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Noruega WT/TPR/S/269
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RESUMEN 
1. Noruega es un país con abundantes recursos naturales que registra un excedente en su 
comercio de mercancías desde hace más de 20 años. Debido al considerable volumen de sus 
exportaciones de petróleo crudo y gas natural, el superávit por cuenta corriente excedió del 10 por 
ciento anual durante el período 2007-2011. Noruega ahorra gran parte de la riqueza que obtiene del 
petróleo y el gas en el Fondo de Pensiones del Gobierno - Global, invertido íntegramente en activos 
en el extranjero. A fines de marzo de 2012, los activos del Fondo se valoraban 
en 3,5 billones de coronas noruegas (460.000 millones de euros). Desde 1995, el presupuesto del 
Gobierno central se ha saldado con un excedente cada año. 
2. Noruega ha salido mejor parada de la reciente crisis financiera mundial que la mayoría de las 
economías desarrolladas. A diferencia de otros muchos países, el Gobierno noruego consiguió 
contrarrestar las conmociones externas del otoño de 2008 con medidas de estímulo de la economía 
nacional y asegurar la estabilidad financiera sin grave riesgo para su situación financiera. Los tipos de 
interés, que antes se utilizaban para contener las presiones inflacionarias, se redujeron drásticamente. 
El Presupuesto fiscal de 2009 fue el más expansionista en más de 30 años. En 2010, al recuperarse la 
economía, el Gobierno empezó a moderar las medidas de estímulo fiscal. En 2011, el PIB continental 
aumentó un 2,4 por ciento, es decir, poco menos que la tendencia histórica, y la tasa de desempleo 
sigue descendiendo ininterrumpidamente hacia niveles del 3 por ciento. Los tipos de interés siguen 
siendo bajos. 
3. Los más importantes interlocutores comerciales de Noruega están en su región. La UE sigue 
representando más del 80 por ciento de las exportaciones de mercancías de Noruega y unas dos 
terceras partes de sus importaciones. Sin embargo, los cuatro últimos años se ha mantenido la 
tendencia al aumento del comercio con otras partes del mundo, en particular con Asia. Noruega se ha 
beneficiado de una mejora de la relación de intercambio ya que los precios de sus exportaciones de 
energía, productos de uso intensivo de energía y pescado en general han sido favorables, mientras que 
las importaciones de bienes de consumo se han obtenido en condiciones más económicas, en 
particular desde países asiáticos. 
4. Durante los cuatro últimos años no ha habido cambios significativos en el marco general de 
formulación y aplicación de las políticas comerciales de Noruega, que es partidaria de un sistema 
multilateral de comercio enérgico con un mecanismo de solución de diferencias eficaz. Noruega 
participó activamente en las negociaciones para revisar el Acuerdo sobre Contratación Pública, de 
carácter plurilateral, y ampliará considerablemente sus obligaciones para con los demás signatarios. 
5. El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) es un elemento esencial en las 
estrechas relaciones de Noruega con la UE. Gracias al Acuerdo sobre el EEE, el mercado interno de 
la UE se amplía para que abarque a Noruega en todos los sectores, excepto los específicamente 
excluidos. El Acuerdo sobre el EEE no es una unión aduanera, no prevé una política agrícola común 
y tampoco se aplica al régimen fiscal interno. En lo que respecta a terceros países, Noruega y sus 
socios de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), es decir, Suiza, Islandia y Liechtenstein, 
han optado por un marco amplio de acuerdos de libre comercio, que actualmente abarca 33 países. 
Además, están en marcha nuevas negociaciones sobre acuerdos de ese tipo. Por otra parte, los 
Estados de la AELC han firmado declaraciones conjuntas sobre la cooperación con el MERCOSUR, 
Malasia, Mauricio y Mongolia. 
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6. En 1971, Noruega introdujo un esquema SGP para las importaciones procedentes de los 
países en desarrollo. Aunque sigue siendo importante para determinados productos, el esquema ha 
ido perdiendo interés para muchos países en desarrollo que son interlocutores comerciales de 
Noruega. En el caso de algunos de ellos, las relaciones se rigen por un acuerdo de libre comercio con 
la AELC, y la eliminación unilateral de los derechos aduaneros NMF de Noruega respecto de la 
mayor parte de los productos manufacturados ha suprimido el margen preferencial ofrecido 
anteriormente en el marco del esquema. En 2007 se revisó el esquema SGP de Noruega, que 
actualmente concede acceso libre de derechos y de contingentes al mercado noruego a todos los PMA 
y a 14 países en desarrollo de ingresos bajos. Aunque la tasa de utilización del esquema SGP es 
elevada, su reforma no parece haber dado lugar a grandes aumentos de las importaciones procedentes 
de los PMA y de los países de bajos ingresos desde 2008. 
