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139 
CONCLUSIONES 
 
 
El propósito general de esta investigación, fue evaluar la recaudación del 
Impuesto sobre Actividades Económicas y el principio constitucional de 
eficiencia en la Alcaldía del Municipio San Francisco, del cual partieron una 
serie de propósitos específicos los cuales se analizaron mediante la 
discusión de los resultados obtenidos de fuentes bibliográficas hace 
necesario realizar las siguientes conclusiones. 
Al examinar la potestad tributaria Municipal, se asume que para el 
desarrollo de la gestión tributaria, la administración pública y su personal en 
la Alcaldía del municipio San Francisco, estado Zulia, está consciente del 
derecho que poseen de poder asumir la recaudación de este impuesto con el 
propósito de generar acciones que le permitan decidir acerca de lo que más 
le conviene al municipio para su desarrollo, siempre y cuando se respeten las 
normativas establecidas en el Código Orgánico Tributario (2014) y en la Ley 
Orgánica del Poder Público municipal (2010), limitando sus acciones a lo 
normalizado en la Ordenanza para desarrollar la gestión recaudatoria del 
Impuesto sobre Actividades Económicas en beneficio de la comunidad. 
Al explicar los elementos del Impuesto sobre Actividades Económicas del 
Municipio San Francisco del Estado Zulia, según la Ordenanza del impuesto 
sobre las actividades económicas se establecen a partir de su artículo 15 
donde, el sujeto activo representado por el Municipio donde se determinan 
las obligaciones tributarias del contribuyente a través de las leyes y 
ordenanzas, y el sujeto pasivo del impuesto sobre Actividades Económicas, 
es el contribuyente o responsable del pago del impuesto municipal que se 
generan por sus operaciones en los comercios e industrias del municipio San 
Francisco del estado Zulia 
Se asume el hecho imponible como cualquier actividad de orden industrial, 
comercial o de otro tipo que realiza el ciudadano por la cual debe cancelar 
una alícuota de lo que se obtenga por ella, así como, se considera con el 
140 
hecho imponible el presupuesto de naturaleza jurídica o económica fijado por 
la Ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de 
la obligación tributaria, al tomar en cuenta lo establecido en la Ordenanza de 
Reforma Parcial de la Ordenanza que crea y regula el Impuesto sobre 
Actividades Económicas del Municipio San Francisco (2016), en su artículo 2, 
por tanto, el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas es 
el ejercicio habitual de una actividad lucrativa de carácter independiente, 
realizada en el espacio territorial del Municipio. 
Se impone una alícuota o tarifa, que se aplica a los ingresos brutos 
obtenidos, establecida según el Clasificador de Actividades Económicas de la 
Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza que crea y regula el 
Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco (2016), 
y es proporcional y se fija igualmente un mínimo tributable en Unidades 
Tributarias (U.T.) para los casos en que proceda, buscando que el 
procedimiento de recaudación confirme la eficiencia que se pretende al 
respecto de los ingresos que se generan con este impuesto. 
En relación al propósito establecido en esta investigación dirigido a 
describir los procedimientos de recaudación del Impuesto sobre Actividades 
Económicas según la Ordenanza del Municipio San Francisco, se considera 
que en la Alcaldía de este municipio, al igual que en cualquier otra, se toman 
en cuenta los departamentos y el personal encargado de la recaudación, la 
fiscalización y el análisis de los resultados, tal como lo plantea el Código 
Orgánico Tributario (2014) y se asume que esta gestión incluye los 
procedimientos ejecutados a los fines de llevar a cabo con eficiencia los 
procesos de fiscalización, recaudación y orientación a los sujetos pasivos. 
Al analizar la naturaleza jurídica del Principio de Eficiencia, se asume que 
esta se encuentran contenida explícitamente en la Constitución cuando el 
constituyente se refiere a conceptos claves como el de “buena marcha del 
gobierno” “buen funcionamiento de los servicios y dependencias 
administrativas”, “eficiencia de la administración” “buen desempeño” y “buen 
141 
servicio”, lo cual se pretende a través del adecuado uso de los recursos con 
los que se cuenta y como estos pueden ser aprovechado de manera 
colectiva, para que los beneficios tengan un alcance amplio, pero en este 
caso, cuando se habla de eficiencia, se consideran debilidades según lo 
expresan los expertos por cuanto en la Alcaldía las acciones no están 
satisfaciendo las expectativas de la comunidad en cuanto a las 
construcciones, vialidad, servicios óptimos, entre otros. 
Al conocer desde la perspectiva de expertos tributarios la relación de la 
recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas con el Principio de 
Eficiencia, para lo cual se parte de la interrogante: Que alcance tiene el 
principio de eficiencia aplicado a la gestión tributaria municipal?, de acuerdo 
a lo analizado y cotejado en la realidad a través de los planteamientos de los 
expertos, no se logra un eficiente procedimiento de recaudación del impuesto 
sobre Actividades Económicas, tomando en cuenta que muchos comercios 
no están inscritos, no pagan los tributos, así como gran número le aplican 
