Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
CONTENIDOS TRANSVERSALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA EJE TEMÁTICO TRANSVERSAL UNO: ESTADO-DERECHO-JUSTICIA 1 CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANIA CIUDADANÍA: La ciudadanía es el “vinculo” entre un Estado y las personas que habitan su territorio. Otorga a las personas DERECHOS y a su vez DEBERES. Marshall identifico tres fases históricas, en el siglo XIX se consiguieron los: DERECHOS CIVILES: Expresión, pensamiento de religión a la propiedad, igualdad ante las leyes. DERECHOS POLITICOS: Sufragio universal y secreto, derecho a ser elegido. Para adquirir una condición de ciudadanos no es suficiente el reconocimiento de derechos posibles en la constitución nacional y otras leyes: Es necesario la concreción de los derechos reconocidos: CONCRECION DE LOS DERECHOS: Es decir, realmente en la vida diaria, se pueden hacer valer nuestros derechos de forma rápida, completa, efectiva, el poder asumir deberes, además del estatus de ciudadanía debe haber participación ciudadana, es lo que llamamos “CONSTRUCCION DE CIUDADANIA.” Es imprescindible nuestro accionar en la sociedad que vivimos para luego lograr eso la herramienta útil es formarnos como ciudadanos, es necesario una base de reglas, las mismas cumplirían el lugar de nuestra constitución y leyes que nos dicen cómo se organiza nuestra sociedad y regulan la convivencia entre los habitantes y lo que está permitido y lo que no si nosotros no conocemos, sería imposible que sepamos que alguno esté haciendo trampa para favorecerse así mismo, perjudicando al resto, tenemos el deber de hacer cumplir las reglas que rigen nuestra sociedad. El buen ciudadano se siente parte de la sociedad y es un guardián de sus derechos y el de los otros ser un buen ciudadano es una tarea ardua, compleja y difícil que conlleva mucho esfuerzo pero la recompensa es mucho superior. AMBITOS PARA EJERCER LA CIUDADANIA. No se podría hablar de ciudadanía en hacer referencia al ámbito en donde el ciudadano se desenvuelve. El “estado”, organización social soberana y cooperativa formada por un conjunto de instituciones obligatorias y que tienen el poder de regular la vida de un grupo de personas en un territorio determinado y no podría existir estado sin ciudadanos y viceversa. Para poder ejercer la ciudadanía es necesario entender como está formado el ESTADO: sus antecedentes y su rol en la democracia. 2 ESTADO DE DERECHO: Para organizarse y subsistir en comunidad, la sociedad tiene una serie de leyes que establezcan lo que se puede hacer y lo que no, incluso la facultad de castigar a las personas que no cumplan quitándoles la libertad y hasta en algunos países la vida. Cuando el estado actúa democráticamente y se apega a la constitución, se lo define como estado de derecho. El resultado de la lucha del hombre por su libertad. El estado debe actuar de acuerdo a lo que establece la ley, la constitución nacional. Para evitar abusos del estado, las sociedades modernas establecieron un pacto por el cual el pueblo establecía como iba a estar formado el estado como debían ser dictados las formas y que derechos no podían ser violadas, este pacto para vivir en sociedad se denomina constitución. La idea de que esto obligue proviene de dos fuentes: -PRINCIPIO DE DEMOCRACIA: La soberanía pertenece al pueblo. -PRINCIPIO DE LA SUPREMACÍA: Establece una ley suprema que obliga por igual a gobernantes y gobernados. La constitución tiene que ser el resultado para que, a través de una profunda discusión, establezcan ellos mismos como quieren vivir que gobierno quieren formar. ESTADO SOCIAL DE DERECHO: Estado social implica el reconocimiento de valores compartidos por todos que deben regir y orientar el accionar de los ciudadanos y del estado. ✔ Libertad. ✔ Igualdad. ✔ Democracia-Sufragio Universal. ✔ Dignidad de Vida. ✔ Solidaridad como deber jurídico. ✔ Justicia social. ✔ Vida económica y social. ¿QUÉ PAPEL CUMPLE EL DERECHO? ¿Por qué existe el derecho? Si nos preguntamos todos, cuando necesitemos algún tipo de regla o ley podemos responder que, cuando se presenta algún tipo de conflicto. Estos conflictos y/o problemas se solucionan solamente si se establecen reglas de convivencia impuesto por el más fuerte, estas reglas son un primitivo derecho que se establece para organizar la convivencia por Eso solo es necesaria la ley cuando el hombre vive en sociedad, entonces la ley en forma de regla de convivencia. 3 El derecho es un conjunto de normas de conductas que surgen de leyes escritas en general de principios y valores, la finalidad es generar convivencia entre dos o más personas. El derecho sirve para poner orden. El derecho puede regular acciones externas ya que las internas están reservadas a la conciencia de cada uno o a Dios. CONSTITUCION NACIONAL: Es un acuerdo cuyo texto establece las reglas de la democracia política que determina quienes nos gobiernan y como lo hacen y también como elegimos a nuestros gobernantes. Fija los derechos individuales, sociales y garantías que resguardan frente a los poderes del estado y ciudadanos. Derechos y garantías: ✔ Libertad personal. ✔ Autonomía personal. ✔ Igualdad ante la ley. ✔ Expresión y de prensa. ✔ Derecho de peticionar a las autoridades. ✔ Derecho al trabajo. ✔ Derecho a la educación. ✔ Derecho a la salud. ✔ Derecho de consumidores. ✔ Derecho a un medio ambiente sano. ✔ Derecho de usuarios de servicio público Construcción de la nación Arg. Ley superior: establecido a)- Procedimientos para dictar leyes b)- Organización del poder estatal. (b y c determinan que se cumple) c)- Función que cumple cada uno. d)- Declaración de derechos y garantías. (Protege a los habitantes de cualquier intento del estado) 4 Partes de la constitución: -Preámbulo -Primera parte. -Segunda parte. -Declaraciones. -Derechos. -Garantías. ¿QUE ES LA POLITICA? Actividad practica que se desarrolla cuando la resolución de un conflicto sobre el modo de organización de la sociedad requiere el ejercicio del poder. Es inherente a la política Pluralidad de puntos de vista. por varias razones: Siempre hay más de una respuesta. Negación de las alternativas conflictivas de política y de la democracia. ¿QUE ES EL BIEN COMUN? Luchas por definiciones de ese bien. Organización del estado: ✔ PODER LEGISLATIVO: Cámara de diputados y senadores. Su principal función es la de hacer ley, los legisladores expresan la voluntad soberana del pueblo. ✔ PODER EJECUTIVO: Desempeñado por el presidente de la nación Arg. ✔ PODER JUDICIAL: Decide las causas que implican la resolución de conflictos a quienes desobedecen la ley. Tiene a su cargo Justicia federal Justicia ordinaria. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION ✔ Órgano máximo del poder judicial. ✔ Control constitucionalidad de las leyes. ✔ Creando por la construcción Nacional. ✔ Los magistrados son designados por el presidente con acuerdo del senado. ✔ Los jueces duran en sus empleos por su buena conducta. 5 DEMOCRACIA: Es el gobierno del pueblo. Se divide en dos partes: a)¿Quién toma las decisiones? El poder lo tiene el pueblo. b)¿Qué procedimientos se requieren? La unanimidad. El ciudadano es aquel que adquiere acceso político. Hay diferentes tipos de democracia: DIRECTA: Los ciudadanos participan activamente y directamente en la toma de decisiones estaban excluido: esclavos, mujeres y extranjeros. REPRESENTATIVA: El pueblo puede elegir a su representante a través del sufragio. Los representantes ejercen el gobierno protegiendo los intereses de los ciudadanos que eligen representarlos. REGLASDE LA DEMOCRACIA: ✔ La decisión de la mayoría gana, se respetan los derechos de la minoría. ✔ Libre expresión y pensar diferente. ✔ Que las elecciones sean forma periódica, libre, limpias, voto personal. ✔ Que en cada competencia no haya violencia y sea puro dialogo. EL SUFRAGIO: En 1912 la ley SAEN PEÑA, se estableció derecho al sufragio. El voto femenino se instauro en nuestro país en el año 1947 en el gobierno de Juan Domingo Perú. En 1951 las mujeres Argentinas votaron por primera vez. CARACTERISTICAS: Universal, igual, secreto, obligatorio. Universal: Todos los ciudadanos tenemos derecho a elegir y ser elegidos. Igual: Un hombre, un voto. Secreto: no es conocida por el resto y no se somete a presiones. Obligatorias: El sufragio es un deber ciudadano y el que no vota debe ser sancionado. 6 CONTENIDOS TRANSVERSALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA EJE TEMÁTICO TRANSVERSAL DOS: INTRODUCCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS 7 ¿Dónde está el derecho? ✔ Trabajar. ✔ Persona. ✔ Animales. ✔ Normas. ✔ Const. Nac. ✔ Código civil. ¿Qué ES EL DERECHO? ✔ Ley. ✔ Normas. (algo escrito) ✔ Código. EL DERECHO SE: ✔ Construye. ✔ Discute. ✔ Disputa. ✔ Tensiona. Lo construyen y lo conocen todos los ciudadanos. DERECHOS HUMANOS: Entraron al mundo del derecho como construcción colectiva. ¿Qué SON? Libertades y derechos de personas. 