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Análisis deontológico de la profesion docente

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ANÁLISIS DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE
La Deontología se refiere a los deberes que cada persona tiene consigo misma y con los demás; por tanto hay diferencia con el término ontología en cuanto que éste significa estudio del ser, y deontología estudio del deber ser. Otra definición se corresponde con el diccionario de Real Academia de la Lengua define el término como la “Ciencia o tratado de los deberes”. Esta perspectiva describe la influencia sobre círculos de personas y culturas ha venido a definir a la deontología como “la ciencia que estudia el conjunto de los deberes morales, éticos y jurídicos con que debe ejercerse una profesión liberal determinada”, de esta forma se satisface cualquier tipo de expresión o sentido axiológico. 
La importancia del estudio de diferentes elementos relacionados con la deontología de la profesión docente, radica en la relevancia de los principios y normas morales y éticas que supone el desempeño docente como rol inherente a la formación de los estudiantes, dada la trascendencia de la dimensión personal y social que plantea la función educativa en la amplitud del ser humano y respeto a las condiciones bio-psico-sociales bajo un enfoque humanista.
El planteamiento previo permitió establecer como objetivo general de la presente producción escrita, analizar desde un enfoque deontológico la profesión docente, considerando para ello, los valores y principios éticos del ejercicio docente, las normas que regulan la profesión y el proceso gerencial que plantea el desempeño del rol docente. En esta perspectiva, el análisis se estructuró a partir de la consulta a fuentes documentales vinculadas a la temática mediante el empleo de técnicas de investigación documental que aportaron una visión conceptual de los diferentes tópicos estudiados.
DEONTOLOGÍA DE LA PROFESIÓN DOCENTE
	Considerando como punto de partida la deontología expuesta por Bentham (1836), la misma destaca como una rama de la ética cuyo objeto de estudio son los fundamentos del deber y las normas morales. Así pues, la deontología se refiere a un conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una determinada disciplina. Esta generalidad vinculada al ejercicio profesional hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y controlan la actividad docente.
	En esta perspectiva, la deontología se sustenta en la ética y la moral como principios fundamentales inherentes a la persona que otorga al ejercicio profesional el cumplimiento de objetivos primordiales de respeto hacia el ser humano en su dimensión moral e integridad física e intelectual. A la amplitud del concepto de la deontología, la profesión docente, al igual que otras disciplinas profesionales, corresponde el apego al conjunto de principios y reglas que han de guiar la conducta profesional del colectivo de docentes.
	En el caso particular de Venezuela, no existe un código deontológico de la profesión docente que rija la praxis profesional y sus implicaciones éticas enmarcados en un conjunto de principios o códigos de acuerdo con los cuales debe vivir y realizarse el docente en sus relaciones con la colectividad docente, al igual que con los alumnos. Estas reglas forman la moral profesional del docente, entendida esta como el conjunto de facultades y obligaciones que tiene el individuo en virtud del rol docente que ejerce en la sociedad.
	De los planteamientos anteriores destaca la importancia de la moral profesional del docente por el alcance social que tiene, si se interpreta que uno de los fundamentos básicos de la moral profesional es el ser instrumento de servicios colectivos en el ámbito individual y social sustentado en intereses y responsabilidades comunes de quienes intervienen en el proceso educativo. Así pues, la deontología, aunque no escrita en un código que rija el ejercicio profesional docente en el país, se fundamenta en la generalidad que supone el objeto de estudio de la moral y la ética como principios generales que debe orientar la conducta profesional del docente.
Valores y Principios Éticos para la Profesión Docente
	En primer lugar es oportuno interpretar que los valores son el reflejo del comportamiento humano basado en principios. Son conductas o normas consideradas como deseables. Por su parte, los principios éticos son normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento o la conducta de los integrantes de un grupo humano. Igualmente moldean las pautas de conducta en el ejercicio de una profesión. Fundamentos, pautas, orientaciones, dogmas o conceptos rectores para el ejercicio de una disciplina o una actividad. En el ámbito educativo, hacen referencia a la conducta de los docentes en el ejercicio de sus funciones.
