Logo Studenta

S0377473210700390 (1)

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Rev Esp Med Legal. 2010;36(3):110-116
0377-4732/ $ - see front mat ter © 2010 Asociación Nacional de Médicos Forenses. Publicado por Elsevier España, S.L. Todos los derechos reservados.
www.elsevier.es/ mlegal
ISSN: 0377-4732
PUBLICACIÓN OFICIAL DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÉDICOS FORENSES
REVISTA ESPAÑOLA DE
MEDICINA
LEGAL Volumen 36 Número 3 Septiembre-Diciembre 2010
Fundada en 1974
www.elsevier.es/mlegal
Monográico sobre violencia de género
EDITORIAL
Medicina legal y forense y violencia de género
ORIGINALES
Perspectiva judicial de la violencia de pareja y doméstica 
en España
Violencia del compañero íntimo contra la mujer: una mirada 
desde la Salud Pública
Detección de la violencia de género en atención primaria
Valoración médico-forense de la mujer maltratada
Peril psicopatológico e intervención terapéutica con los agresores 
contra la pareja
Asklepios y violencia de género: utilidad de una aplicación 
informática
MEDICINA LEGAL EN IMÁGENES
Violencia de género: lesiones incisas múltiples, a propósito 
de un caso que se asemeja a la tortura
REVISTA ESPAÑOLA DE 
MEDICINA LEGAL
* Autor para correspondencia
Correo elect rónico: j dcasas@pdi.ucm.es (J.D. Casas Sánchez).
ORIGINAL
Valoración médico-forense de la mujer maltratada
Juan de Dios Casas Sánchez * y María Soledad Rodríguez Albarrán
Juzgado de Violencia sobre la Muj er de Madrid. Depart ament o de Toxicología y Legislación Sanit aria, 
Facult ad de Medicina, Universidad Complut ense, Madrid, España
Recibido el 30 de j unio de 2010; aceptado el 6 de octubre de 2010
PALABRAS CLAVE
Violencia;
Género;
Riesgo;
Medicina forense;
Violencia domést ica;
Agresión f ísica;
Muj er malt ratada
Resumen
La violencia de género ej ercida por varones es un problema complej o y mult ifactorial 
sobre el que es necesaria una tarea de prevención, part iendo de la idea de que, en tér-
minos generales, la violencia no es un acto de descont rol, sino un mecanismo de cont rol 
del varón hacia la muj er.
Ent re los profesionales que intervienen de forma act iva en la detección y protección de 
las víct imas, están los médicos forenses que, desde los j uzgados específi cos de violencia 
sobre la muj er, deben cumplir una serie de obj et ivos que incluyen la valoración de las 
lesiones físicas y psicológicas y la valoración del riesgo o el seguimiento periódico de 
las víct imas. Para ello, es preciso establecer una guía básica como metodología con el 
propósito de emit ir un informe pericial de calidad tanto en su base cient ífi ca como meto-
dológica y que, además, pueda realizarse de forma rápida, en virtud de la urgencia que 
se precisa en estos casos como auxilio a la autoridad j udicial en su resolución sobre las 
primeras medidas de protección a adoptar.
© 2010 Asociación Nacional de Médicos Forenses. Publicado por Elsevier España, S.L. 
Todos los derechos reservados.
KEYWORDS
Violence;
Gender;
Risk;
Forensic medicine;
Domest ic violence;
Physical agression;
Bat tered woman
Medical-forensic assessment of the battered women
Abstract
Gender violence exercised by men is a complex and mult ifactorial problem that requires 
tasks aimed at prevent ion, based on the idea, in general, that violence is not an act of 
lack of cont rol, but a mechanism of cont rol by the male towards women. Among the 
professionals who are act ively involved in detect ion and protect ion measures for vict ims, 
are the forensic pathologists who, from specifi c violence aginst women courts, must 
fulfi ll a series of obj ect ives, which not only the assessment of physical and psychological 
Valoración médico-forense de la muj er malt ratada 111
Introducción
La Organización de las Naciones Unidas, en la IV Conferen-
cia Mundial de 1995, reconoció que la violencia cont ra las 
muj eres es un obstáculo para lograr los obj et ivos de igual-
dad, desarrollo y paz, menoscabando el disfrute de los de-
rechos humanos y las libertades fundamentales. Se mencio-
nó el concepto de síndrome de la muj er malt ratada, que 
consiste en las agresiones sufridas por la muj er como conse-
cuencia de los condicionantes socioculturales que actúan 
sobre el género masculino y femenino, y la sitúan en una 
posición de subordinación al hombre, que se manifi esta en 
los t res ámbitos básicos de la relación de la persona, es 
decir, en el seno de la parej a, en el campo laboral y en la 
vida social. De este concepto se desprenden t res t ipos de 
conductas agresivas: malt rato en el seno de las relaciones 
de parej a, agresión sexual en la vida social y acoso en el 
medio laboral1,2.
¿Qué se ent iende por violencia de género? Según el art í-
culo 1.3 de la LO 1/ 2004 de 28 de diciembre, de Medidas de 
Protección Integral cont ra la Violencia de Género (LIVG), 
tal situación comprende todo acto de violencia f ísica y psi-
cológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las 
amenazas, las coacciones o la privación arbit raria de la li-
bertad2.
