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LA PREVENCION DEL DELITO EN EL MARCO DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA

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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD
ARTICULO CIENTIFICO
LA PREVENCION DEL DELITO EN EL MARCO DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Ing. Rohanny Morales
C.I 
LA PREVENCION DEL DELITO EN EL MARCO DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Introducción
La (Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, 1999) siempre se le ha considerado como uno de las más avanzadas del mundo en materia de Derechos Humanos y protección social. En ese sentido, (Jairo, 2018) sostiene que los principios esbozados, en la Carta Magna en cuanto ha Estado Democrático, Social de Justicia y de derecho abarca importantes factores que tienen que ver con el desarrollo humano. 
Al respecto, desde el preámbulo de la CRBV 1999 se esbozan los postulados fundamentales que alientan al espíritu constitucional. Lo cual implica afirmar el texto constitucional establece claramente las características que definen el Estado venezolano, los valores de la Sociedad Política y los fines sociales que debe perseguir el Estado en orden a garantizar los derechos humanos que, en él se consagran como esenciales.
En el capítulo V de la CRBV 1999 se consagran los Derechos Sociales y de las Familias, en los Artículos que van desde el 75 al 97, mientras que en el Capítulo I Título III se establecen los derechos y garantías y los deberes de todos los ciudadanos que habitan en el país. Los artículos con que se inicia el desglose dan cuenta de la filosofía del texto, los mismo son el Artículo 19 y 20
Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.
Artículo 20. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social.
Los Derechos Humanos son aquellos que brindan garantías a los ciudadanos, ya que constituyen mínimos de existencia, y al saberse que serán respetados y promovidos, la persona se moviliza con libertad para lograr vivir con dignidad (Carpizzio, 2017). Gracias a los Derechos Humanos los seres humanos pueden moverse en libertad. Desde tiempos de Platón y Aristóteles, se tenido que la libertad aúna voluntad, inteligencia, deseo de aprender, búsqueda de la verdad y el saber numerar, que no es el arte del cómputo sino de la aritmética divina. Es decir, se establece un círculo entre Derechos Humanos, libertad y sociedad. 
En ese contexto, se desarrollan las ideas para la prevención del delito, o sea a través del fomento y desarrollo de los derechos humanos, desde las garantías individuales. Cabe destacar los derechos humanos en el ámbito criminológico tienen una mayor tendencia a lo policiaco y penitenciario, pero se ha olvidado un vínculo importante, que es el referente a la política pública de prevención del delito.
Lo anteriormente expuesto expresa la relación que se establece entre la prevención del delito y los derecho humanos, luego dicha relación debe concretarse en las leyes jurisdiccionales y en el ejercicio, que de estas practiquen los estados, ya que muchos principios consagrados en las constituciones no son respetadas por los estados. (Valderrama, 2017), sostiene que el ejercicio de los Derechos Humanos en todas sus extensiones, resulta primordial para el exitoso desarrollo de la prevención del delito como política social del estado. 
Define (Valderrama, 2017), que la prevención del delito es la preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo. Es decir, la acción dirigida a evitar que el delito se produzca. Otro autor (Albornoz, 2018), considera que la prevención del delito consiste en poner obstáculos a su aparición, o tomar aquellas providencias que hagan menos dañinos sus efectos o que evite la reincidencia. 
Es por ello, que cabe la pregunta: ¿Cuál es la concepción de prevención del delito en el marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela? 
Objetivo general: 
· Analizar cuál es la concepción acerca de la prevención del delito existente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Objetivos específicos:
· Indagar sobre los principios consagrados en nuestra Constitución en cuanto al ejercicio de los Derechos Humanos.
· Determinar el modelo de prevención del delito que se practica en Venezuela.
· Valorar las prácticas existentes con respecto a la prevención del delito.
Justificación.
