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139 CONCLUSIONES El propósito general de esta investigación, fue evaluar la recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas y el principio constitucional de eficiencia en la Alcaldía del Municipio San Francisco, del cual partieron una serie de propósitos específicos los cuales se analizaron mediante la discusión de los resultados obtenidos de fuentes bibliográficas hace necesario realizar las siguientes conclusiones. Al examinar la potestad tributaria Municipal, se asume que para el desarrollo de la gestión tributaria, la administración pública y su personal en la Alcaldía del municipio San Francisco, estado Zulia, está consciente del derecho que poseen de poder asumir la recaudación de este impuesto con el propósito de generar acciones que le permitan decidir acerca de lo que más le conviene al municipio para su desarrollo, siempre y cuando se respeten las normativas establecidas en el Código Orgánico Tributario (2014) y en la Ley Orgánica del Poder Público municipal (2010), limitando sus acciones a lo normalizado en la Ordenanza para desarrollar la gestión recaudatoria del Impuesto sobre Actividades Económicas en beneficio de la comunidad. Al explicar los elementos del Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, según la Ordenanza del impuesto sobre las actividades económicas se establecen a partir de su artículo 15 donde, el sujeto activo representado por el Municipio donde se determinan las obligaciones tributarias del contribuyente a través de las leyes y ordenanzas, y el sujeto pasivo del impuesto sobre Actividades Económicas, es el contribuyente o responsable del pago del impuesto municipal que se generan por sus operaciones en los comercios e industrias del municipio San Francisco del estado Zulia Se asume el hecho imponible como cualquier actividad de orden industrial, comercial o de otro tipo que realiza el ciudadano por la cual debe cancelar una alícuota de lo que se obtenga por ella, así como, se considera con el 140 hecho imponible el presupuesto de naturaleza jurídica o económica fijado por la Ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria, al tomar en cuenta lo establecido en la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza que crea y regula el Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco (2016), en su artículo 2, por tanto, el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas es el ejercicio habitual de una actividad lucrativa de carácter independiente, realizada en el espacio territorial del Municipio. Se impone una alícuota o tarifa, que se aplica a los ingresos brutos obtenidos, establecida según el Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza que crea y regula el Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco (2016), y es proporcional y se fija igualmente un mínimo tributable en Unidades Tributarias (U.T.) para los casos en que proceda, buscando que el procedimiento de recaudación confirme la eficiencia que se pretende al respecto de los ingresos que se generan con este impuesto. En relación al propósito establecido en esta investigación dirigido a describir los procedimientos de recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas según la Ordenanza del Municipio San Francisco, se considera que en la Alcaldía de este municipio, al igual que en cualquier otra, se toman en cuenta los departamentos y el personal encargado de la recaudación, la fiscalización y el análisis de los resultados, tal como lo plantea el Código Orgánico Tributario (2014) y se asume que esta gestión incluye los procedimientos ejecutados a los fines de llevar a cabo con eficiencia los procesos de fiscalización, recaudación y orientación a los sujetos pasivos. Al analizar la naturaleza jurídica del Principio de Eficiencia, se asume que esta se encuentran contenida explícitamente en la Constitución cuando el constituyente se refiere a conceptos claves como el de “buena marcha del gobierno” “buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas”, “eficiencia de la administración” “buen desempeño” y “buen 141 servicio”, lo cual se pretende a través del adecuado uso de los recursos con los que se cuenta y como estos pueden ser aprovechado de manera colectiva, para que los beneficios tengan un alcance amplio, pero en este caso, cuando se habla de eficiencia, se consideran debilidades según lo expresan los expertos por cuanto en la Alcaldía las acciones no están satisfaciendo las expectativas de la comunidad en cuanto a las construcciones, vialidad, servicios óptimos, entre otros. Al conocer desde la perspectiva de expertos tributarios la relación de la recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas con el Principio de Eficiencia, para lo cual se parte de la interrogante: Que alcance tiene el principio de eficiencia aplicado a la gestión tributaria municipal?, de acuerdo a lo analizado y cotejado en la realidad a través de los planteamientos