8 Se construyen pensando a las personas como: ✔ Emprendedores. ✔ Consumidores. ✔ Súbditos. ✔ Partes de un todo. Las personas como iguales y dignas. No todos los derechos son derechos H. Sin esos derechos no somos personas. CARACTERISTICAS DE DERECHOS HUMANOS: ✔ Inherentes a seres humanos a la persona. ✔ Universales. ✔ Intransferibles, irrenunciables e inalienable. ✔ Incondicionales y obligatorias. ✔ Inviolables. ✔ Integrales, interdependientes, indivisible, complementarios. ¿Cuáles son los derechos humanos? ✔ Derechos civiles y políticos 1era generación ✔Derechos económicos 2da generación. Sociales. Culturales. ✔ Derechos de iniciación colectiva 3er generación. ✔ Derechos de grupos vulnerables 4ta generación. Los derechos son el lente para mirar, entender, construir las normas, leyes, códigos, la ordenanza y la política. Están todas las ramas del derecho. Para saber derecho necesitamos a los derechos humanos. 9 ESTADO Principal responsable de los derechos humanos. Estado obligado. Hacer No hacer VILAS: La Política = Conflicto y Poder. Actividad práctica requieren del ejercicio del poder. Organizar la sociedad significa: ✔ Regular comportamientos. ✔ Asignar recursos y competencias. ✔ Tomar decisiones obligatorias para los miembros del conjunto social. El conflicto inherente a la política. DERECHOS HUMANOS Conjunto de libertades y derechos que apuntan a garantizar y satisfacer una vida digna sin distinción alguna. INHERENTES: A cada uno de los seres humanos. Son la base de la democracia y se fueron construyendo mediante luchas sociales. LA BASE DE LOS DDHH ES NADA MÁS Y NADA MENOS QUE EL DERECHO A TENER DERECHOS. Derechos del trabajador: 2da generación. Derechos colectivos Sociales, Culturales 1er generación Derechos económicos. Individuales Derechos políticos. 2da generación Derechos del trabajador 3ra generación Derechos de solidaridad. MEDIO AMBIENTE SANO 10 CONTENIDOS TRANSVERSALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA EJE TEMÁTICO TRANSVERSAL TRES: GÉNERO 11 LOS CAMINOS DEL FEMINISMO EN LA ARGENTINA • Autora: Dora Barrancos. Socióloga y doctora en Historia. Profesora consultora de la UBA e investigadora del CONICET. • Sinopsis: La autora plantea un recorrido por el devenir del movimiento feminista en Argentina, desde el Siglo XX hasta la actualidad, especificando las luchas y logros correspondientes a cada época. Inicios del feminismo y las luchas por el sufragio femenino en Argentina (1900- 1947) El surgimiento del feminismo forma parte de la argentina “moderna” –fines del siglo XIX e inicios de XX, en una sociedad donde las mujeres actuaban y trabajaban, opinaban e influenciaban en la vida política, a pesar de que no se las reconociera y aún no se les fuera concedido el derecho a la ciudadanía. Al finalizar el siglo XIX, el Código Civil Argentino (al igual que el de otros países) posicionaban a la mujer como una persona con inferioridad jurídica. Para removerla, se produjeron movimientos por parte de las mujeres socialistas y las denominadas librepensadoras, quienes reclamaban fundamentalmente: 1. La obtención de mayor educación; 2. La remoción de la inferioridad civil; 3. El auxilio a las madres desvalidas; 4. El derecho al sufragio (votación). Sin embargo, sobre el cuarto y último punto, el feminismo encontró discrepancias. En el primer congreso femenino (año 1910) se distinguieron dos grupos: • Quienes defendían el derecho a voto por escalones (como Alicia Moreau). Exigiendo, por ejemplo, mayor educación para las votaciones nacionales. • Quienes abogaban por el sufragio femenino universal, en igualdad de condiciones con los varones (lideradas por Abella Ramírez y Julieta Lanteri). Una vez que terminó la Gran Guerra -1° Guerra Mundial- en 1918, esta fue la posición defendida por las feministas más prestigiosas, como Elvira Rawson de Dellepiane. Para que este movimiento se lleve a cabo, se usó al maternalismo como base argumental y estrategia: las mujeres eran igual de dignas que los varones por su condición de madres. La estrategia surtió efecto, ya que en 1920 un mayor número de asociaciones apoyaron la medida. Varios proyectos para aprobar el sufragio femenino ingresaron al congreso y en 1932, la Cámara Baja aprobó el voto femenino, mas nunca fue tratado en el Senado. A partir de la década del 30 y hasta mediados de los 40, las demandas feministas presentaron una declinación. Se dio en un primer momento por el golpe de Estado de 12 Uriburu, y luego por los avances autoritarios europeos que repercutían localmente. A pesar de que el mayor empeño militante estuvo destinado a socorrer a las víctimas de la guerra civil europea y del nazi fascismo; las socialistas, radicales y anarquistas siguieron abogando por la completa autonomía femenina, en un mundo asolado por gobiernos totalitarios. La llegada del peronismo puso el fin a esta etapa. Con el empeño de Eva Perón (quien, explica la autora, estaba alejada del feminismo) se movilizó a mujeres frente al tratamiento en el Congreso en 1947, donde se sancionó la ley de sufragio. La primera experiencia de voto femenino se realizó en 1951, y la concurrencia masiva arrojó resultados positivos para el peronismo en aquellas elecciones. La Argentina pudo mostrar una circunstancia inédita, ya que las representantes femeninas alcanzaron en torno al 30 por ciento en ambas cámaras del Congreso. Sin embargo, luego de la deposición de Perón en 1955, casi no hubo mujeres en los parlamentos. Movimiento de mujeres y feminismo entre 1976 y el presente En el año 1976 y hasta el 1983, Argentina atravesó un golpe de Estado liderado por Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera y Orlando Ramón Agosti. Esta rebelión cívico militar depuso a la presidente Estela Martínez de Perón y estableció una junta militar. Lalucha del feminismo se fortaleció en este período, que es recordado por las desapariciones de personas que se produjeron. En la lucha por la aparición de sus familiares, surgieron por ejemplo las Madres de Plaza de Mayo. Con la vuelta la democracia (año 1983) y gracias a los aportes de la segunda ola (años 1960), retornó el movimiento feminista con cambios notables de posiciones y agenda. Esta agenda estaba conformada por: • La violencia doméstica (problema del cual se encargaron diversas organizaciones de mujeres) • El reconocimiento político (cuyos defensores fueron los militantes de diferentes partidos políticos, que solicitaron el reconocimiento pleno, el derecho a obtener cargos partidarios y lugares en la representación parlamentaria). En este período se presentaron proyectos en materia de cupo femenino. El primer país del mundo en incorporar este sistema fue Argentina, mediante la ley 24.012, se sancionada en el año 1991. La ley de cupo femenino exige que las listas de partidos políticos (para cargos electivos nacionales) deben tener como mínimo un 30% de candidatas mujeres. Además, las mujeres debían ubicarse en lugares expectables, con posibilidad de resultar electas. En la actualidad, han habido denuncias de arreglos y manipulación por parte de los varones que conforman las listas1. Si bien el número de feministas en los cargos electivos no ha sido generoso, algunas excepciones (como la primera Legislatura de la ciudad de Bs. As. – año 1997 al 2000) son remarcables. 13 La mayor representación de mujeres permitió sancionar: ✓ Leyes progresistas sobre Derechos sexuales y reproductivos ✓ Leyes que ampliaron la ciudadanía de la mujer ✓ La reforma constitucional del 1994 que incluyó la Convención contra todas las formas de Discriminación de las Mujeres (o CEDAW, por sus siglas en inglés). Los avances de derechos políticos de la mujer tuvo efectos como: ✓ La posibilidad de “construir carreras” de parte de las mujeres ✓ La admisión de mujeres en cuadros permanentes. ✓ Liderazgos políticos femeninos ✓ Mujeres electas y reelectas en la primera magistratura. En el año 2011 tomó trascendencia el caso Pucheta: Ramona Pucheta ocupaba el segundo puesto en la lista de candidatos a diputados nacionales por “Compromiso Federal” y Raúl Castells, el tercer puesto. Estos candidatos habían acordado que, si la mujer salía electa, renunciaría a su banca para que asuma Castells, y así sucedió. La polémica se produjo cuando la cámara de Diputados se percató de que este reemplazo violaba la ley de cupo femenino. Para la autora, la ciudadanía femenina aún no es perfecta, pero la realidad política se ha vuelto más diversa, porosa. Dora Barrancos agrega que persiste la vertiente “relacional” sobre la “individual”. • Feminismo relacional: además de procurar prerrogativas iguales para las mujeres, también alarga preocupaciones y solidaridades con otros sectores subalternos de la sociedad. Ha permitido comprender más a las mujeres que sufren opresión de género, especialmente agravada por la clase y la etnia. • Feminismo individual: Focaliza exclusivamente la acción sobre las propias mujeres. • Feminismo de la diferencia: hace eje en las