Logo Studenta

CIRCULAR MANUALES Y LISTA DE SERVICIOS DEL SUS

Esta es una vista previa del archivo. Inicie sesión para ver el archivo original

Manual de procesos y 
procedimientos del 
Sistema Único de Salud 
Página 1
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
I. INTRODUCCIÓN 
 
El Manual de Procesos y Procedimientos para la Atención del Sistema Único de Salud, se constituye 
en un instrumento técnico normativo de gestión que busca estandarizar los principales procesos y 
procedimientos que deben ser cumplidos por las Áreas o Unidades administrativas y de salud 
encargadas de realizar la atención de los pacientes beneficiarios del SUS, que se constituyen en los 
sujetos de derecho de la Ley N° 1152. 
 
El Manual se convierte en un documento de referencia para los servidores públicos que brindan 
atención a la población, permitiéndoles la consulta rápida de los procedimientos que deben cumplir. 
 
Por otra parte, favorece el control interno de los procedimientos que ayudan a identificar 
irregularidades y evitar que se produzcan fallas; ayudando en la toma de decisiones y en la 
identificación de obstáculos que se presentan durante la atención de los pacientes para corregirlos 
y evitar que se repitan. 
 
El conocimiento de los principales procedimientos permite comprender a fondo el desarrollo de 
cada uno de los procesos que se llevan a cabo, a fin de saber cuándo y cómo hacerlos más 
eficientes. 
 
Se constituye en una herramienta de capacitación continua del personal que cumple una 
determinada función y de inducción del personal nuevo que se incorpora a las diferentes Áreas o 
Unidades administrativas y de salud. También sirve de herramienta de comunicación que informa 
sobre los estándares de calidad, pues ayuda a tener procesos más ágiles al evitar intermediarios 
que puedan distorsionar la información. 
 
Busca delimitar las responsabilidades de las Áreas o Unidades responsables de cumplir los procesos 
y procedimientos establecidos con el fin de que el paciente reciba una atención oportuna, con 
calidad y calidez. 
 
Finalmente, se constituye también, en un modelo que permite a las diferentes Instancias Técnicas 
de Gestión del SUS, desarrollar y adecuar sus propios Manuales de procesos y procedimientos 
destinados a una mejor atención de los pacientes beneficiarios. 
 
II. MARCO LEGAL 
El presente Manual se desarrolla en el siguiente marco legal y normativo: 
a) Constitución Política del Estado. 
b) Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales. 
c) Ley N° 1152 de 20 de febrero de 2019, Modificatoria de la Ley N° 475. 
d) Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 (PDES). 
e) Plan Sectorial de Desarrollo Integral en Salud 2021-2025 (PSDI). 
f) Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa. 
g) Resolución Ministerial N° 0251 de 30 de junio de 2021. 
h) Otras relacionadas. 
 
III. OBJETIVO 
 
Establecer procesos y procedimientos adecuados para la secuencia coherente y adecuada de la 
atención de los pacientes sujetos de derecho de la Ley N° 1152. 
Página 2
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
IV. SISTEMATIZACIÓN DE PROCESOS 
El Manual cuenta con cuadros de sistematización y flujogramas para facilitar la comprensión de los 
diferentes procesos y procedimientos que deben ser realizados durante la atención del paciente. 
Los procesos y procedimientos se identifican y describen siguiendo el ordenamiento lógico señalado 
a continuación: 
 
1° IDENTIFICACIÓN DE PROCESOS: 
 
A partir de las funciones de las distintas Áreas o Unidades responsables de la Atención a la Persona 
Beneficiaria del SUS, se identifican cinco grandes procesos que deben desarrollarse durante la 
misma (Cuadro Nº 1): 
1. Admisión de la persona beneficiaria del SUS en el establecimiento de salud. 
2. Triage y atención prioritaria de casos considerados emergencias o urgencias. 
3. Atención ambulatoria de la persona beneficiaria del SUS. 
4. Atención integral del paciente internado en un servicio hospitalario. 
5. Aplicación de la Norma del Expediente Clínico y de los documentos, instrumentos y 
herramientas informáticas del SUS. 
 
2° DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS IDENTIFICADOS: 
 
Una vez identificados los cinco grandes procesos de la Atención a la Persona Beneficiaria del SUS, 
en los Cuadros N° 2, 3, 4 y 5 se describe el objetivo del proceso correspondiente, su alcance, las 
Áreas o Unidades responsables que intervienen en su cumplimiento, los insumos utilizados, los 
procedimientos que lo componen y las salidas o resultados esperados. 
 
3° DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS: 
 
Los procesos identificados cuentan con una descripción precisa de los Responsables de cumplir con 
los procedimientos que los conforman, los tiempos máximos estimados y, si corresponde, los 
documentos de soporte del procedimiento. Todos estos se encuentran descritos en los Cuadros 2a, 
3a, 4a y 5a. 
4° REPRESENTACIÓN EN FLUJOGRAMAS. 
Cada proceso se encuentra representado a través de un esquema gráfico de flujos. 
Identificación 
de procesos 
Descripción de 
procesos 
identificados 
Descripción de 
procedimientos 
identificados 
Flujogramas 
Página 3
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
 
CUADRO N° 1 
IDENTIFICACIÓN DE PROCESOS 
ATENCIÓN A LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
FUNCIONES PROCESO IDENTIFICADO PRODUCTO ESPERADO 
Informar a la persona beneficiaria, 
familiar o allegado acerca de todos los 
aspectos relacionados con su 
atención. 1. Admisión de la persona beneficiaria 
del SUS en el establecimiento de 
salud. 
La persona beneficiaria del SUS recibe 
toda la información respecto a los 
requisitos, adscripción, cartera de 
servicios del establecimiento y 
exclusiones del SUS, asignación del 
Servicio o Responsable de su atención 
y orientación en otros aspectos 
relacionados con su atención y es 
registrada en los instrumentos y 
herramientas informáticas. 
Registrar a la persona beneficiaria del 
SUS. 
Realizar la atención de la persona 
beneficiaria del SUS en consultorio 
externo. 
2. Atención ambulatoria de la persona 
beneficiaria del SUS. La persona beneficiaria del SUS recibe 
los servicios de salud de manera 
adecuada, oportuna, gratuita, con 
calidad y calidez y percibe que se le 
dio respuesta a su problema de salud. 
Realizar la atención de la persona 
beneficiaria del SUS en las unidades 
de laboratorio o imagenología. 
3.Otorgación de exámenes 
complementarios ambulatorios. 
Realizar la atención de la persona 
beneficiaria del SUS internada. 
4. Atención integral del paciente 
internado. 
 
 
 
CUADRO N° 2 
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE LA 
PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS PARA LA ATENCIÓN 
 
OBJETIVO PRINCIPAL DEL PROCESO: 
Establecer procedimientos oportunos, adecuados, respetuosos y rápidos para la admisión de la persona beneficiaria del 
SUS que acude al establecimiento de salud (ES). 
ALCANCE: 
Área de Admisión del establecimiento de salud o similar. 
RESPONSABLES (ÁREAS Y/O UNIDADES RESPONSABLES QUE INTERVIENEN): 
Dirección Administrativa, Unidad Administrativa y Responsables del Área de Admisión del establecimiento de salud. Los 
ES que no cuentan con este tipo de organización deberán adecuar estos procesos a su propia estructura. 
INSUMOS: 
Ley 1152 de 20 de febrero de 2019; Reglamento para la aplicación técnica y la gestión administrativa y financiera de la 
Ley 1152 (RM 251/2021); Norma Nacional de Referencia, transferencia y Contrareferencia y otros relacionados. 
PROCEDIMIENTOS: 
El Servidor Público responsable de la Admisión de pacientes debe cumplir los siguientes procedimientos: 
1. Garantizar el buen trato y brindar trato preferente a grupos vulnerables. 
2. Verificar el tipo de atención que requiere el paciente. 
3. Informar al paciente, familiares o allegados sobre el proceso de admisión y los servicios del SUS. 
4. Verificar la adscripción al SUS y registrar a la persona, si corresponde. 
5. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o documentos correspondientes. 
6. Orientar
al paciente el recorrido que tiene que seguir a partir de su registro. 
 
RESULTADOS: 
Paciente beneficiario del SUS, es admitido en el establecimiento de salud de manera oportuna, adecuada, respetuosa y 
expedita. 
 
 
 
 
 
