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ANALISIS LEYES FINANCIERAS

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UNIVERSIDAD PANAMERICANA DEL PUERTO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES
ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA
ANALISIS SOBRE LAS LEYES FINACIERAS DEL SECTOR BANCARIO VENEZOLANO
PUERTO CABELLO ABRIL 2023
ANALISIS SOBRE LAS LEYES FINACIERAS DEL SECTOR BANCARIO VENEZOLANO
SUDABAN
Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario es el ente de regulación del sector bancario bajo la vigilancia y coordinación del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional. Es una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de los bienes de la República, y se regirá por las disposiciones que establezcan la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional y la Ley de las Instituciones del Sector Bancario. Corresponde a esta Superintendencia autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la actividad que realizan las instituciones que conforman el sector bancario, así como, instruir la corrección de las fallas que se detecten en la ejecución de sus actividades y sancionar las conductas desviadas al marco legal vigente. Todo ello con el fin de garantizar y defender los derechos e intereses de los usuarios y usuarias del sector bancario nacional y del público en general. El área medular de la Sudeban supervisa, regula y previene a través de 12 Gerencias de Inspección, las cuales tienen la responsabilidad de instrumentar dos tipos de controles fundamentales: el Control Directo (Inspección In Situ) y el Control Indirecto (Inspección Extra Situ).
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario es el ente de regulación del sector bancario bajo la vigilancia y coordinación del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional. Es una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de los bienes de la República, y se regirá por las disposiciones que establezcan la Ley Orgánica
del Sistema Financiero Nacional y la Ley de las Instituciones del Sector Bancario. Corresponde a esta Superintendencia autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la actividad que realizan las instituciones que conforman el sector bancario, así como, instruir la corrección de las fallas que se detecten en la ejecución de sus actividades y sancionar las conductas desviadas al marco legal vigente. Todo ello con el fin de garantizar y defender los derechos e intereses de los usuarios y usuarias del sector bancario nacional y del público en general. El área medular de la Sudeban supervisa, regula y previene a través de 12 Gerencias de Inspección, las cuales tienen la responsabilidad de instrumentar dos tipos de controles fundamentales: el Control Directo (Inspección In Situ) y el Control Indirecto (Inspección Extra Situ).
LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo dispuesto en el literal d, del artículo 1 de la Ley que autoriza al Presidente de la República a Dictar Decretos con Fuerza de Ley en las Materias que se Delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.076, de fecha 13 de noviembre de 2000, en Consejo de Ministros.
DISPOSICIONES GENERALES Intermediación Financiera
Artículo 1°. La actividad de intermediación financiera consiste en la captación de recursos, incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos, e inversiones en valores; y sólo
podrá ser realizada por los Bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras reguladas por este Decreto Ley. Ambito de Aplicación Artículo
2°. Se rigen por este Decreto Ley los bancos universales, bancos comerciales, bancos hipotecarios, bancos de inversión, bancos de desarrollo, bancos de segundo piso, arrendadoras financieras, fondos del mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos; así como las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito. Asimismo, estarán bajo la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras las sociedades de garantías recíprocas y los fondos nacionales de garantías recíprocas. Igualmente quedan sometidas a este Decreto Ley, en cuanto les sean aplicables, las operaciones de carácter financiero que realicen los almacenes generales de depósitos. Todos los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras y demás empresas mencionadas en este artículo, están sujetas a la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras; a los reglamentos que dicte el Ejecutivo Nacional; a la normativa prudencial que establezca la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras; y a las Resoluciones y normativa prudencial del Banco Central de Venezuela.
IMPORTANCIA
cumpliendo las directrices emanadas del Ejecutivo Nacional, en cuanto a la Política Social Inclusiva, basada en los Lineamientos de los Planes de Desarrollo Económico y Social de la Nación y los Principios Constitucionales
de Solidaridad, Bien Común, Justicia, Igualdad, Democracia y Responsabilidad Social, está desarrollando un Proyecto de Responsabilidad Social Institucional, mediante el cual se atenderán, con carácter prioritario, diferentes Grupos de Interés, tanto internos: (Mejoramiento de la calidad de vida de sus Trabajadores y familiares, mediante la ejecución de buenas prácticas de bienestar social, proyectos de capacitación, formación de facilitadores, seguridad y prevención de riesgos laborales, salud, recreación y deportes), como externos: (Fortalecimiento de la Interacción con las Comunidades-Objetivo N° 5-vinculado con consejos comunales, organizaciones comunitarias, Instituciones sin fines de lucro, Institutos Educativos, Deportivos y otros.), que conlleven al reconocimiento de la Sudeban como una institución socialmente responsable.
A través de dicho proyecto se realizan obras sociales, mediante:
1) Ayudas a personas naturales de escasos recursos para atender necesidades vinculadas a la salud.
2) Aportes orientados a programas, proyectos sociales u organizaciones del sector público o privado en el ámbito nacional e internacional, en las áreas de educación, alimentación, medio ambiente, desarrollo comunitario y social, deporte, cultura y arte entre otros; así como, Proyectos de Acercamiento Comunitario, que incluirán: Capacitación y Asistencia Técnica a Consejos Comunales para contribuir con el desempeño de la gestión económico-financiera que coadyuve con la transparencia, eficacia y eficiencia en el manejo de los recursos que les sean asignados.
CARACTERISTICAS
· Rendición de Cuenta y Responsabilidad en el Ejercicio En cuanto a la presentación oportuna de los resultados de gestión y el cumplimiento de la funciones ante los poderes y órganos públicos competentes en la materia y colectivo social
· Responsabilidad Se traduce en la mayor disposición y diligencia en el cumplimiento de las competencias, funciones y tareas encomendadas. El tomar la iniciativa de ofrecerse a realizarlas; así como, la permanente disposición a rendir cuentas y a asumir las consecuencias de la conducta pública sin excusas de ninguna naturaleza, cuando se requiera o juzgue necesario.
· Ética Conlleva a realizar las labores con eficiencia y a mantener una actitud de rechazo frente a todo lo que minimice la dignidad y moral en el cumplimiento y ejercicio de las funciones.
· Transparencia Exige la ejecución diáfana de los actos del servicio, e implica que éstos son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica que tenga interés legítimo en el asunto.
· Compromiso Es poner al máximo las capacidades individuales para sacar adelante todo aquello que se ha confiado. Cuando se establece uncompromiso es porque se conocen las condiciones que se están aceptando y las obligaciones que éstas conllevan.
· Equidad La está referida a la actuación respecto a las personas que dirijan peticiones, sin ningún tipo de preferencias y sólo en razón del mérito, legalidad, motivaciones objetivas y sin consideración de género, religión, etnia, posición social y económica u otras características ajenas al fondo del asunto y a la justicia.
· Excelencia Conjunto de prácticas sobresalientes en la gestión de la Institución y el logro de resultados basados en conceptos fundamentales que incluyen la orientación al servicio y hacia los resultados, liderazgo, implicación de las personas, calidad, mejora continua, innovación y responsabilidad social.
· Respeto Sentimiento de alta consideración hacia los ciudadanos y/o entidades y trato que manifiesta este sentimiento. Capacidad de aceptar los diferentes criterios y actitudes dentro de la filosofía de la Institución.

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