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Resumen tercer parcial constitucional

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Constitucional
Último parcial, 28 de junio de 2019.
 Unidad 4:
· NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA.
· Los conceptos se diferencian por algunos elementos.
1) Nacionalidad; 
· Refiere a lo natural, al lugar donde el individuo nace.
· Se tiene desde el nacimiento.
2) Ciudadanía;
· Es un status jurídico.
· Se adquiere a partir de los 18 años.
· “La nacionalidad une a una persona con un Estado determinado, en base a un vínculo de base natural; en cambio, el vínculo que liga al ciudadano con un Estado tiene un carácter jurídico. El vínculo natural que liga a una persona con un Estado puede ser determinado por haber nacido dentro del territorio de ese estado, (criterio determinado “jus soli”), o por ser descendiente de un nacional de ese Estado (jus sanguinis).
· Opinión de Korzeniak: La nacionalidad como sinónimo de ciudadanía natural y además hay una suspensión de la ciudadanía hasta los 18 años, ya que el individuo no ejerce determinados derechos.
¿Se diferencian realmente estos dos conceptos en la constitución de la República Oriental del Uruguay?
1) Primer argumento: Art 81 C menciona la nacionalidad, pero como concepto de oposición al concepto de extranjero.
2) Segundo argumento: Cuando se utiliza la palabra “oriental” en el art 74 para no repetir el término ciudadano natural.
3) Art 80, separa el concepto de nacionalidad y ciudadanía, tiempo atrás se era ciudadano uruguayo sólo si tus padres son ciudadanos naturales. Hoy en día, son ciudadanos naturales los nacidos en el territorio, hijos de padres orientales o naturales.
· CIUDADANÍA LEGAL: No estamos frente a nacidos en nuestro territorio, ni hijos ni nietos de orientales. Son personas que nacieron en el exterior, pero tienen un vínculo con el país, y nuestra constitución les da la posibilidad de nacionalizarse uruguayos.
Requisitos para obtener la ciudadanía legal:
· Familia constituida en el Uruguay, buena conducta y avecinamiento por 3 años.
· Sin familia constituida, pero con buena conducta y avecinamiento por 5 años.
· Por gracia de la Asamblea General.
· Reconocimiento de una categoría intermedia: ELECTORES NO CIUDADANOS.
Sujetos que no son ciudadanos pero que tienen derechos similares, derecho al voto.
Nacieron en el exterior, 15 años viviendo en el país y buena conducta. Hay países que no toleran la doble nacionalidad, si te nacionalizas en otro país, perdes la nacionalidad de tu país de origen.
Estas personas solo participan de las elecciones nacionales.
· Con ciudadanía legal o natural se puede votar, elegir, ser elegible y acceder a cargos públicos.
· Se puede ingresar al país de tres formas; 
a) Como turista
b) Con residencia temporal
c) Con residencia permanente
· SUSPENSIÓN DE LA CIUDADANÍA:
Art 80.
1) Por ineptitud física o mental que impida obrar libre y reflexivamente.
2) Por la condición de legalmente procesado en causa criminal que pueda resultar con pena de penitenciaría.
3) Por no haber cumplido dieciocho años.
4) Por sentencia que imponga pena de destierro, prisión, penitenciaría o inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos durante el tiempo de la condena.
5) Por el ejercicio habitual de actividades moralmente deshonrosas, que determinará la ley sancionada de acuerdo con el numeral 7 del art 77.
6) Por formar parte de organizaciones sociales o políticas que, por medio de la violencia, o de propaganda que incitase a la violencia, tiendan a destruir las bases fundamentales de la nacionalidad. Se consideran tales, a los efectos de esta disposición, las contenidas en las secciones I y II de la presente constitución.
7) Por la falta de superviniente de buena conducta exigida en el artículo 75.
LAS DOS ÚLTIMAS CAUSALES SOLO RIGEN RESPECTO DE LOS CIUDADANOS LEGALES.
· SUFRAGIO.