sanciones y multas por evasión fiscal 
Se concluye de acuerdo al análisis que no hay conciencia por parte de los 
contribuyentes de los esfuerzos que la administración tributaria realiza en 
cuanto a programas de divulgación de impuestos, incentivos fiscales y 
beneficios dirigidos a los contribuyentes y estos siguen cometiendo ilícitos 
formales y materiales. 
El sistema presenta fallas en el proceso de actualización, y al analizar de 
manera critica la posición de los entrevistados, no se está logrando, por fallas 
diversas, como lo detectan los expertos como mucha desinformación por 
parte del contribuyente, generando colapso en el sistema por 
desactualización, descontento, suspensión, evasión fiscal, multas, sanciones, 
entre otros aspectos reales que no permiten el logro de los objetivos de 
recaudación en la Alcaldía del municipio San Francisco con respecto a este 
impuesto. 
142 
Al no tener claramente expuestos los procedimientos de recaudación 
empleados por la Alcaldía del Municipio San Francisco, se evidencia que no 
se ha logrado el suficiente ingreso que posibilite el desarrollo de las obras 
planificadas, indicando un proceso inconcluso y poco satisfactorio en el 
municipio. 
Se presentan deficiencias en la administración tributaria para la obtención 
eficiente de los tributos que afectan la eficiencia de la recaudación, donde el 
proceso de pago es a través de punto de venta, transferencia y depósito, la 
encargada de certificar los pagos realizados por transferencia o deposito es 
la administradora quien posee las herramientas para ingresar a los diferentes 
receptores de fondo y confirmar el pago, lo cual amerita contar con un 
sistema tecnológico más avanzado, que satisfaga las expectativas y 
necesidades del contribuyente y de la Administración. 
Entre los mecanismos aplicados para cumplir el principio de eficiencia en 
la recaudación de impuestos sobre actividades económicas, esta que para 
cancelar un impuesto se realiza mediante la solicitud de un código al 
funcionario del SICSUM, quien solicita al contribuyente un oficio donde se 
especifique la cantidad en bolívares de las ventas del mes a cancelar y la 
declaración de IVA emitida por el SENIAT, ingresa los datos, genera la 
determinación o liquidación de acuerdo a la actividad económica y pasa al 
pago del impuesto con otro funcionario. 
Al respecto de la interrogante, las principales debilidades de la estructura 
tributaria del Municipio, son: muchos contribuyentes se sienten molestos 
porque tienen que dirigirse a varios sitios para pagar sus impuestos ademásde las múltiples etapas que tienen que realizar para cumplir con la obligación. 
Existen casos donde los contribuyentes pagan doble los impuestos por 
desconocimientos de la ordenanza, así mismo, se presentan quejas y cierre 
de establecimientos causados por incumplir con la norma, a lo que expresan 
que no lo sabían, indicando esto baja asesoría y fiscalización. 
143 
El Servicio Desconcentrado Bolivariano de Administración Tributaria 
(SEDEBAT), realiza la función de liquidación y recaudación a través del 
sistema Integral de Certificaciones y Solvencias Únicas Municipal (SICSUM). 
El sistema es usado por los operadores para determinar la cuantía del tributo 
pagar emitiendo un código que se entrega al contribuyente y pasa con el 
promotor encargado de procesar que solicita el código para realizar el pago 
del tributo correspondiente. 
Con la implementación de hacer las declaraciones mensuales se multiplico 
la cantidad de visitas del contribuyente a la sede del Servicio 
Desconcentrado Bolivariano de Administración Tributaria (SEDEBAT), entre 
otras debilidades. 
No se cuenta con un departamento netamente dedicado a la recaudación 
de los tributos que asegure la eficiencia, liquidación y recaudación de 
tributos, de allí que gestión no facilita la participación democrática para una 
mejor prestación de los servicios y si no se cumple con esto, por supuesto, 
en la alcaldía no se cuenta con suficientes ingresos para favorecer la gestión 
en beneficio del colectivo. 
Hay poco personal encargado de llevar el control y monitoreo de la 
recaudación, así como tampoco se hacen charlas de sensibilización y 
estímulo para que los ciudadanos cumplan su deber al ser asesoradas 
acerca de este impuesto. 
Por lo tanto, al analizar la naturaleza jurídica del principio de eficiencia 
como medio para llegar a las metas, se determina que es un principio común 
del derecho constitucional tributario difícil de alcanzar por las distintas 
debilidades detectadas y que antes fueron mencionadas, que repercuten en 
el bienestar social, generando de este modo una cultura tributaria en la 
ciudadanía al observar que lo que ellos realizan con su pago de impuestos, 
en este caso, sobre Actividades Económicas causadas por el comercio, la 
industria y otros servicios en el municipio no ha permitido obtener el 
desarrollo y bienestar esperado. 
144 
Es pertinente concluir que la alcaldía de San Francisco, no asegura la 
correcta creación y aplicación de las normas tributarias, ni garantiza el uso 
racional y eficiente de los recursos recaudados, así como tampoco jerarquiza 
la satisfacción de necesidades colectivas y el sostenido bienestar social. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
145 
RECOMENDACIONES 
 
