 
y en el 88 Mitrídates invadía el Asia. 
Las medidas de Cayo Graco durante sus dos tribunados del 123-
122 son, en parte, los desarrollos del programa agrario de su hermano 
y. en parte promulgaciones menores provocadas por los aspectos par-
tIculares de las experiencias de Tiberio Graco; pero también confi-
guran un intento de variar en forma radical la distribución del poder 
dentro del estado romano e incluyen un propósito de dar solución al 
programa del 133; sin embargo, las raíces del problema eran mucho 
más profundas. 
. Después de .la derrota de ~íbal, Roma había castigado con seve-
nda~ a cOl;nuOlda~es que hablan permanecido leales, pero que no 
hablan podido satIsfacer. sus compromisos militares con la metrópoli 
(cl. pág. 58); el tratamIento que se deparó a las comunidades que 
se habían rebelado fue más salvaje, incluso; desde la destrucción 
hasta la privación. ~e la tierra o de l~s ~erechos y la imposición de 
algunas. ~argas a~lclOnales. El corolarto mmediato fue que, para la 
generaclOn postenor a la guerra de Aru'bal, los ejércitos que lucharon 
por Roma estaban compuestos por una proporción de no romanos 
mayor que la de romanos; no es so~rendente que haya habido pro-
tes.tas entre el 187 y el 177 proveOlentes de algunas comunidades 
latinas acerca de la pérdida de población merced a emigraciones hacia 
Roma y en el 177 algunas comunidades itálicas se quejaron de haber 
perdido población por las migraciones hacia Fregellas. c: La eficacia del control romano so~e Ita!~~.1 ,co~. t?d()!.e~t~~emos­
trada po~ la rude~~~o~que !':_~P~~c<?_ ~~ _de<:.~SIÓ? ampli~de .s1Jprimir 
la ad~r~.9.9':1 _ª~ .ª-~~~~n .~fii1I.a,. ,a~~pt~aa , ~~ e11~7 de~p.ués de la pa.:¡:. 
con 5ma; ~~lto di()~~~t:~slllt..a~ .. pe!'..~!!.rb.~49.r P9r 
muCh~.s r.~o~es'y, e~r esto s10 aÜ<fa, su represión. resultó violenta en 
~1réúIar .'"Sus adherentes esúo:iñ (Ji ' imizados ' de u~ modo ' lié ' o¿Íía 
~ serviSfi)'como una ternatlva el esta o o una amenaza al mismo' 
ti moral:tdad no convencional ue se asociaba con el culto tambié71 
;rr;resenta a una orma e re e ía. a orma que tomó a represion 
óiece un contraste marcado con el esquema de los juicios por bruje-
ría en los comienzos históricos de la Europa actual, donde la histeria 
popular generaba un proceso de autoalimentación. En la Italia del 
año 187, todo el movimiento c.ontra las bacanales fu; artícUTado por 
~ e a arato es tata y e o a un. lOa a ru, o ando quedó rea Irma a 
la~egun ad.:. Por lo tanto, bIen se podrla du ar ae que a Isemina-
Cíón de! ciílto dionisiaco deba ser vista como el resultado de una 
respuesta entusiasta de los marginados de una u otra clase ante la 
disponibilidad de un escape religioso; más bien, la expansión del 
culto fue el resultado de que una perspectiva nueva se hubiera im-
I ~~esto en forma gradual y (hasta que el estado romano se convirtió 
~ la excepción) no controvertida. 
Sin embargo, quedaban semillas de inquietud en Italia a comien-
116 
zos del siglo Il; pero, por el momento, el senado mantenía aún 
el control. 
A medida que avanzaba el siglo, la fundación de colonias y la 
concreción de -asignaciones individuales de tierras (d. pág. 43) fueron, 
diseininando a los romanos y mezclándolos con las poblaciones no 
romanas de Italia; el diseño fragmentado resultante constituía una 
fuerza de mucho peso para la 1'0mamzaClón gradual de la penfnsüIa, 
en partICüIar combinada con el hecho de la exlstenCla de un gobIern~ 
romano. 
- 'Mi(;'ntras tanto, se había iniciado una emigración numerosa desde~ 
Italia hacia el orien.te grie.go:. iban los que ansiaban explotar las OP()E.-~ 
tunidades que se ofrecían a los hombres d~ negoClos i en ese núme:o 
señalliibañ~'-síñ-auda:;-lós 'róril~Il()s. _ 'i los italianos 4esposeídos de tIe- . 
rraspor 'l¡¡- -difusíón-Oe lás •. grandes propiedades, .con .,o_~~compensa-) 
ción, pero tambi¿nmarcnabari en ' número creciente los itáliCOs '-qüe ) 
ló Fiidan por su voluntad, ,en busca ~e las recompensas del imperio, a ) 
i:ravés de la actitud privada, unas recompensas que llegaban de modo ~ 
automatico al pueblo imperial. Una vez en el extranjero, romanos e\ 
itálicos 'por igual eran considerados como Romatoi por los griegos 
y se mezclaban sobre una base de igualdad; así también, la distinción 
entre romano e' itálico vino a parecer menos importante en. términos! 
prácticos y su perpetuación jurídica llegó a resentirse por f1O. 
Con persistencia, Apiano afirma que los itálicos eran los destina-
tarios, en teoda y de hecho, de los beneficios derivados de la ley 
agraria de Tiberio Graco; por cuanto, según Cicerón: 
[Los enemigos de Escipión] «no están preparados para permitirle que ofrez-
ca su ayuda en una situación de tanto peligro como ésta (en el 129), aun cuando 
él es la única persona en condiciones de hacer algo; los aliados y los latinos se 
vieron impulsados a manifestar su ira, los tratados habían sido traicionados, los 
comisionados están perturbándolo todo y elucubran algo nuevo cada día, todos 
los ciudadanos que son hombres de bien se encuentran en un estado de angus-
tia,>. (De re publica, l, 31, recoge el pasaje citado en la pág. 113.) 
y con más vigor aún: 
[Tiberio Graco] «se mostraba resuelto en la ayuda a los ciudadanos, pero 
ignoraba los derechos y los tratados de los aliados y de los latinos.'> (De re 
publica, nI. 41.) 
De hecho, el dilema puede resolverse argument~ndo q~e a.lg~~os\ 
italianos humildes se beneficiaron, ~E~ .. 9~e_)lis . 3!ls~q<;E¡¡9¡¡s. 1~@~ª~\ 
Q~k~ª~9.º que existía una amenaza para ,elcontrolqu!! . .- detent~b~i 
sobre sus clientes y también para su propioacc.~sq , ªJ~~ .. J!5!.I:I_aJ~.I1lJ.bh- ! 
~i; De la ley agra'riadd 111, preserva~a por vía epigr.áfic~ ~ <!ue po- \ 
nía tin al programa de los Gracos) se 10fIere que el nco Itálico, tal , 
117 
rr'· H· . 
~como el rico de Roma había ocu ado la tierra ública los comi-
SIOna os, en su momento comenzaron a recu erarIa distri uir a' 
parte e a tierra tam ién había si o ven i a (a romanos) o s tri-
buida (a aliados), y en la mayoría de los casos el título legal era 
oscuro en aquellas circunstancias. 
A instancias de Emiliano, la jurisdicción fue transferida ,de los 
comisionados a uno de los cónsules; quizá después, tras la muerte 
de Emiliano, volviera a ser transferida. La amplitud y la gravedad de 
la agitación de los aliados tal vez pueda inferirse de la medida de · 
emergencia del 126, que excluía a los extranjeros de Roma. 
En el 125, uno de los cónsules de ese año, Marco Fulvio Flaco, 
propuso que se ofreciera la ciudadanía a los itálicos, con la opción 
de la provocatio (cf. pág. 95) para quienes no quisieran la ciudada-
nía; la propuesta no tuvo éxito y la colonia latina de Fregellas se 
rebeló y fue destruida. Era necesaria una acometida más sistemática 
contra el problema; ésa fue una de las tareas a las que se abocó 
Cayo Graco en sus tribunados del 123-122. 
Aun cuando las acusaciones contra Cayo Graco registradas por 
Plutarco, en las que se dice que el tribuno había animado a los aliadosde Roma para que se rebelaran y que se había comprometido en la 
revuelta de Fregellas, no sean más que invenciones cuyo fin consiste 
en oscurecer su nombre después de su muerte, es probable que los 
problemas relacionados con los latinos y con los itálicos, surgidos 
durante el tribunado de su hermano y puestos de relieve por la 
rebelión de Fregellas, estuvieran en el campo focal de su mente cuan-
do, en el 124, se presentó como candidato para el tribunado del 123. 
