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MODELO DEMANDA ACCIÓN REIVINDICATORIA I.SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL CON SEDE EN LAPARROQUIA IÑA_____ , PROVINCIA DE _____ II. DENTIFICACION DEL ACTOR _____ , portador del número de cedula _________ , de estado civil _______ , nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de _____ , Provincia de _____ calles _____ y _______ , Correo electrónico ________ ; en calidad de Apoderado General, tal como adjunto a esta demanda, del señor _____ , portador de número de cedula ____________ ,nacionalidad ecuatoriana, estado civil ___ , domiciliado en la ciudad de _____ , _____ ; comparezco con mi patrocinador, el señor Abogado _________ a quien autorizo para que de forma individual suscriba cuanto escrito sea necesario en defensa de mis intereses, señalando para mis notificaciones el casillero judicial ___ consejo de la judicatura y casillero electrónico _____________ ante usted respetuosamente comparezco con la siguiente demandade ACCION REIVINDICATORIA. III. IDENTIFICACION DEL DEMANDADO ____________ , portador de la cedula de ciudadanía número _______ , de ocupación trabajador privado, domiciliado en esta ciudad de _____ , provincia de _____ , calle ____ y ____ , al mismo que se la citaran dicha dirección con el contenido de la presente demanda de conformidad con el art 53 del Código Orgánico General de Procesos. IV. NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DEFUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES, DEBIDAMENTE CLASIFICADAS Y NUMERADAS: Señaló los siguientes puntos con los fundamentos de los hechos que a continuación expongo: 1. Mi mandante Sr. ____________ , es nudo propietario de un bien inmueble identificado como lote Nro. __ ,cuya superficie es de ___ mts2, ubicado en el sector de ____________ en el barrio ____________ , el mismo que fue adquirido mediante escritura pública de donación de fecha __ de ______ de ____ , suscrita ante la notaría pública primera del Cantón de _____ , del Notario _________ , comparecieron como donantes _____ y la señora ________- y como donatario ____________ . 2. El nudo propietario a través de los usufructuarios ha venido realizando todos los pagos correspondientes a impuesto predial y servicios básicos, mismo que se encuentran cancelados hasta la presente fecha. 3. El bien inmueble identificado como lote Nro. 155, cuya superficie es de ___ mts2, está perfectamente singularizado y tiene los siguientes linderos: Norte ___ con ___ mts2, Sur ____ con __ mts2, Este ____ con ___ mts2 y Oeste ____ con __ mts2, ubicado en el sector de ____________ en el barrio ____________ 4. El bien antes descrito se encuentra actualmente ocupado ilegalmente por el demandado. ____________ . 5. En vista de que el nudo propietario del inmueble antes descrito es mi hijo Sr. _____________ , solicité, en mi calidad de usufructuario, que el demandado desocupara el inmueble antes indicado, y como respuesta aquello el Sr. _____________ inicio una acción de amparo posesorio en contra de _____________ y la señora _____________ . V. FUNDAMENTOS DE DERECHO BASE CONSTITUCIONAL: El Art. 75, señala: “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley”. CÓDIGO CIVIL Art. 715 señala: “Posesión es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor adueño; sea que el dueño o el que se da por tal tenga la cosa por sí mismo, o bien por otra persona en su lugar y a su nombre. El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifica serlo”. Art. 716 señala: “Se puede poseer una cosa por varios títulos”. Art. 933 señala: “La reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela” Art. 937, señala: “La acción reivindicatoria o de dominio corresponde al que tiene la propiedad plena o nuda, absoluta o fiduciaria de la cosa” Art. 939, señala: “La acción de dominio se dirige contra el actual poseedor”. Art. 941, señala: “Si alguno, de mala fe, se da por poseedor de la cosa que se reivindica, sin serlo, será condenado a la indemnización de todo perjuicio que de este engaño haya resultado al actor”. Art. 946, señala: “Si se demanda el dominio u otro derecho real constituido sobre un inmueble, el poseedor seguirá gozando de él, hasta la sentencia definitiva pasada en autoridad de cosa juzgada. Pero el actor tendrá derecho a solicitar las providencias necesarias para evitar todo deterioro de la cosa y de los muebles y semovientes anexos a ella, comprendidos en la reivindicación, si hubiere justo motivo de temerlo, o las facultades del demandado no ofrecieren suficiente garantía”. Art. 948, señala: “Si es vencido el poseedor, restituirá la cosa en el plazo que el juez señalare; y si la cosa hubiere sido secuestrada, pagará el actor al secuestre los gastos de custodia y conservación, y tendrá derecho para que el poseedor de mala fe se los reembolse”. Art. 951, señala: “El poseedor de mala fe está obligado a restituir los frutos naturales y civiles de la cosa, y no solamente los percibidos, sino los que el dueño hubiera podido percibir con mediana inteligencia y actividad, teniendo la cosa en su poder. Si no existen los frutos, deberá el valor que tenían o hubieren tenido al tiempo de la percepción. Se considerarán como no existentes los que se hayan deteriorado en su poder. El poseedor de buena fe no está obligado a la restitución de los frutos percibidos antes de licitación con la demanda. En cuanto a los percibidos después, estará sujeto a las reglas de los dos incisos anteriores. En toda restitución de frutos se abonarán al que la hace los gastos ordinarios que ha invertido en producirlos”. Art. 934.