singularidades culturales de los colectivos femeninos, caracteriza a las manifestaciones feministas argentinas. • Feminismo identitario: de corte individual y en mayor medida liberal, no es el que cuenta con más adhesiones. Desde fines del siglo XX, las feministas han apoyado dos leyes fundamentales: 1. El matrimonio igualitario (2010), que permite el casamiento de personas del mismo sexo. 14 2. La ley de identidad de género (2011), que posibilita tener la identidad civil de acuerdo con la identidad sexual/genero subjetiva. Sin duda, los movimientos sobre la diversidad sexual provienen de los viejos fermentos del feminismo. Según la autora, actualmente nos encontramos frente a un fenómeno donde cada vez hay menos feminismo de “capilla”, y abundan expresiones o grupos más populares, colectivos que actúan en favor de los derechos de las mujeres. No obstante, hay numerosos círculos de mujeres que si se definen como feministas en todas las regiones del país. Todas esas organizaciones mantienen en pie la lucha contra la violencia y contra la trata (aunque no haya uniformidad respecto de las mujeres en situación de prostitución, ya que aun se debate si es un trabajo o un recurso extremo frente a la necesidad). Pero hay una cuestión principal en la agenda de las mujeres movilizadas por derechos: se trata de la legalización del aborto, la accesibilidad gratuita y segura a los servicios de salud para abortar, la prerrogativa de decidir sobre nuestros cuerpos. Se trata de una demanda que unifica a todo el espectro del feminismo, una asignatura pendiente en el arco de los innegables avances habidos en estos treinta años de democracia. 15 CUESTIONARIO 1. ¿En qué momento puede situarse el surgimiento del feminismo en Argentina? 2. ¿Cuáles son las demandas fundamentales en aquellos tiempos? 3. ¿Por qué no puede sorprender la extensión de las acciones feministas para revocar la desigualdad entre varones y mujeres a partir de finales del Siglo XIX? 4. Realice una línea de tiempo con los acontecimientos históricos relevantes en materia de voto femenino y sanción de ley de sufragio 5. ¿Cuáles fueron las demandas del feminismo a finales del Siglo XX? 6. ¿Cuál fue el instrumento jurídico relevante, en materia de reconocimiento de los Derechos de la mujer, incluido en la reforma constitucional del año 1994? 7. ¿Qué se entiende, según la autora, por “feminismo relacional”, “feminismo individual” y “feminismo de diferencia”? 8. ¿Cuáles fueron las dos leyes fundamentales apoyadas por el feminismo en los RESPUESTAS 1. El surgimiento del feminismo en Argentina se sitúa a fines del siglo XIX e inicios de XX, en la época de la Argentina “moderna”. Esta Argentina estaba formada por una sociedad donde las mujeres actuaban y trabajaban, opinaban e influenciaban en la vida política, aunque no se las reconociera y aún no se les fuera concedido el derecho a la ciudadanía. A pesar de estas condiciones, el feminismo se consolidó como movimiento cuando, a fines del XIX, el Código Civil estableció la inferioridad jurídica de las mujeres. 2. Durante los principios del feminismo en Argentina, las demandas de las mujeres se basaban en 4 exigencias fundamentales: 1. La obtención de mayor educación; 2. La remoción de la inferioridad civil; 3. El auxilio a las madres desvalidas; 4. El derecho al sufragio (votación). 3. No puede sorprender la extensión feminista a partir de finales del Siglo XIX porque en ese momento estaba en plena vigencia el Código Civil Argentino que sancionaba la inferioridad jurídica de las mujeres. Los derechos civiles (Ciudadanía) y políticos de las mujeres eran gravemente ignorados. 4. Línea de tiempo con acontecimientos importantes del sufragio femenino: 16 17 5. Las demandas del feminismo del Siglo XX fueron: • Prevención y eliminación de la violencia doméstica • Reconocimiento político de las mujeres: que incluyó peticiones para obtener cargos partidarios y lugares en la representación parlamentaria. Así es como se sancionó, en 1991, la ley 24.012 sobre cupo femenino. 6. El instrumento jurídico relevante para el feminismo que se incluyó en la reforma constitucional de 1994 es la Convención contra toda forma de discriminación de las Mujeres. Este instrumento adquirió jerarquía constitucional gracias al art. 75 inc. 22 de la CN. 7. Dora Barrancos diferencia los siguientes feminismos: • Feminismo relacional: además de procurar prerrogativas iguales para las mujeres, también alarga preocupaciones y solidaridadescon otros sectores subalternos de la sociedad. Ha permitido comprender más a las mujeres que sufren opresión de género, especialmente agravada por la clase y la etnia. • Feminismo individual: Focaliza exclusivamente la acción sobre las propias mujeres. • Feminismo de la diferencia: hace eje en las singularidades culturales de los colectivos femeninos, caracteriza a las manifestaciones feministas argentinas. 8. Las dos leyes fundamentales que el feminismo apoyó a fines del Siglo XX son: 1. La ley de matrimonio igualitario (2010), que permite el casamiento de personas del mismo sexo. 2. La ley de identidad de género (2011), que posibilita tener la identidad civil de acuerdo con la identidad sexual/genero subjetiva. Si bien la lucha contra la violencia y la trata de personas ha sido importante en los últimos tiempos, hay una cuestión principal en la agenda de las mujeres que unifica a todo el feminismo: se trata de la legalización del aborto, la accesibilidad gratuita y segura a los servicios de salud para abortar, la prerrogativa de decidir sobre nuestros cuerpos. 18 APROXIMACIONES A LA TEORÍA CRÍTICA FEMINISTA Autora: Rosa Cobo Bedia. • Sinopsis: En esta publicación se hace una breve síntesis de la historia del feminismo, desde su origen en el siglo XVIII hasta el siglo XXI, centrado básicamente en los continentes europeo y americano. En las sociedades civiles han tenido lugar acciones políticas protagonizadas por el movimiento feminista. Y en las universidades e instituciones académicas de esos continentes se han elaborado teorías y se han acuñado categorías con el objeto de explicar las causas de la opresión de las mujeres y los mecanismos que hacen posible su reproducción. CAPÍTULO 1: Categorías Fundamentales del Paradigma Feminista El concepto de género El género opera como una estructura de poder, de igual forma que la clase, la raza o la cultura. En otras palabras, es una categoría que forma parte de un corpus conceptual, de carácter transdisciplinar, y de un conjunto de argumentos cuyo objetivo ha sido poner de manifiesto los mecanismos y dispositivos que crean y reproducen los espacios de subordinación, discriminación y opresión de las mujeres en cada sociedad. Este concepto es acuñado por primera vez en el año 1975 por la antropóloga feminista Gayle Rubín y desde ese momento se ha ido desarrollando en varias categorías de la teoría feminista: 1. Esta categoría alude a las prescripciones que poseen mujeres en las sociedades patriarcales. En otras palabras, ser mujer significa asumir un modo de vida en el que la maternidad, los cuidados, el trabajo doméstico, la heterosexualidad y la ausencia son características constitutivas del género feminista. 2. Esta normativa femenina reposa sobre un sistema social en el que el género es un principio de jerarquización que asigna espacios y distribuye recursos a varones y mujeres. Dicho de otra forma, las normativas masculina y femenina se inscribe en espacios sociales marcados por la división sexual social. El espacio público-político ha sido diseñado por y para los varones. Mientras que el espacio privado-domestico ha sido creado por los varones para las mujeres. 3. El género se ha convertido en un parámetro científico y necesario para las ciencias sociales, ya que ensancha los límites de la objetivad científica al mostrar espacios que son ciegos para otros paradigmas teóricos. Lidia Cirillo señala que el género no es un concepto estático, sino dinámico, es decir, que la desigualdad de género y sus mecanismos de reproducción no son inmutables, sino que, se modifican históricamente en función de distintos procesos sociales, entre ellos, la capacidad de las mujeres para articularse como un sujeto colectivo y para persuadir a la sociedad de la justicia de sus vindicaciones políticas. 