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CUARTA PARTE La restitución para la identidad Apuntes teóricos CAPÍTULO I El derecho a la identidad por Laura Conte Septiembre de 1995 La dignidad intrínseca de los niños y sus derechos, iguales e inalienables como los de todos los miembros de la familia humana, han sido legislados a partir de la Convención de los Derechos del Niño de 1989 por los países miembros, entre los cuales está la Argentina. En el artículo 8 los Estados se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos su nombre, nacionalidad y relaciones familiares. Es decir, a desarrollarse y crecer en la libertad de ser ellos mismos en su propio entorno familiar y social. A partir de estos conceptos y elementos que configuran el punto de vista jurídico de la ley, vamos a hacer una aproximación desde el conocimiento psicológico, ya que la constitución de una identidad integrada es condición de salud. Nuestra participación en el campo de la salud tiene como perspectiva y se fundamenta en la vigencia de los dd.hh. Trabajamos clínicamente con personas directamente afectadas por el terrorismo de Estado. Es decir, que atravesaron situaciones límites de dolor psíquico. Estas situaciones se caracterizan por el monto insoportable de violencia que irrumpe en el psiquismo siendo difícil para el aparato psíquico su recomposición, es decir, el acceso a simbolizarlas, darles sentido, metabolizarlas. En las situaciones límites es tocada la mismidad, por lo que es frecuente la vivencia de extrañamiento. Los pacientes lo exteriorizan como: «sensación de ser otro», «antes y después de», lo que expresa la vivencia de fractura de la identidad. Cada subjetividad recurre a modos propios de defensa y de recomposición subjetiva y estos modos están relacionados con su historia, con su estructura previa, con el contexto socio-político cultural. En el abordaje a la violencia represiva y sus efectos, que tiene por víctimas a niños y adolescentes, es muy evidente el entrecruzamiento de la realidad social y el destino subjetivo. El terror inscribe una experiencia de espanto que requiere un trabajo de elaboración muy largo, difícil y doloroso. Y la impunidad -y el sistema que la sostiene- impide dar respuestas urgentes, eficaces y reparatorias desde rigurosos criterios de justicia y de salud. La impunidad dificulta cualquier movimiento en relación a la recuperación de la subjetividad, puesto que desestima toda lógica jurídica: 1ero.: los asesinos sueltos, 2do.: la apropiación otorga paternidad, 3ero.: la mentira engendra derechos. Y desestima, también, toda lógica de la salud, al mantener, desde la mentira y la perversión, la fractura de la identidad. -(Algo está ocurriendo en nuestra sociedad para que algunos jueces dictaminen todavía con los valores del proceso y cueste tanto aún para la sociedad hacer suyo el espíritu de la Convención...) -La identidad de un niño se plasma desde antes de su nacimiento. Se funda en el deseo de los padres acerca del hijo que, unido a la pulsión de vida del bebé y al contexto familiar y cultural, configura la matriz originaria identificatoria. Matriz inalterable que lo constituye y que es el fundamento de la subjetividad, su raíz, su motor. La identidad continúa como un proceso dinámico de construcción de este que uno es a través del tiempo y de los cambios extremos e interiores. Es la captación, el conocimiento, el sentimiento de ser uno mismo y de la propia continuidad. Es el saber referido a los aspectos más profundos de nuestra subjetividad, porque la identidad de una persona está definida, justamente, por la singularidad de su historia subjetiva. Esta singularidad no está dada por la simple sumatoria de hechos acontecidos, ni es juntando los pedazos de una historia fragmentada que se logra la unidad identificatoria. Actos, escenas y palabras se inscriben intrapsíquicamente, siguiendo un ordenamiento jerárquico sobre la base de la significación que le otorgan las figuras originarias, especialmente la madre. A partir de estas primeras inscripciones se constituye la primera identidad del yo, que irá dando paulatinamente significación y sentido propio a las inscripciones posteriores. El yo pasa de ser instituido a ser instituyente, es decir, que necesita otorgarle sentido a su pasado y a su futuro. Por lo tanto, no se logra la identidad imponiendo la integración desde el afuera, sino que es el yo el que liga libidinalmente su historia concreta siendo el protagonista del proceso de identidad. La matriz de deseos - origen identificatorio-, las primeras inscripciones significadas por las figuras originarias y el yo protagonista del proceso de identidad, son instancias que se continúan y se integran en el desarrollo de la identidad. Para que el sentido de mismidad y la integridad se logren, para que el sujeto acceda a la confianza y seguridad básica, la construcción de la identidad requiere afirmarse y confirmarse sobre dos ejes que son fundantes: El amor y la verdad. Sin verdad, sin el reconocimiento social de la verdad -léase jueces, instituciones, familias- no hay posibilidad de desarrollo en integridad y autonomía. Pensemos en la trágica y triste realidad de hoy, de los adolescentes sometidos desde niños y aun desde su nacimiento al enajenamiento y a la desidentificación. La historia de estos chicos es la historia de la irrupción del horror y de la fractura que ese horror provocó en su incipiente psiquismo, aún antes de poder simbolizar. El horror inscribe una vivencia cuyo efecto sigue latente y actuante mientras dura la defensa represiva. Pensamos que el aparato psíquico de estos niños, para no desestructurarse, deja el horror encapsulado y se «acomoda» a un ordenamiento de mentiras. Desde la necesidad de posesión los apropiadores lo despojan de su identidad, intentan