Página 4
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
CUADRO N° 2a 
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMISIÓN DE LA 
PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
RESPONSABLE PROCEDIMIENTOS 
TIEMPO 
MÁXIMO 
ESTIMADO 
DOCUMENTO 
SOPORTE 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión o 
similar 
1. Garantizar buen trato y brindar trato preferente a grupos 
vulnerables. 
 Otorgar un trato respetuoso a todos los pacientes, familiares y 
allegados, evitando generar situaciones que sean considerados como 
maltrato. 
 Brindar trato preferente a las personas con discapacidad, adultos 
mayores, embarazadas y a otros grupos vulnerables. 
 Asignar fichas de atención en ventanilla al ingreso de admisión que 
facilite la atención de estos grupos vulnerables. 
 Si el ES no cuenta con un sistema de fichas, solicitará a las personas 
en la fila de admisión que permitan que las personas que pertenecen 
a grupos considerados vulnerables puedan aproximarse primero a la 
ventanilla. 
 El personal designado debe colaborar a las personas con dificultades 
para movilizarse por cuenta propia, proporcionándoles una silla de 
ruedas u otro medio auxiliar. 
5 minutos 
Sistemas de 
fichaje o 
similar 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión o 
similar 
2. Verificar el tipo de atención que requiere el paciente. 
 Pregunte al paciente si asiste para consulta ambulatoria, exámenes 
complementarios o tiene orden de internación. 
 Si el paciente es referido, transferido o contrareferido de otro 
establecimiento, sellar la Boleta correspondiente. 
 Si corresponde, realizar la programación de consulta ambulatoria, en 
caso contrario, derivarlo al consultorio externo correspondiente. 
 Si acude para la realización de exámenes complementarios, derivarlo 
al área o unidad correspondiente. 
 Si se trata de una urgencia priorizar su atención y derivarlo a la 
Unidad correspondiente. 
 Verificar si la atención de urgencia o emergencia corresponde al SUS, 
al SOAT o al SOATC. 
Boletas de 
referencia, 
transferencia 
o 
contrareferen
cia/Documen
to-8/Orden 
de 
internación 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión o 
similar 
3. Informar sobre el proceso de admisión a la consulta 
ambulatoria 
 Explicar los requisitos para la atención en el marco del SUS. 
 Explicar al paciente, familiares o allegados, sobre los servicios del 
SUS disponibles en el ES y, si corresponde, las exclusiones del SUS. 
 Informar al beneficiario del SUS que toda su atención será gratuita y 
que puede denunciar cobros indebidos a las instancias 
correspondientes. 
 Si corresponde, explicar los requisitos para la atención por el SOAT o 
SOATC. 
 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión o 
similar 
4. Verificar la adscripción de la persona al SUS y registrarla si 
corresponde. 
 En urgencias o emergencias médicas, sin interferir en la atención del 
equipo de salud, solicite información a los familiares o allegados del 
paciente o al propio paciente una vez concluida su atención. 
 Si se trata de una atención ambulatoria o de una internación, solicitar 
la Cédula de Identidad original de la persona que será atendida, 
quedando prohibido la exigencia de fotocopias de este documento. 
 En urgencias o emergencias médicas, si el paciente no cuenta con 
Cédula de Identidad, posponer los procesos que requieran este 
documento. 
 Consultar en el Sistema Informático de Adscripción al SUS si la 
persona se encuentra adscrita y comparar los datos registrados con 
los de la Cédula de Identidad de la persona. 
 Si no se encuentra adscrita, verificar su pertenencia a un Ente Gestor 
de la Seguridad Social de Corto Plazo (Caja de Salud). 
 Si no está asegurada a una Caja de Salud, proceder a la adscripción. 
Sistema 
Informático 
de 
Adscripción 
al 
SUS/Cédula 
de Identidad 
original 
Página 5
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 Si figura como asegurada, pero la persona afirma no contar con 
afiliación a una Caja de Salud u otro Seguro, se le solicitará el 
Certificado de Baja Temporal emitido por el Ente Gestor y se 
procederá a su adscripción. 
 Los Certificados de Baja Temporal recabados por el Área de Admisión 
deben ser acumulados diariamente para remitirlos a fin de mes al 
SEDES para su envío a la DGGNSUS del MSyD. 
 Si el asegurado de una Caja de Salud requiere atención de urgencia, 
el Área de Admisión debe coordinar con el personal de salud que 
realiza la atención, la posibilidad de transferirlo a su Ente Gestor una 
vez estabilizado para continuar su atención. 
 En establecimientos de salud de municipios con presencia del Ente 
Gestor, informar al asegurado que requiera atención ambulatoria, que 
debe acudir a su Seguro o cancelar los servicios que se otorgarán 
durante su atención. 
 Las personas aseguradas atendidas en establecimientos de salud de 
municipios sin presencia del Ente Gestor correspondiente deben 
recibir atención gratuita en el marco de la Ley N° 1069. 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión o 
similar 
5. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o 
documentos correspondientes. 
 Abrir un expediente clínico en caso de paciente nuevo o solicitar al 
área de archivo el expediente clínico de paciente antiguo. 
 Asignar el consultorio externo de acuerdo a la atención requerida o al 
problema de salud de la persona. 
 En establecimientos de salud del Primer Nivel, registrar al beneficiario 
del SUS en el SOAPS o cuadernos del SNIS-VE. 
 En establecimientos de salud del Segundo o Tercer Nivel, registrar al 
beneficiario del SUS en la herramienta informática para admisión de 
pacientes. 
 En caso de que se cuente con una orden de internación, identificar la 
Unidad en la cual será internado. 
Expediente 
Clínico/Siste
mas 
informáticos 
SOAPS, 
SICE-
SIAF/Cuader
nos del SNIS 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión o 
similar 
6. Orientar al paciente el recorrido que tiene que seguir a partir 
de su registro. 
 Si el paciente puede movilizarse por su cuenta, explicarle cuál será el 
consultorio y el médico asignado que le brindará la atención 
ambulatoria o la Unidad en la que será internado. 
 Señalar la ubicación exacta del consultorio asignado mediante una 
explicación clara pudiendo utilizar un croquis. 
 Si la persona está limitada de movilizarse, o no comprende la 
explicación proporcionada, solicite al personal pertinente 
proporcionarle una silla de ruedas o conducirlo al consultorio. 
 
 
Página 6
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
INICIO
¿QUÉ TIPO DE 
ATENCIÓN SOLICITA?
ADMISION
AMBULATORIA
¿ESTÁ ADSCRITO AL 
SUS?
¿AFILIADO A UN ENTE 
GESTOR?
REGISTRAR AL 
PACIENTE
ORIENTAR AL 
PACIENTE LOS 
PASOS A SEGUIR
NO
ADSCRIBIR A LA 
PERSONA
NO
SI
INGRESO DEL PACIENTE AL 
ESTABLECIMIENTO DE 
SALUD
FIN
FLUJO DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS
DERIVARLO PARA 
SU ATENCION
URGENCIAINTERNACIÓN
SALA DE URGENCIA
EXÁMENES 
COMPLEMENTARIOS
LABORATORIO
VERIFICAR SI 
LA ATENCIÓN 
ES DEL SUS, 
SOAT O SOATC
PACIENTE DEL SUS
PACIENTE DEL SOAT 
O SOATC
APLICAR NORMATIVA 
CORRESPONDIENTE
CONSIDERAR SU ATENCIÓN 
O REFERIRLO A SU SEGURO
INFORMAR AL 
PACIENTE
SI
GABINETE
Página 7
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
CUADRO N° 3 
DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS 
ATENCIÓN AMBULATORIA DE LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
OBJETIVO DEL PROCESO: 
Establecer procedimientos oportunos, adecuados, respetuosos y rápidos para la atención ambulatoria de la persona 
beneficiaria del SUS que acude al establecimiento
de salud. 
ALCANCE: 
Área de Consultorio Externo del establecimiento de salud. 
RESPONSABLES (ÁREAS Y/O UNIDADES RESPONSABLES Y QUE INTERVIENEN): 
Dirección de Servicios de Salud, Unidades/Departamentos/Servicios de Salud o Especialidades, Personal de salud del 
establecimiento. 
INSUMOS: 
Ley 1152 de 20 de febrero de 2019; Reglamento para la aplicación técnica y la gestión administrativa y financiera de la 
Ley 1152 (RM 251/2021); Norma Nacional de Referencia, transferencia y Contrareferencia, Normas Nacionales de 
Atención Clínica; Normas del SNUS y otras relacionadas. 
PROCEDIMIENTOS: 
El responsable de la atención del paciente debe: 
1. Brindar buen trato al paciente, familiares o allegados. 
2. Cumplir con las normas, protocolos o guías técnicas vigentes y el SNUS. 
3. Informar al paciente, familiares o allegados sobre todo el proceso de la atención médica. 
4. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o documentos correspondientes. 
5. Si corresponde, orientar al paciente el recorrido que tiene que seguir para continuar con su atención en el 
establecimiento. 
SALIDAS: 
Paciente beneficiario del SUS, recibe en el establecimiento, atención ambulatoria de salud de manera oportuna, 
adecuada, respetuosa y expedita de acuerdo al motivo de su consulta. 
 
 
 
 
CUADRO N° 3a 
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN AMBULATORIA DE LA 
PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
RESPONSABLE PROCEDIMIENTOS 
TIEMPO 
MÁXIMO 
ESTIMADO 
DOCUMENTO 
SOPORTE 
Equipo de 
Salud 
 
1. Brindar buen trato a la persona, familiares o allegados. 
 Otorgar un trato respetuoso a todos los pacientes, familiares y 
allegados, evitando generar situaciones que sean considerados como 
maltrato. 
 Respetar la intimidad de la persona a lo largo de todo el proceso de 
atención. 
 Facilitar el apoyo psicológico o emocional a las personas usuarias y 
acompañantes en situaciones de especial vulnerabilidad. 
 Coordinar con Trabajo Social del establecimiento la atención integral 
de grupos vulnerables. 
 El personal designado debe colaborar a las personas con dificultades 
para movilizarse por cuenta propia, proporcionándoles una silla de 
rueda u otro medio auxiliar. 
15 
minutos 
 
