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SUCESIONES 2023

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SUCESIONES 
PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL 
Sucesiones ab intestato
Las sucesiones intestadas o ab intestato, están reguladas en el libro V Título IX del nuevo cuerpo normativo. Con la muerte se produce la apertura de la sucesión, que implica la transmisión instantánea de los derechos sucesorios. Cuando el fallecido no deja testamento válido, se abre la sucesión intestada o también llamada legal y se aplican estos artículos específicos que van del 2424 al 2461.
Herederos legítimos
Los herederos legítimos son: los descendientes del causante, sus ascendientes, el cónyuge supérstite, y los parientes colaterales dentro del cuarto grado inclusive, en el orden y según las reglas establecidas en el Código (artículo 2424).
A falta de herederos, los bienes corresponden al Estado nacional, provincial o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el lugar en que están situados.
Definición de Proceso sucesorio
El proceso sucesorio puede ser definido como el conjunto de normas de carácter procedimental mediante las cuales cada jurisdicción establece los pasos y formalidades que deben cumplirse para hacer efectivo los derechos y obligaciones que surgen de las normas de fondo que dan lugar a la existencia de los denominados derechos sucesorios.
Sucesión ab Intestato
Los procesos sucesorios de carácter ab intestato poseen tres etapas que pueden definirse para su correcta tramitación tanto en el ordenamiento procesal de la Provincia de Buenos Aires como en el ordenamiento procesal de la Nación.
Dichas etapas están constituidas por:
1) los trámites previos al dictado de la declaratoria de herederos;
2) una segunda etapa que abarca el dictado de la declaratoria de herederos y hasta la declaración de bienes;
3) una última etapa destinada a la partición de los bienes de la masa indivisa.
Cabe aclarar que todas estas etapas, a su vez, poseen otras etapas internas que forman el trámite en su totalidad.
En la primera etapa, además de los trámites dispuestos por los ordenamientos procesales (oficios a librarse) existe la posibilidad de peticionar la designación de administrador provisional, medidas urgentes, cautelares y toda otra precautoria, ello sin perjuicio de plantearse en otra etapa.
A su vez, en la segunda etapa (que está constituida por la declaración de bienes, el pago de los tributos que corresponden, el inventario y el avalúo de los mismos) también se encuentra la posibilidad de realizar la petición de medidas precautorias y la división de los bienes mediante declaración jurada y partición provisional de los bienes.
Finalmente, la tercera etapa, que está constituida por la partición, a su vez está conformada por los trámites destinados a la distribución de los bienes entre los herederos previo pago de las deudas, cargas y legados si los hubiere (se suma en esta etapa la figura de la licitación de bienes, la división en especie y otras formas de partición).
PRIMERA ETAPA
PCIA. BS. AS.	
C.A.B.A.
Se inicia la sucesión, mediante el token. 
Documentación a presentar: es la relacionada con la acreditación del vínculo. Así como el bono y el ius previsional. 
Documentación original escaneada
Se inicia la sucesión, mediante una planilla al mail de la Cámara en lo Civil
La Cámara, sortea el expediente y debe subirse la demanda al Juzgado sorteado
Documentación a presentar: es la relacionada con la acreditación del vínculo. Así como el bono profesional. 
Documentación original escaneada
 Provincia de Buenos Aires
 
Domicilio electrónico
CUIT@notificaciones.scba.gov.ar
Domicilio procesal (domicilio del estudio, casillero, etc)
Celular
Mail
 C.A.B.A.
Domicilio electrónico
CUIT
Domicilio procesal (domicilio del estudio, casillero, etc)
 Provincia de Buenos Aires
 
Primer auto
 
Declara abierto el juicio sucesorio
Ordena los oficios ley 7205, 10205 y 11511.
Ordena la publicación de edictos (que se realizará una vez contestada la planilla ley 7205) en el Boletin Oficial y en un diario local
La publicación de edictos, se realiza por el token previo pago del arancel 
 C.A.B.A.
Primer auto
 
