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documentos aecadocumentos aeca Principios y Normas de Contabilidad20 Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas aeca El estado de fl ujos de efectivo El estado de fl ujos de efectivo La obligatoriedad de incluir un Estado de Flujos de Efectivo (EFE) en las empresas medianas y grandes españolas, a partir de la aprobación del Plan General de Contabilidad de 2007, ha puesto de manifi esto las difi cultades de elaboración de este nuevo estado fi nanciero, inspirado en la normativa internacional vigente desde los años noventa. Aunque relativamente fácil de leer, la confección del mismo, a partir de los registros contables generales de la entidad, plantea no pocas dudas y opciones, de las que se ha ocupado este Documento de la Comisión de Principios contables de AECA, completando y actualizando el Documento que con el mismo nombre se emitió hace más de veinte años. Debido a las difi cultades que plantea la lectura e interpretación del método indirecto de presentación de los fl ujos netos de efectivo de la explotación, se recomienda incluir en una nota el cálculo de los mismos utilizando el procedimiento directo (cobros a clientes menos pagos a proveedores y acreedores, personal, intereses e impuestos). Se abordan además en el texto las difi cultades para el cálculo de determinadas partidas del EFE (compras a plazo y arrendamientos, partidas en moneda extranjera, impuesto sobre benefi cios e IVA, créditos a corto plazo, etc.), a la vez que se recomienda completar el conjunto de notas obligatorias con otras que expliquen aspectos destacados para la comprensión del contenido del EFE. El Documento se completa con un extenso ejemplo, que lleva a la presentación del EFE utilizando tanto el método directo como el indirecto para los fl ujos de las actividades de explotación. Statement of Cash Flows The obligation to include a Statement of Cash Flows (SCF) in large and medium-sized Spanish companies from the approval of the General Accounting Plan of 2007, has shown the diffi culties for companies in elaborating this new fi nancial statement which was inspired by the international regulations in force since the 1990s. Although it is relatively easy to read, its elaboration from the general accounting records of the entity includes quite a number of options and doubts. For this reason the accounting principles committee of the AECA has addressed the issue in this document by completing and updating the document that was issued more than 20 years ago with the same name. Due to the diffi culties that arise from the reading and interpretation of the indirect method in the presentation of net operating cash fl ows, it is recommended to include a note for the same calculation using the direct procedure (cash receipts from customers less payments to suppliers and creditors, staff, interest and taxes). Diffi culties in the calculation of certain other items of the SCF are addressed (credit purchases and leases, amounts in foreign currency, income taxes and vat, short term loans, etc.). Moreover, it is recommended in the text to complete the mandatory set of notes with other notes that explain aspects highlighted for the understanding of the content of the CFS. The document is complemented by an extensive example, leading to the presentation of the CFS using both the direct and indirect method for fl ows from operating activities. D O C U M E N T O S A E CA SERIE PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD El estado de fl ujos de efectivo (Revisado en diciembre de 2013) Revisión anterior: enero de 1988 Documento nº 20 Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) Documento revisado en 2013 Tras la profunda reforma llevada a cabo en nuestro ordenamiento contable, fruto, a su vez, de profundas transformaciones en la normativa internacional, AECA ha considerado conve niente realizar una tarea de revisión de los distintos Documentos Contables que ha ido promulgando a lo largo de su historia para ajustarlos al nuevo escenario. A tal fi n, su Comisión de Principios y Normas de Contabilidad emite el presente Documento revisado. Los Documentos de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) recogen las conclusiones de sus distintas Comisiones de Estudio acerca de temas espe- cífi cos de interés profesional. La diversidad en la composición de estas Comisiones de Estudio, con expertos de sectores, enfoques e intereses distintos, garantiza un proceso de elaboración y discusión rico en matices y riguroso de fondo, aportando a los pronun cia mien tos de AECA su distintivo de general aceptación. © Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas Rafael Bergamín, 16 B - 28043 Madrid Tels.: 91 547 44 65 - 91 547 37 56 Fax: 91 541 34 84 info@aeca.es · www .aeca.es ISBN: 978-84-15467-89-2 1ª edición - Enero 2014 El contenido de este Documento no podrá ser reproducido en forma alguna sin la previa autorización por escrito de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) La primera edición del presente Documento está abierta a la opinión de los socios de AECA y del conjunto de interesados en las materias tratadas COMISIÓN DE PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD DE AECA PRESIDENTE: Enrique ORTEGA CARBALLO Gómez-Acebo & Pombo Abogados PONENTES DE ESTE DOCUMENTO: José Antonio GONZALO ANGULO Universidad de Alcalá Javier PÉREZ GARCÍA Universidad de Alcalá VOCALES: Francisco ALMUZARA GUZMÁN ASNEF-Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito Mario ALONSO AYALA Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España Javier CALVO GONZÁLEZ-VALLINAS Banco de España Leandro CAÑIBANO CALVO Universidad Autónoma de Madrid (UAM) Enrique CORONA ROMERO Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) Justo CORREAS MARTÍNEZ Auditor Alicia COSTA TODA Universidad de Zaragoza David GARCÍA RÍOS Intervención General de la Administración del Estado José María GAY DE LIÉBANA Asociación Española de Asesores Fiscales José Ramón GONZÁLEZ Iberdrola Gerardo HERMO BLANCO Asociación Española de la Industria Eléctrica (UNESA) Felipe HERRANZ MARTÍN Universidad Autónoma de Madrid (UAM) Jorge HERREROS ESCAMILLA KPMG Auditores Lorenzo LARA LARA REGA-Consejo Superior de Colegios Ofi ciales de Titulados Mercantiles y Empresariales Alejandro LARRIBA DÍAZ-ZORITA AECA José Luis LÓPEZ COMBARROS Banesto Araceli MORA ENGUÍDANOS Universidad de Valencia Fernando PEÑALVA ACEDO IESE Juan REIG Garrigues Abogados y Asesores Tributarios Florentina ROS AMORÓS Delegación Central de Grandes Contribuyentes-AEAT José Luis SÁNCHEZ FERNÁNDEZ DE VALDERRAMA Instituto de Analistas Financieros Francisco SUÁREZ ENCISO Auditor Jorge TUA PEREDA Universidad Autónoma de Madrid (UAM) Raúl Óscar YEBRA CEMBORÁIN Auditor Constancio ZAMORA RAMÍREZ Universidad de Sevilla ÍNDICE Pág. INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………………………………………………………08 20.1. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO SEGUN LA COMISIÓN DE PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD DE AECA ………………………………………………………………………………10 20.1.1. Defi nición y propósito ………………………………………………………………………………10 20.1.2. Criterios generales ……………………………………………………………………………………11 20.1.3. Principios generales aplicables …………………………………………………………………13 20.1.4. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes …………………………………………14 20.1.5. Flujos líquidos por actividades de explotación …………………………………………15 20.1.5.1. Por operaciones de explotación (en sentido estricto): el método indirecto como formato principal ………………………………16 20.1.5.1.1. El EBITDA: algunas precisiones de cálculo ………………19 20.1.5.1.2. Efecto de los cambios en capital circulante operativo: evaluación de la gestión del circulante ………20 20.1.5.2. Estado de conciliación de la tesorería generada en la explotación: el método directo como formato a incluir en la memoria ……………22 20.1.5.3. Poringresos y gastos fi nancieros corrientes …………………………………24 20.1.5.4. Por impuestos sobre benefi cios ……………………………………………………24 20.1.6. Flujos líquidos por actividades de inversión ……………………………………………25 20.1.7. Flujos líquidos por actividades de fi nanciación ………………………………………28 20.1.8. Compras de inmovilizado a crédito …………………………………………………………28 20.1.9. Flujos líquidos derivados de pagos de provisiones ……………………………………29 20.1.10. Flujos líquidos por operaciones interrumpidas y por activos no corrientes mantenidos para la venta ……………………………………………………30 20.1.11. Flujos líquidos por operaciones no usuales ………………………………………………30 20.1.12. Flujos de ejercicios anteriores …………………………………………………………………31 20.1.13. Flujos en moneda extranjera ……………………………………………………………………31 20.1.14. Flujos por impuestos ………………………………………………………………………………31 20.1.14.1. Impuestos sobre benefi cios ………………………………………………………32 20.1.14.2. Impuesto sobre el valor añadido ………………………………………………32 20.1.14.2.1. IVA en el método indirecto ……………………………………32 20.1.14.2.2. IVA en el método directo …………………………………………33 20.1.14.3. Otros impuestos ………………………………………………………………………33 Pág. 20.1.15. Operaciones con pago aplazado o en especie ……………………………………………34 20.1.16. Cartera de negociación ……………………………………………………………………………34 20.1.17. Flujos brutos o netos ………………………………………………………………………………35 20.1.18. Notas al estado de fl ujos de efectivo …………………………………………………………36 20.1.19. EFE previsional ………………………………………………………………………………………37 20.1.20. EFE reducido ……………………………………………………………………………………………38 20.2. ANEXO I. DISPOSICIONES LEGALES Y NORMALIZADORAS RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN DE LOS FLUJOS DE TESORERÍA ……………………………………41 20.2.1. Código de Comercio …………………………………………………………………………………41 20.2.2. Ley de Sociedades de Capital ……………………………………………………………………42 20.2.3. Plan General de Contabilidad 2007 …………………………………………………………42 20.2.3.1. Estado de Flujos de Efectivo (EFE) ……………………………………………43 20.2.3.2. Estado de Flujos de Efectivo Previsional………………………………………47 20.2.4. EFE en cuentas consolidadas ……………………………………………………………………47 