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M16 U1 S4 CYGG - Universidad Abierta y a Distancia de
México
derecho penal (Universidad Abierta y a Distancia de México)
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México
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Universidad Abierta y a Distancia de México
División de Ciencias Sociales
Licenciatura en Derecho
Módulo 16
Práctica forense laboral
Grupo: DE-DEPFL-2201-M16-004
Maestro Esp. Maricela Patiño Pérez
Alumna Gómez Guzmán Cynthia Fabiola
Unidad 1
Procedimiento laboral
Sesión 4. 
Procedimiento laboral paraprocesal o voluntario
INTRODUCCIÓN
En el Módulo 16 Práctica forense laboral, unidad 1, sesión 4, hablaremos y analizaremos
en el procedimiento paraprocesal o también conocido como voluntario, este se transmita
conforme al mandato de la Ley y se requiere la intervención de la junta sin que esté
promovido jurisdiccionalmente conflicto alguno entre partes determinadas. 
Este procedimiento nace por la reforma laboral del 1 de mayo de 1980 y buscaba
solucionar conflictos, a través de la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje, por
las partes interesadas o una sola de ellas, por la naturaleza del asunto o petición, o por
disposición expresa de la Ley Laboral.
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Actividad 1. Promoción de procedimiento para procesal
Los procedimientos paraprocesales son conocidos por las Juntas de Conciliación y
Arbitraje (locales o federal), las cuales son facultadas para intervenir en actos y trámites de
naturaleza administrativa vigilando el cumplimiento de la ley laboral. Estos procedimientos
inician con la solicitud oral o escrita de la parte interesada, por lo que en esta actividad
redactarás un escrito de promoción sin responsabilidad para el patrón. 
1. Lee el texto de apoyo y los artículos señalados de la Ley Federal del Trabajo. 
2. Espera la consigna de tu docente en línea para la redacción de la promoción. 
La promoción debe ser realizada por el patrón por motivo que su empleado no haber
acudido a laborar, artículo 47 fracción X de la LFT
Es decir, realizar un aviso de rescisión por la rescisión de contrato individual de trabajo a su
empleado
Ustedes deben de inventar todos los datos 
Se pueden apoyar en el siguiente video:
https://www.youtube.com/watch?v=sQeGD35uRfA
FORMATO PARAPROCESAL 
EXPEDIENTE PARAPROCESAL No. 3520/2022 
MUEBLERIA RESÉNDIZ 
VS 
JORGE LOZANO MORALES
H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACION 
Y ARBITRAJE DE HERMOSILLO, SONORA
P R E S E N T E
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https://www.youtube.com/watch?v=sQeGD35uRfA
LIC. MARTÍN LEON RUÍZ, en mi carácter de apoderado legal de la MUEBLERIA
RESÉNDIZ, tal y como lo acredito con la Escritura Pública No. 985472 pasada ante la fe
del Notario Público No. 52 C. LIC. MIGUEL DÍAZ VAL, con ejercicio y residencia en
Hermosillo, Sonora, y que contiene la constitución de la persona moral que represento y de
la cual se desprenden mis facultades de representación de la misma, anexando copia
simple de dicha documental a efecto de que me sea devuelta la original una vez cotejada
por necesitarla para otros usos legales, señalando como domicilio para recibir toda clase
de notificaciones el Despacho ubicado en: Mirabella 415, Colonia Mirador, CP 25874, en
Hermosillo, Sonora. 
Con el debido respeto comparezco y expongo: 
 Que, en tiempo y forma, con fundamento en los artículos 982, 983, 991 y demás
relativos aplicables de la Ley Federal del Trabajo, vengo a promover procedimiento
PARAPROCESAL, para efecto de que, por conducto del Actuario de éste Tribunal, se haga
entrega y se notifique a la persona que enseguida se indica en el domicilio escrito
rescisorio que para tal efecto se acompaña, debiendo el C. Actuario levantar el acta
circunstanciada correspondiente: 
Trabajador a notificar: JORGE LOZANO MORALES, con domicilio en: central # 615
Colonia Sur, CP 25784, Hermosillo, Sonora.