 
El propósito general de esta investigación, fue evaluar la recaudación del 
Impuesto sobre Actividades Económicas y el principio constitucional de 
eficiencia en la Alcaldía del Municipio San Francisco, por lo tanto una vez 
finalizada la misma sustentada sobre la base de las conclusiones se derivan 
las siguientes recomendaciones para mejorar o fortalecer la gestión tributaria 
municipal. 
Se recomienda establecer una oficina exclusivamente para recaudar los 
tributos, con el fin de tener mayor control de los ingreso municipales 
obtenidos a través de los contribuyen, que permita realizar adecuadamente la 
obtención de los ingresos en contraprestaciones necesarias para el bienestar 
social de los contribuyente generando con ello una gestión eficiente a pegada 
al principio constitucional de eficiencia. 
Tomar medidas correctivas en pro del bienestar social de la colectividad 
haciéndose pertinente tener en el departamento de recaudación el personal 
idóneo, capaz de gerencial sobre la base del principio constitucional de 
eficiencia estableciendo una serie de vínculos, relaciones con alcance, 
contenidos en la diversidad de las funciones, por lo cual es importante 
recomendar la preparación de este personal, de manera que optimice el 
proceso de recaudación, fiscalización, liquidación y asesoría en busca de la 
eficiencia dentro de la Alcaldía y el municipio. 
Igualmente, se recomienda analizar los aspectos más resaltantes para 
tomar en cuenta al momento de planear estrategias que optimicen el 
procedimiento que deben seguir los contribuyentes al momento de ir a pagar 
el impuesto, donde este debe ser sistematizado, rápido, práctico y cómodo, 
para que así el contribuyente se motive y este al día en cuanto al pago de la 
misma. 
Considerar la Internet como una herramienta para agilizar la gestión 
pública, estableciendo relaciones entre Administración-administrados, 
146 
ofreciendo la seguridad jurídica y reglas que regirán el intercambio de 
información con la Administración vía Internet. 
Tomar en cuenta los resultados reflejados, para incorporar una 
planificación de tipo compleja e impulsar estrategias diseñadas en el ámbito 
impositivo, organizacional, económico y político, como también estrategias 
para el aprovechamiento de las oportunidades que ofrece la normativa 
tributaria y la Ordenanza al impuesto a las actividades económicas en el 
Municipio San Francisco. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ANEXO 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
155 
Entrevista No Estructurada Aplicada Para optar al Trabajo de grado La 
Recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas y el principio 
constitucional de eficiencia en la alcaldía bolivariana del municipio san 
francisco del estado Zulia 
Entrevista realizada a cinco (5) funcionarios de Sistema Desconcentrado 
Bolivariano de Administración Tributaria (SEDEBAT) 
 
 
1. ¿Que alcance tiene el principio de eficiencia aplicado a la gestión tributaria 
municipal? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
2. ¿Cuáles son los elementos aplicados a la gestión tributaria para obtener 
una recaudación eficiente? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
3. ¿Considera eficiente el proceso de recaudación implementado en los 
municipios? ¿Por qué? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
4. Que deficiencia presenta la administración tributaria para la obtención 
eficiente de los tributos? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
5. ¿Qué mecanismos se deben aplicar para cumplir el principio de eficiencia 
en la recaudación de impuestos sobre actividades económicas? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
6. ¿De qué manera se podría mejorar la recaudación y la gestión tributaria 
del Municipio? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
 
156 
7. ¿Para usted, ¿cuáles son las principales debilidades de la estructura 
tributaria del Municipio? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________ 
 
8. ¿Las metas establecidas para la recaudación de tributos se cumplen 
efectivamente? 
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_______________________________________________________

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