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La etica como ciencia

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La ética como ciencia 
 
 
Cuando se habla del carácter de ciencia de la ética, lo primero que 
tenemos en cuenta, es que ella posee un carácter racional, este es 
solo porque los seres humanos, tenemos la capacidad de razonar, y 
especialmente la ética depende los actos que realizamos como 
humanos. 
 
Por otra parte la ética posee un método por lo cual se profundiza en 
el hecho moral, se requiere de un profundo carácter científico para 
poder realizar valoraciones acerca de lo que es bueno o malo, y por 
eso la ética no es subjetiva, sino que analiza el hecho desde el 
punto de vista objetivo, para dar de si la mejor interpretación. 
 
De esta forma vemos también que la ética como ciencia estudia la 
moral del hombre en la sociedad, esto quiere decir su relación 
frente a los demás, y frente a lo que la moral plantea como normas 
universalmente aceptadas por ella, así se convierte en ciencia 
normativa. (Pérez, Eduardo, 2012) 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El método de la ética 
 
La ética como toda ciencia tiene un método que les permite a las 
personas: 
• Evaluar las actuaciones para llegar a determinaciones. Juzgar 
los actos a otras personas y determinar si dichos actos les 
conviene o les afecta de alguna forma o no. 
• Argumentar en contra de conductas reprobables. 
• Identificar conductas dignas de servir como ejemplo. 
 
Los pasos que el método de la ética siguen son los siguientes: 
1. Observación 
2. Percepción axiológica 
3. Evaluación 
4. Conclusión 
 
La ética, es científica ya que existe la sistematización, la 
organización y está sujeta acomprobación. 
Es racional, ya que está basada en una metodología lógica, porque 
sigue una secuencia, iniciando por la Inteligencia, luego la voluntad 
y su punto culminante la libertad. 
Es práctica, ya que es funcional y por lo tanto congruente con mi 
propia personalidad. 
Es normativa, porque establece su propio carácter por medio de 
normas o leyes personales. 
 
La ética se divide en: 
1. Metaética; es un análisis ético del lenguaje moral, es decir, un 
estudio donde se aborda el significado de las palabras éticas. 
2. Ética aplicada; es la parte de la ética que se ocupa de estudiar 
cuestiones morales más concretas y controversiales. 
3. Ética normativa; que ver exclusivamente con la formación y 
elaboración de las normas sociales. 
 
A lo largo de la vida el hombre puede utilizar una enorme variedad 
de criterios orientados para elegir su propia conducta. Pueden 
distinguirse 6 niveles: 
1. El placer y los instintos 
2. Las normas inconsistentes y el súper yo 
3. La presión social 
4. Las normas morales y civiles 
5. Los valores apreciados por sí mismo 
6. El yo profundo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Acto humano y acto del hombre 
 
Existen dos tipos de actos, los Actos humanos y los Actos del 
hombre, ambos son ejecutados por el hombre pero poseen ciertas 
diferencias: 
 
Los actos humanos: son ejecutados consciente y libremente, es 
decir, en un nivel racional. Son ejecutados consciente y libremente, 
es decir, en un nivel racional. Son originados en la parte 
típicamente humana del hombre, es decir, en sus facultades 
específicas, como son la inteligencia y la voluntad. Estos son el 
objeto material de la Ética y son los que pueden ser juzgados como 
buenos o malos desde el punto de vista de la Moral. 
 
 
Los actos del hombre: carecen de conciencia o de libertad o de 
ambas cosas. Carecen de conciencia o de libertad o de ambas 
cosas, un ejemplo claro es por ejemplo la digestión, la respiración, 
etc. Los actos del hombre sólo pertenecen al hombre porque él los 
ha ejecutado, pero no son propiamente humanos porque su origen 
no está en el hombre en cuanto a hombre, sino en cuanto a animal. 
Estos actos carecen de moral (son amorales) por lo tanto no pueden 
juzgarse desde el punto de vista moral como buenos o malos, si 
pueden juzgarse como buenos o malos pero desde otro punto de 
vista, como por ejemplo el fisiológico. 
 
