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TEXTO GARGARELLA resumen pt2

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TEXTO GARGARELLA pt2 
 
1. LA FILOSOFIA DOMINANTE EN LOS ORIGENES DEL SISTEMA REPRESENTATIVO 
Hacia una teoría del comportamiento mayoritario 
 
El razonamiento entre la clase dirigente partido de premisas descriptivas para concluir en estrictas afirmaciones 
normativas. Así, se partió de la idea que las asambleas legislativas habían actuado con inaceptable imprudencia, y por 
ello debían ser limitadas. Para ello se tomaron en cuenta también consideraciones como las siguientes: 
a) La convicción de que en la política solo existían algunos principios verdaderos que no podían ser percibidos 
por la ciudadanía común. En este sentido, Locke afirmaba que existían algunas verdades primarias en torno a 
los derechos naturales, y que estas no podían ser igualmente percibidas por todos, como así en la política 
existían ciertas verdades que no podían ser conocidas por todos, 
b) La convicción de que las mayorías tienden a actuar ir racionablemente y dejarse guiar por las pasiones en vez 
de por la razón. 
La teoría sobre el comportamiento de las mayorías legislativas: madison y su concepción de las facciones 
 
Madison siempre hablo de la tendencia de la mayoría de cada comunidad a despojar y esclavizar a la minoría de los 
individuos, y criticó, la sugerencia de tomar el interés mayoritario como estándar político de lo que está bien y mal. 
En su principal trabajo, concentro su atención en la mutabilidad, multiplicidad e injusticia de las leyes; las tres 
características que representaban los rasgos mas habituales y objetables del sistema político. Dicho esto, se animó a 
decir que “cuando una mayorá se encuentra unida por un sentimiento común y tiene la oportunidad, los derechos de 
la parte minoritaria están inseguros”. 
Una definición restringida de las minorías 
 
En el siglo XVIII, cuando se hablaba de minorías se estaba haciendo referencia a uno, y solo a uno, de los posibles 
grupos minoritarios de la sociedad: el grupo de acreedores o grandes propietarios. 
En cuento a ello, conformaban un grupo minoritario en cuento a su número. Pero dominante en cuanto a su poder. 
 
 
Hacia el establecimiento de un sistema de frenos y contrapesos 
 
Los principios políticos determinantes en la época fueron: 
a) Evitar las tendencias facciosas de las mayorías 
b) Posibilitar que tanto el sector mayoritario de la sociedad, como el sector de los socialmente mas aventajados, 
tuvieran igual capacidad de influencia dentro del sistema político 
Madison afirma, que en todos los países civilizados la gente se divide en diferentes clases, por lo tanto, habrá una 
distribución entre minoría y mayoría. En consecuencia, existirán intereses contrapuestos. Pero Hamilton aclaraba algo 
más: cada una de esas partes fundamentales debía contar con igual poder de influencia política. 
Racionalidad del sistema de frenos y contrapesos 
 
Este sistema estuvo orientado a establecer diferentes áreas de poder, parcialmente separadas entre sí, y capaces de 
controlarse entre ellas. La forma de alcanzarlo consistió en proveer a cada una de las áreas en cuestión (el ejecutivo, 
el legislativo y el judicial) de medios capaces de restringir posibles excesos de las otras. 
Así, se explica el veto presidencial; la capacidad de cada cámara de vetar las decisiones de la otra y para sobrepasar el 
veto ejecutivo o el control judicial de las leyes. 
La conexión entre a) el hecho de contar con este sistema destinado a asegurar el mutuo control entre las áreas de 
poder, y b) la finalidad de asegurar que ninguna de las dos partes de la sociedad pueda oprimir a la otra, era que, el 
sistema institucional en sus distintas áreas, tendría representadas, separadamente, las principales partes de la 
sociedad. De ahí, que las diferentes áreas lograban equipararse entre sí. 
¿es posible garantizar que cada rama de poder, efectivamente, representase a una parte diferente de la sociedad? La 
Cámara de diputados aseguraba la presencia de la ciudadanía común en el gobierno. De hecho, la esencia de los 
conflictos institucionales que los padres fundadores procuraban combatir tenía su núcleo en dicha presunción: la 
legislatura incorporaba a la mayoría de la población, a los deudores, a aquellos sin propiedad o con propiedades 
pequeñas, y por ello tendía a tomar decisiones favorables a los sectores desposeídos. 
¿Qué ocurría respecto a las minorías de la sociedad? Dos instrumentos parecían capacitados para el logro de tal 
objetivo: las elecciones indirectas, y los distritos electorales extensos. 
 