20.3. ANEXO II. EJEMPLOS DE APLICACIÓN DEL DOCUMENTO ……………………………49 20.3.1. Modelo de EFE ……………………………………………………………………………………………49 20.3.2. Determinación de los fl ujos de efectivo por actividades de explotación ……53 20.3.2.1. Presentación de los fl ujos de efectivo generados en las actividades de explotación: método indirecto ……………………61 20.3.2.1.1. Otros fl ujos de efectivo de las actividades de explotación …………………………………………………………65 • Por ingresos y gastos fi nancieros corrientes ………65 • Por impuestos sobre benefi cios ……………………………65 • Otros cobros (pagos) ……………………………………………66 20.3.2.2. Cálculo de la tesorería generada en la explotación por el método directo: un modelo de conciliación a incluir como información complementaria en la memoria ………………………………67 20.3.2.2.1. Estado de conciliación del efectivo generado en la explotación ………………………………………………………68 20.3.3. Flujos de efectivo de las actividades de inversión ……………………………………68 20.3.4. Flujos de efectivo de las actividades de fi nanciación ………………………………72 20.3.5. Estado de fl ujos de efectivo completo y notas …………………………………………74 INTRODUCCIÓN Desde la emisión del primigenio Documento nº 20 de AECA sobre el Estado de fl ujos de tesorería, la Comisión de Principios y Normas de Contabilidad quiso sumarse a una co- rriente mundial que, como se ha confi rmado con el transcurso del tiempo, difícilmente podría haber sido evitada por parte de cualquier país desarrollado, cual es la de unir a la información contable tradicional la procedente de los fl ujos líquidos. La entrada en vigor de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en enero de 2005 introdujo, por primera vez en España, la obligación de presentar, jun- to con el balance, estado de resultados, estado de cambios en patrimonio neto y notas, un estado de fl ujos de efectivo que explicara detalladamente las causas de la variación del efectivo y equivalentes, según procedieran de actividades de explotación, inversión o fi nanciación. Sin embargo, tal obligación sólo afectaba a la presentación de cuentas consolidadas de aquellas entidades cuyos títulos cotizaran en algún estado miembro de la Unión Europea. Posteriormente, con la aprobación del Plan General de Contabilidad a fi nales de 2007, la obligación de presentar un estado de fl ujos de efectivo se extendió a gran parte de las empresas y, más concretamente, a aquellas obligadas a presentar el formato normal de balance, estado de cambios en patrimonio neto y memoria al rebasar los límites de tamaño previstos al efecto1 incurriendo, en tal caso, no sólo en la obligación de presentar el estado de fl ujos de efectivo –que ha venido a reemplazar, como ya ha venido ocurriendo en otros países, al antiguo cuadro de fi nanciación2–, sino también de presentar el informe de gestión. Los cambios normativos descritos nos han llevado a actualizar y revisar el Documen- to AECA sobre el Estado de fl ujos de tesorería, manteniendo nuestra profunda convicción sobre la utilidad de incorporar a la información fi nanciera la imagen de los movimientos de tesorería habidos en el período. Conocer los fl ujos líquidos que explican la variación de tesorería del periodo ayuda, mejor que ningún otro instrumento, a conocer los avatares con que se ha enfrentado la 1 Aquellas entidades en las que a la fecha de cierre del ejercicio, concurran al menos dos de las circuns- tancias siguientes: que el total de activo supere los 4.000.000 euros; que la cifra de negocios supere los 8.000.000 euros; que el número medio de trabajadores sea superior a 50. 2 El cuadro de fi nanciación mostraba los movimientos habidos en el capital circulante neto o fondo de maniobra de la empresa, identifi cando las operaciones que daban lugar a un aumento del fondo de maniobra –orígenes de fondos–, así como aquellas otras que provocan una disminución del mismo –aplicaciones de fon- dos–. Por su parte, el estado de fl ujos de efectivo trata de explicar la variación del efectivo y equivalentes, identi- fi cando si tal variación obedece a actividades de explotación, inversión o fi nanciación. 9E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O gestión fi nanciera de la entidad, pieza clave de la administración y dirección global de las empresas. En este sentido, y desde nuestra perspectiva, el estado de fl ujos de efectivo se confi - gura como un estado fi nanciero en el que se muestra no sólo la capacidad de generación de fl ujos de efectivo derivados de las actividades de explotación de la entidad, sino tam- bién la aplicación de tales fl ujos a inversiones –que se habrán efectuado, a su vez, con la intención de incrementar o mantener la capacidad futura de generación de efectivo–, a devolver deuda y a pagar dividendos. En suma, se trata de un estado que contiene información clave para la toma de deci- siones por parte de diversos usuarios de la información fi nanciera empresarial. Por otra parte, la experiencia acumulada en la elaboración y presentación del estado de fl ujos de efectivo nos ha permitido identifi car problemas y errores frecuentes que tra- taremos de poner de manifi esto con el fi n de satisfacer la demanda de las empresas, de los profesionales, de los docentes y demás usuarios, ofreciendo una guía para la confección y presentación de este tipo de estados que se presentan actualmente en España. 20.1. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE FLUJOS DE TESORERÍA SEGÚN LA COMISIÓN DE PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD DE AECA 20.1.1. Defi nición y propósito El Estado de Flujos de Efectivo (EFE) es un documento fi nanciero que muestra, debi- damente ordenados y agrupados por categorías o tipos de actividades, los cobros y los pagos habidos en una entidad, con el fi n de informar acerca de los movimientos de efec- tivo producidos en el ejercicio, así como de ayudar al entendimiento de la evolución de la tesorería y demás medios líquidos manejados por la empresa durante el mismo.El EFE debe interpretarse siempre en conjunción con el resto de los estados fi nan- cieros suministrados por la entidad, ya que complementa dentro de su objetivo general, cual es el de obtener una imagen fi el del patrimonio, situación fi nanciera y resultados de la entidad en el período. La inclusión de un EFE puede resultar, a los usuarios de las cuentas anuales de las empresas, particularmente útil en las siguientes situaciones: a) Cuando se está evaluando la capacidad de la empresa para generar fl ujos líquidos. b) Al juzgar la política de distribución de dividendos, ya sea en el caso de dividendos a cuenta3, ya en el caso de dividendos defi nitivos del ejercicio. e) Siempre que se desee estimar la capacidad que la empresa tiene para pagar los intereses o el principal de las deudas, o bien sus posibilidades para aumentar o reducir el endeudamiento. d) Cuando se quiera encontrar la relación que tienen las cifras de ingresos y gastos con las de los correspondientes cobros y pagos del ejercicio. e) Siempre que se deseen conocer las pautas que ha seguido la empresa para la gene- ración y el empleo de los recursos líquidos, en el ejercicio que se termina y en los demás que se presentan como información comparativa. f) Al elaborar proyecciones futuras sobre fl ujos líquidos (véase apartado 1.19). Para justifi car la aparición y amplia aceptación del EFE en el mundo empresarial, desde mediados de la década de los ochenta, que ha llevado a la práctica totalidad de 3 El artículo 277 de la Ley de Sociedades de Capital exige, como requisito previo al reparto de dividendos a cuenta, la formulación de un estado contable en el que se ponga de manifi esto la existencia de liquidez sufi cien- te para la distribución, exigiendo asimismo la inclusión de dicho estado en la memoria. 11E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O los países del mundo a adoptarlo como único documento informativo sobre los fl ujos de fondos de la entidad, se han utilizado dos argumentos principales. El primero de ellos tiene que ver con la facilidad de comprensión del estado fi nanciero, que puede ser leído e interpretado por cualquier usuario, incluso si carece de conocimientos técnicos, ya que los fl ujos de efectivo aparecen ligados a operaciones cuya mera descripción hace que el usuario comprenda la naturaleza subyacente, por la proximidad de las mismas a la activi- dad común de cualquier persona. La segunda razón tiene relación con la objetividad que preside la medida de los fl ujos de efectivo, ya que, por lo general, no se tienen que elegir criterios contables alternativos para la valoración de los mismos, ni se tienen que repartir tales fl ujos en el tiempo utilizando el criterio del devengo. En efecto, si se consideran sólo los fl ujos de efectivo, no es necesario hacer periodi- fi caciones de gastos corrientes o de capital, ni estimar las amortizaciones y deterioros de los activos, aunque, por otra parte, se pierde la información que está contenida en las partidas de la cuenta de resultados, calculadas utilizando el citado principio del devengo. Por eso, el EFE no viene a sustituir a ningún otro estado fi nanciero principal, sino a complementarlo, ofreciendo información que el lector puede encontrar útil para tomar ciertas decisiones, pero que es insufi ciente, por sí misma, para abarcar todas las necesi- dades del usuario. 