Declara abierto el juicio sucesorio
Ordena los oficios al Colegio de Abogados y Colegio de Escribanos de Capital Federal.
Previo a todo trámite, cúmplase con la
comunicación y pedido de informe dispuesto por el Decreto-Ley 3003/56
Ordena la publicación de edictos (que se realizará una vez contestada la planilla 3003/56) en el Boletín Oficial 
La publicación de edictos, se realiza en la página del Boletín Oficial, previo pago del arancel 
PLANILLA 7205				 FORMULARIO 3003/56
PLANILLA DE JUICIOS UNIVERSALES (7.205)
Señor Director del Registro de Juicios Universales:
A los fines de su inscripción e informe comunico a Ud. que en la Secretaría a mi cargo tramita un juicio con los siguientes antecedentes:
DATOS DEL CAUSANTE O AUSENTE: (1)
Apellido (2) 
Nombres (3)
Nacionalidad: Profesión 
Documento de identidad: 
Estado Civil: 
Cónyuge (3)---------------------
Padre: ALDO Madre (3) 
Fecha de fallecimiento: 
Lugar de fallecimiento: 
Ultimo domicilio real 
DATOS DEL JUICIO:
Materia
Fecha de iniciación: Causa No (4)
Departamento Juzgado N° Secretaría
Iniciado por (5) 
Carácter 
Nombre del Letrado 
Autos Principales (6) 
 Saludo a Ud. muy atentamente.
OFICIOS
OFICIO AL IPS	
OFICIO al
Colegio de Abogados 
OFICIO JUDICIAL (LEY 10.205)
 
Lugar , de de 20……...
CUIT@IPS.NOTIFICACIONES
 
A la Sra. Directora de Prestaciones Sociales No Contributivas
 
Del Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires
 
Sra. Mirta Liliana Quartara
 
S	/	D:
Me dirijo a Ud. en mi carácter de Auxiliar Letrado/a del Juzgado Civil y Comercial N°… del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Pablo Javier Calandroni, en virtud de lo dispuesto por los arts. 24 y 25 de la ley 10.205, solicitándole tenga a bien disponer se informe en los autos caratulados: “………………………S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expediente N° …….. ), si ,………………., con DNI N° ……., fallecido/a el …….., a los …. de edad, domiciliado/a en ……………….., de estado civil VIUDA de …….., hijo/a de ………………………, era o no beneficiario/a de ese organismo, y en caso afirmativo, sírvase informar el monto percibido con más la capitalización que establecen los referidos artículos. 
 