Los derechos de los latinos y de los itálicos y los abusos de Roma en 
Italia constituyen la mayor parte de los fragmentos que se conservan 
de sus discursos, aunque esto en cierta medida pueda ser el resultado 
del hecho de que la decisión de otorgar la ciudadanía romana a los 
latinos y los derechos latinos (cf. pág. 122) a los itálicos fuera el tema 
por el que Cayo Graco había perdido su influencia durante su segun-
do tribunado, en el 122. 
. Si~ ;mbargo, en todo caso, sería erróneo suponer que las otras 
diSposlClones de Cayo Graco fueron adoptadas sólo para que repre-
sentaran un apoyo para esta medida. Después del 125, un hombre 
preparado para enfrentarse con el problema urticante de los derechos 
de los latinos y de los itálicos tenía que ser proclive a las soluciones 
temerarias con respecto a los demás problemas. 
y por cierto que el rango de los problemas que abord6 es asom-
broso y, casi con certeza, fue mucho mayor que lo que ahora pode-
mos imaginar. Conocemos dos medidas de importancia máxima a 
través de una única fuente en cada caso; para el resto a menudo las 
fuentes son poco adecuadas y se hallan ,en conflicto entre sí. 10 que 
es peor aún, esas fuentes no brindan una cronología firme para las 
118 
medidas de sus dos tribunados y así dejan en la oscuridad cualquier 
proceso de desarrollo de su pensamiento que pueda haberse producido . 
Dos leyes propuestas surgen, como resulta evidente, de las expe-
riencias de su hermano; una de ellas establecía que a los magistrados 
depuestos por el pueblo les quedara prohibido ejercer cualquier otro 
cargo posteriormente (esta medida fue revocada), y la otra volvía a 
establecer el punto de vista tradicional (Polibio, VI, 16, 2) por el 
que las cortes de justicia autorizadas para dictar sentencias capitales 
no podían ser establecidas sino por el pueblo (esta disposición fue 
aplicada de modo retroactivo a Publio Popilio Lenas, que había 
perseguido a los seguidores de Tiberio Graco). Otras dos leyesa'pun-
tan a dejar sentadas las intenciones básicas de Tiberio Graco; se trata 
de otra ley agraria, que quizá implicaba los arreglos necesarios y con-
secuentes para la construcción de carreteras 1, y de una ley que esta-
blecía varias colonias, incluida una en el mismo emplazamiento de 
Cartago: 
«Considero que el aspecto más pernicioso de la legislación de Cayo Graco 
estriba en la fundación de colonias fuera de Italia (en rigor s610 una). Las gene· 
raciones anteriores evitaron esto con cuidado, ya que comprendían que muchas 
colonias se habían convertido en ciudades más poderosas que su propia ciudad-
madre: Cartago con respecto a Tiro, Massalia con respecto a Focea, Siracusa 
frente a Corinto, Cízico y Bizando frente a Mileto; los antiguos también insis· 
tieron siempre en que los ciudadanos romanos (que se hallaran ausentes en fonna 
temporal) regresaran a Italia desde las provincias para cumplir con el censo. 
Pero Cartago fue la primera colonia fundada fuera de Italia; Narbo Martius 
fue fundada inmediatamente después del consulado de Porcio y Marcio [118].» 
(VELEYO PATÉRCULO, 11. 7, 7-8.) 
Hemos visto que, después de la guerra contra Aníbal, Roma adop-
tó una nueva forma de control, mediante magistrados y ejércitos per-
manentes, para los territorios que adquiriera en ultramar, en contraste 
con la forma de control utilizada en Italia, merced a colonias y asigna-
ciones particulares (cf. pág. 73). En los tiempos de Veleyo Patérculo 
(que escribió bajo el reinado del emperador Tiberio), las colonias de 
ultramar ya habían perdido su notoriedad; esa diatriba debe remon-
tarse a argumentos contemporáneos, o casi contemporáneos, contra 
Cayo Graco y proporciona un ejemplo interesante del uso de los 
hechos tomados de la historia griega en las disputas de la aristocracia 
romana. 
Hacia finales del 123, pocas eran las áreas de gobierno en Roma 
que no hubiesen sido tocadas por Cayo Graco. Una lex frumentaria 
se ocupaba del almacenaje de trigo y de la venta de una cantidad 
1 Las disposiciones adoptadas por Cayo Graco para el mantenimiento de 
carreteras subsidiarias quizá implica, como algunas otras medidas suyas, el inte-
rés de aprovechar las experiencias griegas, 
119 
limitada en Roma a un precio fijo y, sin duda, hasta cierto punto 
apoyado por un subsidio. El crecimiento de Roma quizá había hecho 
imposible que la empresa privada se ocupara de modo adecuado del 
aprovisionamiento de la ciudad y se tornaba necesario un sistema para 
equilibrar las fluctuaciones del precio del mercado; sin duda, esa 
disposición conocía precedentes griegos. En ese momento o posterior-
mente, Cayo Graco intentó mitigar el problema de la deuda. Una 
lex militaris dispuso que los soldados fueran provistos de ropas en 
forma gratuita y que nadie de menos de diecisiete años fuera reclu-
tado; ambas facetas de esta disposición ilustran la circunstancia deses-
perante por la que atravesaba el reclutamiento para el ejército romano, 
pobres que necesitaban cada quadrans * de su paga y jóvenes que eran 
casi niños. La necesidad de una legislación agraria no había dismi-
nuido su índole apremiante en la década mediada entre el 133 y 
el 123. 
En el campo del gobierno provincial, Cayo Graco estableció un 
procedimiento general para la distribución anual de las provincias 
y al mismo tiempo estipuló que la recaudación del impuesto de la 
nueva provincia de Asia (creada sobre el territorio del reino de Pér-
gamo) fuera confiada a los publicani, recaudadores de impuestos; ya 
se había dado el paso, según lo señala E. Badian, en interés de la 
eficiencia y quizá incluía la recaudación de los nuevos puertos, que 
debía pagar Asia. Es verdad que un fragmento conservado de un 
discurso de Cayo Graco brinda testimonio de la preocupación por 
aumentar los recursos romanos; se trata de un discurso contra una 
Lex Aufeia (Aulo Gelio, XI, 10, 1), que desde mi punto de vista se 
puede considerar como una ley que otorgaba gran parte de la Frigia 
a Mitddates V de Ponto, como recompensa por la ayuda prestada a 
Roma al aplastar la «rebelión» de Aristónico. Una pintura retros-
pectiva griega del cambio en el método de recaudar los tribu tos de 
Asia es breve y amarga: 
«Al someter las provincias [sólo una, en rigor] a la arrogancia y la codicia 
de los publicani, provoc6 un odio justo contra el imperio romano entre los pue-
blos subyugados.,. (DIODORO, XXXIV-XXXV, 25, probablemente tomado de Po-
sidonio.) 
Roma cosechó el resultado de aquei odio cuando Mitrfdates VI 
de Ponto invadió el Asia en el 88. Pero ésa no puede haber sido la 
intención de Cayo Graco. Habfa hecho que el senado devolviera a las 
ciudades de España el costo del grano incautado por el gobernador y 
enviado a Roma (sin duda en un esfuerzo para ganar popularidad, por 
oposición a la lex frumentaria) y parte de su discurso ante el pueblo 
* Moneda de cobre que valía la cuarta parté de un as. [N. de la T.l 
120 
después de su regreso del servicio como oficial financiero, quaestor, 
para el gobernador de Sardinia recuerda los discursos de Catón: 
«y así, Quirites, cuando partí hacia Roma, traje de las prOVinCIas vacios 
aquellos cinturones de dinero que había llevado llenos de monedas de plata; 
otros trajeron a Roma unas ánforas llenas de monedas de plata, las mismas que 
habían llevado llenas de vino» [la anécdota proporciona un testimonio intere· 
sante de la poca calidad del vino lacale de Sardinia, a los ojos de la aristocracia 
romana]. (ORF, 48, V, 28.) 
