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INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE RECONOCEN LOS DERECHOS DE LAS MUJERES

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UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA 
FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DE LA SALUD 
CARRERA DE GESTIÓN SOCIAL Y DESARROLLO 
 
PARALELO: 
GESTIÓN SOCIAL Y DESARROLLO 4/1 
 
ASIGNATURA: 
DERECHOS HUMANOS 
 
TEMA: 
INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE RECONOCEN LOS DERECHOS DE LAS 
MUJERES 
 
AUTOR: 
Anchundia Salazar Ángel Ramón 
 
DOCENTE: 
Dra. Sandra Andino Espinoza, Mgt. 
 
 
 
LA LIBERTAD 
Julio, 2021 
 
 
 
Introducción 
Al referirnos a los derechos humanos hablamos del patrimonio inalienable de la 
humanidad. Los derechos que poseemos como ciudadanos son el resultado de años de 
lucha de miles de hombres y mujeres, pero que injusticia que en el mundo globalizado de 
hoy aún se vulneren los derechos humanos con más incidencias los de las mujeres. 
Gracias a la ardua lucha de miles de mujeres de todo el mundo se ha logrado que sus 
derechos sean reconocidos en instrumentos jurídicos como declaraciones, convenciones, 
conferencias, pactos, etc. En este trabajo se analizará los principales instrumentos 
jurídicos que reconocen los derechos de las mujeres a nivel mundial (Convención sobre 
la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer), a nivel regional 
(Convención Interamericana para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra la 
mujer) y a nivel local (Agenda Nacional de las Mujeres y las personas LGBTI 2018 - 
2021). 
Desarrollo 
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 
según UNICEF (2011) es “un documento internacional que enumera los derechos de 
todas las niñas y mujeres” y para ONU Mujeres (2016) es “el instrumento internacional 
vinculante más amplio y progresista sobre los derechos humanos de todas las mujeres y 
niñas”. Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 
1979 e instituido el 3 de septiembre de 1981. Contiene 30 artículos, “estos artículos 
explican cuáles son los derechos de las niñas y mujeres y lo que los gobiernos deben hacer 
para acabar la discriminación contra ellas” (UNICEF, 2011). Ratificado por 189 estados 
en los que “…se comprometen, a consumarla llevando a cabo una serie de medidas a nivel 
interno para eliminar las violaciones de derechos humanos contra las mujeres” 
(Observatorio Ciudadano de los derechos de las mujeres, 2021). 
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra 
la Mujer según la OEA (2014) “fue el primer tratado vinculante en el mundo en reconocer 
que la violencia contra las mujeres constituye una violación sancionable de derechos 
humanos”. La Convención fue creada por la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) 
de la OEA y adoptada el 9 de junio de 1994. Contiene 25 artículos y fue ratificada por 32 
de los 35 estados miembros de la OEA en los que “…condenan todas las formas de 
violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin 
dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia…” 
(OEA, 1994). 
La Agenda Nacional de las Mujeres y las personas LGBTI 2018 – 2021 “…es un 
instrumento mandatorio de la planificación nacional y se alinea al Plan Nacional de 
Desarrollo 2017-2021, se convierte en la estrategia macro para transversalizar el principio 
de igualdad y no discriminación en razón de género…” (UNESCO, 2021). La agenda fue 
creada por el Consejo Nacional de Igualdad de Género. Contiene 3 ejes: Eje 1. Autonomía 
y cultura de paz (Una vida libre de violencia; Educación y conocimiento; Salud, derechos 
sexuales y reproductivos; Deportes y recreación), Eje 2. Sostenibilidad de la vida 
(Cuidado humano, reproductivo y sostenibilidad de la vida; Producción y empleo; 
https://es.wikipedia.org/wiki/Comisi%C3%B3n_Interamericana_de_Mujeres
 
Ambiente), Eje 3. Liderazgo y transformación de patrones socio culturales (Participación 
y toma de decisiones; Cultura, comunicación y arte). Para cada uno de ellos presenta 
diagnóstico, avance de las políticas, actores involucrados, y políticas y acciones. 
Conclusiones 
Los derechos humanos no distinguen sexo, estos son derechos y libertades que tenemos 
todas las personas por el mero hecho de existir, por lo cual se debe hacer cumplir los 
derechos humanos de todos los grupos de sociales. Los derechos humanos de las mujeres 
que contemplamos hoy en día en distintos instrumentos internacionales son el resultado 
de muchos años de ardua lucha de miles de mujeres alrededor del mundo, y aun la lucha 
sigue porque no en todo el mundo se respetan y se hacen cumplir los derechos de las 
mujeres. También es obligación de los estados el buscar los medios necesarios para hacer 
cumplir lo que está establecido en los diferentes instrumentos que protegen los derechos 
de las mujeres; la erradicación de la violencia contra la mujer es un trabajo en conjunto 
entre el estado y la ciudadanía organizada. El fin de la violencia contra la mujer no es un 
camino sin fin es una realidad estratégica. 
Bibliografía 
Observatorio Ciudadano de los derechos de las mujeres. (2021). Cátedra UNESCO de 
Derechos Humanos de la UNAM. Obtenido de 
https://catedraunescodh.unam.mx/catedra/mujeres3/CEDAW2/index2b9e.html?
option=com_content&view=article&id=1&Itemid=2 
OEA. (1994). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la 
violencia contra la mujer. Belén do para: OEA. 
OEA. (2014). Guía para la aplicación de la Convención Interamericana para Prevenir, 
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do 
Pará). Washington, DC: OEA. 
ONU Mujeres. (2016). La CEDAW, Convención sobre los Derechos de las mujeres. 
México: ONU Mujeres. 
UNESCO. (2021). Sistema de información de tendencias educativas en América Latina. 
Obtenido de https://siteal.iiep.unesco.org/bdnp/3019/agenda-nacional-mujeres-
personas-lgbti-2018-2021 
UNICEF. (2011). Breve reseña de la Convención sobre la eliminación de todas las 
formas de discriminación contra la mujer. New York: UNICEF. 
 
 
 
 
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