El Consej o de Europa clasifi có la violencia de género en 
las siguientes categorías:
— Violencia f ísica: incluye todo t ipo de agresiones corpora-
les.
— Violencia sexual: comprende cualquier act ividad sexual 
no consent ida (visionado o part icipación forzada en por-
nografía, relaciones sexuales obligadas, t ráfi co y explota-
ción en la indust ria del sexo, etc.).
— Violencia psicológica: concepto amplio que admite múlt i-
ples modalidades de agresión intelectual o moral.
— Violencia económica: entendida como desigualdad en el 
acceso a los recursos compart idos (negar el acceso al di-
nero, impedir el acceso a la educación, etc.).
— Violencia est ructural: t érmino ínt imamente relacionado 
con el de violencia económica, pero que incluye barre-
ras invisibles e intangibles cont ra la realización de las 
opciones potenciales de los derechos básicos de las per-
sonas.
— Violencia espiritual: concepto que incluye conductas que 
consisten en obligar a ot ra persona a aceptar un sistema 
de creencias cultural o religioso determinado o dirigidas 
a erosionar o dest ruir las creencias de ot ros a t ravés del 
ridículo o el cast igo.
Aunque dichas expresiones no se encuent ran descritas en 
el ordenamiento español, el Acuerdo del Pleno del Consej o 
General del Poder Judicial de fecha 21 de marzo de 20013,4 
sí recoge la clasifi cación del Consej o de Europa e incluye 
como delito de violencia habitual las violencias f ísicas, psí-
quicas, sexuales, etc.
La valoración médico-forense t iene como obj et ivo elabo-
rar un informe pericial de alta calidad tanto en su base 
cient ífi ca como metodológica, que debe responder a la pe-
t ición que el j uzgado considere necesaria en cada caso. Así, 
el fi n perseguido es auxiliar con su conocimiento específi co 
a los operadores j urídicos encargados de la valoración y la 
toma de decisiones, quienes como inst ructores del caso se-
rán los que decidan los aspectos probatorios que se nece-
siten5.
A nuest ro j uicio, una característ ica inherente en la valo-
ración médico-forense de la violencia de género es la ur-
gencia en su realización. En la mayor parte de las ocasiones 
el t iempo del que se dispone para su realización es muy 
escaso. Este hecho es consecuencia de que de ella depen-
derá la adopción de determinadas medidas por parte de la 
autoridad j udicial dirigidas fundamentalmente a la protec-
ción de la víct ima, por lo cual no es posible dilatar en el 
t iempo dicha valoración. En este caso lo que se hace es una 
medicina forense de urgencias y para poder dar cumpli-
miento a esta función es necesario tener asumido el proto-
colo que se debe seguir.
Teóricamente la función del médico forense en los Juzga-
dos de Violencia sobre la Muj er se realiza dent ro de las de-
nominadas Unidades de Valoración Forense Integral (UVFI); 
estas unidades se crearon en respuesta a la LIVG, en cuya 
disposición adicional segunda, relat iva a protocolos de ac-
tuación, señala: “ El gobierno y las comunidades autónomas 
que hayan asumido competenciasen materia de j ust icia or-
ganizarán, en el ámbito que a cada una le es propio, los 
servicios forenses, de modo que cuenten con unidades de 
valoración forense integral encargadas de diseñar protoco-
los de actuación global e integral en casos de violencia de 
género” 6.
La creación de las UVFI responde a la necesidad de reali-
zar un diagnóst ico de la violencia de género según situacio-
nes e informaciones en ocasiones insufi cientes y desordena-
das, que dan lugar a la asistencia y la respuesta específi cas 
y especializadas, que sirven de gran apoyo en materia j u-
dicial.
Dada la complej idad de este t ipo delict ivo, se considera 
necesaria la colaboración desde dist intos ámbitos de la in-
vest igación forense y por eso se creó la fi gura del “ equipo 
forense” , formado por un médico forense, un psicólogo y un 
inj uries, but also risk assessment and regular monitoring of the vict ims. This requires 
establishing a basic guide with methodology for the purpose of issuing a scient ifi c based 
quality expert report that can be produced rapidly due to the urgency required in these 
cases as an aid to the Judicial Authorit ies in their resolut ion on the fi rst protect ion 
measures to adopt .
© 2010 Asociación Nacional de Médicos Forenses. Published by Elsevier España, S.L. 
All rights reserved.
112 J.D. Casas Sánchez y M.S. Rodríguez Albarrán
t rabaj ador social; de esta forma se puede ofrecer una res-
puesta mult idisciplinaria.