19 El concepto de patriarcado En el año 1969 Kate Millett escribió un libro que se ha convertido en un clásico de la teoría feminista denominada política sexual, en donde define al patriarcado como: un sistema de dominio masculino, que utiliza un conjunto de estratagemas para mantener subordinadas a las mujeres, es una antigua y longeva construcción social cuyo rasgo más significativo es su universalidad. Posee un carácter adaptativo, al extremo de constituirse en estructura central de todo tipo de sociedades, ya sean tradicionales o modernas, diferentes formas de estado, tipos de economía, diversas culturas, organizaciones sociales, formas racionales u otro tipo de estructuras, han sido un obstáculo en la formación de las sociedades patriarcales. En algunos casos, como es el de las religiones, se convierten en fuentes inagotables de sexismo. Muestra, no obstante, una notable diversidad, tanto histórica como geográfica El patriarcado se asienta en un sistema de pactos entre los varones a partir de los cuales se aseguran la hegemonía sobre las mujeres. En otras palabras, es un sistema de prácticas simbólicas y materiales que se establece jerarquías e implanta espacios. Las sociedades patriarcales están articuladas de tal forma que su entramado simbólico y todas sus estructuras sociales que tienen como finalidad reproducir el sistema social. Estas sociedades patriarcales poseen mecanismos y dispositivos para evitar su disolución y reproducir las instancias de dominio. Características del patriarcado: • Opera como estructura de poder • Jerarquiza relaciones y roles entre hombres y mujeres • Identifica espacios materiales y simbólicos ubicando a la mujer en una posición de desventaja social • Es una construcción social • Es un concepto dinámico (se modifica históricamente en función de distintos procesos sociales y culturales). Este sistema no es inimitable ni fijo: tiene una inmensa capacidad de adaptación a cada sociedad, cultura y tiempo. CAPÍTULO 2: Siglo XVIII: La Ilustración Europea y el Paradigma de la Igualdad. La Ilustración Patriarcal y la Ilustración Feminista: Mary Wollstonecraft y Vindicación de los Derechos de la Mujer Primera ola feminista (del Siglo XVII al XVII - Europa Continental, Francia) Esta ola surge en torno a la polémica sobre la naturaleza de la mujer y la jerarquía de sexos. Su fecha de nacimiento se remonta al siglo XVII, cuando François Poullain de la 20 Barre, publicó el libro De l´égalité des sexes (1673), en el que sostenía que la subordinación de las mujeres no tenía su origen en la naturaleza sino en la sociedad. Un siglo más tarde, las mujeres de la Revolución Francesa se articularon políticamente para reclamar los derechos de ciudadanía que ya poseían los varones. Olympe de Gouges escribe Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana y revindica todos los derechos civiles para la mujer, siendo este uno de los primeros documentos que propugna la igualdad jurídica y legal para las mujeres En 1792, la Inglesa Mary Wollstonecraft publicó Vindicación de los Derechos de la Mujer, donde denunciaba que la sujeción de las mujeres no era el resultado de una naturaleza inferior a la masculina sino de prejuicios y tradiciones que se remontaban a la noche de los tiempos. El aspecto fundamental de esta obra es la educación y socialización, pese a que se presenta a sí misma como una obra de debate político. Vindicación de los derechos de la mujer es una obra extraordinaria en el cual Wollstonecraft analizará la educación como un arma peligrosa e inmoral de los hombres para oprimir a las mujeres y reclamará una educación orientada a llenar de contenido moral a los seres racionales que son las mujeres. A la vez pondrá de manifiesto la coherencia entre la exclusión de las mujeres del ámbito de la razón y la exclusión de los derechos civiles y políticos, estas dos exclusiones son inseparables y tienen en común una causa: ´ la tiranía de los hombres ´.En otras palabras, la tiranía de los hombres es la que priva de la razón, de la virtud y de los derechos civiles y políticos a las mujeres, es decir, que se concreta en una aristocracia masculina que las oprime del mismo modo que una aristocracia oprime al pueblo. Mary Wollstonecraft vindica la posibilidad de discutir y debatir sin condiciones de ningún tipo con los varones y de impugnar un sistema social que desemboque en la opresión de mujeres. En definitiva, es necesario hacer una reflexión en torno al origen europeo de la primera ola feminista, la cual se extiende desde la revolución francesa hasta mediados del siglo XIX. CAPÍTULO 3: Siglo XIX: El Movimiento Sufragista en Europa y América. Debates entre Marxismo y Feminismo. Stuart Mill y Harriet Taylor: La Sujeción de la Mujer Segunda ola feminista (del Siglo XIX al XX – Inglaterra y EEUU) El movimiento sufragista Se extiende desde mediados del siglo XIX. El acta fundacional del movimiento sufragista se produce con la Declaración de Sentimientos o Declaración de Seneca Falls en 1848, donde feministas norteamericanas exigieron que las mujeres pudiesen ejercer los mismos derechos que tenían los varones, siguiendo el modelo de declaración de independencia de EE.UU y la Vindicación de los derechos de la mujer de Mary Wollstonecraft. Pero la formación de esta declaración fue procedida por dos hechos: 21 El primero de ellos es el segundo gran despertar, en el que formaron parte de este movimiento las mujeres que luego lucharon por el sufragio femenino. Mediante este movimiento, se hizo posible que las mujeres tomasen las palabras en las comunidades religiosas y leyeran las sagradas escrituras. El segundo hecho es que aquellas primeras mujeres sufragistas que proclamaron la declaración de derechos de Seneca Falls habían ejercido el activismo junto a los varones negros en su lucha por el voto. Cuando la posibilidad del voto para los hombres negros se consolidó, éstos no se quisieron arriesgar a acompañar a las mujeres para adquirir derecho a sufragio, pues esa lucha era mucho más riesgosa políticamente que la de ellos. Los principales pedidos de las mujeres de esta ola fueron: • Derecho al voto • Derecho a la educación y el acceso a las profesiones • Derecho a la propiedad • Derecho a la participación política • Libertad para organizarse y hablar en público Otras reclamaciones sufragistas eran: • La crítica al matrimonio, ya que significaba la ‘muerte civil’ de las mujeres. • Eliminación de las leyes discriminatorias que regulan la patria potestad o la exigencia del divorcio. Este movimiento se caracteriza por ser pacífico. En la última época del sufragismo (finales del Siglo XIX y principios del XX) surge una rama más radical que enfatiza la reivindicación de la autonomía sexual para las mujeres y la crítica patriarcal al matrimonio. Este movimiento finaliza con la Primera Guerra Mundial y a partir de ese momento, el derecho al voto comienza a ser una realidad en algunas sociedades al igual que algunos derechos pedidos (educación, derecho a la propiedad, el divorcio, libertad de ejercer a algunas profesiones) de los que pudieron disfrutar millones de mujeres. Desde este momoento se produce una epoca de “silencio” en el feminismo, que retoma la 3° ola luego de la segunda guerra mundial. CAPÍTULO 4: Siglo XX: El Segundo Sexo de Simone de Beauvoir y la Mística de la Feminidad de Betty Friedan. El Surgimiento del Feminismo Radical Norteamericano: Kate Millett y Shulamith Firestone. Feminismo de la Diferencia La tercera ola feminista (Siglo XIX – Europa Occidental) 22 • Reivindica un cambio de valores y que la justicia legisle aspectos considerados antes como "privados". Su obra de referencia es 'El segundo sexo' de Simone de Beauvoir, y 'La mística de la femineidad', de Betty Friedan. • Comienza con las revoluciones de los años 60 hasta la actualidad. • Se lucha contra la mujer como estereotipo sexual en los medios de comunicación, el arte y la publicidad. • Pide la abolición del patriarcado: se toma consciencia de que más allá del derecho al voto, la educación y otros logros de las primeras feministas, es la estructura social la que provoca desigualdades y sigue estableciendo jerarquías que benefician a los varones. • Con el lema "lo personal es político" entran en el debate la sexualidad femenina, la violencia contra la mujer, la salud femenina, el aborto o la contracepción, entre otros. • Desde los años ochenta, adquieren especial importancia las diversidades femeninas, el multiculturalismo, la solidaridad femenina y el debate, cada vez más intenso, entre diferentes corrientes del feminismo. El feminismo de la igualdad de Simone de Beauvoir Luego de un período de silencio (que comenzó en la 1º Guerra Mundial) en el feminismo, inicia la tercera ola con la publicación del libro El Segundo Sexo de Simone de Beauvoir (1949). En esta obra, Beauvoir analizará la opresión de las mujeres a través de los conceptos de naturaleza y cultura. Las mujeres han sido definidas como naturaleza y los varones como cultura. La naturaleza es el mundo de inmanencia, la repetición, la vida, aquello que surge naturalmente y no deja huellas en la vida social. La cultura es el mundo de la transcendencia, la creación de vida social y política. Es de esta manera que las mujeres quedaron en el último espacio y sus funciones fueron privadas de valor, es decir, que se valora lo masculino y se priva de valor lo femenino. En su libro, también realizó afirmaciones como: • ´La mujer no nace, se hace´ ilustra la idea que ha sido relevante para los análisis feministas, pues establece que el género es una construcción social. • La maternidad como una trampa para las mujeres, en cuanto a que existe una ideología que empuja a las mujeres a tener hijos en condiciones de subordinación. • Para posibilitar la emancipación de mujeres, es necesario el trabajo remunerado y la socialización del trabajo. 