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VOZ UNIVERSITARIA - 44 - UNIDAD V: CRÉDITO PUBLICO A) Concepto: es la capacidad que tiene el Estado para endeudarse con el objeto de captar medios de financiamiento para realizar: Inversiones reproductivas; Atender casos de evidente necesidad nacional; Reestructurar su organización; Refinanciar sus pasivos, incluyendo los intereses respectivos. Prohíbe realizar operaciones de Crédito Público para financiar Gastos Operativos. Es el conj. de principios, normas (CN, reglamentaciones del BCRA, del Mrio. de Economía), organismos (BCRA, Banco Nación, Secretaría de Hac.) y procedimientos administrativos (¿cómo hago la captación? directamente o a través de una licitación) que interviene en las operaciones que realiza el Estado con el objeto de captar medios de fciamiento. Requiere: Que lo decrete el Congreso (autorizado por ley); Que el destino del crédito sea para urgencias de la Nación o para empresas de utilidad nacional. Es decir, que debe destinarse a inversión, no para consumo. La ley de presupuesto autoriza la toma del crédito en forma global determinando los montos, y a la vez también autoriza la toma del crédito para la Deuda Flotante de la Tesorería (prevé los intereses que ha de generar). El Sistema de Crédito Público surge a los efectos de administrar la Deuda contraída, fundamentalmente mediante la atención en tiempo y forma de los servicios de la deuda. Para la toma de crédito de 3º es imprescindible conocer el Mercado Fciero. Público y Privado para ver en qué condiciones prestan. Una vez que se obtiene el Crédito, se debe controlar que se haya destinado a su fin y que el pago de los Servicios de la Deuda se haga a su término. Elemento Jurídico: CN + LAF + LPresupuesto + LComplementaria (hace a la ejecución presupuestaria). Objetivos: Atender a la necesidad de Financiamiento que tiene el Estado; Administrar adecuadamente la deuda para ver si el Crédito tomado se ha destinado a la finalidad prevista. Mercado de Capital 2 aspectos: Sistema Bancario: normalmente son créditos de bajos montos. Mercado de tipo Institucional Bilateral: formado por 2 países, constituyen un fondo. Multilateral: compuesto por muchos socios. Órgano Rector Oficina Nacional de Crédito Público (ONCP) Tiene como misión asegurar una eficiente programación, utilización y control de los medios de financiamiento que se obtengan mediante operaciones de Crédito Púb. Competencia (art. 69): 1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política fciera.; 2. Organizar un sistema de información sobre el Mercado de Capitales de crédito; 3. Tramitar las solicitudes de autorización para iniciar operaciones de Crédito Púb.; 4. Organizar un sistema de apoyo y orientación a las negociaciones que se realizan para emitir empréstitos o contratar préstamos e intervenir en las mismas; 5. Fiscalizar que los mismos se apliquen a los fines específicos; 6. Mantener un registro actualizado sobre el endeudamiento público; 7. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del Servicio de la Deuda y supervisar su cumplimiento. El endeudamiento que resulte de las operaciones de crédito público se denominará Deuda Pública y puede originarse en (art. 57): 1. Emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo constitutivos de un empréstito; 2. Emisión y colocación de Letras del Tesoro, cuyo vencimiento supere el ejercicio fciero.; 3. Contratación de préstamos; 4. Contratación de obras, servicios o adquisiciones cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de más de un ejercicio fciero. posterior al vigente, siempre y cuando los conceptos que se fcien se hayan devengado anteriormente. 5. Otorgamiento de avales (la obligación del avalista es objetiva; garantiza el pago de la deuda y no a la persona del deudor, el acreedor acciona contra el principal deudor o el avalista indistintamente), fianzas VOZ UNIVERSITARIA - 45 - (se garantiza a la persona del deudor; el acreedor tiene que ejecutar 1º al deudor principal, y recién después al fiador) y garantías, cuyo vencimiento supere al periodo del ejercicio fciero.; 6. Consolidación, conversión y renegociación de otras deudas. No se considera Deuda Pública, la deuda del Tesoro ni las operaciones que se realizan en el marco del art. 82 de la LAF (Deuda Flotante). Prohibiciones: Las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de Crédito Púb. que no esté contemplada en la Ley de Presupuesto Gral. del año respectivo o en una Ley Específica (art. 60). La Ley de Presupuesto Gral. debe indicar, como mínimo, las siguientes características de la operación de Crédito Púb. Autorizada: Tipo de deuda, especificando si se trata de Interna o Externa; Monto máximo autorizado para la operación; Plazo mínimo de amortización; Destino del financiamiento. Ninguna entidad del SPN, podrá iniciar trámites para realizar operaciones de Crédito Púb. sin la autorización del Órgano Coordinador (Secretaría de Finanzas) Art. 59. Deuda Pública: es el endeudamiento que proviene de las operaciones de Crédito Público. Clasificación (art. 58): Directa: es aquella asumida por el Estado en calidad de deudor principal. Indirecta: es constituida por