En consonancia con esta actitud, Cayo Graco quiso reformar elprocedimiento para los procesos por mal gobierno de las provincias 
en el .149 (d. pág. 80). Su ley de extorsión establecía que quienes 
entendieran en esos casos debían ser jurados, con interés por pro-
nunciarse acerca de la culpabilidad, y no recuperatores, que sólo po-
dían pronunciarse acerca de los perjuicios. Los jurados no debían ser 
elegidos entre los senadores, sino entre los equites equo publico 
(d. pág. 195); el objetivo tal vez consistía en excluir a los senadores 
que podían ser inclinados a favor de sus pares 2. De acuerdo con el 
nuevo procedimiento, el pretor, magistrado presidente, no tenía in-
fluencia en el curso del juicio; los jurados decidían el caso por 
simple mayoría, en votación secreta 3. Una pena que duplicaba el mon-
to de la extorsión era lo prescrito. Los mismos provincianos podían 
llevar adelante la causa y no tenían necesidad del apoyo de unos pa-
troni del orden senatorial. 
El interés general de Cayo Graco en el procedimiento de justicia 
también está atestiguado por una ley contra la conspiración judicial 
que procurase obtener una condena, pero su ley acerca de las extor-
siones resulta uno de los elementos más controvertidos de su legis-
lación. Permitió la connivencia moral entre los publicani en una 
provincia y los equites en Roma; porque un gobernador que temía 
una acusación ante un jurado de equites era capaz de cerrar los ojos 
ante los abusos de los publicani (d. pág. 137). La medida fue muy 
resistida por el senado, que la consideraba un agravio de lesa majestad, 
y la composición de los jurados de los tribunales de extorsión y, por 
asociación, de otros jurados fue motivo de protestas amargas y dispu-
2 No resulta razonable suponer que en ésta o en su precedente proyecto de 
legislación Cayo Graco intentaba obtener el apoyo de los · equites como grupo, 
y mucho menos se puede suponer que una presunta clase nueva de hombres de 
negocios se alineara en la oposición a la nobleza, dentro de l.as filas de Cayo 
Graco. Pocos de los equítes eran publican; u hombres de ?~gOCIOS (c~ . pág. 195) 
Y pocos de cualquiera de las dos clases estaban en condiCIOnes de Integrar los 
nuevos jurados para los tribunales en los juicios por extorsión; los votos. ~e 
los equites como cuerpo quizá fueran influyentes en la asamblea que deCIdió 
absolver a Lucio Opimio (cf. pág. 123). . . . 
3 La posición precisa acerca del carácter permISIble de un aplazanuento (que 
favorecía al acusado), en esta ley y en otras posteriores, resulta oscura. 
121 
tas a lo largo de los sigUientes cincuenta años, poco más o menos. 
Cayo Graco fue acusado, probablemente en falso, de decir que se 
proponía atacar la posición del senado. 
La ley de extorsión produjo, con toda claridad, cierto desplaza-
miento en el equilibrio de poder dentro del estado romano. Una 
propuesta más radical fracasó; se trataba de fijar por sorteo e} orden 
en el que votaban las centuriae en los comitia centuriata (d. pág. 169), 
con lo cual se eliminaba la influencia automática adquirida por los 
ricos en las centuriae de equites y de la prima classis, cuando todos 
votaban en primer término. 
La propuesta más radical de todas también fracasó; era la que 
pretendía otorgar la ciudadanía a los latinos y los derechos latinos a 
los aliados; en un discurso descrito por Cicerón como bona et nobilis, 
honesto y conocido, Cayo Fanio, cónsul en el 122 y en cierto tiempo 
amigo de Cayo Graco, jugaba con los sentimientos romanos de ex-
clusividad: 
«Si otorgáis la ciudadanía a los latinos ¿creéis que después habrá para vos· 
otros, en la asamblea, el mismo espacio del que ahora disponéis o que estaréis 
en condiciones de asistir a juegos y festivales? ¿No pensáis que ellos os arreba-
tarán vuestro lugar?» (QRF, 32, 1, 3.) 
. Cayo Graco no pudo salir airoso de la prueba y perdió su influen-
c~a, co:n? resultado; Marco Livio Druso fue instado a que procurara 
slstematlcamente restarle el apoyo general; Druso ya era: tribuno y 
«propuso leyes, con el fin único y la intención de superar a Cayo Graco en lo 
q.ue a gratificación y agrado de las masas se refería, como uno de los demagogos 
rIvales en Los caballeros de Aristófanes ... El senado había acusado a Cayo de 
demagogia cuando éste propuso que dos colonias (al parecer, Plutarco selecciona 
aquí las colonias de Capua y Cartago, problemáticas en particular) fueran abier· 
tas a los ciudadanos que eran adinerados (tal vez entre otros), pero cooperó con 
Druso en su propuesta para doce colonias y para el establecimiento de ellas' 
el senado era hostil a Cayo, al que consideraba un buscador servil de los fav; 
r;s de la plebe, porque distribuía la tierra entre los pobres, en tanto que insis-
tia en que ca~a residente pagara una renta al tesoro, pero la propuesta de 
Druso, de abohr la renta pagada por los residentes, les parecía aceptable a los 
senadores; la propuesta de Cayo acerca de otorgar"la ciudadanía a los latinos 
era un anatema para el senado, pero sus integrantes instigaron a Druso cuando 
promulg6 una ley que prohibía que se flagelara con las varas a un latino incluso 
durante el servicio militar (d. pág. 95). Y, en efecto, el mismo Druso al hablar 
ante el pueblo siempre aseguraba que hacía sus propuestas con la anuencia del 
senado, quien se preocupaba de verdad por el pueblo». (PLUTARCO, Cayo Cra-
ca, 9.) 
El senado no necesitaba instrucciones con respecto a los métodos 
de disolución del apoyo revolucionario. 
122 
Cayo Graco no logró ser reelegido como tribuno por un tercer 
término, en el 121; sabía de qué manera había terminado su herma-
no y, en lugar de negarse a adoptar las medidas de Tiberio, armó a 
sus seguidores y se volcó a la violencia. Cayo Graco, Marco Fulvio 
Flaco y otros partidarios fueron asesinados en forma sumaria, des-
pués que el senado hubiera hecho la promulgación del que se deno-
minaba senatus consultum ultimum, un decreto que otorgaba un apo-
yo moral a los cónsules en cualquier disposición que pudieran adoptar 
y que había sido establecido a causa de la desaparición de la dictadura 
(d. pág. 51), hecho que eliminara una de las posibles vías de enfrentar 
una emergencia. Lucio Opimio, que desempeñó un papel importante 
en el pogrom, fue absuelto por el pueblo en el juicio que se le siguió 
al año siguiente; la victoria de la oligarquía era, al parecer, completa. 
123 
12 
EL FINAL DEL CONSENSO 
Los años iniciales del siglo 1 A. C. no sólo asistieron al estallido 
de Italia y del este ante los ojos mismos de Roma, sino q.u~ también 
vieron dos períodos de guerra civil dentro del cuerpo origmal. de la 
ciudadanía romana, precedidos en el año 100 por otro estallido de 
violencia inconcebible tan sólo veintiún años antes. En aquella oca-
sión, la ~ligarquía romana se había apartado del abismo. Las disputas 
de los años posteriores al 121 fueron dirimidas en la·s cortes de jus-
ticia, pero su agudeza se profundizó, en lugar de disminuir, cU,a,:do 
los miembros de la oligarquía procuraron explotar las armas poht1cas 
que dejaran a su disposición Tiberio y Cayo Graco. Al mismo tiempo, 
el abandono gradual de un programa de asentamientos agrarios pre-
pararía el camino para el desarrollo del ejército personal que Lucio 
Sila utilizó para iniciar la primera guerra civil en el 88. 
Lucio Opimio fue acusado por Publio Decio Súbulo y absuelto 
en el 120 'f por las circunstancias que implicaba ese éxito, Publio 
Popilio Lenas (d. pág. 119) fue llamado del exilio. Al año siguiente 
los éxitos estuvieron muy repartidos: Súbulo mismo fue acusado y 
absuelto, Cayo Mario, como tribuno, logró promulgar una ley ,u~ 
impedía una supervisión informal del voto «secreto» (véase lami-
na 7 c), pero no pudo detener una ley que ponía fin al programa de 
distribución de tierras y ofrecía distribuciones de metálico al pueblo 
a modo de soborno (véase abajo; Plutarco, Mario, 4, entiende mallos 
motivos del tribuno); un intento de someter a juicio a Cayo Papiri~ 
Carbón, que había abandonado su sociedad con Cayo Graco, fracaso 
igualmente.Cayo Mario y Súbulo tuvieron acceso a la pretura en 
el 115, y mientras el primero se comportaba con corrección, el se-
gundo hacía lo contrario: 
124 
I 
I 
I 
I 
I 
1 
[Un cónsul] «ordenó que se pusiera en pie a Publio Decio Súbulo, pretor 
por entonces, ya que había permanecido sentado al paso del magistrado; (cuan-
do se negó a hacerlo] sus ropas oficiales fueron desgarradas 'f destrozada su .silla 
de pretor; el cónsul decretó que nadie acudiera a Súbulo en busca de decisiones 
legales,.. (De viris iltustribus, 72.) 
