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BOLILLA 8

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IntroducciónAlDerecho#Bolilla8 
 
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Unidad VIII 
Axiología Jurídica 
 Concepto de justicia 
Cossio: La justicia es el valor que armoniza y da lugar a los seis valores jurídicos parciales. 
(Aftalión) 
Concepciones objetivas: 
 Aristóteles: La justicia consiste en dar a cada uno lo suyo. (las dificultades en la aplicación 
surgen ni bien se intentó de determinar qué es lo suyo de cada uno) 
 Santo Tomás de Aquino: agrego el concepto de la justicia social como un deber de la 
comunidad hacia los particulares. 
 Para algunos autores de la Escuela Clásica del Derecho natural la justicia es la 
consecuencia directa de la entrega de ciertas libertades que los hombres poseen es un 
estado de naturaleza, para construir mancomunadamente un orden social, universal y 
necesario. Tal seria el orden social justo. Esta concepción encuentra su concreción en la 
obra de Rosseau con la idea del contrato social. La idea contractual no significa la 
realización efectiva de un pacto social en los hechos, sino más bien “una idea regulativa de 
la razón para juzgar sobre la justicia y la injusticia de un régimen jurídico.” 
Concepciones subjetivas 
 Kelsen: La justicia es en primer lugar una característica posible más no necesaria del 
orden social; en segundo término constituye una virtud del individuo pues un hombre 
es justo cuando su obrar concuerda con el orden considerado justo. Luego se 
pregunta ¿Cuándo un orden social puede ser considerado justo?, entre las respuestas 
que se da encontramos la felicidad individual y una segunda respuesta relacionada con 
la libertad. 
 Alf Ross: Nos dice que la justicia es una idea y un principio especifico del derecho. 
Como idea tiene una pretensión ordenadora y correctora. Como principio “delimita y 
armoniza los deseos, pretensiones e intereses en conflicto en la vida social de la 
comunidad”. Analiza la idea de justicia como una exigencia de igualdad. Encuentra que 
la igualdad absoluta no existe, y por ende es un requisito de la justicia el que deban 
hacerse distinciones. La exigencia de igualdad debe ser comprendida en sentido 
relativo. 
(Gómez) 
La idea de justicia hoy aparece como un valor, surge de la teoría de Nichen, teoría de los valores 
de la axiología. (Apunte de clases) 
 
 
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 La idea de justicia de Platón 
Platón ve la justicia como un atributo o cualidad de la ciudad para después examinar como 
aparecen estos atributos en cada hombre individualmente considerado. Como la ciudad es más 
grande que un individuo será más fácil primero examinar cual es la justicia en las ciudades, y 
después en cada individuo, tratando de descubrir la semejanza con la grande en los rasgos de la 
pequeña. 
Para el la justicia en el estado, es un equilibrio entre los distintos estamentos que lo integran. 
Estos estamentos, comprenden tres clases de personas que se diferencian por su aptitud y su 
actitud; ellos son: los sabios, a quienes les corresponde el gobierno; los guerreros o guardianes, 
quienes guardan a la ciudad de los enemigos; y por último los trabajadores o artesanos, quienes 
deben trabajar para mantener a la cuidad. La justicia en la ciudad será pues la armonía o equilibrio 
en la realización de la tarea específica de cada uno de estos grupos. 
Lo mismo que se ve en el estado, puede verse en cada individuo en particular. Las tres funciones 
del alma que se corresponden con los estamentos del estado son: la inteligencia, la voluntad y los 
sentidos; siendo del mismo modo la sabiduría, la valentía y la templanza las virtudes de esas 
funciones, y así, como en la ciudad, en el hombre la justicia será la armonía de estas ciudades. 
(Aftalión) 
 La justicia en Aristóteles. La alteridad 
Aristóteles encara el tema de la justicia desde un doble perspectiva. En primer lugar, y al igual que 
Platón, la considera una virtud individual, pero, también la caracteriza como una relación entre los 
hombres con lo cual aparece claramente la nota de la alteridad. En su idea se destaca la justicia 
particular p social que introduce la alteridad como característica esencial de la misma. 
Dice Aristóteles, la justicia, vista en nuestro trato con otros, no puede ser simplente ser justo uno 
en sí mismo. Y este es el principio de justicia social 
Platón y Aristóteles se ocuparon con lucidez de la justicia descubriendo el primero su carácter 
totalizador o armonizador y el segundo la alteridad como su nota especifica. (Aftalión) 
 Derecho natural 
El extenso periodo que va desde la antigüedad hasta la constitución de la ciencia jurídica abarca, 
más de dos milenios. En él, el pensamiento del derecho tuvo un marcado carácter filosófico. 
Durante este periodo los autores se ocuparon del derecho natural el cual constituirá un “derecho” 
al que se le atribuyen las siguientes características: 
 Sus principios son válidos para todo tiempo y lugar. 
 Estos principios encuentras su fundamento en algo superior al hombre, por lo cual los 
hombres no podrían cambiarlo aunque se lo propusieran. 
 