20.1.2. Criterios generales El presente Documento es básicamente una guía para que las empresas publiquen in- formación contable en términos de fl ujos de efectivo. Para ello, y dado que en el Plan General de Contabilidad se ha optado por un modelo obligatorio basado en gran medida en el método indirecto4 –sin perjuicio de que algunas partidas se calculen de forma direc- ta–, tomaremos como referencia y telón de fondo esta forma de presentación obligatoria identifi cando los problemas frecuentes con el fi n último de ofrecer a los usuarios del esta- do de fl ujos de efectivo una información relevante y fi able, tratando de eliminar aquellas distorsiones que pudieran aparecer en el proceso de elaboración y presentación de un estado que, como sabemos, forma parte de las cuentas anuales de muchas empresas y, en consecuencia, se sitúa al mismo nivel que el resto de estados fi nancieros obligatorios, completando la información contenida en ellos. En otras palabras, este Documento puede considerarse como una guía que aclara y desarrolla las normas vigentes en España para la determinación y valoración de las partidas del Estado de fl ujos de efectivo, dentro de los criterios generales de clasifi cación y presentación del mismo. Además, se introduce la conveniencia de revelar cierta infor- mación adicional que puede ayudar a comprender el contenido del EFE y su relación con otros documentos que componen las cuentas anuales. El EFE recoge los movimientos habidos en el conjunto formado por el efectivo y otros activos líquidos equivalentes5, agrupándolos en tres categorías de actividades: de explotación –entendida en su sentido amplio–, de inversión y de fi nanciación. 4 En el método indirecto se trata de alcanzar la cifra de tesorería generada en la explotación partiendo de una variable indirecta –que teóricamente podría ser el resultado de explotación, resultado antes de impuestos o el resultado neto-, para efectuar los ajustes oportunos con el objeto de, por una parte, eliminar aquellos gastos o ingresos que nunca moverán fl ujos o que, moviéndolos, se considerarían fl ujos procedentes de actividades de inversión. Una vez obtenida, con estos ajustes, la generación de recursos de la entidad, cuya conversión en liqui- dez dependerá del tiempo, se procedería a efectuar los ajustes por cambios en el capital corriente –deduciendo los incrementos o sumando las disminuciones del mismo–, para obtener la tesorería generada en la explotación. Con el método directo se obtendría igualmente la tesorería generada en la explotación, identifi cando las principales categorías de cobros y pagos que se han producido en el periodo –cobros a clientes, pagos a provee- dores y acreedores, pagos al personal, pagos a las administraciones públicas....– . 5 El concepto de efectivo y otros activos líquidos equivalentes integra no sólo la tesorería depositada en 12 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O Al respecto cabe destacar que los fl ujos de efectivo de explotación podrían estar dis- torsionados al incluir fl ujos de efectivo de carácter excepcional tales como indemniza- ciones, multas o cualquier otro resultado de carácter no recurrente. Esto es debido a que generalmente los fl ujos derivados de actividades de explotación incluyen no sólo los fl ujos derivados de las actividad operativa de la entidad, sino también cualquier otro cobro o pago que, por exclusión, no pueda ser considerado de inversión o fi nanciación. En consecuencia, en el hipotético caso de que existieran fl ujos de carácter no usual de importes signifi cativos deberán identifi carse, siguiendo los criterios previstos en el apar- tado 20.1.11. de éste Documento. Cada una de las tres actividades señaladas anteriormente produce un défi cit o supe- rávit neto. La posición líquida inicial, más la suma algebraica de los excedentes derivados de las actividades descritas, ha de arrojar el montante de la posición líquida fi nal. Las actividades de explotación o habituales en la empresa constituyen el bloque del que se esperan fl ujos líquidos de forma recurrente o regular. Para la mejor comprensión del proceso de generación de liquidez, así como para que el usuario pueda asociar; en la medida de lo posible, benefi cios netos y fl ujos de efectivo, los fl ujos líquidos derivados de actividades de explotación se presentan escindidos en tres grupos según procedan de: • Operaciones de explotación (en sentido estricto). • Ingresos y gastos fi nancieros corrientes. • Impuesto sobre benefi cios. Esta estructura tiene relación con la que presenta la cuenta depérdidas y ganancias, para que el lector o usuario de la información encuentre más fácil la correlación que busca entre los fl ujos económicos, que tienen refl ejo en la cuenta de resultados, y los de carácter monetario, representados en el EFE. Si aplicásemos el método directo, la presentación de los fl ujos de explotación se efec- tuaría presentando los distintos cobros y pagos agrupados por los diferentes tipos de actividades, de manera que se refl eje lo más fi elmente posible la actividad de la empresa en el período. Aunque no cabe duda de que esta forma de presentación facilita tanto la elaboración de proyecciones fi nancieras como la comprensión del estado contable que el usuario obtiene al encontrar las fuentes directas de generación de fondos líquidos (cobros de clientes o cobros de intereses, por ejemplo), así como los destinatarios de los pagos realizados (a proveedores, al personal, etc.), en la práctica su elaboración plantea mayores difi cultades que el método indirecto, por lo que la normativa nacional ha elimi- nado la opción contemplada en las NIIF, decantándose por este último método para los fl ujos de explotación (en sentido estricto), manteniendo la información directa sobre los pagos de intereses, cobros de intereses y dividendos y pagos por el impuesto sobre bene- fi cios. En el presente Documento se aconseja presentar también los cobros y pagos de la explotación, utilizando el método directo, a través de una nota a los estados fi nancieros. Como principio general, y como es lógico, para la confección del estado fi nanciero, en el EFE no se hacen aparecer como pagos o cobros más que los efectivamente efectuados o recibidos por la entidad. Por tanto, no tienen refl ejo las transacciones que no se liquidan en efectivo, ni las compensaciones o pagos en especie de deuda, ni las adquisiciones de activos con pago aplazado, ni las permutas. Tampoco se sustituyen estas operaciones en especie por cobros y pagos simultáneos, ya que esto introduciría fl ujos que no han tenido lugar en la empresa. Por otra parte, este principio general también incluye como fi losofía la caja de la empresa y los depósitos bancarios a la vista –incluidos los descubiertos en cuenta corriente, que fi gu- rarán con signo negativo–; sino también aquellos instrumentos fi nancieros convertibles en efectivo en un plazo no superior a tres meses, siempre que no estén sujetos a cambios signifi cativos en su valor y formen parte de la política de gestión normal de la tesorería de la empresa. 13E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O no disociar, en la medida de lo posible, ningún pago o cobro en sus componentes si los mismos pertenecen a dos o más actividades diferentes, y no compensar pagos y cobros entre sí, salvo en casos muy singulares que se especifi quen. En el desarrollo del Docu- mento se verán algunas excepciones a estos principios, como por ejemplo la separación de los pagos por arrendamientos fi nancieros entre intereses (actividades de explotación) y amortización del principal (actividades de fi nanciación) o la posibilidad de presenta- ción en términos netos de los movimientos habidos en los préstamos a corto plazo. Con independencia de que el Documento tome como referencia el método indirecto para la presentación de los fl ujos de efectivo de explotación (en sentido estricto), que per- mitirá analizar la relación entre rentabilidad y liquidez, en el mismo se establece que la información deberá ser complementada revelando información sobre los fl ujos de efecti- vo de explotación calculados por el método directo, identifi cando las principales catego- rías de cobros y pagos –cobros de clientes, pagos al personal, pagos a proveedores, etc.– El excedente derivado de las actividades de explotación es la pieza clave de la infor- mación sobre fl ujos líquidos, porque indica desde el punto de vista fi nanciero las posibili- dades que la empresa tiene de cubrir las necesidades de fondos líquidos en las actividades de inversión (ya sea esta de mantenimiento o de crecimiento) y de fi nanciación. Los fl ujos de cobros y pagos por actividades de inversión, que son las relacionadas con el inmovilizado intangible y material de la empresa, propiedades inmobiliarias, acti- vos no corrientes mantenidos para la venta, así como con las inversiones fi nancieras de todo tipo llevadas a cabo por la entidad, salvo las que estén comprendidas en la propia defi nición de efectivo y otros equivalentes líquidos, se presentan clasifi cados según las diferentes categorías de operaciones de inversión y desinversión. El excedente producido por las mismas, défi cit o superávit, muestra el esfuerzo inversor, medido en términos de consumo de fl ujos líquidos en el período. Los fl ujos de cobros y pagos por actividades de fi nanciación, que son las relacionadas con el pasivo no comercial, a corto o largo plazo, y con el patrimonio neto, incluidos los pagos de dividendos, se presentan también clasifi cados por las diferentes categorías de operaciones (ampliación de capital, reembolsos, compra o venta de acciones propias, subvenciones, donaciones y legados, emisión o devolución de deuda, pagos de dividen- dos, etc.). El excedente producido por las mismas, défi cit o superávit, muestra la aporta- ción fi nanciera neta al resto de las actividades de la entidad en el período o el consumo neto de recursos líquidos por causa de estas actividades. El Documento aporta una metodología para que las empresas formulen un EFE pre- visional que se ajusta a la concepción del EFE histórico, pero recoge información sobre los fl ujos futuros. Este estado puede ser muy útil para la dirección y eventualmente puede ser objeto de difusión en la información externa. En el Anexo I se han recopilado las disposiciones legales que, directa o indirectamen- te, hacen referencia al estado de fl ujos de efectivo. Para el correcto entendimiento de este Documento, tanto en los aspectos relativos a la confección como a la presentación del EFE, se ha incluido un Anexo II, con forma- tos de los estados mencionados anteriormente y ejemplos de aplicación de la normativa correspondiente, cubriendo diferentes empresas y diferentes operaciones realizadas por las mismas. Dicho Anexo no forma parte integrante del Documento y no tiene, por tanto, valor normativo. 