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TEORIA DE LAS RELACIONES LABORALES INVESTIGACIÓN DERECHO

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INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR PROGRESO 
ALUMNA: 
ANA BEATRIZ MADERA POOT 
MAESTRO: TOMAS ENRIQUE FUENTES MARRUFO 
MATERIA: 
DERECHO 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Disposiciones de ley sobre las relaciones colectivas 
de trabajo 
 
 
¿Qué es la relación colectiva del trabajo? 
Son Disposiciones de ley sobre las relaciones colectivas de trabajo están reguladas por 
leyes laborales específicas que establecen los derechos y obligaciones de los 
empleadores, los sindicatos y los trabajadores en el contexto de la negociación colectiva y 
la resolución de conflictos laborales. 
Definición: 
El artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, define la relación de trabajo diciendo que: Se 
entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación 
de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario, lo que 
es aplicable a la relación individual de trabajo. 
Diferencia: 
Son relaciones individuales y las colectivas, radica en que las primeras se refieren a las 
personas individualmente consideradas, y las segundas a éstas como grupo social 
Clasificación: 
Es el conflicto de Trabajo que Considera los Intereses en disputa y los Sujetos que 
Intervienen, señala “los conflictos individuales de trabajo acostumbran a ser identificados 
por la conjugación de los siguientes puntos. 
- Informan intereses concretos de individuos 
- Los titulares de los intereses en oposición son siempre personas determinadas, los 
intereses en juego se condicionan invariablemente a la aplicación de una norma 
jurídica. 
- Algunos conflictos individuales han sido definidos como aquéllos en los que se 
contraponen intereses concretos de individuos determinados, cuya solución 
depende de la aplicación de una norma jurídica preexistente. el conflicto colectivo, 
al contrario, se ocupa de intereses genéricos o abstractos de la categoría 
profesional o económica 
(Esto se refiere a personas indeterminadas; no se condiciona necesariamente a la 
ley preexistente) 
 
 
 
 
Las leyes laborales en relación con las relaciones 
colectivas del trabajo 
 
Derecho de asociación: 
La mayoría de las leyes laborales garantizan a los trabajadores el derecho de formar 
sindicatos o asociaciones de trabajadores para fines de negociación colectiva y defensa 
de sus intereses. 
 
Negociación colectiva: 
 Las leyes laborales suelen establecer el marco legal para la negociación colectiva entre 
los sindicatos y los empleadores. Esto puede incluir la obligación de las partes de 
negociar de buena fe y de llegar a acuerdos sobre condiciones laborales, salarios, 
beneficios, etc. 
 
Huelgas y paros: 
 Las leyes laborales a menudo regulan el derecho de los trabajadores a realizar huelgas y 
paros como forma de presión durante las negociaciones colectivas. Estas regulaciones 
pueden incluir requisitos para notificar con anticipación, prohibiciones en ciertos sectores 
críticos y reglas para la resolución de conflictos durante las huelgas. 
 
Arbitraje y mediación: 
 En algunos países, las leyes laborales establecen procedimientos de arbitraje y 
mediación para resolver disputas laborales cuando las partes no pueden llegar a un 
acuerdo por sí mismas. 
 
Condiciones de empleo: 
 Las leyes laborales a menudo establecen normas mínimas sobre condiciones de trabajo, 
salarios, horarios laborales y beneficios para proteger los derechos de los trabajadores. 
 