Equipo de 
Salud/ 
Médico 
2. Cumplir con las normas, protocolos o guías técnicas vigentes y 
el SNUS. 
 Realizar los procedimientos de enfermería previos a la consulta 
médica (Signos vitales, peso, talla, vacunación según esquema del 
PAI, etc.). 
 Realizar la atención del paciente, de acuerdo a normas, protocolos o 
guías técnicas vigentes, identificando, además, otros problemas de 
salud diferentes al motivo de consulta. 
 Si el paciente fue referido, transferido o contrareferido revisar la 
información contenida en la Boleta correspondiente. 
Normas 
Nacionales 
de Atención 
Clínica/Norm
as del 
SNUS/Guías 
y Protocolos 
Clínicos 
Página 8
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 Cumplir las Normas del SNUS con el uso racional de medicamentos e 
insumos durante la prescripción, aplicando la Denominación Común 
Internacional de medicamentos (Nombre genérico), utilizando el 
Recetario/Recibo correspondiente y evitando el uso de recetarios 
diferentes o la prescripción de medicamentos con nombres 
comerciales o de marca. 
 Si el paciente requiere laboratorios y/o exámenes de gabinete; 
solicitarlos de manera racional, mediante el Documento D-8, 
indicando solo aquellos pertinentes al(los) diagnóstico(s) 
identificado(s). 
 Si requiere ser hospitalizado en el establecimiento, cumplir con los 
procedimientos para su internación. 
 Si debe continuar la atención en otro establecimiento de salud, de 
acuerdo a la organización de la Red, elaborar la Boleta de Referencia 
cumpliendo la Norma vigente. 
Equipo de 
Salud/ 
Médico 
3. Informar al paciente, familiares o allegados sobre el proceso de 
la atención médica. 
 Explicar de manera clara al paciente, familiares o allegados, el 
problema de salud diagnosticado, el tratamiento a seguir, la 
medicación prescrita, los procedimientos complementarios de 
diagnóstico y/o tratamiento que serán realizados, las medidas 
higiénico-dietéticas que debe cumplir y el pronóstico. 
 Si requiere procedimientos complementarios de diagnóstico y/o 
tratamiento de especialidad médico-quirúrgico u hospitalización, debe 
informar al paciente, familiares o allegados, si el mismo se realizará 
en el mismo establecimiento o requerirá la referencia a otro. 
 Si el paciente será internado en el mismo establecimiento, brindar 
toda la información necesaria respecto al proceso de hospitalización, 
médico tratante, tiempo estimado de su internación, etc. 
 En caso de referencia, informar con claridad cuál será el 
establecimiento al que será referido, especificando la especialidad o 
Unidad que debe atenderlo, procurando orientar sobre los procesos 
administrativos que pueden constituirse en barreras para el acceso al 
servicio referido (Horarios, requisitos, etc.). 
Normas 
Nacionales 
de Atención 
Clínica/ Guías 
y Protocolos 
Clínicos 
Equipo de 
Salud/ 
Médico 
4. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o 
documentos correspondientes. 
 Aplicar los instrumentos y herramientas informáticas disponibles. 
 Llenar la Historia Clínica Ambulatoria del paciente. 
 Identificar claramente el diagnóstico principal del paciente que será 
registrado en los instrumentos y herramientas informáticas con fines 
administrativos y estadísticos. 
 Registrar los diagnósticos secundarios y comorbilidades. 
 Aplicar el Documento D-8 para solicitar exámenes complementarios, 
de acuerdo a los diagnósticos del paciente. 
 Prescribir en el Recetario/Recibo los medicamentos genéricos de 
acuerdo a los diagnósticos del paciente. 
Expediente 
Clínico/Siste
mas 
informáticos 
SALMI-
SOAPS, 
SICE-SIAF/ 
D-8, 
Recetarios 
recibos, 
Cuadernos 
del SNIS 
Estadístico/ 
Funcionario 
del Área de 
Admisión/ 
Equipo de 
salud 
5. Si corresponde, orientar al paciente el recorrido que tiene que 
seguir para continuar con su atención. 
 Si el paciente puede movilizarse por su cuenta, explicarle la ubicación 
exacta de otras Unidades del establecimiento de salud a las cuales 
fue referido para dispensación de medicamentos, otorgación de 
exámenes complementarios, trabajo social u otras, mediante una 
explicación clara pudiendo utilizar un croquis. 
 Si la persona está limitada de movilizarse, o no comprende la 
explicación proporcionada, solicitará al personal pertinente 
proporcionarle una silla de ruedas y conducirlo a otras Unidades. 
 
 
 
 
 
Página 9
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
CUADRO N° 4 
DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS 
OTORGACIÓN DE EXÁMENES COMPLEMENTARIOS AMBULATORIOS 
 
OBJETIVO DEL PROCESO: 
Establecer procedimientos oportunos, adecuados, respetuosos y rápidos para la admisión, programación o procesamiento 
de exámenes ambulatorios complementarios de apoyo al diagnóstico a la persona beneficiaria del SUS, que sean 
solicitados por el propio establecimientos de salud u otros. 
ALCANCE: 
Área o Unidad de Laboratorio, Imagenología u otros. 
RESPONSABLES (ÁREAS Y/O UNIDADES RESPONSABLES QUE INTERVIENEN): 
Responsables del Área o Unidad de Laboratorio, Imagenología u otros del establecimiento de salud. 
INSUMOS: 
Ley 1152 de 20 de febrero de 2019; Reglamento para la aplicación técnica y la gestión administrativa y financiera de la 
Ley 1152 (RM 251/2021) y otras relacionadas. 
PROCEDIMIENTOS: 
El Servidor público responsable de la atención debe: 
1. Brindar buen trato y trato preferente a grupos vulnerables. 
2. Informar al paciente, familiares o allegados sobre el examen complementario que se realizará. 
3. Cumplir con las normas, protocolos o guías técnicas vigentes para la realización de los exámenes complementarios 
solicitados. 
4. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o documentos correspondientes.
SALIDAS: 
Paciente beneficiario del SUS, recibe servicios complementarios ambulatorios de apoyo al diagnóstico solicitados por el 
propio establecimiento de salud u otros, de manera oportuna, adecuada, respetuosa y expedita de acuerdo al motivo de 
su consulta. 
 
INICIO
ATENCIÓN POR 
ENFERMERÍA
INGRESO DEL PACIENTE A 
CONSULTA AMBULATORIA
FLUJO DEL PROCESO DE ATENCIÓN AMBULATORIA DE LA PERSONA 
BENEFICIARIA DEL SUS
TOMA DE SIGNOS 
VITALES
VACUNACIÓN
MEDICIÓN DEL 
PESO Y TALLA
ATENCIÓN POR 
MÉDICO
PRESCRIBE RECETA
SOLICITA EXAMENES 
COMPLEMENTARIOS
ORDENA INTERNACIÓN
ELABORA BOLETA DE 
REFERENCIA
PASA A ADMISIÓN FARMACIA
DISPENSA LA 
RECETA
LABORATORIO O 
GABINETE
REFIERE A OTRO 
ESTABLECIMIENTO
INFORMA AL PACIENTE 
O ACOMPAÑANTE 
SOBRE TODA LA 
ATENCIÓN
REGISTRAR AL 
PACIENTE
ORIENTAR AL 
PACIENTE LOS 
PASOS A SEGUIR
FIN
PROCESA LA 
SOLICITUD
INTERNACIÓN
Página 10
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
CUADRO N° 4a 
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OTORGACIÓN DE EXÁMENES 
COMPLEMENTARIOS AMBULATORIOS A LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
RESPONSABLE PROCEDIMIENTOS 
TIEMPO 
MÁXIMO 
ESTIMADO 
DOCUMENTO 
SOPORTE 
Equipo de 
Salud 
 
1. Brindar buen trato y trato preferente a grupos vulnerables. 
 Otorgar un trato respetuoso a todos los pacientes, familiares y 
allegados, evitando generar situaciones que sean considerados como 
maltrato. 
 Respetar la intimidad de la persona a lo largo de todo el proceso de 
atención. 
 El personal designado debe colaborar a las personas con dificultades 
para movilizarse por cuenta propia, proporcionándoles una silla de 
rueda u otro medio auxiliar. 
30 
minutos 
 
 
2. Informar al paciente, familiares o allegados sobre el examen 
complementario que se realizará. 
 Orientar al paciente, familiares o allegados si el examen requiere 
programación previa e informarle dónde debe realizar la misma. 
 Orientarle acerca de la toma de muestra, la preparación o realización 
del estudio, según corresponda. 
 Indicar al paciente la fecha de entrega de los resultados. 
 
Equipo de 
Salud 
3. Cumplir con las normas, protocolos o guías técnicas vigentes 
para la realización de los exámenes complementarios solicitados. 
 Revisar los datos del paciente, datos y sellos del profesional y de la 
institución solicitante. 
 Identificar el tipo de examen complementario de apoyo al diagnóstico 
solicitado. 
 Verificar si el estudio se encuentra en la cartera de servicios del 
establecimiento de salud. 
 Si el procedimiento requiere de medicamentos o insumos médicos, 
asegurar la gratuidad de la atención solicitándolos a la Farmacia 
Institucional mediante Recetario/Recibo, quedando prohibido 
prescribir los mismos para que el paciente los adquiera de manera 
particular en farmacias externas. 
 Realizar la toma de muestra y/o procesar el examen complementario 
solicitado. 
 Emitir el resultado del examen complementario mediante el informe 
correspondiente en el Documento D-9 que será entregado al paciente 
o al solicitante. 
Documento-
8, 
Documento-
9, Recetario-
Recibo 
Responsable 
del 
procesamien
to del 
examen 
complement
ario 
4. Registrar los exámenes complementarios realizados. 
 Registrar los exámenes complementarios realizados en los 
instrumentos y herramientas informáticas correspondientes. 
 Cuando la solicitud sea efectuada por el mismo establecimiento, el 
Documento D-9 debe ser adjuntado al expediente clínico del 
paciente. 
Expediente 
Clínico/Siste
mas 
informáticos 
SALMI-
SOAPS, 
SICE-
SIAF/Cuader
nos del SNIS 
 
 
 
 
 
 
 
Página 11
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
 
 
 
