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1 
 
 
 
 
 
 
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL 
 
 
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACION 
UNIDAD TEPEPAN 
 
 
 
SEMINARIO 
“NORMAS DE AUDITORIA COMPARADAS” 
 
 
 
TEMA 
“ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO” 
 
 
 
INFORME FINAL QUE PARA OBTENER 
TITULO DE CONTADOR PÚBLICO 
 
 
 
 PRESENTAN: 
 
Diana Ramírez Cid 
Miguel Ángel Soria López 
 
 
 
CONDUCTOR DEL SEMINARIO 
C.P. y M. en I. Alberto Rivera Jiménez 
 
 
 
 
 
 
 
 
México, D.F. Marzo 2009 
 
2 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
 
A la Escuela Superior de Comercio y Administración – Unidad Tepepan. 
 
Por resguardarnos en sus aulas en las horas de estudio, por darme la oportunidad de cumplir un sueño de ser 
profesionista, por brindarnos las bases necesarias para ejercer con orgullo y dignidad la carrera de Contador 
Publico. 
 
Al Instituto Politécnico Nacional. 
 
Por ser pilar en la educación que México requiere, otorgando educación de primer nivel en sus escuelas y 
unidades de enseñanza, donde se forjan hombres y mujeres de carácter profesional para dignificar su 
profesión. 
 
A los profesores. 
 
Que nos sirvieron de guía en las aulas que día a día son nuestro hogar, y donde personas excepcionales dan 
muestra de que la educación siempre será el principal soporte para una formación de calidad, a todos los 
profesores que en algún momento más que educador fue formador, por su atención, apoyo, rectitud, exigencia 
y calidad humana. 
 
 
A nuestros padres, familiares y amigos: 
 
Gracias a mis padres, hermanos, hija y amigos; sabiendo que no existirá una forma de agradecer una vida de 
sacrificios y esfuerzos, quiero que sientan que el objetivo logrado también es de ustedes y que la fuerza que 
me ayudo a conseguirlo fue su apoyo, he llegado a realizar uno de los anhelos más grandes de mi vida, fruto 
del inmenso apoyo, amor y confianza que en mi se depositó que constituyen el legado más grande que 
pudiera recibir y por lo cual les viviré eternamente agradecida. 
 
Como un testimonio de cariño y eterno agradecimiento por mi existencia, valores morales y formación 
profesional. Porque sin escatimar esfuerzo alguno, han sacrificado gran parte de su vida para formarme y 
porque nunca podré pagar todos sus desvelos ni aún con las riquezas más grandes del mundo; por lo que soy y 
por todo el tiempo que les robé pensando en mi… Gracias. 
 
Porque eres de esa clase de personas que todo lo comprenden y dan lo mejor de si mismo sin esperar nada a 
cambio… porque sabes escuchar y brindar ayuda cuando es necesario… porque tienes mi cariño, admiración 
y respeto. Principalmente gracias a ti padre querido que eres una parte de lo mejor que tengo. 
 
Sobre todo gracias a ti Quetza Tamara por comprender el tiempo que se tubo que sacrificar, para poder 
atenderte y compartir esos maravillosos momentos; para que esto se pudiera llegar a su recta final y concluir. 
 
A mi mama que desde un lugar mejor me cuida y se siente orgullosa de lo que he logrado y que estará 
presente cuando mis triunfos y fracasos lo requieran, por enseñarme a ser tenaz y luchar por lograr mis 
sueños. A mi papa por su perseverancia y lucha por que mi futuro tuviera un punto fijo, por su carácter y por 
toda su entrega, por enseñarme a superar mis derrotas y levantarme cuando me he caído. 
 
A mi hermana por preocuparse de un hijo más, por tener siempre un hombro donde me puedo recargar y por 
ser mi amiga y confidente. A mis sobrinos por recordarme que el corazón de un niño es lo que conserva el 
alma de los adultos siempre joven, y por recordarme que al final de todo la vida es un juego. 
 
A mis amigos que más que esto son la familia de hermanos que yo escogí y con los cuales aprendí a disfrutar 
muchas experiencias de la vida, con los cuales compartí alegrías y tristezas. 
 
 
3 
 
ABREVIATURAS 
 
 
 
IMCP Instituto Mexicano de Contadores Públicos. 
 
 
IFAC International Federation Of Accountants. 
 
 
CEP Código de Ética Profesional. 
 
 
CIP Contador Público Independiente. 
 
 
CCE Consejo Coordinador Empresarial. 
 
 
CEN Comité Ejecutivo Nacional. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4 
 
ÍNDICE PÁGINA 
 
PRÓLOGO 7 
 
INTRODUCCIÓN 8 
 
 
CAPITULO I 10 
1.ÉTICA 10 
1.1. CONCEPTO DE ÉTICA Y MORAL 10 
 
1.2. CARACTERISTICAS DE ÉTICA Y MORAL 13 
1.2.1. SEMEJANZAS ENTRE ÉTICA Y MORAL 14 
1.2.2. DIFERENCIAS ENTRE ÉTICA Y MORAL 15 
 
1.3. VALORES 17 
1.3.1. ACTOS HUMANOS 19 
 
1.4. LEYES Y DERECHO, SU RELACION CON LA ETICA Y MORAL 21 
 
1.5. BIEN COMUN PÚBLICO, GARANTIAS INDIVIDUALES Y DERECHOS HUMANOS 24 
1.5.1. GARANTIAS DE PROPIEDAD 26 
1.5.2. GARANTIAS DE LIBERTAD 27 
1.5.3. ETICA Y MORAL CONTRIBUTIVA 30 
 
CAPITULO II 32 
2. ÉTICA PROFESIONAL 32 
2.1. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL (IMCP) 34 
2.1.1. INTRODUCCIÓN 34 
2.2. POSTULADOS 35 
2.2.1. ALCANCE DEL CÓDIGO 35 
2.2.2. RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD 36 
2.2.3. RESPONSABILIDAD HACIA QUIEN PATROCINA LOS SERVICIOS 37 
2.2.4. RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN 38 
2.3. NORMAS GENERALES 39 
2.3.1. ALCANCE DEL CÓDIGO 39 
2.4. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO PROFESIONAL INDEPENDIENTE 42 
2.4.1. GENERAL 42 
2.5. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO AUDITOR EXTERNO 45 
2.6. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO CONSULTOR FISCAL 51 
2.7. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO CONSULTOR DE NEGOCIOS 52 
2.8. DEL CONTADOR PÚBLICO EN LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO 54 
2.9. DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA 55 
2.10. SANCIONES 57 
2.11. CONCLUSIONES 58 
 
CAPITULO III 60 
3. CÓDIGO DE ETICA DE IFAC PARA CONTADORES PROFESIONALES 60 
3.1. ÉTICA 60 
3.1.1. APLICACION GENERAL DEL CÓDIGO 61 
5 
 
3.2. PARTE A PRÁCTICA PROFESIONAL 62 
3.2.1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES 62 
3.3. ENFOQUE DEL MARCO DE REFERENCIA CONCEPTUAL 66 
3.4. AMENAZAS 67 
3.5. SALVAGUARDAS 68 
3.6. PARTE B PRÁCTICA PÚBLICA 70 
3.6.1. NOMBRAMIENTO PROFESIONAL 72 
3.6.1.1. ACEPTACIÓN DEL CLIENTE 72 
3.6.1.2. ACEPTACIÓN DEL TRABAJO 72 
3.6.1.3. CAMBIOS EN UN NOMBRAMIENTO PROFESIONAL 73 
3.6.1.4. CONFLICTOS DE INTERES 74 
3.6.1.5. SEGUNDAS OPINIONES 74 
3.6.1.6. HONORARIOS Y OTROS TIPOS DE REMUNERACIONES 75 
3.6.1.7. MERCADOTECNIA DE SERVICIOS PROFESIONALES 75 
3.6.1.8. OBSEQUIOS E INVITACIONES 76 
3.6.1.9. CUSTODIA DE ACTIVOS DE CLIENTES 76 
3.7. OBJETIVIDAD 77 
3.7.1. TODOS LOS SERVICIOS 77 
3.8. INDEPENDENCIA 77 
3.8.1. TRABAJOS DE ATESTIGUAMIENTO 77 
3.9. TRABAJOS DE ATESIGUAMIENTO CON BASE EN UNA ASEVERACIÓN 79 
3.9.1. TRABAJOS DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS 79 
3.9.2. OTROS TRABAJOS DE ATESTIGUAMIENTOS CON BASE EN UNA ASEVERACIÓN 79 
3.9.3. INFORMES DE USO RESTRINGIDO 80 
3.9.4. PARTES RESPONSABLES MULTIPLES 80 
3.9.5. OTRAS CONSIDERACIONES 81 
3.9.6. PERIODO DEL TRABAJO 81 
3.10. TRABAJOS DE ATESTIGUAMIENTO DE INFORME DIRECTO 82 
3.11 PARTE C CONTADORES PROFESIONALES EMPLEADOS 82 
3.11.1. CONFLICTOS POTENCIALES 83 
3.11.1.1. TIPOS DE PRESIÓN 83 
3.11.1.2. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN 84 
3.11.1.3. ACTUACION CON SUFICIENTE PERICIA 84 
3.11.1.4. INTERESES FINANCIEROS 84 
3.11.1.5. INCENTIVOS 85 
 