	(Hernández, 2010), considera que toda investigación es importante y necesaria porque constituye una herramienta para conocer, lo más apegado posible, a la realidad los eventos y fenómenos que suceden en la vida y la sociedad. He allí una primera aproximación, que justifica la ejecución de un estudio. 
	Asimismo, cobra vigor conocer y valorar los principios que materia de prevención del delito y derechos humanos que se establecen en nuestra Constitución. De esta manera se podrán divulgar, analizar y promoverlos, impulsando la conciencia social hacia los derechos humanos, especialmente desde los cuerpos policiales; dentro de un marco de acción científica, participación de los entes sociales involucrados y acorde con la realidad.
Marco teórico.
	La planificación y posterior práctica de la prevención del delito debe realizarse al tenor de la filosofía social de los estados, las prácticas de seguridad ciudadana y el marco legal vigente. En primer término hay que resaltar la (Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948), la cual nuestro país firmo signatario. Eso implica que toda herramienta legislativa, judicial o de seguridad debe prestar consonancia, aunque dicha Declaración no sea vinculante. Hasta la fecha son nueve los tratados que conforman el cuerpo básico de instrumentos internacionales de derechos humanos, en el campo civil, social, político y económico. La Declaración Universal de los Derechos Humanos aborda desde el artículo 3 al 27, los principios, postulados de las personas como integrantes de una sociedad. 
	A manera de orientaciones la (OMS, 2004) en su Guía sobre Prevención del Delito que promovió entre los estados signatarios de los Derechos Humanos, los siguientes aspectos:
· Elaborar, aplicar y seguir un plan de acción nacional para la prevención de la violencia.
· Aumentar la capacidad para recoger datos sobre violencia.
· Definir prioridades para las causas, consecuencias y prevención de la violencia, y apoyar la investigación sobre ellas.
· Promover respuestas de prevención primaria.
· Fortalecer las respuestas para las víctimas de la violencia.
· Integrar la prevención de la violencia en las políticas sociales y educativas, y así promover la igualdad entre mujeres y hombres y la igualdad social.
· Incrementar la colaboración y el intercambio de información para la prevención de la violencia.
· Promover, y realizar el seguimiento de, la adhesión a tratados internacionales, leyes y otros mecanismos para proteger los derechos humanos.
· Buscar respuestas prácticas e internacionalmente acordadas a los tráficos mundiales de armas y drogas.
A decir de muchos expertos, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, dedica un extenso contenido a los derechos humanos, tal como se ha referido con anterioridad. Habitualmente se cree que los derechos humanos se enmarcan exclusivamente en la protección del honor de la persona, su vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación, no obstante implican otros aspectos relativos, que van más allá que rebasan la esfera, de la simple economía y sociedad en general. Según (Gabaldón, 2017), los errores en materia económica conducen al hambre del pueblo y la distancia que separa al hambre de la delincuencia es mínima, igualsucede con el abandono social y pérdida de valores humanos y familiares.
En los últimos gobiernos, para explicitar su filosofía y puesta en práctica en materia de seguridad ciudadana y prevención del delito, el estado venezolano ha promulgado una serie de instrumentos legales para darle viabilidad a los preceptos constitucionales, entre las cuales destacan Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo del 2011, Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana, Ley Orgánica de la Policía Nacional Bolivariana, igual ocurre con los diferentes Planes Nacionales de Desarrollo Político, Social y Económico, llamados en los últimos gobiernos como Planes de la Patria. 
	Al respecto (Gabaldón, 2017), afirma que los Planes e iniciativas oficiales para el control de la delincuencia, en los últimos 60 años han estado orientados a la aplicación de métodos represivos, o reactivos ante la realidad socio económica, sin valorar los postulados establecidos en la Constitución, ya sea la del 1960 0 la de 1999, y demás leyes de la Republica, ya que la represión es la manera más fácil de actuar. O sea, se busca el efecto rápido, obviando la educación y prevención porque sus resultados se verán a mediano y largo plazo.