Saluda a Ud atentamente
OFICIO
 
Buenos Aires,      de ……... de 20…. .-
 
AL COLEGIO DE ABOGADOS
DE LA CAPITAL FEDERAL
S		 /		 D.-
 
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados “………………………………… S/ SUCESION AB INTESTATO” (EXPTE ……………./20… ) que tramitan ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° …. , Secretaría única, sito en …………………. de esta Ciudad, a los fines de solicitarle que informe si existe testamento alguno a nombre de la Sra. ……………………. DNI …………., viuda, hija de ………………y de ……… y, quien falleciera en esta Ciudad, el día …………….., su último domicilio real sito en ………………… de esta Ciudad.-------------------------------------------------------------------
Como recaudo se transcribe el auto que ordena el presente: “Buenos Aires, ……. De ……….. de 20….- ….- FDO. DR……………………., JUEZ”.-------------------------
Se deja constancia que se encuentra autorizados el Dr. …………………………… Tº F° CPACF y/o …………. DNI ………… y/o las personas que éstos designen a diligenciar el presente oficio y firmar las minutas de estilo.---------------------------------
Sin otro particular, saludo a Ud. muy atte.-
OFICIO AL COLEGIO DE ABOGADOS, SE DILIGENCIA MEDIANTE EL SISTEMA PJN, POR DEOX, ADJUNTANDO EL SELLADO Y EL OFICIO EN PDF (porque el oficio es Art. 400)
OFICIO AL COLEGIO DE ESCRIBANOS 
OFICIO 
 …….., ….de de 20 
Sr. Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires
SU DESPACHO 
 Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en ejercicio de las facultades que confiere al art. 58 de la ley 5177, en autos caratulados “………………..” que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº ….. , del Departamento Judicial a fin de que sirva informar sobre la existencia de testamento u otra disposición de última voluntad que hubiere otorgado el causante.- A esos efectos, hágale saber los datos del mismo: 
Apellido y Nombre: 
Hijo de: 
Fecha de Nacimiento: 
Nacionalidad: 
Estado Civil: 
Documento de Identidad: 
Fecha de Fallecimiento: 
Último domicilio real: 
En caso afirmativo, deberá indicar nombre y Registro del Notario actuante.- 
Saludo a Ud. muy atentamente.
AL COLEGIO DE ESCRIBANOS, el oficio se diligencia en su página Web, con su respectivo sellado, llenando el respectivo formulario, en el que deben constar los siguientes datos: 
Del abogado : apellido y nombre, tomo y folio, domicilio, cuit, teléfono y mail.
Del juicio: Juzgado, Nro. Expte, los autos y el objeto del juicio, la resolución judicial que lo ordena y su fecha
Del causante: Apellido y nombre, fecha de nacimiento, tipo y nro de documento, estado civil (en caso de ser casado o viudo datos de la cónyuge) Fecha de defunción, los datos de la partida, nombre y apellido de la madre y del padre
	Comprobante Nº / Cod. Seguridad
xxxxxxxxxx/xxxxx
TASA DE SOLICITUD DE INFORMES DE TESTAMENTO
$170.00
(YÙB;ß00DîØH8B001Ô000004)
(YÙB;ß00DîØH8B001Ô000004)
4175181181000020967424081800000170000000000004
Colegio de Escribanos de la Provincia de Bs. As.
SON PESOS: CIENTO SETENTA CON
00/100.-
27-0000000-0
EL CRÉDITO DE LA CUENTA 81552/1 BANCO DE
1.- PARA EL DEPOSITANTE 
( CORTE POR LA LÍNEA DE PUNTOS )
24/08/2018 	SELLAR AL DORSO 2.- PARA EL BANCO
TASA DE SOLICITUD DE INFORMES DE TESTAMENTO
IMPORTE A PAGAR:
4175181181000020967424081800000170000000000004
$170.00
(YÙB;ß00DîØH8B001Ô000004) (YÙB;ß00DîØH8B001Ô000004)
27-0000000000-0
Colegio de Escribanos de la Provincia de Bs. As.
PARA EL CRÉDITO DE LA CUENTA 81552/1 BANCO DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CTA. CORRIENTE
CASA MATRIZ LA PLATA
CUIT / CUIL:
SON PESOS: CIENTO SETENTA CON
00/100.-
Comprobante Nº / Cod. Seguridad
xxxxxxxxxx/ xxxx
VENCIMIENTO: 24/08/2018
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CTA. CORRIENTE
CASA MATRIZ LA PLATA
IMPORTE A PAGAR:
CUIT / CUIL:
SELLAR AL DORSO VENCIMIENTO: 
Formulario de pago del Colegio de escribanos de la Pcia de Buenos Aires.
Solicitud de Informe de Testamento 
 ingresar a la página del Colegio de Escribanos Provincia de Buenos Aires http://www.colescba.org.ar
Seleccionar trámites, Departamento de Registros Especiales, generación de comprobantes.
1. Abonar la Tasa: El comprobante de pago se descarga desde el sitio del Colegio de Escribanos www.colescba.org.ar opción Trámites/Departamento de Registros Especiales/Informe de Testamentos/Generación de comprobantes. Se encuentra disponible la modalidad de pago electrónico que permite a los clientes de los Bancos adheridos a Red Link abonar estos comprobantes ordenando el débito directamente desde sus cuentas, ya sea desde internet, por cajero automático o por Link celular. Si seleccionó la opción de pago electrónico puede pagar a través del Home Banking, previa adhesión del servicio a través de la opción: Rubro: Asociaciones y Clubes. Ente: Colegio de Escribanos Pcia. Bs. As – Venta de Materiales. Queda vigente la posibilidad de abonar mediante pago presencial en Banco Provincia o Provincia NET (ex Bapro Pagos), aunque, en este caso, con la demora bancaria de 48 horas en acreditar el pago.
2. Completar la Minuta: Luego de abonar la tasa completa la solicitud desde el sitio Colegio de Escribanos www.colescba.org.ar opción Trámites/Departamento de Registros Especiales/Informe de Testamentos/ Solicitud de Informes. 
 Cómo gestionar el tramite:
 •Gestión por vía electrónica: A requerimiento judicial enviando el formulario completo en pdf como presentación electrónica en el marco de una causa judicial. Luego el Juzgado realiza la notificación electrónicamente al Registro y este responde por la misma vía. 
•Gestión por Mesa de Entradas del Colegio o Delegaciones: Presentando en Mesa de Entradas del Colegio o Delegaciones tres copias de la solicitud del formulario firmado y con copia del acta o certificado de defunción adjunto excepto que el solicitante resulte el otorgante. 
Las presentaciones serán respondidas por la misma vía que se solicitaron. Tenga en cuenta que de requerirse la presentación electrónica deberá hacerlo mediante Gestión Electrónica.
Descargar el archivo PDF para efectuar una presentación electrónica en una causa judicial. El mail a utilizar es: colegioescribanos-testamentos@ces.notificaciones El Registro de Testamentos responderá por la misma vía.
PUBLICACIÓN DE EDICTOS
 
