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CARNERO, Silvina A. PROCESO DE SALVATAJE Facultad Derecho UNMDP Año 2020 Regulación legal, Antecedentes y reformas FINALIDAD Conservación de la empresa Evitar la quiebra Cambia elenco societario pero no hay novación subjetiva Deudor compite con tercero Desapoderamiento atenuado en beneficio de terceros Formulación de un acuerdo a los acreedores ( obligación eventual) y adquisición del paquete accionario por el valor patrimonial fijado en el concurso ( obligación cierta) Socios reciben un mayor valor que por liquidación coactiva Mejor en el tiempo mejor en el derecho -Incorporado por ley 24522 año 1995 Ley 25563 derogado temporalmente Reincorporado por ley 25.589 Ley 26684 incorpora art. 48 bis y se permite al deudor participar -Antecedentes Brankupcty Code EEUU -Régimen constitucional?? 2 TRÁMITE Vencimiento periodo exclusividad sin conformidades (con propuesta de agrupamiento o propuesta única) Impugnación del acuerdo art. 51 Concurso de agrupamiento SUJETOS Sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones, sociedades cooperativas, y aquellas sociedades en que el Estado nacional, provincial o municipal sea parte, con exclusión de las personas reguladas por las leyes 20.091, 20.321, 24.241 y las excluidas por leyes especiales ( ley 25.750) PROCESO Gran concurso ( a contrario art. 289): Pasivo de más de 300 salarios mínimos vitales y móviles; más de veinte 20) acreedores quirografarios. y más de veinte (20) trabajadores en relación de dependencia PRESUPUESTOS Art. 5º — artículo 48 de la Ley Nº 24.522...no regirán para los medios de comunicación enumerados en el artículo 3º -PEDRO Y JOSÉ MARTÍN S.A. -Año 1996 (3er. JPConc. Mendoza)- -JOSÉ MINETTI CIA. Ltda. S.A.- Año 1997 (Cám. Com. 7 Córdoba) -CORREO ARGENTINO S.A., CNCom, año 2019 -CONFITERIAS BOSTON ( Juzgado nro.9 MDP año 2020) ANTECEDENTES JURISPRUDENCIALES http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-correo-argentino-concurso-preventivo-fa19000123-2019-06-24/123456789-321-0009-1ots-eupmocsollaf 4 VENCIMIENTO PERIODO EXCLUSIVIDAD SIN CONFORMIDADES o IMPUGNACIÓN del ACUERDO 2 DÍAS APERTURA REGISTRO POR CINCO DÍAS MONTO PARA PAGO DE EDICTOS NO HAY INSCRIPTOS INSCRIPTOS Deudor no se inscribe ( Terceros, acreedores, cooperativa de trabajo, incluso en QUIEBRA formación) con DEPÓSITO PARA EDICTOS DESIGNACIÓN DE EVALUADOR ( art. 262) SORTEO Bancos de Inversión, Entidades Financieras autorizadas por el BCRA y Estudios auditoría 10 años antiguedad TRÁMITE 30 días de aceptado cargo a) El informe del artículo 39, incisos 2 y,3. Dato para que acreedores tengan en cuenta valor en caso de quiebra futura b) Altas, bajas y modificaciones sustanciales de los activos c) Incidencia de los pasivos postconcursales ( Para evaluar incidencia sobre precio, no porque deban ser asumidos) VALOR REAL DEL MERCADO entendido como VALOR INTRÍNSECO ( activos físicos y tecnológicos incluso intangibles; ganancias futuras esperadas; política futura de dividendos; crecimiento esperado de la firma en el sector) Observaciones en cinco días VALUACIÓN DE LA EMPRESA 6 La valuación Observaciones Pasivo adicional estimado para gastos del concurso equivalente al cuatro por ciento (4%) del activo Fijación del valor de las cuotas o acciones representativas del capital social de la concursada Fijación del plazo para negociar y fecha de audiencia informativa RESOLUCIÓN INAPELABLE VALUACIÓN DE LA EMPRESA 20 días hab. de fijación de valor de la empresa