20.1.3. Principios generales aplicables La referencia a los principios contables básicos, habitual en todos los Documentos de la Comisión de Principios Contables de AECA, es aquí también pertinente, aunque se trate de elaborar un Documento donde el tradicional criterio del devengo, que preside la de- 14 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O terminación del resultado contable, se sustituye por el criterio de caja, que es el relevante para la confección de un estado que muestre las entradas y las salidas de tesorería por las diferentes actividades de la empresa. Lo esencial en el estado fi nanciero, pues, es la co- rrecta identifi cación y clasifi cación de los fl ujos, puesto que el usuario encuentra en ella la información de los equilibrios entre los fl ujos netos por las actividades de explotación, de inversión y de fi nanciación. Como en el resto de los Documentos emanados de la Comisión de Principios y Nor- mas Contables de AECA, todos los principios son aplicables al sistema contable del que se derivan. En efecto, el sistema contable de las empresas, que es la base de la información fi - nanciera, debe seguir uno a uno los principios que han sido enunciados en el Documento AECA número 1, sobre Marco conceptual de la información fi nanciera. La calidad de la información que sirve de base para la confección del EFE, por tanto, está subordinada al seguimiento de los principios de contabilidad generalmente aceptados, y tal calidad es la garantía de que el cálculo, formulación y presentación de los fl ujos líquidos pueden ser hechos correcta y razonablemente. Una característica que se debe tener en cuentaa la hora de acercarse al EFE es la de que las operaciones de cobros y pagos que se refl ejan no precisan ser distribuidas entre períodos, sino que corresponden al ejercicio en el que se realizan. Esta cualidad, en la que radica la comprensibilidad del estado y su acercamiento a la realidad habitual de la actividad de las empresas, ha sido destacada por los defensores de este tipo de informa- ción fi nanciera como relevante para situarla en el conjunto de los estados contables que las empresas presentan a los usuarios externos. Es necesario señalar la conveniencia de la uniformidad en la elaboración de este tipo de información, tanto si esta cualidad se refi ere a la presentación de fl ujos líquidos en diferentes períodos, como si se trata de comparar estados de empresas diferentes. En este sentido, los criterios adoptados para la clasifi cación de fl ujos, según se de- riven de unas u otras actividades, deben ser mantenidos en el tiempo. En caso de que tales criterios sean modifi cados la información comparativa será objeto de reexpresión, informando del cambio y su justifi cación en la memoria. Por otra parte, cabe destacar la aplicación del criterio de no compensación, en este caso en lo relativo a la presentación separada de cobros y pagos, salvo en las excepciones previstas al efecto (véase apartado 20.1.17) 20.1.4. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes El objetivo del EFE es presentar los movimientos de los fondos líquidos en el ejercicio. Por efectivo y otros activos líquidos equivalentes debe entenderse, en principio y sin per- juicio de lo que se dice más adelante, los que como tal fi guran en el epígrafe correspon- diente del activo del balance. Como componentes del efectivo tenemos tanto la tesorería depositada en la caja de la empresa como los depósitos bancarios a la vista –incluyendo, con signo negativo, los des- cubiertos en cuenta corriente, siempre que formen parte integrante de la gestión del efec- tivo de la entidad–, sobre los que no exista limitación para su disponibilidad inmediata. Por otros activos líquidos equivalentes entendemos aquellos instrumentos fi nancieros que sean convertibles en efectivo y que en el momento de su adquisición su vencimiento no fuera superior a tres meses, siempre que no exista riesgo signifi cativo de cambios de valor y formen parte de la política de gestión normal de la tesorería de la empresa. En el contexto de este Documento se considera «cobro» toda adición al volumen de efectivo y otros medios líquidos, y «pago» toda operación que tiene como efecto un descenso en las existencias previas de efectivo y otros medios líquidos equivalentes. No 15E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O constituyen, por el contrario, ni cobros ni pagos los movimientos de efectivo entre las partidas que componen la rúbrica «efectivo y otros activos líquidos equivalentes». El efectivo y otros activos líquidos equivalentes es la variable sobre la que se efectúa, por parte de la empresa, la gestión de fl ujos líquidos, por lo que, al constituir una cifra so- bre la que giran constantemente las decisiones fi nancieras que constituyen la función de tesorería, cada empresa en particular no tendrá problemas en identifi car su composición y determinar su importe. Una vez fi jados sus componentes, y siguiendo el principio de uniformidad, deben conservarse en el tiempo para que las cifras puedan ser comparadas ejercicio tras ejercicio. Los billetes, cuentas corrientes y otras inversiones fi nancieras a corto plazo en mone- da extranjera que cumplan las características señaladas, son componentes del efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Dada la peculiaridad que reviste el concepto de «efectivo y otros activos líquidos equivalentes», que es análogo al concepto de medios de pago, así como el hecho de que cada empresa puede diseñar su gestión fi nanciera usando una combinación particular de instrumentos fi nancieros, es necesario que se describa en la memoria, de manera com- pleta, los conceptos que incluye en esta categoría, así como los criterios para clasifi car una determinada partida como perteneciente a ella, mediante una nota que los enumere y explique. Asimismo, la empresa detallará la composición concreta del saldo inicial y fi nal del efectivo y otros activos líquidos equivalentes, consignando las cantidades que correspon- den a cada partida. 20.1.5. Flujos líquidos por actividades de explotación Así como la cuantía de los resultados de explotación es la cifra más importante que se deriva de la cuenta de pérdidas y ganancias, el montante de los fl ujos líquidos netos por este tipo de actividades es la información clave que refl eja el EFE, y ello por dos razones: 1) en primer lugar, porque permite conocer las pautas de transformación en cobros y pagos de las partidas de ingresos y gastos, respectivamente, que constituyen la cuenta de resultados, ofreciendo de esta manera una información muy importan- te para enjuiciar el comportamiento fi nanciero de la entidad en el período, y 2) en segundo, porque los fl ujos líquidos por actividades de explotación en su senti- do más amplio –que también reciben el nombre de ordinarios u operativos–, son la fuente primaria de tesorería para afrontar los pagos de inversiones en activos inmovilizados –siquiera para cubrir la inversión de mantenimiento–, atender el calendario de vencimientos de los préstamos ya comprometidos –permitiendo asimismo evaluar la capacidad para atender, en su caso, las nuevas solicitudes de fi nanciación–, y atender el pago de dividendos. Además, es preciso hacer notar que el resto de estados fi nancieros no ponen énfasis en destacar el proceso de transformación en liquidez de las cifras que determinan el resul- tado neto, calculadas utilizando el principio del devengo contable. Por ello, el EFE, en la parte relativa a las actividades de explotación, complementa la visión tradicional del devengo con otra que destaca la generación y el empleo de fl ujos líquidos, con el fi n de permitir una mejor comprensión de la gestión fi nanciera corriente llevada a cabo por la empresa. Respecto al concepto de actividades de explotación, entendiendo el concepto explota- ción en su sentido más amplio –esto es, incluyendo además de los fl ujos procedentes del negocio de la entidad, los pagos por intereses, cobros por intereses y dividendos y pagos de impuestos–, viene determinado por las transacciones que intervienen en la determina- 16 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O ción del resultado de la empresa y, principalmente, son las que constituyen el objeto de su comercio habitual, generando sus resultados de explotación en el ejercicio. La característica más importante de la inmensa mayoría de las actividades de explo- tación es su repetición periódica en los distintos ejercicios, de forma que el usuario de los estados fi nancieros puede suponer que la fuente de generación de benefi cios y fl ujos netos de tesorería seguirá operando en los ejercicios siguientes. Si la entidad tiene activa una línea de negocio que no ha aportado fl ujos en un periodo, pero puede hacerlo en otros sucesivos, se clasifi cará también como de actividades de explotación de carácter recurrente. Por tanto, los fl ujos por actividades de explotación, derivados de operaciones que generen habitualmente ingresos y gastos accesorios a la explotación o ingresos y gastos de índole fi nanciera, son fl ujos procedentes de actividades de explotación. Los fl ujos por pago de impuestos o recepción de subvenciones ligados con las actividades de explota- ción son también ordinarios, aunque aquéllos o éstas no constituyan fl ujos que deban repetirse forzosamente en todos los ejercicios. En suma, los fl ujos netos de tesorería por actividades de explotación arrojarán el défi cit o superávit por las operaciones que se repiten en el tiempo, y que, por tanto, van a seguir generando pagos y cobros en el futuro, a no serque cambien sustancialmente las