La versión digital del Boletín Oficial reviste carácter oficial y auténtica. A través de la misma se pueden consultar y descargar edictos con el objeto de ser remitidos a los organismos jurisdiccionales en formato papel o a través del portal SNPE. Próximamente se implementará el envío desde el Juzgado al BO de la publicación y la respuesta desde el BO al Juzgado directamente, todo ello previa acreditación por parte del letrado del pago de la tasa correspondiente. 
Lo subrayado es el procedimiento actual.
Ingresar a la pagina oficial del B.O. https://boletinoficial.gba.gob.ar/
Seleccionar portal de trámites , en la barra del buscador escribir Publicación Boletín Oficial Particulares. 
Abonar el trámite a través del medio que elijan. Medios de pago disponibles: Boleta papel o tarjeta de crédito.
 
colegioescribanos-testamentos@ces.notificaciones
https://boletinoficial.gba.gob.ar/
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Los juzgados ya tienen disponible la posibilidad de realizar comunicaciones electrónicas con el Boletín Oficial para la publicación de Edictos.
Tanto desde el Juzgado al BO, como la respuesta directa de éste al juzgado se hará electrónicamente, previa acreditación del pago de la tasa correspondiente por parte del abogado, quien deberá remitirlo como adjunto, a través del Sistema de presentaciones electrónicas.
Luego de efectuar el pago, nos encontraremos frente a las siguientes opciones:
MODELO DE EDICTO EN PCIA.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°x Secretaría Única sito en Camino Presidente Juan Domingo Perón y Larroque, planta baja, de la localidad de Banfield partido de Lomas de Zamora cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores de doña xxxxxxxxxxxxxxx.
Banfield, a los …..del mes de…….. de 20…….-
 
  
 