 
H E C H O S:
1.- Debido a que, del cinco al ocho de enero pasado, no se presentó a laborar, lo cual
implico atraso en los pedidos, además de que no dio aviso a que faltaría. Cabe mencionar
que se levantó un reporte.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a esa H. junta pido: 
La rescisión de contrato individual de trabajo a su empleado, así como se me tenga por
presentado en los términos de este escrito, solicitando se notifique el Aviso al trabajador,
JORGE LOZANO MORALES para todos los efectos legales conducentes, de conformidad
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con la carta que se adjunta a la presente promoción, manifestando que la recisión fue con
fecha de: ocho de enero de 2022. 
HERMOSILLO, SONORA, 15 DE ENERO DE 2022. 
PROTESTO LO NECESARIO
LIC. MARTÍN LEON RUÍZ
MUEBLERIA RESÉNDIZ VS JORGE 
Los datos faltantes los pueden inventar, con ello me daré cuenta quién está copiando o
pasando tareas.
3. En un documento de texto, redacta la promoción considerando los siguientes elementos:
Motivo fundado de la rescisión del trabajador, acompañado del aviso correspondiente para
que la junta notifique la rescisión al trabajador. 
Describe la importancia de entregar el aviso de rescisión del trabajador a la junta.
De acuerdo con el antepenúltimo párrafo del artículo 47 de la LFT, el patrón deberá dar al
trabajador aviso por escrito de la fecha y causa o causas de la rescisión.
El aviso deberá hacerse del conocimiento del trabajador y, en caso de que éste se negare
a recibirlo, el patrón dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la rescisión, deberá
hacerlo del conocimiento de la JCA respectiva, proporcionando a ésta el domicilio que
tenga registrado y solicitando su notificaciónal trabajador.
La formalidad de dar aviso de rescisión al trabajador o a la JCA es de suma importancia, ya
que si el patrón no lo hace se considerará que el despido fue injustificado y, por tanto,
tendría que indemnizar al empleado.
Dada la importancia del aviso en comento, a continuación, se proporciona el formato que
puede utilizar al patrón para notificar la rescisión al trabajador, debiendo adecuarlo a sus
necesidades particulares.
Por qué se denomina despido justificado.
Un despido justificado será toda aquella desvinculación laboral a partir de una causal de
despido. En otras palabras, son todos aquellos motivos que contempla la Ley
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https://vlex.com.mx/vid/ley-federal-trabajo-42598672
https://vlex.com.mx/vid/ley-federal-trabajo-42598672
Federal de Trabajo por la que te pueden despedir. ... También está el despido
justificado que son responsabilidad del trabajador.
AVISO DE RESCISIÓN 
A la atención del 
C. JORGE LOZANO MORALES
P R E S E N T E. 
Por este medio, me dirijo a usted para informarle que, con base a lo establecido en la
Legislación Laboral Vigente, la cual otorga la facultad de rescindir la relación laboral por
motivos justificados, se ha tomado la decisión irrevocable de dar por terminado su contrato
individual de trabajo. Nos vemos obligados a tomar esta decisión con base a los siguientes
hechos ocurridos el día 8 de enero de 2022, los cuales se narran a continuación: 
No se presentó a laborar a su centro de trabajo, lo cual implico atraso en los pedidos,
además de que no dio aviso a que faltaría. Este hecho está tipificado como causa
justificada de despido, en los Artículos 46 y 47 fracciones II, III, VII, XIII y XV, de la Ley
Federal del Trabajo. 
Por lo que, de la manera más atenta, se le hace saber que a partir del día 9 de enero de
2022, se tendrá por terminada la relación laboral. Por lo cual, se solicita que en la misma
fecha se presente al lugar en donde ha presentado sus servicios para llevar a cabo el
proceso de liquidación conforme a la Ley. 