 
VERIFICAR EL 
SERVICIO 
COMPLEMENTARIO 
SOLICITADO
FIN
FLUJO DEL PROCESO PARA OTORGAR EXÁMENES COMPLEMENTARIOS 
AMBULATORIOS A LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS
REALIZAR EL 
PROCEDIMIENTO O 
LA TOMA DE 
MUESTRA
EMITE RESULTADOS 
CON INFORME
REGISTRA EL 
EXAMEN 
REALIZADO
REQUIERE INSUMOS O 
MEDICAMENTOS PARA EL 
PROCEDIMIENTO
PRESCRIBE RECETA
SI
NO
INICIO
LABORATORIO
INGRESO DEL PACIENTE POR 
ADMISIÓN
GABINETE
FARMACIA
DISPENSA LA 
RECETA
RECIBE LOS 
INSUMOS O 
MEDICAMENTOS
D-9
PACIENTE O 
SOLICITANTE
D-8
Página 12
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
CUADRO N° 5 
DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS 
ATENCIÓN EN INTERNACIÓN DE LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
OBJETIVO DEL PROCESO: 
Establecer procedimientos oportunos, adecuados, respetuosos y rápidos para la atención integral en internación de la 
persona beneficiaria del SUS. 
ALCANCE: 
Áreas o Unidades de internación del establecimiento de salud. 
RESPONSABLES (ÁREAS Y/O UNIDADES RESPONSABLES QUE INTERVIENEN): 
Dirección de Servicios de Salud, Unidades/Departamentos/Servicios de Salud o Especialidades, Personal de salud de 
consultorio externo, urgencias, internación, farmacia, laboratorio, gabinete, transfusión del ES, estadística, admisión, 
planificación, Gestores de Calidad, del paciente, trabajo social, etc. 
INSUMOS: 
Ley 1152 de 20 de febrero de 2019; Reglamento para la aplicación técnica y la gestión administrativa y financiera de la 
Ley 1152 (RM 251/2021); Norma Nacional de Referencia, transferencia y Contrareferencia, Normas Nacionales de 
Atención Clínica; Normas del SNUS y otras relacionadas. 
PROCEDIMIENTOS: 
El equipo de salud y el administrativo son responsables de cumplir los procedimientos correspondientes a la atención 
integral de pacientes internado: 
1. Brindar buen trato al paciente, familiares o allegados. 
2. Cumplir con las normas, protocolos o guías técnicas vigentes y el SNUS. 
3. Informar al paciente, familiares o allegados sobre todo el proceso de la atención médica. 
4. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o documentos correspondientes. 
SALIDAS: 
Paciente beneficiario del SUS, recibe en el establecimiento, atención de salud en las salas de internación de manera 
oportuna, adecuada, respetuosa y expedita de acuerdo al motivo de su consulta. 
 
CUADRO N° 5a 
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN EN INTERNACIÓN 
DE LA PERSONA BENEFICIARIA DEL SUS 
 
RESPONSABLE PROCEDIMIENTOS 
TIEMPO 
MÁXIMO 
ESTIMADO 
DOCUMENTO 
SOPORTE 
Equipo de 
Salud/ 
Médico/Enfe
rmera 
1. Brindar buen trato al paciente, familiares o allegados. 
 Otorgar un trato respetuoso y empático con el paciente, familiares y 
allegados, evitando generar situaciones que sean considerados como 
maltrato. 
 Respetar las creencias y prácticas culturales del paciente y promover 
la adecuación cultural de los servicios. 
 Facilitar apoyo psicológico y emocional al paciente y acompañantes 
en situaciones de especial vulnerabilidad. 
 Coordinar con la Unidad de Trabajo Social la atención integral de 
grupos vulnerables. 
De 
acuerdo a 
la 
evolución 
del 
paciente 
 
Equipo de 
Salud/ 
Médico 
2. Cumplir con las normas, protocolos o guías técnicas vigentes 
y el SNUS. 
 Realizar la atención del paciente, cumpliendo normas, protocolos o 
guías técnicas de atención vigentes. 
 Informar al paciente, familiares o allegados durante todo el proceso 
de la atención médica. 
 Internar al paciente el tiempo necesario para su recuperación, 
tomando en cuenta parámetros técnicos establecidos en las NNAC’s y 
parámetros estadísticos que optimicen los recursos económicos y 
logísticos disponibles. 
 Definir el diagnóstico principal, secundarios y/o comorbilidades del 
paciente. 
 Solicitar interconsultas, si corresponden. 
 Efectuar la prescripción racional de medicamentos cumpliendo la 
Norma del SNUS, aplicando la Denominación Común Internacional de 
medicamentos (Nombre genérico) utilizando el Recetario/Recibo 
correspondiente (Documento 2 y 2a, D-2, D2a) y evitando el uso de 
recetarios diferentes o la prescripción de medicamentos con nombres 
comerciales o de marca. 
Normas 
Nacionales 
de Atención
Clínica/ 
Normas del 
SNUS/Guías 
y Protocolos 
Clínicos/ 
Recetario 
Recibo/D-8, 
D-9 
Página 13
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 El personal de salud del Área o Unidad tratante, recogerá los 
suministros del paciente de la Farmacia Institucional o FIM, quien los 
registrará en las herramientas informáticas correspondientes. 
 En hospitales de Tercer Nivel, si el tratamiento requiere el uso 
excepcional de medicamentos extra LINAME, se deberá seguir con el 
procedimiento señalado en la RM 1035. 
 Reingresar a la Farmacia Institucional, los suministros (medicamentos 
e insumos) que fueron dispensados para el paciente, pero que no 
fueron administrados por diferentes motivos, siguiendo los 
procedimientos señalados en el SNUS. 
 En caso de sospecha de falla terapéutica, seguir el procedimiento 
para enviar a CONCAMYT. 
 Si el paciente requiere exámenes de apoyo diagnóstico o terapéutico 
(Laboratorios, exámenes de gabinete e imagenología o banco de 
sangre); solicitarlos racionalmente mediante el Documento D-8, 
evitando aquellos no pertinentes al(los) problema(s) de salud del 
paciente y/o repeticiones innecesarias. 
 Enfermería debe cumplir con los procedimientos de enfermería y las 
indicaciones del médico tratante con empatía, amabilidad, calidad, 
calidez, buen trato. 
 Si requiere continuar la atención en otro establecimiento de salud, de 
acuerdo a la organización de la Red, elaborar la Boleta de Referencia 
o Transferencia cumpliendo la Norma vigente. 
 Concluida la hospitalización del paciente que fue referido desde otro 
ES, elaborar la Boleta de Contrarreferencia. 
Equipo de 
Salud/ 
Médico 
3. Informar al paciente, familiares o allegados sobre el proceso 
de la atención médica. 
 Explicar de manera clara y sin tecnicismos al paciente, familiares o 
allegados, el problema de salud diagnosticado, el(los) tratamiento(s) 
médico-quirúrgico(s) necesario(s), la medicación prescrita, los 
procedimientos complementarios de diagnóstico y/o tratamiento que 
serán realizados y el pronóstico. 
 Cumplir con el consentimiento informado para la realización de 
procedimientos médico-quirúrgicos diagnósticos o terapéuticos y en 
caso de alta solicitada. 
 En caso de referencia, transferencia o contrareferencia a otro 
establecimiento, informar con claridad al paciente cuál será el 
establecimiento al que será referido, especificando la especialidad o 
Unidad que debe atenderlo. 
Normas 
Nacionales 
de Atención 
Clínica/ Guías 
y Protocolos 
Clínicos 
Equipo de 
Salud/ 
Médico 
4. Registrar al paciente en los sistemas informáticos y/o 
documentos correspondientes. 
 Aplicar los instrumentos y herramientas informáticas disponibles, 
cumpliendo con la Norma del Expediente Clínico. 
 Una copia de los resultados y procedimientos realizados deben ser 
archivados en el servicio que efectuó el servicio de salud para fines 
médico-legales y administrativos. 
 Identificar claramente el diagnóstico principal del paciente que será 
registrado en los instrumentos y herramientas informáticas con fines 
administrativos y estadísticos. 
 Registrar los servicios de salud diagnósticos y terapéuticos otorgados 
al paciente al concluir su internación que no hayan sido previamente 
registrados. 
 Verificar la correlación clínica administrativa respecto al diagnóstico 
principal, los secundarios y/o comorbilidades los cuales tiene costo 0, 
los suministros (medicamentos, insumos) y dispositivos efectivamente 
administrados al paciente, que podrán ser visualizados en los 
sistemas informáticos correspondientes incluido el SICOFS. 
Expediente 
Clínico/Siste
mas 
informáticos 
SALMI-
SOAPS, 
SICE-SIAF/ 
D-8, 
Recetarios 
recibos, 
Cuadernos 
del SNIS 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Página 14
 
MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INICIO
ATENCIÓN POR ENFERMERÍA
INGRESO POR CONSULTA 
EXTERNA O URGENCIA/
EMERGENCIA
FLUJO DEL PROCESO DE ATENCIÓN EN INTERNACIÓN DE LA PERSONA 
BENEFICIARIA DEL SUS
TOMA DE SIGNOS 
VITALES
ASIGNACIÓN DE CAMA
CUMPLE INDICACIONES 
MÉDICAS
ATENCIÓN POR 
MÉDICO
PRESCRIBE RECETA
SOLICITA EXAMENES 
COMPLEMENTARIOS
EMITE ÓRDENES 
MÉDICAS
ELABORA BOLETA DE 
REFERENCIA O 
TRANSFERENCIA
FARMACIA
DISPENSA 
LA RECETA
LABORATORIO O 
GABINETE
REFIERE A OTRO 
ESTABLECIMIENTO
INFORMA AL PACIENTE 
O ACOMPAÑANTE 
SOBRE TODA LA 
ATENCIÓN
REGISTRAR AL 
PACIENTE
FIN
PROCESA LA 
SOLICITUD
EMITE ALTA
ELABORA BOLETA
CONTRAREFERENCIA
APLICAR LA 
NORMA DEL 
EXPEDIENTE 
CLÍNICO
SOLICITA 
INTERCONSULTAS
SOLICITA SERVICIOS DE 
SANGRE
BANCO DE SANGRE
Página 15
 
 
Manual de aplicación 
de la Lista de servicios 
de salud del SUS 
 
Página 16
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
I. ASPECTOS GENERALES 
 
1.1 CONCEPTO 
El Manual de Aplicación de la Lista de Servicios de Salud del Sistema Único de Salud, es un 
instrumento técnico de carácter procedimental destinado a la correcta utilización de los servicios de 
salud del SUS, por parte del personal de salud y administrativo de los establecimientos de salud 
públicos. 
 