· Manifestación de voluntad particular que hace que la acción tenga consecuencias jurídicas.
· Vidal Campo: técnica o procedimiento institucionalizado mediante el cual el cuerpo electoral hace manifestación o expresión de opiniones políticas, ya sea para elegir gobernantes o para la adopción de decisiones políticas, la forma más común es la del sufragio nacional, donde cada ciudadano expresa su voluntad.
· Como esa expresión individual de voluntad es determinante en la decisión de la mayoría, algunos entienden que es un derecho, otros que es un deber. No debemos olvidar que es obligación votar en las elecciones nacionales, eso, para algunos doctrinos, nos hace saber que no es un derecho, sino que un deber.
· PARTIDOS POLÍTICOS.
· Vidal: asociación con fines políticos y precisos. Grupo de individuos que se organiza en torno a una ideología política y a un proyecto político, la finalidad específica puede ser:
1) Llegar al poder para cumplir desde el poder esa ideología y proyecto
2) Influir sobre el poder y participar en su dinámica 
3) Controlar el ejercicio de poder que está a cargo de otros partidos
· Podemos concluir que son asociaciones que tienen la finalidad principal de confiscar el poder para imponer sus ideas sobre la sociedad.
· Vidal explica que para que haya una lucha de partidos se requiere una sociedad abierta y pluralista, en la que haya libertad y donde el juego de la fuerza política opere de manera espontánea.
· En la sociedad pluralista la lucha partidaria se puede dar de dos formas:
1) En el régimen: hay un mínimo de ordenes en los que los partidos actúan, un mínimo de obediencia. 
2) Contra el régimen: cuando los partidos luchan en contra del régimen, el mismo está en juego, lo que buscan es cambiarlo.
· Correa Freitas en su libro dice que los partidos políticos son esenciales para un sistema democrático, es la prueba de que en esa sociedad hay un régimen democrático de gobierno.
· ¿Hay impedimento para formar un partido político?
Art 80 n6, causales de suspensión de la ciudadanía, los electores no ciudadanos nunca podrían formar parte de este tipo de asociaciones porque se les suspendería la ciudadanía, ya que se considera ilícito.
· Se entiende que los partidos políticos deben actuar pacíficamente. 
Son de carácter nacional, se desarrollan en todo el territorio, sin embargo, no significa que el partido no se desarrolle en determinado departamento.
· Art 77, n11, el Estado protege la libertad de los partidos políticos, pero los obliga a:
a) Ejercer la democracia internamente
b) Lograr dar la máxima publicidad para que el ciudadano pueda conocerlo ampliamente.
· La evolución histórica de los partidos políticos de Uruguay, en sus orígenes surge con el sistema parlamentario, Inglaterra es la primera fuente, en el S XIX, donde tienen una finalidad básica, la elección de los gobernantes para las bancas legislativas.
· Correa diferencia etapas:
· Constitución de 1830, ignorancia de los partidos políticos.
Si bien había un ejemplo de partidos políticos del extranjero, lo veían como una agrupación perjudicial para el sistema, decían que solo querían atender sus propios intereses y no los del país. Los partidos como tales nacen después de la batalla de carpintería.
· Constituciones de 1918, 1942 y 1952, etapa de reconocimiento de los partidos, con estas constituciones se adjudica el reconocimiento de los partidos.
· Constitución de 1967, institucionalización de los partidos políticos, se reconoce su libertad.
· Reforma de 1997: se imponen las elecciones internas, los partidos políticos deben elegir su candidato a la presidencia mediante elecciones internas que reglamentará la ley, se determinará la forma de elegir el candidato a la vicepresidencia.
· Una vez que el partido está inscripto, obtiene DERECHOS:
a) Protección al nombre, otro no podrá usarlo. Las autoridades del partido decidirán como usarlo.
b) El partido participará de las elecciones internas porque es obligatorio, debe presentar por lo menos un precandidato a la presidencia.
· Una vez inscripto el partido, los demás pueden controlar si el otro partido cumple o no con los requisitos.
