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MÓDULO 10 REGÍMENES ADUANEROS DE IMPORTACIÓN COMERCIO EXTERIOR Primera edición digital Todos los derechos reservados. Prohibida la reproducción total o parcial de esta publicación sin previa autorización de la universidad. © Universidad Privada del Norte, 2021 Educación Virtual Av. El Derby 254, Lima Central Tower, Piso 14, Surco - Lima, Perú www.upn.edu.pe Curso: Comercio Exterior Módulo: Regímenes aduaneros de importación Contenido Regímenes aduaneros de importación 31. 5Conclusiones2. 5Bibliografía ¿Para qué sirven los regímenes aduaneros? 3 1.1. Importación definitiva 3 1.2. pág. 3Módulo 10: Regímenes aduaneros de importación REGÍMENES ADUANEROS DE IMPORTACIÓN1 COMERCIO EXTERIOR La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) señala que un régimen aduanero es el procedimiento al que están sujetas las mercancías sometidas al control de la aduana, de conformidad con las leyes y reglamentos aduaneros, y según su naturaleza y objetivos de la operatividad aduanera. En otras palabras, un régimen aduanero es el método que se aplica a las mercancías objeto del control aduanero. Los regímenes aduaneros permiten conocer las diferentes maneras en que las mercancías o servicios ingresan o salen del país, a través de las cuales las empresas pueden identificar los regímenes y relacionarlos con su actividad, de manera que analicen los beneficios que les ofrecen cada uno de ellos. a. b. 1.1. ¿PARA QUÉ SIRVEN LOS REGÍMENES ADUANEROS? Los regímenes aduaneros permiten conocer las diferentes maneras en que las mercancías o servicios ingresan o salen del país. Según la Ley General de Aduanas, mediante el régimen de importación definitiva Aduanas autoriza el ingreso legal de las mercancías provenientes del exterior, que son usadas para consumo en el territorio nacional. Al respecto, se mencionan los puntos para tener en cuenta: Identificación del importador. El importador, dueño o consignatario requiere contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para la importación de mercancías. Los sujetos no obligados a inscribirse en el RUC pueden solicitar la destinación aduanera al régimen de importación utilizando su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de peruanos, o carné de extranjería, pasaporte o salvoconducto si se trata de extranjeros. Entre estos últimos se consideran a: Las personas naturales que por única vez en un año calendario importen mercancías cuyo valor FOB exceda los mil dólares estadounidenses ($1000), siempre que no supere los tres mil dólares ($3000). Los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero que, en el ejercicio de sus funciones, importen sus vehículos y menaje de casa. 1.2. IMPORTACIÓN DEFINITIVA pág. 4 COMERCIO EXTERIOR Módulo 10: Regímenes aduaneros de importación Se puede importar todo tipo de mercancías, con excepción de aquellas prohibidas. Plazos para destinar las mercancías. Se exponen a continuación: Valoración de mercancías. El valor en aduana de las mercancías destinadas al régimen de importación definitiva se verifica y determina de conformidad con las normas del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por Resolución Legislativa N.º 26407, y el Reglamento para la Valoración de Mercancías, según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por el Decreto Supremo N.º 186-99-EF. a. b. c. d. Dentro de los treinta (30) días hábiles computados a partir del día siguiente al término de la descarga, excepto en los despachos anticipados y urgentes. Dentro del plazo concedido a las mercancías sometidas a los regímenes de depósito de aduana, importación temporal y admisión temporal. Hasta antes del remate o adjudicación, tratándose de mercancías en situación de abandono legal. Dentro del plazo concedido a las mercancías ingresadas a Ceticos y Zofratacna. Mercancías de importación prohibida y/o restringida: a. b. Se puede importar todo tipo de mercancías, con excepción de aquellas prohibidas, cuya relación referencial se encuentra en el portal de la Sunat. Las mercancías restringidas pueden ser objeto de importación, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad legal específica para su internamiento en el país. La relación referencial de mercancías restringidas se encuentra en el portal de la Sunat. Requisitos que deben cumplir las mercancías amparadas en una DUA: a. b. c. d. Corresponder a un solo consignatario. Encontrarse depositadas en un terminal de almacenamiento o depósito aduanero autorizado, salvo en los casos de mercancías que se acojan al sistema anticipado de despacho aduanero y las que por su naturaleza o circunstancias excepcionales no puedan ingresar a un almacén aduanero. Estar declaradas en un solo manifiesto de carga. Corresponder a un conocimiento de embarque, guía aérea o carta porte. Al tratarse de transporte terrestre, cuando la mercancía sea ingresada directamente por sus propietarios, puede aceptarse una declaración jurada en reemplazo de la carta porte. pág. 5 COMERCIO EXTERIOR Un régimen aduanero es el procedimiento al que están sujetas las mercancías sometidas al control de la aduana, de conformidad con las leyes y reglamentos aduaneros, y según su naturaleza y objetivos de la operatividad aduanera. La importación definitiva es el régimen mediante el cual Aduanas autoriza el ingreso legal de las mercancías provenientes del exterior. Los tributos que se pagan dentro de las operaciones de valoración aduanera son: ad valorem, derechos específicos, IGV, IPM, ISC (tasas variables, según partida arancelaria) y otros tributos como los derechos antidumping, salvaguardias y sobretasas, según producto y país de origen. CONCLUSIONES2 DePeru.com. (2019). Régimen de importación definitiva. https://www.deperu.com/abc/ importacion/4318/regimen-de-importacion-definitiva Giménez, A., Ferrer, J.M. y Bonet, M.A. (2020). Organización y gestión del comercio internacional. Editorial Universitat Politècnica de València. http://hdl.handle. net/10251/136694 Maruri, C. (2010). Análisis de regímenes aduaneros [Trabajo final, Universidad del Azuay]. http://201.159.222.99/bitstream/datos/2805/1/07591.pdf BIBLIOGRAFÍA Módulo 10: Regímenes aduaneros de importación a. b. c. d. e. Ad valorem (según partida arancelaria) Derechos específicos IGV, IPM ISC (tasas variables, según partida arancelaria) Además, se aplican los derechos antidumping, salvaguardias y sobretasas, según producto y país de origen. Tributos. La importación de mercancías está gravada con los siguientes tributos: a. b. c. d. Declaración Única de Aduanas de importación (debidamente cancelada) Factura comercial Documento de transporte (conocimiento de embarque, guía aérea, aviso postal o carta porte, según el medio de transporte utilizado) Otros documentos que la naturaleza del régimen requiera, conforme con las disposiciones específicas de la materia. Potestad aduanera. Toda mercancía que ingrese a cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre deberá ser presentada y puesta a disposición de la Sunat. Queda sometida a su potestad hasta que se autorice el levante de la mercancía. Documentos que exige la Sunat. Para un despacho normal: 2021 © UPN. Todos los derechos reservados
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