- Pueden reivindicarse las cosas corporales, raíces y muebles. Exceptúense las cosas muebles cuyo poseedor las haya comprado en una feria, tienda, almacén, u otro establecimiento industrial en que se vendan cosas muebles de la misma clase. Justificada esta circunstancia, no estará el poseedor obligado a restituir la cosa, si no se le reembolsa lo que haya dado por ella y lo que haya gastado en repararla y mejorarla. Art. 954, señala: “El poseedor de mala fe no tendrá derecho a que se le abonen las mejoras útiles de que habla el artículo precedente. Pero podrá llevarse los materiales de dichas mejoras, siempre que pueda separarlos sin detrimento de la cosa reivindicada, y que el propietario rehúse pagarle el precio que tendrían dichos materiales después de separado” CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS: Art. 289.- Procedencia. Se tramitarán por el procedimiento ordinario todas aquellas pretensiones que no tengan previsto un trámite especial para su sustanciación. VI. ANUNCIOS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS. De conformidad con el artículo 158 del Código Orgánico General de Procesos, anuncio los siguientes medios probatorios, que reúnen los requisitos de pertinencia, utilidad y conducencia PRUEBA DOCUMENTAL: Para acreditar las proporciones fácticas expuestas en esta demanda incorporo los siguientes documentos; los cuales, luego de ser admitidos en audiencia los produciré: 1. Escritura pública de donación debidamente otorgada ante el Notario Primero de _____ Abg. _________ . 2. Certificado materializado otorga 3. do por el registro de la propiedad del Cantón de _____ , cuyo soporte electrónico adjunto. 4. Comprobantes de pago de servicios públicos, cuyo soporte electrónicoadjunto. 5. Comprobante del impuesto predial cuyo soporte electrónico adjunto. 6. Ficha catastral debidamente materializada, cuyo soporte electrónico adjunto. 7. Copia certificada de la demanda de acción de amparo. 8. Materializado el soporte electrónico de la demanda de acción de amparo del sistema saje PRUEBA TESTIMONIAL: Solicito que en la audiencia correspondiente se recepte la declaración testimonial de la ARQ. _________ y _____ , a quienes se les interrogara sobre la bien inmueble materia de esta demanda. A la ARQ. ROSA RODRÍGUEZ se le notificara en el domicilio _______ y _____ se le notificara en el domicilio barrio el Condado, calles _______ y _________ , ciudad de _____ , Provincia de _____ , correo electrónico_______________ . PRUEBA PERICIAL: En vista que, tal como consta en el documento que adjunto el Arq. _______ ha declarado bajo juramento que no ha tenido acceso al bien inmueble, objeto de la pericia solicito que de acuerdo al art 159 COGEP, le designe al mismo profesional para realizar el peritaje para la especifique la singularización del bien con linderos y superficies, que indique si el inmueble corresponde al mismo bien que contiene la donación otorgada en la fecha ____ y que señalen el informe quien está ocupando el mismo. INSPECCIÓN JUDICIAL: Sírvase señalar día y hora para que tenga lugar una inspección judicial en el inmueble antes señalado para que se pueda constatar lo siguiente: la singularización del bien con linderos y superficies, que indique si el inmueble corresponde al mismo bien que contiene la donación otorgada en la fecha ____ y que señale en el informe quien está ocupando el mismo. VII. PRETENSIÓN Por todo lo expuesto, solicito a su autoridad que en sentencia acepte esta demanda y condene al demandado a que restituya a mi mandante el inmueble objeto de esta demanda en un plazo determinado, le declare poseedor de Mala fe y en consecuencia le condene al pago de todos los daños y perjuicios que le haya ocasionado a mi mandante. También le condenara al pago de costas procesales. VIII. CUANTIA La cuantía es indeterminada de conformidad con lo establecido en el código orgánico general de procesos en el artículo 144, numeral 6. VII. PROCEDIMIENTO QUE DEBE DARSE A LA CAUSA El trámite que se debe dar a la presente causa es el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de acuerdo a lo establecido en el Art 289 del Código Orgánico General de Procesos. Firmo conjuntamente con mi Abogado Patrocinador. _____________________ ______________________ MAT. ________________ C.C. ________________
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