1.2 OBJETIVOS 
El Manual tiene los siguientes objetivos: 
a) Brindar al personal de salud y administrativo de los establecimientos de salud públicos un 
instrumento de consulta rápida de los servicios de salud disponibles. 
b) Evitar la restricción de servicio de salud del SUS por la no identificación de alguno de ellos. 
c) Facilitar el registro institucional de los servicios de salud otorgados. 
d) Identificar los servicios de salud que serán incorporados a la Cartera de Servicios del 
establecimiento. 
e) Facilitar el control interno de los servicios de salud realizados por el personal de salud. 
f) Proporcionar una herramienta de capacitación continua e inducción para el personal 
responsable de la atención de la población beneficiaria del SUS. 
 
1.3 DEFINICIONES 
Para efectos de aplicación del presente Manual, se establecen las siguientes definiciones: 
 
a) Servicios de salud: Son aquellos destinados a la promoción de la salud y la prevención, 
tratamiento y rehabilitación de la enfermedad que son otorgados por médicos, odontólogos, 
enfermeras y otro personal de los distintos establecimientos de salud. 
 
b) Productos de Salud: Es el conjunto de servicios individuales de salud que hacen parte de la 
atención sanitaria y que se relacionan entre sí alrededor del diagnóstico principal que 
caracteriza a cada caso. Se constituyen en instrumentos para la planificación, control y 
financiamiento de la atención en salud. 
 
c) Uso racional de medicamentos y tecnologías en salud: Significa que los pacientes 
reciban fármacos y otras tecnologías en salud apropiados para sus necesidades clínicas, a dosis 
ajustadas a su situación particular, durante un período adecuado de tiempo y al mínimo costo 
posible para ellos y para la comunidad. 
 
d) Medicamento: Es toda preparación o producto farmacéutico empleado para la prevención, 
diagnóstico y/o tratamiento de una enfermedad o estado patológico, o para modificar sistemas 
fisiológicos en beneficio de la persona a quien se le administra. 
 
e) Medicamentos e insumos médicos fraccionables: Son aquellos que pueden dividirse en 
dos o más partes para la realización de un número igual o mayor de procedimientos o para la 
atención de varios pacientes. Entre ellas se encuentran: algodón de uso médico, tela de gasa, 
soluciones antisépticas, vaselina líquida, gasas, tela adhesiva, material odontológico, etc. que 
no requieren prescripción y dispensación individual. 
 
f) Medicamentos e insumos médicos No fraccionables: Son aquellos que no pueden 
dividirse para la realización de dos o más procedimientos y son de un sólo uso en el paciente. 
Entre ellas se encuentran: equipos de venoclisis, bisturís, jeringas, guantes quirúrgicos 
estériles, ampollas monodosis, cápsulas, comprimidos
con o sin ranurado, etc. que requieren 
prescripción y dispensación individual. 
Página 17
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
g) Insumos médicos no fraccionables, pero de uso frecuente: Son aquellos insumos que 
no pueden dividirse o son de un solo uso en el paciente, pero por su alta utilización, no 
requieren prescripción y dispensación individual. Entre ellas se encuentran: Guantes 
descartables, barbijos, bajalenguas, espátulas de Ayre, portaobjetos, etc. 
 
h) Órtesis, dispositivo o producto ortésico: Dispositivo de aplicación externa que se utiliza 
para modificar las características estructurales y funcionales de los sistemas neuromuscular y 
esquelético con el fin de: 
i. Estabilizar un segmento corporal o articular 
ii. Soporte de una zona lesionada 
iii. Limitar o aumentar la movilidad de una articulación 
iv. Control de movimientos espásticos o anómalos 
v. Descarga de los segmentos distales 
 
i) Prótesis, dispositivo o producto protésico: Dispositivo de aplicación externa que se usa 
para reemplazar total o parcialmente una parte de un miembro ausente o deficiente. 
 
1.4 AMBITO DE APLICACIÓN 
El Manual de Aplicación de la Lista de Servicios de Salud del Sistema Único de Salud, es de 
cumplimiento obligatorio para el personal de salud responsable de la atención de las personas 
beneficiarias del SUS, y el personal administrativo responsable de la gestión de la Ley N° 1152 en 
los establecimientos de salud públicos. 
 
1.5 BASE LEGAL 
El presente Manual se desarrolla en cumplimiento al siguiente marco legal y normativo: 
a) Constitución Política del Estado. 
b) Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales. 
c) Ley N° 1152 de 20 de febrero de 2019, Modificatoria de la Ley N° 475. 
d) Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa. 
e) Resolución Ministerial N° 0251 de 30 de junio de 2021. 
f) Otras relacionadas. 
 
1.6 RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN 
a) Directores de Institutos y Hospitales públicos de Segundo y Tercer Nivel de Atención. 
b) Directores o Responsables de establecimientos de salud públicos de Primer Nivel de Atención. 
c) Responsables de Unidades Operativas de establecimientos de salud públicos. 
d) Médicos, odontólogos, enfermeras, técnicos en salud de establecimientos de salud públicos. 
 
 
II. CARACTERÍSTICAS DE LA LISTA DE SERVICIOS DE SALUD DEL SUS 
 
2.1 CONTENIDO 
En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 12 del Reglamento aprobado mediante Resolución 
Ministerial 0251/2021, “se consideran como servicios de salud del SUS, todos aquellos que los 
establecimientos de salud públicos están en capacidad de otorgar a los beneficiarios, de acuerdo a 
su capacidad resolutiva e instalada, mientras no signifiquen exclusiones especificadas en normativa 
emitida por el Ministerio de Salud y Deportes.” 
 
En tal sentido, la Lista de Servicios de Salud del SUS, incluye un amplio conjunto de servicios de 
salud que los establecimientos de salud del subsector público están en capacidad de brindar a la 
población beneficiaria de la Ley N° 1152, de acuerdo a su capacidad física y resolutiva disponible y 
al nivel de atención al que pertenecen. 
Página 18
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 La Lista de Servicios de Salud del SUS no es limitativa ya que si el establecimiento de 
salud cuenta con otros servicios de salud que no estén señalados en la misma puede 
otorgarlos para garantizar la atención integral del beneficiario. 
 
No se encuentran contemplados en la presente Lista los diagnósticos disponibles en la Codificación 
Internacional de Enfermedades (CIE-10), que deben utilizarse y registrarse en el expediente clínico 
por parte del personal de salud de acuerdo a cada paciente atendido. 
 
 
2.2 ESTRUCTURA 
La Lista de Servicios de Salud del SUS se encuentra sistematizada de acuerdo a la siguiente 
estructura: 
 
 
a) Grupos de Procedimientos: Incluyen Grupos de Servicios de Salud relacionados entre sí. 
b) Grupos de Servicios de Salud: Incluyen Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos según 
especialidades o segmentos del cuerpo y los grupos de exámenes de apoyo al diagnóstico. 
c) Servicios de Salud: Detalla cada uno de los Servicios de Salud con el nombre del 
procedimiento diagnóstico o terapéutico y los exámenes diagnósticos de laboratorio, 
imagenología y otros. 
d) Glosa: Son aclaraciones, ampliaciones o complementaciones de información relacionada a un 
determinado Servicios de Salud, a un Grupo de Servicios o de un Grupo de Procedimientos. 
 
 
2.3 ARTICULACIÓN CON OTROS INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS 
La Lista de Servicios permite a los 
establecimientos de salud contar con un 
instrumento referencial para la 
elaboración de su Cartera de Servicios 
sobre la base de su capacidad física y 
resolutiva disponible y al nivel de 
atención al que pertenece. 
 
Contribuye al desarrollo de los procesos 
de planificación de corto plazo, como son 
la elaboración de la Programación 
Operativa Anual (POA) y el Presupuesto 
Anual de los establecimientos de salud 
del Subsector Público. 
Página 19
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
También permite alimentar las herramientas informáticas de los establecimientos de salud para 
garantizar su registro, consolidación, procesamiento y análisis con el fin de dar cumplimiento a los 
procesos establecidos en la reglamentación vigente como los pagos intermunicipales, interniveles y 
otros. 
 
2.4 TIPOS DE SERVICIOS DE SALUD 
Los servicios de salud se encuentran agrupados en los siguientes tipos: 
 
a) Servicios de Promoción de la Salud 
b) Servicios de Prevención de las Enfermedades 
c) Servicios de Tratamiento de las Enfermedades 
d) Servicios de Rehabilitación de las Enfermedades 
e) Servicios de Diagnóstico de las Enfermedades 
f) Servicios de Apoyo al Diagnóstico 
g) Servicios de Capacitación para la Salud 
 
 
III. APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DE SALUD DURANTE LA 
ATENCIÓN DE BENEFICIARIOS DEL SUS 
 
3.1 SERVICIOS DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD 
Los mecanismos de la promoción de la salud deben ser ejecutados de acuerdo a la programación 
previamente realizada en el POA del establecimiento de salud. 
 
Los servicios preventivos se encuentran detallados en la Lista de acuerdo a los requerimientos de 
los Programas Nacionales y deben ser aplicadas cumpliendo los Reglamentos, Normas de Atención, 
Manuales y Guías establecidas por los mismos. 
 