Objetivos de la valoración médico-forense 
de la violencia de género
Los obj et ivos que debe cumplir la valoración médico-foren-
se son:
1. Valoración de las lesiones f ísicas y psicológicas7. El t ipo 
de lesiones f ísicas es muy variado, aunque en su mayoría 
se pueden agrupar en contusiones, cuyas manifestacio-
nes obj et ivas son hematomas, erosiones y heridas contu-
sas, y es fundamental establecer su mecanismo de pro-
ducción8. Ot ras lesiones también frecuentes, cuya 
detección es más complicada porque las manifestacio-
nes clínicas son subj et ivas o porque pueden formar par-
te de enfermedades comunes, son las cervicalgias, go-
nalgias, lumbalgias, etc. Estos síntomas pueden estar en 
muchos casos de violencia sobre la muj er (zarandeos, 
t irones de pelo, empuj ones, etc.), sobre todo en situa-
ciones de agresiones reiteradas que, si bien externa-
mente no se aprecian lesiones, sí pueden ser mot ivo 
frecuente de consulta al médico de atención primaria y 
que clásicamente se las ha estado llamando lesiones por 
esfuerzo9. La valoración de las lesiones se realiza me-
diante una minuciosa exploración f ísica de la víct ima, a 
veces facil itada por el escaso t iempo que t ranscurre en-
t re la agresión y el reconocimiento. Se complementará 
con el parte de lesiones, documento médico-legal que 
teóricamente reproduce de foma más fi dedigna las le-
siones que presenta la víct ima, ya que se realiza en el 
momento más próximo a la agresión10. Que en el parte 
no aparezcan lesiones pero sí en el momento del recono-
cimiento no signifi ca un intento de simulación por parte 
de la víct ima, sino simplemente que algunos t ipos de 
lesiones necesitan cierto t iempo para su manifestación 
clínica. Nuest ra experiencia nos permite decir que es 
necesario elaborar un parte de lesiones específi co para 
este t ipo de violencia, ya que a veces se ut il izan mode-
los muy genéricos, con lo cual al facultat ivo se le esca-
pan elementos fundamentales de las lesiones que pre-
senta la víct ima; este problema se puede subsanar si el 
reconocimiento forense es inmediato, en caso cont rario 
se puede llegar a tomar decisiones que podrían perj udi-
car a la víct ima si dicho parte de lesiones es incomple-
to11. La valoración psicológica de la víct ima, que noso-
t ros proponemos y realizamos durante el reconocimiento 
forense, es la que se hace en la cita del j uicio rápido en 
el Juzgado de Violencia sobre la Muj er; los obj et ivos que 
se pretende conseguir son:
— Cómo se encuent ra la víct ima desde un punto de vista 
psicológico para enfrentarse a un proceso j udicial.
— Detección inicial de enfermedad psiquiát rica que nos 
haga pensar en una situación de malt rato psicológico. 
Permite, además de adoptar las medidas j udiciales opor-
tunas, realizar una exploración más profunda por parte 
de la UVFI.
— La enfermedad psiquiát rica en la víct ima supone un fac-
tor de riesgo importante para que sufra nuevas agresio-
nes; por lo tanto su detección permite adoptar las medi-
das de protección adecuadas12,13.
Como hemos señalado, se t rata de una valoración que 
podríamos defi nir como urgente, es decir, disponemos de 
muy poco t iempo para realizarla, por la cual la metodología 
debe ser sencilla y rápida de aplicar; nos basaremos en:
— Ent revista personal.
— Valoración de informes médicos aportados en el momen-
to.
— Realización de pruebas psicomét ricas, como la escala au-
toaplicada de Beck o la de Zung.
2. Protección a la víct ima: este obj et ivo está ínt imamente 
relacionado con la valoración del riesgo, que se t ratará 
más adelante.
3. Protección de los hij os: en el caso de que, por resolución 
j udicial, se establezca la posibilidad de un régimen de 
visitas, será la UVFI la encargada de establecer, primero, 
la conveniencia y, en segundo lugar, su metodología. En 
esta valoración el papel del médico forense es funda-
mental. En estos casos se persigue proteger a los hij os y 
por ello deben potencirse los puntos de encuent ro ya 
que, en ocasiones, un mal régimen de visitas puede ser la 
causa de una nueva fuente de confl ictos14,15.
4. Valoración de la necesidad de t ratamiento de las víct i-
mas, sobre todo de t ipo psicológico, para derivarlas a 
unidades especializadas16.
5. Establecer la posible necesidad de t ratamiento en el caso 
de que el agresor presentara algún t ipo de enfermedad 
psiquiát rica o adicciones que hayan podido ser el origen 
del acto agresivo17.
6. Seguimiento periódico de las víct imas por parte de las 
UVFI, sobre todo para la valoración de su seguridad y, en 
general, para la valoración de su nueva situación. Ot ra 
función que debería cumplir esta unidad es el cont rol 
periódico y la correspondiente valoración de los malt ra-
tadores, sobre todo en relación con la aceptación de su 
nueva situación que, en ocasiones, es fuente de una ma-
yor agresividad, es decir, se t rataría de prevenir nuevas 
agresiones, posiblemente de mayor gravedad.