 
2. LA CONSOLIDACION DEL CONTROL JUDICIAL EN ESTADOS UNIDOS 
Como llego a obtener la importancia que tiene actualmente y como fueron definiéndose sus funciones 
a- La convención constituyente 
Desde del momento en el que la convención constituyente comenzó a discutir que rol otorgarle al poder judicial, los 
convencionales plantearon, al menos dos principios fundamentales. En primer lugar, las asambleas legislativas 
necesitaban urgentemente de instituciones y mecanismos que les sirvieran de “freno”. Segundo, que ellos miembros 
del poder judicial formaban parte de un grupo selecto y fiable (teniendo en cuenta sus estudios, elecciones, etc.). Lo 
que no resultaba claro era cual iba a ser el mejor medio de establecer dichos frenos, y el rol de los jueces. 
Plan de Virginia: fue llevado a cabo por Edmund Randolph, donde uno de sus puntos centrales era controlar los 
posibles excesos del poder legislativo. Los medios propuestos fueron a. un consejo de revisión (p. ejecutivo y judicial) 
y b. un poder judicial nacional elegido por la legislatura. 
La caída de la propuesta del Consejo de Revisión tuvo que ver con la desconfianza frente a una posible “alianza” entre 
el poder judicial y el ejecutivo. 
A pesar de que este plan no fue aprobado, los debates dejaron en claro que debían limitarse los atropellos legislativos 
y el papel judicial debía jugar un papel destacado en dicha tarea. 
b- Las convenciones estatales que ratificaron la Constitución 
 
En debates, surgió la necesidad de contar con un texto constitucional esbozado. Como testimonios explícitos al 
respecto pueden destacarse los siguientes: 
A. Convención de Pennsylvania, donde Thomas McKean sostuvo que la Legislatura debía ser controlada 
por los jueces, defendiendo a favor de la Constitución. A su vez, James Wilson, sostuvo que el 
legislativo debía ser restringido a través de la interposición del departamento judicial 
B. Convención de Connecticut, donde Ellsworth se refirió al departamento judicial como principal freno 
ante posibles extralimitaciones de la Legislatura 
C. Convención de Virginia, donde Henry elogio la capacidad judicial de oponerse a los acros 
inconstitucionales de la Legislatura. Y Marshall ratificó el rol de los jueces como guardianes de la 
Constitución. 
c- El primer Congreso 
 
El primer Congreso legislativo, reunido después de que se dictó la Constitución, representó otra prueba acerca de que 
se había discutido en los debates constituyentes. 
Respecto a la cuestión judicial, hubo dos debates, el primero, referido a los alcances de los poderes ejecutivos de 
remoción, y el segundo, vinculado con la “Judiciary Act” de 1789. 
d- El Federalista 
 
Dicha obra cumplía con unas series de artículos destinados a convencer al electorado de Nueva York acerca de la 
necesidad de ratificar la Constitución Nacional. 
Madison dejo en claro que los jueces en la nueva Constitución iban a ser conocidos por una pequeña fracción del 
pueblo, y que se iban a encontrar lejos del pueblo para participar de sus simpatías. 
Sin embargo, Hamilton, fue quien escribió las partes más importantes. Se destaca la independencia judicial como 
necesaria para proteger la Constitución y los derechos individuales. Concibió la magistratura como un cuerpo 
intermedio entre el pueblo y la legislatura. 
e- Anticipando Marbury vs Madison 
 
En el nuevo Congreso Nacional, el Senado designó una comisión para redactar la ley de laJudicatura. Luego de la 
primera ley judicial, se crearon los tribunales federales de primera instancia. 
La primera vez donde se puso en cuestión la constitucionalidad de las leyes fue en el caso Hajburn, donde se discutió 
la validez de una ley sobre pensiones de guerra que autorizaba al secretario de Guerra a modificar las decisiones que 
tomasen las Cortes del circuito. El congreso decidió modificar la ley impugnada. 
Luego de varios casos, se manifestó que los estados tenían el deber de interponerse para impedir, dentro de sus 
respectivos límites, violaciones a los derechos y las libertades. La idea era que, si un estado juzgaba la inconstitucional 
una ley del Congreso, debía interponerse para dejarla sin efecto. 
f- Marbury vs Madison 
 
Thomas Jefferson toma la presidencia luego de Jhon Adams. El actual presidente se preocupo por conservar aliados 
en la ya conflictiva esfera judicial. Debido a esto, sanciona a Marshall como presidente de la Suprema Corte; este 
mismo, era un ex militar que había combatido en la Guerra de la Independencia, pero no tenía ningún titulo para 
tomar ese cargo. 
El Congreso aprobó la Ciruit Act, que nominó a 16 nuevos jueces federales de Segunda Instancia. Luego se creo un 
numero ilimitado de nuevos cargos judiciales en el distrito de Colombia. 
Un día antes de la asunción de Jefferson, Adams se dedico a firmar designaciones judiciales, pero se apresuró tanto, 
que algunas de las designaciones no pudieron ser notificadas a sus titulares. El encargado de hacer tales notificaciones 
fue el juez Marshall. 
Jefferson decidió no reconocer las designaciones no enviadas por la administración anterior, y Marbury fue uno de los 
afectados, siendo uno de los jueces de paz no confirmados, por lo cual decidió solicitar la ayuda de la Corte Suprema. 
En este sentido reclamo que se expidiesen un writ of mandamus contra el nuevo secretario de Estado, Madison. 
Marbury alegó entonces las Judiciary Act, que autorizaba a la Corte a dictar autos de nombramiento como el que él 
podía obtener. 
La situación no se presentaba fácil para Marshall, quien, sin embargo, y como político, supo resolver. Antes que nada, 
Marshall sabía que Jefferson iba a desobedecer sus instrucciones de nombrar juez a Marbury. De ahí que Marshall 
optara por rechazar la petición de Mandamus, pero a través de la fundamentación: en ella iba a quedarse asentado el 
derecho de los jueces a negar validez a ls leyes nacionales que se interpretasen contrarias a la Constitución. 
 