	Sin embargo, las orientaciones de la (OMS, 2004) y los postulados de CRBV 1999 no se han llevado a cabo, solo sirven para referencias bibliográficas. Pero no todo el mal es achacable al estado, porque muchas anomalías nacen dentro de la familia y la comunidad, debido a que los casos crecientes de abuso infantil, agresión sexual, destrucción de bienes familiares, violencia contra la mujer, traslado ilícito de menores, amenazas, entre otras provienen la violencia familiar y comunitaria, se dan desde el seno familiar.
En ese contexto, la prevención del delito emerge como una alternativa. Para (Ayos, 2016), especialista del Instituto de Investigaciones, adscrito a la Universidad de Buenos Aires, la prevención del delito supone, explícita o implícitamente, la reelaboración de la pregunta sobre qué es el delito, cuáles son sus causas y cómo conjurarlo. Simple y llanamente el delito es una acción que va en contra de lo establecido por la ley y que es castigada por esta, con una pena grave, por su lado la prevención constituye una medida o disposición que se toma de manera anticipada para evitar que suceda una cosa considerada negativa. Ambos términos se conjugan para formar la prevención del delito dentro de la estructura policial y criminológica. 
Material y métodos.
a. Tipo
La investigación es del tipo exploratoria, según (Hernández, 2010), es aquella que se efectúa sobre un tema u objeto desconocido o poco estudiado, por lo que sus resultados constituyen una visión aproximada de dicho objeto, es decir, un nivel superficial de conocimientos. Luego complementa que los estudios exploratorios sirven para familiarizarnos con cualquier tipo de fenómenos, y obtener información sobre la posibilidad de llevar a cabo una investigación más completa sobre un contexto particular de la vida real. 
b. Diseño
En relación al diseño de la investigación, la misma es de carácter documental, ya que consiste en un procedimiento científico, un proceso sistemático de indagación, recolección, organización, análisis e interpretación de información o datos en torno a un determinado tema., se tiene que es del tipo documental. En atención a lo formulado por (Alfonso, 2006), 
c. Enfoque de la investigación 
La investigación es cualitativa según su enfoque. (Pérez, 2015) señala que la investigación cualitativa estudia la realidad en su contexto natural y cómo sucede, sacando e interpretando fenómenos de acuerdo con las personas implicadas. ... Se estudia a las personas en el contexto de su pasado y las situaciones actuales en que se encuentran.
d. Población y muestra.
En tanto la presente investigación es de carácter documental, la población de la cual se obtendrán la información, se basará en datos que hayan sido recolectado en investigaciones, documentos ya realizados (Alfonso, 2006). Mientras que el muestreo se hará mediante la selección de información, y consiste fundamentalmente en separar y conservar parte la documentación que será excluida de la eliminación, de tal forma que esta parte sea representativa de las características y el contenido de la totalidad
e. Variables de estudio.
Independiente: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999 
Dependiente: Modelo de prevención aplicado en Venezuela
f. Técnicas e instrumentos de recolección de información.
Respecto a la recolección de información se tiene que mayoritariamente se tomaron de distintas páginas electrónicas y sitios web especializados en publicaciones científicas, que han sido arbitradas e indexadas, tales como redalyc, dialnet, scopus, wow, scielo, google academics, entre otros. 
Resultados 
	En base a revistas científicas y otras publicaciones on line se estudiaron varios trabajos de rigor académico. Un primer estudio lo refiere (Peñaranda, 2015), quien investigó los modelos de prevención del delito aplicados en Venezuela durante los últimos años. El autor considera que los modelos están desfasados de la realidad y no presentan coherencia con realidad que atraviesa el país. Esencialmente son reactivos y se aplican cuando el auge delictivo toma las calles. Sostiene que la CRBV 1999 consagra importantes avances y logros en materia de derechos humanos, sin embargo no se logran concretar en la realidad. 
