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Tarea 1 - 6 al 19 abr

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CLASE 1
 
ESTABLECIMIENTO: EPJA N.º 15
 
PROFESOR: Eduardo DÍAZ RAZMILICH
CURSO: 3° A
ESPACIO CURRICULAR: Derecho Administrativo I
DURACIÓN: compensatorio - modulo1
Apellido y Nombre: Gatica Evangelina
CONTENIDOS: Sistema Representativo, Republicano y Federal, parte I
TEMA: Art. 1°, Constitución Nacional
DESARROLLO DEL TEMA Y DEL CONTENIDO: Videos alojados en:
	a) https://drive.google.com/open?id=153iQWjjXSJguBakiztVp2TSGImh_LiMK
	b) https://drive.google.com/open?id=1QDyPRSbEWqO5hF96XTMuUiZvXSyovZ64
	c) https://drive.google.com/open?id=1r5AB5adO94YfKce4ymyvABQjaWgzDhQR
ACTIVIDADES: Deben elegir uno o más de los temas desarrollados en los videos, investigar para ampliar dicha información (pueden usar cualquier fuente de información) y hacer una breve exposición oral del tema. Dicha exposición pueden presentarla en video de cualquier formato, el que deben grabar y subir a Classroom (si por cualquier motivo se les complica pueden subirlo a su espacio en la nube y linkearlo. En ese caso no olviden abrir los permisos para compartir, y obviamente enviarme el link correspondiente). Si no quieren grabar el video, porque prefieren hacer la exposición del tema en vivo y en directo, me avisan y programamos un encuentro vía Zoom o Skype. También pueden enviar el video por mail o whatsapp, pero sólo en el último de los casos usen esa vía. La exposición que hagan debe ser con sus palabras, como les salga. La consigna es que lo que digan en dicha exposición pueda ser comprendido por un alumno de 7° grado de primaria. 
RECURSOS: Sugerido: Texto alojado en http://administrativo-uba.blogspot.com/2010/08/la-integracion-politico-institucional.html
 
 FORMAS DE GOBERNO REPRESENTATIVA, REPUBLICANA Y FEDERA
· La Constitución Nacional, establece en el Art. 1 que Argentina asume una forma de gobierno representativa, republicana y federal.
· Representativa: significa que el gobierno es ejercido por el pueblo a través de sus representantes, elegidos por el voto. El art. 22 C.N dice que “el pueblo no delibera, ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución”.
 
· Republicana: se basa en la división, control y equilibrio de poderes, con el objetivo de garantizar las libertades individuales. Se divide en tres poderes:
1.  Ejecutivo: gobernar, administrar y ejecutar el programa político.
2. Legislativo: legislar y controlar.
3. Judicial: administrar justicia.
 
· Federal: está basada en la división territorial del poder entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales -autónomos en el establecimiento de sus instituciones y de sus constituciones locales-, quienes “conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno Federal” (Art 121 C.N)
 El porqué de la forma de gobierno argentino
· El poder va de los ciudadanos a los representantes que ellos mismos votan. Por esto es que se dice que es “una democracia representativa”, como sucede con la Constitución Argentina. Es cuando el pueblo no supone ni preside por sí mismo, sino que a través de sus representantes.
· es federal, ya que es una república democrática y representativa. Esto significa que, además de reunir las condiciones ya mencionadas, ser federal permite que las comunidades locales (ya sean provincias o estados) guarden una parte de los poderes que no delegan, o puedan disponer de sus propios órganos de gobierno.
· Es importante saber que la Constitución Nacional utiliza la palabra “Autoridades de la Nación” para escoger los dos órdenes de gobiernos que existen en ella, tanto el Gobierno de la Nación como el de las Provincias.
· La división de poderes empleada en una Constitución es la que profesa tres poderes: El poder legislativo, ejecutivo y judicial.
· El Poder Legislativo es el que tiene facultad de dictar la ley, modificarla, suspenderla y hasta anularla, según lo que establece la misma Constitución.
· El Poder Ejecutivo es el que tiene la facultad de ejecutarla y reglamentarla; y el Poder Judicial es aquel que está autorizado para actuar como intérprete y además goza del derecho de declarar la inconstitucionalidad de cualquier ley.
· El poder judicial es la potestad que tiene el Estado de cuidar y cumplir las leyes de la constitución, así como de administrar la justicia de un país a través de la aplicación de leyes y reglamentos preestablecidos. Tiene la finalidad de velar por el cumplimiento de la constitución y de las leyes en general, hacer cumplir las responsabilidades de las sociedades y proteger los derechos de los ciudadanos.

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