Un incidente infantil, se podría pensar, pero se trata de una marca 
de la disolución de la oligarquía, tal vez. Dentro de un contexto dis-
tinto es visible la histeria al año siguiente, cuando se restauró la 
institución del sacrificio humano, conectada con la denuncia contra 
tres vírgenes vestales acusad~s de faltas a la castidad; los sacrificios 
humanos sólo se habían celebrado en Roma en los momento de las 
crisis militares de finales del siglo lIT A. C. _ 
Sin embargo, la fuente mayor de refriegas dentro de la oligarquía 
romana fue la guerra contra Yugurta, un reyezuelo númida que se 
excediera en su comportamiento y contra el cual Roma declarara la 
guerra en el 112. Los alegatos de traición, venalidad e incompetencia 
a lo largo de la campaña romana indujeron, en el 109, al tribuno 
Cayo Mamilio Limetano a organizar una quaestio; en la investigación 
actuaban los equites, los «jurados de Graco» que intervenían en toda 
quaestio que debía entender en asuntos de mal gobierno provincial 
después del 123. El resentimiento nacido de la severidad de aquellos . 
jurados permitió que en el 106 esta última quaestio y toda otra 
quaestio especial, organizada de acuerdo con tal modelo, fuera qui-
tada del control de los equites, aunque de modo efímero 1, un éxito 
que se vio facilitado, en gran parte, por la oratoria de Lucio Licinio 
Craso: 
«Rescatadnos (senadores) de nuestros sufrimientos, hberadnos de las garras 
de hombres cuyo apetito salvaje sólo se verá satisfecho con nuestra sangre; -no 
permitáis que rindamos homenaje a nadie, con excepción del ·pueblo romano en 
su totalidad, a quien rendir homenaje es lógico y justo.» (CICERÓN, De orato-
re, l, 225.) 
Pero en ·ei 107, el pueblo también votó a Cayo Mario en su pri-
mer consulado para que se enfrentara con Yugurta; en el'curso de su 
magistratura, Mario sentó las bases de su futura preminencia y a la 
vez dio un paso que marcaría la aceptación abierta del fracaso del 
programa de emplazamientos agrarios iniciado por Tiberio Graco y 
continuado por su hermano: 
«La revolución iniciada por el más jov~n de los Gracos terminó de esa 
1 El cambio fue revertido probablemente hacia el 104 y sin duda en el 101, 
por una ley de Cayo. Servilio Glaucia, en su momento asociado con Lucio Sa-
turnino. No hay motivo, por otra parte, para suponer que los dos cortejaran a 
los equites. 
125 
manera; no mucho tiempo después, fue promulgada una ley que permitía, a 
quienes haQían recibido parcelas de ager publicus, venderlas, acerca de lo cual 
se habían librado antes muchas disputas, dado que el mayor de los Gracos 
había legislado contra ello;' y de inmediato los ricos compraron las parcelas de 
los pobres u obligaron a éstos a marcharse de ellas, bajo la cobertura de una 
compra simulada. De esta manera, las cosas se tomaron peores aún para los 
humildes, hasta que Espurio Torio, en sus funciones de tribuno (probablemente 
en el 119), introdujo una ley por la que ya nO'se distribuirla más ager publicus, 
el cual quedaría en manos de los que ahora lo poseían quienes, a su vez, ten. 
drÚln que pagar un vectigal, tributo, por esas tierras al estado y ese dinero tendrfa 
que utilizarse para las distribuciones de dinero entre los pobres. El resultado fue 
cierto alivio para las clases humildes, a causa de las distribuciones de dinero 
pero no se dio apoyo a un crecimiento de la población. La legislación de l~ 
Gracos fue rechazada, pues, por entonces, con recursos de esa índole, a pesar 
de que hubiera sido admirable en sus consecuencias totales en el caso. de haber 
sido llevada adelante; no mucho más tarde (en el 111, por una ley de cuyo texto 
gran parte se halla conservada en una tablilla de bronce, FIRA, r, núm. 8), otro 
tribuno abolió el vectigal (en rigor no en todos los casos) y el pueblo romano 
10 perdió todo. De modo que Roma estaba en aquellos tiempos más falta que 
nunca de ciudadanos y soldados y babía perdido los ingresos de la tierra, junto 
con la posibilidad de las distribuciones .... (APIANO, Guerru civiles, r, 27, 
121-124.) 
En el 107 Cayo Mario decidió enrolar a los capite censi, aquellos 
que no poseían propiedades y que s610 estaban inscritos en el censo; 
ese paso era lógico y no carecía por completo de precedentes [d. En-
nía, Annales, verso 183 V, acerca de la guerra contra Pirro: «el pro· 
letarius (otra palabra para designar al capite census) va equipado con 
un escudo y una espada fatal, a expensas públicas, y todos ellos 
vigilan las murallas, la ciudad y el foro»] y la calificación acorde con 
las propiedades había pasado a tener cada vez menos significación a 
medida que avanzaba el siglo n. Pero es de presumir que esa medida 
abda las puertas del servicio militar a algunos hombres excluidos an-
tes; también marcó el abandono de uno de los tres caminos (d. pá-
gina 166) según los cuales el cuerpo de ciudadanos romanos había 
sido articulado al · menos desde el siglo IV A. C. y suscitó una 
controversia retrospectiva; la tradición hostil aseveraba que Cayo 
Mario había cambiado el método de reclutamiento tan sólo para obte· 
ner la popularidad o para borrar sus propios orígenes humildes; sus 
defensores sostenían que <;1 nuevo sistema era más democrático y que 
no había reclutas propietarios e incluso cambiaban la circunstancia de 
aquella medida al 104, con el fin de justificarla relacionándola con 
la amenaza planteada por los cimbrios y los teutones, mayor que la 
que representaba Yugurta. 
De todas formas, el proletarius, que había esperado que la legisla-
ci6n de los Gracos le proporcionara tierras, ahora era instado a unirse 
a las filas ' del ejército; armada, una vez más, a expensas públicas, ya 
126 
no ~gila?a las murallas, la ciudad y el foro, sino que velaba por sus 
propIOS mtereses: 
«Algunos decían de viva voz que Cayo Mario habfa obrado tal como 10 
babIa hecho a causa de una disminución en el · número de los reclutas propie-
tarios de tierras; otros, porque deseaba obtener el favor popular durante el 
consulado, ya que habla sido apoyado y elevado al poder por los humildes, y 
cuanto más pobre es un hombre, mejor seguidor resulta para los hombres ansio-
sos de. poder; sus bienes personaleo; no 10 detienen, porque no tiene nada y 
cualqUler hecho le parecerla justificable si mediante él obtuviera una recomo 
pensa .• (SALt1STIO, BeUum IuguTthi/Jum, 86, 3.) 
La recompensa deseada, pOl' supuesto, no era la simple paga de 
un s?~dado, sino un título de propiedad ad hoe, al fin del período del 
servlC1O: 
«Lucio Apuleyo Saturnino, un tribuno sedicioso del pueblo, dispuesto a ga· 
narse el favor de los soldados de Cayo Mario, promulgó una ley por la que se 
babrían de asignar cien iugeTa de tierra en el Africa a cada veterano; cuando 
su colega M. (?) Bebio intentó interponer su veto, lo hizo quitar de en medio 
organizando una lluvia de piedras arrojada por el populacho .• (De viTis illus-
tribus, 73.) 
Es probable que la ley colonial del 103 haya fomentado el poste-
rior reclutamiento de los capite censi y Lucio Saturnino propuso el 
asentamiento agrario y el colonial, en su carácter de tribuno, otra vez 
en el 100 (después de haber asesinado a otro candidato al cargo 
durante la elección); la ley anterior fue promulgada, sin duda, me-
diante la violencia. Cayo Mario necesitaba las leyes para sus vetera-
nos; pero cuando el tribuno ejecutó otro asesinato para asegurar la 
elección de Cayo Servillo Glaucia como c6nsul para el 99, Cayo 
Mario se vio forzado a doblegarse antela opinión pública y a actuar 
contra ambos políticos y sus seguidores; éstos tomaron las armas y 
se refugiaron en el Capitolio, se rindieron después de recibir la pro-
mesa de que se respetarían sus vidas y, en su momento, fueron 
linchados. . 