HERMOSILLO, SONORA, A 15 DE ENERO DE 2022
C. LIC. MARTÍN LEON RUÍZ
REPRESENTANTE LEGAL
En nombre y representación de
MUEBLERIA RESÉNDIZ 
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RECIBÍ ORIGINAL 
JORGE LOZANO MORALES
Credencial de elector número: 08658452354
Actividad 2. El acuerdo en el proceso
Ante la acreditación del interés legítimo y la entrega de los documentos requeridos en el
caso, la junta da seguimiento al procedimiento, asignándole un número de expediente. Con
base en el escrito elaborado en la actividad anterior, redactarás el acuerdo que le pueda
recaer al mismo. 
1. Espera el ejemplo de un acuerdo, que será proporcionado por tu docente en línea
2. Identifica la estructura de dicho ejemplo.
3. En un documento de texto, conforme al ejemplo, redacta el acuerdo que le pueda
recaer.
El acuerdo que deberán de redactar es en contestación al caso que elaboraron en la
actividad 1 de la presente sesión, acerca de la admisión de la rescisión de contrato
individual de trabajo a su empleado
NOTA: EL FORMATO LO ENCUENTRAN EN EL DOCUMENTO ADJUNTO páginas 141 al
147
 “RADICACIÓN DE PARAPROCESAL” 
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y 
ARBITRAJE DEL ESTADO DE SONORA. 
SECCIÓN: COLECTIVOS. 
EXPEDIENTE: PARAPROCESAL.
En 15 de enero del 2022, se da cuenta con número 2548541 recibido en esta H. Junta la
admisión de la rescisión de contrato individual de trabajo.
 CONSTE QUE, EN HERMOSILLO, SONORA, A 15 DE ENERO DEL 2022. 
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Con el escrito y anexos a que se refiere la razón de cuenta que antecede, fórmese el
expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno.- Como lo solicita el ocursante,
C. LIC. MARTÍN LEON RUÍZ; ahora bien, y una vez analizada dicha documental pública
esta H. Junta acuerda de conformidad la personalidad con que se ostenta el C. LIC.
MARTÍN LEON RUÍZ, como carácter de apoderado legal de la MUEBLERIA RESÉNDIZ,
tal y como lo acredito con la Escritura Pública No. 985472 pasada ante la fe del Notario
Público No. 52 C. LIC. MIGUEL DÍAZ VAL, lo anterior tiene su fundamento en el Artículo
692 de la Ley Federal del Trabajo, asimismo se le tiene por señalando como domicilio para
oír y recibir toda clase de Notificaciones el señalado en dicho escrito paraprocesal.- Por
otra parte y por razones que expresa y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 47
Penúltimo Párrafo y 991 y demás relativos y aplicables de la Ley que nos ocupa,
notifíquese al C. JORGE LOZANO MORALES, la terminación del contrato de trabajo que
tenía celebrado con MUEBLERIA RESÉNDIZ, por motivo de abandono de trabajo; córrase
traslado con el presente escrito al trabajador, en el entendido de que puede ser notificado
en el domicilio que viene proporcionando por el promovente el cual es el ubicado en
Mirabella 415, Colonia Mirador, CP 25874, en Hermosillo, Sonora..- Comisionándose desde
estos momentos al C. Actuario Notificador adscrito a esta H. Junta a fin de que lleve a cabo
dicha notificación, debiendo levantar acta circunstanciada de dicha diligencia.-
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.- Así lo acordó y firmó esta H. Junta por y ante la C.
Secretaría General de Asuntos Colectivos que autoriza y da fe.- DOY FE. - - - - En esta
misma fecha ocho de enero de dos mil veintidós (08 de enero de 2022), se publicó en lista
el acuerdo anterior. - CONSTE
Actividad Integradora. Diligencias de notificación
En el procedimiento paraprocesal, no basta hacer del conocimiento de la junta los motivos
de una rescisión de la relación laboral, ya que también es necesario ordenar su trámite y
turnar el expediente al actuario, para que se constituya al domicilio del trabajador, a fin de
notificar conforme al artículo 743 de la ley la rescisión y surta la notificación sus efectos
jurídicos.
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 Con base en el acuerdo que le recae al escrito de rescisión de la relación laboral
(elaborada en la actividad anterior), la junta le turnará el expediente al actuario, adjuntando
el acuerdo en donde se le ordena su constitución en el domicilio del trabajador para
notificar. 