	De la misma manera, (Guerrero, 2017) analizó la situación de los derechos humanos en Venezuela y su relación con la prevención del delito. A manera de conclusión, el investigador argumenta que los planes y programas puestos en marcha por el Ejecutivo no responden a los postulados consagrados en la CRBV de 1999, en cuanto a la vigencia de los derechos humanos. Considera que los planes de desarme de la población o cuadrantes de paz no llegan a la raíz del problema, al tiempo que se obvian factores determinantes como la educación y la prevención, ya que se hace énfasis en lo punitivo y sancionatorio. 
	Vale destacar el trabajo de (Cordeiro, 2016), el cual señala que desde la base ideológica de un estado de social y de justicia y derecho, como el que se proclama en ideológica de nuestro país, no se han consumado las premisas constitucionales de la Carta Magna en materia de derechos humanos en el plano policiaco y judicial, ya que la prevención del delito debe tomar distancia de la fuerza policial, o en todo caso, esta debe ser usado en situaciones que puedan afectar la estabilidad de la nación. Existe un desfase evidente en materia de derechos humanos, concluye el autor. 
Discusión
 	Queda demostrado que los preceptos constitucionales relativos a los derechos humanos no se han cumplido a cabalidad. Una cosa es la que se ve en la realidad y otra la que se esboza en el texto constitucional. En lugar de una política de prevención basada en la participación de las comunidades y protagonismo del pueblo, se implementan planes y programas a criterio del Ministro de turno, sin tomar en consideración la totalidad del problema. 
	La represión es contraria al espíritu de la Constitución. Las naciones progresistas en materia social deben sustentar sus planes en la escuela, y en la prevención del delito desde el seno familiar y comunitario.
Conclusiones
· El modelo de prevención del delito aplicado en Venezuela presenta un matiz basado en medios reactivos a la violencia.
· Los derechos humanos contemplados en el texto constitucional vigente no se han cumplido en materia de atención policial y judicial.
· Los planes de prevención del delito deben ser coherentes con la actual Constitución.
· La familia, comunidad y sociedad, también tienen una importante cuota de participación en la concreción de los derechos humanos en materia de seguridad ciudadana.
Referencias 
Albornoz, A. (2018). saber.ula. Obtenido de www.saber.ula.ve/bitstream/handle/123456789/23597/articulo1.pdf;jsessionid
Alfonso, J. (2006). Obtenido de www.google.com/search?q=investigación+documental+según+autoresAyos, E. (2016). scielo. Obtenido de http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-05792014000200010
Carpizzio, J. (2017). redalyc. Obtenido de https://www.redalyc.org/pdf/885/88520881001.pdf
Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela. (1999). V. Caracas: Ipasme.
Cordeiro, A. (2016). Obtenido de https://www.corteidh.or.cr/tablas/r38065.pdf
Declaración Universal de los Derechos Humanos. (1948). Paris.
Gabaldón, L. (2017). library.fes. Obtenido de http://library.fes.de/pdf-files/bueros/caracas/05569.pdf
Guerrero, A. (2017). redalyc. Obtenido de https://www.redalyc.org/pdf/720/72001616.pdf
Hernández, F. y. (2010). Metadologia de la Investigacion. Barcelona: Mc Graw Hill.
Jairo, C. (2018). La idea del Desarrollo Humano en la Constitución venezolana de 1999. Mayeutica.
OMS. (2004). Informe mundial sobre violencia y salud (2002). Nueva York: ONU.
Peñaranda, H. (2015). dialnet.unirioja. Obtenido de https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=43488
Pérez, B. y. (2015). Metodologia de la Investigacion. Bogotá.
Valderrama, E. (2017). saber.aula. Obtenido de ww.saber.ula.ve/bitstream/handle/123456789/23597/articulo1.pdf;jsessionid=F3EB2F81A29DE6D932D0D76077A5155A?sequence=1

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