Desde mi punto de vista, Cayo Mario había obtenido de los cau-
dillos senatoriales, antes de actuar, la promesa de que sus veteranos 
serían recompensados con tierras donde asentarse. Una vez más la 
oligarquía se apartó del abismo del desastre, pero su ambición cre-
ciente y su escrupulosidad decreciente todavía continuaban operando. 
Ahora, las clases romanas humildes estaban armadas y eran ajenas a 
los esquemas tradicionales de comportamiento, como lo demuestra la 
pronta apelación a la violencia de los años posteriores al 130 2• 
2 La seriedad del empeño reformador manifiesto en algunas leyes de Saturo 
nino y Glaucia necesita ser reconciliada con los hechos; ambos sabían lo que 
habla ocurrido a Tiberio y a Cayo Graco. 
127 
5. Monumento triunfal de Sila, Musei del Campldoglio. Roma. La cabeza 
de Roma, tocada con un yelmo, simboliza la afirmación de que la victoria 
de Sila era la de la res publica. 
6. Monumento triunfal de SlIa, Musel del Campldog/lo. Roma. El águila 
es el ave de Júpiter. deidad suprema de Roma; los dos Cupidos Que sostie-
nen una placa. sin duda pintada con alguna Inscripción en su tiempo. refle-
jan la relación personal de SlIa con Venus. 
7 B.) Denarios (Fltzwll/lam Museum), Denario emitido por el acuñador 
Publio Nerva. 113 ó 112 A.C .. reverso -La ley de [C.l Mario construyó 
puentes [sobre los que pasó el votante] estrechos [para prevenir interfe· 
rencias].- (Cicerón, De legibus. 111. 38.) La escena muestra un votante que 
recibe la bola de un asistente. abajo. y otro votante Que echa su bola en 
la caja; en la parte superior. un letrero muestra la letra Inicial de la tribu 
en la que se realiza la votación. (M. H. Crawford. Roman Repub/lcan 
Coinage. Cambridge, 1974, núm. 292.) . 
7 b). Denario emitido por el cuestor Cayo Fundanlo. 101 A. C., reverso. 
La escena representa a Cayo Mario como trlumphator. con su hijo cabal-
gando en uno de los caballos. según la costumbre. (M. H. Crawford, nú-
mero 326.) 
7 ej. Denario emitido por los italianos, 90-89 A. C .. reverso. La represen-
tación del toro pisoteando al lobo simboliza la destrucción de Roma lleva-
da acabo por . Italia. (Historia Numorum 3, Oxford, -The Social War-.) 
7 d), Denario emitido por los acuñadores Caleno y Cordo, 70 A. C., re-
verso. La impronta representa la reconciliación de Roma e Italia; la pri-
mera tiene . su pie apoyado sobre un globo. como Indicación de su poder 
sobre el mundo. (M. H. Crawford, núm. 403.) 
7 e). Denario emitido por el acuñador Quinto Pomponlo Musa. 66 A. C., 
reverso. La impronta es una de las nueve que representan a las nueve 
musas. una clara alusión al nombre del acuñador; el tema también cons-
tituye un ejemplo de la actividad artfstlca bajo el patronazgo de la él/te 
romana. (M. H. Crawford. núm. 410/2.) 
7 f). Denario emitido por el acuñador Lucio Emilio Buca. 44 A. C .• anver-
so. Representa el más antiguo de los retratos conocidos de César. 
(M. H, Crawford. núm. 480/6.) 
8. Estatua Barberlnl. Musel del Campldog/lo. Roma. La estatua representa 
a un aristócrata romano con los bustos de dos de sus antepasados. 
(Helblg 4. 11, 1615. Mansel/ Col/ectlon.) 
-
¡ 
¡ 
7a 7b 
7e 7d 
7e 7f 
8 
Entre tanto, el consenso que había mantenido unida a la Italia 
romana, ante la sacudida de los acontecimientos de la década mediada 
entre el 133 y el 123, también se desmoronaba. Tal como los pobres 
habían luchado en beneficio de la oligarquía, del mismo modo itálicos 
y romanos habían luchados unos junto a otros para crear uniniperio 
mediterráneo, que en aquellos momentos se hallaba en poder de 
Roma; pero gran parte de los ingresos tributarios de ese imperio se 
gastaba en Roma. En Italia perduraban los efectos de un proceso 
híbrido, que había permitido a los aliados unirse a las colonias látinas 
y a los latinos unirse a las colonias romanas o ir a Roma, aun cuando 
el proceso en sí mismo hubiera tocado ya a su fin (d. pág. 116) Y la 
barrera entre los romanos y los demás habitantes se hubiera agran-
dado como efecto general, aunque la infiltración de extranjeros en las 
colonias era una caracterfstica permanente de la vida en Italia. Tiberio 
Graco quizá había advertido que los problemas agrarios de Roma no 
podían ser tratados en forma aislada con respecto a los de Italia 
{d. págs. 117-118) yen el 125 la idea de otorgar la ciudadanía romana 
a los italianos, con el fin de que las clases pudientes de Italia se avi-
nieran a perder el acceso al ager publicus, ya se había esbozado. No 
resulta un hechó sorprendente el que los itálicos se llegaran a sentir 
molestos por su sujeción simbólica a Roma, dado que no tenían voto 
en Roma y no proporcionaban magistrados a la metrópoli pero se 
hallaban sujetos a las órdenes de la ciudad y de sus magistrados, y 
por los que sin duda constituían abusos de poder por parte dé Roma 
y los romanos. ' 
El mayor abuso del poder por parte de Roma fue la convocátoria 
de una proporción creciente de tropas aliadas, hacia finales del si-
glo II. En Grecia, en el 146, los aliados superaban levemente a los 
romanos en el ejército; en España, a mediados del siglo,'los efecti-
vos eran poco más o menos iguales; en Iliria, en el 135, también se 
daba esa proporción. Pero en Roma la Crisis agraria se profundizaba 
y la disminución de assidui era mayor cada vez; cuando Tiberio Gra-
co fracasó en su intento de mejorar la situación, la reacción romana 
consistió en convocar más aliados a filas y en las guerras contra Yu-
gurta y contra los cimbrios y teutones la proporción de aliados y 
romanos era de dos a uno, aproximadamente. La decisión de Mario 
de enroiar a los capile censi romanos no determinó ninguna diferen-
cia en la carga que debíari soportar los aliados. También en cuan-
to a este tema, Veleyo Patérculo transmite, según las , palabras de 
P. A. Brunt, la «retórica indignada» de la polémica contemporánea; la 
naturaleza del modo en que Italia percibía la situación es impor-
tante: 
«El destino de los itálicos resultaba tan cruel como justa era su causa; los 
pueblos de la península pedían la ciudadanía en un estado cuyo imperio hablan 
129 
defendido con sus propias armas. En cada año y en cada campaña bélica servían 
con el doble de soldados de infantería y caballería que los romanos y ni aWi 
así habían obtenido el derecho de ciudadanía dentro del mismo estado que, 
gracias a los esfuerzos de ellos, había llegado a taJl elevada posición, que se 
permitían mirar con desprecio a los hombres de la misma raza y de la misma 
sangre, como si éstos fueran intrusos y extranjeros.» (lI, 1.5, 2.) 
Un recuerdo sombrío de la naturaleza de los desarrollos agrarios 
en Italia surgió a fines del siglo II A. C. a causa del estallido de otra 
guerra de esclavos en Sicilia. 
Al mismo tiempo, los abusos de poder, individuales, de algunos 
magistrados, puestos en evidencia por Cayo Graco, continuaban: 
«Habla cierto latino, llamado Saunio, un comediante ... pero los pícenos, con 
el de:seo de: privar a los romanos (que estaban entre: el público) del placer y 
deleite: de: verlo actuar, re:solvieron asesinarlo. El comediante, cuando compren-
dió lo que iba a ocurrir, salió al escenario (y dijo) "no soy romano, pero como 
vosotros estoy sometido a ser castigado con la flagelación por los magistrados 
romanos .. . " ... (DroDORo, XXXVII, 12, 3; este es otto pasaje: importante para 
comprender cómo veían la situación los itálicos.) 
La anécdota también ilustra otro hecho importante: los desarrollos 
culturales que se habían producido en Roma, como resultado de un 
contacto estrecho y prolongado con el mundo griego, habían afectado 
a Italia al mismo tiempo. Además de un actor del Lacio entre los 
picenos, se puede citar la distribución en Italia, llevada a cabo por 
Lucio Murnmio,de obras de arte robadas en Grecia; en algunos 
aspectos, incluso, Italia se hallaba en una situación de avanzada con 
respecto a Roma. La ciudad samnita de Pompeya, muy ínfima en su 
categoría, tuvo un teatro de piedra desde finales del siglo II A. C. 