	En este propósito, en un primer orden, como sostiene Viteri (2009), es necesario que “la educación debe empezar, ejecutarse y terminar teniendo como meta prioritaria dar a conocer los principios para cultivar valores y obtener virtudes que los transforme en personas y ciudadanos del nuevo siglo” (p. 12). Del planteamiento del autor es notorio es establecimiento de valores y principios éticos que orienten el ejercicio docente como una profesión constituida por principios de acción aplicables a la solución de problemas que afectan la relación entre los individuos. 
	De esta manera, tanto los valores como los principios se basan en el sistema de valores que posee la comunidad. De allí surge la vinculación directa que existe entre la Ética Profesional y los Valores Sociales, estableciendo la Ética el reflejo y la expresión de los valores de una agrupación en un intento de expresarlos sistematizadamente a través de un código. En este sentido, debe interpretarse a la Educación como la profesión dedicada al servicio del hombre, la cual puede afectar la vida de otros, sea de manera directa e inmediata, a la larga o indirectamente al desarrollar actitudes y valores aceptables o no en el medio social y cultural al que pertenece, puesto que el estudiante, niño, adolescente o adulto son el centro del accionar de los servicios educativos.
 	Es así como de la Profesión Docente desde una visión deontológica, se espera que sus integrantes ajusten su conducta y actuaciones, pero dada la amplitud que rodea la esfera de la acción del Docente y a la diversidad de funciones que le corresponde cumplir, ningún profesional se encuentra sujeto a la disposición de tantas normas éticas. El Docente no sólo desempeña funciones de orientación, enseñanza o facilitador del proceso de aprendizaje, representa a la sociedad que provee e influye con una carga de valores éticos significativos en sus interacciones personales. 
	Los valores y principios éticos conforman una manera de expresar la convicción, de que la Profesión Docente influye y guía la conducta humana de una manera amplia, por lo que consecutivamente el Educador tiene la inquebrantable obligación de reexaminar y revisar sus propósitos y definir las normas a las cuales debe ajustar su ejercicio profesional, que evalúe su conducta de acuerdo con los principios que rigen la conducta moral y ética, con la finalidad de lograr una genuina educación para la libertad, la democracia, la familia y la trascendencia futura. Es el Docente quien debe sembrar las semillas que madurarán a su tiempo y que luego se convertirán en normas de vida, valores, principios éticos y morales, para hacer de sus alumnos mejores seres humanos y en consecuencia ciudadanos útiles.
Normas que Regulan la Profesión Docente
	Situando las normas que regulan la Profesión Docente en Venezuela, las mismas se encuentran enmarcadas en instrumentos legales que delimitan el ejercicio docente, más bien desde un enfoque formal que deontológico. Este conjunto de sustentos jurídicos de leyes como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV,1999), Ley Orgánica de Educación (LOE, 2009) y el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (2000), plantean aspectos formales de la dimensión laboral, salvo lo expuesto por la CRBV la cualrefiere en el artículo 104 que “La educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad…” (p. 37).
	Destaca del contenido constitucional el término moralidad, el cual desde una perspectiva deontológica supone el reconocimiento a valores y principios éticos generalmente aceptados en la sociedad como conductas ajustadas al rol profesional que ejerce el docente. Este criterio se fundamenta en primera instancia, en el establecimiento del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente el cual establece los deberes del personal docente, entre los cuales destaca el de observar una conducta ajustada a la ética profesional establecidos en la Carta Magna y demás leyes al respecto. 
	El aspecto previo denota el conjunto de normas que regulan la labor docente que se agrupan en disposiciones generales que regulan el ejercicio de la profesión docente, aunque no de manera específica, pero entendidas como todas aquellas que vulneren los valores y principios éticos socialmente aceptados. De esa manera, el enfoque que oriente las normas que regulan la profesión docente hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional como deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad, regularmente establecidos en un código deontológico, como es el caso de una deontología profesional periodística, de una deontología profesional médica, deontología profesional de los abogados, entre otros. 