 
CAPÍTULO 2: EL CARÁCTER CONTRAMAYORITARIO DEL PODER JUDICIAL: 
SOLUCIONES CONSERVADORAS 
CONSERVADURISMO Y ELITISMO 
 
John Locke: pensamiento conservador elitista a través de la defensa de dos ideas centrales: la primera, que existían 
ciertas verdades morales, y la segunda, que no todos estaban capacitados para acceder a tales verdades. 
Adam Ferguson: sostenía que la esencia de la libertad política consiste en darle el poder a los que saben. 
Edmund Burke: figura que simbolizó y defendió mas insistentemente el pensamiento elitista. Procuró distinguir entre 
las meras opiniones de la gente y sus intereses, para luego decir que la mayoría de los ciudadanos no defendía sus 
propios intereses. La idea era que el pueblo tendía a guiarse por su voluntad y no por la razón. 
Los criterios y las instituciones defendidas por los padres fundadores norteamericanos, parecen insertarse dentro de 
la clásica tradición conservadora. La idea era que la imparcialidad de una decisión no requería la consulta previa a 
todos los posibles afectados; mas aun sostenía que la imparcialidad podía verse perjudicada a través de la apelación 
de la ciudadanía, dejándose guiar por sus pasiones. 
 
 
Los jueces no solo debían decidir en ultima instancia sobre las más fundamentales cuestiones constitucionales, sino 
que, además, tenían la posibilidad, a través de sus fallos, de contradecir al legislativo. Por ello, los padres fundadores 
se preocuparon de estructurar el poder judicial. Ello requería contar con un grupo de jueces poco numerosos, aislados 
del calor del debate público y formado por individuos especialmente capacitados. 
CONSERVADURISMO, ELITISMO Y LA DEFENSA DEL CONTROL JUDICIAL DE CONSTITUCIONALIDAD 
 
¿Cómo puede ser que los jueces (quienes no son elegidos por los ciudadanos) tengan la capacidad de revertir 
decisiones tomadas por el poder legislativo, esto es, por un cuerpo destinado claramente a construirse en voz de la 
ciudadanía? 
Hamilton dijo, en primer lugar, que el hecho de que el poder judicial tenga la capacidad de negar la validez de una 
norma legislativa no implica de ningún modo la superioridad de los jueces respecto a los legisladores, como así 
tampoco, poner en cuestión la voluntad soberana del pueblo. 
 
5 
 
 
La verdadera amenaza a la autoridad suprema del pueblo surgía cuando se les negaba a los jueces su capacidad 
revisora o si se autorizaba la promulgación de las leyes contrarias a la Constitución. 
La argumentación presentada por Hamilton, y retomada por Marshall, dice que solo hay dos alternativas: o la 
Constitución controla cualquier ley contraria a ella, o la Legislatura puede alterar la Constitución mediante una ley 
ordinaria y terminar defendiendo la necesidad del control judicial sobre las leyes constitucionales. 
DEL RENACIMIENTO DE LA CRÍTICA A LA REVISION JUDUCIAL DE LAS LEYES 
 
Hoy existen al menos tres razones significativas para contradecir la argumentación de Hamilton – Marshall a favor del 
control judicial: 
1. Argumento histórico: no es verdad que la Constitución refleje la voluntad del pueblo. En EEUU gran parte 
del pueblo fue ignorado o excluido a la hora de ser redactada. 
2. Argumento intemporal: en dicho momento la sociedad se autoconvocó para reflexionar acerca del mejor 
modo de organizarse y, además, no pueden evaluarse como equivalentes una Constitución sugerida de la 
deliberación pública y una ley sugerida al calor de presiones circunstanciales. Debe valorarse el consenso 
popular, profundo y meditado. 
3. Argumento sobre la interpretación: cada juez tiene su interpretación de la Constitución. 
CRIRICAS AL CARÁCTER CONTRAMAYORITARIO DEL PODER JUDICIAL Y ALTERNATIVAS FRENTE A ELLAS 
Alexander Bickel contribuyó a hacer renacer la crítica a el carácter contramayoritario del poder judicial. E negó la 
validez de los argumentos de Hamilton y Marshall. Ambos presentan argumentos que invocan al pueblo para la 
revisión judicial, cuando en realidad, lo que hacen es justificar una frustración de la voluntad de aquellos que 
efectivamente representaban al pueblo. Los jueces ejercen un control que no favorece a la mayoría prevaleciente, si 
no que va contra ella. Esta es la razón por la que se pude acusar al poder judicial de ser antidemocrático.

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