CAPITULO IV 86 
4. CODIGO DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS 86 
4.1. OBJETIVO 86 
4.2. INTRODUCCIÓN 87 
4.3. GOBIERNO CORPORATIVO 88 
4.3.1. ASAMBLEA DE ACCIONISTAS 90 
4.3.2. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 91 
4.3.2.1. FUNCIONES 91 
4.3.2.2. INTEGRACIÓN 93 
4.3.2.3. ESTRUCTURA 94 
4.3.2.4. OPERACIÓN 96 
4.3.2.5. RESPONSABILIDADES DE LOS CONSEJEROS 96 
4.4. FUNCIÓN DE AUDITORÍA 97 
4.4.1. FUNCIONES GENERICAS97 
6 
 
4.4.2. SELECCIÓN DE AUDITORES 99 
4.4.3. INFORMACIÓN FINANCIERA 100 
4.4.4. CONTROL INTERNO 100 
4.4.5. PARTES RELACIONADAS 101 
4.4.6. REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES 101 
4.5. FUNCIÓN DE EVALUACIÓN Y COMPENSACIÓN 101 
4.5.1. FUNCIONES GENERICAS 102 
4.5.2. ASPECTOS OPERATIVOS 103 
4.6. FUNCIÓN DE FINANZAS Y PLANEACIÓN 103 
4.6.1. FUNCIONES GENERICAS 104 
4.6.2. ASPECTOS OPERATIVOS 104 
 
CAPITULO V 106 
5. ÉTICA EMPRESARIAL 106 
5.1. VALORES APLICABLES EN LAS ORGANIZACIONES 106 
5.2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA EN LAS ORGANIZACIONES 109 
5.3. RESPONSABILIDADES HACIA LOS CLIENTES 112 
5.4. RESPONSABILIDADES HACIA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES 112 
5.5. RESPONSABILIDADES HACIA CON LOS PROVEEDORES 113 
 
ADECUACIONES 1 - Proyecto de Modificaciones a la Norma de Educación Profesional 
Continua 115 
ADECUACIONES 2 - Proyecto de Reformas al Código de Ética Profesional 116 
 
CONCLUSIONES 128 
BIBLIOGRAFIA 130 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7 
 
PRÓLOGO 
 
 
 
 Para el presente trabajo nos enfocaremos en la Ética y deberes del Contador Público, trataremos la Ética del 
contador el cual es un tema de mucha importancia para nosotros y nuestra carrera. Para hablar de la Ética 
empezaremos primero por definirla, diciendo que esta es hermandad, así de sencillo, ya que para algunos es 
"Pensar en libertad y con responsabilidad" mientras que para otros "es un intento racional de averiguar como 
vivir mejor" y para otros tantos "es la ciencia de una forma específica de conducta humana". Ética viene del 
griego “ETHOS” que significa MORADA, es decir, comportamiento de una persona y “MORAL” en latín 
esto significa COSTUMBRE. 
 
 
 
 La importancia y necesidad de la Ética Profesional en la cual podremos explicar las diferencias y 
semejanzas entre la Ética y la Moral. Para ello nos basaremos en la importancia sobre la Ética formulada y 
Ética vivida. Y para la cual nos apoyaremos en la Ética como ciencia y los objetivos de la misma. En la Moral 
tomaremos los criterios de moralidad. La existencia de las normas morales siempre han afectado a los seres 
humanos, ya que desde pequeños captamos por diversos medios la existencia de dichas normas y de hecho, 
siempre somos afectados por ellas en forma de consejo, de orden o en otros casos como una obligación o 
prohibición, pero siempre con el fin de tratar de orientar e incluso determinar la conducta humana. 
 
 
 
 Ya estudiados los conceptos de la Ética y Moral podremos ya adentrarnos en el Código de Ética 
Profesional. Para ello podremos estudiar la Ética Profesional, sus problemas particulares de la profesión de 
Contador Público, en donde el Contador Público, ¿qué es y qué hace? El perfil del Contador. Relación de la 
temática elegida con el futuro desempeño profesional. En donde este trabajo plantea la función que cumple el 
contador dentro de la organización, destinado principalmente a apoyar la toma de decisiones administrativas. 
Pero también se analiza el papel moral de éste frente a las decisiones administrativas que van en contra de los 
cánones del Código de Ética Profesional. 
 
 
 
 Podremos observar la normatividad e instituciones que regulan la actividad del Contador. En donde podrá 
participar como asesor de la empresa o de cualquier firma. Este trabajo se ha elaborado para saber que 
dediciones y estrategias debe tomar un contador dentro de una organización empresarial. El contador público, 
en su desempeño profesional, debe tener como requisito ser una persona honorable, con alto grado de 
principios moral éticos en el desempeño de sus funciones, a fin de que su nombre no se vea envuelto en 
asuntos de dudosa procedencia, o manejo inexplicable. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8 
 
INTRODUCCIÓN 
 
 
Ante los inminentes cambios actuales, el comportamiento profesional es cuestionado y puesto a prueba, tanto 
en el terreno profesional como en la vida cotidiana. Es imperativo para el profesional actual, tener clara la 
manera y forma de actuar frente a circunstancias (amenazas) que pongan en riesgo la reputación de la 
profesión que desarrolla. 
 
Aunado al éxito y desarrollo profesional que se busca, es necesario tener presente que la profesión se 
dignifica con los valores que fundamentan el desarrollo del ser humano, a cualquier nivel y en cualquier lugar. 
En el presente es deber de todo profesional llevar no solo una vida plena en el terreno personal, si no también 
respetar la profesión y llevarla al punto máximo de honestidad, en el caso del Contador Publico Profesional el 
valor que debe predominar para conseguir dicho punto es la verdad. 
 
El presente informe se enfoca en reafirmar la calidad de la ética y moral con que el Contador Profesional 
actual debe de sobrellevar y actuar la vida profesional cotidiana, siendo consiente de que como humano nadie 
esta exento a desviarse de la línea de la rectitud. Por lo tanto es de suma importancia que el Contador 
Profesional tenga claro en que momento la profesión más que un ejercicio práctico es también un medio de 
reflejo de si mismo. 
 
Relaciona de manera directa los principios del ser humano (ética) con las costumbres (moral) que día a día 
son parte de la cultura y sociedad en que nos desarrollamos. Así mismo la suma de la ética y moral dan como 
consecuencia el uso de valores dentro de la vida cotidiana para todo ser humano, en el caso de Contador 
Profesional estos valores en común, forjan la imagen que el profesionista integro, honesto, responsable (hacia 
con el patrocinador de los servicios, la sociedad y la misma profesión), leal y comprometido, tiene a su cuesta 
como carta de presentación. 
 
De igual forma se hace un enfoque de que como participante en un grupo o sociedad es imperativo para todos 
los integrantes de los mismos, reglas de convivencia, derechos y obligaciones, mismos que se traducen en 
garantías y leyes que se deben cumplir al margen de la autoridad, sin embargo es razonable que en la 
actualidad estos derechos (libertades) y obligaciones (cumplir con la ley) se vea de forma afectado para su 
cumplimiento cabal y estricto. 
 
En el caso del Contador Profesional centramos este análisis de derechos (art. 5º de la Constitución Política de 
los Estados Unidos) el cual nos menciona que toda persona tiene derecho a ejercer la profesión que desee, así 
como tiene obligaciones tanto éticas y morales (principios y valores) y profesionales (cumplimiento de las 
Norma y Leyes vigentes en México). Teniendo como bases para el cumplimiento de los principios que el 
Contador tiene como guía, los siguientes Códigos de ética: 
 
 
9 
 
Tanto a nivel local (Código de Ética del Instituto Mexicano de Contadores Públicos) como a nivel 
internacional (Código de Ética de IFAC para Contadores Profesionales), mismos que deben ser tomados como 
parte de la imagen del profesional para el desarrollo de cualquier tarea que se le encomiende y que de ninguna 
manera represente algún riesgo para mantener la calidad de los servicios que se prestaran, así como tampoco 
la imagen social que el Contador Profesional representa. 
 
El primero representa los requisitos éticos y morales (principios y valores) que todo Contador en México debe 
cubrir al momento de desarrollar cualquier tarea que le encomienden y en las aéreas en que se pueda 
desarrollar (sector privado, sector publico, en la docencia). 
 
El segundo nos muestra la visión que se tiene del Contador Profesional a nivel internacional, mostrando en 
misma esencia que su homologo en México los principios y valores que el Profesionista tiene como base para 
desarrollar cualquier tarea en los diversos sectores en que se puede desarrollar. 
 
Así mismo hacemos un estudio de los principios del Gobierno Corporativo, mismos que tienen como base el 
Código de Mejores Practicas Corporativa del Consejo Coordinador Empresarial, dicho código tiene como 
objetivo desarrollar los mejores sistemas de procesos dentro de los mas altos nivele de todaorganización, para 
que por medio de la segregación de funciones que se llevan a cabo dentro de toda empresa sea posible la 
mejor aplicación del mencionado código. 
 
Esto nos lleva a realizar un análisis de la ética a un nivel empresarial, dando muestra que los valores como ser 
humano son el reflejo en una entidad, de toda y cada una de las personas involucradas en la organización, y 
mostramos que tanto el ser humano al tener obligaciones de diferentes formas, la empresa como parte de un 
grupo de entidades comerciales participantes en el sector económico tiene de igual forma obligaciones 
contractuales de manera implícita tanto a nivel interno como externo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10 
 
CAPITULO I 
 
 
1. ÉTICA 
 
 
 
1.1. CONCEPTO DE ÉTICA Y MORAL 
 
 
 Proviene del griego éthicos cuyo significado es carácter, es la parte de la filosofía que trata de la moral de 
las obligaciones del hombre. Conjunto de normas que rigen a la conducta humana. Ética profesional. 
 