cualquier persona física o jurídica, pública o privada, distinta del Estado, pero que cuenta con su aval, fianza o garantía. Interna: es aquella contraída con personas físicas o jurídicas residentes o domiciliadas en el país y cuyo pago puede ser exigible dentro del territorio nacional. Externa: es aquella contraída con otro Estado u organismos internacionales o con cualquier otra persona física o jurídica sin residencia o domicilio en la República Argentina y cuyo pago puede ser exigible fuera de su territorio. Consolidada Flotante El Riesgo Crediticio: determina el spread (diferencia entre las condiciones normales y las que se proponen). Al evaluar el riesgo crediticio del Estado se tiene en cuenta: Solvencia del Estado; Nivel de crecimiento de la economía; Capacidad de repago del gobierno; Estabilidad política y económica; Capacidad de generar superávit comercial y fiscal; Administración de la deuda; Destino del financiamiento. Tiene que ver con el Riesgo País, que es un índice que pretende exteriorizar la evolución del riesgo que implica la inversión en instrumentos representativos de la deuda externa emitidos por gobiernos de países “emergentes”. Tal riesgo es el de no pago por parte de los gobiernos emisores de las sumas comprometidas (capital e intereses). El índice de riesgo para un país en si mismo no dice nada, solo adquiere relevancia al compararlo con el correspondiente a otro país, o al ver su evolución en el tiempo. Mide la Confiabilidad de un país para invertir en él. Es un índice calculado por distintas entidades fcieras., gralmente. calificadoras internacionales de riesgo. Las más conocidas son: Moody´s, Standad&Poor´s, y J.P. Morgan. Para su cálculo se analizan y clasifican los distintos países del mundo tomando en cuenta criterios como el riesgo político, la situación fciera., comportamiento de pago, potencial económico y entorno político. Con respecto al potencial de los mercados, se analiza el tamaño de mercado, el poder adquisitivo de la población, el potencial de desarrollo económico y el nivel de las infraestructuras. A través de estos análisis, los expertos le pueden asesorar sobre los mercados de todo el mundo para que pueda orientar la estrategia de inversión. Categorías: A1 – La situación política y económica muy estable influye de forma favorable en el comportamiento de pago de las empresas, por lo gral., bueno. La probabilidad de impago es muy poca. A2 – La probabilidad de impago sigue siendo escasa, aunque el entorno económico y político del paíso el comportamiento de pago de las empresas del país sea algo peor que en los países con calificación A1. A3 – El comportamiento de pago, en gral. no tan bueno como en las categorías anteriores, podría verse afectado por una modificación del entorno económico y político del país, incluso si la probabilidad de que esto llevara a un impago siga siendo poco elevada. VOZ UNIVERSITARIA - 46 - A4 – El comportamiento de pago, a menudo bastante medio, podría además quedar afectado por un entorno económico y político que podría deteriorarse. La probabilidad de que esto lleve a un impago es aceptable. B – Un entorno económico y político inseguro es susceptible de afectar a los comportamientos de pago, con frecuencia directo al fracaso. C – El entorno económico y político del país, muy inseguro, podría deteriorar un comportamiento de pago, ya normalmente bastante malo. D – El entorno económico y político del país presenta un riesgo muy elevado, que agravará los comportamientos de pago, en general deplorable. Índice Puntos Básicos: Este índice compara cuánto mayor es la TIR de un bono de largo plazo emitido por un gobierno dado respecto de la TIR de los bonos del Tesoro de los EE.UU. a 30 años. Normalmente, no se expresa al riesgo país como un porcentaje, sino en una forma llamada “puntos básicos”: no es otra cosa que multiplicar al porcentaje por 100. Característica Gral. de los Títulos Públicos Bonos Cupón Cero o Bonos Patrióticos: es de corto plazo; no pagan intereses en forma periódica sino que se devuelve el capital más los intereses ganados al vencimiento del plazo, en forma conjunta. Bonos Bullet: son más comunes; se caracterizan por pagar cupones de renta periódica (interés); el capital se amortiza al vencimiento, en un solo pago. Bonos con Reembolso Periódico: se pagan periódicamente los servicios de la deuda. Valor Nominal: es el valor principal, es la cantidad que el emisor se compromete a devolver al Inversor a la fecha de vencimiento. Valor al cual se ha emitido. Periodo de Gracia: periodo en el cual no se amortiza el capital. Cupones: se utiliza para amortizar capital e intereses. Valor Residual: Valor Nominal – Amortización (capital no amortizado). Valor Técnico: Valor Residual + Intereses Devengados. Títulos Escriturales: están registrados en la caja de Valores del BCRA. Organismos Internacionales Grupos de países que conforman una institución fciera. que conceden préstamos a los países miembros, con el objeto no solo de fomentar su desarrollo sino también de resolver problemas circunstanciales (desequilibrios en balanza de pagos, etc.). Todos los organismos que integran el Sistema de Crédito Público deben estar en