Logo Studenta

testimonio PESCE

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

TESTIMONIO: “General San Martin, cinco de mayo de dos mil dieciséis. Y VISTOS:
Estos autos caratulados “PESCE SANTIAGO ARIEL Y CARRASCO YESICA
LAURA S/ DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA” que tramitan por ante
este Juzgado de Familia numero cuatro del Departamento Judicial de General San Martin a
mi cargo, Secretaria Unica a cargo de la Dra. Gabriela Veronica Silva expediente número
sesenta y dos mil setecientos cuarenta y cinco que se encuentra en estado de dictar
sentencia, CONSIDERANDO: Primero) Que a fojas Tres se encuentra acreditado que los
peticionantes SANTIAGO ARIEL PESCE Y YESICA LAURA CARRASCO han
contraído nupcias el día dieciséis de Marzo de dos mil doce, en la Localidad de Villa
Ballester, Partido de General San Martin (Articulo cuatrocientos veintitrés del Código Civil
y Comercial). Segundo) Que de conformidad con lo normado por los artículos
cuatrocientos treinta y siete y cuatrocientos treinta y ocho del Código Civil y Comercial
uno de los cónyuges ha acompañado propuesta del convenio regulador tendiente a regular
los efectos del divorcio que peticionan. En oportunidad de llevarse a cabo la audiencia
señalada en la causa, ambas partes manifiestan que no han tenido descendencia ni bienes,
por lo que no realizar propuesta reguladora. En consecuencia, y en virtud de lo normado
por los artículos treinta y cuatro, ciento sesenta y tres del Código Procesal Civil y
Comercial, cuatrocientos treinta y cinco inciso C, cuatrocientos treinta y ocho y
concordantes del Código Civil y Comercial y habiendo prestado conformidad el Señor
Agente Fiscal a fojas y la Señora Asesora de Incapaces a fojas y atendiendo la normativa
legal citada, FALLO: PRIMERO) Haciendo lugar a la solicitud de divorcio de SANTIAGO
ARIEL PESCE y YESICA LAURA CARRASCO, decretando disuelto el vínculo habido
entre ambos y en consecuencia disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo y que
data del día diecisiete de Mayo de dos mil quince. SEGUNDO°) Imponiendo las costas por
su orden.- TERCERO°) Regulando los honorarios de los letrados intervinientes, a saber:
DOCTORA PATRICIA MONICA BELTRAMINO TOMO PRIMERO FOLIO
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS del COLEGIO DE ABOGADOS DE
AVELLANEDA LANUS, en la suma de PESOS DOCE MIL, en su carácter de letrado
patrocinante del Señor. Pesce y DOCTOR SEBASTIAN EZEQUIEL WEISS TOMO
TRIGESIMO TERCERO FOLIO DOCIENTOS VEINTI UNO del COLEGIO DE
ABOGADOS DE SAN MARTIN en la suma de PESOS DOCE MIL en su carácter de
letrado patrocinante de la Señora Carrasco, con más los aportes de ley (articulo nueve Ley
ocho mil cuatro y doce y catorce ley seis mil setecientos dieciséis texto ordenado Ley diez
mil doscientos sesenta y ocho y sucesivas reformas) CUARTO°) Expidiendo por la
Actuaria oportunamente oficio para su anotación en el registro respectivo ( articulos uno,
ciento diez y ciento once de la Ley catorce mil setenta y ocho) y testimonio para cada una
de las partes.- REGISTRESE.- NOTIFIQUESE.- FIRMADO. DOCTORA MARÍA
SILVINA D´AMICO JUEZ.
Lo testimoniado es copia fiel de sus originales de los autos “PESCE SANTIAGO ARIEL
Y CARRASCO YESICA LAURA SOBRE DIVORCIO POR PRESENTACION
CONJUNTA” (Causa número SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CINCO.), que tramita por ante el Juzgado de Familia numero cuatro, Departamento judicial
San Martin, a cargo de la Doctora María Silvina D´amico, Secretaría única a mi cargo, sito
en Ayacucho dos mil trescientos siete, San Martin Provincia de Buenos Aires. Se encuentra
autorizada a diligenciar el presente a la Doctora Patricia Mónica Beltramino tomo uno folio
uno folio cuatrocientos cincuenta y dos Colegio de Abogados Avellaneda Lanús .Se expide
el presente a efecto de la inscripción de la Sentencia de Divorcio Vincular en el Registro
del Estado y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos Aires en relación al
matrimonio celebrado , entre el Señor Santiago Ariel Pesce y la señora Yesica Laura
Carrasco, el día dieciséis de Marzo de dos mil doce asentado bajo el Acta ochenta y uno
Tomo uno Folio cuarenta y uno del Registro de las Personas Villa Ballester, Partido de
San Martin . Para el interesado SANTIAGO ARIEL PESCE. Sellado y firmado en mi
público despacho, en San Martin a los días del mes JUNIO de dos mil diecinueve.

Continuar navegando