(véase fig. 7), planeado como parte de un enorme complejo monu-
mental (quizá no terminado hasta la época de Sila); el gran santuario 
de Palestrina también pertenece al siglo II A. c., como ocurre con los 
monumentales complejos de Pietrabbondante y Vastogirardi, en el 
corazón del territorio samnita. Los recursos financieros derivados de 
la explotaci6n del oriente griego por hombres de negocios italianos 
(como así también los que provenían de comercios, como el de vino, 
enviados desde Pompeya a la Galia) se volcaban en proyectos osten-
tosos en las ciudades nativas de esos mercaderes; no se puede pensar 
en la guerra social sin la existencia de aquellos recursos financieros, 
pero los primeros fines a los que fueron dedicados son también un 
indicio de la confianza en sí mismas que abrigaban las ciudades de 
Italia. 
Esa confianza, al parecer, debe de haber aumentado con la carrera 
de Cayo Mario, un novus homo de la comunidad de Arpino, recien-
temente (188) liberada. Después de unos comienzos poco brillantes 
130 
Fig. 7. Plano del complejO de ediliCIOS públicos en POl11peya. 
-el tribunado militar junto con Publió Escipi6n Emiliano cumplido 
en Numancia, el tribunado (d. pág. 124), un fracaso cuando fue 
candidato al cargo de edil, una pretura obtenida con dificultades, la 
plaza de legado de Quinto Metelo en Numidia-:-, el consulado del 107 
proporcionó a Cayo Mario un trampolin que lo elevaría a una posición 
jamás antes detentada por ningún romano. Cinco consulados poste-
riores y consecutivos, del 104 al 100, fueron testigos de la derrota 
de los cimbrios y los teutones; como resultado de esto, cierta forma de 
un culto fue ofrecida de modo espontáneo al vencedor ' (es de notar 
que la actividad religiosa comienza a evadirse del control senatorial) 
y un fen6meno por completo nuevo hizo su aparición en las monedas 
de la república romana: la celebración de un hombre y de sus proezas, 
realizada por acuñadores que ninguna relaci6n tenían con él; un 
acuñador incluso llegó a retratar a Cayo Mario como triumphator 
(véase lámina 7 b). '. .... " , 
Al mismo tiempo, el propio Cayo Mario, al otorgar el derecho de 
131 
voto romano como recompensa al valor desplegado en batalla, demos_ 
traba con sus acciones que no se cuidaba de las distinciones aceréa 
de la ciudadaIÚa. Una indiferencia similar quizá fue la característica de 
algunos de los censos de este período, en los que no se intentaba 
comprobar la aseveración de un hombre acerca de su condición de 
ciudadano romano, que lo autorizaba a ser registrado 3. 
Los censores del 97-96 tal vez sospecharan algo y dedicaran su 
atención al problema; de todas maneras, Lucio Licinio Craso y Quin-
to Mucio Escévola, cónsules en el 95, tomaron las medidas necesarias 
para reafirmar la posición legal: 
.. En efecto, promulgaron durante su consulado esa ley acerca de la cual 
babIa Cicer6n en este pasaje, ley que trataba de la restauraci6n de los aliados 
a sus propias ciudadanlas. En vista de que los pueblos de Italia estaban inva-
didos por un deseo intenso de poseer la ciudadanía romana y, como resultado, 
gran cantidad de ellos se comportaban como si fueran ciudadanos romanos, se 
imponía dictar una ley para que cada uno tornara a tener su propia ciudadanía. 
Pero las lealtades de las clases altas de los pueblos de Italia estaban tan irritadas 
contra esa ley que quizá ésa haya sido la causa básica de la guerra social que 
estallarla tres años más tarde.» (AsCONIo, 67 C.) 
De cualquier forma, la protesta dio lugar a cierto cambio de acti-
tud; en el 91 Lucio Licinio Craso fue uno de los principales sostene-
dores de Marco Livio Druso en su intento de libertar a los itálicos; 
Druso disponía de un apoyo medular en el senado, aunque por fin no 
resultara bastante, en tanto que en el 95 la opinión senatorial estaba 
quizá por entero a favor de la ley de Craso y Escévola. Cierto deseo 
de considerar una reforma y cierta flexibilidad frente a los problemas 
todavía resulta aparente dentro de la oligarquía romana; ambas cir-
cunstancias pueden documentarse también en el ámbito de los asun-
tos provinciales. 
La oligarquía romana, después del 121, no sólo estaba preocupada 
por las fisuras puestas al descubierto por los tribunados de Tiberio 
y Cayo Graco y por las nuevas posibilidades de actividadpoHtica, 
previstas por el surgimiento de la popularis ratio; por cualquier razón 
que fuera, los oligarcas se hallaban en la incapacidad de producir una 
solución rápida para el problema planteado por Yugurta y, muy poco 
después, quedaron enfrentados con el cataclismo de la migración de 
los cimbrios y los teutones. No resulta sorprendente que el este que-
dara relativamente abandonado. La frontera norte de la provincia de 
Macedonia se hallaba bajo un ataque continuo y a menudo era pene-
3 No 'existen testimonios de que la ordenanza colonial de Lucio Saturnino 
llegara hasta más allá de la previsión tradicional, que permitía la liberaci6n de 
tres hombres en cada colonia. 
132 
trada; la piratería que a su debido tiempo alimentara la trata de 
esclavos en Roma permanecía sin control desde la década del 140: 
«Tryph6n fue el responsable de que los cilicios comenzaran a organizar sus 
bandas de piratas, junto con la incompetencia de los reyes que por entonces, 
en forma sucesiva, gobernaron en Siria y tambi6n en Cilicia; en raZón del éxito 
de la actividad revolucionaria, otros, asimismo, se empeñaron en iniciar revolu-
ciones y las disputas entre hermanos lúcieron que el país quedara a merced de 
quienes quisieran atacarlo. La exportaci6n de esclavos dio ánimos a los cilicios 
para que, por sobre todo, se entregaran a la piraterla (en lugar de pedir rescates, 
por ejemplo), porque les produda unos beneficios elevados; era muy fácil cap-
turar esclavos y no estaba lejos un mercado importante y rico, en Delos, que 
podía recibir y despachar decenas de miles de esclavos en un solo día. _. La 
causa estribaba en el enriquecimiento de los romanos, después de la destrucci6n 
de Cartago y de Corinto, con lo que estaban en condiciones de usar grandes 
cantidades de .esclavos; y los piratas, al ver que todo ello resultaba muy simple, 
florecieron todos a una, organizando las capturas y vendiendo ellos mismos a 
sus prisioneros. Y los reyes de Clúpre y de Egipto cooperaron con los piratas 
en todo esto, ya que eran enemigos de los reyes de Siria; tampoco los radios 
eran amigos de los reyes de Siria, de modo que no prestaron su ayuda para 
solucionar el problema. Y al mismo tiempo, los piratas aspiraban a convertirse 
en traficantes de esclavos y así no experimentaban incomodidad por sus acciones 
malignas. y por aquellos tiempos, ni siquiera los romanos ponían demasiada 
atenci6n en las comarcas más allli de Tauro; pero aun as!, enviaron a Escipi6n 
Emiliano, para que observara lo que ocurría en las tribus y en las ciudades de 
esa regi6n, y después de él fueron otros; y Roma decidi6 que la piraterla cons-
tituía el resultado de la incompetencia de los reyes, aunque le pareda vergonzoso 
anebatar la sucesi6n al 'heredero de Seleuco 1, Nicator, toda vez que Roma 
misma lo había confirmado en el poder ... Por fin, los romanos se vieron obli-
gados a terminar con los piratas por la fuerza, mediante un ejército, en vista 
de que la piraterla habla llegado a poseer un poderlo muy grande, y aun cuando 
Roma no había adoptado las medidas necesarias para impedir que se produjera 
ese poderío_ Con todo, resulta dif{ci! condenar a los romanos bajo el cargo de 
negligencia, porque se hallaban absorbidos pOr otros asuntos mis inmediatos y 
más urgentes, cesa que les estorb6 el prestarla atención debida a unos sucesos 
que se produdan tan lejos.» (ESTRABÓN, XIV, 5, 2.) 