 Desde el inicio de la reflexión filosófica ha estado presente la consideración sobre la praxis. Platón elabora 
un completo tratado de ética política, la República. Aristóteles hace el primer tratado de ética, la Ética a 
Nicómaco, basada en la convicción de que todo ser humano busca la felicidad (ética eudemónica). Los 
estoicos y los epicúreos propusieron comportamientos morales basado en principios opuestos: la virtud, 
vivida con moderación (estoicismo), y la búsqueda del placer (epicureismo). 
 
 Los filósofos éticos posteriores elaboraron de diversos modos estos principios, hasta la revolución de 
Immanuel Kant, que rechaza una fundamentación de la ética en otra cosa que no sea imperativo moral mismo. 
Los filósofos idealistas desarrollaron esta moral del imperativo categórico. 
 
 La ética del siglo XX ha conocido aportes importantísimos por parte de numerosos autores: los vitalistas y 
existencialistas desarrollan el sentido de la opción y de la responsabilidad, Max Scheler elabora una 
fenomenología de los valores... Autores como Alain Badiou han intentado demostrar que esta principal 
tendencia (en las opiniones y en las instituciones), la cuestión de "la ética" en el siglo XX, es en realidad un 
"verdadero nihilismo" y "una amenazante denegación de todo pensamiento".1 Recientemente, y desarrollando 
un análisis en profundidad de los orígenes y fundamentos de la ética, han aparecido diversos estudios sobre el 
papel de las emociones en el desarrollo de un pensamiento ético antifundacionalista, como han indicado 
Richard Rorty o Jordi Vallverdú. En las últimas dos décadas, el filósofo escocés MacIntyre establece nuevas 
herramientas de análisis histórico-filosófico de distintas versiones rivales de la ética. 
 
 La ética es una de las principales ramas de la Filosofía, ya que cabe dentro del estudio del ser mientras tenga 
bondad o maldad en sus actos. 
 
 
 Ética propuesta es el conjunto de normas sugeridas por un filósofo, o proveniente de la religión, en tanto 
que moral vendría a designar el grado de acatamiento que los individuos dispensan a las normas éticas 
imperantes en el grupo social. En un sentido práctico, ambos términos se hacen indistinguibles y por ello se 
los considera equivalentes. 
 
11 
 
 Cuando se habla de ética o ético, nos referimos por lo general a la conducta, al comportamiento, al proceder, 
a la actuación, a la conciencia, a la integridad, a la moral de una persona o de una organización. 
 
 Al mencionar a la palabra ética junto a la palabra profesional, ligamos la idea que estamos hablando de que 
es bueno dentro de una profesión y que hay valores morales establecidos para cada profesión. 
 
 Esta sentencia ética, juicio moral o declaración normativa es una afirmación que contendrá términos tales 
como 'malo', 'bueno', 'correcto', 'incorrecto', 'obligatorio', 'permitido', etc, referido a una acción o decisión. 
Cuando se emplean sentencias éticas se está valorando moralmente a personas, situaciones, cosas o acciones. 
 
 La ética estudia la moral y determina qué es lo bueno y, desde este punto de vista, cómo se debe actuar. Es 
decir, es la teoría o la ciencia del comportamiento moral. 
 
 Cada una de las personas que integran las personas, desde el nivel más alto hasta el último nivel debe tomar 
la responsabilidad de integrar sus valores y principios a sus decisiones y comportamientos en la compañía. 
 
 La operación basada en la ética es el mejor modo de tener una empresa sólida y perdurable; resulta benéfico 
a la larga e indispensable para construir una institución sana y duradera. 
 
 Pero lo que en realidad le interesa a la ética es estudiar la bondad o maldad de los actos humano, sin 
interesarse en otros aspectos o enfoques. Por lo tanto podemos determinar que su objeto material de estudio 
son los actos humanos y su objeto formal es la bondad o maldad de dichos actos. Con esto podemos da una 
definición real de la ética como la Ciencia que estudia la bondad o maldad de los actos humanos. 
 
 La ética produce beneficios, virtudes sociales como la honestidad, responsabilidad, lealtad, respecto, calidad 
y eficiencia en el desempeño de sus deberes; no solo tiene merito como valores éticos, también pues un valor 
económico tangible y ayudan a la empresa al logro de objetivos compartidos: productividad, calidad, 
crecimiento, confianza, credibilidad y prestigio en la comunidad. La ética es necesaria para crear, incrementar 
y preservar el valor de una empresa. 
 
A continuación referiremos algunos conceptos de moral. 
 
 
 
 
12 
 
MORAL 
 
 La palabra Moral tiene su origen en el término del latín "mos, moris", cuyo significado es "costumbre". 
Moralis (< latín mos = griego (costumbre). Por lo tanto "moral" no acarrea por sí el concepto de malo o de 
bueno. Son, entonces, las costumbres las que son virtuosas o perniciosas. Podría definirse también como: la 
suma total del conocimiento adquirido con respecto a lo más alto, bueno y noble a lo que una persona se 
apega. 
 La moral comenzó a ser enseñada en forma de preceptos prácticos como en El libro de la sabiduría y los 
Proverbios de Salomón, las Máximas de los siete sabios de Grecia, los Versos dorados y otros de los poetas de 
Grecia o bien en forma de apólogos y alegorías hasta que revistió carácter científico en las escuelas de Grecia 
y Roma. 
 
 Se denomina moral al conjunto de creencias y normas de una persona o grupo social determinado que 
ofician de guía para el obrar, es decir, que orientan acerca del bien o del mal — correcto o incorrecto— de 
una acción. 
 
 Bajo el concepto de moral surgen otros dos conceptos que son, cada uno a su manera, antónimos y que 
normalmente se confunden. Uno es el de inmoral, el cual hace referencia a todo aquel comportamiento o 
persona que viola su propia moral o la moral pública. Esta persona estaría actuando de forma incorrecta, 
estaría actuando mal. 
 
 El otro concepto es el de amoral, el cual hace referencia a las personas que carecen de moral, por lo que no 
juzgan los hechos ni actos como buenos o malos, correctos o incorrectos. La mayor defensa de la amoralidad 
la realizan los taoístas. 
 
 Son, entonces, las costumbres las que son virtuosas o perniciosas. Podría definirse también como: la suma 
total del conocimiento adquirido con respecto a lo más alto, bueno y noble a lo que una persona se apega. 
 
 La existencia de las normas morales siempre ha afectado a la persona humana, ya que desde pequeños 
captamos por diversos medios la existencia de dichas normas, y de hecho, siempre somos afectados por 
ellas en forma de consejo, de orden o en otros casos como una obligación o prohibición, pero siempre con el 
fin de tratar de orientar e incluso determinar la conducta humana. 
 
 Ya que las normas morales existen en la conciencia de cada uno, esto provoca que existan diferentes 
puntos de vista y por ende problemas en el momento de considerar las diferentesrespuestas existenciales que 
ejercen las personas frente a ellas. 
13 
 
 Son, entonces, las costumbres las que son virtuosas o perniciosas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.2. CARACTERISTICAS DE ETICA Y MORAL 
 
 El uso de la palabra Ética y la palabra Moral está sujeto a diversos convencionalismos y que cada autor, 
época o corriente filosófica las utilizan de diversas maneras. Pero para poder distinguir será necesario 
nombrar las características de cada una de estas palabras así como sus semejanzas y diferencias. 
 
 Características de la Moral. La Moral es el hecho real que encontramos en todas las sociedades, es un 
conjunto de normas a saber que se transmiten de generación en generación, evolucionan a lo largo del 
tiempo y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra sociedad y de otra época histórica, 
estas normas se utilizan para orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad. 
 
 
14 
 
 
 
 
 Características de la Ética. Es el hecho real que se da en la mentalidad de algunas personas, es un conjunto 
de normas a saber, principio y razones que un sujeto ha realizado y establecido como una línea directriz de su 
propia conducta. 
 
 
1.2.1. SEMEJANZAS ENTRE ÉTICA Y MORAL 
 
 
Los puntos en los que confluyen son los siguientes: 
 
En los dos casos se trata de normas, percepciones, deber ser. 
 
La Moral es un conjunto de normas que una sociedad se encarga de transmitir de generación en generación y 
la Ética es un conjunto de normas que un sujeto ha esclarecido y adoptado en su propia mentalidad. 
 
Ahora los puntos en los que difieren son los siguientes: 
 
La Moral tiene una base social, es un conjunto de normas establecidas en el seno de una sociedad y como tal, 
ejerce una influencia muy poderosa en la conducta de cada uno de sus integrantes. En cambio la Ética surge 
como tal en la interioridad de una persona, como resultado de su propia reflexión y su propia elección. 
 
15 
 
Una segunda diferencia es que la Moral es un conjunto de normas que actúan en la conducta desde el exterior 
o desde el inconsciente. En cambio la Ética influye en la conducta de una persona pero desde sí misma 
conciencia y voluntad. 
 
Una tercera diferencia es el carácter axiológico de la ética. En las normas morales impera el aspecto 
prescriptivo, legal, obligatorio, impositivo, coercitivo y punitivo. 
 