· SISTEMA ELECTORAL
· Tiene relación con la organización, el procedimiento y las formas de adjudicación de los cargos electivos. Es el sistema, la manera en que seadjudican los cargos objeto de la elección popular.
· Concepto: principio de representación que subyace al procedimiento técnico de la elección. También se refiere al procedimiento mismo, por medio del cual los electores expresan su voluntad política en votos que su vez se convierten en poder público. 
· Korzeniak señala tres sistemas:
1) Mayoritario: es el clásico en que se le adjudican los cargos por la mayoría de los votos, dentro de este existen dos: 
a) Puro y simple: el candidato que gana la elección se lleva todos los cargos. 
b) Ballotage: primera instancia: mayoría absoluta, si nadie la obtiene se pasa a segunda vuelta y piden una mayoría relativa, en ésta participan los dos candidatos más votados en Uruguay, hay otros modelos.
2) Representación de minoría: supone la adjudicación de cargos con determinados números o proporción, de manera que la mayoría se lleva una cantidad de cargos determinados pero el resto se reparte entre las minorías, de forma proporcional o por mecanismo de mayoría puro y simple. 
3) Representación proporcional: adjudicación de cargos según la cantidad de votos. 
· Campos destaca:
· Sistema electoral de lista completa: el elector sufraga por una lista que tiene tantos candidatos como cargos a cubrir, y el partido que tiene la mayoría se lleva todo. Paralelismo con el sistema de partido único. 
· Sistema electoral de lista incompleta: el elector sufraga por una lista, pero la lista de candidatos es menor a la cantidad de cargos, por lo tanto, el partido que gana se le adjudican los cargos, pero queda un resto y ese resto en general se lo lleva el partido que lo sigue en número de votos. Paralelismo al sistema de dos partidos 
· Sistema electoral de representación proporcional: los cargos a cubrir se reparten proporcionalmente entre los partidos que se han presentado en las elecciones y se reparten por la cantidad de votos obtenidos. Todos los partidos tienen la posibilidad de ocupar un banco. Paralelismo con el sistema pluripartidista. 
· ¿Qué pasa en nuestro sistema?
1) Mayoritario: intendentes
2) Mayoritario y segunda vuelta: presidente y vicepresidente
3) Representación de minorías: juntas departamentales
4) Representación proporcional: senadores y representantes
· Lema: Ley 7.812 art 9 y Ley 18.485 art 10. Al lema se lo identifica con el partido político. Es la expresión electoral. De acuerdo con nuestra constitución la participación de nuestro electorales es a través de los partidos políticos. const. art 77, 79, 94 ins3, 96, 104 ins2. En el ballotage ya no hay lema, votamos candidatos y no partido.
· Hoja de votación: Es el elemento material, es la hoja de papel que contiene la lista de candidatos a través de la cual se ejerce el sufragio (art 10. ley 7812). 30 días antes de la elección se tiene que presentar ante la corte electoral.
· Sub lema: art 79. La acumulación de votos mira primero el lema, luego el subgrupo. 
· Lista de candidatos: Cada partido, cada lema y sub-lema presenta listas de candidatos que estás están en las hojas de votación. Postulan a las personas que son titulares y también a los suplentes. 
· Adjudicación de cargos: Senadores: 30 miembros, Representantes: los cargos los adjudica la junta electoral. 99 miembros elegidos directamente por el pueblo de acuerdo con el sistema de representación proporcional integral en el que se toman en cuenta los votos emitidos a favor de cada lema en todo el país, correspondiendo a cada Departamento, dos representantes, por lo menos. 
· Cargos: presidente y vice, se tiene en cuenta el resultado de la suma de los escrutinios departamentales enviados por las Juntas Electorales a la Corte Electoral.
· 1a vuelta requiere mayoría absoluta y sino la obtiene va a 2da vuelta
· Vacancia del cargo de presidente: 
a) art 155 antes de asumir el cargo.
b) Si el presidente ya está electo y se produce la vacante (art 153)

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