Quizá lo más serio de todo haya sido quela extorsión que lleva-
ban a cabo los gobernadores y las exacciones de los publicani, recau-
dadores de impuestos en especial en la provincia de Asia, cumplfan 
un proceso por el que las poblaciones provinciales se distanciaban 
de Roma. Las riquezas provenientes del este volvían, en parte, al 
este, a cambio de bienes de consumo que pod1a proporcionar el orien-
te, con lo que la próxima extorsión de un gobernador y las exacciones 
de los publicani llegaban a verse satisfechas; los bienes en cuestión 
eran obras de arte para decorar los lugares públicos y las mansiones 
privadas de Italia, tierras ' en el oriente, adquiridas a ritmo creciente 
por los romanos e itálicos, y esclavos. 
133 
Pero gran parte de esas. riquezas iba hacia el occidente, para 
alimentar las ansias de lujo de las clases altas: 
«Sergio Orata fue la primera persona que estableció criaderos de ostras en 
la comarca de Baias, en los tiempos del orador Lucio Craso, antes de la guerra 
social; no lo hizo para halagar su propio gusto, sino para ganar dinero y por 
cierto que obtuvo sumas enormes, gracias a su notable talento; también fue 
el primero en instalar los baños de ducha y adquirió muchas villas para equi. 
parlas con esas instalaciones y venderlas de inmediato.lO (PLINIO, Naturalis His. 
toria, IX, 168.) 
Esta pintura del surgimiento de la edificación especulativa para 
los ricos hacia finales de siglo está corroborada por la observación 
de F. Coarelli, que sostiene que la difusión concomitante del estilo 
de edificación en opus quasi-reticuJatum y opus reticuJatum es el 
resultado de la edificación «industrial», es decir, la producción en 
gran escala de unidades similares (véase Hg. 8). 
Flg. 8. Estilos romanos de construcción: opus quasl·retlcu/atum y opus 
retlcu/atum. 
Sin embargo, la riqueza que llegaba al occidente también alimen-
taba, a través de la competencia en el despliegue de riquezas y me-
diante el soborno en las elecciones y en los juicios, el conflicto inter-
no de la oligarquía romana; por ende fue favorecido un abandono 
posterior del este. 
Como en el caso de Italia, se advierten una conciencia clara acerca 
de los problemas y una voluntad de buscar soluciones. La segunda 
guerra siciliana de esclavos fue provocada en el 103, cuando Cayo 
Mario pidió a Nicomedes de Bitinia que le enviara tropas para luchar 
contra los cimbrios y los teutones: Nicomedes replicó. que sus súbdi-
tos habían sido capturados por traficantes de esclavos; el senado 
proclamó entonces que ningún aliado libre podía ser un esclavo en 
una provincia romana y las expectativas que se habían suscitado, al 
no recibir una satisfacción, condujeron a la guerra. 
Pero Roma también decidió hacer algo con respecto a la piratería 
134 
o • • ; 
en el oriente, y en el 102 un pretor, Marco Antonio, fue enviado a 
enfrentarse con ella; en el 101 se promulgó una ley que anunciaba, 
en el contexto de las medidas de amplio alcance relacionadas con el 
gobierno del este: 
.cEl cónsul mayor ha de enviar cartas a los pueblos y a los estados, a los 
que considere conveniente hacerlo, para anunciar que el pueblo romano ha 
adoptado las medidas necesarias para asegurar que los ciudadanos de Roma, 
los aliados latinos y los de las naciones exteriores a Italia, que cultivan la 
amistad del pueblo romano, puedan navegar los mares con toda seguridad; y 
ha convertido, por esta razón, a Cilicia en una provincia pretoriana merced a . 
esta ley ... lO (fRS, 1.974,207.) 
Conocida como la «Ley de la Piratería», además de anunciar la 
intención romana de enfrentarse con la piratería, esta ley establece 
diversos arreglos para Macedonia y el Asia, a consecuencia de los 
éxitos de Tito Didio y Marco Antonio respectivamente, y regula 
diversos aspectos de la posición de un gobernador; también se refiere 
a una Lex Porcia, algo anterior pero del mismo año, que al parecer 
ha sido la primera ley que intentaba prescribir normas de conducta 
para un gobernador. Del mismo modo, la legislación referida a las 
extorsiones, presentada por Cayo Servilla Glaucia en el 104 o en el 
101, va más allá de las preyisiones pensadas para que los ciudadan~s 
de las provincias recuperaran lo que se les había arrebatado y, aSl· 
mismo, trata de reglamentar la conducta de un gobernador. Las tres 
leyes integran ese mismo esquema de fines de siglo, por el que se pre· 
tendía revivir el interés por el gobierno de las provincias, sobre todo 
en el oriente. 
Es probable que el decreto del senado por el que se dictaba sen-
tencia en el juicio entre la ciudad de Pérgamo y los publicani, a favor 
de la primera, deba ser fechado en ellOl. Efeso apeló con éxito al 
senado contra los publicani durante ese mismo período general, otras 
apelaciones similares, también coronadas con el éxito, elevadas por 
Priene y por Ilium pertenecen a las décadas del 90 y del 80. La reno· 
vación de un tratado entre Roma y la pequeña comunidad isleña 
Astypalea, en el Egeo, fechada en el 105, y la firma de un tratado 
con Thyrrheium en Acarnania (Grecia occidental), en el 94, parecen 
constituir los resultados de unos intentos felices hechos por las comu-
nidades provinciales con el fin de salvaguardar su posición. En el 
mismo año 94 un decreto del senado determinaba que los préstamos 
(con el propósito de sobornar a romanos poderosos), hechos a envia· 
dos de las comunidades provinciales, quedaban prohibidos. Una ley 
del 68 relacionada con Termesso, en el sudoeste de Asia Menor, hace 
una referencia al año 91, con toda certidumbre un momento en que el 
estado de Ter~esso se había visto sometido a una regulación im-
portante. 
135 
Es, aSlIDlsmo, de mucho peso señalar que la voluntad de hacer 
algo acerca de! oriente se muestra en medidas de origen popularis, 
como la «Ley de la Piratería», y, a la vez, en otras senatoriales; el 
motivo central de preocupación de aquellos a los que afectaba la 
popularis ratio y el de sus opositores era, en última instancia, la res 
publica y los primeros pueden ser observados en sus pasos iniciales 
en la actividad de vigilar los movimientos de la clase gobernante; el 
flujo consiguiente de la legislación sobre los detalles administrativos, 
más adecuados a los decretos senatoriales, está dentro de la misma 
tradición. Dentro de este contexto resulta interesante que E. Gabba 
haya sido capaz de dibujar un grupo de figuras populares de finales 
del siglo II y comienzos de! 1 A. C., personas que se hallaban al fren-
te de! desarrollo de la cultura romana, a la vez herederas y competi-
doras de la aristocracia helenizante de comienzos del siglo II y período 
subsiguiente. Por otra parte, constituye todo un síntoma e! hecho de 
que Lucio Marcia Filipo, el futuro cónsul del 91, propusiera en su 
tribunado una ordenanza agraria; aun un optimate podía tener la 
idea de robar las ropas de su enemigo. 
Todo el proceso de volver a asumir la responsabilidad en e! 
oriente culminó con e! período de Quinto Mucio Escévola como 
gobernador del Asia, probablemente en e! 94: 
«Cuando fue enviado al Asia como gobernador, eligi6 al mejor de sus amigos, 
Publio Rutilio, como consejero y se sentaba con él en el concejo, entendiendo 
en todas las cosas y juzgando los casos que se presentaban en la provincia. Y de-
cidi6 que él y sus colaboradores debían pagar todos los gastos de sus propios 
dineros. Además, gracias a la frugalidad y a la sencillez de su estilo de vida, por 
su incorruptibilidad y su sentido de la justicia restableci6 a la provincia de sus 
anteriores penurias. Sus antecesores en el Asia hablan obtenido secuaces entre 
los recaudadores de tributos, los hombres que oficiaban de jurados en las quaes-
tiones, en Roma, y hablan inundado la provincia con los ejemplos de su falta 
de respeto por la ley. Pero Escévola era incorruptible y observante de la ley 
en su jurisdicci6n y no s610 logro que todos en la provincia disiparan sus temo-
res a los informantes, sino que también puso freno a las prácticas ilegales de 
los recaudadores de tributos. Para ello, asegur6juicios ecuánimes a los que 
hablan sido perjudicados y en todos los casos hall6 culpables a los recaudadores, 
obligándoles a reembolsar los perjuicios materiales a aquellos que hablan sido 
estafados, en tanto que aseguraba que los cargos que implicaran una ofensa 
capital tendrlan, de verdad, una sentencia capital. Y, en efecto, impidi6 la libe-
raci6n del principal representante de los recaudadores, que se habla preparado 
para ofrecer una gran cantidad de dinero por su libertad y había llegado a 
concertar con su amo un arreglo; Escévola lo conden6 a muerte y lo hizo cru-
cificar. .. Asl, el odio que antes existIa contra el imperio disminuy6 como 
resultado de su sabiduría y de su virtud y por la ayuda que pudo brindar, de 
modo que recibi6 culto entre aquellos a los que habla beneficiado y también 
obtuvo el reconocimiento total de su buen desempeño, de parte de sus conciu-
dadanos.,. (DIODORO, XXXVII, 5 Y 6.) 
