Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DE LA SALUD CARRERA DE GESTIÓN SOCIAL Y DESARROLLO PARALELO: GESTIÓN SOCIAL Y DESARROLLO 4/1 ASIGNATURA: DERECHOS HUMANOS TEMA: INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE RECONOCEN LOS DERECHOS DE LAS MUJERES AUTOR: Anchundia Salazar Ángel Ramón DOCENTE: Dra. Sandra Andino Espinoza, Mgt. LA LIBERTAD Julio, 2021 Introducción Al referirnos a los derechos humanos hablamos del patrimonio inalienable de la humanidad. Los derechos que poseemos como ciudadanos son el resultado de años de lucha de miles de hombres y mujeres, pero que injusticia que en el mundo globalizado de hoy aún se vulneren los derechos humanos con más incidencias los de las mujeres. Gracias a la ardua lucha de miles de mujeres de todo el mundo se ha logrado que sus derechos sean reconocidos en instrumentos jurídicos como declaraciones, convenciones, conferencias, pactos, etc. En este trabajo se analizará los principales instrumentos jurídicos que reconocen los derechos de las mujeres a nivel mundial (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer), a nivel regional (Convención Interamericana para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra la mujer) y a nivel local (Agenda Nacional de las Mujeres y las personas LGBTI 2018 - 2021). Desarrollo La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer según UNICEF (2011) es “un documento internacional que enumera los derechos de todas las niñas y mujeres” y para ONU Mujeres (2016) es “el instrumento internacional vinculante más amplio y progresista sobre los derechos humanos de todas las mujeres y niñas”. Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 e instituido el 3 de septiembre de 1981. Contiene 30 artículos, “estos artículos explican cuáles son los derechos de las niñas y mujeres y lo que los gobiernos deben hacer para acabar la discriminación contra ellas” (UNICEF, 2011). Ratificado por 189 estados en los que “…se comprometen, a consumarla llevando a cabo una serie de medidas a nivel interno para eliminar las violaciones de derechos humanos contra las mujeres” (Observatorio Ciudadano de los derechos de las mujeres, 2021). La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer según la OEA (2014) “fue el primer tratado vinculante en el mundo en reconocer que la violencia contra las mujeres constituye una violación sancionable de derechos humanos”. La Convención fue creada por la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) de la OEA y adoptada el 9 de junio de 1994. Contiene 25 artículos y fue ratificada por 32 de los 35 estados miembros de la OEA en los que “…condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia…” (OEA, 1994). La Agenda Nacional de las Mujeres y las personas LGBTI 2018 – 2021 “…es un instrumento mandatorio de la planificación nacional y se alinea al Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021, se convierte en la estrategia macro para transversalizar el principio de igualdad y no discriminación en razón de género…” (UNESCO, 2021). La agenda fue creada por el Consejo Nacional de Igualdad de Género. Contiene 3 ejes: Eje 1. Autonomía y cultura de paz (Una vida libre de violencia; Educación y conocimiento; Salud, derechos sexuales y reproductivos; Deportes y recreación), Eje 2. Sostenibilidad de la vida (Cuidado humano, reproductivo y sostenibilidad de la vida; Producción y empleo; https://es.wikipedia.org/wiki/Comisi%C3%B3n_Interamericana_de_Mujeres Ambiente), Eje 3. Liderazgo y transformación de patrones socio culturales (Participación y toma de decisiones; Cultura, comunicación y arte). Para cada uno de ellos presenta diagnóstico, avance de las políticas, actores involucrados, y políticas y acciones. Conclusiones Los derechos humanos no distinguen sexo, estos son derechos y libertades que tenemos todas las personas por el mero hecho de existir, por lo cual se debe hacer cumplir los derechos humanos de todos los grupos de sociales. Los derechos humanos de las mujeres que contemplamos hoy en día en distintos instrumentos internacionales son el resultado de muchos años de ardua lucha de miles de mujeres alrededor del mundo, y aun la lucha sigue porque no en todo el mundo se respetan y se hacen cumplir los derechos de las mujeres. También es obligación de los estados el buscar los medios necesarios para hacer cumplir lo que está establecido en los diferentes instrumentos que protegen los derechos de las mujeres; la erradicación de la violencia contra la mujer es un trabajo en conjunto entre el estado y la ciudadanía organizada. El fin de la violencia contra la mujer no es un camino sin fin es una realidad estratégica. Bibliografía Observatorio Ciudadano de los derechos de las mujeres. (2021). Cátedra UNESCO de Derechos Humanos de la UNAM. Obtenido de https://catedraunescodh.unam.mx/catedra/mujeres3/CEDAW2/index2b9e.html? option=com_content&view=article&id=1&Itemid=2 OEA. (1994). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Belén do para: OEA. OEA. (2014). Guía para la aplicación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). Washington, DC: OEA. ONU Mujeres. (2016). La CEDAW, Convención sobre los Derechos de las mujeres. México: ONU Mujeres. UNESCO. (2021). Sistema de información de tendencias educativas en América Latina. Obtenido de https://siteal.iiep.unesco.org/bdnp/3019/agenda-nacional-mujeres- personas-lgbti-2018-2021 UNICEF. (2011). Breve reseña de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. New York: UNICEF. Bibliografía
Compartir