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Título VIII 
De los deberes y de los derechos de los estudiantes 
 
Capítulo 1 
De los derechos 
 
Artículo 122. Derechos. Son derechos de los estudiantes de la Universidad, además de 
los contemplados de manera específica en este reglamento, los siguientes: 
 
1. Recibir un trato respetuoso y digno por parte de las autoridades de la 
Universidad, de los profesores, de los otros estudiantes y de los demás miembros 
de la comunidad rosarista, de acuerdo con el Compromiso Rosarista suscrito en 
el proceso de admisión. 
2. Presentar peticiones y observaciones respetuosas ante las autoridades de la 
Universidad y obtener su oportuna resolución o respuesta. 
3. Expresar sus ideas, de manera individual o colectiva, en el marco del respeto y el 
desarrollo institucional, sin afectar la dignidad y los derechos de los demás 
miembros de la comunidad rosarista, ni poner en riesgo la convivencia 
universitaria. 
4. Conocer la guía de asignaturas al inicio de cada periodo académico. 
5. Conocer, dentro de los plazos establecidos por la Universidad, los resultados de 
las evaluaciones o actividades académicas desarrolladas. 
6. Solicitar y obtener certificaciones sobre su desempeño académico y su conducta 
en la Universidad, con previo cumplimiento de los requisitos señalados en este 
reglamento. 
7. Conocer las medidas de carácter general o particular que afecten la vida 
académica y administrativa de la comunidad universitaria. 
8. Ejercer su derecho de defensa en los procesos disciplinarios que se adelanten en 
su contra, conforme los procedimientos del Reglamento Formativo-Preventivo y 
Disciplinario de la Universidad. 
9. Usar y beneficiarse de los espacios, bienes y servicios institucionales dispuestos 
por la Universidad para el desarrollo de sus actividades formativas, culturales, 
deportivas, recreativas, investigativas y de emprendimiento. 
10. Recibir atención oportuna a sus solicitudes derivadas de las situaciones 
académicas y disciplinarias previstas en este reglamento. 
11. Recibir la debida protección de los datos personales aportados a la Universidad, 
conforme la normativa legal vigente. 
12. Tener la opción de elegir y ser elegido en las diferentes organizaciones o 
instancias de participación estudiantil de la Universidad, sin lugar a 
discriminación alguna y según las condiciones y requisitos exigidos para estos 
fines. 
13. Participar en grupos, equipos y otras actividades institucionales 
extracurriculares, como semilleros de investigación y concursos, así como en 
actividades académicas y formativas promovidas por la Universidad. 
 
Parágrafo. Los derechos de los estudiantes deberán ejercerse conforme a los 
procedimientos que definan las normativas establecidas para tal fin.

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