Es decir en las normas morales destaca la presión externa, en cambio en las normas éticas destaca la presión 
del valor captado y apreciado internamente como tal. El fundamento de la norma Ética es el valor, no el valor 
impuesto desde el exterior, sino el descubierto internamente en la reflexión de un sujeto. 
 
1.2.2. DIFERENCIAS ENTRE ETICA Y MORAL 
 
 
 
 
 
16 
 
Con lo anterior podemos decir existen tres niveles de distinción. 
 
 El primer nivel está en la Moral, o sea, en las normas cuyo origen es externo y tienen una acción impositiva 
en la mentalidad del sujeto. 
 
 El segundo es la Ética conceptual, que es el conjunto de normas que tienen un origen interno en la 
mentalidad de un sujeto, pueden coincidir o no con la moral recibida, pero su característica mayor es su 
carácter interno, personal, autónomo y fundamental. 
 
 El tercer nivel es el de la Ética axiológica que es el (*) conjunto de normas originadas en una persona a raíz 
de su reflexión sobre los valores. 
 
A CONTINUACION SE REPRESENTAN LOS NIVELES DE LA ÉTICA 
 
 
 
 
17 
 
1.3. VALORES 
 
 Existe una gran cantidad de valores, pero pueden ser ordenado dentro de una jerarquía que muestra la mayor 
o menor calidad de dichos valores comparados entre sí. Es claro que no es igual lo material que lo espiritual, 
lo animal o lo intelectual, lo humano o lo divino, lo estético o lo moral. 
 
 Por lo tanto para dicha clasificación utilizaremos el criterio de que el valor será más importante y ocupará 
una categoría más levedad en cuanto perfeccione al hombre en un estrato cada vez más íntimamente humano. 
Entonces de acuerdo con este criterio tenemos que los valore se pueden clasificar en: 
 
 Valores Infrahumanos. Son aquellos que perfeccionan al hombre en sus estratos inferiores, en lo que 
tienen en común todos los seres, aquí se encuentran valores como son el placer, la fuerza la 
agilidad, la salud, etc. Todos estos pueden ser poseídos por las mismos seres. 
 
 Valores Humanos Inframorales. Son todos los valores humanos, aquellos que son exclusivos del 
hombre, que perfeccionan los estratos que sólo posee un ser humano, como lo son: 
 
 Valores económicos. como la riqueza, el éxito, todo lo que expansione la propia personalidad 
(valores eudemónicos). 
 
 Valores no éticos. Son los valores referentes al conocimiento, como la verdad, la inteligencia, la 
ciencia. 
 
 Valores Estéticos. Como la belleza, la gracia, el arte, el buen gusto. 
 
 Valores sociales: como la cooperación y cohesión social, la prosperidad, el poder de la nación, el 
prestigio, la autoridad, etc. 
 
 Valores Morales. Son las virtudes como la prudencia, justicia, fortaleza y templanza. Estos valore 
son superiores a los anteriores debido a que los valores morales dependen exclusivamente del 
libre albedrío, en cambio los otros dependen además del libre albedrío de otros factor, por ejemplo la 
riqueza (puede heredarse), así como el grado de inteligencia y buen gusto. 
18 
 
Además los valores morales al hombre de tal modo que lo hacen más hombre, en cambio los 
inframorales solo perfeccionan al hombre en cierto aspecto, por ejemplo, como profesionista, sabio, 
artista, etc. 
 Valores Religiosos. Son los valores sobrehumanos, sobrenaturales. Son una participación de Dios 
que está en un nivel superior a las potencias naturales del hombre. Son pues la santidad, la amistad 
divina (gracia), la caridad y en general las virtudes teologales. Estos valores perfeccionan al hombre 
de un modo superior, ya no solo de lo que tiene más íntimo como persona, sino en un plano en un 
plano que no está dentro de los moldes naturales de lo humano. Aquí se deja la puerta abierta a todo 
lo sobrenatural que provenga de Dios. Su estudio corresponde más bien a la teología. 
 
 
19 
 
1.3.1. ACTOS HUMANOS 
 
 Existen dos tipos de actos, los Actos humanos y los Actos del hombre, ambos son ejecutados por el hombre 
pero poseen ciertas diferencias: 
 
 Los Actos Humanos. Son ejecutados consciente y libremente, es decir, en un nivel racional. Son originados 
en la parte típicamente humana del hombre, es decir, en sus facultades específicas, como son la inteligencia y 
la voluntad. Estos son el objeto material de la Ética y son los que pueden ser juzgados como buenos o malos 
desde el punto de vista de la Moral. 
 
 Los Actos del Hombre. Carecen de conciencia o de libertad o de ambas cosas, un ejemplo claro es por 
ejemplo la digestión, la respiración, etc. Los actos del hombre sólo pertenecen al hombre porque él los ha 
ejecutado, pero no son propiamente humanos porque su origen no está en el hombre en cuanto a hombre, sino 
en cuanto a animal. Estos actos carecen de moral (son amorales) por lo tanto no pueden juzgarse desde el 
punto de vista moral como buenos o malos, si pueden juzgarse como buenos o malos pero desde otro punto de 
vista, como por ejemplo el fisiológico. 
 
 
20 
 
El cuadro siguiente representa en si a la ética y a la moral en proceso de buscar su objetivo: 
 
 
 
 
 
 
21 
 
1.4. LEYES Y DERECHO, SU RELACION CON LA ETICA Y MORAL 
 
 No se trata de disertar sobre lo que se denomina “normativismo ético o ética normativista que reduce a 
prescribir normas de conducta del hombre en manuales de ética”. 
 
La ética es la disciplina filosófica que estudia el comportamiento moral del hombre en sociedad. Gustavo 
Escobar Valenzuela (2003:23): insiste que la ética como ciencia va más allá del normativismo ético. También 
reitera que el derecho como ciencia es más que un conjunto de leyesjurídicas. 
 
 No obstante, lo anterior, el derecho y la ética estudian normas, las cuales son diferentes: el derecho estudia 
normas impuestas por la fuerza, son coercibles, constituidas por normas jurídicas, todo lo contrario, la ética se 
enfoca a las normas morales, las cuales en base al libre albedrio en los actos del ser humano, las acepta de 
forma libre y consiente, esto es las normas de derecho son heterónomas y las normas morales son autónomas. 
 
 A continuación se explica las diferentes entre normas morales y normas jurídicas, así como también cita los 
tipos de sanciones y las fuentes de la heteronimia de las diferentes clases de normas. 
 
 El derecho es el conjunto de reglas obligatorias, impuestos por una coacción exterior, que rige la 
convivencia social en particular las relaciones y los límites de la acción de los hombres que viven en sociedad. 
 
 El derecho como conjunto de reglas de convivencia de la sociedad, así como del individuo dentro de la 
sociedad, se relaciona con la moral como expresión de las conductas éticas individuales que en conjunto son 
las de dicha sociedad. 
 
 La ley es una norma jurídica que emana del poder publico para ser conocida en forma precisa por las 
personas a quienes va destinada, la cual es obligatoria en general (por que es para que todos la cumplan) y 
abstracta, por que se aplica al caso concreto, esto es, hasta que la persona se ubica en lo previsto por la ley, 
esta es de cumplimiento obligatorio para aquella. Se necesita de actos de los individuos, personas, humanos 
para que aplique la ley. 
 
 Por lo tanto las leyes, el derecho, la ética y la moral actúan de manera armónica en la conducta interna y 
externa del individuo y por ende de la sociedad a la que pertenece variando según la época y territorio en que 
suceden los actos del humano. 
22 
 
 
 
 
 
 
23 
 
 
 
 
24 
 
 Los ideales morales, no es deseable que se obligatorio su cumplimiento con la aplicación de normas 
jurídicas y las sanciones que conllevan. Por lo que una conducta coaccionada no es una conducta moral, por 
lo tano contribuir al gasto publico es coercitivo, pero moral, por que amenaza el “bien y prosperidad de la 
Unión”. 
 
 Concluir que la moral influye, en el derecho, así como el derecho influye en la moral, siendo independiente 
en el acto del individuo desde el punto de vista ético y desde el punto de vista de la ley, durante los Siglos XX 
e inicios del XXI, el derecho fiscal se ha olvidado de la moral, así lo que podemos calificar como “moral 
física” se ha desligado del derecho, la ética de la ley y viceversa. El gobierno mexicano ha tratado de someter 
la “conciencia fiscal” del individuo a normas jurídicas fiscales que algunas son inmorales. También el 
contribuyente, actúa de forma ética, en otros casos contrario a su ética al no cumplir con las leyes, al hacer 
trampa a la ley, olvidando el valor que representa el “bien común publico”, por lo que podemos cuestionar los 
valores de los actos sujetos que intervienen en la Actividad Financiera del Estado en la Planificación de la 
contribución. 
 
 Cumplir con las obligaciones fiscales es una convicción ética, que forma parte de la moral como identidad 
de la sociedad en un periodo y territorio determinado. 
 
 Los actos de los individuos en un conjunto de la sociedad regulados por la moral, el derecho, la ética y las 
leyes, incluyendo los del gobierno olvidan los valores que representan el “Bien Común Publico”, las 
“Garantías Individuales” y los “Derechos Humanos”. 
 
1.5. BIEN COMUN PÚBLICO, GARANTIAS INDIVIDUALES Y DERECHOS HUMANOS 
 
 Encontrar una forma de asociación que defina y proteja con toda la fuerza común a la persona y a los 
bienes de cada asociado, por lo cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca, mas que así mismo y 
pertenezca tan libre como antes. Tal es el problema fundamental cuya solución da al contrato social. 
 