Publíquese por UN DÍA (1 día) en el BOLETÍN OFICIAL y en el PERIÓDICO “LA VERDAD” de LOMAS DE ZAMORA. Banfield, a los …. días del mes de ……..de 20….
MODELO DE EDICTO EN C.A.B.A.
Xxxxxxxxxx s/SUCESION AB-INTESTATO
Organismo: Juzgado Nacional en lo Civil Nro. …… Secretaría Unica
Rubro: Sucesiones
Causante: Xxxxxxxx
Fecha de Ingreso: 10/09/2019 10:33:31 a.m.
Dias Publicación: 1
Periodicidad: 1
Nro Expediente: ….. /20…. 
El Juzgado envía al Boletín Oficial, y el abogado debe ingresar a la pagina y abonarlos. La factura le llega al mail, y la publicación directo al Juzgado
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SEGUNDA ETAPA
PCIA. BS. AS.	
C.A.B.A.
Contestados los oficios diligenciados (IPS y Colegio de Escribanos)
Agregado en el expediente la factura y publicación de edictos y vencido el plazo del mismo (30ds)
SE SOLICITA SE DICTE DECLARATORIA DE HEREDEROS
Contestados los oficios diligenciados (Colegio de Abogados y Colegio de Escribanos)
Agregado en el expediente la factura y publicación de edictos y vencido el plazo del mismo (30ds)
SE SOLICITA SE DICTE DECLARATORIA DE HEREDEROS
TERCERA ETAPA
PCIA. BS. AS.	
C.A.B.A.
Una vez dictada la declaratoria de herederos, se solicita la inscripción de la misma
Una vez dictada la declaratoria de herederos, se solicita la inscripción de la misma
ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SE DETALLAPCIA. BS. AS.	
C.A.B.A.
a) los títulos de propiedad de los inmuebles denunciados como parte integrante del acervo sucesorio en sus originales o copias debidamente certificadas por escribano, b) informe de dominio, y cédula catastral Ley 10.707 y su correspondiente certificación de valuación fiscal del año en curso , y c) inhibición y cesión respecto del causante en el que deberá  constar el mismo número de Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad expedida por Policía Federal o Libreta cívica o Libreta de Enrolamiento en su caso, que surge del certificado de defunción.-
En caso de existencia de automotores en el acervo sucesorio, al momento de la inscripción de la declaratoria de herederos deberá adjuntarse: a) título de propiedad, b) informe de libre prenda y gravamen, c) valuación del año en curso o cotización de la aseguradora o valor de mercado, el que podrá ser acreditado con recorte de diario o revista especializada.-
Previo al dictado del auto de inscripción de la declaratoria de herederos y/o testamento, a los efectos del cumplimiento del impuesto a la transferencia gratuita de bienes, acredítese la presentación de la declaración jurada patrimonial y en su caso, su efectivo pago mediante formularios de rigor(ley 10.397, según texto ordenado y r 90/10 Arba.).-
en la etapa de inscripción de los bienes componentes del acervo hereditario deberán cumplirse los siguientes requisitos: 
a) pago de la tasa de justicia en los términos de la Ley 23.898 con la agregación de la valuación fiscal actualizada al momento de pedir la inscripción; 
b) agregación de certificados de dominio y gravámenes del inmueble o mueble registrable cuya inscripción se pretenda y de inhibiciones del causante, 
c) realizar, en caso de corresponder, la manifestación dispuesta por el art. 5° de la Ley 22.427; y 
d) denunciar los datos impositivos de los herederos declarados (conf. art. 4, Ley 25.345; Dec. 1.108/98; RG. AFIP. 348/99; TR. RPI. 4/98 y 1/99)
PCIA. BS. AS.	
C.A.B.A.
Se acompañan los testimonios y oficios respectivos en el token y se firman para su posterior inscripción donde corresponda
Se acompañan los testimonios y/u oficios respectivos a confronte, para su posterior firma
Una vez firmados y retirados del expediente, se inscriben donde corresponde
Sucesiones testamentarias
Sucesiones testamentarias
En el caso de las sucesiones testamentarias, la primera etapa resulta coincidente con la de los trámites previos al dictado de la declaratoria de herederos en las sucesiones ab intestato, pero adicionándole los trámites necesarios para la aprobación formal del testamento (prueba caligráfica y testigos en aquellas jurisdicciones que aún se admiten en forma conjunta con la prueba caligráfica).
La segunda etapa es idéntica a la prevista para las declaratorias de herederos, pero con la diferencia de que aquí se dicta un auto donde se aprueba formalmente el testamento (no en relación a su contenido sino en cuanto a sus formalidades para ser considerado tal).
La tercera etapa es la partición de los bienes, que es idéntica a la prevista para las sucesiones ab intestato o intestadas.
Sucesiones vacantes 
Sucesiones vacantes
En el caso de las sucesiones vacantes se cumple el mismo régimen que en las restantes pero su promoción nace, siendo su primera etapa, por la denuncia que se efectúa ante el órgano estatal pertinente o bien por inicio promocionado por el representante del estado correspondiente.
Luego se efectúa el libramiento de los pertinentes oficios y edictos, formando esta parte los trámites previos al dictado del auto de vacancia, debiendo conjuntamente designarse un curador a los bienes relictos.
La segunda etapa está constituida por la declaración del auto de vacancia y la entrega de la posesión de los bienes relictos al estado correspondiente con un curador definitivo hasta la realización de los actos de declaración de bienes, pago de las deudas, cumplimiento de legados si los hubiere y venta de los bienes remanentes para ingresar tales recursos a las arcas del estado respectivo, constituyendo la tercer y última etapa estos últimos trámites.
 ARCHIVO GENERAL DEL 
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN N° …………….. 
 
 
 
 
 
DECRETO LEY N° 3003 / 1956 
 
JUICIOS TESTAMENTARIOS, AB – INTESTATO O DE PROTOCOLIZACIÓN 
DE TESTAMENTO 
 
Señor Jefe: 
A los fines del Decreto - Ley N° 3003 / 56 comunico a Ud. haber iniciado un juicio con 
los siguientes datos: 
 
DEL CAUSANTE: 
Apellido ( en mayúsculas ): 
Nombres: 
Documento/s: 
Estado Civil: en nupcias 
Cónyuge: 
Padre: 
Madre: 
Fecha de fallecimiento: 
Lugar: 
Nacionalidad: 
Ultimo domicilio real: 
 
DEL JUICIO: 
Carácter: Fecha de iniciación: 
Juzgado Nacional: N°: Juez Dr.: 
Secretaria N°: Secretario Dr.: 
 
DEL SOLICITANTE: 
Nombre y apellido aclarados: 
Documento: 
Domicilio: 
Carácter en que se presenta: 
 Saludo al Sr. Jefe muy atentamente. 
 
 ……………………………………………… 
 FIRMA Y SELLO 
 
Recibo hoy,….... de .......... de 20 ........ 
 
 
 ……………………………………………… 
 JEFE 
 
 
NOTA: 1) El presente formulario debe ser presentado por duplicado y confeccionado a máquina. 
 2) En caso de que el juicio corresponda a dos o mas causantes , deberá presentarse un juego 
 de formularios por cada causante . 
 
 
Form. Nro. 11.004 
( Para visación Secret. actuaría ) 
 
 Sello y firma

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