136 
;~. 
; 
El énfasis en la hostilidad de Escévola hacia los publicani quizá 
derive de Posidonio; al parecer habían sido una de sus bétes noires 
junto con los equítes como cuerpo, sin duda merecidamente en part:_ 
De todas maneras, Publio Rutilio Rufo fue condenado a su regreso, 
bajo la ley mucho más amplia de repetundis, la ley de extorsión, qui-
zá bajo el cargo de haber aceptado un soborno, mientras se celebraban 
los juicios de los publicani. 
Entretanto, los habitantes del Asia ofrecían un culto a Escévola, 
tal vez considerándolo un nuevo fundador de sus existencias, y e! 
senado refrendaba e! edicto en el que Escévola establecía los princi-
pios de acuerdo con los cuales proponía que se desarrollara el gobier-
no, como un ejemplo para los gobernadores posteriores del Asia; 
Cicerón lo tomaría en cuenta al ir a Cilicia, en e! 51. 
Sin embargo, Escévola no era único; en Sicilia~ un gobernador 
que quizá fuera Lucio Sempronio Asellio, adquirió una reputación 
similar a la de Escévola: 
.. Aunque s610 ·era hijo de un cuestor, él mismo lleg6 a la pretura y fue 
enviado como gobernador de Sicilia; hall6 la provincia en ruinas, pero llev6 a 
la isla a la prosReridad a través de los mejores medios posibles. Tal como 
Escévola, eligi6 al mejor de sus amigos como legado y consejero, un hombre 
llamado Cayo (Semproruo) Longo, que vivla de manera sobria y acorde con las 
antiguas costumbres, y también llev6 consigo a un hombre llamado Publio, que 
era ' el que gozaba de mejor reputaci6n entre todos los equites que vivlan en 
Siracusa; este último era un hombre de virtud moral descollante, muy lejos de 
haber sido dotado por la fortuna con las cosas buenas de la vida (un punto 
de vista estoico característico, tal vez derivado de Posidoruo) ... ,. (DIODORO, 
XXXVII,8.) 
También en e! 95, Sicilia fue e! escenario de la actividad romana, 
que ilustra uno de los principios fundamentales impulsores de! go-
bierno romano, cuando éste tenía la ocasión de intervenir en los asun-
tos de las comunidades sometidas a la metrópoli: 
«Los habitantes de Halaesa como pago por los suyos propios y por los mu-
chos servicios importantes prestados por sus abuelos a nuestro estado han 
decidido por sI recientemente (en el 95; Cicer6n habla en el 70) pedir a nuestro 
senado que dicte leyes para ellos, en momentos en que estaban discutiendo acerca 
de la elecci6n de un senado propio. Con palabras de elogio, el senado decret6 
que Cayo Claudio Apio Púlquer, que era pretor, establecerla las normas para que 
ellos eligieran el senado. Cayo Claudio Púlquer form6 un consilium de todos los 
Claudii Marcelli que estaban en condiciones de integrarlo (para la Ú16tituci6n 
del consilium d. pág. 33) Y después de consultarlos estableci6 las normas para 
el pueblo de Halaesa, en las que se incluían reglas detalladas acerca de la edad 
de los candidatos, que nadie por debajo de los treinta años podía ser elegido, 
acerca del "comercio', porque nadie que se dedicara a él debla ser elegido, acer-
ca de la calificaci6n 'de los propietarios y otras." (CICERÓN, II in Verrem, lI, 
122.) 
137 
' :1 
:~ 
;~ 
;r 
ifi 
l' 
; ~r :~ 
:Q 
:i :¡ 
: 
:i 
:'1 
r! 
J ' 
¡¡ 
: !I 
1 , 
.;.¡ 
¡: 
' 1 l.; 
" 
., 
" 
' i 
j: 
La injerencia romana en los asunt~s provinciales. fue. ~otivada por 
d interés propio tanto como por d 1Ilterés de la ]UStlCla; cad.a vez 
que le fue posible, puso d control en manos de los .terra~eruentes 
locales y se aseguró de que ellos supieran que su supervlvenCla depen-
día de la perpetuación dd dominio romano. R?m~ degía b~en a sus 
aliados; pero ni aun así pudo salvar la prOV1IlCla dd ~sla de las 
manos de Mitrídates en d 88, a pesar de la lealtad apasionada y d 
sacrificio personal de muchos de esos aliados: 
«El rey Mitr!dates saluda a su sátrapa Leonippo. Chaerem6n, hijo de Pito- ' 
doro, ya ha enviado a la ciudad de R?das, para salvarlos, a aqu~os ~e los 
romanos que escaparan, junto con sus hiJOS, y ahora, al saber de nu veruda, ~ 
mismo se ha acogido al templo de Artemis de Efeso y desde allI envía cartas 
a los romanos los enemigos comunes de la humanidad. El hecho de que haya 
salido inc6lum~ a pesar de todas las fechadas que ha cometido ya le da ánimos 
para continuar ofendiéndonos. Mira cuál es la mejor manera de que lo tr~gas 
a nuestra presencia o mantenlo en prisi6n, vigilado, hasta que me "ea posible 
ver su caso.lO (B. WELLESJ Royal CorrespondenceJ núm. 74.) 
138 
' . . ' 
"'" 
13 
EL MUNDO AL REVES 
En d 91, los aliados itálicos declararon la guerra a Roma; en el 88, 
Mitrfdates VI Eupator de Ponto invadió la provincia del Asia. La 
guerra contra los aliados itálicos resultó, en todos sus aspectos prác. 
ticos una guerra civil y fue seguida, en ·el 88, por la marcha sobre 
Roma de Lucio Cornelio Sila. En esa ocasión Sila detentó el poder 
sólo por poco tiempo y después marchó a enfrentarse con Mitrídates, 
pero regresó en d 84 Y en ese momento depositó el poder en las 
manos dd grupo que, según su criterio, tenía el derecho de controlar 
la res publica. Una generación más tarde, en el 49, César cruzaría el 
Rubicón; después de ello, abandonaría una res publica que habría 
, de ser disputada por los que se proclamaban herederos de Julio César, 
hasta que su hijo adoptivo estableciera una monarquía que habría 
de perdurar sin interrupción, tanto como la misma Roma. 
Después de su muerte, a finales del 91, ocurrida en el año de su 
tribunado, el nombre de Marco Livio Druso se convirtió en un sinó-
nimo de una actividad obsesiva y una ambición arrolladora; al mismo 
tiempo, el mundo romano tenía que hallar una explicación para el 
cataclismo de la guerra social. La tradición de los optimates, represen-
tada por Cicerón y quizá también por Posidonio, recordaba a Druso 
como una persona que había realizado otro esfuerzo más por que-
brantar d dominio de los equites en las cortes de justicia 1, y de hecho 
como un senatus patronus, un patrón del senado. Esta tradición esta-
ba preparada para perdonarle una ley acerca de la distribución del 
1 Tal vez organizando un albu1'l1 [lista] mixto de senadores y de equites 
(Cicer6n, Pro Rabino Postumo, 16; Pro Cluentio, 153); los equites que hablan 
prestado servicios como jurados quedaron, por primera vez, sujetos a la posibi-
lidad de que se les ~ siguiera juicio por corrupción judicial. Un album mixto fue 
creado, de hecho, por la Le" Plautia del 89. 
139 
trigo y una ley agraria tendente a ganarle apoyo. (otro tribuno, .en 
asociación con él, también promulgó una ley agrana, la Lex Saufeta) . 
Un elemento de la trac4ción incluso consideraba que la ley para con-
ceder derechos políticos a los pueblos itálicos había sido promulgada 
con esa misma finalidad. 
Sin embargo, otro elemento de esa tradición, veía a Druso como 
responsable de la guerra social: 
.. Y así fue que, cuando la ciudadanía prometida a los alia~os no 1l~6 a 
concretarse, los itálicos en su ira comenzaron a planear una re~6n. Este li?ro 
consiste en un relato de sus reuniones, de sus planes y de los discursos realiza-
dos en las juntas celebradas por

Continuar navegando