3.2 SERVICIOS DIAGNÓSTICOS, TERAPÉUTICOS Y DE REHABILITACIÓN 
El responsable de la atención del beneficiario del SUS, según el diagnóstico o diagnósticos del 
paciente, deberá seleccionar aquellos servicios necesarios y pertinentes para la atención integral, 
oportuna, gratuita y de calidad, según las siguientes posibilidades: 
Página 20
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
a) En caso de que el paciente requiera sólo tratamiento farmacológico, deberá prescribir los 
medicamentos utilizando el Recetario/Recibo correspondiente, de acuerdo a las necesidades 
individuales del paciente. 
b) Si el paciente requiere exámenes de laboratorios, exámenes de imagenología u otros 
procedimientos diagnósticos, deberán ser solicitados por el responsable de su atención 
mediante el Documento–8. 
c) Si requiere servicios terapéuticos médicos o quirúrgicos, deberán ser seleccionados de la Lista 
de Servicios que se encuentran descritos de acuerdo a la técnica detallada en cada uno de los 
mismos. Estos deberán ser registrados en el expediente clínico del paciente y en la herramienta 
informática correspondiente. 
d) Los servicios de medicina transfusional, deberán ser solicitados al Banco de Sangre mediante el 
Documento–8 para la dotación de los hemocomponentes necesarios para cada paciente y su 
administración en la Unidad Transfusional del establecimiento de salud. 
 
3.2.1 Aplicación
de los servicios de salud durante la atención ambulatoria 
Los servicios ambulatorios pueden ser brindados en el domicilio del paciente o en consultorio 
externo. El personal de salud realizará y declarará las siguientes actividades, según correspondan: 
 
1. Consulta médica o de otros profesionales en domicilio o en consultorio externo. 
2. Consulta odontológica. 
3. El diagnóstico principal, los diagnósticos secundarios y comorbilidades. 
4. Prescribirá los medicamentos o insumos médicos no fraccionables que requiere el paciente 
mediante el Recetario/Recibo. 
5. Los procedimientos médicos o de enfermería que fueron realizados (Inyectables, curaciones, 
suturas, etc.). 
6. Si el paciente requiere procedimientos o exámenes de apoyo al diagnóstico los solicitará 
mediante el Documento-8. 
7. Registrará los servicios de salud otorgados durante la consulta ambulatoria en los instrumentos 
de recolección de datos y en las herramientas informáticas que correspondan. 
 
A continuación, se explica un ejemplo de la conformación de un Producto en Salud durante la 
atención médica ambulatoria. 
 
Página 21
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
En el siguiente ejemplo se grafica la conformación de un Producto en Salud odontológico. 
 
 
 
3.2.2 Aplicación de los servicios de salud durante la atención hospitalaria 
Los servicios brindados durante la hospitalización pueden ser quirúrgicos o no quirúrgicos. El 
personal de salud realizará y declarará al final de la atención del paciente, de acuerdo a la epicrisis 
y el expediente clínico, las siguientes actividades según correspondan: 
 
1. Los días de hospitalización en cada una de las Unidades en las que estuvo internado el 
paciente. 
2. Las interconsultas realizadas. 
3. El diagnóstico principal final, los diagnósticos secundarios o complicaciones y comorbilidades. 
4. Prescribirá los medicamentos o insumos médicos no fraccionables que requiere el paciente 
mediante el Recetario/Recibo. 
5. Los exámenes de apoyo al diagnóstico solicitados mediante el Documento-8 del mismo hospital 
o a otros laboratorios públicos. 
6. Los servicios de enfermería realizados (Inyectables, curaciones, suturas, etc.). 
7. Los procedimientos diagnósticos. 
8. Los procedimientos terapéuticos quirúrgicos que incluyen la anestesia utilizada, las cirugías 
efectuadas y los medicamentos e insumos-dispositivos utilizados durante los mismos que serán 
prescritos mediante Recetario/Recibo. 
9. Los procedimientos terapéuticos no quirúrgicos realizados en el paciente incluirá medicamentos 
e insumos-dispositivos que serán prescritos mediante Recetario/Recibo y de acuerdo a 
protocolos clínicos. 
10. La transfusión de sangre y hemocomponentes serán solicitados al Banco de Sangre mediante el 
Documento-8. 
11. Registrará los servicios de salud otorgados durante la internación en los instrumentos de 
recolección de datos y en las herramientas informáticas que correspondan. 
 
A continuación, se explica un ejemplo de la conformación de un Producto en Salud durante la 
Internación con servicios quirúrgicos. 
 
Página 22
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
 
 
En el siguiente ejemplo, se explica la conformación de un Producto en Salud durante la Internación 
con servicios no quirúrgicos. 
 
 
 
3.3 SOLICITUDES DE SERVICIOS DE APOYO AL DIAGNÓSTICO 
El solicitante, en el marco del uso racional de las tecnologías en salud, en base a un problema de 
salud correctamente diagnosticado, tiene disponible aquellos servicios de apoyo al diagnóstico 
como pruebas de laboratorio e imagenología. 
 
Las solicitudes pueden ser realizadas en el mismo establecimiento o en otras instituciones públicas 
mediante el Documento-8. Asimismo, el responsable de procesar las solicitudes deberá hacer 
conocer los resultados mediante el Documento-9. 
Página 23
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
El solicitante debe informar correctamente al paciente o sus familiares la preparación adecuada 
para efectuar las pruebas, la ubicación o dirección de la Unidad correspondiente, sobre todo cuando 
se trate de establecimientos de otros municipios. 
 
 El laboratorio o unidad de imagenología que procesa las pruebas debe proveer de los 
insumos necesarios para la toma de muestra, medios de contraste o dispositivos 
necesarios para su administración, quedando prohibida la prescripción de los mismos para 
su adquisición en farmacias privadas. 
 
 
3.4 PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS MÉDICOS 
La prescripción y dispensación de medicamentos e insumos médicos deberá ser realizada a través 
de los Recetarios/Recibos establecidos en la normativa del Sistema Nacional Único de Suministro–
SNUS. 
 
El prescriptor, en el marco del uso racional de medicamentos, en base a un problema de salud 
correctamente diagnosticado, tiene disponible aquellos medicamentos señalados en la Lista 
Nacional de Medicamentos Esenciales – LINAME. 
 
La prescripción de medicamentos debe realizarse con nombre genérico (evitando nombres 
comerciales), en la forma farmacéutica, concentración y cantidad adecuada a la edad, peso, talla y 
características individuales del paciente. 
 
Es de suma importancia que el responsable de la prescripción de los medicamentos explique 
claramente al paciente las indicaciones de cada uno de ellos con el propósito que el paciente, los 
familiares o allegados contribuyan al uso racional de medicamentos cuando utilice correctamente 
sólo los medicamentos por prescripción médica y evitando la automedicación. 
 
 No se encuentra restringida la cantidad de medicamentos si su prescripción se realiza en 
el marco del uso racional de medicamentos y de acuerdo a normas o protocolos de 
atención. 
 
Los medicamentos e insumos médicos no fraccionables deben ser prescritos en el Recetario/Recibo 
cumpliendo el uso racional de los mismos, las características de cada paciente y en relación al 
diagnóstico o diagnósticos del paciente. 
 
Los medicamentos e insumos médicos fraccionables y aquellos insumos de uso frecuente, no 
requieren su prescripción y dispensación mediante un Recetario/Recibo, debiendo aplicar para fines 
de cuantificación y control, el Botiquín de Servicios implementado desde la Farmacia Institucional o 
la FIM. 
 
 Queda terminantemente prohibida: 
 La prescripción de medicamentos e insumos en recetarios no oficiales establecidos por 
la normativa vigente. 
 La prescripción de medicamentos con nombres comerciales. 
 La venta de medicamentos no señalados en la LINAME en la Farmacia Institucional a 
los pacientes beneficiarios del SUS. 
 La sugerencia de adquisición de medicamentos en farmacias privadas. 
 
3.4.1 Botiquín de Servicio 
Es un stock mínimo de medicamentos e insumos médicos de uso frecuente o con alto 
fraccionamiento asignado a una Unidad del establecimiento de salud por la Farmacia Institucional, 
Página 24
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
para tenerlos a disposición del equipo de salud cuando sea necesario, evitando la prescripción de 
recetas individuales para cada servicio de salud. 
Se aplica en aquellos establecimientos de salud que: 
 No cuente con Farmacia Institucional de 24 horas, 
 Que cuenten con Unidades de Emergencias/Urgencias, 
 Que cuenten con Unidades de Hospitalización Críticas (UTI, UCIN, Terapias Intermedias), 
 Que cuenten con Unidades que utilizan muchos medicamentos e insumos médicos 
fraccionables o de uso frecuente (Odontología, Enfermería, etc.), o 
 Que cuente con Unidades que efectúan atenciones domiciliarias o en la comunidad. 
 
Estará destinado al manejo de medicamentos e insumos médicos fraccionables o de uso frecuente 
y de medicamentos necesarios para la atención urgente en el establecimiento de salud o durante 
los periodos en los cuales la atención de la Farmacia Institucional no
se encuentra disponible. 
 
Su administración estará a cargo de una persona responsable de la Unidad Solicitante del Botiquín 
de Servicio, que solicitará al encargado de la FIM o de la Farmacia Institucional (FI), la apertura del 
mismo. 
 