 Se puede apreciar que las decisiones políticas fundamentales incluyen las decisiones económicas 
fundamentales, y las decisiones sociales fundamentales. Dentro de los derechos individuales esta la propiedad 
privada como garantía individual que toma las modalidades de derecho subjetivo civil (uso, goce y 
disposición) y de derecho subjetivo publico (garantía individual) donde el estado y sus autoridades deben 
respetarla aun considerando la función social de la propiedad. 
 
 La garantía de la propiedad debió de elevarse por nuestro contribuyente a decisión económica y social 
fundamental. Las leyes no son propiamente otra cosa que las condiciones de la asociación civil. El pueblo 
sometido a las leyes debe ser el autor de las mismas, solo a los que se asocian corresponde reglamentar las 
condiciones de la sociedad. 
25 
 
 El estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, 
sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para 
obtener el bien publico temporal de sus componentes. 
 
 El análisis de cada una de las partes de que se compone esa definición nos proporciona el convencimiento 
de la existencia en la realidad estatal de los siguientes elementos o notas de su concepto: 
 
 La presencia de una sociedad humana como genero próximo de la definición y la existencia, en esa 
sociedad. 
 
 Un territorio que sirve de asiento permanente a esa sociedad. 
 
 Un poder que se caracteriza por su supremo, esto es, soberano, en el seno de la misma sociedad. 
 
 Un orden jurídico que es creado, definido y aplicado por el poder estatal y que estructura a la 
sociedad que esta en su base. 
 
 Una teleología peculiar que consiste en la combinación del esfuerzo común para obtener el bien 
publico temporal. 
 
 Soberanía como objetivo del poder, pero calificando al estado mismo en su unidad total como 
soberano. 
 
 Personalidad moral y jurídica, al ser el estado un ser social con posibilidad de tener derechos y 
obligaciones. 
 
 Su misión al derecho que significa la necesidad de que la estructura del estado y su funcionamiento 
se encuentres regulados por un orden jurídico imprescindible. 
 
 La combinación de esfuerzos individuales (común) tiene como finalidad la de lograr “el bien publico 
temporal”. 
 
26 
 
 El estado es necesario para que los individuos que lo integran, pero los individuos son necesarios para el 
estado, por lo que los hombres tienen deberes para con el estado y este para aquellos. 
 
 De lo anterior se puede concluir que el estado tiene un bien especifico que es el bien publico, así como la 
población busca el bien común. 
 
 El bien común puede ser: bien común particular, sea lucrativo o no lucrativo o bien común público que 
interesa a toda la población (interés público) que puede ser altruista o no altruista. 
 
 Concluye como bien común, esto es, como fin especifico de la sociedad estatal, el bien publico que debe 
realizar el estado consiste en establecer el conjunto de condiciones económicos, social, culturales, morales y 
políticos necesarias por el bien para que el hombre pueda alcanzar su pleno desarrollo material y espiritual 
como persona humana, como miembro de la familia, de la agrupación profesional, del municipio del estado y 
de la comunidad internacional. 
 
 Mirar el todo por el bien y posterioridad de la unión es el bien público del estado así como el bien común 
publico, por buscar preservar la existencia del estado el primer bien y el segundo son de interés de toda la 
población. Incluso también a nivel individual (el bien común particular). 
 
 Las garantías individuales lo que se establece como derecho del gobernado frente al poder publico, mismo 
que como ejecutor del fin del estado debe respetar para no atentar contra la existencia y conservación de dicho 
estado así como para no contravenir la convivencia en sociedad, por lo anterior proporciona como definición: 
son derechos inherentes a la personahumana en virtud de su propia naturaleza y de las cosas que el estado 
reconoce, respeta y protege mediante un orden jurídico y social que permite el libre desenvolvimiento de las 
personas de acuerdo con su vocación. 
 
1.5.1. GARANTIAS DE PROPIEDAD 
 
 La garantía de la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional. 
Esta propiedad originaria de la Nación se transmitió a particulares constituyendo la propiedad privada, que es 
la propiedad privada inmobiliaria. 
 
 
 
27 
 
 Las diferentes propiedades privadas pueden estar representadas en diferentes tipos de bienes, sean muebles 
e inmuebles, los cuales están protegidos por lo que establece el art. 14 Constitucional el cual nos dice: “Nadie 
podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio 
seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales el 
procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. 
 
 Por lo tanto la Propiedad Privada goza de la protección de las garantías constitucionales, para que la pueda 
usar, disfrutar y disponer con las limitaciones y modalidades que fije la Constitución y las demás leyes. 
 
 
1.5.2. GARANTIAS DE LIBERTAD 
 
 La Real Academia Española define a la libertad como: “Facultad natural que tiene el hombre de obrar de 
una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos”. 
 
 La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos solo se limita a enunciar diferentes libertades, 
siendo a través del derecho a recibir educación (art. 3º. Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos) donde se establecen los valores de esta consistente a ser democrática, nacional, y que contribuirá 
a la mejor convivencia humana, apreciar la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción 
del interés general de la sociedad, la fraternidad e igualdad de derecho de todos los hombres. 
 
 Lo anterior significa que la libertad es limitada al respecto de los valores anteriores. Por ello la propiedad 
privada se subordina al interés público, al interés general, a la utilidad pública, a las áreas estratégicas o 
prioritarias, a la obligación de contribuir al gasto público, en beneficio social, una distribución equitativa de la 
riqueza publica. 
 
 Respecto a Derechos Humanos, nos referimos a las garantías individuales contenida en la “Declaración 
Universal de los Derechos Humanos” de la asamblea general de las Naciones Unidas, Viceversa, las garantías 
individuales protegidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son derechos humanos: 
Derechos Garantizados. 
 
 Por lo tanto, los Derechos Humanos y las Garantías Individuales que protege y concede la Constitución 
Política de los Estados Unidos Mexicanos, buscan el mismo fin, por lo que son semejantes y se pueden definir 
como: 
 
28 
 
 “Los Derechos Humanos son el conjunto de filosofías sociales, políticas, económicas, culturales, religiosas, 
aspiraciones éticas, de justicia, de seguridad, de equidad; juicios de valor, etc., que se encuentran consagrados 
en la Constitución Federal y en los tratados, convenios, convenciones, etc., internacionales, que México ha 
incorporado a su derecho interno. 
 
Conforme al art. 133 Constitucional, con que cuentan los gobernados, para remediar las violaciones que en 
su contra cometan las autoridades estatales, por lo que su disfrute se encuentra debidamente garantizado 
mediante el juicio de amparo y los organismo que para su defensa se ha creado conforme al articulo 102, 
inciso B, de nuestra Constitución. 
 
 A nivel internacional los derechos humanos están incluidos en: 
 
 La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). 
 El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966). 
 El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966). 
 
 
 En la Declaración Universal de los Derechos Humanos contienen varios que son de nuestro interés. 
 
Art. 17, el derecho a la propiedad individual y colectiva. 
Art. 22, La satisfacción de los derechos económicos de su personalidad. 
Art. 23, derecho a la libre elección de su trabajo con remuneración equitativa. 
Art. 25, derecho a un nivel adecuado. 
Art. 26, derecho a la educación. 
Art. 29, toda persona tiene deberes respecto de la comunidad, puesto que solo en ella puede desarrollar libre 
y plenamente su personalidad. 
 
 En el caso de México se contempla como derecho a la elegir una carrera profesional a desarrollar (Garantía 
Individual – Derecho Humano) en el art. 5º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el 
cual nos menciona: 
 
29 
 
 “A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le 
acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando 
se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, 
cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por 
resolución judicial”. 
 
 “Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno 
consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo 
dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123”. 
 
 “En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes 
respectivas, el de las armas y los jurados, así como el desempeño de los cargos concejiles y los de elección 
popular, directa o indirecta”. 
 
De manera formal aunado al art. 5º Constitucional como Garantía Individual, hacemos referencia a la Ley 
de Profesiones la cual nos menciona: 
 
 “Toda persona a quien legalmente se le haya expedido título profesional o grado académico equivalente, 
podrá obtener cédula de ejercicio con efectos de patente, previo registro de dicho título o grado (art. 3º. Ley 
de Profesiones en el Distrito Federal). 
 
 Titulo Profesional: es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por 
instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que 
haya concluido los estudios correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de 
conformidad con esta Ley y otras disposiciones aplicables (art. 1º. Ley de Profesiones en el Distrito Federal). 
 
 Así mismo impone salvaguardas en caso de que llegase a existir algún conflicto de interés entre el 
Profesionista y la Sociedad: 
 
 “En caso de conflicto entre los intereses individuales de los profesionistas y los de la sociedad, la presente 
Ley será interpretada en favor de esta última, si no hubiere precepto expreso para resolver el conflicto. Por 
lo que se refiere a las profesiones que implican el ejercicio de una función pública, se sujetarán a esta Ley, y 
a las leyes que regulen su actividad, en lo que no se oponga a este ordenamiento (art. 6º. Ley de Profesiones 
en el Distrito Federal)”. 
 