7. Establecer la posible disimulación o simulación de la de-
nuncia: si la valoración de estos aspectos en ot ros delitos 
ya es complej o, en el caso de la violencia de género pre-
senta aún mayor difi cultad. En la mayor parte de los ca-
sos de simulación en ot ros delitos el mot ivo fundamental 
es el económico. Sin embargo, en el caso que nos ocupa, 
al t ratarse de un t ipo delict ivo con característ icas espe-
ciales, es frecuente que la simulación vaya unida funda-
mentalmente a factores sent imentales, sin olvidar facto-
res económicos o j udiciales que estarían en un segundo 
plano. La experiencia indica que, efect ivamente, los 
sent imientos t ienen un papel relevante y es por lo que 
estas situaciones se deben valorar de forma diferente 
que, por ej emplo, una denuncia falsa en general. Un 
punto importante en la valoración de este t ipo de proce-
dimientos se produce sobre todo en los casos de violencia 
domést ica cont inuada, donde pueden exist ir oscilaciones 
Valoración médico-forense de la muj er malt ratada 113
en la relación de parej a, de tal manera que se puede 
pasar de la ocultación (disimulación) a la exageración 
(simulación) y viceversa. Esta alternancia en la act itud 
de la víct ima va unida en ocasiones a un intento de re-
const rucción de la parej a; este hecho es especialmente 
importante en los casos de disimulación18. Las principales 
causas de simulación son:
— Que la víct ima no acepte la ruptura de la parej a, sin que 
haya violencia previa.
— Que la parej a masculina no acepte la rupturade la rela-
ción.
— La intención de conseguir un posible benefi cio económico.
— La intención de la víct ima de conseguir la constancia, 
desde un punto de vista penal, de posibles malt ratos con 
fi n de conseguir ot ros benefi cios futuros.
— Denuncia que se interpone sin tener claro el mot ivo.
En el caso de los agresores, la simulación de las lesiones 
o “ autolesionismo” obedece fundamentalmente a los si-
guientes mot ivos:
— Intento de compensar emocionalmente el daño realiza-
do.
— Intento de j ust ifi car la agresión producida con el hecho 
de que la víct ima también agredió.
La detección de un caso de simulación de la víct ima 
debe l levar a determinar sus causas, ya que en ocasiones 
puede esconder un posible t rastorno psicológico. En caso 
cont rario, puede ser una fuente de violencia y por ello 
debe valorarse tanto a la víct ima como a su parej a y la 
relación famil iar para confi rmar que no hay malt ratos an-
teriores o, dicho de ot ra manera, debe realizarse una va-
loración del riesgo. La experiencia indica que no es infre-
cuente el intento de minimizar u ocultar las lesiones o las 
conductas agresivas del presunto agresor por parte de la 
víct ima. Los posibles mot ivos de disimulación son muy va-
riados:
— Intento de protección de la unidad familiar.
— Mot ivos laborales.
— Ocultación a los familiares y amigos.
— Dependencia económica del agresor.
— Dependencia afect iva del agresor.
— Protección del agresor.
— El miedo de la víct ima a las consecuencias j udiciales so-
bre el malt ratador.
— Miedo al agresor.
— Miedo a la nueva situación en que se queda t ras la denun-
cia.
— Ausencia de medidas sufi cientes de protección social y 
económica por parte de la administ ración.
— Posibles represalias por parte de su propia familia o la del 
agresor (especialmente relevante en determinados gru-
pos sociales cuya escala de valores está muy condiciona-
da por factores de arraigo cultural o religioso).
8. Creación de una base de datos epidemiológicos que pue-
da ut il izarse para adoptar medidas de protección, educa-
cionales, etc.19.
Metodología de la valoración médico-forense 
en los casos de violencia de género
Puede apuntarse una breve guía de actuación, para ello, el 
médico forense debe tener en cuenta las siguientes premi-
sas7,20:
— Deberá escuchar la experiencia de los malt ratos que rela-
ta la víct ima, asegurarle que no está sola y que no es 
culpa suya; apoyarla y asist irla en sus decisiones.
— Realizar las preguntas de forma sencilla y directa, formu-
larlas con claridad y mantener una act itud de escucha 
act iva y confi dencialidad; no emit ir j uicios morales e in-
dagar la posibilidad de malt ratos a ot ros miembros de la 
familia.
— Tener en cuenta que el agresor suele ser un varón de al-
rededor de 40 años, casado o conviviente con la víct ima, 
que en la mayoría de los casos no t iene un comportamien-
to agresivo fuera del ámbito familiar. En este aspecto, los 
médicos forenses experimentados en este t ipo de violen-
cia evitan, y así lo hacen ver a la víct ima, j ust ifi caciones 
y explicaciones a esta forma de agresión que buscan re-
ducir la responsabilidad y culpa del agresor, como:
• Característ icas personales del agresor (t rastorno men-
tal, adicciones, etc.).
• Característ icas de la víct ima (masoquismo, la muj er lo 
busca, lo provoca, es manipuladora, etc.).
• Circunstancias externas (est rés laboral, problemas eco-
nómicos, etc.).
• Los celos (crimen pasional).
• La incapacidad del agresor para cont rolar sus impulsos, 
etc.
Finalmente, sobre estos aspectos generales del método, 
para el diagnóst ico es fundamental conocer los síntomas y 
act itudes más frecuentes que pueden presentarse en casos 
de malt ratos21,22:
— Es frecuente que los síntomas físicos se correspondan con 
enfermedades mal defi nidas como cefaleas, dolor toráci-
co o abdominal, insomnio, disnea, etc. En caso de lesio-
nes agudas estos síntomas son fáciles de relacionar con la 
agresión; sin embargo, en caso de agresiones leves esta 
sintomatología es más dif ícil de relacionar con esa situa-
ción23.