reemplazar la matriz identificatoria constitutiva, anular el deseo parental y sustituir el proyecto que los padres sostienen para el hijo. Desconocen su singularidad, borran la familia y se imponen como figuras identificatorias fraudulentas. La Ley Arbitraria, la voluntad de apropiación, deja al niño sometido a la posesión desde su necesidad, enajenándolo. Es contraria a la Ley del Padre que es la que abre el camino a la posibilidad de desear. La resistencia a entregar los niños no tiene nada de epopeya de amor, se enmascara en el amor, pero es adicción perversa. Pienso que en ninguna parte del mundo se puede admitir como «amor» las conductas y sentimientos del verdugo o victimario hacia su víctima. Tampoco en ninguna parte del mundo puede aceptarse que en la situación de cautiverio estén dadas las posibilidades de elección. La libertad es condición del amor. El amor como elección tiene otra raíz que la posesión que mata. El amor tiene su raíz en Eros, la posesión su raíz en Tánatos. Es imposible amar libremente cuando se ha internalizado como amor y como cuidado el abuso ejercido por el poder. Por eso es necesario abrir una salida a la situación de encierro. Abrir lo que Ulloa llama el absceso. Introducir la Ley (orden de necesidad - orden de deseo). La apropiación psico-física de los niños no implica el castigo o maltrato explícitos. Las formas de control y la crueldad última que encierran, son ejercidas como «amor» desde los más sutiles y seductores modos de ejercer el poder. Despojados los niños de todos sus derechos y pertenencias más propias, el Otro se convierte en el Amo absoluto, dueño de la vida y de la muerte. El ejercicio de la posesión lleva a la enajenación de la voluntad y del pensamiento, y su culminación es la aceptación, por parte de la víctima, del apropiador como salvador. Es porque la posesión proviene de los seres más «amados» (y más temidos), que el niño la sostiene como su única posibilidad. Los niños se defienden de todo sentimiento hostil que la aceptación de la verdad de su origen e historia indudablemente va a hacer surgir contra la imagen totalizantede sus apropiadores, imagen que se vería destruida y que ellos trabajosamente intentan conservar. Están enajenados en la imagen padre terrorífico=padre salvador y tienen impedida la instauración de un espacio que marque límite a la posesión. Tienen impedido cruzar el «muro». Y es sólo estableciendo un espacio de terceridad, de corte, que puede operarse la restitución o el relanzamiento del proceso de integración de la subjetividad, desde el corte verdadero operado por la Ley. Podría hablarse de un cuadro repetido de la apropiación, con estas características: -Adultos delincuentes que detentan el apoderamiento. -Desidentificación y enajenamiento del niño. La perversión y la impunidad actuando sobre el psiquismo. -Culpabilización de las familias víctimas. -El delito se transforma en un derecho al amparo del niño como rehén. La impunidad es potencialidad extrema de violencia. Lo sepa conscientemente o no, el adolescente convive con represores o cómplices. Este trauma se prolonga hasta hoy como situación de cautiverio. Por eso el argumento: «como son adolescentes están ya arraigados, acostumbrados, viviendo una situación afectiva que no debe malograrse nuevamente», es un argumento perverso que señala a la restitución de su identidad y de la verdad como causante de un nuevo trauma que es necesario a toda costa evitar. Aquí me parece útil la cita del trabajo «El trauma y sus efectos en la línea de las generaciones» del Equipo de Salud Mental del CELS: «El traumatismo no es sólo una perturbación de la economía libidinal, sino que compromete como tal, la integridad del sujeto. «En «Moisés y el Monoteísmo» (1938), Freud diferenció dos tipos de efectos del trauma: positivos y negativos. Los primeros consisten en el intento que hace el aparato psíquico de devolverle al trauma su vigencia, recordar lo olvidado, o incluso hacerlo real-objeto. «Plantea Freud que» puede ser acogido, entonces, en el Yo normal, como formación general del carácter. «Los efectos negativos del trauma, o las reacciones negativas, persiguen el objetivo opuesto: que no se recuerde ni se repita nada. Son reacciones de defensa, se pueden presentar como fijaciones al trauma de incidencia patológica. Ya no se trataría de un «Yo normal», sino de un Yo inhibido, limitado a costa de evitar el sufrimiento, de reeditar lo traumático. «Es así como todo el planteo acerca de los efectos positivos del trauma, quedan en este texto ubicados del lado de una pulsación del aparato por recordar, revivir, objetivizar lo traumático, precisamente por haber sido olvidado su origen histórico-vivencial y porque este olvido es amenaza de daño para el Yo». Los jueces, la sociedad y hasta la familia desgarrada y, sobre todo, el adolescente, son obligados a mantener la convivencia con el delito y a perpetuar el trauma. ¿En nombre de qué bienestar? ¿De qué salud psíquica? ¿De qué ley? Metodología: 1.- Prohibición a los adultos que detentan el apoderamiento de todo con- tacto con las víctimas, (aún después de los 21 años de éstas). La justicia es la encargada de que el daño no se prolongue. 2.- Definición de la Guarda. 3.- Seguimiento interdisciplinario como posibilidad de encuentro del niño consigo mismo con verdad y libertad. ¿Desde qué criterio de salud puede sostenerse que crecer y desarrollarse con los propios captores impunes no tendrá consecuencias subjetivas previsiblemente graves? ¿Cuál es la duda para operar la restitución? ¿Puede sostenerse desde el derecho a la identidad y a la salud, que estos adolescentes deben seguir con sus apropiadores, ignorando la incidencia de esta perversión mayúscula en su desarrollo?
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