 
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 En consecuencia los principios y contenidos del llamado “derecho natural” no estarías 
sujetos a las visitudes de la historia. 
El fundamento de este pretendido Derecho Natural es diferente para cada una de las 
principales escuelas que defienden su existencia. Para la escuela católica ese fundamento está 
en la voluntad o inteligencia de Dios; para la corriente protestante clásica, el mismo se 
encuentra en la naturaleza humana; y para el pensamiento racionalista del derecho natural se 
fundamentaría en la razón, la cual es concebida como parte principal de la naturaleza humana. 
(Aftalión) 
Derecho natural: Es una doctrina que define los derechos del hombre fundadas o 
determinadas en la naturaleza humana. 
Aristóteles: El hombre es un zon politicon, es un animal político; no puede no vivir en 
sociedad. 
El derecho natural fue modificado en sus principios de la mano de los griegos, se lo 
relacionaba con la polis, ciudad y los gobernantes del estado. En el siglo XVIII la concepción se 
modifica, relacionado con lo religioso; los contractualitas sostienen que la ciudad no es 
material; aca nos encontramos con el contrato social de Roseau, el estado de naturaleza y el 
estado de sociedad, el contrato social va a medir entre estos dos estados. (Apunte de clase) 
 Axiología Jurídica 
La axiología jurídica es la rama de la filosofía del Derecho que trata el problema de los valores 
jurídicos, es decir, dilucida sobre cuales sean los valores que harán correcto un modelo de Derecho 
o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el Derecho. De todos los valores del Derecho el más 
importante es el de "justicia". (Internet) 
La descripción del derecho como conducta, libertad metafísica, debe ser existencial, si bien 
correcta es incompleta. Ella corresponde a una visión óntica del mismo, como si lo viésemos por 
fuera. Pero el sentido de todo objeto cultural contiene una referencia al valor. En lo referente a la 
libertad ella se define por la preferencia que concede a ciertas alternativas en relación a otras. 
Dicha preferencia es hablar de valorización, en este caso es como si viésemos a nuestro objeto no 
por fuera sino por dentro, en una visión ya no óntica sino ontológica. 
La totalidad del plexo axiológico jurídico, los valores que la componen, la polaridad característica 
de cada uno, las relaciones mutuas, etc. , se dejan indagar al hilo conductor de la forma en que 
pueden darse en la interferencia intersubjetiva de conducta los sujetos autores de dicha acción. 
(Aftalión) 
 Valores Jurídicos 
 
 
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Los valores jurídicos son una especie de los valores en general. La noción de valor se identifica con 
la persona que valora. 
 Una característica fundamental es la bipolaridad. 
 Otra característica es que posee jerarquía, hay valores inferioresy valores superiores. 
 También son plurales. 
Podemos decir que el valor es una pauta de selección o preferencia. 
Existe una disputa entre la objetividad y subjetividad de los valores, la teoría objetivista dice 
que los valores son entes ideales que se plasman a las cosas; los subjetivistas que es algo 
interno y personal; Kan en su teoría subjetivista dicen que es un comportamiento establecido 
por la mayoría. 
Lo valores jurídicos podrían ser: Justicia, orden, seguridad, paz, poder, cooperación y solidaridad. 
(Gómez y apuntes de clase)

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