contacto permanente con los mercados de capitales y con los organismos internacionales de Crédito. Éstos pueden ser globales como el Banco Mundial y el FMI o regionales como el BID. Ser país miembro significa, además del dº de obtener préstamos, el dº de gozar de ciertos beneficios tales como asistencia técnica, créditos blandos (créditos que cobran poco interés o en plazos más largos), y tener representante en la Junta de Gobernadores. Entre los más importantes se encuentran el FMI, el BID y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF). El FMI se ocupa básicamente de asuntos monetarios y; el BIRF o Banco Mundial fomenta el desarrollo económico. Los bancos comerciales, en gral., al otorgar préstamos estudian la situación macroeconómica del país deudor, mientras que el FMI y el BID exigen que el proyecto que se financia sea de importancia vital para el desarrollo del país y que existan garantías de que el mismo se realice. Son otorgados para proyectos específicos, como escuelas, carreteras, reforma del Estado, etc. Los organismos pueden ser: Multilaterales: la Nación forma parte de ellos. Ej.: BID, BIRF, FMI. Bilaterales: los créditos se canalizan a través de agencias de exportaciones como el Eximbank. Es de país a país. Estas instituciones realizan las propuestas, que básicamente contienen: Tasa de interés; Plazo de amortización; Moneda de la operación; Garantías; Condicionamientos. Estas condiciones están determinadas por el riesgo crediticio. Los mercados fcieros. tratan de proveer liquidez. Parten del supuesto de la existencia de unidades superavitarias dispuestas a hacer préstamos y de unidades deficitarias que buscan fondos para tomar prestado. Mercados que fcian. a Corto Plazo Mercados Fcieros. por medio de Instituciones Fcieras. (bancos, fcieras., mutuales, cooperativas de crédito) VOZ UNIVERSITARIA - 47 - Mercados que fcian. a Mediano y Largo Plazo Mercado de Capitales por intermedio de las Bolsas o Mercados de Valores. Según el lugar donde se negocien Bienes (Bolsa de Cereales) Instrumentos Fcieros. (Bolsa de Valores) Titulos o Bonos (instrumen. de deuda) Acciones Deuda Externa (art. 61) Si las operaciones de Crédito originan una Deuda Púb. Externa, antes de formalizarse el acto, el BCRA deberá emitir opinión sobre su impacto en la Balanza de Pagos. B) Características de las Operaciones de Crédito Público: Monto de la Deuda; Tipo de la Deuda; Plazos de Deuda; Destino de la Deuda. Título Público: Fecha de emisión; Plazo; Nombre del título y del año; Monto autorizado; Monto colocado; Rescate anticipado. Servicios de la Deuda (art. 70) Amortización del Capital Intereses, comisiones y otros cargos que eventualmente puedan haberse convenido en la operación. Los presupuestos de las entidades del Sector Público deberán formularse previendo los créditos necesarios para atender el servicio de la deuda. El PEN podrá debitar de las cuentas bancarias de las entidades que no cumplan en término el servicio de la deuda pública, el monto de dicho servicio y efectuarlo directamente. Art. 71: Se exceptúan las operaciones de Crédito Púb. que realice el BCRA con instituciones fcieras. Internacionales para garantizar la estabilidad monetaria y cambiaria. El PE podrá realizar operaciones de Crédito para reestructurar la Deuda Púb. mediante su consolidación y conversión o renegociación si y solo si se obtiene el mejoramiento de montos, plazos y/o intereses originales (art. 60). La reestructuración de la Deuda puede efectuarse en forma directa o indirecta: Directa: es aquella que se realiza con el mismo acreedor y tiene como consecuencia la extinción de la deuda preexistente en el mismo acto en que se contrae la nueva deuda. Ej.: la conversión de deuda consistente en cambiar uno o más títulos, por otro u otros nuevos representativos del mismo capital adeudado, modificándose el plazo y demás condiciones fcieras. de su servicio. Consolidación: es la transformación de la deuda (gralmente. interna y de Corto Plazo) en deuda instrumentada a mayor plazo. Gralmente. se hace a través del canje de deuda por títulos públicos. Renegociación: consiste en convenir con el acreedor la modificación de los plazos, intereses y otras condiciones instrumentadas en la modificación del convenio o en un nuevo contrato. Indirecta: es la que se realiza con acreedores diferentes a través del mercado y en momentos distintos, emitiendo nueva deuda y comprando deuda preexistente. C) Operaciones de crédito y su relación con el Presupuesto Por las operaciones de Crédito Púb., contraídas en el marco del Art. 60, el PEN queda habilitado para incorporar en el Presupuesto Gral. de Gastos y Cálculo de Recursos (FUTUROS) los créditos presupuestarios necesarios, que posibiliten afrontar los vencimientos de los Servicios de la Deuda Pública: Intereses, y Amortización. Con la finalidad de concretar tal propósito, el Órgano Rector del Sistema de Crédito Púb. (ONCP) debe informar al Órgano Rector del Sistema de Presupuesto (ONP) las cifras necesarias en cada uno de los Ejercicios Fiscales.Consecuentemente, el Uso del Crédito Púb. implica una carga para las generaciones futuras.
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