actividades de la entidad. Esta cifra puede ser, en algunas ocasiones, de vital importancia para la comprensión de la dimensión fi nanciera de las operaciones de la empresa. Paralelamente a los usos de las empresas españolas con respecto a los benefi cios, los fl ujos líquidos por operaciones de explotación deben descomponerse según el tipo de operaciones de las que surgen, esto es, operaciones de explotación (en sentido estricto), ingresos y gastos fi nancieros corrientes e impuestos sobre benefi cios. En los siguientes apartados se desarrolla el contenido y la presentación de los fl ujos de efectivo de las acti- vidades de explotación (véanse los ejemplos de EFE en el Anexo II de este Documento en el que se muestran casos de aplicación del documento) 20.1.5.1. POR OPERACIONES DE EXPLOTACIÓN: EL MÉTODO INDIRECTO COMO FORMATO PRINCIPAL Son operaciones de explotación las que producen los ingresos, gastos y, por tanto, los resultados de manera habitual, los cuales considera la empresa dentro del resultado de explotación en la cuenta de pérdidas y ganancias. También se incluyen como de actividades de explotación aquellas que no tienen ca- bida en las categorías de fl ujos de actividades de inversión o de fi nanciación, tales como indemnizaciones, sanciones...). En este sentido, debe señalarse que el resultado de explotación derivado del modelo de la cuenta de pérdidas y ganancias habitual en las empresas españolas incluye resulta- dos no recurrentes, tales como resultados por venta de inmovilizado, diferencias negati- vas de combinaciones de negocio y otros resultados de carácter no recurrente. Este hecho obligará, como veremos más adelante, a efectuar los correspondientes ajustes al resulta- do, con el fi n de identifi car los fl ujos de efectivo derivados de operaciones de explotación de carácter recurrente (véase apartado 20.1.11). Como ya se adelantó en el apartado 20.1.2, el método de cálculo elegido en éste Do- cumento para la obtención del efectivo generado por las operaciones es el indirecto que, como sabemos, trata de obtener los fl ujos de efectivo de explotación depurando una va- riable indirecta que podría ser el resultado neto, el resultado antes de impuestos o el resultado de explotación. Puesto que se ha tomado como base el modelo de EFE obliga- torio seguido por la mayor parte de las empresas, la variable indirecta de partida, elegida como objeto de ajuste, será el resultado del ejercicio antes de impuestos, informando 17E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O dentro de las actividades de explotación, de forma aislada, del fl ujo de efectivo derivado de los pagos por impuesto sobre benefi cios. Asimismo, se ha optado por incluir dentro de las actividades de explotación los intereses pagados y el cobro de dividendos e intereses percibidos. De esta forma, la variación del fl ujo de efectivo ocasionada por las actividades de explotación se mostrará por su importe neto, a excepción de los fl ujos de efectivo corres- pondientes a intereses, dividendos percibidos e impuestos sobre benefi cios, de los que se informará separadamente, así como de otros fl ujos de efectivo que, sin tener la considera- ción estricta de explotación, no puedan considerarse asociados con actividades de inver- sión ni de fi nanciación. En el Cuadro 1 se muestra un esquema explicativo que, aunque se desarrollará a continuación, permitirá identifi car la relación existente entre rentabilidad y liquidez al aplicar el método indirecto para obtener los fl ujos de efectivo de explotación. Cuadro 1. Método indirecto: Relación rentabilidad-liquidez Resultado del ejercicio antes de intereses e impuestos + Gastos que no mueven fondos líquidos (o afectan a actividades de inversión) - Ingresos que no mueven fondos líquidos (o afectan a actividades de inversión) + Gastos fi nancieros - Ingresos fi nancieros ± Otros resultados (de carácter excepcional, incluyendo diferencias negativas de combinaciones de negocio) = Recursos generados por la explotación (EBITDA*) - Incrementos de capital circulante operativo (corriente) + Disminuciones de capital circulante operativo (corriente) = Efectivo generado por la explotación (en sentido estricto) - Pagos de intereses + Cobro de intereses y dividendos ± Cobros (pagos) por impuesto sobre benefi cios ± Otros cobros (pagos) (que no pueden ser considerados como actividades de inversión ni fi nanciación) = Flujos de efectivo de las actividades de explotación (en su sentido más amplio) El resultado del ejercicio antes de impuestos está formado, por una parte, por gastos que, en su mayor parte, ya habrán consumido tesorería o lo harán con el transcurso del tiempo y, por otra, por ingresos que ya habrán aportado tesorería o lo harán en un futuro próximo. Sin embargo, también existen gastos e ingresos que no han producido ni pro- ducirán movimientos de efectivo y que, en consecuencia, deberán ser objeto de ajuste si se pretende aislar los fl ujos netos de efectivo derivados de las actividades de explotación. Dentro de esta categoría de ajustes tenemos los siguientes: A) En primer lugar, los ajustes necesarios con objeto de eliminar aquellos gastos e ingresos que no mueven fondos: • Correcciones valorativas tales como amortizaciones, deterioros o excesos de deterioros –incluyendo tanto los que se deriven de activos corrientes como no corrientes–, o resultados surgidos por la aplicación del valor razonable como criterio valorativo. • Subvenciones, donaciones y legados traspasados al resultado del ejercicio –cuyo cobro, por lo general, ya se produjo en el momento en el que se concedió y liqui- 18 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O dó la subvención asociada, considerándose dentro de los fl ujos de efectivo de las actividades de fi nanciación–. • Dotaciones y excesos de provisiones. Cabe resaltar que, al no aparecer identifi - cadas en la cuenta de pérdidas y ganancias la totalidad de las dotaciones a las provisiones, se ha optado por asociarlas a los incrementos de provisiones a corto y a largo plazo refl ejadas en el pasivo del balance. Así, un incremento de provi- siones detectado en balance será objeto de ajuste al resultado, con signo positivo, para eliminar la dotación correspondiente que, salvo en el caso concreto de las provisiones por desmantelamiento, se habrá realizado con cargo a pérdidas y ganancias. En sentido contrario, una disminución de las provisiones habrá veni- do motivado bien por un exceso de provisiones o, alternativamente, por el pago derivado de la cancelación de la provisión –en cualquiera de los dos casos deberá efectuarse un ajuste con signo negativo, en tanto que el exceso de provisiones es un ingreso que no mueve fl ujos líquidos y el pago supone una efectiva salida de fondos en el ejercicio–. En suma, con la información disponible en la empresa se debe obtener la cifra exacta asociada a las provisiones que permita efectuar el ajuste correspondiente, sumando al resultado las dotaciones efectuadas con cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias o, en caso contrario, restando tanto los excesos de provisiones –al no haber supuesto tampoco movimiento de efectivo–, como los pagos derivados de tales provisiones, precisamente por haber supuesto salida de efectivo. Por último, conviene recordar que las provisiones pueden incluir gastos fi nancie- ros por actualización de las mismas, cuyo importe deberá ser considerado para el cálculo del pago por intereses y, en consecuencia, este efecto deberá ser eliminado del ajuste por variación de provisiones para evitar duplicidades. B) Una segunda categoría de ajustes al resultado antes de impuestos estaría formada por operaciones cuyos fl ujos de efectivo, en el caso de que se produzcan, no se derivan de actividades de explotación, sino que deben ser clasifi cadas como acti- vidades de inversión. Entre estos ajustes se incluiría: • Resultados por bajas y enajenación de inmovilizado.• Resultados por bajas y enajenación de instrumentos fi nancieros. C) A continuación, y al tomar como variable indirecta objeto de ajuste el resultado antes de impuestos en lugar del resultado de explotación, la determinación de los fl ujos de efectivo de explotación implica eliminar la remuneración de activos y pa- sivos fi nancieros. Los fl ujos de efectivo que se deriven de gastos e ingresos fi nan- cieros deberán mostrarse con posterioridad de forma separada –distinguiendo los intereses pagados de los intereses recibidos–, mostrando asimismo los dividendos cobrados en el periodo. Por otra parte, y en su caso, se eliminarían las variaciones de valor razonable en instrumentos fi nancieros, así como las diferencias negativas o positivas de cam- bio, corrigiendo asimismo la partida afectada –ya sea de explotación, inversión, fi nanciación, o identifi cando, al fi nal del EFE, el efecto de las variaciones de los tipos de cambio en el efectivo–. Por último, en el caso de que existieran otros resultados de carácter no usual, estos deberán ser objeto de ajuste al resultado, en un apartado de “otros ingre- sos y gastos” con el fi n de no distorsionar los fl ujos de efectivo de explotación (en sentido estricto) para, posteriormente y dentro de los fl ujos de actividades de explotación (entendida en sentido amplio) en el apartado “Otros cobros (pagos)”, 19E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O recuperar la información, identifi cándolos y revelando asimismo su naturaleza e importe en una nota de la memoria. Téngase en cuenta que este último apartado recogerá aquellos fl ujos de efectivo que, sin considerarse estrictamente de explo- tación, tampoco pueden ser clasifi cados dentro de las actividades de inversión y fi nanciación. El ingreso de explotación derivado de las “diferencias negativas de combinaciones de negocios”, también deberá ajustarse dentro del epígrafe “otros ingresos y gas- tos”. Esto es debido a que el menor pago derivado de la combinación de negocios deberá considerarse dentro de los fl ujos de efectivo de las actividades de inversión –neto de las partidas líquidas adquiridas en la combinación–, en un epígrafe espe- cífi co previsto al efecto que se puede denominar “Unidad de negocio”. El resultado antes de impuestos, corregido por los ajustes mencionados, se traduce en recursos generados en la explotación de carácter recurrente, magnitud que, dada su po- tencial utilidad para el análisis, incluimos en el modelo previsto en éste Documento. 