de los expertos, no se logra un eficiente procedimiento de recaudación del impuesto sobre Actividades Económicas, tomando en cuenta que muchos comercios no están inscritos, no pagan los tributos, así como gran número le aplican sanciones y multas por evasión fiscal Se concluye de acuerdo al análisis que no hay conciencia por parte de los contribuyentes de los esfuerzos que la administración tributaria realiza en cuanto a programas de divulgación de impuestos, incentivos fiscales y beneficios dirigidos a los contribuyentes y estos siguen cometiendo ilícitos formales y materiales. El sistema presenta fallas en el proceso de actualización, y al analizar de manera critica la posición de los entrevistados, no se está logrando, por fallas diversas, como lo detectan los expertos como mucha desinformación por parte del contribuyente, generando colapso en el sistema por desactualización, descontento, suspensión, evasión fiscal, multas, sanciones, entre otros aspectos reales que no permiten el logro de los objetivos de recaudación en la Alcaldía del municipio San Francisco con respecto a este impuesto. 142 Al no tener claramente expuestos los procedimientos de recaudación empleados por la Alcaldía del Municipio San Francisco, se evidencia que no se ha logrado el suficiente ingreso que posibilite el desarrollo de las obras planificadas, indicando un proceso inconcluso y poco satisfactorio en el municipio. Se presentan deficiencias en la administración tributaria para la obtención eficiente de los tributos que afectan la eficiencia de la recaudación, donde el proceso de pago es a través de punto de venta, transferencia y depósito, la encargada de certificar los pagos realizados por transferencia o deposito es la administradora quien posee las herramientas para ingresar a los diferentes receptores de fondo y confirmar el pago, lo cual amerita contar con un sistema tecnológico más avanzado, que satisfaga las expectativas y necesidades del contribuyente y de la Administración. Entre los mecanismos aplicados para cumplir el principio de eficiencia en la recaudación de impuestos sobre actividades económicas, esta que para cancelar un impuesto se realiza mediante la solicitud de un código al funcionario del SICSUM, quien solicita al contribuyente un oficio donde se especifique la cantidad en bolívares de las ventas del mes a cancelar y la declaración de IVA emitida por el SENIAT, ingresa los datos, genera la determinación o liquidación de acuerdo a la actividad económica y pasa al pago del impuesto con otro funcionario. Al respecto de la interrogante, las principales debilidades de la estructura tributaria del Municipio, son: muchos contribuyentes se sienten molestos porque tienen que dirigirse a varios sitios para pagar sus impuestos ademásde las múltiples etapas que tienen que realizar para cumplir con la obligación. Existen casos donde los contribuyentes pagan doble los impuestos por desconocimientos de la ordenanza, así mismo, se presentan quejas y cierre de establecimientos causados por incumplir con la norma, a lo que expresan que no lo sabían, indicando esto baja asesoría y fiscalización. 143 El Servicio Desconcentrado Bolivariano de Administración Tributaria (SEDEBAT), realiza la función de liquidación y recaudación a través del sistema Integral de Certificaciones y Solvencias Únicas Municipal (SICSUM). El sistema es usado por los operadores para determinar la cuantía del tributo pagar emitiendo un código que se entrega al contribuyente y pasa con el promotor encargado de procesar que solicita el código para realizar el pago del tributo correspondiente. Con la implementación de hacer las declaraciones mensuales se multiplico la cantidad de visitas del contribuyente a la sede del Servicio Desconcentrado Bolivariano de Administración Tributaria (SEDEBAT), entre otras debilidades. No se cuenta con un departamento netamente dedicado a la recaudación de los tributos que asegure la eficiencia, liquidación y recaudación de tributos, de allí que gestión no facilita la participación democrática para una mejor prestación de los servicios y si no se cumple con esto, por supuesto, en la alcaldía no se cuenta con suficientes ingresos para favorecer la gestión en beneficio del colectivo. Hay poco personal encargado de llevar el control y monitoreo de la recaudación, así como tampoco se hacen charlas de sensibilización y estímulo para que los ciudadanos cumplan su deber al ser asesoradas acerca de este impuesto. Por lo tanto, al analizar la naturaleza jurídica del principio de eficiencia como medio para llegar a las metas, se determina que es un principio común del derecho constitucional tributario difícil de alcanzar por las distintas debilidades detectadas y que antes fueron mencionadas, que repercuten en el bienestar social, generando de este modo una cultura tributaria en la ciudadanía al observar que lo que ellos realizan con su pago de impuestos, en este caso, sobre Actividades Económicas causadas por el comercio, la industria y otros servicios en el municipio no ha permitido obtener el desarrollo y bienestar esperado. 