PROPUESTAS DE ACUERDOS Inscriptos en el registro habilitados para presentar propuestas de acuerdo a los acreedores Misma clasificación del Período de exclusividad o modificación Deudor recobra posibilidad de procurar adhesiones a su anterior propuesta o a nuevas que formule SIN PREFERENCIA CONFORMIDADES A UNA O VARIAS PROPUESTAS ACREEDORES VERIFICADOS Y DECLARADOS ADMISIBLES QUIROGRAFARIOS MAYORÍAS ART. 45 LCyQ NEGOCIACIÓN 8 I “11) 5 días antes del vencimiento del plazo para negociar Audiencia informativa Exteriorización de la propuesta Última modificación CONFORMIDADES (texto y firma certificada) FALTA DE CONFORMIDADES CONCURSADO TERCEROS QUIEBRA Existencia acuerdo Art. 49 Homologación Art. 52 y regulación de honorarios ( art. 265 y 266) NEGOCIACIÓN ADQUISICIÓN POR TERCERO VALUACIÓN NEGATIVA Adquisición del paquete accionario a la homologación Asunción del pasivo en los términos del acuerdo VALUACIÓN POSITIVA (Pago del precio a socios) Valor presente = Valuación reducido en mismo % que el pasivo (con dictamen evaluador) Tasa de interés contractual de los créditos,} Tasa de interés vigente en el mercado argentino y en el mercado internacional si correspondiera Posición relativa de riesgo de la empresa concursada Situación específica RESOLUCIÓN INAPELABLE 10 PAGO y DEPOSITO 25% GARANTÍA Y A CUENTA DE PRECIO SALDO CON HOMOLOGACIÓN HOMOLOGACIÓN -HONORARIOS 10 DÍAS Pago saldo TRANSFERENCIA TITULARIDAD ADQUISICIÓN POR TERCERO 20 días HJ ACUERDO POR PAGO DE PARTICIPACIÓN POR VALOR INFERIOR A FIJADO POR EL JUEZ CONFORMIDAD Socios o accionistas que representen las ⅔ partes del capital social de la concursada Comunicación de conformidades Depósito judicial y/o pago del saldo TRANSFERENCIA TITULARIDAD SUPUESTOS DE QUIEBRA FALTA DE INCRIPTOS EN EL REGISTRO (inc.2) FALTA DE CONFORMIDADES ( inc. 4) FALTA DE ACUERDO o de HOMOLOGACIÓN POR PAGO DE PRECIO (inc. 8) FALTA DE DEPÓSITO DEL 25% DEL PRECIO ( art. 53) 12 ADQUISICIÓN POR LA COOPERATIVA o en FORMACIÓN CRÉDITOS Síndico practica liquidación de créditos de los trabajadores inscriptos ACUERDO La cooperativa asumirá todas las obligaciones que surjan de las conformidades Banco de la Nación Argentina y la Administración Federal de Ingresos Públicos, como acreedores , deberán otorgar las respectivas conformidades y las facilidades de refinanciación de deudas en las condiciones más favorables vigentes Queda exceptuada la cooperativa de trabajadores de efectuar el depósito del veinticinco por ciento (25%) del valor de la oferta prevista en el punto i), inciso 7 del artículo 48 y, por el plazo que determine la autoridad de aplicación de la ley 20.337, del depósito del cinco por ciento (5%) del capital suscripto previsto en el artículo 90 de la ley 20.337 INSCRIPCIÓN El juez fija plazo para la inscripción definitiva de la cooperativa.Autoridad de aplicación dará primera prioridad al trámite de la misma debiéndose concluir dentro de los diez (10) días hábiles HOMOLOGACIÓN Importa la disolución del contrato de trabajo y los créditos laborales se transferirán a favor de la cooperativa de trabajo como cuotas de capital social I CUESTIONES A CONSIDERAR Poderes discrecionales del Juez PUBLICACIÓN DE EDICTOS PLAZO PARA HACER PÚBLICA PROPUESTA CARÁCTERISTICAS DE LA CONFORMIDAD PAUTAS PARA LA VALORACIÓN DE LA EMPRESA EN MARCHA EXCLUSIÓN DE SUJETOS VENTAJAS A COOPERATIVAS PORCENTAJE DE REDUCCIÓN DE PASIVO SE TOMA SOLAMENTE EL QUIROGRAFARIO, PASIVOS POSCONCURSALES 14
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