— Estos síntomas suelen acompañarse de manifestaciones 
psíquicas como: confusión, ansiedad, somat izaciones, in-
tentos de suicidio, síndrome de est rés post raumát ico, 
anorexia-bulimia, nerviosismo e hipervigilancia.
— En general los malt ratos aumentan la prevalencia de los 
problemas de salud. Las muj eres que han sufrido violen-
cia de baj a intensidad, como empuj ones, zarandeos o 
amenazas, t ienen más probabilidad de padecer proble-
mas tanto f ísicos como psíquicos; no son infrecuentes los 
casos de diarrea, dolor abdominal y secreciones vaginales 
anormales24.
— La víct ima suele presentar un comportamiento que deno-
ta temor, vergüenza, sent imientos de culpa; t iene una 
mirada huidiza y aporta explicaciones vagas, cont radicto-
rias y confusas.
114 J.D. Casas Sánchez y M.S. Rodríguez Albarrán
Una vez atendidas las premisas anteriores, debe cent rar-
se el informe en la valoración médico-forense del caso de 
malt ratos del que corresponde informar durante la guardia 
y que, como hemos señalado, debe hacerse con la máxima 
diligencia y, al mismo t iempo, t iene que ser completo, de-
tallado y riguroso ya que de él se derivarán consecuencias 
importantes para la víct ima y para el agresor.
La metodología a seguir puede dividirse en los siguientes 
apartados:
Valoración de la documentación aportada
— Atestado policial: es un documento de vital importancia 
realizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Es-
tado (FCSE) que debe dar cumplimiento al protocolo es-
tablecido por la legislación. Para realizar nuest ra valora-
ción los elementos fundamentales que, como mínimo, se 
debe recoger son25,26:
• Fecha de producción de los hechos.
• Declaración de la víct ima.
• Declaración del agresor.
• Declaración de los test igos.
• Antecedentes penales del agresor.
• Valoración del riesgo.
• Descripción del lugar donde se han producido los hechos.
• I nformación sobre si la víct ima o el agresor se encont ra-
ban baj o los efectos de alguna sustancia tóxica.
— Parte de lesiones de la víct ima, que será detallado más 
adelante.
— Cualquier t ipo de documentación médica, relat iva a agre-
siones anteriores o al seguimiento de t ratamiento psi-
quiát rico.
— Parte de lesiones del agresor, en su caso.
Estos puntos, aunque de obligado cumplimiento, no siem-
pre aparecen en el atestado, lo cual difi culta no sólo la la-
bor del médico forense, sino también la de la autoridad 
j udicial.
Reconocimiento del detenido, del cual se 
obtendrán los siguientes datos27
— Información sobre enfermedades previas tanto f ísicas 
como psíquicas y posibles terapias que precise.
— Información sobre el consumo de drogas, haciendo hinca-
pié en el t ipo de droga, el hábito de consumo y si durante 
la agresión podía estar baj o los efectos de alguna sustan-
cia tóxica28-30.
— Existencia de lesiones que refi era como originadas por la 
parej a denunciante. En este punto es básico que consten 
la fecha de producción y su mecanismo, la dinámica de la 
agresión, etc. Esta información será út il para valorar la 
veracidad del hecho agresivo denunciado, así como para 
establecer la valoración médico-forense propiamente di-
cha de estas lesiones.
— Descripción de cómo ocurrieron los hechos que se denun-
cian.
— Valoración psiquiát rica, de vital importancia para esta-
blecer el riesgo de la víct ima.
Reconocimiento de la víctima
Se solicitará a la muj er durante el reconocimiento algunos 
detalles fundamentales para la realización del informe:
— Fecha o fechas en las que se produj eron las agresiones. 
Este dato es ext raordinariamente út il para conocer la ha-
bitualidad de las agresiones y para calcular, de la forma 
más aproximada posible, el periodo evolut ivo de las le-
siones que se obj et iven y su posible concordancia o no 
con lo relatado.
— Tipo de malt rato: debe pedirse a la víct ima quenos rela-
te el malt rato con todo t ipo de detalles, que evite expre-
siones genéricas y que refl ej e lo más fi elmente posible las 
acciones que se hayan producido.
— Medios ut ilizados: armas, objetos, manos, pies, etc. Este 
aspecto, sumado al anterior, es clave para establecer el 
grado de compat ibilidad pericial de causalidad entre dicho 
relato y las lesiones físicas o psíquicas que se observen.
— Estado de salud como enfermedades o t ratamientos mé-
dicos tanto previos como actuales31.
— Si el malt rato se ha producido en presencia de menores.
— Si algún ot ro miembro de la unidad familiar ha sido obj e-
to igualmente de malt ratos por el denunciado. Este dato 
y el anterior serán de interés para los casos en que se 
est ime la necesidad de una valoración pericial más pro-
funda por la UVFI.
— Situación laboral y económica de la víct ima, ya que pue-
de estar en relación con una act itud de miedo o incluso 
de la intención de ret irar la denuncia.
— Exploración física propiamente dicha: se establecerán con 
precisión y exact itud todas las lesiones y daños sufridos, 
incluidos tamaño, localización, número, estadio evolut ivo, 
si son heridas, quemaduras, contusiones, mordeduras, etc. 