Saberes Educativos
	Tomando como referente los saberes educativos expuestos por Morín (citado en González, 1999), los mismos conforman principios esenciales de lo que él considera los saberes imprescindibles que deberá afrontar el sistema educativo para constituirse en relevante y significativo. A los saberes educativos a que hace mención el autor se encuentran: “Una educación que cure la ceguera del conocimiento, una educación que garantice el conocimiento pertinente, enseñar la condición humana, enseñar la identidad terrenal, enfrentar las incertidumbres, enseñar la comprensión y la ética del género humano”. Cada uno de los saberes se explican brevemente.
	Una educación que cure la ceguera del conocimiento. La perspectiva del autor destaca la falibilidad del conocimiento humano expuesto a percepciones y juicios particulares. Para ello, la educación debe ser susceptible de enseñar un conocimiento capaz de criticar el propio conocimiento por intermedio de la búsqueda de la verdad, la cual exige procesos reflexivos, críticos y de reformulación de errores, que generen procesos auto-críticos, por tanto, la educación debe proveer a los alumnos de la capacidad para detectar y corregir errores del conocimiento. 
	Una educación que garantice el conocimiento pertinente. Se interpreta de los argumentos del autor, que la cantidad del conocimiento no es lo relevante, lo trascendental es seleccionar el conjunto de conocimientos necesarios para que los alumnos integren información y significados útiles que promuevan una concepción global y multidimensional del saber producto de una racionalidad que atienda a lo particular y a lo general, como dos visiones amplias del conocimiento que convergen en un contexto educativo capaz de brindar un significado útil al conocimiento.
Enseñar la condición humana. Este tipo de saber planteado por Morín, supone el privilegio de la dimensión humana del proceso educativo, en respeto a la diversidad personal y cultural inherente a todo lo humano. Afirma el autor que “Conocer el ser humano es situarlo en el universo y, al mismo tiempo, separarlo de él. Al igual que cualquier otro conocimiento, el del ser humano también debe ser contextualizado…”. De esta manera, la educación deberá guiar el destino individual, social, global de todos los humanos y el sentido de pertenencia como ciudadanos del planeta. 
Enseñar la identidad terrenal. Sostiene al autor, que la perspectiva planetaria es imprescindible en la educación. Pero, no sólo para percibir mejor los problemas, sino para elaborar un auténtico sentimiento de pertenencia al planeta Tierra considerada como la patria mundial. El término patria incluye referencias etimológicas y afectivas tanto paternales como maternales. En esta perspectiva de relación paterno- materno- filial es en la que se construirá a escala planetaria una misma conciencia antropológica, ecológica, cívica y espiritual, así argumenta el autor.
Enfrentar las incertidumbres. Las afirmaciones de Morín refieren la proyección del futuro desde una perspectiva del presente que visualice los cambios por venir, la incertidumbre sobre el futuro como manera de prever los cambios sociales a partir del presente, la cual incluye en su esencia el juicio de la validez del conocimiento como medio para explorar, obtener e interpretar elementos que aporten una visión de los cambios sociales. 
Enseñar la comprensión. La comprensión, según el autor conforma una necesidad elemental para los humanos, por tanto debe ser tratada por la educación de acuerdo a dos vertientes: a) la comprensión interpersonal e inter-grupal y b) la comprensión a escala planetaria. Otro aspecto que destaca el autor hace mención a que la comunicación no implica comprensión. Ésta última siempre está amenazada por la incomprensión de los códigos éticos de los demás, de sus ritos y costumbres, de sus opciones políticas. Agrega, que los grandes enemigos de la comprensión son el egoísmo, el etnocentrismo y el socio-centrismo. 