Se establecen los siguientes pasos para la correcta administración del Botiquín de Servicio: 
1. La unidad solicitante deberá realizar la selección de los medicamentos e insumos que 
consideren necesarios contar en el Botiquín de Servicio para el cumplimiento eficiente y 
oportuno de las atenciones de los pacientes. 
2. La cantidad solicitada deberá realizarse tomando en cuenta el consumo habitual de los 
mismos con el fin de evitar realizar varias solicitudes en periodos muy cortos o la 
permanencia muy prolongada (Baja rotación) de suministros en el Botiquín. 
3. El responsable del Botiquín de 
Servicio deberá solicitar a la 
FIM o FI los medicamentos e 
insumos seleccionados 
mediante el documento de 
Descargo y Solicitud de 
Suministros de Botiquín de 
Servicio. 
4. La responsable de la FIM o FI, 
introducirá en el sistema 
SALMI los medicamentos e 
insumos solicitados, archivará 
el documento de Descargo y 
Solicitud de Suministros e 
imprimirá el reporte 
correspondiente para 
descargo del solicitante y de la 
FIM o FI. 
5. Después de firmar la conformidad de entrega/recepción, la responsable de la FIM o FI 
entregará el stock solicitado. 
6. La Unidad Solicitante, a partir de ese momento, es responsable de la administración y 
descargo adecuado de los suministros recibidos. 
7. Los medicamentos e insumos médicos No fraccionables deberán ser descargados por la 
Unidad Solicitante del Botiquín mediante los Recetarios/Recibos correspondientes, los 
mismos que deberán ser llenados correctamente por los prescriptores y dispensadores del 
servicio. 
8. Los Insumos médicos fraccionables y los No fraccionables de uso frecuente serán 
Página 25
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
descargados de manera conjunta al terminarse el stock recibido (Ejemplo: Un paquete de 
algodón, un frasco de agua oxigenada, una caja de amalgama, una caja de guantes 
descartables, etc.) mediante el documento de Descargo y Solicitud de Suministros de 
Botiquín de Servicio. 
9. Realizará la solicitud de reposición del suministro consumido. 
10. La responsable de la FIM o FI, verificará los Recetarios/Recibos y los documentos de 
Descargo y transcribirá los datos a la herramienta informática e imprimirá el reporte 
correspondiente para descargo del solicitante y de la FIM. 
 
3.5 TRASLADO DE PACIENTES EN CASOS DE URGENCIA 
Este servicio de salud es exclusivo para los establecimientos de salud de primer y segundo nivel de 
atención del área rural, quienes podrán aplicarlo para el traslado de pacientes en casos de urgencia 
que requieran ser referidos a un establecimiento de salud de mayor resolución, por vía terrestre, 
fluvial o lacustre, utilizando ambulancias de propiedad del GAM o GAIOC correspondiente. 
 
El GAM o GAIOC, a través de su Instancia Técnica de Salud y en coordinación con los responsables 
de los establecimientos de salud de su jurisdicción, deberá aprobar su inclusión en el POA y 
Presupuesto Institucional de la gestión correspondiente. 
 
El traslado se registrará mediante el Documento-6 (D-6) y el GAM o GAIOC definirá los 
procedimientos e instrumentos de descargo administrativo del servicio. 
 
Adicionalmente el equipo de salud que realiza el traslado deberá cumplir con los procesos y 
procedimientos establecidos en la Norma de Referencia y Contrareferencia vigente. 
 
IV. APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DE SALUD DEL SUS PARA LA 
ELABORACIÓN DE LA CARTERA DE SERVICIOS 
 
4.1 ELABORACIÓN DE LA CARTERA DE SERVICIOS DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD 
 
La Lista de Servicios de Salud se constituye en un instrumento referencial para la elaboración de la 
Cartera de Servicios de los establecimientos de salud sobre la base de su capacidad física y 
resolutiva disponible y del nivel de atención al que pertenece. 
 
 Los servicios de salud señalados en la Lista no se clasifican por niveles de atención para 
permitir una selección de acuerdo a las propias capacidades del establecimiento y la 
validación y aprobación de las instancias pertinentes del SEDES. 
 
En cumplimiento al Reglamento aprobado con Resolución Ministerial 0251/2021, el establecimiento 
de salud, las Coordinaciones de Red y los SEDES aplicarán el Módulo de la Cartera de Servicios del 
Sistema Informático de Registro Único de Establecimientos de Salud – RUES, que permitirá un 
registro, validación y aprobación bajo la plataforma de internet con el propósito de acortar los 
plazos y procesos administrativos. 
 
Se cumplirán los siguientes procesos: 
1. El establecimiento de salud seleccionará los servicios de la Lista de Servicios del SUS que se 
encuentran disponibles en el establecimiento y los registrará en el RUES. 
2. La Coordinación de Red, aplicando el Módulo de la Cartera de Servicios del RUES, validará los 
servicios de salud registrados por los establecimientos de salud que pertenezcan a su Red. 
3. El SEDES, verificará los registros realizados en el RUES y aprobará los servicios de salud 
validados por la Coordinación de Red y/o la instancia técnica correspondiente del SEDES y 
Página 26
 
MANUAL DE APLICACIÓN DE LA LISTA DE SERVICIOS DEL SALUD DEL 
SISTEMA ÚNICO DE SALUD 
 
 
emitirá la Resolución Administrativa de aprobación de la Cartera de Servicios del 
Establecimiento de Salud. 
4. Una vez digitalizada la Resolución Administrativa emitida por el SEDES, lo subirá al RUES 
concluyendo el proceso. 
 
V. MODIFICACIONES A LA LISTA DE SERVICIOS 
 
El Ministerio de Salud y Deportes, a través de la Dirección General de Gestión Nacional del SUS, 
establecerá el siguiente procedimiento para atender las solicitudes de inclusión, modificación y 
supresión de aquellos servicios de salud que sean realizadas por los establecimientos de salud a 
través del SEDES correspondiente: 
a) El Director o Responsable del establecimiento de salud solicitará al SEDES correspondiente la 
inclusión, modificación y supresión de servicios de salud de acuerdo al análisis previamente 
realizado por las Unidades Operativas del establecimiento de salud. 
b) La solicitud deberá contener al menos la siguiente información de acuerdo a formato adjunto: 
1. Grupo de servicio de salud al que pertenece. 
2. Denominación del servicio: Debe verificarse que la Lista de Servicios vigente no contenga el 
servicio seleccionado con un nombre similar o sinónimo. 
3. Tipo de cambio solicitado: Inclusión, modificación o supresión. 
4. Costo referencial: El mismo debe ser estimado excluyendo el costo de recursos humanos, 
infraestructura o equipamiento y aquellos insumos o medicamentos no fraccionables. 
5. Justificación Técnica: Resumen que establezca la necesidad de incorporar el servicio, su 
modificación o su exclusión de la Lista. 
 
 
Firma y sello Firma y sello Firma y sello 
Responsable de la elaboración Director/Responsable del Establecimiento Responsable SEDES 
 
 
c) La solicitud será remitida al SEDES para su consolidación y posterior envío a la Dirección 
General de Gestión Nacional del SUS al Ministerio de Salud y Deportes de manera trimestral 
según el siguiente cronograma: 
1. Febrero 
2. Mayo 
3. Julio 
4. Octubre 
d) La Dirección General de Gestión Nacional del SUS, considerará las solicitudes recibidas e 
incluirá, modificará o eliminará aquellos servicios que sean pertinentes y los aprobará mediante 
Circulares. 
 
 
N° 
GRUPO DE 
SERVICIO AL QUE 
PERTENECE 
DENOMINACIÓN 
DEL SERVICIO 
TIPO 
COSTO 
REFERENCIAL 
JUSTIFICACIÓN TÉCNICA 
1 
2 
3 
4 
Página 27
 
Lista de servicios de 
salud del Sistema 
Único de Salud 
Página 28
ÍNDICE 
Páginas 
Promoción de la salud 29 
 Mecanismos de Promoción de la salud 29 
 
Prevención
de la enfermedad 29 
 Prevención de enfermedades prevalentes 29 
Prevención de la transmisión, profilaxis y comorbilidades de enfermedades infectocontagiosas 30 
Actividades preventivas odontológicas 30 
 Vacunación según esquema del PAI 30 
 Anticoncepción temporal, voluntaria e informada y prevención de ITS's 31 
 Alojamiento en casas de acogida de embarazadas 31 
 Muestreo de alimentos fortificados 31 
 
Atención de la Medicina Tradicional Ancestral Boliviana 31 
 Atención de la embarazada con medicina tradicional ancestral boliviana 31 
 Atención de enfermedades con medicina tradicional ancestral boliviana 32 
 
Procedimientos en Consulta externa o ambulatoria 32 
 Atención en domicilio 32 
 Consulta y atención médica 32 
 Consulta y atención por otros profesionales de la salud 34 
 Procedimientos ambulatorios médico-quirúrgicos y de enfermería 34 
 
Procedimientos Odontológicos 35 
 Endodoncia 35 
 Exodoncia 35 
 Obturaciones y reparaciones odontológicas 35 
 Periodoncia 35 
 Cirugía odontológica 35 
 
Atención especializada a través de Telesalud 35 
 Teleeducación 35 
 Telemedicina 36 
 
Atención de Emergencias y Urgencias 36 
 Atención prehospitalaria de emergencias 36 
 Atención prehospitalaria de urgencias 36 
 Procedimientos terapéuticos de emergencia 37 
 Procedimientos terapéuticos de urgencia 37 
 
Procedimientos generales en pacientes internados 38 
 Internación en sala común 38 
 Procedimientos médico-quirúrgicos y de enfermería en internación 39 
 Interconsultas 40 
 Hospitalización en Unidad de Cuidados Intermedios 40 
 Hospitalización en Unidad de Terapia Intensiva 41 
 Preparación de tratamientos farmacológicos especiales 41 
 
Procedimientos de Medicina crítica 41 
 Procedimientos terapéuticos en medicina crítica 41 
 
Procedimientos neurológicos y neuroquirúrgicos 42 
 Procedimientos diagnósticos en neurología y neurocirugía 42 
 Neurocirugías de cráneo 42 
 Neurocirugías de encéfalo y envolturas 42 
 Cirugías de derivación de LCR 42 
 Neurocirugías de extirpación de tumores 42 
 Neurocirugías de columna y médula espinal 43 
 Neurocirugías vasculares 43 
 Neurocirugías de nervios periféricos y plexos 43 
 Neurocirugías de malformaciones 43 
 