Hay que fotografi ar estas lesiones con el mayor detalle po-
sible y compararlas con las recogidas en el parte de lesio-
nes del centro sanitario. Así, esta comparación puede ofre-
cer información sobre la evolución de las lesiones y posibles 
simulación o disimulación. En el caso de la valoración mé-
dico-forense de agresiones sexuales, debe seguirse el pro-
tocolo establecido. La experiencia apunta la conveniencia 
de que fuera el mismo médico forense quien realizara la 
valoración de la agresión sexual y del malt rato. Esta opi-
nión es aplicable también en el caso de muertes.
— Exploración psiquiát rica: en algunos casos, será necesario 
realizar pruebas psicomét ricas32.
Grado de compatibilidad
Según todo lo anterior, el médico forense deberá indicar en 
su informe si lo observado por él es compat ible o no con los 
hechos denunciados y relatados por la víct ima. La realiza-
ción de tal pericia no supone la demost ración del hecho, 
sino sólo una conclusión fundamentada cient ífi camente en 
términos de probabilidad y con la precaución establecida 
de la complej idad y variabilidad del caso.
Valoración de la seguridad de la víctima
Debe ser un obj et ivo fundamental de la valoración médico-
forense de violencia de género establecer la posibilidad de 
Valoración médico-forense de la muj er malt ratada 115
nuevas agresiones con el fi n de facilitar al j uez los elemen-
tos necesarios para que pueda adoptar las medidas de pro-
tección adecuadas. Esta valoración de riesgo la vienen rea-
lizando las FCSE, según la Inst rucción 10/ 2007 de la 
Secretaría de Estado de Seguridad modifi cada por la Ins-
t rucción n.o 5/ 2008 de esa secretaría.
El riesgo se puede valorar en dos momentos diferentes, 
durante la guardia del j uzgado de violencia sobre la muj er 
o en un momento posterior por parte de la UVFI en los casos 
en que se solicite.
A nuest ro j uicio, esa valoración se debe hacer durante la 
guardia, ya que es en ese momento cuando se debe detec-
tar la posibilidad de que la víct ima sufra nuevas agresiones. 
El inconveniente es el poco t iempo del que se dispone para 
realizar esa valoración.
De cualquier manera, hay una serie de elementos que 
tener en cuenta a la hora de decidir ciertas medidas de 
protección, por lo menos en un primer momento hasta que 
se pueda hacer una valoración más profunda33:
— Gravedad de las lesiones.
— Mecanismo de producción de las lesiones.
— Situación en la que se produce la agresión.
— Que el agresor ut il ice algún t ipo de arma u obj eto con-
tundente.
— Antecedentes de agresiones anteriores denunciadas.
— Antecedentes de agresiones anteriores no denunciadas 
pero que por la valoración que hacemos de la víct ima se 
puede llegar a confi rmar tal ext remo.
— Que el agresor consuma sustancias tóxicas.
— Que el agresor presente enfermedad psiquiát rica.
— Característ icas de la personalidad del agresor que pueden 
apuntar a que es una persona agresiva.
— Circunstancias laborales, sociales y familiares de la víct i-
ma.
— Just ifi cación por parte de la víct ima de la agresión.
— Dependencia emocional de la víct ima con respecto del 
agresor.
La valoración de estos puntos exige la realización de una 
ent revista psiquiát rica.
O’ Leary describió en 2007 t res factores que podían tener 
incidencia en la repet ición de las agresiones y que serían: 
los celos, los confl ictos mat rimoniales y los síntomas depre-
sivos34.
Como complemento de la ent revista, y sobre todo cuan-
do esa valoración se hace a post eriori, hoy día podemos 
ut il izar protocolos como el SARA (Spouse Abuse Risk As-
sessment , Kropp et al, 1995), que es una guía para predecir 
la violencia f ísica y sexual cont ra la parej a, o el DA (Danger 
Assessment Tool, Campbell, 1995), que permite valorar el 
riesgo de violencia psicológica cont ra la parej a35,36.
Una vez que se ha realizado una primera valoración del 
riesgo, las valoraciones posteriores que establece la legisla-
ción deberían realizarlas las UVFI, ya que disponen de los 
profesionales indicados.
Informe médico-forense
Tras el cumplimiento de los cinco puntos anteriores, debe 
elaborarse el informe médico-forense, en el cual se plasma 
el análisis médico-forense del caso concreto del acto agre-
sivo que se ha denunciado, con una valoración inicial de las 
lesiones que, como ya se indicó, es urgente al formar parte 
de las pruebas que la autoridad j udicial tendrá en cuenta a 
la hora de adoptar las medidas de protección adecuadas. En 
el caso de que la naturaleza de las lesiones así lo exij a, será 
preciso realizar, como mínimo, una segunda valoración ha-
ciendo hincapié sobre todo en el t iempo de curación, en el 
t iempo que ha estado impedida para la realización de sus 
ocupaciones habituales y en la descripción de las secuelas.
Los puntos que debe recoger el informe médico-forense 
de valoración inicial de las lesiones son18:
 1. Ident ifi cación del médico forense que realiza ese primer 
reconocimiento.
 2. Hora y día del reconocimiento.
 3. Ident ifi cación de la víct ima.
 4. Fecha y hora en que se produj o el hecho violento.
 5. Fecha y hora en que fue reconocida por los servicios 
sanitarios.