En todo sentido, la educación y la enseñanza de la comprensión permitirá la apertura empática hacia los demás y la tolerancia hacia las ideas y formas diferentes, mientras no atenten a la dignidad humana. Exige establecer sociedades democráticas, fuera de las cuales no cabe ni tolerancia ni libertad para salir del cierre etno-céntrico. Por eso, la educación del futuro deberá asumir un compromiso sin fisuras por la democracia, porque no cabe una comprensión a escala planetaria entre pueblos y culturas más que en el marco de una democracia abierta. 
La ética del género humano. La relación individuo- sociedad implica consensos y aceptación de reglas democráticas. Igualmente requiere de diversidades y antagonismos. El contenido ético de la democracia afecta a todos esos niveles. El respeto a la diversidad significa que la democracia no se identifica con la dictadura de la mayoría. Surge así la necesidad de enseñar la ciudadanía terrestre, distante de una noción abstracta y lejana para convertirse en algo concreto y cercano con interacciones y compromisos a escala terrestre. 
Proceso Gerencial
	Los procesos gerenciales se corresponden con el rol de gerente. Uno de estos procesos en la toma de decisiones por parte del gerente a quien compete la escogencia de una entre varias alternativas. Para ello, el gerente debe considerar una serie de condiciones entre las que destacan poca información, riesgos, incertidumbre, conflicto o peor aún, bajo la certidumbre de las reacciones que provocará la decisión tomada. Cada día y en cualquier circunstancia se toman decisiones pero no siempre se tiene claro cuál es el proceso por el cual se toman las mejores decisiones, aún bajo la presión del tiempo. 
	El proceso gerencial, junto a la toma de decisión parte de la identificación de un problema, luego se establecen los criterios de solución, la evaluación de las alternativas de solución y la escogencia de una de ellas. Otro proceso importante a nivel de la gerencia son los sistemas de información con el fin de adecuar la comunicación entre los distintos componentes de la organización, de manera que el conocimiento de los segundos pueda facilitar y enriquecer el trabajo de los primeros. 
CONCLUSIÓN
La deontología es una ciencia que trata del estudio de la moral y la ética, y cuando se aplica esas virtudes al ejercicio de cada una de las profesiones, toma el nombre de deontología profesional. Como es sabido, la deontología refiere a los deberes relativos a una práctica determinada, los cuales, en su forma de enunciados normativos se plasmanen los llamados "códigos de ética". La deontología se aboca al estudio de los deberes y obligaciones de los profesionales, lo cual incluye el tratamiento de ciertas problemáticas propias del campo deontológico, tales como, competencia, idoneidad, integridad, capacitación, respeto por los derechos y dignidad de las personas, responsabilidad profesional y científica, ámbitos de incumbencia. También se ocupa de los deberes y obligaciones de los profesionales en lo referido a declaraciones públicas, publicaciones, actividades de investigación, supervisión, docencia, entre otras. 
En tal sentido, la deontología de la profesión docente debe estar en correspondencia con la autonomía y atendiendo a las necesidades de desarrollo del alumnado, a la normativa establecida y a los proyectos educativos del centro en que se desempeña la tarea docente; desarrollar un ejercicio profesional que demuestre unos altos niveles de competencia, un buen dominio de la especialidad y una conducta adecuada a los principios constitucionales que constituyen el fundamento de la convivencia ciudadana. Para ello es necesario asumir la responsabilidad propia en aquellos ámbitos de actuación que son competencia profesional de los docentes.
BIBLIOGRAFÍA
González, M. (1999). Edgar Morín. Complejidad y sujeto humano", ISBN: 84-688-1185-8, Valladolid, 1999, Universidad de Valladolid, disponible en Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes
Viteri, A. (2009). Ética de la imagen, Madrid, Ed. Laberinto.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional Constituyente (1999, diciembre 30). Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5453. (Extraordinario).
Ley Orgánica de Educación (2009). Gaceta Oficial Nº 5.929. Caracas, Venezuela: Autor.
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