Con el propósito de promover las diligencias de notificación al actuario e integrar los
productos elaborados en la sesión, realiza la siguiente actividad. 
El ejemplo de notificación paraprocesal se encuentra en archivo formato Word, en el
mismo apartado de planeación.
Debe de ir llenada en congruencia con el caso que elaboraron en la actividad 1 de la
presente sesión.
NOTA: EL FORMATO LO ENCUENTRAN EN EL DOCUMENTO ADJUNTO páginas
141 al 147
Indicaciones
 1. Consulta el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 743.- La primera notificación personal se hará de conformidad con las normas
siguientes: 
I. El actuario se cerciorará de que la persona que deba ser notificada, habita, trabaja o
tiene su domicilio en la casa o local, señalado en autos para hacer la notificación; 
II. Si está presente el interesado o su representante, el actuario notificará la resolución,
entregando copia de la misma 
III. Si no está presente el interesado o su representante, la notificación se hará a cualquier
persona mayor de edad que se encuentre en la casa o local; 
V. Si en la casa o local señalado para hacer la notificación se negare el interesado,su
representante o la persona con quien se entienda la diligencia a recibir la notificación, ésta
se hará por instructivo que se fijará en la puerta de la misma.
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 2. Redacta el aviso de rescisión y adjunta copia del auto de radicación.
JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y 
ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE SONORA
EXPEDIENTE: No. 3520/2022
PARAPROCESAL 
En la Ciudad de Hermosillo, Sonora a 20 de enero del 2022, se da cuenta con DEMANDA
PARAPROCESAL recibida en esta H. Junta el 15 de enero del 2022.
CONSTE, la demanda por despido justificado, EN LA CIUDAD DE Hermosillo, Sonora A 20
DE ENERO DEL 2022. Con el escrito y anexas a qué se refiere la razón de cuenta que
antecede, fórmese el expediente respectivo y regístrese en el libro de Gobierno,
EXPEDIENTE PARAPROCESAL No. 3520/2022, RECISIÓN DE CONTRATO LABORAL
cómo lo solicita el ocursante LIC. MARTÍN LEON RUÍZ, como carácter de apoderado legal
de la MUEBLERIA RESÉNDIZ, tal y como lo acredito con la Escritura Pública No. 985472
pasada ante la fe del Notario Público No. 52 C. LIC. MIGUEL DÍAZ VAL, con ejercicio y
residencia en La Ciudad de Hermosillo, Sonora, ahora bien una vez analizada dicha
documental pública esta H. Junta acuerda de conformidad la personalidad con que se
ostenta y con fundamento en el artículo 692 de la Ley Federal del trabajo, asimismo se le
tiene por señalado como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el señalado
en dicho escrito paraprocesal.- Por otra parte, por razones que expresa y con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 47 párrafo penúltimo, 991 y demás relativos y aplicables
de la ley que nos ocupa, notifíquese a la C. JORGE LOZANO MORALES la terminación
del contrato de trabajo que tenía celebrado con la empresa MUEBLERIA RESÉNDIZ, por la
rescisión de contrato; córrase traslado con el presente escrito al trabajador, en el entendido
de que puede ser notificado en el domicilio que viene proporcionado por el promovente el
cual es el ubicado en Mirabella 415, Colonia Mirador, CP 25874, en Hermosillo, Sonora. 
Comisionándose desde estos momentos al C. Actuario Notificador adscrito a esta H. Junta
a fin de que lleve a cabo dicha notificación, debiendo levantar acta circunstanciada de
dicha diligencia.
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NOTIFIQUESE PERSONALMENTE. Así lo acordó y firmó esta H. Junta por y ante el C.
