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Taller sobre el individuo como sujeto de derecho internacional

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Taller Número 1 Derecho Internacional Público
Docente Jorge Armando Cruz Buitrago
Realiza la lectura: La posición del individuo en el derecho internacional: Del
nacimiento de la persona natural a la vida jurídica internacional (Lina M.
Céspedes-Báez) y responde las siguientes preguntas:
1. ¿Cuáles son los eventos que pueden ser identificados como hitos históricos
que dan origen a la capacidad de obrar de los individuos en el derecho
internacional?
R// la Revolución Bolchevique de 1917, las secuelas de las dos guerras mundiales del
siglo XX y la descolonización. En efecto, el primero de estos eventos puso en entredicho la
universalidad del D.I y promovió la revisión de normas internacionales, especialmente en
materia económica y política. El segundo, por su parte, desencadenó la creación de la
Sociedad de Naciones y, posteriormente, de la Organización de Naciones Unidas, además
de los movimientos codificadores internacionales en materia de protección del individuo y
de la limitación del recurso al uso de la fuerza. Por último, el movimiento surgido
directamente del reconocimiento del derecho a la autodeterminación de los pueblos en la
Carta de Naciones Unidas y en resoluciones de la Asamblea General, permitió la
descolonización progresiva y la inclusión de más Estados a la sociedad internacional, con
la consecuente diversificación de temas de interés y dilemas jurídicos internacionales.
2. ¿Cuáles fueron las premisas principales que se derrumbaron como
resultado de la Revolución Bolchevique y la culminación de las dos guerras
mundiales del siglo XX?
R// 
 la universalidad del D.I.
 el equilibrio entre los Estados a través de la garantía de la soberanía y
el derecho al uso de la fuerza. 
 la protección del individuo a través de la nacionalidad.
3. ¿Por qué la nacionalidad es uno de los vínculos jurídicos mas determinante
que tienen las personas en el DIP?
porque los derechos y obligaciones de gran importancia emanan de éste: 
(i) el derecho del Estado a ejercer la protección diplomática
(ii) el deber de admisión
(iii) el deber de lealtad de los nacionales para con el Estado 
(iv) el derecho a negar la extradición
(v) responsabilidad del Estado por el actuar de sus nacionales 
(vi) determinación del esta-tus de enemigo en tiempos de guerra
(vii) ejercicio de la jurisdicción
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Adicionalmente, debido al bajo nivel de institucionalización del D.I clásico, incluso del
catalogado como contemporáneo, la manera más efectiva y expedita para gozar de los
beneficios del ordenamiento internacional se hace a través del establecimiento de la
relación de la persona con un Estado, es decir, de la nacionalidad.
4. En qué consiste la protección diplomática. Busque un ejemplo para
entender esta figura del Derecho Internacional.
R// El desenvolvimiento de la Guerra Civil Española y, especialmente, de la Segunda
Guerra Mundial, mostró cómo en ocasiones los Estados podían actuar en contra de sus
nacionales, dejándolos desprovistos de la protección jurídica en su país y de la diplomática
en el extranjero. Judíos alemanes enviados a campos de concentración, junto con
discapacitados y homosexuales, por orden del mismo Estado del que eran nacionales, la
imposición del régimen franquista con la consiguiente represión de los republicanos y la
ocupación de otros países y territorios puso de presente la vulnerabilidad jurídica del
individuo y el peligro de dejar su protección íntegramente en manos de los Estados.
5. Qué se entiende por subjetividad internacional activa y pasiva de los
individuos en el derecho internacional. Busque un ejemplo en cada caso. 
R// La posibilidad de reclamar por violación de una norma ante los organismos
internacionales o ante los diferentes Estados es lo que determina la subjetividad o
capacidad internacional activa.
6. Qué significado tiene la expresión “Naming and Shaming” en el Derecho
Internacional.
R// Así, los comités aportan al desarrollo y cumplimiento de los derechos humanos a
través de lo que se conoce como naming and shaming, por medio del desarrollo de ciertos
procedimientos que tienen como centro de gravedad al individuo y su capacidad para exigir
el respeto por sus derechos (capacidad para obrar).
7. Cuáles son los tratados que de manera específica, persiguen la protección
del individuo en el ámbito del derecho internacional.
R// la Carta para el Tribunal Militar Internacional de Lejano Oriente (Tribunal de Tokio)
siguió la senda trazada por el Tribunal de Nuremberg, reforzando la necesidad de
identificar a los responsables por los crímenes cometidos en el marco de esta
confrontación. Estos dos tribunales sentaron las bases que facilitaron la redacción de las
Convenciones de Ginebra de 1949, y sus protocolos consiguientes, de la Declaración de
Derechos Humanos y de los pactos sucesivos, y pusieron sobre el tapete la necesidad de
determinar con precisión los contornos de la responsabilidad penal internacional
individual69. El resultado de este proceso puede ser ilustrado hoy en día con la existencia
de tres cuerpos normativos que persiguen la protección del individuo en el ámbito del D.I:
(1) el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, (2) el D.I.H y (3) el Derecho Penal
Internacional.
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8. En qué momento se configura la subjetividad pasiva internacional del
individuo. Busque un ejemplo. 
R// se configura en casos extremos en que las violaciones al sistema de derechos
humanos o de D.I.H es de tal envergadura que constituye una afrenta a los principios
protegidos por la comunidad internacional
9. ¿Cuál es la diferencia entre la capacidad jurídica y la capacidad de obrar?
R// La capacidad jurídica es la aptitud para ser titular de derechos subjetivos y deberes
jurídicos. ... La capacidad de obrar, por su parte, es la aptitud para realizar de forma válida
actos jurídicos, ejercitar derechos y asumir obligaciones.

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