 
30 
 
 A manera de conclusión diremos que el hombre al decidir vivir en sociedad, tácitamente formula un 
contrato social donde deposita sus diversas libertades y a través de decisiones políticas, económicas y sociales 
fundamentales originando con ello la constitución, donde se consigan derechos y obligaciones tanto al 
individuo como al gobierno, creando el Bien Común, Bien Publico, Bien Común Particular, Bien Común 
Publico, así como las Garantías Individuales y/o Derechos Humanos. De estos últimos en especial nos 
interesa la Garantía de Libertad y Garantía de Propiedad combinada con la obligación de contribuir al gasto 
publico, adicionados de los deberes de la persona respecto a la comunidad incluida en la Declaración de los 
Derechos Humanos.1.5.3. ETICA Y MORAL CONTRIBUTIVA 
 
 Los actos del hombre al vivir en comunidad (sociedad) donde desarrolla libre y plenamente su personalidad 
deben ajustarse fundamentalmente a lo que hemos denominado como valores económicos y valores sociales 
(valores humanos infra morales), así como a las virtudes de prudencia, justicia, fortaleza y templanza (valores 
morales). 
 
 La moral se relaciona con el derecho, las leyes con la ética, que actuando armónicamente regulan los actos 
del hombre que usa un libre albedrio, el cual es limitado por el bien común (particular y publico) y por el bien 
publico. Por lo anterior el individuo tiene deberes y obligaciones con la “Población, Gobierno y Territorio” 
donde se reside. 
 
 Los valores económicos de riqueza y éxito, deben armonizarse con los valores sociales de cooperación, la 
cohesión social, la prosperidad, a través de los valores morales de prudencia y de justicia para lograr el 
VALOR MORAL que constituye “EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNION”, convirtiéndose en las 
bases de la ética y moral contributiva. 
 Los actos del hombre usando su libre albedrio esta limitado, por lo que establecen las leyes que la 
constitución generen, las cuales acepto al decidir vivir en convivencia, pero el PODER que constituyo las 
decisiones fundamentales pueden ser leyes fiscales y atentar contra sus Garantías Individuales o Derechos 
Humanos. 
 
 La Ética Contributiva, el individuo la demuestra a los demás cuando cumple las leyes fiscales y los valores 
económicos, los valores sociales y los valores morales para logar el bien y Prosperidad de la Unión, llegando 
a la felicidad profunda, sin aceptar leyes que vayan contra sus Garantías Individuales. 
 
 
31 
 
 La moral contributiva es el comportamiento (ética contributiva) de todos los integrantes de la Población 
(sociedad) en un momento y en un lugar (Territorio) en materia de sus obligaciones fiscales (Deberes) de 
dicha población, territorio y gobierno (Estado), que en conjunto buscaran el “Bien y Prosperidad de la Unión” 
y la “Justa Distribución de la Riqueza”. 
 
 Difícilmente llegamos a la virtud de prudencia, justicia, fortaleza y templanza, olvidando incluso la 
cooperación y la cohesión social, que en la constitución política de los estados unidos mexicanos se expresa 
entre otras “…contribuir al gasto publico…”. 
 
 La empresa como suma de actos de múltiples individuos es parte de la economía y esta se relaciona con la 
ética de estos y la moral de aquella, dando por resultado lo que conocemos como “empresa socialmente 
responsable”, constituyen la ideología de la misma. 
 
 Las personas, las empresas, deben cumplir con la ética y la moral, pero también el gobierno de un país solo 
debe realizar actos éticos y morales, respetando lo que en México nombramos como garantías individuales y 
el mundo denomina como derechos humanos. 
 
 El comportamiento ético y moral del individuo, de la sociedad, del gobierno queda comprendido en normas 
que constituyen el derecho, las leyes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
32 
 
CAPITULO II 
 
2. ÉTICA PROFESIONAL. 
 
 Cuando se habla de ética o ético, nos referimos por lo general a la conducta, al comportamiento, al proceder, 
a la actuación, a la conciencia, a la integridad, a la moral de una persona o de una organización. 
 
 Al mencionar a la palabra ética junto a la palabra profesional, ligamos la idea que estamos hablando de que 
es bueno dentro de una profesión y que hay valores morales establecidos para cada profesión. 
 
 
 
 
 
 Cada una de las personas que integran las personas, desde el nivel más alto hasta el último nivel debe tomar 
la responsabilidad de integrar sus valores y principios a sus decisiones y comportamientos en la compañía. 
 
 La operación basada en la ética es el mejor modo de tener una empresa sólida y perdurable; resulta benéfico 
a la larga e indispensable para construir una institución sana y duradera. 
33 
 
 La ética produce beneficios, virtudes sociales como la honestidad, responsabilidad, lealtad, respeto, calidad 
y eficiencia en el desempeño de sus deberes; no solo tiene merito como valores éticos, también pues un valor 
económico tangible y ayudan a la empresa al logro de objetivos compartidos: productividad, calidad, 
crecimiento, confianza, credibilidad y prestigio en la comunidad. 
 
 La ética es necesaria para crear, incrementar y preservar el valor de una empresa. 
 
 
 
 
 
 
 
 
34 
 
 Una propuesta para las autoridades de las instituciones, consiste en incluir en sus planes de estudio la 
materia de Ética Profesional con carácter obligatorio, recomendándose que ésta se imparta durante el último 
semestre de la carrera, en razón de que los estudiantes estarían con mayor proximidad a la iniciación de su 
ejercicio profesional. 
 
 Pero no sólo esto, además, debemos promover y desarrollar una cultura y un ambiente formal de la ética en 
la institución y a la adopción de un código que considere asuntos tan importantes como la visión, misión, 
principios y valores que identifican a la institución educativa y a las personas que la integran y las normas de 
conducta de autoridades, maestros, alumnos y personal de apoyo a la educación. 
 
 
2.1. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL (IMCP) 
 
2.1.1. INTRODUCCION 
 
 
 El código de ética profesional no sólo sirve de guía a la acción moral, también mediante él, la profesión 
declara su intención de cumplir con la sociedad de servirla con lealtad y diligencia y de respetarse a sí misma 
y no sólo cumplir con lealtad al patrocinador de sus servicios. 
 
 Al elaborar el presente código se ha reconocido la existencia de varios principios, en este código nos 
referimos como postulados y se han agrupado en cuatro rubros fundamentales: 
 
 La definición del alcance del propio código. 
 
 Las normas que conforman la responsabilidad del profesional frente a la sociedad. 
 
 
 Las normas que amparan las relaciones de trabajo y de servicios profesionales. 
 
 La responsabilidad hacia la propia profesión. 
 
35 
 
2.2. POSTULADOS 
 
2.2.1. ALCANCE DEL CÓDIGO 
 
 Para el Contador Público o Firma ya sea nacional o extranjera, que ejerza su actividad profesional en el 
país deberá respetar y apegarse a las normas y estatutos de este Código. (Postulado I, Aplicación Universal 
del Código, del Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 
 
 
 
 
 
 
36 
 
2.2.2. RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD 
 
 El Contador Público no deberá ser influenciado por terceras personas al momento de emitir los informes 
ya que los resultados no serán transparentes y reales. Esta independencia de criterio debe ser de hecho y de 
apariencia. (Postulado II, Independencia de Criterio, del Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público al prestar un servicio debe ofrecer un trabajo profesional apegado a las 
disposiciones normativas de la profesión como son; Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, Código 
de Ética Profesional, Normas Internacionales Financieras, Certificación Profesional y Certificación por 
Especialidad. 
 
 Así mismo, debe proceder con el cuidado y la responsabilidad para que las actividades realizadas se 
logren con exactitud y en el tiempo que se requieran. (Postulado III, Calidad Profesional de los Trabajos, del 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 Para prestar servicios; el Contador Público deberá estar actualizado en el área a desarrollar las 
actividades asignadas, para lograr los objetivos establecidos. Esto se llevara acabo a través de la educación 
continua. (Postulado IV, Preparación y Calidad del Profesional, del Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 - La responsabilidad será del Contador Público de los trabajos realizados por él o por personas 
subordinas a su cargo. (Postulado V, Responsabilidad Personal, del Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 
 
372.2.3. RESPONSABILIDAD HACIA QUIEN PATROCINA LOS SERVICIOS 
 
 Como características de las responsabilidades hacia quienes patrocinan los servicios que se prestaran se 
encuentran las siguientes: 
 
El Contador Publico tiene la obligación de no revelar información que por alguna causa o circunstancia 
tenga o hubiese tenido conocimiento en el ejercicio de su profesión (Postulado VI, Secreto profesional del 
Código de Ética Profesional, IMCP). 
 
El Contador Publico tiene la obligación de rechazar trabajos que no cumplan con la moral, así como recibir 
retribución económica alguna por dicha actividad, ya que este acto conllevaría a la corrupción del 
profesional (Postulado VII, Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral, Código de Ética 
Profesional del IMCP). 
 
El Contador Publico no deberá aprovecharse bajo ninguna circunstancia de situaciones que perjudiquen a 
quien haya contratado sus servicios (Postulado VIII, Lealtad hacia el patrocinador de los servicios del 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Publico se hace acreedor a una paga (retribución monetaria) por los servicios que presta 
(Postulado IX, Retribución económica del Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
38 
 
2.2.4. RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN 
 
 Como características de las responsabilidades hacia la profesión se encuentran las siguientes: 
 
El Contador Publico por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia denigrara el trabajo efectuado por un 
colega, o antecesor en el servicio que prestara, así como a la profesión, contrario a esto se deberá enaltecer 
la imagen del Contador Profesional (Postulado X, Respeto a los colegas y a la profesión del Código de Ética 
Profesional del IMCP). 
 