 6. Descripción de las lesiones recogidas en el parte de le-
siones.
 7. Descripción de las lesiones observadas por el médico 
forense.
 8. Relato de la víct ima de cómo se produj o la agresión.
 9. Valoración de la compat ibilidad ent re lo relatado por la 
víct ima y la naturaleza de las lesiones que presenta.
10. Tipo de asistencia médica recibida por la víct ima.
11. Valoración médico-forense de la asistencia médica reci-
bida, esto es, si se t rata de una primera asistencia fa-
cultat iva o de un t ratamiento médico y/ o quirúrgico.
12. Tiempo que ha precisado asistencia médica.
13. Tiempo de hospitalización.
14. Tiempo que ha estado impedida para la realización de 
su act ividad laboral.
15. Tiempo que ha estado impedida para la realización de 
act ividades propias de su vida diaria.
16. Descripción de posibles secuelas: en el caso de que, 
dada la naturaleza de las lesiones, en esta primera va-
loración no sea posible establecerlas, deberá ser citada 
nuevamente.
17. Observaciones:
— Valoración inicial del estado psicológico de la víct ima.
— Valoración del riesgo.
— Recomendaciones sobre las medidas de protección que 
deberían adoptarse.
— Valoración de la necesidad de t ratamiento, sobre todo de 
índole psicológico.
Bibliografía
1. Declaración de Beij ing. IV Conferencia Mundial sobre Muj eres, 
1995 [citado 9 Jun 2010]. Disponible en: ht tp:/ / www.j uridici-
cas.unam.mx/ publica/ librev/ rev/ derhum/ cont / 55/
2. Ley Orgánica 1/ 2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protec-
ción Integral cont ra la Violencia de Género. BOE núm.313 de 
29 de diciembre de 2004. p. 42166-42197.
3. Acuerdo del Pleno del Consej o General del Poder Judicial sobre 
Problemát ica Jurídica Derivada de la Violencia Domest ica, 
2001 [citado 9 Jun 2010]. Disponible en: ht tp:/ / www.j ust izia.
116 J.D. Casas Sánchez y M.S. Rodríguez Albarrán
net / docuteca/ Documentos/ 1043Acuerdo%20CGPJ%20problem
%DFt ica%20j urfdica%20violencia%20domTst ica.pdf
4. Capaldi DM, Short t JW, Kim HK, Wilson J, Crosby L, Tucci S. 
Offi cial incidents of domest ic violence: Types, inj ury and asso-
ciat ions with nonoffi cial sample aggression. Violence Vict . 
2009;24:502-19.
5. Castellano Arroyo M. Prólogo. Manual de Documentos Médico-
Legales. Badaj oz: Consej ería de Sanidad y Dependencia. Junta 
de Ext remadura; 2008. p. 9-12.
6. Pérez-Olleros Sánchez Bordona J. Actuaciones para la mej ora 
de la tutela j udicial desde los Juzgados compat ibles de violen-
cia de énero. Not icias Jurídicas [revista elect rónica] 2006 [cita-
do 9 Jun 2010]. Disponible en: ht tp:/ / not icias.j uridicas.com/
art iculos/ 55-Derecho%20Penal/ 200610-29532364611003.html
7. Lorente Acosta M. III Congreso del Observatorio sobre Violencia 
Domést ica y de Género; Madrid, 21 y 23 de octubre [citado 9 
Jun 2010]. Disponible en: ht tp:/ / www.poderj udicial.es/ ever-
suite/ GetRecords?Template=cgpj / cgpj / pj examinarmatdocen-
te.html&TableName=PJMATDOCENTE&dkey=194
8. Murty OP. Maid abuse. J Forensic Leg Med. 2009;16:209-96.
9. Casas Sánchez JD, Rodríguez Albarrán MS. Manual de Medicina 
Legal y Forense. 1.a ed. Madrid: Colex; 2000.
10. Wu V, Huff H, Bhandari M. Pat tern of physical inj ury associated 
with int imate partner violence in women present ing to the 
emergency department : A systemat ic review and meta-analy-
sis. Trauma Violence Abuse. 2010;11:71-82.
11. Garcia Minguito L. Estudio médico forense de la violencia de 
género. Análisis de calidad de los partes de lesiones. Tesis doc-
toral. Julio 2010.
12. Logan C, Blakbun R. Mental disorder in violent women in secu-
re set t ing: Potent ial relevance to risk for future violence. Int J 
Law Psychiat ry. 2009;32:31-8.
13. Williams GB. Violence and women’s mental health: The impact 
of physical sexual and psychological aggression. Trauma Violen-
ce Abuse. 2008;11:52-64.
14. Keanay JA. Women and children exposed to domest ic violence: 
Themes in maternal interviews about their childrens psychia-
t ric diagnoses. Issues Ment Health Nurs. 2010;3:74-81.
15. Recomendación del Consej o de Europa n.o R(98) del Comité de 
Minist ros de los Estados miembros sobre Mediación Familiar. 
1998 [citado 9 Jun 2010]. Disponible en: ht tp:/ / www.media-
cionenfamilia.com/ download/ RecomendacionConsej oEuropa.
pdf
16. Queen J, Nurse A, Brackley MH. Being emot ionally abused: A 
phenomenological study of adult womens experiences of emo-
t ionally abusive int imate partener relat ionsphips. Issues Ment 
Healt Nurs. 2009;30:237-45.