Procedimientos oftalmológicos 44 
 Procedimientos diagnósticos oftalmológicos 44 
 Cirugías de vía lagrimal 44 
 Cirugías de saco y glándula lagrimal 44 
 Cirugías de párpado y ceja 44 
 Cirugías de la conjuntiva 45 
 Cirugía de órbita ocular 45 
 Cirugía de globo y músculos oculares 45 
 Cirugía de córnea y esclerótica 45 
 Cirugía del iris y cuerpo ciliar 46 
 Cirugía de coroides, cámara posterior y retina 46 
 Cirugías del cristalino y cuerpo ciliar 46 
 Procedimientos oftalmológicos con láser 46 
 
Procedimientos cardiológicos 46 
 Procedimientos diagnósticos cardiológicos 46 
 Procedimientos terapéuticos cardiológicos 47 
 
Procedimientos neumológicos 47 
 Procedimientos diagnósticos neumológicos 47 
 Procedimientos terapéuticos neumológicos 47 
 
Procedimientos otorrinolaringológicos 47 
 Procedimientos diagnósticos otorrinolaringológicos 47 
 Procedimientos otorrinolaringológicos con fibroscopía 47 
 Cirugías de oído externo 48 
 Cirugías de oído medio 48 
 Cirugías del oído interno y nervio acústico 48 
 Cirugías del nervio facial 48 
 Cirugías de boca y faringe 48 
 Cirugías de nariz, senos paranasales y vías lagrimales 49 
 Procedimientos quirúrgicos de laringe 49 
 
Procedimientos de cirugía de cabeza y cuello 49 
 Procedimientos diagnósticos en cirugía de cabeza y cuello 49 
 Cirugías de maxilares, cavidad oral y faringe 50 
 Cirugías de nariz, cavidades paranasales y hueso temporal 50 
 Cirugías de glándulas salivales 50 
 Cirugías de tiroides y paratiroides 51 
 Cirugías de otras estructuras profundas de cuello 51 
 Cirugía traumatológica máxilo facial 51 
 Cirugía de cabeza y cuello en tumores malignos 51 
 
Procedimientos quirúrgicos de tórax 51 
 Procedimientos diagnósticos en cirugía de tórax 51 
 Cirugías de pared torácica 52 
 Cirugías de mediastino 52 
 Cirugías de bronquios, pulmones y pleuras 53 
 Cirugías del diafragma 53 
 
Procedimientos quirúrgicos cardiovasculares 54 
 Cirugía vascular 54 
 Cirugías cardiacas 55 
 Cirugías cardiacas con circulación extracorpórea 56 
 
Procedimientos gastroenterológicos 56 
 Procedimientos diagnósticos gastroenterológicos 56 
 Endoscopías por vía oral 56 
 Endoscopías por vía rectal 57 
 Cirugías de la pared abdominal 57 
 Herniorrafias 57 
 Cirugías peritoneales 57 
 Cirugías gástricas 57 
 Cirugías hepatobiliares 58 
 Cirugías pancreáticas 58 
 Cirugías esplénicas 59 
 Cirugías de intestino delgado y colon 59 
 Cirugías proctológicas 59 
 
Procedimientos dermatológicos 60 
 Procedimientos diagnósticos dermatológicos 60 
 Procedimientos terapéuticos dermatológicos 60 
 
Procedimientos nefrológicos 61 
 Diálisis 61 
 
Procedimientos urológicos 61 
 Anticoncepción masculina definitiva, voluntaria e informada 61 
 Procedimientos diagnósticos urológicos 61 
 Procedimientos quirúrgicos urológicos 61 
 
Procedimientos ginecológicos 63 
 Anticoncepción femenina definitiva, voluntaria e informada 63 
 Procedimientos diagnósticos gineco-obtétricos
63 
 Procedimientos terapéuticos ginecológicos 64 
 Procedimientos quirúrgicos ginecológicos 64 
 
Procedimientos obstétricos 65 
 Atención del parto 65 
 Cesáreas 65 
 Banco de leche humana 65 
 
Procedimientos traumatológicos 65 
 Biopsia sinovial, ósea o muscular 65 
 Procedimientos diagnósticos traumatológicos 65 
 Reducción de fracturas cerradas con o sin luxación 66 
 Tratamiento de esguinces y luxaciones 66 
 Tratamiento funcional con técnica de sarmiento y similares 66 
 Tratamiento ortopédico de malformaciones congénitas 66 
 Procedimientos terapéuticos traumatológicos 66 
 Artrodesis 66 
 Tratamiento de fracturas expuestas 66 
 Tratamiento de infecciones articulares, sinovitis, artritis, u osteoarticulares 66 
 Tratamiento de infecciones óseas 67 
 Sinovectomías quirúrgicas 67 
 Cirugía traumatológica de hombro 67 
 Cirugía traumatológica de brazo 67 
 Cirugía traumatológica de codo 67 
 Cirugía traumatológica de antebrazo 68 
 Cirugía traumatológica de muñeca 68 
 Cirugía traumatológica de mano 68 
 Cirugía traumatológica de columna 69 
 Cirugía traumatológica de pelvis 69 
 Cirugía traumatológica de cadera 69 
 Cirugía traumatológica de muslo 69 
 Cirugía traumatológica de rodilla 70 
 Cirugía traumatológica de pierna 70 
 Cirugía traumatológica de tobillo 70 
 Cirugía traumatológica de pie 71 
 Tratamiento de tumores, quistes o lesiones pseudotumorales óseos o musculares 71 
 Retiro de elementos de osteosíntesis 71 
 Injertos óseos 71 
 
Procedimientos de cirugía plástica y reparadora 72 
 Cirugía plástica y reparadora de afecciones congénitas 72 
 Cirugía plástica y reparadora de mama 72 
 Elaboración de colgajos 72 
 Cirugía plástica y reparadora de heridas y cicatrices 72 
 Cirugía plástica y reparadora de escaras 72 
 Tratamiento de escaras de decúbito 73 
 Tratamiento de quemaduras 73 
 
Procedimientos oncológicos y de radioterapia 73 
 Biopsias 73 
 Braquiterapia 73 
 Cuidados paliativos 73 
 Quimioterapia 73 
 Radiocirugía 73 
 Radioterapia 74 
 
Procedimientos anestesiológicos y manejo del dolor 74 
 Procedimientos anestesiológicos 74 
 Procedimientos de manejo del dolor 74 
 
Procedimientos de Rehabilitación 74 
 Procedimientos en rehabilitación 74 
 Psicología 75 
 Fisioterapia y kinesiología 76 
 Psicomotricidad 76 
 Rehabilitación – Psicopedagogía 76 
 Terapia ocupacional 76 
 
Laboratorio Clínico 77 
 Laboratorio de hematología 77 
 Laboratorio de bioquímica sanguínea 78 
 Laboratorio de análisis toxicológico 79 
 Laboratorio de hormonas 80 
 Laboratorio de genética humana 81 
 Laboratorio de inmunología e inmunoquímica 82 
 Laboratorio de inmunología celular 84 
 Laboratorio de cultivos y antibiogramas para bacterias y hongos 84 
 Laboratorio de microscopía para bacterias y hongos 84 
 Laboratorio de serología para bacterias y hongos 85 
 Laboratorio de parasitología 86 
 Laboratorio de serología y pruebas moleculares para parásitos 86 
 Laboratorio de serología y pruebas moleculares para virus 87 
 Laboratorio de determinaciones directas con el paciente 88 
 Laboratorio para deposiciones, exudados, secreciones y otros líquidos 88 
 Laboratorio para exámenes de orina 88 
 
Anatomía Patológica 90 
 Estudios de Anatomía patológica 90 
 
Imagenología 90 
 Exámenes radiológicos simples de cabeza y cuello 90 
 Exámenes radiológicos simples de columna vertebral, pelvis y cadera 90 
 Exámenes radiológicos simples de tórax 91 
 Exámenes radiológicos simples de glándulas mamarias 91 
 Exámenes radiológicos simples de abdomen 91 
 Exámenes radiológicos simples de aparato digestivo 91 
 Exámenes radiológicos simples de aparato urogenital 91 
 Procedimientos fluoroscópicos de apoyo 92 
 Exámenes radiológicos simples de extremidades 92 
 Exámenes radiológicos complejos 92 
 Tomografía computarizada con o sin contraste 93 
 Ecografía con equipos simples 93 
 Ecografía con equipos de mediana resolución 93 
 Ecografía con equipos de alta resolución 94 
 Ecografía doppler 94 
 Resonancia magnética con contraste 94 
 Medios de contraste para estudios imagenológicos 95 
 
Procedimientos de Medicina Nuclear 95 
 Estudios diagnósticos de medicina nuclear 95 
 Terapia metabólica 96 
 
Procedimientos de Medicina Trasfusional 96 
 Transfusión de hemocomponentes 96 
 Banco de sangre 96 
 
Promoción de la salud
Mecanismos de Promoción de la salud
Los servicios deben ser inscritos en el POA del establecimiento de salud y definir el presupuesto requerido para su cumplimiento.
M33623001 Alianzas estratégicas
Los establecimientos de salud podrán planificar y emplear este servicio de salud para el desarrollo de reuniones con diferentes
actores clave (sector agropecuario, educativo, policía, fuerzas armadas, organizaciones sociales, agencias de cooperación, ONGs,
Iglesias, entre otras), encargadas de abordar determinantes de salud en el Municipio.
M33623002 Educación en salud
Los establecimientos de salud de todos los niveles de atención, podrán planificar este servicio de salud y emplearlo para el desarrollo
de sesiones educativas dirigidas a la comunidad, ferias orientadas a la población, impresión de material de información y
comunicación, difusión de mensajes por medios de comunicación, compra de material de escritorio y/o alimentos para la realización
de sesiones educativas prácticas.
M33623003 Participación social
Los establecimientos de salud podrán planificar y emplear este servicio de salud para la implementación de los espacios de
deliberación intersectorial de la Gestión de la Salud y reuniones ordinarias y

Continuar navegando