El Contador Publico desarrollara su actividad con un servicio de calidad profesional y personal, teniendo 
como valor principal la búsqueda de la verdad (Postulado XI, Dignificación de la imagen profesional a base 
de calidad el Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Publico compartirá los conocimientos y habilidades aprendidas con el objetivo de mantener las 
mas altas normas profesionales y de conducta, así como contribuir al desarrollo y difusión de nuevos 
conocimientos de la profesión (Postulado XII, Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos del Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
 
 
 
39 
 
2.3. NORMAS GENERALES 
 
2.3.1. ALCANCE DEL CÓDIGO 
 
 Los Contadores Públicos y/o las Firmas deben apegar sus conductas a las normas establecidas en el 
Código de Ética Profesional sin olvidar que existen otras normas de carácter moral y legal a las cuales se 
deben apegar. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.01, Código de Ética Profesional del 
IMCP). 
 
 El Código ejerce la conducta del Contador Público en las relaciones establecidas con los colegas de la 
profesión, a quien presta sus servicios y con el público en general. (Normas Generales, Alcance del Código, 
Artículo 1.02, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 Cuando el Contador Público tenga funciones distintas a su profesión se tendrá que regir por estas normas 
o reglas independiente de las funciones extraordinarias que desempeñe. (Normas Generales, Alcance del 
Código, Artículo 1.03, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 Cuando exista duda acerca de la interpretación de este código, deberá informarse a la Junta de Honor de 
la asociación afiliada a que pertenezca el socio o del Instituto, en su caso. (Normas Generales, Alcance del 
Código, Artículo 1.04, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 Cuando se emite la opinión profesional, que sirve de base para la toma de decisiones, el Contador Público 
debe aclarar la relación que existe con quien sostiene relaciones profesionales. (Normas Generales, Alcance 
del Código, Artículo 1.05, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público al emitir opiniones e información de los servicios prestados, deberán estar fundados 
en juicios objetivos de manera que sean transparentes para que no exista conflicto de intereses. (Normas 
Generales, Alcance del Código, Artículo 1.06, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Público cuando emita informes con su firma, estos deberán ser el resultado del trabajo 
ejecutado por el o por sus subordinados a su cargo. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.07, 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 
40 
 
Solo se aceptarán aquellos trabajos a realizar, para los que el Contador Público este capacitado ya que el 
debe estar actualizado apegándose a la norma de educación continua y deberá elaborar un procedimiento 
que asegure el control de calidad al realizar los servicios. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 
1.08, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 Al firmar informes de cualquier índole el Contador Público será responsable de ellos en forma individual. 
(Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.09, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público podrá consultar opiniones con otros colegas en cuestiones de criterio o de doctrina, 
pero nunca deberá proporcionar información que identifiquen a las personas o sociedades de que se trate, a 
menos que sea con consentimiento de los interesados. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.10, 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
No se deberán emplear los conocimientos profesionales del Contador Público en servicios que no cumplan 
con la ética y la moral correspondientes. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.11, Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
Se deberán estudiar minuciosamente las necesidades por las cuales se esta prestando el servicio, para poder 
proponer las alternativas más optimas a las circunstancias presentadas 
 
 Estas propuestas se deberán proporcionar de forma desinteresada y estará basado en los conocimientos y 
la experiencia del profesional. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.12, Código de Ética 
Profesional del IMCP). 
 
No se podrá obtener ventajas económicas por la prestación de servicios, que el haya elegido en el ejercicio 
de su trabajo. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.13, Código de Ética Profesional del 
IMCP). 
 
La retribución económica que perciba el Contador Público deberá ir de acuerdo con la relevancia de las 
funciones a desarrollar. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.14, Código de Ética Profesional 
del IMCP). 
 
No podrá el Contador Público hacer comentarios que afecten a sus compañeros de su profesión o de la 
misma, solamente que lo requieran cuando se tenga el interés autorizado. (Normas Generales, Alcance del 
Código, Artículo 1.15, Código de Ética Profesional del IMCP). 
41 
 
El Contador Público tenga un equipo de trabajo a su cargo tendrá que dar un trato justo y estará 
comprometido a dar un adiestramiento adecuado. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.16, 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
No se podrá ofrecer trabajo a empleados o socios de colegas sin previo conocimientos de estos; pero si se 
podrá tener una relación laboral cuando por iniciativa de estas personas lo soliciten. (Normas Generales, 
Alcance del Código, Artículo 1.17, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Público deberá establecer su conducta en normas de ética, aplicando valores con honradez, 
responsabilidad y calidad en el servicio. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.18, Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
El Instituto se encargara de publicar por medio de sus asociaciones federadas los servicios que los 
Contadores Públicos tienen la capacidad de brindar a la sociedad. (Normas Generales, Alcance del Código, 
Artículo 1.19, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Público podrá difundir por medio de publicidad los servicios que presta manteniendo una 
presentación digna; excluyendo servicios relacionados condictaminación. (Normas Generales, Alcance del 
Código, Artículo 1.20, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Público y/o la Firma deberá ejercer con total transparencia y honestidad cuando maneje fondos 
o valores de los usuarios de sus servicios. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.21, Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
Los trabajos técnicos, boletines y folletos que elaboran los contadores Públicos deberán tener una 
presentación digna y solo podrán circular entre su personal, clientes y personas que expresamente lo 
soliciten. (Normas Generales, Alcance del Código, Artículo 1.22, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 
 
 
 
 
 
42 
 
2.4. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO PROFESIONAL INDEPENDIENTE 
 
2.4.1. GENERAL 
 
Se expresara la opinión de Contador Público y/o Firma en los trabajos que se hayan encomendado 
apegándose en las reglas establecidas en este Código, además de haber aplicado las normas establecidas en 
la profesión que sean aplicables a los servicios prestados. (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, 2.01, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
No podrá el Contador Público independiente utilizar su nombre en informes financieros o cualquier otro 
informe, los cuales sean para estimaciones o proyectos futuros en donde admita su responsabilidad. (Del 
Contador Público como Profesional Independiente, 2.02, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
Para prestar mejores servicios de calidad el Contador Público podrá asociarse con colegas inclusive con 
profesionistas de otras áreas formando una Firma. Esta asociación podrá formarse si el Contador Público 
manifiesta su responsabilidad personal e ilimitada. Cuando se tenga que recurrir a la asesoría de un 
especialista será responsabilidad del Contador Público la capacidad y competencia de este asesor y se 
informara al cliente de la situación. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.03, Código 
de Ética Profesional del IMCP). 
 
No podrán ser aceptados los trabajos donde se solicite la independencia de criterio cuando esta sea limitada 
y no se pueda llevar a cabo. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.04, Código de Ética 
Profesional del IMCP). 
 
En la razón social de la Firma se empleara el nombre de alguno de sus asociados que sea Contador Público. 
Se podrá conocer como firma de Contadores Públicos cuando se ejerza la Contaduría Publica y más del 50% 
de los socios sean Contadores Públicos. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.05, 
Código de Ética Profesional del IMCP) 
 
Cuando el Contador Público de una asociación acepte un puesto incompatible con el ejercicio independiente, 
tendrá apartase de la actividad profesional como tal. (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, 2.06, Código de Ética Profesional del IMCP) 
 
 
43 
 
Cuando el Contador Público ejerza de manera independiente, no podrá firmar informes elaborados por 
personas ajenas a la Firma y tampoco podrán actuar en su nombre. (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, 2.07, Código de Ética Profesional del IMCP) 
 
El Contador Público deberá fundamentar los puntos en que consistirá el servicio brindado así como sus 
limitantes. Cuando en la elaboración del trabajo se presenten eventos que detengan el avance del mismo se 
informara al cliente. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.08, Código de Ética 
Profesional del IMCP) 
 
El Contador Público no les podrá ofrecer trabajo a los funcionarios o empleados a quien presta sus 
servicios, si no es con previo conocimientos de estos. (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, 2.09, Código de Ética Profesional del IMCP) 
 
Se podrá conceder participación de las utilidades generadas del trabajo de personas o asociaciones con 
quien se comparte el ejerció profesional; pero no se podrá conceder comisiones o carro tajes por la 
obtención de un servicio. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.10, Código de Ética 
Profesional del IMCP) 
 
El Contador Público y/o la Firma podrán presentar propuestas de sus servicios y retribuciones económicas; 
reconociendo el derecho al que el usuario tiene de solicitar otras propuestas del servicio con la cotización de 
sus honorarios. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.11, Código de Ética Profesional 
del IMCP). 
 
No podrá el Contador Público ejercer u ofrecer sus servicios a clientes de sus colegas, solamente tendrá 
derechos cuando estos requieran sus servicios o recomendaciones. (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, 2.12, Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
Cuando un Contador Público solicita a un colega la intervención de sus servicios para un trabajo en 
especifico, este deberá acatarse a las reglas convenidas entre ambos y si en su caso el cliente solicita por 
mas tiempo sus servicios, este no deberá comprometerse a realizarlo sin antes haberlo consultarlo con el 
Contador Público que tuvo la relación laboral. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.13, 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
Cuando se solicite al Contador Público su opinión por algún cliente de sus colegas tendrá que informarle al 
Contador Público a su cargo del cliente el resultado de la propuesta antes de presentarlo al cliente final. La 
información que necesite adicional para la entrega de informes la tendrá que solicitarla el Contador Público 
a cargo para llegar a la petición necesitada por el cliente. (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, 2.14, Código de Ética Profesional del IMCP). 
44 
 
Cuando se este en alguna Asociación Profesional, los Contadores Públicos no podrán ejercer trabajos sin 
previa autorización de los socios. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.15, Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
El Contador Público no podrá ofrecer sus servicios a quien no lo hayan solicitado; va contra la ética 
profesional ofrecer directamente los servicios al publico en general con quien no se tengan relaciones 
personales o laborales. (Del Contador Público como Profesional Independiente, 2.16, Código de Ética 
Profesional del IMCP) 
 
 Aquellos Contadores Públicos que trabajen en asociación, con o representando a profesionales de otros 
países, están obligados y son responsables de que éstos últimos, cumplan con lo establecido en este código al 
hacerse presentes en territorio nacional (Del Contador Público como Profesional Independiente, art. 2.17 
Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público, podrá fijarse en relación con los resultados que se obtengan con su intervención, una 
parte de la retribución monetaria que perciba, siempre que esta determinación de resultados; no la determine 
el propio profesional. 
 