23 El feminismo liberal de Betty Fierdan En su libro La mística de la femineidad (1963), Betty Friedar tratará de entender por qué las mujeres aceptaron ser expulsadas del mercado laboral al finalizar la Segunda Guerra Mundial y por qué aceptaron ser madres y esposas en el contexto de la familia que hoy denominamos patriarcal. • Define las situaciones de las mujeres como una desigualdad, pero no en términos de opresión. • Postula reformas del sistema para poder lograr la igualdad. • Lucha por la autonomía. •Critica la neutralidad, pero homogeniza a las mujeres bajo paradigmas mayoritarios. • Analiza la vida de las mujeres de los años 60 desde la perspectiva ideológica del feminismo liberal. • No alude a la existencia de un sistema de dominio masculino que obstaculiza la libertad de las mujeres y les impide el acceso a espacios de igualdad. • Estima que las leyes son un poderoso instrumento para alcanzar la igualdad de derechos con los varones. Feminismo y marxismo El feminismo, es una tradición intelectual y un movimiento social cuyo nacimiento data del siglo XVIII, mientras que el marxismo aparece en la escena intelectual y social a mediados del siglo XIX. Cuando surge el marxismo, el feminismo ya tenía casi un siglo de existencia. El marxismo considera que en el fundamento de la sociedad existe un sistema de dominio económico: el capitalismo, basado en un sistema de explotación económica, mediante el cual, explotan a los obreros, a los empresarios o a los trabajadores. En cambio el feminismo, estima que en la base de la sociedad existen estructuras patriarcales que colocan a los varones en una posición de dominio y a las mujeres en una posición de subordinación. El marxismo se construye como teoría y movimiento alrededor de la variable (clase) y el feminismo entorno a la variable(género). El feminismo radical de los 70 El feminismo radical hace su aparición de la mano de la izquierda cultural en todo el continente americano, en Europa y en otras partes del mundo, en mayo del 68. A la vez, marca el inicio de un proceso de conquista de derechos que hoy están en retroceso. 24 La influencia del feminismo radical será larga y profunda y sus efectos se harán sentir durante más de tres décadas. El aspecto más importante del feminismo radical ha sido mostrar el carácter político de las relaciones que tienen lugar en el ámbito doméstico-familiar. El libro más celebre del feminismo radical es la ´política sexual´ de Kate Millett, en el cual, argumentará que la subordinación de las mujeres no se sostiene solo en su exclusión de las instituciones políticas y de los poderes facticos o en la explotación económica que tiene lugar en el mercado laboral, sino que tiene raíces muy profundas y aparentemente invisibles que hacen difícil desmontar las estructuras de la opresión de las mujeres. En efecto, todas estas prácticas no son aspectos íntimos y privados de las parejas o de las familias, sino relaciones políticas basadas en la explotación y subordinación de las mujeres. Sin embargo, los análisis de Millett no acaban en el desarrollo de esta idea sino que conceptualiza para el feminismo la categoría de patriarcado. A partir de los años 70, el concepto de feminismo radical ocupará el lugar central del marco interpretativo feminista y será muy útil para entender las causas y los mecanismos que producen la opresión de las mujeres. IMPORTANTE: • El feminismo radical comprende la opresión racial y la opresión de clase. • El otro gran clásico del feminismo radical es la obra de Sulamith Firestone: ´la dialéctica del sexo´. En esta obra se utilizará categorías marxistas para explicar la opresión de las mujeres y sus análisis pondrán de manifiesto que la clase sexual es una estructura de poder. • La clase, la raza, y el colonialismo son categorías que transitan por el feminismo radical. • En definitiva, el feminismo radical pondrá de las bases para que después otros feminismos argumenten sobre la necesidad de identificar analítica y políticamente el cruce de opresiones en las vidas de las mujeres e incluyan en la agenda feminista la reflexión crítica sobre el pasado colonial de los países europeos y su influencia en la conformación de las estructuras materiales y simbólicas de los países colonizados. El feminismo de la Diferencia Apela a una cultura femenina que habría pervivido en los márgenes de la construcción simbólica-patriarcal. El feminismo de la diferencia se construirá alrededor de la idea de que entre varones y mujeres existen diferencias que van más allá de la cultura, que probablemente están ancladas en sustratos más profundos de la humanidad masculina y femenina y que de todo ello resultan diferentes formas de estar en el mundo entre unos y otras. Este feminismo aparece primeramente en EE.UU con el nombre de feminismo cultural y reivindica la existencia de valores femeninos distintos a los masculinos, incluso en el terreno de la moral, posteriormente aparece en Europa y Francia con su correlato y con sus modulaciones 25 teóricas y políticas específicas, con el nombre que posee en la actualidad (feminismo de la diferencia). El feminismo de la diferencia en Italia reflexiona sobre como fundar un nuevo orden simbólico femenino y Muraro encuentra ese orden simbólico en la madre (el inicio buscado está ante mis ojos: es el saber amar a la madre) Luisa Posada lo explica así: para Muraro el orden simbólico de la madre y el saber amar de la madre son principios constitutivos del ser femenino. CAPÍTULO 5: Siglo XXI: Nuevas Corrientes Feministas: Feminismo Postmoderno, Feminismo Multiculturalista y Teoría Queer Feminismo postmoderno • Surge a mediados de los ochenta, bajo la influencia de pensadoras francesas como Foucault, Derrida, Lyotard, Luce Irigaray o Helene Cixous. • Posee un contexto sociopolítico de lo que se ha denominado políticas de la identidad de la diferencia. • Propone la desactivación de todas las abstracciones modernas decretando su inutilidad o su perversidad. Esta lógica implacable ha alcanzado a los dos centrales del feminismo: género y patriarcado. • Sostiene que los grupos son plurales y contradictorios. • Este feminismo no ofrece teorías sólidas. Feminismo y multiculturalismo El multiculturalismo es una lógica teórica, política y normativa que se desarrolla en la década de los 90, ha proporcionado un marco teórico y político a las comunidades culturales inferiorizadas y a los movimientos sociales que han dado voz a minorías invisibilizadas y excluidas. También ha sido un poderoso aliado a la hora de introducir la cuestión colonial y los efectos que ha producido sobre las mujeres de los países y territorios colonizados, mujeres de los pueblos originarios y afrodescendientes. A partir del siglo XV América Latina y el Caribe son sometidos a intensos procesos de colonización por parte de Europa. De una forma aparentemente invisible, Occidente ha construido la figura del ´otro´: extraño, poco civilizado, en definitiva, inferior. Indígenas: atraso Afrodescendientes: poco civilizado 26 Receptores de la desigualdad y de la invisibilidad cultural. Tradiciones Patriarcado - mujeres, objetos. Costumbres Religiones Culturales El control y propiedad de las mujeres por parte de los varones se convierte en uno de los elementos centrales a proteger en las comunidades culturales que se sienten inferiorizadas y sometidas a procesos de cambio social. Así, aunque pierdan ´poder´ como cultura siguen conservándolo como genérico masculino. El feminismo pronto se incorporó al debate sobre el multiculturalismo, sobre todo el feminismo norteamericano y el feminismo de los países más pobres. El feminismo multiculturalista pone en cuestión el feminismo, que no visibiliza las opresiones específicas de las mujeres marcadas por la raza, la clase, la etnia o la orientación social. Este feminismo ha puesto en el centro del escenario político feminista la existencia de diferencias económicas, políticas, raciales, sexuales y culturales entre las mujeres y ha señalado que no se puede construir un proyecto feminista representativo si no asume como elemento central de su análisis y de su práctica la cuestión colonial. Por eso, frente al metarrelato feminista, propone como alternativa la proliferación de microrrelatos. La diversidad cultural y las ideas multiculturalistas son aceptables sólo si amplían la libertad y la igualdad de los individuos. Feminismo y teoría queer El origen de la teoría queer se encuentra en la idea de que el género y el sexo son construcciones culturales y no hechos naturales; se basa fundamentalmente en el carácter social del binarismo sexual. La primera idea fuerte de la teoría queer es que no sólo se construye socialmente el género sino también el sexo. De hecho, desde el propio feminismo, Monique Wittig señala también el origen construido del sexo. Judith Butler filosofa de la teoría queer, construye su pensamiento con la vista puesta en un colectivo social: gays, lesbianas, bisexuales y transexuales. No le parece suficiente su crítica feminista a la jerarquía de género, es decir, que no todas las mujeres se sienten representadas por esta categoría. Su teoría provoca una interpelación radical al sujeto político feminista. Para la autora el feminismo ya no puede seguir siendo una perspectiva ni única ni prioritaria desde el punto de vista teórico y político, sino que ha de aliarse con las causas transexuales e intersexuales, gays y lesbianas anti-esencialistas, es decir, con todas las alternativasformas de sexualidad. En definitiva, el feminismo deviene por desconstrucción en una suerte de posfeminismo que se articula como teoría y política queer. 