17. Easton CJ, Mandel D, Babuscio T, Rounssaville BJ, Carroll KM. 
Dif ferences in t reatment autcome between male alcohol de-
pendent offenders of domest ic violence with and without posi-
t ive drug screens. Addict Behav. 2007;32:2151-63.
18. Guía y Manual de Valoración Integral de la Violencia de Género 
y Domést ica. Bolet ín Informat ivo. Madrid: Bolet ín de Informa-
cion del Ministerio de Just icia; 2005.
19. Conradi L, Geffner R, Hamberger LK, Lawson G. An exploratory 
study of women as dominant aggresors of physical violence in 
their int ímate relat ionships. J Aggress Malt reat Trauma. 2009;
18:718-38.
20. Cochs Tarafa C. Apuntes para una intervención médico forense 
más efi caz en muj eres malt ratadas. Estudio sobre violencia fa-
miliar y agresiones sexuales. Madrid: Cent ro de Estudios Jurídi-
cos de la Administ ración de Just icia. 1999. p. 47-57.
21. Plazaola-Castaño J, Ruiz Pérez I. Violencia cont ra la muj er en 
la parej a y consecuencias en la salud f ísica y psíquica. Med Clin 
(Barc). 2004;122:461.
22. Bazex H, Thomas A, Cambalbert N. Implement ing a pluridisci-
plinarry network of int ímate partner violence prevent ion. En-
cephale. 2010;36:62-8.
23. Shephert S. Domest ic violence. Home is where the hat red is. 
Health Serv J. 2009;119:22-44.
24. Moore AM, Frohwirth L, Miller E. Male reproduct ive cont rol of 
women who have experienced int imate partner violence in the 
United States. Soc Sci Med. 2010;70:1737-44.
25. Inst rucción n.o 5/ 2008 de la Secretaría de Estado de Seguridad 
[citado 9 Jun 2010]. ht tp:/ / www.intermigra.info/ ext ranj eria/
archivos/ impresos/ Inst508.pdf
26. Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad 
y de coordinación con los órganos j udiciales para la protección 
de las víct imas de violencia domést ica y de género. 2005 [cita-
do 9 Jun 2010]. Disponible en: ht tp:/ / www.observatorioviolen-
cia.org/ upload_images/ Files/ DOC1182341620_PROTOCOLO_
ACTUACION_POLICIA.pdf
27. Orden de 16 de sept iembre de 1997 por la que se aprueba el 
Protocolo que han de ut il izar los médicos forenses en el reco-
nocimiento de detenidos. BOE núm. 231 de 26 de sept iembre 
de 1997. p. 28236-42.
28. Stuart GL, Temple JR, Follansbee KW, et al. The role of drug 
use in a conceptual model of int imate partner violence in men 
and women arrested for domest ic violence. Psychol Addict Be-
hav. 2008;22:12-24.
29. Smith JW. Addict ion medicine and domest ic violence. J Subst 
Abuse Treat . 2000;19:329-38.
30. Slad M, Daniel JJ, Heisler CJ. Applicat ion of forensic toxicology 
tho the problem fo domest ic violence. J Forensic Sci. 1991;36: 
708-13.
31. Hilton NZ, Harris GT, Rice ME. An indepth actuarial assessment 
for wife assault recidivism: The Domest ic Violence Risk Apprai-
sal Guide. Law Hum Behav. 2008;32:150-63.
32. Arce R, Forina F, Carballal A, Novo M. Creat ion and validat ion 
of a forensic protocol to asses psychological harm in bat tered 
women. Psicothema. 2009;21:241-7.
33. Cobo Plana JA. La prueba médico-forense en la Violencia de 
Género: Propuesta. Not icias Jurídicas. 2005 [citado 9 Jun 
2010]. Disponible en: ht tp:/ / not icias.j uridicas.com/ art iculos/
55-Derecho%20Penal/ 200410-111136111432256.html
34. O’ Leary KD, Smith Slep AM, O’ Leary SG. Mult ivariate models of 
men’s and women’s partner agression. J Consult Clin Psychol. 
2007;75:752-64.
35. Pueyo A. La predicción de la violencia cont ra la parej a. En: 
Echeburúa E, Fernández-Montalvo J, De Corral P, editores. Pre-
dicción del riesgo de homicidio y de violencia grave en la rela-
ción de parej a. Valencia: Serie de Documentos Cent ro Reina 
Sofía; 2009. p. 21-53.
36. Humphrey J, Lee KA. Interpersonal violence in associated with 
depression and chronic physical health problems in midlife wo-
men. Issues Mental Health Nurs. 2009;30:206-13.
	Valoración médico-forense de la mujer maltratada
	Introducción
	Objetivos de la valoración médico-forense de la violencia de género
	Metodología de la valoración médico-forense en los casos de violencia de género
	Valoración de la documentación aportada
	Reconocimiento del detenido, del cual se obtendrán los siguientes datos27
	Reconocimiento de la víctima
	Grado de compatibilidad
	Valoración de la seguridad de la víctima
	Informe médico-forense
	Bibliografía

Continuar navegando