Cuando el Contador Público actúe como auditor independiente no podrá utilizarse este método de de cálculo 
de los honorarios (Del Contador Público como Profesional Independiente, art. 2.18 Código de Ética 
Profesional del IMCP). 
 
 En el caso de que el Contador Público llegase a prestar sus servicios en un país ajeno al suyo, deberá 
apegarse a las exigencias del Código de Ética Profesional local y en caso de no haber dicho Código, se 
deberá ajustar a los usos y prácticas profesionales en ese país (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, art. 2.19 Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público debe informar a sus clientes o socios cualquier tipo de relación significativa que tenga 
con personas, entidades, productos o servicios, que pudiera llevar a un conflicto de intereses y, por 
consecuencia, el deterioro de su independencia, sobre la cual el cliente o el socio tendría que ser informado. 
 
 En caso de prestación de dos servicios a la par en relación con una misma transacción, el Contador Publico 
tendrá que informar por escrito a cada una de las partes involucradas sobre el tipo de naturalezaque esta 
prestando, sin violar el principio de confidencialidad con cada cliente, también es importante la obtención 
del consentimiento escrito de las partes involucradas (Del Contador Público como Profesional 
Independiente, art. 2.20 Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
45 
 
2.5. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO AUDITOR EXTERNO 
 
 Se considera que no existe independencia ni imparcialidad para expresar una opinión que sirva de base a 
terceros para la toma de decisiones (Del Contador Público como Auditor Externo, art. 2.21 Código de Ética 
Profesional del IMCP), cuando el Contador Público y/o la Firma se encuentre en los siguientes supuestos: 
 
 Sea cónyuge, pariente consanguíneo o civil en línea recta y sin limitación de grado colateral dentro 
del cuarto y afín dentro del segundo, así como del propietario o socio principal de la empresa o de 
algún director, administrador o empleado del cliente. 
 
 Sea, o haya sido en el ejercicio social que dictamina o en relación al cual se le pide su opinión, 
miembro del consejo de administración, administrador o empleado del cliente o de una empresa 
afiliada, subsidiaria o que esté vinculada económica o administrativamente, o tenga algún trato 
verbales o escritos, encaminados a ser director. 
 
 Haya tenido o tenga en el ejercicio social que dictamine o en relación con el cual se le pide su 
opinión, o pretenda tener alguna injerencia o vinculación económica directa o indirecta, en la 
empresa, en un grado que se vea afectada su independencia de criterio. 
 
 Reciba o tenga, participación alguna directa sobre los resultados del asunto que le encomendó la 
empresa que contrató sus servicios profesionales y llegase a expresar su opinión sobre estados 
financieros en situaciones en las cuales dicha participación dependa del éxito de cualquier 
transacción efectuada por la empresa. 
 
 Sea agente de bolsa de valores. 
 
 Obtenga de un solo cliente, más del 33% de su ingreso durante más de tres años consecutivos, u otra 
proporción que aun siendo menor sea de tal manera importante, que le impida mantener su 
independencia. 
 
 Tenga relaciones o intereses que puedan ejercer influencia negativa, impidan o amenacen su 
independencia de criterio. 
 
46 
 
 No haya obtenido los honorarios contratados por servicios de auditoria externa del año anterior, en 
la forma e importes convenidos por escrito, al inicio de la siguiente auditoria. Para estos efectos la 
renegociación de honorarios no se considera como el pago de los mismos. 
 
 Reciba de un cliente o sus partes relacionadas, inversiones de capital en su despacho, 
financiamientos u otros intereses económicos, a los que le proporcione servicios de auditoria 
externa. 
 
 Llegase a proporcionar directamente o a través de algún socio o empleado de su asociación 
profesional, servicios adicionalmente al de auditoria externa, pudiendo ser los siguientes: 
 
- Preparación de la contabilidad del cliente de manera permanente. 
 
- Diseño, implantación, operación y supervisión de los sistemas del cliente que generen 
información significativa para la elaboración de los estados financieros a dictaminar. 
 
- Auditoria interna relativa a estados financieros y controles contables, cuando el auditor externo 
toma la responsabilidad de dicha función. 
 
- Reclutamiento y selección de personal del cliente para que ocupe cargos en los primeros niveles 
de autoridad. 
 
- Preparación de avalúos o estimaciones que tengan efecto en registros contables y sean 
relevantes. 
 
- Manejo de fondos o valores del cliente. 
 
 
 
 
 
 
47 
 
La siguiente figura representa las circunstancias en las cuales el Contador Profesional, puede perder 
independencia: 
 
 
 
48 
 
 Servicios fiscales y de consultoría de negocios son compatibles con los de auditoria externa, y no 
necesariamente implica falta de independencia del Contador Publico, siempre y cuando la prestación de 
dichos servicios no incluya la participación o responsabilidad del Contador Público o la Firma en la toma de 
decisiones administrativas y financieras (Del Contador Público como Auditor Externo, art. 2.22 Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
 Para reducir o eliminar algunos riesgos de independencia e imparcialidad (Del Contador Público como 
Auditor Externo, art. 2.23 Código de Ética Profesional del IMCP), el Contador Publico como auditor externo 
podrá implementar las siguientes salvaguardas: 
 
 Establecer políticas y procedimientos destinados a promover el control de calidad de 
los trabajos de auditoria. 
 
 Implantar políticas y procedimientos que permitan la identificación de relaciones o 
intereses entre el auditor y los clientes de auditoria. 
 
 Asegurarse que el personal esté sensibilizado de la importancia de comunicar a los 
niveles superiores del equipo de trabajo en la práctica de auditorias, cualquier asunto 
sobre independencia y objetividad que les afecte. 
 
 Involucrar a un Contador Público adicional dentro de la misma firma, que no haya 
participado en el trabajo de auditoria, para que revise el trabajo terminado u ofrezca 
su consejo cuando éste sea necesario. 
 
 Consultar a un tercero, que puede ser un comité de consejeros independientes (un 
cuerpo regulatorio profesional u otro auditor). 
 
 Tener rotación de personal de alto nivel. 
 
 Fijar políticas y procedimientos para evaluar si ciertos riesgos, en circunstancias 
específicas, pueden ser considerados como de poca importancia. 
 
 
 
49 
 
 
El cuadro siguiente presenta un resumen de las salvaguardas que puede aplicar el Contador Profesional: 
 
50 
 
 Tomando en cuenta lo anterior en cada trabajo de auditoria deberán documentarse las circunstancias que 
podrían haber dañado la independencia del Contador Publico, así como la evaluación de los riesgos y las 
salvaguardas empleadas. En caso de que de que los riesgos no puedan ser eliminados o limitados por las 
salvaguardas el auditor deberá rehusarse a desempeñar, o retirarse de un trabajo de auditoria. 
 
 En el caso de una entidad sujeta a dictaminación, existen otras salvaguardas que pueden considerarse para 
preservar la independencia del auditor externo: 
 
 Nombramiento del auditor por un órgano superior a la dirección de la entidad (consejo de 
administración, comisario, etc.) 
 
 Procedimientos internos que aseguren objetividad al asignar trabajos que no sean de auditoria. 
 
 
51 
 
 En las asociaciones profesionales sólo podrán suscribir estados financieros, dictámenes e informes 
procedentes de auditoría quienes posean el título de Contador Público y que este debidamente registrado 
(Del Contador Público como Auditor Externo, art. 2.24 Código de Ética Profesional del IMCP). 
 
 Los servicios profesionales de dictaminación que son distintivos y privativos del Contador Público no 
podrán ser anunciados ni publicitados (Del Contador Público como Auditor Externo, art. 2.25 Código de 
Ética Profesional del IMCP). 
 
2.6. DEL CONTADOR PÚBLICO COMO CONSULTOR FISCAL 
 
 Cuando preste servicios de consultoría fiscal El Contador Público y/o la Firma, cuidará de proponer la 
mejor posición a favor de su cliente, y que no se obstruya de ninguna manera la integridad y objetividad, y 
sea según su opinión consistente con la Ley (Del Contador Público como Consultor Fiscal, art. 2.26 Código 
de Ética Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público y/o la Firma no deberá dar a su cliente la seguridad (incertidumbre) de que la 
asesoría fiscal ofrecida, es incuestionable. Al contrario, deberá asegurarse que el cliente se dé cuenta de las 
limitaciones y consecuencias inherentes, de modo tal, que no se malinterprete la expresión de una opinión 
como la afirmación de un hecho (Del Contador Público como Consultor Fiscal, art. 2.27 Código de Ética 
Profesional del IMCP). 
 
 El Contador Público y/o la Firma deberá cuidar de documentar la consultoría fiscal que proporcione (Del 
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