7. Noruega consolidó todo su arancel en la Ronda Uruguay, pero a tipos elevados para muchos 
productos agropecuarios. En el caso de los productos manufacturados, los tipos consolidados 
máximos se sitúan entre el 11 y el 14 por ciento, y el régimen aplicado es más liberal. La mayoría de 
los productos industriales se importan libres de derechos, con independencia de su origen. En la 
actualidad, sólo se aplican aranceles NMF a las prendas de vestir, determinados textiles (33 partidas) 
y algunos tipos de pescado y productos de pescado utilizados para la elaboración de piensos 
(9 partidas). Las restricciones a la importación y la exportación se deben en gran medida a la 
aplicación por Noruega de convenios o tratados internacionales o a decisiones del Consejo de 
Seguridad de las Naciones Unidas basadas en el capítulo VII. 
8. Como el Acuerdo sobre el EEE prevé la libre circulación de mercancías, servicios, mano de 
obra y capitales en las mismas condiciones de competencia establecidas en el cambiante acervo 
comunitario de la UE, muchos de los reglamentos comerciales de Noruega son idénticos a las normas 
comerciales aplicadas por los Estados miembros de la UE o están armonizados con esas normas. La 
armonización es sustancial en lo que respecta a normas y reglamentos aduaneros, OTC, MSF, ADPIC 
y reglamentos sobre servicios. Noruega se ha adaptado también a las disciplinas comunes sobre 
ayuda estatal (es decir, subvenciones no agrícolas), política de competencia y contratación pública. 
En el comercio recíproco entre Noruega y la UE no pueden utilizarse medidas antidumping y 
compensatorias en los sectores abarcados por el Acuerdo sobre el EEE a los que se haya incorporado 
plenamente el acervo de la UE. Noruega nunca ha invocado disposiciones de salvaguardia en el 
marco del Acuerdo sobre el EEE o de los acuerdos de libre comercio de la AELC. En la etapa 
del GATT, Noruega recurrió rara vez a medidas comerciales y, desde el establecimiento de la OMC, 
no ha iniciado ningún procedimiento sobre medidas antidumping, compensatorias o de salvaguardia 
(de conformidad con el Acuerdo sobre Salvaguardias). 
9. Entre los cambios introducidos en el régimen comercial durante los cuatro últimos años cabe 
destacar la obligatoriedad, a partir del 1º de enero de 2011, de presentar por anticipado una 
declaración electrónica resumida para toda circulación de mercancías entre Noruega y los países no 
pertenecientes al EEE. La certificación de los operadores económicos autorizados exime de la 
obligación de presentar esa declaración en el comercio con la UE. La Dirección de Aduanas e 
Impuestos de Consumo ha adoptado el sistema EU/EMARS (Safe Sea Net) para notificar información 
sobre transporte marítimo a la administración de aduanas. Con efecto del 1º de enero de 2012 se 
eliminaron varios derechos y cargas aplicados a los consumidores para financiar las actividades de 
control de la Dirección General de Inocuidad de los Alimentos. En lo que respecta a la financiación 
de las exportaciones se está reduciendo la concesión de crédito por Eksportfinans. Desde el 1º de 
julio de 2012, la empresade propiedad estatal plena Eksportkreditt Norge AS se encarga de la 
concesión de préstamos subvencionados al tipo de interés comercial de referencia y préstamos en 
condiciones de mercado que reúnen las condiciones exigidas para beneficiarse de ese tipo de interés. 
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La concesión por la empresa de préstamos en condiciones de mercado ha de notificarse al Órgano de 
Vigilancia de la AELC. El Instituto de Garantía de Crédito a la Exportación (GIEK) seguirá 
garantizando el crédito a la exportación. 
10. En Noruega la propiedad estatal es considerable y, en general, se ha mantenido estable 
durante los cuatro últimos años. El Gobierno noruego cree que el Estado puede hacer una 
contribución positiva al desarrollo industrial mediante la participación en empresas industriales 
noruegas. Por otra parte, el Gobierno no necesita recaudar efectivo ni tiene objetivos específicos de 
privatización; de hecho, el proceso de privatización ha experimentado una acusada desaceleración en 
Noruega en comparación con los años anteriores a 2005. Sin embargo, determinadas participaciones 
en el capital pueden cederse cuando la desinversión se considera beneficiosa para la rentabilidad y el 
crecimiento de una empresa. 