 
 
 
 
 
 
Las clases de normas 
 
Normas morales: 
Las normas morales son aquellas que cada persona tiene en un 
momento dado para autorregular su propia conducta. No dependen 
directamente de si creemos o no en una determinada religión o si 
respetamos o no las leyes del país en el que nos encontramos, pues 
de todas formas cada persona autorregula su conducta con base en 
una serie de valores propios que lo llevan a comportarse de una u 
otra forma. Esta autorregulación, que cada uno hace de su 
comportamiento, tiene mucho que ver con los conceptos del bien y 
el mal, que pueden variar de acuerdo con los valores que se posean 
y que generalmente se adquieren en el seno de la sociedad en que 
nos formamos, en la educación que adquirimos y especialmente en 
la familia. Se ha asumido en este contexto una posición que 
privilegia la moral individual, pero es posible identificar procesos de 
moral social10. 
En caso de que una persona viole sus normas morales, no existe 
autoridad diferente al propio sujeto que esté facultada para 
sancionar tal violación, puesto que son normas que cada uno se 
impone. Así, es frecuente que las personas hagan cierto tipo de 
autoimposiciones de conformidad con su concepción del bien y ante 
su transgresión, que podríamos asimilarlas a sanciones impuestas 
por la persona que cree y por lo tanto se impone cumplir una 
penitencia o hacer una obra benéfica. 
 
Normas religiosas: 
También podemos hablar en este punto de las normas religiosas 
que aunque pueden coincidir en su contenido con normas morales, 
no por esto podemos decir que todas las normas morales sean 
normas religiosas. La moral existe independientemente de que 
existan creencias religiosas o no en la persona. 
Las normas religiosas tienen su razón de ser en la creencia de la 
existencia de un ser superior. Las iglesias o grupos religiosos crean 
normas religiosas para hacer que las personas que pertenecen a esa 
iglesia o grupo se sometan y cumplan tales normas. Pueden hacerse 
cumplir por autoridades religiosas cuando una persona 
voluntariamente se somete a tales autoridades. Es así como los 
tribunales canónicos pueden fallar asuntos de derecho canónico en 
la religión católica y tienen autoridad para ello, pero solo respecto a 
las personas que voluntariamente acogen esta religión. 
Una religión puede tener tal trascendencia en algunas sociedades 
que se llegan a presentar casos como en Colombia, donde algunas 
normas de la religión católica tienen efectos ante el Estado. Es el 
caso del concordato firmado entre el Estado del Vaticano y el Estado 
de Colombia que acepta que los matrimonios católicos surten 
efectos ante la ley civil colombiana y por el solo hecho de casarse 
por el rito católico, los cónyuges quedan casados ante el Estado 
Colombiano y adquieren las obligaciones recíprocas que establece la 
ley civil colombiana para quien se casa por la vía judicial. 
Convencionalismos sociales: 
Podemos hablar de otro tipo de normas que son las normas de 
urbanidad, de civismo, de gentileza, de la moda, de la expresión 
verbal, etc. Además encontramos normas de conducta en ciertos 
lugares y situaciones como son las normas de comportamiento en la 
mesa, en las iglesias, en las bibliotecas, en los museos, en los 
estadios, en los medios de transporte masivo como el metro, etc. 
Todas estas normas están determinadas principalmente por la 
costumbre. A estas normas las denominamos convencionalismos 
sociales. 
Normas jurídicas: 
Adicionalmente a estas normas o convencionalismos sociales, 
encontramos las normas jurídicas. Estas son las establecidas o 
impuestas por las autoridades legítimamente constituidas para ello 
por el Estado y se imponen en forma obligatoria para toda la 
sociedad. Las normas de derecho son el objeto de nuestro estudio. 
(UDEA, 2015)FUENTES CONSULTADAS 
 
Pérez, Eduardo (2012), La ética como ciencia, 
http://profeduardoperez.blogspot.mx/2012/01/la-etica-como-
ciencia.html 
 
Universidad de Antioquía UDEA (2015), Clases de normas, 
http://docencia.udea.edu.co/derecho/constitucion/clases_normas.ht
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