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ARTICLE IN PRESSG ModelMEDCLI-6089; No. of Pages 5
Medicina Clínica xxx (xxxx) xxx–xxx
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Artículo especial
Internamiento no voluntario en pacientes con anorexia nerviosa
en España
Non-voluntary internment in patients with anorexia nervosa in Spain
José I. Baile ∗, María J. González-Calderón y María F. Rabito-Alcón
Departamento de Psicología y Salud, Facultad de Ciencias de la Salud y la Educación, Universidad a Distancia de Madrid (Udima), Collado Villalba, Madrid, España
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Introducción
El internamiento involuntario en un centro sanitario genera gran
controversia, dado que con el objeto de hacer un bien a una per-
sona enferma se le genera un perjuicio, al limitarle su derecho
fundamental a la libertad de movimiento, obligándole a recibir un
tratamiento que no desea. Si a esto se añade el hecho de que la
persona no reconozca estar enferma, como es el caso de muchas
pacientes con anorexia nerviosa (AN), el cuadro adquiere tintes más
dramáticos aún.
Según la legislación española, los internamientos en centros
sanitarios y, por consiguiente, la recepción de un tratamiento
médico-psicológico pueden ser de varios tipos: el voluntario, que
tiene lugar con el libre consentimiento de un paciente mental-
mente competente; el involuntario urgente sin autorización judicial,
si el paciente muestra riesgo vital y requiere inmediata atención
sanitaria a través del internamiento; y el involuntario ordinario con
autorización judicial, que solo se realiza previa obtención de la auto-
rización judicial. El internamiento no voluntario debe entenderse
como una medida de protección hacia el paciente, el cual responde
a una situación de urgencia vital propia o de protección a terceros,
no como una acción sancionadora ni punitiva.
Se estima que la frecuencia de ingresos involuntarios en la Unión
Europea es muy dispar, y fluctúa desde 6 por 100.000 habitantes
en Portugal a 218 por 100.000 habitantes en Finlandia, cifras que
se incrementan cada año1. Tales diferencias entre países pueden
ser debidas a profundas diferencias culturales relativas al grado de
implicación en el cuidado de los familiares, cuándo debe propor-
cionarse tratamiento a una persona, así como a aspectos legales y
económicos. En España, son las alteraciones graves del compor-
tamiento las que suelen conllevar internamiento no voluntario,
que no suele prolongarse más de 3 o 4 meses2, consistentes en
manifestaciones agravadas de una psicopatología de base, funda-
mentalmente trastornos psicóticos o de la personalidad, siendo
∗ Autor para correspondencia.
Correo electrónico: joseignacio.baile@udima.es (J.I. Baile).
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https://doi.org/10.1016/j.medcli.2022.09.004
0025-7753/© 2022 Elsevier España, S.L.U. Todos los derechos reservados.
Cómo citar este artículo: J.I. Baile, M.J. González-Calderón and M.F. Rab
nerviosa en España, Med Clin (Barc)., https://doi.org/10.1016/j.medcli
abitual que se hagan por la vía de urgencia con comunicación
osterior al juez y no tanto directamente por orden judicial3,4.
El internamiento no voluntario en pacientes con trastornos psi-
uiátricos (INVTP) está claramente regulado en la ley española5.
o obstante, hasta donde los autores conocen, no existen estudios
ctualizados que analicen su posible indicación en pacientes con
rastornos de la conducta alimentaria (TCA), como es el caso de
a AN, ni sus características singulares cuando ocurren, lo cual se
onvierte en el objetivo de este trabajo.
os trastornos de la conducta alimentaria, trastornos
usceptibles de internamiento no voluntario
En la categoría «trastornos de la conducta alimentaria y de la
ngesta de alimentos», el DSM-56 incluye, entre otros, la AN, la
ulimia nerviosa y el trastorno por atracón7. De todos los que pudie-
an suscitar cuadros de tratamiento no voluntario, la AN es el más
usceptible de hacerlo, principalmente debido a la anosognosia pre-
ente en la mayoría de estos pacientes8. En la bulimia nerviosa o
l trastorno por atracón7, los pacientes muestran alteraciones del
omportamiento alimentario, como una dinámica de atracones con
 sin purgas que, aunque pueden provocar importantes desajustes
e salud, no suelen llevar a situaciones de riesgo extremo o inme-
iato para su salud ni la propia vida, como la pérdida significativa
e peso. Además, no suelen existir manifestaciones externas evi-
entes que permitan detectar a los demás que se padecen y que
a persona está en riesgo; de hecho, muchos pacientes incluso pre-
entan sobrepeso u obesidad. Por último, el estado de conciencia de
nfermedad suele estar conservado en estos trastornos, es decir, se
uele reconocer que se padecen. Sin embargo, en la AN se concitan
odos los ingredientes en la dirección contraria9, siendo el TCA que
uede provocar un internamiento involuntario. De hecho, dentro
e la anecdótica jurisprudencia hallada sobre este tema, el único
aso encontrado de internamiento en pacientes con TCA es el de
na persona con AN.
ito-Alcón, Internamiento no voluntario en pacientes con anorexia
.2022.09.004
https://doi.org/10.1016/j.medcli.2022.09.004
http://www.elsevier.es/medicinaclinica
mailto:joseignacio.baile@udima.es
https://doi.org/10.1016/j.medcli.2022.09.004
https://doi.org/10.1016/j.medcli.2022.09.004
	Internamiento no voluntario en pacientes con anorexia nerviosa en España
	Introducción
	Los trastornos de la conducta alimentaria, trastornos susceptibles de internamiento no voluntario
	Singularidades de la anorexia nerviosa que la hacen más susceptible de internamiento no voluntario
	Concreción jurídica del internamiento no voluntario por trastorno psíquico
	El internamiento no voluntario por trastorno psíquico desde la perspectiva sanitaria: características de los pacientes int...
	Características de los pacientes internados de manera no voluntaria
	Criterios de internamiento no voluntario
	Protocolos de internamiento no voluntario en España
	El internamiento no voluntario por trastorno psíquico en casos de anorexia nerviosa
	Conclusiones
	Financiación
	Conflicto de intereses
	Bibliografía

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