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Ensayo sobre: Derecho Aeronáutico, Derecho Aeronáutico Nacional, Derecho Aeronáutico Internacional y su importancia.
 	El transporte aéreo es un servicio, con características y modalidades propias, el medio de transporte aéreo es la aeronave, la cual fue creada, para el desplazamiento a través del espacio aéreo, su función primordial es la trasladar personas y cosas, en su desplazamiento ocurre un hecho técnico que es típicamente internacional, puesto que por su amplio alcance, sobrevuela diferentes países y queda sometida la aeronave y su tripulación a diversas regulaciones y jurisdicciones. Este hecho hizo que, aun antes del desarrollo de las grandes rutas aéreas internacionales y de la formación consolidada de las legislaciones internas de los Estados, se creara un conjunto de normas internacionales.
El Derecho Aeronáutico sin lugar a dudas, es una de las más importantes disciplinas jurídicas actuales, ya que regula a nivel nacional e internacional no sólo las actividades que en el espacio aéreo, sino también la problemática concerniente al transporte aéreo, por ende es el derecho aeronáutico entonces un conjunto de principios y normas de Derecho público y privado, de orden nacional e internacional, que se encarga de regular las instituciones y relaciones jurídicas procedidas del tráfico aéreo.
El carácter internacional del transporte aéreo pide exigir un marco tanto nacional como internacional, que defina un juego de normas mínimo, común para todos los países, así como también conlleva a la realización de acuerdos, tratados y convenios particulares entre dos o más naciones, sobre aspectos por demás de más de particulares del transporte aéreo. El sistema de Convenios es el tradicional del Derecho Internacional, normalmente firmados por representantes de diversos países.
En la elaboración de los convenios de Aviación Civil se pueden distinguir dos etapas diferentes: una antes de 1947, cuando no existían organismos especializados para su elaboración, los textos se preparan en las reuniones plenarias y no eran revisados frecuentemente, y otra etapa que va desde la creación de OACI (1947), la presencia de todos los Estados miembros de OACI hace lenta y difícil la ratificación y entrada en vigor de los acuerdos. 
Para la aplicación de los referidos Convenios sobre el Transporte Aéreo Internacional, las partes procurarán facilitar y comunicar los elementos que intervienen desde la seguridad, los aeropuertos, las licencias, las aeronaves, la navegación aérea, el ambiente, el estado del tiempo-informe meteorológico, las publicaciones actualizadas, así como las Reglas para volar, la aeronavegabilidad, la investigación en casos de accidentes sea por búsqueda, rescate y seguimiento de los efectos ocurridos.
La imperiosa necesidad de garantizar la seguridad de la actividad aérea y de resolver los numerosos problemas surgidos por el sobrevuelo de numerosos países aunque en un solo espacio aéreo, obliga a adoptar normas y convenios comunes o idénticas; las que, a su vez, se originan porque la manifestación técnica de todos y cada uno de los vuelos en todo el mundo es idéntica, a diferencia de la cultura y los sistemas jurídicos, lo que motivó al famoso jurista uruguayo Eduardo Couture a delinear su célebre frase: “todos los Estados son ribereños del inmenso océano del aire”. Con esta afirmación, no solo destacó la unicidad del espacio aéreo sino la vinculación con el mismo de todos los Estados de la tierra.
 	Cabe destacar que desde el otorgamiento de licencias al personal de vuelo hasta las características esenciales que debe tener la instalación de un aeropuerto, todo ello se halla enmarcado en una densa textura reglamentaria, y va agregándose a esto con el evolucionar del día a día de la tecnología, en la cual han de ir modificándose esas disposiciones, sin que ello exija modificar las normas de fondo. 
 	La importancia del Derecho Aeronáutico se encuentra relacionada directamente a la importancia de la navegación aérea, el uso de una aeronave como medio de transporte ha permitido al hombre eliminar los factores de tiempo y distancia, permitiendo así, una rapidez en el desplazamiento de las personas y la carga, a través de las grandes distancias. Como consecuencia de ello, la aviación ha sido un factor de gran importancia y relevancia en el incremento del comercio, así como también en el intercambio de ideas entre los pueblos. La importancia del Derecho Aeronáutico aumenta cada día más, en proporción al incremento mundial del hecho que reglamenta, la actividad aérea con todas las consecuencias que le son inherentes, jurídicas, económicas, sociales y psicológicas, se desarrolla con ritmo vertiginoso.
El creciente avance de la aviación y las exigencias del transporte aéreo internacional hicieron urgente e imprescindible contar con una norma vinculante, de alcance universal, en la cual inicialmente se produjeron negociaciones bilaterales entre Estados Unidos-Inglaterra, Estados Unidos-Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) y Estados Unidos-España. Luego de ello, sobrevinieron las conferencias regionales de Londres (mayo de 1944) y de Montreal (octubre de 1944) para concluir, atendiendo una invitación de los Estados Unidos, en la Conferencia de Chicago, realizada, entre el 1 de noviembre al 7 de diciembre de 1944. Sólo quedó fuera de este último la URSS -que justificó su ausencia por la participación de tres Estados con los que no tenía relaciones diplomáticas (España, Portugal y Suiza)- y las Potencias del Eje. Esta Conferencia trajo consigo los inicios y el nacimiento de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
El Convenio de Chicago de 1944 rige los destinos de la comunidad internacional a través de la OACI y conjuntamente con el Convenio de Varsovia de 1929, resultaron los dos textos internacionales más importantes para la aviación civil internacional. Al entrar en vigencia el convenio de Chicago, comienza y se expande otra nueva etapa en la historia del Derecho Aeronáutico, caracterizada por un constante crecimiento de la materia, tanto en los aspectos doctrinarios y legislativos como en el terreno judicial, en conjunción con el también deslumbrante desarrollo de la tecnología aérea en todos sus aspectos. 
“El Convenio de Chicago”, constituye el marco fundamental y regulador de la aviación civil o comercial mundial, en el cual se definen las cinco (5) Libertades del Aire. La aceptación de los derechos aerocomerciales provenientes de tales Libertades, dejaron evidente, que este Convenio cerró el debate político, comercial y académico respecto a los principios de la libertad absoluta o irrestricta de aeronavegación (“Cielos abiertos”), al establecer categorías o modalidades que regulaban la concesión de derechos para la aeronavegación comercial, acotando de ese modo, el tránsito aéreo internacional en virtud de los mercados y las rutas internacionales.

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