Secretario General que autoriza y da fe. DOY FE. En la misma fecha 20 de enero del 2022,
se publicó en la lista el acuerdo anterior. – CONSTE
 
JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y
 ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA
EXPEDIENTE: No. 3520/2022
PARAPROCESAL 
En la Ciudad de Hermosillo, Sonora, Siendo las 12:25 horas del día 22 de enero del 2022,
el suscrito Actuario Notificador adscrito a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la
Ciudad de Hermosillo, Sonora se constituyó en el domicilio ubicado en Mirabella 415,
Colonia Mirador, CP 25874, en Hermosillo, Sonora, domicilio señalado en los autos del
expediente en que se actúa para notificar y emplazar a la parte demandada C. JORGE
LOZANO MORALES.- una vez cerciorado el suscrito de que efectivamente el domicilio
donde me encuentro constituido es el correcto y que en este lugar habita y tiene su
domicilio la parte demandada porque así consta en los documentos del expediente del área
de Recursos Humanos de la MUEBLERIA RESÉNDIZ y se identifica con credencial vigente
del INE, además, porque suscrito el actuario doy fe de que el lugar en que se actúa es el
domicilio correcto por las siguientes razones: concuerda con las características y numero
que proporcionó la parte promovente.- ACTO SEGUIDO procedo a dar cumplimiento al
auto de fecha 25 de Febrero de 2022 dictado por la Junta local de conciliación y arbitraje
de la Ciudad de Hermosillo, Sonora, entendiendo la presente diligencia con la persona de
nombre JORGE LOZANO MORALES identificado en los términos antes señalados, a
quien en este momento se le notifica el auto de fecha 25 de Febrero de 2022 corriéndole
traslado con copia debidamente autorizada del mismo, así como también copia cotejada
del escrito de demanda paraprocesal y del escrito de rescisión del contrato individual del
trabajo, haciendo de su conocimiento que con fundamento en lo dispuesto por el artículo
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991 y el penúltimo párrafo del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, la presente
notificación produce el efecto de rescindir la relación de trabajo que se tenía entre patrón y
trabajador, con lo anterior se da por terminada la presente diligencia a las 15:38 horas de la
fecha en que se actúa, firmando al margen y para constancia quienes en ella intervinieron y
así quisieron hacerlo.
CONCLUSIÓN
Como conclusión de esta actividad, entendimos que como hemos visto en los
procedimientos paraprocesales son conocidos por las Juntas de Conciliación y Arbitraje
(locales o federal), los cuales son facultades que intervienen en actos y trámites de
naturaleza administrativa vigilando el cumplimiento de la ley laboral. 
Estos procedimientos inician con la solicitud oral o escrita de la parte interesada, por lo que
en esta actividad redactarás un escrito de promoción sin responsabilidad para el patrón.
Con respecto al procedimiento paraprocesal, ante la acreditación del interés legítimo y la
entrega de los documentos requeridos en el caso, la junta da seguimiento al procedimiento,
asignándole un número de expediente.
Fuentes Bibliográficas:
Una DM. (2020). Texto de
Apoyo M12 U1 S2. 23 de
abril de 2020, de 
Universidad Abierta y a
Distancia de México Sitio
web: 
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https://cs.unadmexico.mx/cont
enidos/DCSA/MODULOS/DE/
M12_DERPP/U
1/S3/Descargables/DE_M12_
U1_S3_TA.pdf 
Una DM. (2020). Texto de
Apoyo M12 U1 S2. 23 de
abril de 2020, de 
Universidad Abierta y a
Distancia de México Sitio
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https://cs.unadmexico.mx/cont
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M12_DERPP/U
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1/S3/Descargables/DE_M12_
U1_S3_TA.pdf 
Una DM. (2020). Texto de
Apoyo M12 U1 S2. 23 de
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Universidad Abierta y a
Distancia de México Sitio
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Giménez L., (2008). La transparencia y los derechos laborales. México, Ed. IFAI
https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/3206-cuadernos-de-transparencia-12-la-
transparencia-y-los-derechos-laborales
KurczynP., (2007). Derecho laboral globalizado. México. Ed. UNAM.
https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/2425-derecho-laboral-globalizado
Descargado por Álvaro Pérez (alvaroperez1025@hotmail.com)
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https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/2425-derecho-laboral-globalizado
https://www.juridicas.unam.mx/investigador/perfil/mkurczyn
https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/3206-cuadernos-de-transparencia-12-la-transparencia-y-los-derechos-laborales
https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/3206-cuadernos-de-transparencia-12-la-transparencia-y-los-derechos-laborales
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https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5150/13.pdf
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5172/17.pdf