27 CAPÍTULO 6: El Feminismo en América Latina, Centroamérica y El Caribe El primer feminismo en América latina y el Caribe América Latina también tuvo su ilustración feminista. El venezolano Francisco de Miranda fue un precursor del feminismo y planteo que las mujeres, tenían derecho a estar representada en el gobierno. Este ilustrado, precursor también reclamó ciertas formas de sufragio para las mujeres. En la segunda mitad del siglo XIX, algunas mujeres iniciaron en ciertos países de América Latina las primeras luchas en favor de los derechos políticos de las mujeres, clubs políticos, asociaciones de mujeres en torno a partidos liberales o alrededor de revistas y otros próximos al movimiento obrero , todos ellos de mujeres, florecieron en América Latina, Centroamérica y el Caribe con reivindicaciones sufragistas y feministas en los últimos años del siglo XIX y en las primeras décadas del siglo XX. El sufragismo se convirtió en un movimiento de masas sólo en dos países, EE.UU e Inglaterra, que reunían dos condiciones exclusivas: habían realizado la revolución industrial y sus creencias religiosas eran protestantes. En las tres primeras décadas de siglo XIX se fundaron en casi todos los países de América Latina, Centroamérica y el Caribe asociaciones de mujeres vertebradas entorno a reivindicaciones sufragistas y feministas. En la mayoría de los casos el movimiento de mujeres tuvo como finalidad inmediata reafirmar el papel de las mujeres en la sociedad, al reclamar sus derechos cívicos y culturales. A medida que las preocupaciones ideológicas se consolidaban en esas sociedades, empezaban a germinar otros grupos que tenían un perfil político feminista mucho más marcado. Esta es una tendencia general que se confirma en los casos de Chile y Argentina; en argentina las mujeres anarquistas y socialistas promovieron las primeras organizaciones de mujeres: la Unión Gremial Femenina, integrada básicamente por proletarias. Un paso superior de organización autónoma fue la Unión Feminista Nacional (1918), cuyos objetivos eran la emancipación civil y política de las mujeres, la elevación de su nivel cultural y el derecho a percibir igual salario que el hombre por el mismo trabajo. En chile se fundó en 1919 el Consejo Nacional de Mujeres. Al año siguiente, mientras mujeres de clase media formaron el club de señoras, las mujeres de origen obrero formaban en la pampa salitrera los ´Centros Belén de Sárraga´. Sin embargo, en Bolivia o México surgen más directamente vinculadas a las luchas populares. En la misma dirección, en la década de 1920 se fundó en Puerto Rico la Asociación Feminista Popular. Y del interior de las organizaciones sociales y culturales de mujeres surgieron los primeros partidos feministas. Sin embargo, asociaciones y partidos feministas pronto entraron en crisis, el movimiento feminista que estaba en su base fue desactivándose paulatinamente, sumergido y latente, recuperando nuevas fuerzas, llenándose de razones y nuevos argumentos hasta desembocar en el poderoso resurgimiento del feminismo de los años setenta a lo largo y ancho de América Latina, Centroamérica y el Caribe. 28 El feminismo latinoamericano en las últimas décadas del siglo XX y principios del siglo XXI • Forma parte de una ola que se extendió por muchas partes del mundo. • Se inscribe en el contexto ideológico de mayo del 68. • Es urbano, de clase media e ilustrado; además nace vinculado a la izquierda, esta vinculación ha sido una fuente inagotable de debates en el propio movimiento y de tensiones con una izquierda que no ha sabido entender políticamente las vindicaciones feministas y que le ha negado sistemáticamente la especificidad de su lucha política y las propuestas de su autonomía organizativa. • En el feminismo latinoamericano aparece el debate entre quienes defienden la colaboración del feminismo con las instituciones y quienes apuestan por una autonomía lejos del Estado, entre quienes apuestan por las políticas públicas y quienes consideran que estas últimas son fuente de deslegitimación del feminismo. • El sector del feminismo latinoamericano ha llevado al seno del movimiento su preocupación por el cruce de opresiones y ha situado en el centro de su agenda política su preocupación por los profundos y perversos efectos de colonización. 29 CUESTIONARIO 1. ¿Por qué la autora sostiene que la teoría feminista constituye un paradigma?, ¿qué constituye ese paradigma? 2. ¿cuáles son algunos de los conceptos acuñados por el feminismo? 3. ¿cuál es el objeto del corpus conceptual feminista? 4. Desarrolle el concepto de género elaborado por la autoría y mencione, fundadamente si es un concepto estático o dinámico 5. Desarrolle el concepto de patriarcado 6. Realice una línea de tiempo con los acontecimientos históricos relevantes en materia de feminismo. Fundamente 7. Mencione semejanzas y diferencias entre feminismo y marxismo 8. ¿En dónde radica, según la autora, la insuficiencia del marxismo a la hora de dar cuenta de la subordinación de las mujeres? 9. Describa las diferencias entre las perspectivas teóricas del feminismo de la igualdad y feminismo de la diferencia. 10. ¿cuál es la crítica posmoderna al uso del concepto de género como categoría homogénea? 11. ¿Cuál es la crítica posmoderna al concepto de patriarcado? 12. ¿Qué es, según la autora, el multiculturalismo? 13. ¿Cómo influyó el colonialismo en América Latina? Desarrolle 14. Cuál es la doble lucha que afrontan las mujeres indígenas? 15. ¿Cuáles son los grandes argumentos para ocultar que ciertas prácticas culturales tienen una dimensión patriarcal? 16. ¿Cuál es el aporte del feminismo multiculturalista? 17. ¿Cuál es el origen de la teoría queer?, ¿en qué se basa? 18. ¿Por qué para Judith Butler el concepto de género desemboca en prácticas excluyentes? 19. Realice una línea de tiempo con los acontecimientos históricos relevantes en materia de feminismo en América Latina. Fundamente 20. Realice unas breves y personales reflexiones finales. RESPUESTAS 1. ¿Por qué la autora sostiene que la teoría feminista constituye un paradigma?, ¿qué constituye ese paradigma? El feminismo es un paradigma porque aplica una mirada intelectual específica sobre la sociedad y utiliza ciertos conceptos, propios, para llamar la atención sobre algunas dimensiones de la sociedad que no se pueden identificar desde otros marcos interpretativos de la realidad social. En el caso del feminismo, es un paradigma que visibiliza al género como una estructura de poder. Denota la existencia de un sistema social que beneficia y otorga a los varones dándoles una posición hegemónica y a las mujeres una posición subordinada. 2. ¿Por qué la autora sostiene que la teoría feminista constituye un paradigma?, ¿qué constituye ese paradigma? 30 El feminismo acuña conceptos como: • Género • Patriarcado • Femicidio o feminicidio • Violencia de género • Acoso sexual • Androcentrismo 3. ¿cuál es el objeto del corpus conceptual feminista? Objetivo: poner en manifiesto los mecanismos y dispositivos que crean y reproducen los espacios de subordinación, discriminación y expresión de las mujeres y crear nuevos mecanismos o políticas que les permitan acabar con eso. 4. Desarrolle el concepto de género elaborado por la autoría y mencione, fundadamente si es un concepto estático o dinámico Genero • Opera como estructura de poder • Jerarquiza relaciones y roles entre hombres y mujeres • Identifica espacios materiales y simbólicos ubicando a la mujer en una posición de desventaja social • Es una construcciónsocial • Es un concepto dinámico (se modifica históricamente en función de distintos procesos sociales y culturales). 5. Desarrolle el concepto de patriarcado Patriarcado: es un sistema político social, económico y cultural (religioso) organizado bajo una orden jerárquica y afecta directamente a las mujeres y al colectivo de la diversidad. Este sistema no es inimitable ni fijo, por el contrario, tiene una inmensa capacidad de adaptación a cada sociedad, cultura y tiempo. 