20.1.5.1.1. EL EBITDA: ALGUNAS PRECISIONES DE CÁLCULO Los recursos generados en la explotación, calculados de la forma descrita en el apartado anterior, no constituyen sino una versión ajustada del EBITDA (Earnings Before Interest, Taxes, Depreciation and Amortization) –que denominaremos en adelante EBITDA*–, con un grado de precisión mayor que el que se acostumbra a calcular sin más que sumar al benefi cio de explotación las amortizaciones y deterioros. Téngase en cuenta que el EBITDA, entendido como benefi cio antes de intereses, im- puestos, depreciaciones y amortizaciones, debería considerarse como una aproximación a los fl ujos netos de efectivo que se podrían obtener de la explotación en sentido estricto (es decir, sin gastos o ingresos fi nancieros ni impuestos), cuya conversión en liquidez tan sólo queda afectada por los cambios en el capital corriente comercial. Por otra parte, el EBITDA es una variable frecuentemente utilizada en los informes fi nancieros facilitados por las empresas, empleada para defi nir cláusulas condicionales (covenants) en determinados contratos de préstamo o incluso, en algunos casos, em- pleada para estimar el valor de los activos de la empresa. Sin embargo, y como puede observarse revisando los ajustes indicados, un cálculo simple como el que se ha descrito podría distorsionar los resultados –intencionadamente o no– al incluir, por ejemplo, im- putaciones a resultados de subvenciones –que como se sabe no supondrán movimientos de fl ujos–, resultados por bajas o enajenaciones de inmovilizado –incluidos dentro del resultado de explotación–, dotaciones o excesos de provisiones de cuantía signifi cativa –que no quedan claramente identifi cados en la propia cuenta de resultados–, diferencias negativas de combinaciones de negocio u otros resultados de carácter no recurrente. Así, y a efectos meramente ilustrativos, la brecha existente entre el EBITDA clásico y la generación de recursos de explotación de carácter recurrente, podría ser aprovecha- da por alguna entidad que, con el objetivo de cumplir un covenant de sus préstamos o mejorar su imagen fi nanciera frente a inversores procediera, por ejemplo, a incluir en el cálculo del EBITDA una diferencia negativa de combinaciones de negocios consecuencia de que el precio de la combinación se situó por debajo del valor razonable de activos menos pasivos del negocio adquirido –sabiendo con certeza que se trata de un ingreso de explotación de carácter no recurrente–, o procediese a la venta de parte de sus activos inmovilizados con benefi cios a fi nal de ejercicio con el fi n de incrementar su EBITDA de forma artifi cial. En consecuencia, y con el fi n de evitar distorsiones innecesarias, entendemos que la forma de cálculo del EBITDA debería equipararse con el concepto de «Recursos Genera- 20 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O dos por la explotación» (de carácter recurrente) previsto en este Documento, extrayendo tal magnitud directamente del propio EFE (véase su inclusión en los ejemplos de EFE contenidos en el Anexo II de este Documento) o, alternativamente, realizando los ajustes al resultado de explotación descritos en el Cuadro 2. Cuadro 2. Precisiones en el cálculo del EBITDA* Resultado de explotación • Amortización del inmovilizado (+) • Correcciones valorativas por deterioro (+deterioros/-excesos) • Variación de provisiones (+dotaciones/-excesos) • Imputación de subvenciones (-) • Resultados por bajas y enajenaciones del inmovilizado (+/-) • Otros ingresos y gastos de carácter excepcional (-/+) (incluyendo, con signo negativo, las diferencias negativas de combinaciones de negocio) = Recursos generados por la explotación (EBITDA*) 20.1.5.1.2. EFECTO DE LOS CAMBIOS EN EL CAPITAL CIRCULANTE OPERATIVO: EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DEL CIRCULANTE Como ya se ha advertido, los recursos generados en la explotación no pueden conside- rarse todavía una medida fi nal del efectivo obtenido, ya que su conversión en tesorería dependerá de la gestión del circulante llevada a cabo por la entidad. En efecto, los recursos generados pueden encontrarse temporalmente en los alma- cenes, en manos de los clientes y otros deudores comerciales o haber sido consumidos adelantando el pago a proveedores y otros acreedores comerciales. En esta línea, la teso- rería generada en la explotación (en sentido estricto) se obtiene sin más que ajustar los recursos generados en la explotación por los cambios en el capital corriente que tengan su origen en una diferencia en el tiempo entre la corriente real de bienes y servicios de las actividades de explotación y su corriente monetaria. En defi nitiva, cualquier cambio en el capital corriente de la explotación que implique consumo de tesorería supondrá un ajuste negativo a los recursos generados en la explo- tación –tal sería el caso si se produjeran incrementos de existencias, incrementos de deu- dores o disminución de acreedores–. En sentido contrario, cualquier cambio en capital corriente de la explotación que implique un aporte de tesorería supondrá un ajuste positi- vo –disminuciones de existencias, disminución de deudores o incremento de acreedores–. Más concretamente, los ajustes previstos por cambios en capital corriente a realizar son los siguientes: a) Existencias (+/-). Los incrementos que se hubieran producido en la variación de los saldos de existencias, calculados por diferencias entre dos balances consecu-tivos, que deberán consignarse por su importe bruto sin considerar los posibles deterioros, supondrán un ajuste negativo, mientras las disminuciones supondrán un ajuste positivo. Estos ajustes eliminarán el efecto de la variación de existencias recogida en el resultado. b) Deudores y otras cuentas a cobrar (+/-). Los incrementos que se hubieran pro- ducido en la variación de los saldos de deudores comerciales y otras cuentas a cobrar, calculados por diferencias entre dos balances consecutivos, que deberán 21E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O consignarse por su importe bruto sin considerar los posibles deterioros, supon- drán un ajuste negativo, mientras las disminuciones supondrán un ajuste positivo al representar cobros. c) Otros activos corrientes (+/-). Este ajuste debe limitarse a eliminar el efecto de las periodifi caciones de activo relacionadas con los gastos de explotación, y su- pondrá un ajuste negativo si esta partida incrementa y positivo en caso contrario. En defi nitiva, se trata de reconstruir el fl ujo de efectivo perdido al aplicar el prin- cipio del devengo al periodifi car. Es importante resaltar que este ajuste no debe emplearse para activos corrientes de carácter fi nanciero (por ejemplo, variaciones de inversiones fi nancieras a corto plazo), ya que los fl ujos que se deriven de cobros o pagos por compra o venta de activos fi nancieros deben ser considerados como fl ujos de actividades de inversión. De otro modo, estaríamos distorsionando la in- formación al mezclar fl ujos de actividades de explotación con fl ujos de inversión. Tal distorsión se produciría si, por ejemplo, se utilizara indebidamente este ajuste para introducir con signo positivo un cobro signifi cativo derivado de la venta de cartera de negociación. d) Acreedores y otras cuentas a pagar (+/-). Los incrementos que se hubieran pro- ducido en la variación de acreedores y otras cuentas a pagar –sin considerar la variación de pasivos por impuesto corriente que se utilizará posteriormente para el cálculo del pago por impuesto sobre benefi cios–, calculados por diferencias entre dos balances consecutivos, supondrán un ajuste positivo, mientras las dis- minuciones de pasivo corriente de la explotación supondrán un ajuste negativo al representar pagos por estos conceptos. e) Otros pasivos corrientes (+/-). Este ajuste debe limitarse a eliminar el efecto de las periodifi caciones de pasivo relacionadas con los ingresos de explotación, y supondrá un ajuste negativo si esta partida disminuye y positivo en caso contra- rio. En defi nitiva, se trata de reconstruir el fl ujo de efectivo sacrifi cado al aplicar el principio del devengo al periodifi car. Es importante resaltar que este ajuste no debe emplearse para pasivos corrientes de carácter fi nanciero, por ejemplo, varia- ciones de préstamos a corto plazo con entidades de crédito, grupo o socios, ya que los fl ujos que se deriven de cobros o pagos por emisión o cancelación de deuda no comercial deben ser considerados dentro los fl ujos derivados de actividades de fi nanciación. Tampoco entran en esta partida las variaciones de los pasivos con los proveedores de inmovilizado o de otras partidas no relacionadas con la explo- tación, debiendo clasifi carse dentro de las actividades de fi nanciación. No obstante, y como excepción a la regla anterior, el descuento de papel comercial o el anticipo por cualquier otro tipo de acuerdo del importe de las ventas a clientes se trata a todos los efectos como un cobro a clientes que se ha adelantado en el tiempo. Por tanto, se ignora que el adelanto se debe a una operación fi nanciera concertada con la entidad de crédito, incluyendo el fl ujo positivo derivado del descuento de efectos dentro de las actividades de explotación y, en consecuencia, excluyéndolo de las actividades de fi nanciación. La razón de lo anterior es doble. De una parte, en el EFE se desea aislar por su importancia el montante de los fl ujos de caja procedentes de las