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PRIMER PARCIAL SALUD OCUPACIONAL 2022

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PRIMER PARCIAL SALUD OCUPACIONAL 2022-1
RESUELVE EL SIGUIENTE CASO:
Claudia Espitia trabaja en el área Quirúrgica de la Clínica salud y bienestar, es profesional en medicina y especialista en cirugía; tiene un contrato por prestación de servicio (8 horas laborales) como médico especialista en cirugía, además tiene un contrato a término fijo (8 horas) como médico con especialidad en cirugía en la clínica Lozano, cabe resaltar que cumple con las dos funciones contractuales. Con base a lo anterior responde:
1. ¿Claudia puede tener estos dos contratos?
Sí puede tener estos dos contratos ya que no son en la misma parte y un contrato por prestación de servicios da la posibilidad de no exigir un horario laboral fijo, por lo que hay facilidad de mantener ambos contratos.
2. ¿Cuál sería el sueldo neto que devenga Claudia? Defina los valores en descuento de salud, pensión y ARL, según el riesgo laboral y escala salariar. 
Por su contrato a término fijo, los descuentos legales que se le realiza a Claudia, serían por la salud, en donde deberá aportar el 4% de un 12.5% ​​total que debe aportarse; para pensión, deberá aportar otro 4% de un 16% total. Por riesgos laborales y aportes parafiscales, ella no deberá aportar nada ya que eso debe hacerlo el empleador.
Por su contrato por prestación de servicios, su aporte en salud deberá ser del 12,5% del 40% de los honorarios (5% del pago); en pensión, deberá aportar el 16% del 40% (6,4%). Este tipo de contrato solo se le debe deducir un porcentaje específico por concepto de retención en la fuente, el cual se aplica a las personas que devenguen más de 127.000 pesos. Las tarifas de retención en servicios generales, sería del 4% si declara renta, en caso de que no lo haga, sería del 6%. Las tarifas por honorarios si no reclama, sería del 10% y para aquellos que sí, serían del 11%.
3. Si Claudia, no cumple con sus funciones, ¿qué proceso legal puede recibir?
Si el trabajador renuncia o es despedido con justa causa, en su liquidación estará todo lo que corresponde según sus días laborados. En caso de que el despido sin justa causa el empleador deberá indemnizarlo pagándole el resto de salario que le correspondía hasta la fecha de terminación pactada inicialmente por escrito.
4. Nombra los posibles factores de riesgos laborales a los cuales se encuentra.
· Riesgos Biológicos: El personal de servicios sanitarios puede ser afectado por enfermedades infecciosas transmisibles como la tuberculosis, hepatitis A, B, C y D y VIH/SIDA. Estas enfermedades infectocontagiosas son las de mayor incidencia y atención en el personal de salud.
· Riesgos Químicos: Existen múltiples agentes químicos utilizados en los centros de salud que pueden causar graves daños al personal expuesto. Entre estas sustancias están los medicamentos, reactivos de laboratorio y anestésicos; todas pueden producir alergias, dermatosis, abortos, intoxicaciones y hasta cáncer, si no son manejados con seguridad. 
· Riesgos Físicos: El ruido, la temperatura, radiaciones ionizantes y la electricidad pueden poner en riesgo a trabajadores de la salud expuestos, pudiendo afectar al personal que labora habitualmente en los departamentos de rayos X, radioterapia, laboratorio, enfermería y dental.
Otros trastornos que pueden afectar a los trabajadores de salud son los que afectan a la mayoría de las ocupaciones, como son los ergonómicos, por la manipulación de instrumentos médicos, posturas incorrectas, manipulación de los pacientes (enfermería), que les ocasionan problemas de huesos, articulaciones y músculos.
Pueden presentarse trastornos psicosociales y psiquiátricos derivados del trabajo en solitario, el estrés laboral, trabajo por turno. En este sentido hay estudios que relacionan cierta prevalencia en el personal de salud de suicidio, abuso de sustancias controladas y alcohol.
Los accidentes y lesiones ocupacionales son frecuentes en el ámbito del sector salud como traumas, heridas y fracturas, además del riesgo de ser agredidos por otras personas.

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