Protección contra represalias: 
 Las leyes laborales suelen prohibir a los empleadores tomar represalias contra los 
trabajadores que participan en actividades sindicales legítimas, como la afiliación a un 
sindicato o la participación en huelgas. 
Esto es importante ya que destaca las leyes laborales varían ampliamente de un país a 
otro, y las disposiciones específicas sobre relaciones colectivas de trabajo pueden ser 
muy diferentes en las jurisdicciones. 
Algunos de los trabajadores y empleadores deben estar familiarizados de estas leyes 
laborales y reglamentaciones ya que esto es aplicables en su país ya que específica para 
comprender sus derechos y responsabilidades en el contexto de las relaciones laborales 
colectivas. 
Nociones de Derecho colectivo de trabajo Derecho Colectivo del Trabajo 
es el conjunto de principios, normas e instituciones que reglamentan la formación y función de las 
asociaciones profesionales de trabajadores y patrones, sus relaciones de trabajo, su posición frente 
al Estado y los conflictos colectivos de trabajo. El Principio que rige al Derecho Colectivo de Trabajo 
es el “Principio de la Libre Asociación y/o Libertad Sindical” contenido en el artículo 358 de la Ley 
Federal del trabajo. En el campo del Derecho Colectivo del Trabajo existe una dualidad porque 
interviene el Derecho Individual del trabajo y el Derecho Colectivo del Trabajo ya que los 
trabajadores son responsables por sus actos individuales y colectivos dentro de la empresa. 
Naturaleza jurídica del Derecho colectivo detrabajo 
La naturaleza jurídica del derecho Colectivo del Trabajo no es un tema delicado de tratar, ya que al 
analizar la naturaleza del derecho del trabajo, explicamos ampliamente y comprendimos su 
naturaleza, así mismo determinamos que por tratarse de una cuestión de clasificación su mecánica 
consistía en descubrir sus rasgos típicos y esenciales, para que en base en ellos darle el lugar que le 
correspondería dentro de la clasificación general del derecho. Ahora bien, siendo el derecho 
colectivo parte integrante del derecho del trabajo y de que este se divide en relaciones 
individuales en cuanto contienen los derechos y obligaciones que surgen de esas relaciones; 
relaciones colectivos que analiza las instituciones que surgieron de la lucha de clases y de los 
grupos sociales, que son base de esas relaciones colectivas; y por último tenemos al aspecto 
procesal de esos dos derechos tanto individual como colectivo en donde el Estado a través de los 
tribunales del trabajo resuelven los conflictos que surjan y que sean sometidos a su consideración. 
Fines del derecho colectivo del trabajo 
A pesar de que uno de fines del derecho del trabajo, es buscar la justicia social mediante el 
equilibrio entre trabajadores y patrones, existen otros fines que son en particular propios del 
sindicalismo y de las relaciones colectivas, entre los que podemos encontrar el de unidad, el cual 
se basa en el principio universal que establece que “la unión hace la fuerza”, principio en el que 
está basado el sindicalismo, que se complementa con los atributos de conciencia y lucha de clases 
ya analizados; el principio de autodefensa, en cuanto las organizaciones sindicales con auxilio de 
los medios de lucha autorizados por la Ley alcanzan sus objetivos; el principio de exclusividad en 
cuanto como consecuencia de esa lucha de clases se crean las organizaciones clasistas de 
trabajadores en donde no hay cabida a los patrones; el principio de autonomía con relación al 
Estado y al patrón también ya analizado; principio de pluralidad en cuanto admite la existencia de 
otras organizaciones sindicales y sus tendencias. 
 
 
 
 Relación entre Derecho Público y Derecho Privado. 
Frente a la relación Derecho Público y Derecho privado la doctrina ha adoptado múltiples posturas, 
pero todas ellas pueden incluirse en tres grupos: 
• teorías dualistas 
• teorías pluralistas, 
Conclusión 
La legislación laboral puede entenderse como una combinación de medidas políticas destinadas a 
mejorar las normas laborales entre los socios comerciales. Las principales medidas políticas del 
Servicio de Empleo se centran en las siguientes áreas: medidas de aprobación previa, cooperación 
técnica, supervisión o seguimiento, resolución de conflictos e incentivos o desincentivos 
financieros. Para evaluar el impacto de las normas laborales en los acuerdos comerciales, 
distinguimos entre efectosintermedios y finales: los efectos finales se refieren a mejoras en los 
derechos laborales y las condiciones laborales de los trabajadores, mientras que los cambios 
intermedios incluyen cambios en las leyes o instituciones. El impacto intermedio de los servicios 
laborales puede medirse mejorando la capacidad de las administraciones públicas, las partes 
interesadas y las empresas para promover, implementar y hacer cumplir las normas laborales.

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