actividades de explotación, por lo que imputar el cobro como procedente de actividades de fi nan- ciación desvirtuaría totalmente el estado fi nanciero. De otra parte, el espíritu que preside la elaboración del EFE es el de simplicidad para facilitar su comprensión, por lo que simular un cobro de clientes con el que se cancela el crédito concedido por la entidad de crédito sería complicar innecesariamente la presentación, al 22 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O duplicar los fl ujos con movimientos líquidos inexistentes en la práctica. En conse- cuencia, y a efectos prácticos, al identifi car la parte de la variación de fi nanciación a corto plazo que corresponde a descuento de papel comercial, un incremento de tal fi nanciación supondrá un ajuste positivo a los fl ujos dentro de las actividades de explotación y negativo en caso contrario. f) Otros activos y pasivos no corrientes (+/-). Este ajuste se limita a aquellos limi- tados casos en que existan deudores o acreedores comerciales cuyo cobro o pago exceda el ciclo normal de explotación de la entidad y, en consecuencia, se refl ejan como deudores o acreedores comerciales no corrientes en el activo o pasivo no corriente, respectivamente. En síntesis, y como se muestra en el Cuadro 3, los recursos generados en la explotación (EBITDA*) se traducen en tesorería generada en la explotación sin más que aplicar los ajustes señalados por cambios en el capital corriente de la explotación. Cuadro 3. Conversión de los recursos generados en tesorería Recursos generados por la explotación (EBITDA*) ± Cambios en el capital corriente: a) Existencias (+/-) b) Deudores y otras cuentas a cobrar (+/-) c) Otros activos corrientes(+/-) d) Acreedores y otras cuentas a pagar(+/-) e) Otros pasivos corrientes (+/-) f) Otros activos y pasivos no corrientes(+/-) Efectivo generado en la explotación (en sentido estricto) 20.1.5.2. ESTADO DE CONCILIACIÓN DE LA TESORERÍA GENERADA EN LA EXPLOTACIÓN: EL MÉTODO DIRECTO COMO FORMATO A INCLUIR EN LA MEMORIA Aunque no está prevista la utilización del método directo en el PGC, en este Documen- to se recomienda incorporar una nota al EFE incluyendo un estado de conciliación de la tesorería generada en la explotación aplicando el método directo –opción también contemplada en la Norma Internacional de Contabilidad 7, Estado de fl ujos de efectivo–. Para ello, los cobros por operaciones de explotación deben clasifi carse en función del tipo de ingreso que los ha generado y presentarse, en su caso, netos de devoluciones y descuentos. Ejemplos de cobros por operaciones de explotación que podemos englobar en el esta- do de conciliación propuesto bajo la denominación “Cobros de clientes y deudores” son los siguientes: • Cobros por ventas o prestación de servicios. • Cobros procedentes del descuento de efectos u otro tipo de cuentas a cobrar. • Cobros por ingresos accesorios y otros de gestión corriente. • Cobros de subvenciones de explotación. 23E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O Los impuestos indirectos que la empresa cargue en sus ventas son componentes de los cobros a clientes. Asimismo, si la empresa recibe devoluciones de impuestos indirectos de la Hacienda Pública, se consignarán en una partida especial dentro de las operaciones de explotación. Los pagos por operaciones de explotación deben clasifi carse en función del tipo de gasto que los ha hecho surgir y presentarse, en su caso, netos de devoluciones y descuen- tos. Ejemplos de pagos por operaciones de explotación son los siguientes: • Pagos a proveedores y acreedores –incluyendo los pagos por compras y por servi- cios exteriores y otros de gestión corriente–. • Pagos al personal –incluyendo los correspondientes a los seguros sociales y reten- ciones asociadas–. • Otros pagos (IVA y otros pagos a las Administraciones Públicas) –tributos y pagos en concepto de IVA, incluyendo los que se hacen a los proveedoresde inmovilizado que luego se deducen en las liquidaciones a la Hacienda Pública y otros pagos de tributos–. Los impuestos indirectos que la empresa pague por compras forman parte de los pagos a proveedores o acreedores. Asimismo, si la empresa realiza pagos por impuestos indirec- tos a la Hacienda Pública (IVA, impuestos especiales, etc.), los consignará en una partida especial dentro de las operaciones de explotación. De forma análoga a lo indicado ante- riormente para el caso del cálculo de cobros a clientes, dada la complejidad que podría plantear en algunos casos la determinación del pago a proveedores, se puede asimismo efectuar una aproximación consistente en deducir de la cifra de compras –ajustada, en su caso, por el efecto del IVA promedio soportado por la empresa–, los incrementos de las partidas de pasivo relacionadas, esto es, acreedores comerciales –importes pendientes de pago–, o, en su caso, sumar las disminuciones de acreedores comerciales –que supon- drían pagos a proveedores–. Con carácter general, esta metodología puede emplearse para determinar el cobro o pago derivado de cualquier ingreso o gasto respectivamente, siempre que la estimación no se desvíe signifi cativamente de los pagos reales efectuados. En defi nitiva, se trata de tomar como base de partida el ingreso o cobro correspondiente para, a continuación, deducir el incremento de las partidas de balance asociadas o sumar la disminución de las mismas. Así, por ejemplo, para determinar los pagos por gastos de personal, partimos del gasto de personal, para deducir el incremento de las partidas de pasivo asociadas (por ejemplo, remuneraciones pendientes de pago, Seguridad Social acreedora, Hacien- da Pública acreedora por retenciones) o, alternativamente, sumar la disminución de tales partidas que habrán supuesto pagos del ejercicio por estos conceptos. Como sabemos, si existieran coberturas contables, los resultados del derivado de co- bertura se reconocerán contra el resultado del elemento cubierto, estableciendo la corres- pondiente simetría en el resultado, presentando éste por su importe neto. De la misma forma, el efecto de los fl ujos del instrumento de cobertura sobre los fl ujos del instrumen- to cubierto se incorporará en la misma partida que los de la partida cubierta, formando parte de las actividades de explotación si la partida cubierta tuviera tal consideración. Cuando los importes recibidos o pagados en las coberturas de fl ujos de la explotación sean relevantes en relación con los totales de la partida correspondiente, se empleará una nota en la memoria para informar por separado de ambas cuantías. Una vez determinados los fl ujos de efectivo de las actividades de explotación en sen- tido estricto, el cálculo de los fl ujos de efectivo generado de las actividades explotación –entendido en su sentido más amplio–, pasa por identifi car, como veremos a continua- ción, otros fl ujos de efectivo, como son: 24 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O a) Los fl ujos de efectivo derivados de ingresos y gastos fi nancieros corrientes: pagos de intereses, incluidos los contabilizados como mayor valor de los activos, y co- bros de dividendos e intereses. b) Los fl ujos de efectivo por impuesto sobre benefi cios. c) Otros cobros (pagos) de carácter no recurrente, entre los que incluiremos los aso- ciados con actividades interrumpidas. Estos fl ujos exigirán ampliar la informa- ción a través de una nota en la memoria. 20.1.5.3. POR INGRESOS Y GASTOS FINANCIEROS CORRIENTES Como complemento a su actividad comercial, industrial o de servicios, las empresas ob- tienen rentas de inversiones fi nancieras (aunque sólo sean los productos de sus cuentas corrientes) y pagan por el uso de capitales ajenos. Los cobros y pagos que tienen origen en ingresos y gastos fi nancieros de tipo corriente, forman parte de los fl ujos de tesorería de las actividades de explotación. Son ejemplos de cobros procedentes de ingresos fi nancieros corrientes los siguientes: • Cobros de dividendos por participaciones en el capital de empresas del grupo, mul- tigrupo y asociadas. • Cobros por dividendos de otras empresas. • Cobros de intereses de préstamos o valores de renta fi ja. Son ejemplos de pagos por gastos fi nancieros corrientes los siguientes: • Pagos por intereses de préstamos y títulos representativos de la deuda emitida. • Pagos por intereses de préstamos comerciales. • Pagos por intereses derivados de descubiertos en cuenta corriente. Las diferencias de cambio, que pueden constituir pérdidas o ganancias en la cuenta de resultados, no se separan de las operaciones principales a las que se refi eren en el EFE, ya que el objetivo de este estado es mostrar el efecto que la operación ha tenido al liqui- darse de forma global en la posición líquida de la entidad, por lo que no se distingue del importe total la parte que constituye la diferencia de cambio. Los gastos fi nancieros devengados y no pagados, ya se deban a corto o largo plazo, serán pagos en el ejercicio contable en que se produzca su salida efectiva de tesorería, con independencia de cuándo se hayan devengado e incluido como gastos en la determi- nación del resultado de la empresa. En este sentido, debe tenerse en cuenta que la aplicación del coste amortizado en los activos y pasivos fi nancieros que corresponda, implica contabilizar los gastos o ingresos fi nancieros devengados, incrementando simétricamente el valor del pasivo o del acti- vo fi nanciero, respectivamente. No cabe duda que la mera acumulación de intereses no mueve fondos y, en consecuencia, supondrá un ajuste para identifi car los pagos y cobros de intereses que efectivamente se han producido en el periodo. 