6. Realice una línea de tiempo con los acontecimientos históricos relevantes en materia de feminismo. Fundamentalmente 31 7. Mencione semejanzas y diferencias entre feminismo y marxismo DIFERENCIAS El marxismo considera que en el fundamento de la sociedad existe un sistema de dominio económico: el capitalismo. En cambio el feminismo, estima que en la base de la sociedad existen estructuras patriarcales que colocan a los varones en una posición de dominio y a las mujeres en una posición de subordinación. El marxismo se construye como teoría y movimiento alrededor de la variable (clase) y el feminismo entorno a la variable (género). El marxismo ha dado pruebas constantes de su falta de compresión hacia la opresión de las mujeres, también ha tenido la grandeza de desvelar el dominio capitalista. SIMILITUDES El feminismo y el marxismo pusieron de manifiesto la existencia de clases sociales con intereses divergentes e identificaron analíticamente algunas estructuras económicas y entramados institucionales inherentes al capitalismo Ambos analizan la sociedad en clave de sistemas de dominio 32 En el feminismo del Siglo XXI, ambas fuerzas se unieron contra el liberalismo ya que se presto atención a aquellos casos de mujeres ‘trabajadoras idóneas’: las que tienen salarios más bajos, en muchos casos, salarios de pobreza, las que tienen menos derechos, las que trabajan en la economía informal, a tiempo parcial, con horarios de 12 y 14 horas diarias. 8. ¿En dónde radica, según la autora, la insuficiencia del marxismo a la hora de dar cuenta de la subordinación de las mujeres? Según la autora, la insuficiencia del marxismo radica en que no reconoce la existencia de un sistema de domino patriarcal. 9. Describa las diferencias entre las perspectivas teóricas del feminismo de la igualdad y feminismo de la diferencia. Feminismo igualdad: busca lograr la igualdad de las mujeres con los hombres y eliminar cualquier diferencia basada en el sexo, los privilegios de un sexo sobre el otro. Este feminismo asume una postura hacia el mundo masculino, la división sexual del trabajo y el patriarcado. Feminismo diferencia: no hablan de desigualdad, sino de diferencia. Plantea igualdad ente hombres y mujeres, nunca de las mujeres con los hombres. La liberación de las mujeres pasaría asi por remarcar su diferencia sexual y dejar de tener como punto de referencia a los varones. 10. ¿Cuál es la crítica posmoderna al uso del concepto de género como categoría homogénea? Para el feminismo postmoderno no es correcto el uso de género como categoría homogénea porque falsifica la realidad, la dota de una uniformidad que en realidad no existe, porque los grupos son plurales y contradictorios. El feminismo postmoderno critica al término “genero” cuando: • Es usado para referirse a lo masculino y lo femenino –que son construcciones culturales-. • Es utilizado como sinónimo del colectivo de las mujeres. Esto es porque, al aludir a todas las mujeres en tanto género, se dejan de lado las profundas diferencias que existen entre ellas (de clase, de raza, de sexualidad, de etnia, etc.). 11. ¿Cuál es la crítica posmoderna al concepto de patriarcado? La postmodernidad, en su guerra declarada a las generalizaciones, critica la noción de patriarcado porque no tiene en cuenta cómo funciona la opresión de género en contextos concretos. Y es que la postmodernidad rechaza el concepto de patriarcado por esencialista, ahistórico y totalizador. 33 La postmodernidad cuestiona las abstracciones que usó el feminismo para crear el termino patriarcado, pues el argumento considera que en cada sociedad existen estructuras patriarcales que oprimen a las mujeres. 12. ¿Qué es, según la autora, el multiculturalismo? Según la autora, el multiculturalismo es una lógica teórica, política y normativa que se desarrolla en la década de los 90. El multiculturalismo: • Ha ayudado a las comunidades culturales inferiorizadas y también a los movimientos sociales que luchan por las minorías invisibilizadas y excluidas. Pues les ha proporcionado un marco teórico y político sobre el cual luchar. • Permitió introducir en la agenda política la cuestión colonial y sus efectos sobre las mujeres de los países y territorios colonizados. 13. ¿Cómo influyó el colonialismo en América Latina? Desarrolle El caso de América Latina es cronológicamente el primer colonialismo en el que se cruzan variables diversas: imposición de la religión católica, expoliación económica, subordinación cultural y políticas que hoy denominamos genocidas con los pueblos originarios. Efectos del colonialismo: • En Occidente se formó una ideología de superioridad frente al resto del mundo. Esta ideología de la supremacía occidental se ha edificado a lo largo de los siglos silenciosamente. • De una forma aparentemente invisible, Occidente ha construido la figura del ‘otro’: extraño, poco civilizado, en definitiva, inferior. El indígena es considerado sinónimo de atraso, y esto se ha instalado en el imaginario colectivo. Lo originario parece ser un cuerpo extraño que amenaza con disgregar a las sociedades, pese a que ya se encontraban ahí cuando llegaron los colonizadores. • Las comunidades afrodescendientes también cargan con el estereotipo fuertemente arraigado en el imaginario colectivo, son sinónimo de falta de civilización. • Las mujeres de las comunidades inferiorizadas, han sido construidas como las ‘otras’: las otras de los blancos y de los mestizos, las otras de los varones indígenas y las de los afrodescendientes. 14. Cuál es la doble lucha que afrontan las mujeres indígenas? Las mujeres indígenas tienen una doble lucha porque: 1. Piden al Estado el derecho de autodeterminación de los pueblos indígenas; por el otro 2. Dan una lucha dentro de sus propias comunidades y organizaciones por replantear críticamente sus propios sistemas normativos, donde se siguen realizando prácticas de dominio sobre las mujeres. 34 15. ¿Cuáles son los grandes argumentos para ocultar que ciertas prácticas culturales tienen una dimensión patriarcal? • La tradición: suele ser usada como argumento en las culturas más herméticas y homogéneas para subordinar a las mujeres. Y cuando la tradición no justifica lo suficiente la subordinación, se crea a la “mujer imaginada”. Si el modelo de tradición no existe, se inventa. • La costumbre • La religión Gloria Anzaldua dice que mujeres de todas las culturas son objeto de estas tradiciones culturales. Mediante las tradiciones, la “cultura” –léase los hombres- pretenden proteger a las mujeres. Pero en realidad la quieren mantener en roles rígidos, donde una mujer debe cumplir la tradición o es criticada por la sociedad. 16. Cuál es el aporte del feminismo multiculturalista? El feminismo multiculturalista logró visibilizar las opresiones específicas que se hacen hacia mujeres debido a cuestiones de raza, clase, etnia, sexualidad. Este feminismo ha puesto en el centro del escenario político feminista la existencia de diferencias económicas, políticas, raciales, sexuales y culturales entre las mujeres, y ha señalado que un proyecto feminista representativo DEBE incluirla cuestión colonial. 17. ¿Cuál es el origen de la teoría queer?, ¿en qué se basa? El origen de la teoría queer se encuentra en la idea de que el género y el sexo son construcciones culturales y no hechos naturales. La teoría se basa fundamentalmente en el binarismo sexual; la primera idea fuente de esta teoría es que no solo se construye socialmente el género sino también el sexo. De hecho, desde el propio feminismo, Monique Witting señaló también el origen construido del sexo. 18. ¿Por qué para Judith Butler el concepto de género desemboca en prácticas excluyentes? • Construye su pensamiento con la vista puesta en un colectivo social: gays, lesbianas, bisexuales y transexuales. • No le parece suficiente la crítica feminista a la jerarquía de género. No todas las mujeres se sienten representada por esta categoría • Su teoría provoca una radical interpelación al sujeto político feminista. El feminismo ya no puede seguir siendo una perspectiva ni única ni prioritaria desde el punto de vista teórico y político, sino que ha de aliarse con las causas de los transexuales e intersexuales, gays y lesbianas anti-esencialistas, es decir, con todas las formas de sexualidad alternativos. 35 19. Realice una línea de tiempo con los acontecimientos históricos relevantes en materia de feminismo en América Latina. Fundamente 36 CONTENIDOS TRANSVERSALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA EJE TEMÁTICO TRANSVERSAL CUATRO: FUNCIÓN JUDICIAL Y CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD 37 SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL • Autor: Néstor Pedro Sagüés. Abogado constitucionalista, profesor de la UBA. Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional y del Centro Argentino de Derecho Procesal Constitucional. Cuenta con once doctorados honoris causa. Autor de Teoría de la Constitución, Elementos de Derecho Constitucional, Derecho Procesal Constitucional, entre otros libros. • Introducción: Durante el texto, el autor desarrollará las relaciones entre el derecho constitucional primario formal e informal, el derecho constitucional primario y secundario, y el derecho constitucional nacional y provincial. Fuentes del derecho constitucional Cuando hablamos de fuentes de una rama del derecho nos referimos a su origen, de dónde surge y cómo se manifiesta: las fuentes crean al derecho. ALGUNAS de ellas son: •La ley: es la fuente formal del derecho, es escrita. Comprende leyes nacionales, códigos civiles y penales, constituciones provinciales... •La jurisprudencia: conjunto de fallos análogos (es decir, sobre un mismo tópico) que se pronuncian en igual sentido. •Los usos y las costumbres (derecho consuetudinario): el uso continuado y repetido de ciertas prácticas pueden crear normas o modificarlas. En el caso del derecho constitucional, Sagüés clasifica a las fuentes del siguiente modo: Por un lado, las normas pueden ser: •Primarias: son aquellas que poseen supremacía, es decir, son superiores a las demás, poseen más valor jurídico. Por ejemplo, los artículos de la CN. •Secundarias: son aquellas que no tienen supremacía, es decir, poseen menos valor jurídico que las primarias. Por ejemplo, leyes comunes pero que tratan algún punto esencial para el Estado (como es la ley de ministerios). Por otro lado, las normas de derecho constitucional pueden ser: •Formales: cuando resultan pronunciados por el Estado según el procedimiento constitucional y legal en vigor. Por ejemplo, si hablamos de una ley nacional, el procedimiento dice que el proyecto de ley debe ser presentado en el Poder Legislativo. Luego, debe ser aprobado por la cámara de diputados y la de senadores. Una vez que el proyecto es aprobado y sancionado, éste pasa al Poder Ejecutivo. Por último, el presidente de la nación puede aprobar y promulgar la ley, completando el proceso. 38 •Informales: si emergen de derecho consuetudinario (costumbre) y del derecho repentino. Relaciones entre las fuentes constitucionales En su texto, Sagüés discute las relaciones entre las distintas normas de derecho constitucional: 1. Supremacía del Derecho Constitucional Formal Primario: Constitución: La Constitución formal posee supremacía y la más alta jerarquía en nuestro orden normativo. Las razones que justifican esta característica se desarrollarán en el siguiente título “Supremacía de la CN”. 2. Derecho constitucional formal primario (CN) vs. derecho constitucional informal primario (Costumbre): No habrá conflicto entre ellas si una norma de D. const. Informal primario complementa, sin oponerse, a la CN formal. Por ejemplo, el art 75 inc 12 establece que corresponde al Congreso dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social. Sin embargo, la práctica o costumbre ha incluido también al Código Aeronáutico (a pesar de que no esté expreso en la CN). En caso de que una regla consuetudinaria (costumbre) se oponga a la CN formal, prevalece el derecho consuetudinario, que se adosa y superpone al texto formal de la Constitución. 3. Derecho constitucional formal primario vs. Secundario: Como principio, la CN formal es superior a las leyes y demás normas formales. Ésto se debe a que la misma Constitución establece cómo deben dictarse las demás leyes (en el art 77 y siguiente)s y también el contenido que pueden o no tener (en el art 28) Sin embargo, puede ocurrir que una norma de derecho secundario se oponga a la Constitución, y a pesar de ello, siga vigente (es decir, que tenga validez). Así ha ocurrido en Argentina con el caso de las leyes secretas, notoriamente opuestas a la Constitución, pero reiteradamente sancionadas. 39 Supremacía CN Pero, ¿qué es la supremacía? Según Bidart Campos, existen dos significados: a) La Constitución es suprema porque es la base o el fundamento que da efectividad y funcionamiento al orden jurídico-político de un Estado. b) La Constitución es suprema en cuanto a que tiene superlegalidad y supremacía. Impone como deber-ser que todo el mundo jurídico inferior a ella le sea congruente y compatible, no la viole, no le reste efectividad. Supremacía significa superioridad, preeminencia, prioridad. En un concepto relativo: algo supremo es superior en relación a algo Inferior Según Sagüés, la supremacía de la CN se respalda en diversos artículos constitucionales, como ser: ✓ Art. 5: Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones. ✓ Art. 27: El Gobierno federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución. ✓ Art.28: Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. (La CN –y especialmente su primera parte donde establece principios, derechos y garantías- posee mayor jerarquía que las leyes comunes). ✓ Art. 30: La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto. (La CN no posee el mismo tratamiento que una leyordinaria. Se la modifica mediante un proceso especial ya que la CN ES una ley especial, es la ley suprema). ✓ Art.31: Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859. (Este artículo establece la supremacía de la CN). ✓ Art.75 inc. 22: Corresponde al Congreso aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración 40 Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos;[..]; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara […]. (Se ampliará sobre este art. más adelante). ✓ Art. 126: Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación. No pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni expedir leyes sobre comercio, o navegación interior o exterior; ni establecer aduanas provinciales; ni acuñar moneda; ni establecer bancos con facultad de emitir billetes, sin autorización del Congreso Federal; ni dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal y de Minería, después que el Congreso los haya sancionado; ni dictar especialmente leyes sobre ciudadanía y naturalización, bancarrotas, falsificación de moneda o documentos del Estado; ni establecer derechos de tonelaje; ni armar buques de guerra o levantar ejércitos, salvo el caso de invasión exterior o de un peligro tan inminente que no admita dilación dando luego cuenta al Gobierno federal; ni nombrar o recibir agentes extranjeros. Fuerza Normativa de la CN Para las autoridades y particulares, la CN posee un carácter vinculante. Esto quiere decir que es obligatoria, coercible. Esta característica se observa en las siguientes disposiciones fundamentales: ✓ Preámbulo: Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina. ✓ Art. 23: En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino. ✓ Art.29: El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del 41 poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria. (En este art. se establece que los actos que no respeten la división de poderes republicana – instaurada en el art 1 CN- serán nulos). ✓ Art. 36: Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos […]. ✓ Art.43: Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva. […] ✓ Art. 67: Los senadores y diputados prestarán, en el acto de su incorporación, juramento de desempeñar debidamente el cargo, y de obrar en todo en conformidad a lo que prescribe esta Constitución. ✓ Art. 86: El Defensor del Pueblo es un órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. ✓ Art. 93: Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de "desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina". ✓ Art. 112: En la primera instalación de la Corte Suprema, los individuos nombrados prestarán juramento en manos del Presidente de la Nación, de desempeñar sus obligaciones, administrando justicia bien y legalmente, y en conformidad a lo que prescribe la Constitución. En lo sucesivo lo prestarán ante el presidente de la misma Corte. El carácter vinculante de la Constitución se puede presentar de dos formas: A. Eficacia indirecta: Mediante la cual la Constitución obliga solo al legislador y no al pueblo Argentino. Los jueves no aplican las normas constitucionales si no hay una ley que trate de ese caso en específico. B. Eficacia directa: Mediante la cual la Constitución obliga inmediata y directamente a todos (representantes y representados). Todo juez debe aplicar los principios y garantías 42 constitucionales, incluso cuando no haya un artículo escrito para un caso específico, se debe realizar una interpretación íntegra de la ley suprema y aplicarla en el caso. Entonces, podemos concluir que: ✓ La CN es la ley suprema en la República Argentina, posee jerarquía mayor que todas las demás leyes sancionadas. ✓ Toda actividad que vulnera la CN no vale , es inconstitucional, NO OBLIGA, CARECE DE FUERZA VINCULANTE, y debe ser declarada inconstitucional. (ampliaremos en “Control de constitucionalidad”) ✓ En un Estado democrático (es decir, un Estado con representantes quienes actúan en nombre de un pueblo, que los eligió) la Constitución asume el carácter de norma jurídica con fuerza normativa vinculante en todas sus partes, en todos sus contenidos; incluido
Compartir