11. En relación con su aplicación de la Directiva de la UE relativa a los servicios, Noruega 
notificó 78 regímenes de autorización y prescripciones reglamentarias que pueden influir en la 
presencia comercial o en el suministro transfronterizo de servicios. La Directiva no obliga a Noruega 
a armonizar su legislación con la vigente en la UE, pero ha supuesto la selección de los regímenes de 
autorización nacionales sobre la base de la no discriminación, el interés general y la proporcionalidad. 
12. El sector financiero noruego se ha librado en buena parte de los dramáticos efectos de la crisis 
financiera mundial que se inició en 2008. Las autoridades noruegas intervinieron rápidamente para 
proporcionar liquidez al sistema bancario y acceso a la financiación a largo plazo del Fondo 
Financiero Público. También se estableció un Fondo de Bonos del Gobierno para facilitar la 
financiación de las empresas en condiciones normales. Ambos Fondos funcionaron bien dentro de los 
límites de crédito establecidos, y ulteriormente muchos bancos han optado por sustituir las 
contribuciones de capital asignadas por participaciones de capital y otros tipos de financiación basada 
en el mercado. Noruega no tuvo que emitir garantías del Estado para asegurar los depósitos durante la 
crisis, ya que el Fondo de Garantía de los Bancos de Noruega se consideró suficientemente sólido 
para gestionar las dificultades que se planteaban. Es objeto de debate actualmente determinar si el 
retorno del optimismo general a la economía nacional, un prolongado período, sin precedentes, de 
bajos tipos de interés nominal y la activa demanda local de viviendas han creado una burbuja en el 
mercado noruego de la vivienda. 
13. Muchas empresas noruegas, que son parte de una economía pequeña y generalmente abierta, 
están acostumbradas a desempeñar su actividad en el entorno mundial con poco margen para la 
protección en el mercado nacional. Ese aspecto es particularmente digno de mención en el caso de las 
empresas de ingeniería y servicios relacionados con el petróleo; los sectores marítimo, de las 
telecomunicaciones y del metal; y el sector pesquero y de transformación del pescado orientado a la 
exportación. La única excepción a la norma de apertura es la agricultura rural, en cuyo caso, hay 
cuestiones no comerciales que siguen dominando el programa. La protección de la producción 
agrícola primaria también tiene efectos en la competencia en los sectores de la industria alimentaria y 
las tiendas de comestibles. 
14. El sector agrícola está estrictamente reglamentado, y la compleja reglamentación del mercado 
nacional va acompañada frecuentemente de un elevado nivel de protección en la frontera para el 
ganado y los cultivos nacionales. El subsector de los productos lácteos, que es el más importante de 
la agricultura noruega, es objeto de una reglamentación particularmente estricta con instrumentos 
como precios indicativos, gravámenes al productor, controles de producción, equiparación de precios 
por productos, ayudas al transporte, almacenamiento de productos, descuentos en los precios internos, 
subvenciones a la exportación, ayuda estructural a los ingresos y pagos complementarios regionales. 
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En 2010, la sustitución de un derecho de importación específico por otro ad valorem para la leche 
líquida y la nata (crema) fue una medida deliberada para aumentar la protección del sector en frontera. 
15. A pesar de la considerable asistencia prestada al sector agrícola durante decenios, el número 
de agricultores disminuye constantemente. Es decir, todo parece indicar que la ayuda ha frenado el 
cambio estructural, pero no lo ha impedido. La adopción en la OMC de un nuevo acuerdo multilateral 
sobre nuevas reducciones de las subvenciones agrícolas podría tener importantes consecuencias para 
Noruega. La reducción de las subvenciones del "compartimento ámbar", la introducción de 
disciplinas sobre el "compartimento azul" y la ayuda de minimis, las reducciones arancelarias, y la 
ampliación de los contingentes arancelarios combinada con la aplicación de derechos de importación 
nulos dentro del contingente, reducirían el "margen de actuación" que utiliza Noruega en la 
actualidad. Sin embargo, a pesar de las vías de acción unilateral de que dispone en previsión de 
futuros parámetros multilateralmente acordados, aún no hay indicios de que Noruega haya tomado 
medidas firmes para prepararse para un resultado negociado en la OMC.

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