20.1.5.4. POR IMPUESTOS SOBRE BENEFICIOS En el Documento AECA número 9, relativo al impuesto sobre benefi cios, se pone de ma- nifi esto la diferencia que existe entre el gasto por el impuesto y la cuota a pagar por este concepto. Así, en la cuenta de pérdidas y ganancias debe fi gurar el gasto devengado en el período, con independencia de que haya sido pagado o se difi era. Por el contrario, en el EFE debe fi gurar la cantidad pagada a la Hacienda Pública por el impuesto, pero no 25E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O sólo la que corresponda al ejercicio corriente, sino todos los demás pagos efectuados, con independencia de que pertenezcan como gasto devengado al ejercicio, sean impues- tos anticipados, entregas a cuenta o cualquier otra situación posible en las relaciones con el Fisco. A efectos prácticos y dada la excesiva complejidad que de otro modo podría plantear- se, la Comisión aconseja que los fl ujos relacionados con el impuesto sobre benefi cios se presenten por separado y se clasifi quen dentro de las actividades de explotación6. No obstante, en el caso extremadamente raro de que la entidad entienda que los pa- gos relacionados con el impuesto sobre benefi cios se puedan asociar de forma clara a las transacciones de inversión o fi nanciación, y los importes identifi cados sean signifi cativos dentro de los fl ujos correspondientes a esa partida, se permite su clasifi cación en tales actividades. En tal caso, y aunque en la parte relativa a las actividades de explotación fi guren en partida separada, en los otros dos tipos de actividades se restarán de los fl ujos que correspondan, ofreciéndolos netos de pagos de impuestos. Así, los pagos de impues- tos por ventas de inmovilizado o de inversiones fi nancieras se mostrarían como pagos por actividades de inversión, y si se han hecho en el propio ejercicio, restarán a las entradas de efectivo que procedan de aquellas transacciones. El cálculo del efecto impositivo líquido, con el fi n de atribuirlo a partidas de inversión o fi nanciación, se efectuaría asignando a las mismas los impuestos sobre benefi cios que surgen directamente por causa de las mismas, incluyendo en su caso las desgravaciones que les pudieran corresponder. Ladecisión de la Comisión de clasifi car, con carácter preferente, los fl ujos por im- puesto sobre benefi cios dentro de las actividades de explotación se basa en el hecho de que, aunque el gasto por impuesto pueda ser fácilmente asociado con actividades de in- versión o fi nanciación, no resulta fácil asociar el pago, en tanto que puede afectar incluso a otros periodos. Para un tratamiento más pormenorizado de los fl ujos de tesorería por los diferentes tipos de impuestos que la empresa soporta, puede consultarse el apartado 20.1.14 del presente Documento. Los pagos por impuestos deben comprender tanto los pagados en el país como los sa- tisfechos en el extranjero, valorados según las normas establecidas en el apartado 20.1.13 sobre fl ujos en moneda extranjera. Por último, en caso de que hubiese devolución de impuestos pagados anteriormente, se tratarían como un cobro en el apartado del EFE referido al impuesto sobre benefi cios, debiendo desglosar en la memoria el fl ujo neto por impuesto sobre benefi cios. 20.1.6. Flujos líquidos por actividades de inversión Los fl ujos de efectivo por actividades de inversión están confi gurados por los cobros y pa- gos derivados de la inversión o desinversión de activos no corrientes, otros activos fi nan- cieros no incluidos en el efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Tal sería el caso de los fl ujos de efectivo derivados de la adquisición o venta de inmovilizados intangibles, materiales, inversiones inmobiliarias o inversiones fi nancieras, excluidos los deudores comerciales y otras cuentas por cobrar que, por su propia naturaleza, formaran parte de las actividades operativas. Un desglose que contenga la estructura prevista en el PGC correspondiente a los fl ujos de efectivo de las actividades de inversión, recoge sufi cientemente la información 6 En la NIC 7 (párrafo 35) se indica que los pagos relacionados con el impuesto sobre benefi cios deben ser clasifi cados como fl ujos de efectivo procedentes de actividades de explotación, a menos que puedan ser espe- cífi camente asociados con actividades de inversión o de fi nanciación. Este tratamiento no está permitido en el SFAS 95. 26 E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O requerida, clasifi cando los diferentes pagos o cobros, derivados respectivamente de inver- siones o desinversiones, atendiendo a la categoría del activo. No obstante, no debe perderse de vista que los fl ujos de efectivo derivados de las actividades de inversión representan el esfuerzo inversor que contribuirá, a su vez, a pro- ducir ingresos que fi nalmente se traducirán en fl ujos de efectivo futuros derivados de las operaciones. En este sentido, y para el caso concreto de las inversiones en inmovilizado material e intangible, este Documento aconseja suministrar información en una nota de la memoria, distinguiendo el importe destinado en el ejercicio a mantener la capacidad operativa –inversión de mantenimiento–, de aquel otro cuyo fi n es el crecimiento de la misma. Esta información es relevante para realizar estimaciones sobre el fl ujo de caja libre7. Son ejemplos de pagos por actividades de inversión –pagos por inversiones–, los si- guientes: • Pagos por la adquisición de inmovilizados materiales o inmateriales –incluidos los activados en concepto de trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado, para lo cual se deberán identifi car las partidas correspondientes–. • Pagos por la compra de acciones u otros títulos representativos de la propiedad de otras empresas –distinguiendo si se trata de inversiones en empresas del grupo y asociadas u otros activos fi nancieros–. • Desembolsos por la adquisición de títulos de deuda emitidos por otra entidad, o por la concesión de préstamos a terceros –distinguiendo si se trata de inversiones en empresas del grupo u otros activos fi nancieros–. • Pagos netos por las combinaciones de negocios realizadas, incluyendo los pagos que correspondan a periodos anteriores y no estuvieran reconocidos como pasivos por parte de la entidad adquirente, especifi cando en este caso los conceptos por los cuales se satisfacen en la nota correspondiente. Son cobros por actividades de inversión –cobros por desinversiones–, entre otros, los siguientes: • Cobros por la venta de inmovilizado material, intangible o propiedades inmobilia- rias. • Cobros por la venta de acciones u otros títulos representativos de la propiedad de otras empresas, distinguiendo si se trata de desinversiones en empresas del grupo u otros activos fi nancieros. • Cobros por reembolso de títulos de deuda emitidos por otra entidad o por présta- mos concedidos, distinguiendo si se trata de desinversiones en empresas del grupo u otros activos fi nancieros. • Cobros netos recibidos por la venta de una parte del negocio a terceros, incluyendo los que procedan de contraprestaciones contingentes no contabilizados como acti- vos por la entidad vendedora, especifi cando en este caso la razón por las cuales se han producido estas entradas de efectivo. • Cobros por ventas de activos clasifi cados como no corrientes mantenidos para la venta. 7 Entendido como el fl ujo de caja de las actividades de explotación minorado por la inversión de mante- nimiento que, en consecuencia, queda libre para atender la deuda, pagar dividendos o hacer inversiones adicio- nales. 27E L E S T A D O D E F L U J O S D E E F E C T I V O Como ya se ha dicho, si por su característica de liquidez ciertas inversiones se han consi- derado como equivalentes al efectivo, los cobros y pagos derivados de las mismas no son actividades de inversión, sino componentes de la variación del efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Las compras de inversiones reales o fi nancieras a crédito, en la parte del precio que se liquide en otro ejercicio, no generan disminuciones de la tesorería en el periodo. Por el contrario, darán lugar a reembolsos de préstamos o créditos concedidos cuando se produzca la cancelación de los pasivos correspondientes. Las ventas de inversiones reales o fi nancieras a crédito, en la parte de los derechos correspondientes que sean liquidados en otro ejercicio, no generan incrementos de teso- rería en el período. Por el contrario, darán lugar a cobros de préstamos o créditos conce- didos cuando se produzca la cancelación de los activos correspondientes. Los excedentes líquidos de estas actividades, diferencia entre los cobros totales y los pagos totales derivados de las mismas, se pondrán de manifi esto en el EFE con el nombre de fl ujos de efectivo de las actividades de inversión. Las operaciones de arrendamiento fi nanciero constituyen fórmulas para fi nanciar la adquisición de activos inmovilizados, y los pagos realizados por causa de las mismas se clasifi can, excluyendo la carga fi nanciera, como de actividades de fi nanciación. En el epígrafe 1.9 se contemplan más detalladamente estos tipos de operaciones, marcando los criterios a seguir para el tratamiento de los pagos realizados en las mismas. Las operaciones en las que se liquida una parte de la empresa o se compra otra em- presa o una parte de ella, deben quedar refl ejadas en el EFE como cobros o pagos netos, respectivamente, por operaciones de inversión. En el caso específi co de que la variación de efectivo y otros activos líquidos equivalen- tes fuera ocasionada por la adquisición o enajenación de un conjunto de activos y pasivos que conformen un negocio o línea de actividad, se incluirá como una única partida en las actividades de inversión, en el epígrafe de «inversiones» o «desinversiones», según corresponda, empleando para ello la partida “unidad de negocio” prevista al efecto. El cálculo de la cifra neta pagada o cobrada en la combinación de negocios se mostrará neto de las partidas líquidas existentes en la unidad de negocio adquirida o vendida. Para ello, se restará de la contraprestación líquida entregada o recibida por la empresa la cantidad de efectivo y
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