144 Es pertinente concluir que la alcaldía de San Francisco, no asegura la correcta creación y aplicación de las normas tributarias, ni garantiza el uso racional y eficiente de los recursos recaudados, así como tampoco jerarquiza la satisfacción de necesidades colectivas y el sostenido bienestar social. 145 RECOMENDACIONES El propósito general de esta investigación, fue evaluar la recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas y el principio constitucional de eficiencia en la Alcaldía del Municipio San Francisco, por lo tanto una vez finalizada la misma sustentada sobre la base de las conclusiones se derivan las siguientes recomendaciones para mejorar o fortalecer la gestión tributaria municipal. Se recomienda establecer una oficina exclusivamente para recaudar los tributos, con el fin de tener mayor control de los ingreso municipales obtenidos a través de los contribuyen, que permita realizar adecuadamente la obtención de los ingresos en contraprestaciones necesarias para el bienestar social de los contribuyente generando con ello una gestión eficiente a pegada al principio constitucional de eficiencia. Tomar medidas correctivas en pro del bienestar social de la colectividad haciéndose pertinente tener en el departamento de recaudación el personal idóneo, capaz de gerencial sobre la base del principio constitucional de eficiencia estableciendo una serie de vínculos, relaciones con alcance, contenidos en la diversidad de las funciones, por lo cual es importante recomendar la preparación de este personal, de manera que optimice el proceso de recaudación, fiscalización, liquidación y asesoría en busca de la eficiencia dentro de la Alcaldía y el municipio. Igualmente, se recomienda analizar los aspectos más resaltantes para tomar en cuenta al momento de planear estrategias que optimicen el procedimiento que deben seguir los contribuyentes al momento de ir a pagar el impuesto, donde este debe ser sistematizado, rápido, práctico y cómodo, para que así el contribuyente se motive y este al día en cuanto al pago de la misma. Considerar la Internet como una herramienta para agilizar la gestión pública, estableciendo relaciones entre Administración-administrados, 146 ofreciendo la seguridad jurídica y reglas que regirán el intercambio de información con la Administración vía Internet. Tomar en cuenta los resultados reflejados, para incorporar una planificación de tipo compleja e impulsar estrategias diseñadas en el ámbito impositivo, organizacional, económico y político, como también estrategias para el aprovechamiento de las oportunidades que ofrece la normativa tributaria y la Ordenanza al impuesto a las actividades económicas en el Municipio San Francisco. 147 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS (A) LIBROS Acevedo M. (2006). Técnicas de documentación e investigación II. Caracas Venezuela. Publicaciones U.N.A. Acosta. H (2007). El Poder Público municipal. Caracas. Vadell hermanos Editores. Aguado, B. (2007). “Metodología de la Investigación”. Madrid, España. Editorial Reverté, S. A. Araujo J. (1991). Principios generales del derecho administrativo formal. Valdell Hnos. Editores Arias, F. (2012). El proyecto de Investigación introducción a la metodología científica. Caracas. Editorial Episteme. Armas, M. y Colmenares, M. 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Que deficiencia presenta la administración tributaria para la obtención eficiente de los tributos? _____________________________________________________________ _____________________________________________________________ _______________________________________________________ 5. ¿Qué mecanismos se deben aplicar para cumplir el principio de eficiencia en la recaudación de impuestos sobre actividades económicas? _____________________________________________________________ _____________________________________________________________ _______________________________________________________ 6. ¿De qué manera se podría mejorar la recaudación y la gestión tributaria del Municipio? _____________________________________________________________ _____________________________________________________________ _______________________________________________________ 156 7. ¿Para usted, ¿cuáles son las principales debilidades de la estructura tributaria del Municipio? _____________________________________________________________ _____________________________________________________________ _______________________________________________________ 8. ¿Las metas establecidas para la recaudación de tributos se cumplen efectivamente? _____________________________________________________________ _____________________________________________________________ _______________________________________________________
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